DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA La Dirección Nacional de Contabilidad Pública, es el órgano de línea del Ministerio de Economía y Finanzas, rector del Sistema Nacional de Contabilidad, encargado de dictar las normas y establecer los procedimientos relacionados con su ámbito, así como elaborar la Cuenta General de la República. Depende directamente del Vice Ministro de Hacienda. FUNCIONES
Son funciones de la Dirección Nacional de Contabilidad Pública las siguientes: a.
Proponer Proponer las política políticass y dictar las normas normas que como órgano órgano rector rector del Sistema Sistema Nacional Nacional de Contabi Contabilidad lidad le correspo corresponde. nde.
b.
Normar Normar los procedimie procedimientos ntos contabl contables es para el registro registro de todas las transa transaccion cciones es en las entidades entidades del Sector Sector Público. Público.
c.
Planear, Planear, organizar organizar y conducir conducir la capacitación capacitación para para la correcta aplicació aplicación n de las normas y procedimiento procedimientoss contables, contables, por los usuarios usuarios del Sistema Sistema Nacional Nacional de Contabilidad.
d.
Evaluar Evaluar la correcta correcta aplicación aplicación de las normas y procedimie procedimientos ntos contable contabless establecidos establecidos para para las entidades entidades del Sector Público Público..
e.
Interpret Interpretar ar las normas normas contab contables les que haya haya emitido emitido en en el ámbito ámbito de su competenc competencia. ia.
f.
Emitir Emitir u oficializ oficializar ar las las normas normas de contab contabilida ilidad d a aplicarse aplicarse en el el país. país.
g.
Asesor Asesorar ar y absolv absolver er consu consulta ltass en materi materia a contab contable. le.
h.
Dirigir Dirigir el proceso de formulació formulación n de la Cuenta Cuenta General de la República, República, analizand analizando o y evaluando evaluando la rendición rendición de cuentas cuentas remitidas remitidas por las entidades entidades del Sector Público.
i.
Proporcion Proporcionar ar información información contable contable financier financiera a y presupuest presupuestaria aria para facilita facilitarr la formulación formulación de las cuentas cuentas nacionales nacionales y estadística estadísticass fiscales. fiscales.
j.
Difundir Difundir las las normas normas y procedi procedimien mientos tos contab contables, les, así así como como la Cuenta Cuenta Genera Generall de la Repúb República. lica.
k.
Las demás demás funciones funciones que le asign asigne e el Viceminist Viceministro ro de Hacienda. Hacienda.
ORGANOS
La Dirección Nacional de Contabilidad Pública cuenta con los órganos siguientes: 1.
Desp Despac acho ho de de la Dire Direcc cció ión n Naci Nacion onal al..
2.
Consej Consejo o Norma Normativ tivo o de Conta Contabil bilida idad. d.
3.
Dire Direcc cció ión n de de Norm Normat ativ ivid idad ad..
4.
Direcc Dirección ión de Gobi Gobiern erno o Nacion Nacional al y de Gobier Gobierno no Region Regional al..
5.
Dirección Dirección de Gobier Gobiernos nos Local Locales es y Socie Sociedades dades de Benefi Beneficenci cencia a Pública. Pública.
6.
Dire Direcc cció ión n de Emp Empre resa sass Públ Públic icas as..
7.
Direcc Dirección ión de Análi Análisis sis,, Consoli Consolidación d ación y Estadí Estadísti stica. ca.
1.
Funciones del Despacho de la Dirección Nacional: •
Asegurar el cumplimiento de la misión y funciones de la Dirección Nacional de Contabilidad Contabilidad Pública.
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Establecer las políticas, estrategias y objetivos del Sistema Nacional de Contabilidad y de la Dirección Nacional de Contabilidad Pública.
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Dirigir y evaluar la actividad de la contabilidad del Sector Público, de conformidad con los dispositivos legales vigentes.
•
Planear, organizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades de los órganos de la Dirección Nacional de Contabilidad Pública.
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•
•
•
2.
3.
Proponer al Comité de Coordinación de la Administración Financiera del Sector Público aquellos aspectos de su competencia, así como atender sus requerimientos. Presentar a la Contraloría General de la República la Cuenta General de La República en el plazo establecido por Ley. Representar a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública ante los demás Órganos Rectores de la Administración Financiera y los Organismos del Sector Público. Las demás funciones que le asigne el Viceministro Viceministro de Hacienda. (*) RECTIFICADO POR FE DE ERRATAS
Funciones del Consejo Normativo de Contabilidad: •
Estudiar, analizar y opinar sobre las propuestas de normas relativas a la contabilidad.
•
Emitir las normas de contabilidad para las entidades del Sector Privado.
•
Absolver consultas presentadas por la Dirección Nacional de Contabilidad Pública.
•
Oficializar las normas internacionales de contabilidad a aplicarse en el Sector Privado.
Funciones de la Dirección de Normatividad: •
Proponer normas y procedimientos de carácter contable que permitan uniformizar la contabilidad en el país.
•
Planear, dirigir y evaluar el desarrollo y perfeccionamiento perfeccionamiento de la contabilidad.
•
Efectuar el estudio e investigación comparados, sobre la aplicación de las normas y procedimientos contables, acorde con las exigencias de armonización contable.
•
Planear y desarrollar actividades de capacitación, así como difundir las publicaciones en materia contable.
•
Absolver las consultas relacionadas con la normatividad contable que disponga la Dirección Nacional.
•
4.
Aprobar las normas contables del Sector Público, excepto empresas, y proponer al Consejo Normativo de Contabilidad la normatividad contable para el Sector Privado.
Efectuar coordinaciones en el ámbito de su competencia con los Órganos Rectores que integran la Administración Financiera, así como con los organismos del Sector Público.
•
Evaluar la aplicación de las normas y procedimientos contables contables en los organismos del Sector Público.
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Las demás funciones que le asigne el Director Nacional.
Funciones de la Dirección de Gobierno Nacional y de Gobierno Regional: •
Proponer la forma y los términos en que los pliegos conformantes del Gobierno Nacional y del Gobierno Regional deberán presentar la rendición de cuentas sobre la información financiera y presupuestaria y de otra índole, para la elaboración de la Cuenta General de la República.
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•
Analizar y verificar el marco presupuestario de los pliegos conformantes del Gobierno Nacional y del Gobierno Regional. Recopilar y verificar la información financiera, presupuestaria y complementaria de las rendiciones de cuenta de los pliegos confortantes del Gobierno Nacional y del Gobierno Regional. Analizar, evaluar y validar la información financiera, presupuestaria y complementaria de los pliegos confortantes del Gobierno Nacional y del Gobierno Regional.
•
Elaborar e integrar los estados financieros, presupuestarios e información complementaria, a nivel de Gobierno Nacional y de Gobierno Regional.
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Las demás funciones que le asigne el Director Nacional.
5. Funciones de la Dirección de Gobiernos Locales y de Sociedades de Beneficencia Pública: •
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Proponer la forma y los términos en que los pliegos conformantes de los Gobiernos Locales y las Sociedades de Beneficencia Pública, deberán presentar la rendición de cuentas sobre la información financiera y presupuestaria y de otra índole, para la elaboración de la Cuenta General de la República. Analizar y verificar el marco presupuestario de los Pliegos conformantes de los Gobiernos Locales y las Sociedades de Beneficencia Pública. Recopilar y verificar la información financiera y presupuestaria de los pliegos conformantes de los Gobiernos Locales y las Sociedades de Beneficencia Pública. Analizar, evaluar y validar la información financiera, presupuestaria y complementaria de las rendiciones de cuenta de los pliegos conformantes de los Gobiernos Locales y las Sociedades de Beneficencia Pública. Elaborar e integrar los estados financieros, presupuestarios e información complementaria a nivel de los Gobiernos Locales y de las Sociedades de Beneficencia Pública. Las demás funciones que le asigne el Director Nacional.
6. Funciones de la Dirección de Empresas Públicas: •
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Proponer la forma y los términos en que las Empresas Públicas deberán presentar la rendición de cuentas sobre la información financiera y presupuestaria y de otra índole, para la elaboración de la Cuenta General de la República. Analizar y verificar el marco presupuestario de las Empresas Públicas. Recopilar y verificar la información financiera y presupuestaria de las Empresas Públicas. Analizar, evaluar y validar la información financiera, presupuestaria y complementaria de las Empresas Públicas. Elaborar e integrar los Estados Financieros, Presupuestarios e información complementaria por nivel de Empresas Públicas. Las demás funciones que le asigne el Director Nacional.
7. Funciones de la Dirección de Análisis, Consolidación y Estadística: •
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Dirigir, coordinar y efectuar la integración y consolidación de la información financiera, presupuestaria y complementaria de los diversos niveles de Gobierno, Sociedades de Beneficencia Pública y Empresas Públicas, para conformar la Cuenta General de la República. Elaborar el informe sobre las entidades omisas en las rendiciones de cuentas para su inclusión en la Cuenta General de la República. Analizar el comportamiento de la información financiera y presupuestaria consolidada del Sector Público. Elaborar los estados financieros y presupuestarios consolidados del Sector Público. Incluir en la Cuenta General de la República la información sobre los aspectos relacionados al desenvolvimiento de la economía así como las estadísticas del comportamiento de los tributos, Estado de Tesorería y Estado de la Deuda Pública y los Informes de Gasto Social, Inversión Pública y Privatización. Formular series estadísticas periódicas de la información financiera y presupuestaria. Difundir la Cuenta General de la República. Las demás funciones que le asigne el Director Nacional.