CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL PARA EVENTOS En Santa Cruz de Tenerife, a REUNIDOS
De una parte, D. José Antonio Millán Bezares, mayor de edad, vecino de La Laguna, con domicilio a los efectos previstos en este documento en C/ Siempreviva, Nº 31 Bajo-B municipio de Santa Cruz de Tenerife y provisto con el DNI : 43.008.647-G. Y de otra, D. domicilio a los efectos previsto en este documento en C/ de y provisto con el DNI:
mayor de edad, vecino de La Laguna, con , Nº , municipio
INTERVIENEN
El citado en primer lugar, como ARRENDADOR, en nombre y representación de la entidad mercantil “SISOCA MEDIA, S.L.U.”, como administrador de la misma. Figura inscrita dicha sociedad en el Registro Mercantil Provincial de Santa Cruz de Tenerife, bajo los asientos del Tomo 2721, Folio 152, Hoja TF36805 y con C.I.F. B38823795. Asegura el expresado D. José A. Millán Bezares, hallarse hallarse en el desempeño desempeño de su dicho cargo, cargo, ostentando plenas plenas facultades y vigencia de las mismas, para actuar con la representación que declara. Y el citado en segundo lugar, como ARRENDATARIO, en su propio nombre y derecho . Ambas partes según intervienen se conocen y reconocen recíprocamente capacidad legal l egal bastante para llevar a buen efecto el objeto del presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL CON INSTALACIONES PARA LA CELEBRACIÓN DE EVENTO CONCRETO, a cuya virtud EXPONEN I) D. José A. Millán, que la entidad que representa es propietaria del local que a continuación se describe:
Urbana numero 5, Edificio Ria de Ares Local comercial, finca 35.348, tomo 2.005 libro 373 folio 51, con 123,10 m2 de superficie y terraza privativa de 46,55 46,55 m2. Dicho local se encuentra dotado y equipado con las instalaciones, maquinaria y utensilios, que consta en el Anexo 1 de este documento, propiedad en todo caso del Arrendador. Todo el detalle se encuentra en perfecto estado de uso y conservación, apto para la utilización del mismo en los términos recomendados por el fabricante o productor por caso, cuya extensión y términos figuran por escrito en el l ocal.
(Se acompaña plano instalaciones, distribución y señalización de vías de evacuación y medios contraincendios) II) D.
, que conocedor conocedor de cuantos antecedentes, antecedentes, características, posibilidades de uso, situación urbanística, legal y demás que pudiera interesarle, manifiesta su deseo de tomar en arrendamiento el uso del citado local para llevar a cabo la celebración del siguiente
EVENTO: Por lo que puestas de acuerdo las partes, llevan a cabo el otorgamiento en base a las siguientes CLAUSULAS
1
a) El arrendador cede al arrendatario, el uso y disfrute del local descrito en el apartado I)
anterior para su utilización de acuerdo al destino y finalidad que se expresa en el apartado II), en horario de 10:00 a 23:00 horas..
b) El precio convenido por el arrendamiento asciende a
Euros (
, 00), que
será abonado en las siguientes formas y condiciones:
c) El evento es organizado por el Arrendatario, bajo su exclusiva responsabilidad. Viéndose
este por tanto obligado a guardar el orden y cumplir con las normas vigentes en materia urbanística, pero además también en cuanto a policía urbana y al reglamento de orden que la comunidad de propietarios del edificio donde se encuentra la finca pudiera dictar. Cualquier anomalía que detecte, deberá ser comunicada de forma inmediata por el Arrendatario o persona de su organización a la autoridad correspondiente.
Además el Arrendatario Arrendatario se obliga frente al Arrendador Arrendador a entregar entregar el local y sus anexos en el mismo buen estado en que los recibe, sin menoscabo de su valor, limpio y apto para volverse a utilizar por otra persona, sin necesidad de llevar a cabo reparaciones, o servicio de limpieza. d) Sin perjuicio de lo convenido en la cláusula anterior, el Arrendatario en garantía al
cumplimiento cumplimient o de sus obligaciones, presenta tarjeta de crédito , al Arrendador Arrendador autorizando autorizando a este a cargar en la misma el importe justificado de los daños ocasionados e imputables a su responsabilidad, que se hayan ocasionado en el local o sus pertenencias durante el periodo de duración del arrendamiento. e) Queda terminantemente prohibido:
1. El subarrendamiento o cesión de este contrato, sin la autorización expresa y escrita del Arrendador. Arrendador. 2. La organización o celebración de cualquier evento distinto al que se describe en la parte expositiva de este documento. Ni siquiera la concurrencia simultanea de ese evento con otro no descrito. 3. El almacenamiento o uso de cualquier sustancia inflamable o peligrosa, como cualquier material combustible, combustible, fuegos artificiales, artificiales, etc. 4. La concurrencia de más personas a las que queda limitado el aforo del local y que figura en el plano que se adjunta a este documento. 5. La utilización de cualquier elemento del local, con una finalidad distinta a la que se prevé para el mismo. 6. Utilizar la acera o vía pública frente al local, así como cualquier recinto que pertenezca a la comunidad de propietario para prolongar la celebración de evento, pudiendo causar molestias a la vecindad. 7. Utilizar la terraza exterior después de las 21:00. Después de esta hora la puerta de acceso a la misma, debe estar completamente cerrada, sin que se pueda acceder a la misma. 8. Exceder el aforo máximo que será de 40 personas. f) El Arrendatario junto a la fianza, deberá entregar al Arrendador, póliza de seguro contra todo
riesgo, incluyendo responsabilidad civil que cubra cualquier eventualidad que pudiera ocurrir.
g) El Arrendatario es responsable de tramitar y asumir el pago derivado de cuantos permisos y
autorizaciones necesite para llevar a cabo el evento propuesto de acuerdo a la naturaleza del mismo.
2
h) Las partes con expresa renuncia a cualquier fuero que pudiera corresponderles, se somenten a los
tribunales de Santa Cruz de Tenerife, municipio al que pertenece la finca, para resolver cualquier litigio que pudiera suscitar la interpretación del presente contrato. El cual en prueba de hallarlo conforme y comprometerse con lo que aquí se acuerda, firman por duplicado y a un solo efecto ejemplar en el lugar y fecha al comienzo indicados.
ANEXO 1 (Inventario)
3
INVENTARIO MATERIAL Y MOBILIARI COCINA
1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1
VITROCERAMICA MARCA CORBERO CAMPANA MARCA FAGOR MOD. 5CFB 120X NEVERA SAMSUNG RS23 AMERICANA HORNO ZANUSSI MOD. ZOB 361X SERIE 903 MICROONDAS WHIRPOOL FREIDORA SEVERIN PLANCHA SEVERIN MODELO KG 2387 MUEBLE COCINA, MICROONDAS Y HORNO MUEBLE FREGADERO FREGADERO CON GRIFO CUBO DE BASURA 100L BARRA GRANITO 3 M BARRA GRANITO CIRCULAR BARRA COCINA ENCIMERA
VALOR €
650,00 570,00 1.200,00 400,00 300,00 80,00 80,00 300,00 280,00 200,00 80,00 400,00 280,00 300,00
BAÑO
2 2 2 2 2 2 2 1 1
ESPEJOS MUEBLES LAVAMANOS GRIFERIA PAPELERAS PORTA ROLLOS TAPAS W.C. ESCOBILLAS W.C. MUEBLE ARTICULOS LIMPIEZA BOTIQUIN
120,00 400,00 78,00 60,00 23,00 45,00 27,00 120,00 45,00
UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD UNIDAD
TERRAZA
1 2 5 1 2 1
CASTILLO HINCHABLE MESAS EXTERIOR PLEGABLES CAMAS NIÑO CON GOMA ESPUMA PORTA VASOS PLASTICO DE PARED LAMPARAS EXTERIORES ZAPATERA PLASTICA
2.000,00 60,00 80,00 120,00 60 ,00 UNIDAD 120,00
SALA
1 2 2 1 1 1 5 37 1 1 2 1 4 1 2 1 1 5 1 1500 1 1 4 24
CUADRO NO FUMADORES ESPEJOS DEFORMADOS TELEVISORES PLASMA SAMSUNG 42'' AIR HOCKEY SAM MOD. YUKON MESA DE BILLAR KURSAAL 7' FUTBOLIN MADERA PINO MESAS PLEGABLES 1,85X0,67 M SILLAS PLAY STATION 2 CON MANDOS WII CON MANDOS MICROFONOS JUEGO DE BOLAS TACOS 1,20 TAQUERA CON RELOJ PAPELERAS METAL ESTANTERIA MADERA BANCO DE MADERA PERCHEROS RELOJ BOLAS PLASTICAS PISCINA BOLAS PISCINA DE BOLAS TOBOGAN PLASTICOS MESAS PLASTICAS INFANTILES SILLAS PLASTICAS INFANTILES
40,00 120,00 UNIDAD 800,00 UN UNIDAD 2.600,00 2.100,00 700,00 60,00 UNIDAD 28,00 UNIDAD 200,00 300,00 40,00 30,00 7,50 UNIDAD 98,00 50,00 UNIDAD 60,00 180,00 24,00 UNIDAD 30,00 360,00 450,00 180,00 90,00 UNIDAD 20,00 UNIDAD