Barranquilla 17 mayo de 2011 Señor(a): MARCOS FABIAN URBINA
Dir. Carrera 31 Nº69B - 00 Ciudad. RFE: Terminación Contrato de Arrendamiento
Estimado Señor: Por medio de la presente le comunico que de conformidad con lo previsto en el contrato de arrendamiento, en su articulo Decimo Tercero y en el articulo 24 de la Ley 820 de 2003, he decido dar por terminado el contrato de arrendamiento de vivienda urbana que se celebro el día 18 de Mayo de 2009, el cual fue firmado en la Notaria Novena de Barranquilla, el día 30 del mismo mes, en consecuencia el contrato de arrendamiento termina el día 18 mayo del 2011, confor conforme me a lo establ estableci ecido do notific notificánd ándole ole de la decisió decisión n con los 3 meses meses de antici anticipac pación ión correspondiente. 1) Es de anotar que que se esta pendiente con un saldo de $120.000.oo mil pesos, pesos, del mes de marzo que vence el día 18 sumándole el mes de abril y el mes de mayo de 2011, valor canon de arrendamiento es de $430.000.oo mil pesos, + mora 2.33% 2) La Terminación corresponde el día 18 de mayo de 2011, los recibos de pago tienen fecha 18, haciendo énfasis en los cortes de cada mes, para la cual debe estar cancelado el mes de mayo de 2011 respectivamente. Articulo Octavo: Recibo y Restitución del inmueble y sus numerales 8.2 y 8.3 de la entrega del
inmueble en su estado en el que fue entregado. Numeral 9.3 del Contrato: la cancelación de los servicios públicos debe estar al día ya que si
no se encuentran de esta manera este hecho amerita incumplimiento del contrato y se ara exigible la clausula penal para poder cumplir con los servicios públicos tal como lo manifiesta el numeral 9.3, para efectos de iniciar acción judicial en su contra y su fiador por la obligación, que implica el embargo de sus bienes muebles e inmuebles, el pago de los gastos de honorarios de abogado. Atentamente;
________________________________ Amparo Del Rosario C.C. 00000000 de Barranquilla Administradora
Anexos: Copia Codeudor
Barranquilla 17 mayo de 2011 Señor(a): MARIA CONCEPCION VALVERDE CASTRO
Dir. Carrera 43 Nº84 - 00. Ciudad. RFE: Terminación Contrato de Arrendamiento
Estimado Señor: Por medio de la presente le comunico que de conformidad con lo previsto en el contrato de arrendamiento, en su articulo Decimo Tercero y en el articulo 24 de la Ley 820 de 2003, he decido dar por terminado el contrato de arrendamiento de vivienda urbana que se celebro el día 18 de Mayo de 2009, el cual fue firmado en la Notaria Novena de Barranquilla, el día 30 del mismo mes, en consecuencia el contrato de arrendamiento termina el día 18 mayo del 2011, confor conforme me a lo establ estableci ecido do notific notificánd ándole ole de la decisió decisión n con los 3 meses meses de antici anticipac pación ión correspondiente. se esta pendiente con un saldo saldo de $120.000.oo mil pesos, pesos, del mes de 1) Es de anotar que se marzo que vence el día 18 sumándole el mes de abril y el mes de mayo de 2011, valor canon de arrendamiento es de $430.000.oo mil pesos, + mora 2.33% 2) La Terminación corresponde el día 18 de mayo de 2011, los recibos de pago tienen
fecha 18, haciendo énfasis en los cortes de cada mes, para la cual debe estar cancelado el mes de mayo de 2011 respectivamente. Articulo Octavo: Recibo y Restitución del inmueble y sus numerales 8.2 y 8.3 de la entrega del
inmueble en su estado en el que fue entregado. Numeral 9.3 del Contrato: la cancelación de los servicios públicos debe estar al día ya que si
no se encuentran de esta manera este hecho amerita incumplimiento del contrato y se ara exigible la clausula penal para poder cumplir con los servicios públicos tal como lo manifiesta el numeral 9.3, para efectos de iniciar acción judicial en su contra y su fiador por la obligación, que implica el embargo de sus bienes muebles e inmuebles, el pago de los gastos de honorarios de abogado. Atentamente;
________________________________ Amparo Del Rosario C.C. 000000 de Barranquilla Administradora
Anexos: Copia Codeudor