Apuntes de tercero de Comunicación AudiovisualDescripción completa
Descripción completa
Descripción completa
Descripción completa
Descripción: Libro de albert einsten sobre el espacio y tiempo de las cosas
Descripción: La batalla para conseguir una comprensión cristiana del mundo está siendo librada en varios frentes. El estudio bíblico en general no es el menor de ellos, y en especial la cuestión de cómo deben s...
complejidad en tiempo y espacioDescripción completa
Descripción completa
matematicasFull description
jykyuuyDescripción completa
Geometría matemáticasDescripción completa
Descripción completa
Milonga en El EspacioFull description
Aplicación Del Sistema Jurídico en El Espacio y Tiempo
Física y Metafísica Del Espacio y El Tiempo. La Filosofía en El Laboratorio - Shahen HacyanDescripción completa
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SANTA SANTA FACULTAD DE EDUCACIÓN Y HUMANIDADES
TEMA:
APLICACIÓN DE LA NORMA JURIDICA EN EL TIEMPO Y EL ESPACIO
APLICACIÓN DE LA NORMA JURIDICA
EN EL TIEMPO TIEMPO Y EL ESPACIO
INDICE:
PRESENTACION
……………………………………………………………………
INTRODUCCION
…………………………………………………………………..
1. La aplicació aplicació !" la l"# $. %""&ali!a!"'
2.1 He Hecho jurídico 2.2Sit 2Situación ju jurídica 2.3Rel 3Relación jurídica
……………………………………. ……………………………………. ……………………………………
(. A)"c"! A)"c"!") ")"' "' ……………… …………………… …………… ……………… ……… *. C+c"p)+ C+c"p)+ !" T,cica T,cica -&/!ica…… -&/!ica……………… …………………… ……………… …… 4.1 4.1 E!e E!eci cie e : 4.2Codi"icación: 4.3Ditri#ución de $ateria 4.4%en&ua 4.4 %en&uaje je ' etilo etilo 4.(De"inicione 4.)*+cnica juri!rudencial 4.,*+cnica -uri!rudencial 4.Noción de la t+cnica jurídica…………………………………… 0. Ela+&ació # Aplicació !"l !" !"&"c2+ ……………. 3. P&+c" &+c"!i !i4i 4i" ")+ )+' ' !" !" la "l "la a+& +&ac aciió ………… ………………… ………….. 5. T,cica l"6i'la)i7a ……………………………………. . La aplicació ……………………. ap licació !"l !"&"c2+ !" &"c2+ : .1/ecani$o de a!licación del derecho: …………….. .1.1 .1.1 Noción Noción……… ……………… …………… …………… ……………… ……………… ………… … .1.2 .1.2 El ilo&i ilo&i$o $o jurídic jurídico…… o…………… ……………… ……………… …………. …. .1.3 .1.3 ilo&i ilo&i$o $o con con hecho juríd jurídico ico $0lti!le $0lti!le…… ……… … .1.4 .1.4 Silo&i Silo&i$o $o ucei uceio… o………… ……………… ……………… ………….. ….. .1.( eri"ica eri"icación ción d lo lo hecho jurídica…… jurídica……………… ………….. .1.) .1.) !lica !licació ción n del di!oi di!oiti tio…… o…………… …………… …………… ……….. .2 %a a!licación a!licac ión de la nor$a nor$a en el tie$!o: ………………… .3rinci!io de a!licación de la nor$a en el tie$!o……… .3.1 .3.1 #ro&ac #ro&ación ión ' dero&ació dero&ación…… n…………… ……………… ……………… …………… …… .3. .3.2 2 !li !lica caci ción ón ret retro roac actitia a de de la nor$ nor$a a ………… ……………… ………… …….. .. .3. .3.3 3 !l !licac icació ión n retr retroa oact cti ia a ret retit itut uti ia a ……………… ……………… ……... .3.4 !licació ción retroact actia ia ordinaria ria …………………….. .3.( Irre rretroact actii iidad de la le': e': …………………………….. .3.(.1 Co$o !r !rinci!io &e &eneral …… ………………………… .3.(.2 Re&la i&ente ……………………………… .3.(.3 (.3 Naturale5a juríd rídica del !rinci nci!io de irre irretr troac oactitii ida dad d de la le' le' ………… ……………… ………… ………… ………… …… .3.(.4 6unda$ento de la irretroactiidad ………. .3.(.( Eencia de la irretroactiidad ……………….. .3.(.) 6inalidad de la irretroactiidad ……………….. .3. .3.) ) !l !licac icació ión n ult ultra ract cti ia a de de la la nor nor$ $a ……………… ……………… ……… …. .3. .3., , !li !lica caci ción ón in$e in$edi diat ata a de la nor$ nor$a a ………… ……………… ………… ………. …. .3. .3. %a retr retroa oact cti iid idad ad en la la di" di"er eren ente te ra$ ra$a a del del der derec echo ho … .3. .3.7 7 Ret Retroac roacttiid iidad ad ' retr retro o! !ect ectiid iidad ad ……………… ……………… ……… …… .3.18 Con"licto entre re&la &eneral ' re&la e!acial………….. Página 2
.3.11 Conce!to co$!le$entario !ara la a!licación de la nor$a en el tie$!o. …………………………………. …………………………………. .3.12 *eoría *eoría &eneral del derecho "rente a la a!licación de la nor$a en el tie$!o ……………………………………………… ……………………………………………… .3. .3.12 12.1 .1 *eoría oría de lo lo dere derech cho o ad9u ad9uir irid ido o ………… ……………. …... .3. .3.12 12..2 *eoría oría de lo hecho echo cu$! cu$!lilido do ………… ……………. …... .3. .3.12 12.3 .3 *eoría oría de la la natu natura rale le5a 5a ' "ina "inalilida dad d de de la nue nuea a le' le' ... ... .3. .3.12 12.4 .4 %a a!li a!lica caci ción ón de la la nor nor$a $a en el tie$ tie$!o !o en el rdena$iento jurídico nacional …………………………… …………………………… .3. .3.12 12.4 .4.1 .1 den denda da ' conc conclu lui ion one e
………… ……………… ………… ……
8.4 La aplicación aplicac ión en el espacio: espacio :
.( %o ite$a de a!licación en el derecho internacional !riado… .)Site$a de !eronalidad……………………………………………. .).1 *erritorialida rritorialidad d …………………… ……………………………… …………………… …………………… ………… .).2 *eoría de lo etatuto etatuto …………………… ……………………………… ………………. ……. .). .).3 3 El derec derecho ho !0#li !0#lico co ' la la a!l a!lic icac ació ión n en en el el e! e!aci acio o ………… ……………. …. .).4 El derecho derecho !enal ' la "ronti "ronti !olítica !olítica el alcance del del dere derech cho o !ena !enal.l. ………… ……………… ………… ………… ………… ………… ………… ……… … .).( Site$a Site$a de co$unidad co$unidad de derecho………… derecho…………………… …………………. ………... .). .).) ) Sit Site$ e$a a de la naci nacion onal alid idad. ad. ………… ……………… ………… ………… ………… ………… …….. .)., !licación !licación de de la nor$a nor$a en en el e!acio e!acio en en el ordena$i ordena$iento ento jurídic jurídico o nacional. ……………………………………………. …………………………………………….
Página 3
PRESENTACION
Ete tra#ajo $ono&r;"ico lo !reenta$o con la "inalidad de dar a conocer o#re la a!licación de la nor$a jurídica tanto en el e!acio ' en el tie$!o< e!era$o 9ue ete tra#ajo tra#ajo ea de u a&rado ' a la e5 ea entendi#le entendi#le 'a 9ue eta in"or$ación in"or$ación no a'udara a un $ejor dearrollo o "or$ación intelectual de u$a a#undancia ' ri9ue5a !ara el dearrollo de nuetra "or$ación !ro"eional. El i&uiente tra#ajo lo !reenta$o !or $edio del e"uer5o ' e$!e=o 9ue he$o !ueto !ara ela#orar eta $ono&ra"ía< el e"uer5o e de#e !recia$ente a la la#or de nootro< lo etudiante< ie$!re con el !ro!óito de nuetra u!eración ' de eta $anera lo&rar nuetro o#jetio tra5ado< er &rande ' e>itoo !ro"eionale.
Página 4
INTRODUCCION
/ediante ete tra#ajo dare$o a conocer acerca de la a!licación de la nor$a jurídica en el tie$!o ' el e!acio< !ueto 9ue on eenciale !ara la "or$ación de nootro< co$o ade$; 9ue on i$!ortante !ara introducir diero a#ere ' i&ni"icado 9ue ante ha#ía$o ha#ía$o deconocido< deconocido< !ero con 9ue ete tra#ajo tra#ajo reali5ado reali5ado encontra$o ariedade de a!ecto "unda$entale ati"actorio !ara aí !oder do$inar el te$a a tratar tratar ' $anejar $anejar un conce!to conce!to tanto &eneral ' !articular !articular de lo 9ue trata en cada !unto e=alado. El o#jetio o#jetio de de ete ete tra#ajo tra#ajo he$o he$o tratado de 9ue 9ueden clara $ucha !arte del te$a ' e!era$o e!era$o 9ue al lector le ea de do$inio do$inio conce!to conce!to #;ico 9ue contitu'en el artí rtículo ulo de an;lii ' etud tudio io<< 9ue 9ue cono cono5c 5ca a có$o có$o ha ido dea dearr rrol olla land ndo o a9uello !rinci!io !rinci!io de de a!licación de le' en el tie$!o tie$!o<< 9ue $aneje lo conce!to de a!licación de la le' en el tie$!o ' a#er cu;le on lo "unda$ento #;ico de a9uello !rinci!io ' on etudiado en el contenido de ete tra#ajo< 9ue ten&a nocion nocione e de la teoría 9ue 9ue e>!o e>!one nen n ' e rela relaci cion onan an con con ete ete te$a te$a aí aí co$o co$o doctrina de a9uello jurita 9ue detacan con u o!inione.
Página 5
1. La apli aplica caci ció ó !" la l"# : %a actu actuac ació ión n del del dere derech cho o e o!er o!era a $edi $edian ante te un juic juicio io ló&i ló&ico co<< un ilo&i$o< del cual la nor$a jurídica e la !re$ia $a'or< el cao concreto 9ue de#e reoler e la !re$ia $enor ' la entencia 9ue e"ect0a e la concluión. El jue5 ha de decender de la le' a la entencia con $+todo deductio ?de lo &eneral a lo !articular@. Aelen dice:B la le' e un $arco de !oi#ilidade donde e !ueden u#icar aria olucioneB. El jue5 jue5 de#e de#e tene tenerr en cuen cuenta ta:: %a real realid idad ad oci ocial al<< la e9ui e9uida dad< d< la la circuntancia del cao< lo !recedente anteriore< la doctrina ' la juri!rudencia< la "inalidad de la nor$a. %a la#or del jue5 no e ólo e"ectuar e"ectuar ilo&i$o< ilo&i$o< ino 9ue a tra+ de la inter!retación de la nor$a aría la conducta hu$ana ' reali5a la juticia.
$. %""&ali!a!"': Dado 9ue en el artículo artículo III del título !reli$inar del códi&o ciil 9ue e o#jeto de nuetro etudio< e hace re"erencia a t+r$ino jurídica e$!leado ' e dar; dar;n n la la i&u i&uie ient nte e de"in de"inic icio ione ne 9ue 9ue eit eitara aran< n< en el tran tranc cur uro o del del dearrollo ' la ineti&ación del te$a< con"uione de entendi$iento. 2.1Hecho 2.1 Hecho jurídico: jurídico: Si&uiendo al e$inente $aetro /RCI% RI CRRE< e entiende !or hecho jurídico a todo uceo de la realidad 9ue !roduce e"ecto !ara !roducir el derecho ' 9uedan incluido lo hecho inoluntario ?no ha' oluntad directa$ente de !roducir un e"ecto jurídico@ aí co$o lo hecho hecho 9ue 9ue de!en de!ende den n de la olu olunt ntad ad hu$a hu$ana na ?e !roduce !roduce !or la interención hu$ana@.
2.2Situación jurídica Página 6
E el ha5 ha5 de atri atri# #ucio ucione ne< < dere derech cho o<< de#e de#ere re< < o#l o#li&ac i&acio ione ne ' cali" cali"ic icaci acion one e juríd jurídic ica a 9ue 9ue reci reci#e #e una una !ero !erona na al ado!t ado!tar ar tat tatu u deter$inado "rente al derecho. 2.3Relación jurídica: Son inculacione< !er!etuacione< la5o diero 9ue e>ite entredó o $; $; itu ituac acio ione ne jurí jurídi dica ca inte interr rrel elac acio iona nada da.. Ento Entonce nce< < it ita a eta eta ter$inolo&í ter$inolo&ía a ' dada co$o concluión concluión de eta !arte< no toca decir 9ue la re&la &eneral< teniendo en cuenta de nuetro etudio en $ateria ciil< e 9ue la le'e ri&en !ara el "uturo.
(. A)"c"!")"': l inda&ar el ori&en ' eolución de ete artículo III del título !reli$inar !reli$inar de códi&o ciil i&ente< no #aa$o en el etudio del título !reli$inar del códi códi&o &o cii ciill de 1(2 1(2<< !ue !ue ete ete códi códi&o &o e re$o re$ont nta a en el códi códi&o &o na!ol na!oleó eónic nico o de 184 184 del del cual cual nue nuetr tro o códi códi&o &o e deri deria a entonc entonce e nuetro !ri$er códi&o ciil del er0 to$a co$o "uente al códi&o "ranc+ de 184 conocido co$o el na!oleónico. !arte ha' otro $ateriale to$ado co$o "uente !ero lo 9ue no interea $; e ete códi&o "ranc+ de 184.E de a#ere 9ue un título !reli$inar et; dedicado a e>!oner la !rinci!ale "uente del derecho< aí !rocla$are er nor$a rectora de todo ordena$iento jurídico en &eneral. En el título !reli$inar del códi&o ciil !eruano de 1(2< nootro encontra$o la !rohi#ición de la retroactiidad de la le' 9ue e !reenta en el artículo II de dicha nor$a de ea +!oca. En cuanto al i&uiente códi&o ciil ?173)@< !oterior al del 1(2 9ue cona&ra en u artículo II la !rohi#ición retroactia de la le' le'< dea dea!a !are rece ce la
!roh !rohii#ici #ición ón retro etroac acttia ia
aí aí
co$o o$o
$ucha ucha
di!oicione $;< en ete cao e de#e al e>teno dearrollo ' an;lii dado al derecho internacional !riado. Nuetro te$a e #aara en el códi&o ciil !eruano actual i&ente de 174< en donde centrare$o Página 7
nuetro an;lii ' etudio ete artículo uele a er !oitiado en u artí artícu culo lo III III de u títu título lo !rel !reli$ i$in inar ar<< el 9ue 9ue trat trata a o#r o#re e el e"ec e"ecto to ir retroactio de la le'e< a#iendo la o$iión en 9ue ha#ía incurrido el códi&o inter$edio.
*. C+c"p)+ !" T,cica -&/!ica: Se=a e=ala$o 9ue toda oda acción e uce ce!ti#le< no olo de una conideración +tica< ino ta$#i+n de una conideración t+cnica 9ue< en"ocando el "in de dicha acción hacia atr;< en relación con u !ro!ia reali5ación< no dice co$o e ejecuta dicho "in a!licando eto !unto de ita< !ode$o ha#lar de t+cnica jurídica cuando el "in del concreto de la acción 9ue e trate ea de naturale5a e!ecí"ica$ente jurídica ' en la cadena de la accione< contitu'e a u e5< un $edio !ara otro "in jurídico. hora #ien< la actiidade 9ue e encuentran en eta condicione on la dearrollada !or el le&ilador ' el jue5 ? lato sensu: individualizador de normas).
%a t+cnica jurídica a#arca< !ue< do $o$ento: a@ la t+cnica le&ilatia. #@ la t+cnica juridiccional. 4.1. 4.1.1 1 E!e E!eci cie e:: la la t+cnica le&ilatia %a t+cnica le&ilatia< le&ilatia< o "or$uladora "or$uladora de nor$a &enerale &enerale a la Cond Conduct ucta a de lo le&i le&il lad adore ore en cuanto cuanto crean crean la la le'e le'e.. Ete Ete a!ecto De la t+cnica jurídica entra=a una erie de !ro#le$a. í< e incula: 1@ la dicuión acerca de d e la entaja o deentaja de la Codi"icación. 2@ la $ateria 9ue de#en a#arcar cada códi&o ' u adecuada Ditri#ución. 3@ la !re!aración ' anción de la le'e ' códi&o ?no$#ra$iento de Co$iione< ante!ro'ecto< reiión< dicuión o otación a li#ro Cerrado. 4@ la !ulcra "or$ulación de la le'< u len&uaje ' u etilo< etc. ea$o Página 8
l&uno de eto a!ecto: 4.2Codi"icación: Se e=alan la entaja de la codi"icación< en cuanto "acilita el conoci$iento de derecho ' la "ije5a a la relacione eitando la "recuente incertidu$#re o#re la nor$a a!lica#le. Se detacan< en ca$# ca$#iio u inco ncone neniente en orde rden a la ri&ide5 ' et etanca anca$i $ien ento to 9ue 9ue u!o u!one ne en u$a u$a:: la codi codi""icac icació ión n e reco$enda#le en un Derecho $u' ela#orado ' con alto &rado de "ije5a< en ca$#io< inconeniente en una ra$a nuea< en !lena eoluc eolució ión n en cont contan ante te tran tran" "or or$a $aci ción ón ' in in una una u!e u!er" r"ic icie ie ela#oración doctrina.
4.2Ditri#ución de $ateria: Si e de$e$#raran lo artículo del C.C. ' de!u+ de $e5clarlo< e lo dictara en el $i$o orden 9ue dictara el a5ar< la le' ciil eria la $i$a< ca$#iando olo la t+cnica de u "or$ulación. Con el eje$!lo e !uede a!reF ciar ci ar cl clar ara$ a$en ente te la i$ i$!o !ort rtan anci cia a 9u 9ue e re rei it te e e ete te a a!e !ect cto o de la t+c t+cnica nica le&ilatia. 4.3%en&ua 4.3 %en&uaje je ' etilo : %o códi&o ' le'e $oderno e>iten una no$enclatura !recia ' una inta>i ce=ida ' concia< 9ue e traducen en la a#undancia de t+r$ino t+cnico t+cnico ' la re!ula de todo !ala#rerío u!er"luo. En lo 9ue e re"iere re"ie re al oca#ulario< oca#ulario< la ter$inolo&ía t+cnica e i$!one< 'a !or9ue e to$en !ala#ra del len&uaje co$0n< d;ndole un entido !recio 9ue en ete no tienen ?o#li&ación< ro#o< coa< eridu$#re< de!oito< etc.@< 'a !or9ue e e$!leen !ala#ra !ro!ia ?e ?etu! tu!ro< ro< hi! hi!ote oteca< ca< de#e de #ent ntur ure e<< co co$a $and nditita a et etc. c. En lo 9u 9ue e re re"i"ier ere e a la i int nta> a>i i<< e "recuente 9ue la t+cnica jurídica encuentre< en ara de la conciión ' la !r !rec eci iió ión< n< re=ida re=ida co con n la re&l re&la a del len len&uaj &uaje e co$0 co$0n n o lit literar erario< io< Página 9
car;cter e!ecial$ente notorio en la entencia ' la di!oicione de car;cter !roceal. En lo 9ue e re"iere al etilo< ca#e o# o#e er rar ar 9ue la le& le&ila ilació ción n con conte$ te$!or; !or;nea nea ha u! u!erad erado o el etilo !eruaio< 9ue trata#a de !roocar en lo detinatario Gal $odo de la oratoria G enti$iento de adheión a la re&la le&al o de re!ula de lo 9ue ella conden con dena#a a#a el de la conicció conicción< n< con el 9ue e !ret !retend endía ía lle lle&ar &ar a la ra5ón< ra5ó n< de lo de detitinat natari ario o e>! e>!lic lic;nd ;ndole ole el e! e!íri íritu tu de la le' o rat ratio io le&i< ' en "in< el del adoctrina$iento o ene=an5a.
4.4De"inicione: +le + le55 Sa Sar r"i"iel eld< d< $a $ani ni"i"ie eta ta u o! o!in inió ión n co cont ntra rari ria a a la la de"i de"inici nicione one le&ale: No a#tene$o a#tene$o de de"i de"inir nir !or9ue< co$o dice 6reita< 6reita< la de"inici de"inicione one on i$!ro! i$!ro!ia ia de un Có Códi di&o &o de %e' %e'e< e< ' no !or9 !or9ue ue ha' ha'a a !eli !eli&ro &ro en hacerlo< !ue< $a'or !eli&ro ha' en la le' 9ue en la doctrina. En un tra#ajo le&il le&ilatio atio olo !ued !ueden en ad$i ad$itir tire e a9ue a9uella lla de"inicione de"inicione< < 9ue etricta$ente conten&an una re&la de conducta< o !or la in$ediata a!licación de u oca#lo< o !or u in"luencia en la di!oicione de una $ateria e!ecial... %o 9ue !ena$o !ena$o o#re la la de"inicio de"inicione ne e e>tiende e>tiende !or !o r lo $i $i$o $o $oti $o tio o a to toda da $a $atter eria ia !u !ura ra$e $ent nte e doctrinaria< a lo 9ue &eneral$ente e lla$a !rinci!io jurídico< !ue la le' no de#e e>tendere ino a lo 9ue de!ende de la oluntad del le&ilador. Ella El la de de#e #e e err i$ i$!e !era ratitio o ' e ea a 9u 9ue e $a $and nde e o !r !roh ohí# í#a a de# de#e e ol olo o e>!rear la olunt oluntad ad del le&il le&ilador. ador. a a co$o e>i e>ite te una di"erenci di"erencia a nota#le entre la juri!rudencia ' la le& le&il ilaci ación< ón< aí aí ta$#i+n ta$#i+n la le' nada nada tiene de co$0n con un tratado cientí"ico de Derecho. 4.) *+cnica juri!rudenciale: %a t+cnica juri!rudencial e re"iere a la actiidad actiidad de lo $a&itrado en cuanto a!lican la nor$a &enerale "or$ulando nor$a indiiduale !ara lo cao concreto. Página 10
Se a!li a!liccan a la t+cni +cnica ca juri uri!ru !rude denc ncia ial< l< $ut $utati ati $utan utandi di<< la la o#eracione o#eracione o#re el len&uaje len&uaje jurídico< jurídico< !ero la t+cnica juri!rudenci juri!rudencial al tiene< ade$;< u te$a e!ecí"ico. Eto et;n contituido< en !ri$er lu&ar< !or todo lo !ro#le$a 9ue !lantea la inter!retación de la le'e ?t+cnica e>e&+tica@< la cual ur&e !or la e>i&encia eencial de tener 9ue ju5&ar todo lo cao< a0n lo di"ícile de encuadrar dentro de la nor$a !reita !or lo códi&o. ero ete te$a de la inter!retación< e>cede ta$#i+n en $ucho el ca$!o li$itado de la t+cnica n conten contenido ido !ro!io !ro!io de la t+cnic t+cnica a juri!r juri!rude udenci ncial al e encuent encuentra< ra< en ca$#io< en di!oicione !roceale 9ue e re"ieren a la "or$a de la entencia entencia ?diiión en coniderando coniderando ' reultando reultando e!aración e!aración de la cuetione de hecho ' de derecho acuerdo< orden de la otación ' diidencia en lo tri#unale cole&iado< etc.@. En torno a la t+cnica juri!rudencial ca#e $encionar la actiidad de lo a#o&ado ' !rocuradore ' de$; !r;ctico del Derecho. %a i$!ortancia de eta actiidad< dede el !unto de ita de la !ra>i del Derecho< ha lleado a al&uno de otener 9ue todo el a#er jurídico e reduce a una t+cnica 9ue e incularía< ante 9ue a !rinci!io ' etudio de orden teórico< teórico< a una e!ecí"ica e!ecí"ica ha#ilidad ha#ilidad ' a la !r;ctica !r;ctica de cierto !roce !rocedi di$i $ient ento o ' recu recuro ro. . *odo e reu$ reu$ir iría ía en una e!ec e!ecie ie de intituto jurídico en un cierto ojo clínicoB !ara el Derecho ' !ara la ar&u$entación jurídica. En eta conce!ción ha' una eidente con"uión entre lo 9ue e la t+cnica !ro"eional ' la ha#ilidad "orene de lo !r;ctico del Derecho o#jeto de conideración teórica. 4., Noción de la t+cnica jurídica: %a ida ocial del ho$#re< el !ro&reo de la ciencia jurídica< loa aance del !ena$iento ' la neceidad de reali5ar cada e5 $; !lena$ente lo alore del derecho< on otra tanta caua de la inceante tran"or$acione de +te. %a ela#oración de nuea nor$a en irtud de tale e>i&encia< ' a la $; adecuada a!licación de la i&ente a lo hecho ociale 9ue Página 11
re&ulan< e reali5a de con"or$idad con deter$inado !rinci!io cu'o conjunt conjunto o contit contitu'e u'e el conten contenien iendo do de la dici! dici!lin lina a deno$i deno$inad nada a *+cnica jurídica< 9ue "or$a !arte de la do&$;tica o Ciencia del Derecho. %a e>!reión e>!reión *+cnica *+cnica -urídicaB -urídicaB no ha ido e$!leado e$!leado con el $i$o i&ni" i&ni"icad icado. o. Se&0n Se&0n Sai&n' Sai&n'<< *+cnic *+cnica a -urídic -urídica a e la ela#or ela#oraci ación ón cien cientí tí"i"ica ca !or !or !arte !arte de lo lo juri jurit ta a !or o!oi o!oici ción ón a la creac creació ión n e!ontanea del !ue#lo Iherin& conidera 9ue la la t+cnica -urídica tiene un entido "or$al 9ue con coni ite te en dete deter$ r$in inar ar de 9u+ 9u+ $ane $anera ra de#e de#e eta eta#l #lec ecer ere e ' or&ani5are or&ani5are al derecho< derecho< a#tracci a#tracción ón hecha de u contenid contenido< o< !ara 9ue u $ecani$o "acilite ' ae&ure la $ejor a!licación de u re&la. Sta$$ler lla$a *+cnica -urídica al $+todo de conoci$iento ' de e>!oición de un derecho hitórica$ente dado. Jen'< Jen'< o"rece un conce!to conce!to $; a$!lio a$!lio de eta dici!lina. dici!lina. arte de la o!oi o!oici ción ón entr entre e $ate $ateri ria a ' "or$ "or$a a del del derec derecho ho.. %a !ri$ !ri$er era a et; et; contit contituid uida a !or lo datoB datoB ' e it0a en el ca$!o ca$!o de la cienci ciencia< a< $ien $ientr tra a 9ue 9ue la e&un e&unda da e a9ue a9uelllla a o#ra o#ra arti arti"i"ici cial al del del juri jurita ta ' corre!onde a la t+cnica. Se=a Se=ala la Jen' Jen'<< la "or$ "or$a a en el dere derech cho o
e e una una con contr truc ucci ción ón<<
co$!leta$ente arti"icial del dato< o#ra de acción $; 9ue de la inteli&encia< donde la oluntad del jurita !ueda $oere li#re$ente< diri&i diri&ida da ola$e ola$ente nte !or el "in !redete !redeter$i r$inad nado o de la or&ani or&ani5ac 5ación ión jurídica 9ue u&iere lo $edio de u !ro!ia reali5ación. %a re&la de la *+cnica -urídica< e&0n eta doctrina< de#en !oeer cierta cualidade "unda$entale: 1K len lenititud ud de dete deter$ r$in inac ació ión< n< e deci decirr< 9ue 9ue la la re&l re&la a de#e de#en n ajutare a todo lo !otulado de la ida. 2K er"ecta ada!tación 3K Neceidad de reali5ación 4K Si$!licidad econo$ía de $edio !ara alcan5ar lo $; ";cil$ente !oi#le el "in !ro!ueto. (K%o&ica o coherencia racional en lo !rocedi$iento Página 12
)K Se&ur Se&urid idad ad de lo lo reu reultltado ado< < eto eto e< la eta# eta#ililid idad ad de la la ituacione ad9uirida ' la !reii#ilidad de lo e"ecto. -. Da#in< conidera 9ue la *+cnica et; contituida !or el conjunto de $edio ' !rocedi$iento ado!tado con el "in de &aranti5ar lo "ine &en &eneral erale e ' !art !artiicula culare re del del Dere Derech cho< o< o ea ea lo $odo $odo de !roducción. Se&0n De$on&ue< o la re&la creadora de lo ca$ino del Derecho< e&0n Du&uit. %a *+c *+cni nica ca -urí -urídi dica ca et; t; cont contit itui uido do !or !or el con conjjunto unto de !rocedi$iento neceario en orden a la ela#oración de la "uente "or$ale del derecho ' a u recta a!licación. %o de"ecto de"ecto t+cnico t+cnico a"ectan a"ectan !ro"unda$ent !ro"unda$ente e al derecho< derecho< ocaionan ocaionan di"icultade o de$ora en la a!licación de la le' ' hacen 9ue eta ea de"iciente o $ala< !or cu'a ra5ón encierran cai ie$!re una injuticia.
0. Ela+&ació # Aplicació !"l !"&"c2+: %a *+cnica -urídica trata de do ti!o de o!eracione: una 9ue e re"ieren a la ela#oración ' otra a la a!licación del derecho. JENL al e!arar la $ateria ' la "or$a< e=aló lo lí$ite 9ue e>ite entre la ciencia ' la t+cnica. %o dato 9ue reco&e la ciencia on lo i&uiente : a@dato reale o naturale ?con ?condi dici cion one e "íi "íica ca < oci ocial ale e < $ora $orale le cli$ cli$a< a< uel uelo o < !rod !roduc ucci ción ón < contitución hu$ana < enti$iento < ituación econó$ica < etc. @ #@ dato hitórico co
?he ?hecho
de
la
ida
hu$ana
det deter$i er$in nado do
!or !or
cierta rta
re&la re&la$e $ent ntac ació ión n @ c@da c@dato to racio racional nale e ?re&l ?re&la a nece necear aria ia < uni unier eral ale e < in$uta#le @ d@ dato ideale ? a!iracione hu$ana < tendencia hacia una deea#le or&ani5ación jurídica @ . %o contruido conite en el eje$!lo de do ti!o de !rocedi$iento: la "or "or$a $a $ed $edia iant nte e la la cual cuale e e e>te e>teri rior ori5 i5a a la rela relaci ción ón jurí jurídi dica ca ' lo lo !rocedi$iento !ro!ia$ente intelectuale 9ue conite en la ela#oración de conce!to jurídico.
Página 13
El ca$ino ló&ico e=alado e e>acto< !ero no e erdad 9ue olo la "or$a ea lo contruido< ta$#i+n< la $ateria e contruido contruido e&0n un $+todo ui &+neri< donde entran en co$#inación lo $otio de juticia ' de o!ortunidad 9ue hacen 9ue una $ateria ea e!ecí"ica$ente jurídica. %a ada!tación de lo dato a la "or$a jurídica n< tiene el i&ni"icado a una contrucción. %a t+cnica de la a!licación co$!rende< la inter!retación de la "uente del derecho< u inte&ración ' u a!licación !ro!ia$ente dicha de la nor$a en el tie$!o ' en el territorio. Si e tiene en cuenta el ór&ano 9ue reali5a la "uncione de ela#oración o de a!li a!lica caci ción ón del del dere derech cho< o< la t+cn t+cnic ica a e dii diide de en le&i le&il lat ati ia< a< doct doctri rina nall ' juri!rudencial. %a !ri$era e re"iera a la "or$ulación de nor$a &enerale< la e&unda a la ineti&ación< la crítica ' la ene=an5a del derecho ' la tercera a u a!licación en el !roceo.
3. P&+c"!i4i")+' !" la "la+&ació: ara la ela#oración del derecho e i&uen !rocedi$iento intelectuale: la "or$ulación de conce!to u la contrucción jurídica. El conce!to e la idea &eneral del o#jeto !ro!ueto al tra#ajo del e!írituB. %o conce!to nacen de co$!arar la coa conocida< con el "in de decu#rí e$ejan5a ' di"erencia de ahí 9ue u "unción eencial e la analo&ía. El jurita no $aneja coa ni hecho ni conce!to. Jracia a ello !uede !enetrar en el $undo de la realidad ' o$eterlo a lo !rinci!io ' a la nor$a del derecho. De ahí la i$!ortancia de conce!to ' de allí ta$#i+n la tracendencia de la "unci8one ló&ica 9ue e re"ieren a u ela#oración< de"inición ' !reciión. %o conce!to jurídico jurídico on i&no de lo o#jeto o#jeto 9ue co$!rende el derecho< 9ue !uede er o#jeto reale< ideale ideale o i$!le relacione aí lo conce!to de uje ujeto to< < docu$ docu$ent ento o<< de jut jutic icia ia o de e&ur e&urid idad ad de re!re re!ree ent ntac ació ión n !ro!orcional o de contrato< corre!onden a eo &ru!o. %a de"inición de lo conce!to tiene !or "in !reciar u contenido !ara lo&rar u e>acta a!licación a lo o#jeto. El jurita en u "unción teórica ' !r;ctica e un erdade erdadero ro !ro"e !ro"eion ional al de la de"ini de"inició ción n co$o co$o lo deno$i deno$ina na con e>acti e>actitud tud
Página 14
DIN. %a carencia de de"inicio8ne i el e$!leo de otra a&a e i$!recia< llean a co$eter errore 9ue redundan en injuticia. rdenar conce!to de"inido llea a !reciar u alor cualitatio ' cuantitatio. %a reducción a ci"ra ' la enu$eración con lo $odo de dicha o!eracione. %a "uncione ' la !reuncione corre!onden al al ca$!o de la conce!tuación jurídica. %a !reunción conite en tener !or erdadero cierto hecho !or 9ue e han reali5ado otro cu'o enlace con a9uello ha ido de$otrado !or la e>!eriencia ?e !reu$e 9ue el !oeedor de un $ue#le en u !ro!ietario@. %a "icción e una u!oición 9ue e tiene co$o ;lida ?e re!uta 9ue todo conocen la le'e@. %a t+cnica -urídica e elea hacia la contruccione< !or la contruccione< !or lo conce!to 9ue contitu'en e>!licación de re&la jurídica con relación a un
!rin !rinci ci!i !io o ca!a5 ca!a5 de uni"i uni"ica carl rla a
en un ite ite$a $a ar$o ar$oni nio oo o . %a %a
KKK!ueden er de do ti!o: sistemáticas < cuando e li$itan a ordenar ' e>!l e>!lic ica a re"o re"or$ r$a a e>i e>ite tent nte e ' crea creado dora ra< < i dan dan naci naci$i $ien ento to a nue nuea a ela#oracione #ajo el i$!erio de e>i&encia ociale ta$#i+n nuea. %a t+cnica jurídica co$!rende ta$#i+n< !rocedi$iento 9ue inde#ida$ente e han han deno deno$i $ina nado do $at $ateri erial ale eB< B< cu'o cu'o "in "in e e>!re e>!rear ar lo lo conce conce!t !to o ' la la cont contruc rucci cion one e 9ue 9ue real reali5 i5a a el derec derecho ho<< en i&no i&no e>teri e>terior ore e 9ue 9ue on on la la "or$aB. ara Jen' la "or$a on ele$ento e>teriore ' eni#le 9ue rodean o co$! co$!re rende nden n un conte conteni nido do
con con el "in "in de
de$o de$ot trar rar u u e>it e>itenc encia ia o u
trancendencia ' "acilitar u !rue#a. De ahí 9ue la "or$a !ueden er ad ole$nitate$< ad !ro#ationen ' de i$!le !u#licidad .%a !ri$era on necearia !ara el acto !ueda tener e>itencia la e&unda e e$!lean olo !ara co$!ro#ar u realidad ' la tercera on i$!le $edio de conoci$iento. ueto 9ue el derecho e=ala la !auta a 9ue e de#e o$eter la conducta e>terna del ho$#re< la "or$a en cuanto $odo de e>!reión de tale re&la de conducta< conducta< contitu'en contitu'en ele$ento ele$ento de in&ular in&ular alor dentro de la etructura etructura de a9u+l.
Página 15
El anti&uo anti&uo derecho derecho "ue !redo$in !redo$inant ante$e e$ente nte "or$ali "or$alita ta
!or9ue !or9ue acentuó acentuó la
i$!ortancia de ole$nidade ' de lo hecho< 9ue tenía co$o o#jeto de e>teriori5ación de lo $andato< ' de lo acto jurídico en &eneral< co$o $edio de o#tener u cu$!li$iento< de "acilitar u reali5ación o de lo&rar u !ro#an5a. Con la a!arición de la ecritura K le' ecrita< contrato ecrito< !rocedi$iento ecrito K e an !ro#ando tale "or$a !ara dar naci$iento a otra< 9ue e aco$odan $ejor a la índole del ho$#re $oderno ' a la e!irituali5ación del derecho . Cuando en la t+cnica jurídica ditin&ue entre acto "or$aleB ' acto no "or$aleB< "or$aleB< no 9uiere con eto indicar indicar 9ue !uedan e>itir e>itir uno 9ue olo ten&an contenido ' care5can de "or$a< ' 9ue otro olo ten&an "or$a in contenido al&uno. Con tal ditinción no hace ino aludir a la li#ertad con el e$!leo de la "or$a or$a en lo lla$ lla$ad ado o act acto no no "or$a or$ale leB B ' a la o#li o#li&a &aci ción ón de uar uar deter$inada "or$a en lo acto no "or$aleB. Re"erente al "or$ali$o jurídico e ha dicho 9ue inconeniente !ara la eolución del derecho< !or un lado< ' !or er contrario a la li#ertad< !or otro. Conidera 9ue el a!e&o a ele$ento e>terno e un &rae o#t;culo 9ue i$!ide el !ro&reo del "enó$eno jurídico < 9ue de#e $archar al rit$o de la eolución eolución ocial !ara acercare cada día $; al ideal de juticia < ' 9ue li$ita la li#ertad hu$ana 9ue !uede e$!lear cual9uier $edio con el "in de nor$ar la relacione interu#jetia . Sin e$#ar&o< el Derecho neceita el e$!leo de "or$a< !or9ue la re&la de conducta conducta 9ue lo contitu'en< contitu'en< de#en e>!reare $ediante i&no e>teriore. e>teriore. or otra e>!rea Iherin&< la "or$a no on o!ueta ino $; #ien e hallan al ericio de la li#ertad. Ene$i&a jurada de la ar#itrariedad< ecri#ió el &ran jurita< la "or$a e la her$ana &e$ela de la li#ertad. E en e"ecto< el "reno 9ue detiene detiene la tentatia tentatia de a9uello 9ue arratran arratran la li#ertad li#ertad hacia la licencia< la 9ue diri&e la li#ertad. %a 9ue contiene ' la !rote&e. %a "or$a "ija on ecuela de la dici!lina< ' del orden< !or coni&uiente de la li#ertad on un #aluarte contra lo ata9ue e>teriore: !odr;n ro$!ere !ero no !le&are. El !ue#lo< 9ue !ro"ea un erdadero culto a la li#ertad hu$ana< 9ue !uede Página 16
e$!lear cual9uier $edio con el "in de ella< no e 'u&o e>terior ino i&ía de u li#ertad.
5. T,ci T,cica ca l"6 l"6i' i'la la)i )i7a: 7a: no no de lo lo $edi $edio o $; $; i$!o i$!ort rtant ante e !ara !ara la ela# ela#ora oraci ción ón del del derech derecho o lo cont contititu' u'e e
la t+cn t+cnic ica a le&i le&il lat ati ia. a. Eta Eta tare tarea< a< co$! co$!ren rende de do do cla clae e de
o!eracione: una interna ' otra e>terna. %a !ri$era e re"ieren a la conce!ción de la nor$a &eneral en "unción de la "uente $ateriale ' la e&unda a u e>!reión ' a u anciona$iento. %a *+cnic *+cnica a %e&i %e&ila latitia a i$!o i$!one ne la la i&ui i&uien ente te e>i&e e>i&enc ncia ia
: 9ue 9ue la le' e
e>!ree en len&uaje adecuado 9ue e e>!on&a en "or$a or&;nica en artículo < ca!ítulo < título < códi&o < 9ue tradu5ca la neceidade reale de la ociedad en el $o$ento $o$ento de u dación < 9ue e>!ree el !ena$iento !ena$iento $i$o del le&ilador ' 9ue realice del $odo $; adecuado lo ideale de juticia . Sa#ido e 9ue todo el derecho no e reduce a contruccione t+cnica< no !uede ne&are el alor de lo creado.
. La aplicació aplicac ió !"l !"&"c2+ !"&"c2 +: l inda&ar el ori&en ' eolución de ete artículo III del título !reli$inar de códi&o ciil i&ente< no #aa$o en el etudio del título !reli$inar del códi&o ciil de 1(2< !ue ete códi&o e re$onta en el códi&o na!oleónico de 184 del cual nuetro códi&o e deria entonce nuetro !ri$er códi&o ciil del er0 to$a co$o "uente al códi&o "ranc+ de 184 conocido co$o el na!oleónico. !arte ha' otro $ateriale to$ado co$o "uente !ero lo 9ue no interea $; e ete códi&o "ranc+ de 184.E de a#ere 9ue un título !reli$inar et; dedicado a e>!oner la !rinci!ale "uente del derecho< aí !rocla$are er nor$a rectora de todo ordena$iento jurídico en &eneral. En el título !rel !reli$ i$in inar ar del del códi códi&o &o cii ciill !eru !eruan ano o de 1(2 1(2<< noo nootr tro o enco encont ntra ra$o $o la !rohi#ición de la retroactiidad de la le' 9ue e !reenta en el artículo II de dicha nor$a de ea +!oca. En cuanto al i&uiente códi&o ciil ?173)@< !oterior al del 1(2 9ue cona&ra en u artículo II la !rohi#ición retroactia de la le'< Página 17
dea!arece la !rohi#ición retroactia aí co$o $ucha di!oicione $;< en ete ete cao cao e de#e de#e al e>t e>teno eno de dearro arrollllo o ' an;l an;li ii i dado dado al derec erecho ho internacional !riado. Nuetro te$a e #aara en el códi&o ciil !eruano actual i&ente de 174< en donde centrare$o nuetro an;lii ' etudio ete artículo uele a er !oitiado en u artículo III de u título !reli$inar< el 9ue trata o#re el e"ecto irretroactio de la le'e< a#iendo la o$iión en 9ue ha#ía incurrido el códi&o inter$edio.
.1/ecani$o de a!licación del derecho: .1.1 Noción: ón: Se trata de re!reentar ete $ecani$o en lo 9ue tiene de $; e9ue$;tico. !licar una ella e tran!oner o#re o#re un cao !articular ' concreto conc reto la deciión incluia en la re&la a#tracta. El jue5 !enal 9ue condena un eta"ador a!lica el cul!a#le la re&la 9ue re!ri$e la eta"a. El "unci "uncion onar ario io "ede "edera rall 9ue 9ue reh0 reh0a a una una cond condec ecora oraci ción ón e>tr e>tranj anjer era a a!licada aí $i$o el art. 12 de la contitución "ederal ui5a. Eta i$!licación i$!orta !ue un !ao de lo a#tracto a lo concreto< de lo &ene &enera rall a lo !art !artic icu ular lar< en u$a u$a<< una una dedu deducc cció ión. n. Su intru$ento e el ilo&i$o. ro ado!ción del ale$;n e da ta$#i+n en la len&ua len&ua "rancea "rancea el no$#re no$#re de u#o$!tion u#o$!tion a eta o!eracion o!eracion 9ue coloca lo concreto #ajo el i$!erio de la re&la.
.1. .1.2 2 El il ilo&i o&i$ $o o jurí jurídi dico: co: *odo lo tratado de ló&ica e>!onen 9ue un ilo&i$o et; "or$ado !ri$era$ente de do !ro!oicione: la $a'or ' la $enor cada una e co$!one de do t+r$ino un $i$o t+r$ino e encuentra en la $a'or ' la $enor. De!u+ una tercera !ro!oición da la concluión. El eje$!lo cl;ico e el i&uiente: todo lo ho$#re on $ortale
El ilo&i$o ló&ico !uede !reentare con la $i$a i$!licidad. Eje$!lo. Eje$!lo. Se&0n el art. 4, C.C.S. C.C.S. lo heredero heredero $; !ró>i$o !ró>i$o on lo decendienteB ?!or di"unto@ M !a#lo ' juan on decendiente del di"undo. or coni&uiente< !a#lo ' juan on heredero. .1.3 .1.3 ilo&i ilo&i$o $o con con hecho hecho jurídic jurídico o $0lti! $0lti!le le:: Ha' 9ue re"erire a9uí re!ecto a lo ele$ento de la re&la de derecho< e!ecial$ente a la diiión de +ta en hecho jurídico ' di!oitio ' ?condicione de a!licación ' conecuencia@. %a $a'or del ilo&i$o corre!onde al enunciado de la re&la lo do t+r$ino< a ae ra$i"icado< on lo hecho jurídico ?tatF#etand@ ' el di! di!o oititi io. o. %a $eno $enorr con conta tata ta la iden identitida dad d de i i hech hecho o concreto ' de lo hecho jurídico. %a concluión tralada o#re lo hecho concreto la conecuencia enunciada !or el di!oitio. *o$e$o un eje$!lo en el do$inio donde eta relacione on $; altante. En el derecho !enal colo9u+$ono "rente a la ituación reultado del $otín del 7 de noie$#re de 1732 en Jine#ra. He a9uí en !ri$er lu&ar lo te>to a!lica#le: Códi&o !enal "ederal< art. 4): a9uel 9ue !artici!a en un $otín ' $ani"ieta !or la &uía de hecho la intención de reitir a una autoridad "eudal< u"rir; !riión con $ulta< '< ' en lo cao &rae recluiónB. rt< (2. cuando uno de lo acto $encionado en lo art. 4(F(8 e diri diri&i &ido do cont contra ra una una con contititu tuci ción ón cant canton onal al &ara &arant nti5 i5ad ada a !or !or la con"ederación o contra una autoridad o un "uncionario de un cantón< la di!erione de eto artículo on a!licada !or analo&ía< i lo acto !reito han ido la caua o la conecuencia de deórdene 9ue han ori&inado una interención ar$ada de la con"ederaciónB. rt. 17. e re!utado autor a9uel 9ue !or u !ro!io hecho o incitando a otra !erona< e la caua !rinci!al de un cri$en o de un delito. Incurre en la !ena etatuida contra el cri$en o delitoB.
Página 19
De la co$#inación de lo art. 4) ' (2 reultan 9ue lo hecho jurídico cu'a cu 'a reali5ación era necearia ne cearia !ara 9ue "uee !ronunciada !ronunc iada la condena de lo acuado on la i&uiente: n $otín ía de hecho Intenión de reitir la nutoridad Intenión ara$ada de la con"ederación cauada !or lo acto de iolencia a lo 9ue ha#ían entre&ado lo acuado. El enunciado de eta condicione e&uido de la indicación de la !ena e la $a'or del ilo&i$o. El tri#unal "ederal ha reconocido el hecho de 9ue cierto acuado ha#ían !artici!ado en un $otín ' e ha#ían entre&ado a la ía de hecho con la intenión de reitir a la autoridad 9ue< ade$;< eto deordene ha#ían ocaionado una interención "ederal. Re!ecto de al&uno otro acuado< el tri#unal ha contatado 9ue ha#ían !roocado ea iolencia !or dicuro a la $uchedu$#re ' 9ue< in ha#ere hecho ello $i$o. %a conc conclu lui ión ón 9ue 9ue e i$!o i$!oní nía a ento entonc nce e era era la cond conden ena a a lo lo acuado a la !ena de !riión con $ulta '< i el cao era &rae< a la recluión a lo uno !or a!licación !ura ' i$!le del art. 4)< a lo otro< lo !roocadore< !or co$#inación de lo rt. 17 ' 4).
.1. .1.4 4 Silo Silo&i &i$ $o o uce ucei io: o: Cuan Cuando do la la a!li a!lica caci cion one e de a!li a!licac cació ión n de una una re&la re&la re9ui re9uiere eren n a!licación !reia de otra< el ra5ona$iento e deco$!one de una erie de ilo&i$o uceio. *o$ando de nueo el eje$!lo del co$!rador a 9uien ha ido entre&ada una $ercadería de"ectuoa NO 11(@ e !uede contruir la cadena i&uiente: %a enta e un contrato !or el cual el endedor e o#li&a a entr entre& e&ar ar coa coa end endid ida a al co$! co$!ra rado dorr ' a tran tran" "er erir irla la la !ro!iedad $ediante un !recio 9ue el co$!rador e o#li&a a !a&arle. P e ha o#li&ado a entre&ar tal $ercadería a L ' a Página 20
tran"erirle la !ro!iedad $ediante un !recio 9ue L e o#li&a a !a&arle<
lue&o
P
e
endedor
'
L
co$!rador.
El co$!rador tiene la o#li&ación de eri"icar la coa reci#ida tan !ronto co$o le ea !oi#le i decu#re de"ecto 9ue el endedor &aranti5a< de#e aiarle in !+rdida de tie$!o< de lo cont contra rari rio o la coa coa e tien tiene e e tien tiene e !or !or ace! ace!ta tada da.. L ha eri eri"i"ica cado do la $erc $ercad ader ería ía tan tan lue& lue&o o la ha reci reci#i #ido do ' ha e=alado in$ediata$ente a lo P lo de"ecto. %ue&o L no er;
re!utado
ha#er
ace!tado
la
$ercadería.
El endedor et; o#li&ado a &aranti5ar al co$!rador tanto en ra5ón de la calidade !ro$etida co$o en ra5ón de lo de"ecto 9ue 9uitan a la coa 'a ea u alor< 'a u utilidad !reita<. !reita<. %o de"ecto de"ecto contatado ' e=alado e=alado !or L 9uitan 9uitan a la coa todo alor< lue&o P &aranti5a lo de"ecto a L.
En cao de &arantía !or ra5ón de lo de"ecto de la coa< el co$!rador !uede a u elección o recindir la enta o recla$ar una re#aja en el !recio. El endedor > &aranti5a al co$!rador L lo de"ecto de la $ercadería< lue&o L !uede ele&ir entre la reciión de la enta o la re#aja en el !recio.
.1.( .1.( eri" eri"ica icació ción n de lo hecho hecho jurídic jurídica: a: Del an;lii 9ue aca#a$o de hacer reulta 9ue< ante de a!licar una re&la el jurita de#e de !roceder una con"rontación entre lo hecho jurídico de eta re&la ' lo ele$ento reale del cao concreto. Solo cuando lo a#tracto co$!rende !recia$ente el cao concreto< la re&la e a!lica#le. Página 21
.1.) .1.) !lica !licació ción n del del di!oi di!oiti tio: o: %a contatación 9ue identi"ica el cao concreto al hecho jurídico tiene !or conecu conecuenc encia ia la a!lica a!licació ción n del di!oi di!oiti tio o de la re&la. re&la. Ete Ete i$!one a ece una olución !ura ' i$!le< una deciión 'a hecha: e el cao cao en 9ue 9ue la re&l re&la a la "or$ "or$ul ula a cate cate&ó &óri rica ca$e $ent nte e ' in in !oi#ilidad de elección: !ena de $uerte !ara el aeinato e&0n el art. art. 328 328 del del códi códi&o &o !enal !enal "ran "ranc+ c+ ad9ui ad9uiic ició ión n !or !or la $uje $ujerr del del derecho de ciudadanía de u $arido !or ra5ón de $atri$onio. $atri$onio. ero $ucha ece de#en interenir todaía una oluntad deter$inante: !uede
er
la
deciión
de
una
!erona
en
caua.
E aí co$o en irtud de un contrato li#eral< cuando el deudor no ha cu$!lido la o#li&ación 9ue le re!ecta< el acreedor !uede o#rar entre la olucione o"recida< ta$#i+n e el jue5 9uien de#e de to$ar la deciión: el jue5 !enal "ija la !ena cu'o lí$ite olo et; indicado !or la re&la el jue5 ciil "ija el $odo de re!aración $oral en !ree !reenc ncia ia de un &rae &rae aten atenta tado do a lo lo inte intere ree e !er !erona onale le del del de$andante ' deter$ina en innu$era#le circuntancia el $onto de
lo
a=o
'
!erjuicio.
%a autoridad ad$initratia eta lla$ada ta$#i+n a !ronunciare. El !oder !oder ejecut ejecutio io "ija "ija la "echa "echa de la ejecuc ejecucion ione e i&uie i&uiendo ndo la directia de la le' o la contitución.
.2 %a
a!licación
de
la
nor$a
en
el
tie$!o:
rticulo III %a le' e a!lica a la conecuencia de la relacione ' ituacione jurídica E>itente. No tiene "uer5a ni e"ecto retroactio< alo la e>ce!cione !reita en la contitución !olítica del er0. %a le'e no !ueden tener e"icacia con anterioridad al $o$ento en 9ue han entrado en i&or ni con !oterioridad al $o$ento de u dero&ación. *ienen Página 22
en e"ecto< un !unto de arran9ue contituido !or el $o$ento en 9ue tiene lu&ar la ceación de u i&encia. E entre eto do !olo te$!orale donde
tiene
9ue
dearrollare
u
radio
de
acción.
%a le'e on o#li&atoria dede 9ue entran en i&encia hata 9ue cean de re&ir. Nin&una le' tiene "uer5a ni e"ecto retroactio< alo en $ateria !enal< cuando "aorece al reo ?art. 183 de la contitución@. %a le'e entran en i&encia dede el día i&uiente de u !u#licación co$!leta en el diario o"icial< alo di!oición contraria de la $i$a le' 9ue !oter&ue u i&encia en todo o en !arte ?art. 187 de la contitución@. %a !u#licidad e eencial !ara la i&encia de toda nor$a e$itida !or el etado ?art. (1 de la contitución@. %a le' NO 2)31( di!one 9ue el Diario o"icial el eruano !u#li9ue el te>to ínte&ro de lo tratado cele#rado !or el etado. %o
tratado
"or$an
!arte
del
Derecho
nacional.
l !eriodo 9ue trancurre entre la !ro$ul&ación ' la entrada en i&encia de la le' e le deno$ina acancia de la le' ?acatio le&i@. Durante ete !eriodo
ri&e
la
le'
anterior.
El tie$!o de i&encia de una nor$a et; $arcado !or u entrada en el i&or ' !or u ceación. %a doctrina conidera 9ue la entrada en i&or de una una le' le' co$i co$ien en5a 5a con con el $o$e $o$ent nto o eta eta#l #lec ecid ido o !or !or ella ella e>!r e>!re ea a ' t;cita$ente ' deter$inado !or re"erencia a una "echa o al&0n otro dato. Eto Eto i&n i&ni"i"ic ica a 9ue 9ue no ie$ ie$!r !re e una una nor$ nor$a a entr entra a en i&o i&orr tan tan !ron !ronto to !u#l !u#lic icad ada< a< e deci decir< r< de $ane $anera ra in$e in$edi diat ata< a< !ue !ue el le&i le&il lad ador or !ued !uede e di!oner di!oner 9ue el inicio inicio de u i&encia i&encia e a!lace en el o#jeto o#jeto de !er$itir !er$itir el $ejor conoci$iento conoci$iento de la nor$a o !re!aración !re!aración del etado !ara a!licarla. a!licarla. ete la!o 9ue a dede la !u#licación hata la entrada en i&encia de la nor$a e le deno$ina acatio le&i. hora #ien< la i&encia de la nor$a ter$inar !or cual9uiera de do caua:
caua e>tríneca En ete cao< la !erdida !erdida de i&encia i&encia ur&e !or caua e>terna e>terna a la nor$a< #ien #ien !or9ue !or9ue eta e dero&ada dero&ada o $odi"icada $odi"icada !or otra otra nor$a< #ien !or9ue lo e !or entencia con "uer5a dero&ante Página 23
e>!edida !or el tri#unal contitucional ' el !oder judicial en lo cao cao de acci acción ón de inco incont ntitituci ucion onal alid idad ad ' acció acción n !o!ul !o!ular ar<< re!ectia$ente.
caua intríneca En ete cao< la !erdida de i&encia ur&e !or caua inherente a la $i$a nor$a< cuando eta eta#lece !er e un t+r$ino de i&encia< e>!rea o t;cita$ente. Co$o e=ala /anuel atlle ;9ue5< no e neceario 9ue e e>!ida una le' !ara 9ue otra anterior 9uede in e"ecto
uced ucede e cuando cuando una una le' le' tien tiene e
car;cter te$!oral ' $arca el t+r$ino de u !ro!ia i&encia< ocurrido el cual ceara !or u !ro!ia irtualidad. Eto $i$o ocurre cuando e dictada !ara una deter$inada circuntancia ' eta dea!arece. Co$o lo a"ir$a Carlo c;rdena Quiro5< la nor$a !uede !erder u i&encia< !or caua intríneca< en do cao:
En "or$a e>!rea FCuando FCuando ha trancurrido trancurrido el t+r$ino de duración duración "ijado !or ella de $anera e>!licita Eje$!lo: la le'e anuale de !reu!ueto
En "or$a tacita Fcua Fcuand ndo o ha ido ido dict dictad ada a en "unc "unció ión n de una una circ circun unt tan anci cia a !aajera: cala$idad !0#lica< &uerra< reolución. Etc. F cuando e la li&a a cierto !ro!óito o "inalidad< reultado de ello u car;cter te$!oral. Eje$!lo: la di!oicione tranitoria dictada !ara re&ular el tr;nito de una nor$a a otra innóate. Fcuando dea!arece dea!arece la circuntanci circuntancia a 9ue le dio ori&en< o cuando a tra+ de u a!licación e alcan5a el !ro!óito u o#jeto !ara el
9ue "ue dictada E "recuente< en lo cao de lo decreto de ur&enciaF entre otro ti!o de nor$a< 9ue $ediante declaración e>!licita del le&ilador e di!on&a la Página 24
u!enión u!enión de la e"icacia de una nor$a< lo 9ue i$!lica i$!lica u e>tinción !ue reco#rar reco#rar u i&or una e5 ceada la caua de u!enión o trancurrido trancurrido el !la5o de duración de eta. %a entrada en i&or de la le'e ' de$; nor$a e u cate&oría et; conte$!lada en el artículo 187 de la contitución %a le' e o#li&atoria ded dede e el día día i&u i&uie ient nte e de u !u#l !u#lic icac ació ión n en el diar diario io o"ic o"icia ial!r e>!re ea a en otro otro ent entid ido< o< ' 9ue 9ue la la reolucione i$!eran dede la "echa en 9ue on e>!edida< alo a lo cao cao en 9ue re9uie re9uieren ren noti"i noti"icac cación ión !or !u#lic !u#licaci ación< ón< cu$!lid cu$!lido o lo cual cual e$!ie5an a re&ir.
.3 r rinci!io
de
a!licación
de
la
nor$a
en
el
tie$!o .
.3. .3.1 1 #ro& #ro&aci ación ón ' dero&a dero&aci ción: ón: El $ecani$o ló&ico 9ue aca#a$o de e>!oner i$!lica la "ije5a de la re&la ' la certe5a de lo $a'or del ilo&i$o. ero cuando el dere derech cho o e tra tra"o "or$ r$a< a< cuan cuando do una una nue nuea a re&l re&la a uce ucede de a una una anti&ua< e !oi#le 9ue una cuetión !reia e !reente< la de a#er 9ue re&la eta en i&encia. Si e trata de una cotu$#re< e e>a$inara i la cotu$#re anti&ua ha caído en denudo ' i una cotu$#re nuea e ha "ir$ado. Si e trata de una le'< la "echa de u entrada en i&encia ha#r; ido "ija "ijada da !or !or el le&i le&il lad ador or o !or !or el !ode !oderr ejec ejecut uti io. o. $enu $enudo do el le&il le&ilador ador "or$ul "or$ula a e>!rea e>!rea$en $ente te la RJ RJCI CIN< N< e decir decir<< la u!reión de tal le' o de tal re&la. ero< otra ece< la a#ro&ación e tacita: ella reulta de la identidad de o#jeto ' de la contradicción entre el anti&uo ' el nueo derecho. Cuando una le' nuea in dero&ar la re&la e>iten eta#lece ola$e ola$ente nte e>ce!ci e>ce!cione one< < e dice dice 9ue ella ella DERJ DERJ.. El derecho derecho Página 25
inco$!ati#i inco$!ati#ilidad lidad entre la nuea le' ' la anterior o cuando la $ateria de eta e ínte&ra$ente ínte&ra$ente re&ulada !or a9uella. a9uella. or la dero&ación de una le' no reco#ran i&encia la 9ue ella hu#iere dero&ado. Conce!to de le': Ha' un conce!to "or$al ' otro $aterial o utancial de le'. En enti entido do "or$a "or$all e enti entien ende de !or !or le' a todo todo !rece !rece!t !to o jurí jurídi dico co a!ro a!ro#a #ado do !or !or el con& con&re reo o ?!od ?!oder er le&i le&il lat ati io@ o@ a tra ra+ del del !roce !rocedi di$i $ien ento to !recr !recritito o en la con contititu tuci ción< ón< !ro$ !ro$ul ul&a &ada da !or !or el rei reide dent nte e de la Re!u Re!u#l #lic ica a ' !u#li !u#lica cada da en el diari diario o o"ic o"icia ial.l. En ca$#io< le' en entido $aterial e toda re&la de derecho< todo !rece!to nor$atio. %a le' $aterial !roiene del etado< a di"erencia de la cotu$#re 9ue !rocede de la co$unidad. %a le'e entran en i&encia dede el día i&uiente de u !u#licación co$!leta en el diario o"icial< alo di!oición contraria de la $i$a le' 9ue !oter&ue u i&encia en todo o en !arte. %a !u#licidad e eencial eencial !ara la i&encia de toda nor$a del etado la e>itencia e>itencia de nor$a nor$a jurídic jurídica a ecreta ecreta e caracte caracterí rític tica a !ro!ia !ro!ia de &o#ier &o#ierno no totalitario o in$orale 9ue la uan !ara $antener en ecreto u "echoría. %a le' NO2)31( di!one 9ue el Diario "icial El eruano !u#li9ue el te>to ínte&ro de lo tratado cele#rado !or el etado ' en i&or 9ue !aen a "or$ar !arte del derecho nacional. l !eriodo 9ue trancurre entre la !ro$ul&ación ' la entrada en i&encia de la le' e le deno$ina acancia de la le' ?acatio le&i@. Durante ete !eriodo ri&e la le' anterior. %a le'e cean de re&ir: a@ Cuando e ence el !la5o de i&encia e=alado en la !ro!ia le' ?le'e te$!orale@
Página 26
#@ Cuando e ha cone&uido el "in o ha dea!arecido el etado de coa !ara lo cuale "ue dictada ?ratio le&i@< c@ or dero&ación $ediante otra le' de i&ual o u!erior jerar9uía. *a$#i+n 9ueda in in e"e e"ecto cto !or entencia 9ue declare u incontitucionalidad. Se&0n el art. 1 del título !reli$inar. %a dero&ación de la le' !uede er e>!reada o tacita: 1O E>!rea< cuando la nuea le' anterior 9ue 9ueda dero&ada ?dero ?dero&a &aci ción ón concr concret eta@ a@ !or eje$ eje$!l !lo: o: el art.2 art.21 112 del del c.c. c.c. decla declara ra e>!rea$ente: Dero&ae el códi&o ciil !ro$ul&ado !or derecho u!re$o de treinta de a&oto de $il noeciento treintieiB< o #ien cuando e eta#lece 9ue cual9uier di!oición 9ue e o!on&a a la nuea re&ulación 9ueda dero&ada ?dero&ación &en+rica@ 2O *acita: *acita: a@ or inco$!ati#ilidad entre la nuea le' ' la anterior. Eta dero&ación o!era dentro de lo lí$ite de la inco$!ati#ilidad. %a !arte de la le' anti&ua 9ue no e inco$!ati#le con la nuea le'< u#ite i&ente #@ Cuando la $ateria de la le' anterior e re&ulada ínte&ra$ente !or la nuea le'. %a dero&ación de una le' dero&atoria de otra no hace 9ue eta reco#ren u i&encia. .3.2 .3.2 !lica !licació ción n retroac retroacti tia a de la la nor$a: nor$a: E la "i&ura jurídica< !or la cual< la le' i&ente ri&e lo hecho< rela elacione ' ituac uacione one 9ue tui uieron ron lu&ar ante nte de u !ro$ul&ación. E a9uella 9ue e !ro'ecta o#re hecho< relacione ' ituacione 9ue tuieron lu&ar eto e< conu$ado o cu'a conecuencia e han cu$!lido ante de la entrada de i&encia de una nor$a e !ro'e !ro'ect cta a hat hata a el !aad !aado o cuand cuando o eta#l eta#lec ece e cond condic icio ione ne $; $; "aora#le o #eni&na< !ara el ujeto< 9ue la eta#lecida !or otra cu'a ;$#ito te$!oral inade la !ri$era M anterior ?co$o o#erare<
Página 27
ete !rinci!io !reenta una e>ce!ción al criterio de la a!licación in$ediata< e decir< la !rinci!io de la irretroactiidad de la nor$a@. .3.3 !licación
retroactia
retitutia:
E a9 a9ue uell ca cao o en 9ue la a! a!lilica caci ción ón re retr troa oact cti ia a e a# a#ol olut uta a de acue ac uerd rdo o co con n la la co con nec ecue uenc ncia ia ju jurí rídi dica ca 9u 9ue e de deri ria an n de u u u!ueto. E decir< $odi"ica en u totalidad lo hecho< relacione o ituacione
jurídica.
No re" No re"eri eri$o $o en u to tota talilida dad d ' u a# a#o olu lutiti$ $o o 'a 9u 9ue e !u !uede ede $odi $o di"i"ica carr la la e ent nten enci cia a ju judi dici cial ale e 9u 9ue e ha ha'a 'an n !a !aa ado do a co coa a ju5&ada. Ete $odelo de a!licación retroactio de la nor$a e !r;ctica$ente
ine>itente
.3.4 !licación
en
nuetro derecho actual.
retroactia
ordinaria:
E a9uel a9uel cao cao en el 9ue la a!lic a!licac ació ión n de la nor$a nor$a e hace de $anera relatia. Eto 9uiere decir 9ue $odi"ica de $anera !arcial lo hecho< relacione o ituacione lo 9ue i&ni"ica 9ue !uede $odi"icar actu ac tuac acio ione ne an ante terio riore re al $o $o$e $ent nto o de dell !u !unt nto o de 9u 9uie ie#re #re de la nor$ no r$a< a< !e !ero ro a al lo o la la e ent nten enci cia a ju judi dici cial ale e 9u 9ue e ha' ha'an an !a !aa ado do en calidad de
coa
ju5&ada.
El artículo 183 de la contitución ace!ta la retroactiidad al a "or$ar: nin&una le' tiene "uer5a ni e"ecto retroactio< alo en $ateria !enal cuando< "aorece al reoB. un9ue /arcia ru#io correa otiene 9ue ete artículo otiene 9ue ete artículo e re"iere al e"ecto in$ediato in$ediato e Ir retroactio retroactio de la nor$a nor$a de car;cter car;cter &eneral ?orden ?orden !0#l !0#lic ico@< o@< ello ello no i$!i i$!ide de la a!li a!licac cació ión n retroa retroact cti ia a o ultr ultract acti ia a de nor$a diri&ida a lo e"ecto de lo acto jurídico !articulare. %a ulneración ulneración del !rinci!io !rinci!io &eneral de irretroacti irretroactiidad< idad< !ro$uee la conu$ación de la incontitucionalidad de la a!licación del !rece!to. Página 28
.3.( .3.( Irretr Irretroact oactii iidad dad de la le': le': E el !recio en cu'a irtud la le'e nuea no !ueden a"ectar o re&ir lo hecho o ituacione del !ret+rito 'a conu$ado en el !lano de la realidad jurídica. Nuetro ordena$iento ciil no a$!ara la a!licación de la nor$a a hecho anteriore< 'a 9ue e eta#lece co$o re&la &eneral 9ue la a!licación a!licación de la nor$a de#e reali5are a lo hecho e>itente en el $o$ento en 9ue e encuentre en i&encia
la
$i$a.
no de lo !rinci!io $; ele$entale 9ue ri&en la a!licación de la le' e u irretroactiidad< 9ue i&ni"ica 9ue eta no de#e tener e"ecto hacia atr; en el tie$!o u e"ecto olo o!eran de!u+ de la "echa de u !ro$ul&ación.
.3.(.1 Co$o !rinci!io &eneral: %a le' olo ri&e !ara e"ecto "uturo ' no tendr; e"ecto retroactio .3.(.2 Re&la i i&ente: %a le' ri&e todo lo acto ' ituacione 9ue e !rodu5can de!u+ de u i&encia %a le' nada di!one o#re hecho 9ue e han reali5ado ante de Su entrada en i&or
.3.(.3 (.3
Naturale5a juríd rídica del del !rinci!io !io de irret rretrroac oactii iidad de la
le': Dede lo canonita anti&uo e conidera#a 9ue< !ara 9ue una le' "uee retroactia< de#ía tener una ra5one $u' e!eciale 9ue 9ue a$eri a$erita tara ran n tal tal e"ec e"ecto to e>trao e>traord rdin inari ario. o. %o %o etud etudio ioo o del dere derech cho o canó canónic nico o et eti$a i$a#an #an la irr irretr etroact oactii iidad dad co$ co$o o dere derecho cho diino< al !ao 9ue la retroactiidad era de derecho hu$ano. %a irretroactiidad nace en el derecho ro$ano ' e e>tiende lue&o !or el $undo< conirti+ndoe conirti+ndoe en un !rinci!io de a!lic a!licación ación Página 29
de la le' ace!tado unieral$ente e decir< ;lido en todo lo tie$!o Ha '
9ue
'
en
!lanteare
todo tre
interro&ante
lo acerca
lu&are. de
la
irretroactiidad de la le': en !ri$er lu&ar< cu;l e u "unda$ento en e&undo lu&ar< cu;l e u eencia '< en tercer lu&ar< cu;l e u "inalidad. í !uede dare un conce!to nítido o#re la naturale5a jurídica del !rinci!io de irretroactiidad. .3.(.4 6unda$ento de de la la irirretroactiidad El "unda$ento e la #ae o#re la cual e aienta o etri#a una realidad< ' cuando e !re&unta cu;l e la #ae 9ue "unda la realidad jurídica del !rinci!io de irretroactiidad< e o#era 9ue e la necei neceidad dad de dar eta#i eta#ilid lidad ad al ordena ordena$ie $iento nto jurídi jurídico. co. or9ue in el $encionado !rinci!io e !reentan con"uione o#re la o!ortunidad de re&ulación< de uerte 9ue en $ucha oca ocaio ione ne con una una cone coneni nien enci cia a !ree !reent nte e e re&ul re&ula# a#a a una una ituac ituación ión !aada< !aada< 9ue reulta reulta#a #a e>or#it e>or#itant ante e al entido entido de la juticia< !or "alta de adecuación entre el u!ueto de hecho ' la conecuencia
jurídica.
.3.(.( Eencia de la irretroactiidad: %a eencia del !rinci!io de irretroactiidad de la le' tri#utaria e la i$!oi#ilidad de e=alar conecuencia jurídica a acto< hecho o ituacione jurídica 9ue 'a et;n "or$ali5ado jurídica$ente< alo 9ue e !recri#a un e"ecto $; !er"ecto tanto !ara el ujeto de derecho< co$o !ara el #ien co$0n< de $anera concurrente< cao cao en el cual cual la retroa retroact cti iid idad ad tien tiene e un !rinci !rinci!i !io o de ra5ón ra5ón u"iciente !ara o!erar. ue lo i$!er"ecto ie$!re e ujeta a lo $; !er"ecto< dada la naturale5a !er"ecti#le de la le&alidad. .3.(.)
6inalidad de de la la irirretroactiidad: Página 30
E el entido teleoló&ico del !rinci!io< e decir< el !ara 9u+ e>ite. %a re!ueta e !ara dar e&uridad al ordena$iento jurídico. l re!ecto on !ertinente la anotacione 9ue trae -uan -o+ Soler en la Enciclo!edia -urídica $e#a: %a irretroactiidad de la le' e una $edida t+cnica eco&ida !ara dar e&uridad al ordena$iento jurídico. Su 5ona ontoló&ica no et;< !ue< en la "iloo"ía jurídica ino en la juri!rudencia o cien cienci cia a del del derec derecho ho ?…@. ?…@. %a irret irretroa roact cti iid idad ad e dent dentro ro de la t+cn t+cnic ica a jurí urídica dica<< un !rin !rinci ci!i !io o de a!lic !licac ació ión n $; $; 9ue 9ue de inte inter!r r!ret etac ació ión n !re !reia ia.. %a inte inter!r r!ret etac ació ión n ' la a!li a!lica caci ción ón on on o!era o!eraci cion one e de trac tracto to uce ucei io o ?…@. ?…@. n error error corri corrien ente te 9ue 9ue coniene dii!ar< e el de coniderar a la irretroactiidad co$o un !rin !rinci ci!i !io o 9ue 9ue olo olo ir ire e al inte inter+ r+ !ri !riad ado. o. Eto Eto e>!l e>!lic ica a u incluión en cai toda la contitucione del $undo entre la &arantía &arantía ' derecho derecho indiidual indiiduale. e. ero in ne&ar u i$!ortancia en el Derecho riado< realta u tracendencia en el derecho !0#lico. Sire al indiiduo !ero ta$#i+n a la colectiidad< acao en $a'or &rado< !or9ue tiende a dar "ir$e5a al ordena$iento jurídico< 9ue e de car;cter ocial.
%a natu natura rale le5a 5a jurí jurídi dica ca del del !rin !rinci ci!i !io o de irre irretr troac oactitii ida dad d e la !re$ia e&0n la cual< en la &eneralidad de la circuntancia e !rohí#e< con #ae en la !reeración del orden !0#lico ' con la "inalidad "inalidad de !la$ar !la$ar la e&uridad ' eta#ilidad eta#ilidad jurídica< jurídica< 9ue una le' le' ten& ten&a a e"ec e"ecto to con con anter nterio iori rida dad d a u i&e i&enc nciia< al alo o circuntancia e!eciale 9ue "aore5can< tanto al detinatario de la nor$a co$o a la conecución del #ien co$0n< de $anera concurrente.
Página 31
%o anterior indica 9ue no e trata de un !rinci!io a#oluto< !ue el uniero jurídico no ad$ite !oicione de tal car;cter< !or er una coordinación de !oi#ilidade racionale. %a racionalidad e>i&e< !ue< ante 9ue "or$a 0nica e in"le>i#le< una ana adecuación de la "or$a jurídica al contenido $aterial 9ue e ha de ordenar. E !or ello 9ue el !rinci!io de irretroactiidad no ri=e con la neceidad de $utacione nor$atia< 9ue i$!iden la !etri"icación de un orden jurídico 9ue ha de er din;$ico< ' 9ue en $ateria tri# tri#ut utar aria ia de#e de#e a$ol a$olda dar re e a la la e>i& e>i&en enci cia a de la e9ui e9uida dad d tri#utaria< en el enti ntido de ajutar a la condicione one ' circuntancia actuale tanto el alor de la deuda< co$o otro "actore deter$ina#le !or la realidad "ical del $o$ento< in 9ue eto eto i$!l i$!li9 i9ue ue el deco decono noci ci$i $ient ento o de itu ituac acio ione ne jurí jurídi dica ca de"inida de acuerdo con la le'< ni la ulneración de lo derecho ad9uirido.
.3.) .3.) !lica !licació ción n ultract ultractia ia de de la nor$ nor$a: a: lantea la a!licación de una le' dero&ada< a lo hecho< relacione ' ituacione
lue&o
de
u
dero&ación
o
$odi"icación.
Se&0 Se&0n n ice icen5 n5o o /an5i /an5ino no<< una una le' e ultrac ultractitia a cuan cuando do conti continu nua a $ant $anten enie iend ndo o u acti actiida idad d o#re o#re hech hecho o acaec acaecid ido o duran durante te u i$!erio< !ee a 9ue 'a ri&e o#re la $i$a $ateria una le' !oterior diera. or lo &eneral< una nor$a ola$ente ri&e hacía el "uturo< !ero !uede !ree !reent ntar are e la ultr ultract acti iid idad ad de la le'< le'< e deci decirr cuando cuando una una le' dero&ada i&ue !roduciendo e"ecto ' o#reie !ara al&uno cao concreto< co$o en el cao de la le'e !roceale< !ueto 9ue la actuacione ' dili&encia de#en re&ire !or la le' i&ente al tie$!o de u iniciación. %e' tiene e"ecto ultractia cuando la nuea le' ?@ !er$ !er$it ite e 9ue lo e"ec e"ecto to de la le' le' ant anterio eriorr der dero&ad o&ada a ?@ ?@ e Página 32
$anten&an en la i&encia durante la nuea. Eje$!lo una !erona ad9uiere un #ene"icio la#oral #ajo la le' ?@. l !ro$ul&are la nuea le' ?@< e dero&a la 9ue lo ha#ía otor&ado anterior$ente< !ero !er$ite
$antenerlo
a
9uiene
'a
lo
ha#ían
o#tenido.
En t+r$ino &enerale< la ultractiidad conite en !er$itir 9ue lo e"ecto de una le' dero&ada e contin0en o#erando< co$o en la teoría teoría de lo derecho ad9uirido ad9uirido 9ue ha dejado de o#erare o#erare en $ucho ordena$iento 9ue e ienen inclinado !or la teoría de lo hecho cu$!lido en lo 9ue la %e' e a!lica a lo hecho !roducido en u i&encia< ' la %e' tiene a!licación a lo 9ue e !rodu5can
durante
u
i&encia.
Conecuente$ente la le' no tendr; i&encia durante la %e' < alo 9ue eta 0lti$a ?ultractiidad@ ad$ita ' !er$ita $antener lo e"ecto de la dero&ada de $anera e>!rea. n eje$ eje$!l !lo o e el de tet teta$ a$en ento to otor otor&a &ado do con con la ole ole$n $nid idad ad e>tre$ai&ente en u "echa de e>!edición< ' 9ue $antiene u !leno alor jurídico aun9ue una nor$a nuea 'a ha eta#lecido otra. En $ateria !enal< la nor$a dero&ada o!era i e $;#eni&na !ara el jut juti"i"ic ica# a#le le 9ue 9ue la nor$a nor$a !ote !oteri rior: or: i a9ue a9uelllla a e enco encont ntra# ra#a a i&ente i&ente durante la co$iión co$iión del hecho delicti delictio o o con !oterioridad !oterioridad ?nor$a inter$edia@< e a!licara en la entencia aun9ue 'a no lo et+ en el $o$ento de e>!edire eta. Con Con oca ocaió ión n de la natura naturall uce uceión ión<< en el tie$ tie$!o !o<< de dit ditin inta ta nor$a re&uladora de una $i$a $ateria< el jue5 !enal !uede encontrare ante el !ro#le$a de ele&ir entre conecuencia jurídica ditinta !ara un $i$o cao juti"ica#le en ee conte>to< de#er; a!li a!licar car la nor$ nor$a a de con conec ecuen uenci cia a jurí jurídi dica ca $; $; "aora "aora#le #le al Página 33
juti"ica#le< ca#iendo la !oi#ilidad de 9ue a!li9ue la deno$inada nor$ nor$a a inte inter$ r$ed edia ia:: eta eta e
a9ue a9uelllla a 9ue 9ue etu etuo o i&e i&ent nte e con con
!ot !oter erio iori rida dad d al $o$e $o$ent nto o de la co$i co$ii ión ón del del deli delito to ' 9ue 9ue e encuentra dero&ada< ' 9ue deiene en la $; #eni&na de toda la dictada en el la!o 9ue a entre la "echa de co$iión del delito ' la "echa de e>!edición de entencia. En el reto de la $ateria< la nor$a ultractia !uede o!erar ta$#i+n a tra tra+ + de una una nor$ nor$a a !ot !oter erio iorr 9ue 9ue la re rei ieB eB e> !ro" !ro"e ea a ' deli#erada$ente< o co$o conecuencia de la de"ena de un derecho ad9uirido o reconocido co$o tal en la nor$a e>!rea. Eje$!lo de lo !ri$ero e el artículo 211( del códi&o ciil ?la !artida de lo re&itro !arro9uiale re"erente a lo hecho reali5ado ante del catorce de noie$#re de $i noeciento noeciento treinta treinta ' ei< coneran coneran la e"icacia 9ue le atri#u'en la le'e anteriore@ eje$!lo de lo del e&undo< el artículo)2 de la contitución ?la li#ertad de contratar &ara &arant nti5 i5a a 9ue 9ue la la !art !arte e !ued !uedan an !act !actar ar ;li ;lida da$en $ente te e&0n e&0n la la nor$a i&ente al tie$!o de contrato. %o t+r$ino contractuale no !ued !ueden en er $odi $odi"i"icad cado o !or !or le'e le'e u otra otra di! di!o oic icio ione ne de cual cual9u 9uie ierr cla clae@< e@< u !ri$ !ri$er era a di!o di!oi ici ción ón "ina "inall ' tran tranititori oria a ' lo lo nueo artículo ' 11 del decreto le&ilatio 2(7?9ue eta#lecen 9ue el con&reo $ediante una le'< !uede autori5ar el !oder ejecutio la cele cele#r #rac ació ión n de cont contra rato to de eta eta#i #ililida dad d tri# tri#ut utar aria ia con con lo lo contitu'ente< !ara &arantí5ale la !er$anencia o inaltera#ilidad de un deter$inado r+&i$en i$!oitio durante un !la5o !reeta#lecido< aun aun cuan cuando do en el tra tracu cur ro o del del $i$ $i$o o ari ari+ + el orde ordena na$i $ien ento to tri#utario nacional@. En reu$e reu$en< n< la a!lic a!licac ació ión n de i&uiente $odalidade:
Página 34
la ultrac ultractitii idad dad o!era o!era #ajo la
•
En a!licación de una nor$a inter$edia de i&encia !oterior a la co$iión del ilícito !enal< !ero anterior al $o$ento del acto de condena< a condición de 9ue reulte $; "aora#le 9ue la
•
nor$a !ri$i&enia$ente a!lica#le al reo. %a a!li a!lica caci ción ón de una una nor$ nor$a a 9ue 9ue renu renue ea a o retr retri# i#u' u'e e la i&encia de un !rece!to dero&ado< lo 9ue !lantea la e>itencia de una tercera nor$a< la $i$a 9ue deuele la interactiidad
•
de una !ri$era dero&ada !or una e&unda. En a!li a!lica caci ción ón !or !or ía ía de e>ce e>ce!c !ció ión n de la teor teoría ía de lo lo derecho derecho ad9uir ad9uirido ido< < donde donde una nor$a nor$a declar declara a e>!rea e>!rea ' tajante$ent tajante$ente e el reconoci$iento reconoci$iento de alide5 alide5 de la "acultade< "acultade< atri# atri#uc ucio ione ne o !rerr !rerro&a o&atitia a conce conce#i #ida da !or !or una una nor$ nor$a< a<
•
aun9ue de!u+ de eta ea dero&ada. En a!li a!lica caci ción< ón< !or !or ía ía rei reidu dual al<< de una una nor$ nor$a a dero&a dero&ada da relatia relatia a un hecho co$!rendido co$!rendido dentro dentro de un conjunto !ero 9ue alcan5o !lenitud e inde!endencia ?lo de$; hecho e re&ulan
!or
la
nor$a
i&ente@
.3., .3., !lica !licació ción n in$edi in$ediata ata de la nor$a: nor$a: E a9uella 9ue e hace a lo hecho< relacione relacione ' ituacione ituacione 9ue ocurren $ientra tiene i&encia i&encia la le' ?dede el $o$ento $o$ento en 9ue e encuentra en i&or hata el $o$ento 9ue e dero&ada o $odi"icada@. E a9uella 9ue e hace a lo hecho< relacione ' ituacione jurídica 9ue ocurren $ientra la nor$a e encuentra en i&or. Se e"ect0a
en
uno
de
do
ecenario
jurídico.
Hecho< Hecho< relaci relacione one ' ituac ituacion ione e jurídi jurídica ca nacido nacido durante durante la
i&encia de la nor$a. Hech Hecho o<< rela relaci cion one e ' itu ituac acio ione ne jurí jurídi dica ca !end !endie ient nte e de real reali5 i5ac ació ión n !lena !lena e inte inte&ra &rall ' 9ue !roi !roien enen en de una una nor$ nor$a a dero&ada. Página 35
Con Con la rela relaci ción ón al 0lti 0lti$o $o ecen ecenar ario io jurí jurídi dico co<< !lan !lante tee$ e$o o el i&uiente ejercicio de a!licación in$ediata: na !erona< in juto título de !ro!iedad< !ero con #uena "e< e !oeedora de $anera !ací"ica< !u#lica ' continua de un #ien $ue#le< dede hace un a=o< e&0n el artículo 7(1 del códi&o ciil< i eta !erona continua !oe'endo ee #ien $ue#le< en la $i$a condicione< en un a=o $;< ad9uirir; u !ro!iedad !or !recri !recri!ció !ción n la !ro!ied !ro!iedad ad del #ien #ien $ue#le $ue#le<< de#er; de#er; continu continuar ar !oe'+ndolo co$o a=o $;< en ra5ón de 9ue i #ien el co$!uto del tie$!o de !oeión e inició durante la i&encia de la re&la !ri$ !ri$i& i&en enia ia ?9ue ?9ue olo olo e>i& e>i&ía ía do do a=o a=o@< @< co$o co$o re9u re9ui iitito o !ara !ara alcan5ar la !ro!iedad 9uedo 9uedo trunco< $utilado< con la dación de la nuea
nor$a.
En reu$en< la a!licación in$ediata ta$#i+n alcan5a a a9uello hecho deno$inado trunco< e decir< a lo &etado durante la i&encia de una nor$a !ero interru$!ido en u !roceo de conu$ación jurídica !or la a#ru!ta a!arición de una nuea. No o#ta o#tant nte e lo e>!u e>!uet eto< o< ca#e ca#e la !oi !oi#i #ililida dad d de 9ue 9ue dent dentro ro del del conjunto de hecho re&ulado !or la nor$a anti&ua hundiera al&u al&uno no 9ue 9ue etu etui ie een en la cond condic ició ión n de inde inde!e !end ndie ient nte e<< autóno$o ' etuieen dotado de identidad in&ular ' alor !ro! !ro!io io.. En ee cont conte> e>to to<< ello llo 9ued 9uedan an o$e o$ettido ido a la la con conec ecue uenc ncia ia jurí jurídi dica ca !re !rei ita ta en la nor$ nor$a a anti anti&u &ua a ' dero&ada. %a a!licación in$ediata de la nor$a hace !realecer co$o !rinci!io jurídico &eneral la irretroactiidad< !or el cual ella olo ri&en !ara hecho< relacione o ituacione !reente o "uturo< $a no !ara lo reali5ado o conu$ado en u totalidad en el !aado. Ete !rinci!io e encuentra doctrinaria$ente li$itado !or do circuntancia: Página 36
!arición de una le' inter!retatia. Eta le' e e>!ide !ara deter$inar la $anera !recia ' clara del i&ni"icado de una nor$a anterior acuada de a$#i&edad u o#curidad. Se le entiende entiende a!lica#le dede la "echa de i&encia i&encia en un olo cuer!o
le&al !arición de una le' de orden !0#lico. inculada a una idea o crite criteri rio o de car;c car;cte terr $ora $oralitencia ocial ' contrucción del #ien co$0n. or ende< u a!arición dero&a toda coneración contraria a dicho o#jetio ' otor&ada entre !articulare '< !or la $i$a ra5ón< i$!ide la a!licación de una nor$a e>tranjera o reoca el &oce
de
un
derecho.
Si #ien eto !lantea$iento doctrinario no han ido reco&ido e!ecí"ica$ente !or lo contitu'ente ?lo 9ue e una notaría de"ici de"icienci encia a le&il le&ilati atia@< a@< 9ueda en $ano $ano del !oder !oder judici judicial al u e$!leo !or ía juri!rudencial. or otro lado< reulta neceario aclarar 9ue ucede en relación con nor$a !roceale $odi"icada. l re!ecto< Eduardo Jarcía /;r9ue5 e=ala: En lo 9ue ata=e el derecho !roceal e indi!ena#le ditin&uir cuid cuidad ado oa$ a$en ente te lo lo dere derech cho o jurí jurídi dico co $ate $ateri rial ale e de lo lo !ro!ia$ !ro!ia$ent ente e !rocea !roceale le.. %a a!lica a!licació ción n de la nor$a nor$a !rocea !roceall !ot !oter erio iorr ?!re ?!rece ce!t !to o dero dero&a &ant nte@ e@ no 9ued 9ueda a e>cl e>clui uida da !or !or la circuntancia de ha#er hecho cu'a e"icacia jurídica de dicute etando en i&or de una le' !roceal anterior< ino 0nica$ente !or el hecho de 9ue durante la i&encia de eta hu#ieran ocurrido lo hecho a 9ue e atri#u'e la e"icacia !roceal. En ee entido< i la nor$a !roceal dero&ante ca$#ia la "or$a ' re9uiito de un hecho de car;cter de#er; a!licare< !ero no a lo Página 37
Hecho !roceale !roceale ocurrido ocurrido ante de u entrada entrada en i&or. í !or eje$!lo< la de$anda 'a eri"icada durante la i&encia de la nor$a !roceal dero&ada< 9uedan ujeta a lo re9uiito de "or$a
e=alado
en
eta.
No o#t o#tan ante te<< a"ir a"ir$a $a Edua Eduard rdo o Jarc Jarcía ía /;r9u /;r9ue5 e5 !or !or la re&l re&la a &eneral< la le'e !roceale contienen una erie de artículo tranitorio 9ue "ijan lo criterio !ara la olución de lo diero con"licto en una relación con el tie$!o en 9ue han de er a!li a!lica ca#l #le eBB en eto eto ca cao< o< la a!li a!lica caci ción ón de la nor$ nor$a a !roceale 9ueda ujeta a lo 9ue !rece!t0en la di!oicione tranitoria de la nor$a dero&ante.
.3. %a retroact retroactiidad iidad en la la di"erent di"erente e ra$a ra$a del del derecho: derecho: E en el derecho !enal 9ue la retroactiidad e $; necearia: la cond conduc uctta 9ue 9ue 'o he teni tenido do ho' ' 9ue 9ue el dere derech cho o con conid ider era a actual$ente co$o licita no !odría er cati&ada $a=ana en irtud de una le' nuea e $; "aora#le "aora#le al acuado 9ue la le' anti&ua< anti&ua< e le a!lica &eneral$ente a lo delito anteriore ju5&ado de!u+ de la entrada en i&encia del derecho reciente eria en e"ecto inhu$ano e iló&ico in"li&ir una !ena 9ue !recia$ente el le&ilador ha reducido !ara ju5&arla e>ceia. En dere derech cho o cii ciil!onerla a9uí. l !roducire un ca$#io de le&ilación< el códi&o nueo contiene &eneral$ente di!oicione tranitoria 9ue rele&an el !ao del r+&i$en anti&uo al r+&i$en nueo: el titulo "inal del C.C.S. co$o el C.C. del !er0< no o"recen un eje$!lo intereante. %a !rinci!al !rinci!al e>ce!ción &eneral$ente &eneral$ente cona&rada cona&rada a la no retroactii retroactiidad dad e re"iere al orden !0#lico ' la #uena cotu$#re2: la re&la 9ue la otienen on a!lica#le dede u entrada en i&encia< aun a hecho anteriore. Página 38
En el dere derech cho o !0#l 0#lico ico e !roc !rocla la$a $a &ene &enera rall$ent $ente e 9ue 9ue
la
retroactiidad no de#e er e>cluida ino cuando ataca lo derecho ad9uirido ad9uirido !or lo indiiduo. indiiduo. ero alteracione alteracione a ete !rece!to on "recuente ' a9uí a eta !reión a0n e ra$i"ican.
.3.7 .3.7 Retroac Retroacti tiida idad d ' retro! retro!ect ectii iidad dad %a le' 18 de 1734 creó el u>ilio de Ceantía !ara lo e$!leado !articulare ' di!uo 9ue a9uello al entrar en i&encia dicha le' !reta#an u ericio al !atrono dede tie$!o anterior tendrían derecho a 9ue e co$!utara ee tie$!o anterior de ericio !ara u$arlo al tie$!o de tra#ajo !oterior a la e>!edición de la le' 18< li9uid;ndoe el au>ilio de ceantía !or todo ee tie$!o anterior ' !oterior de ericio. %a Corte al declarar la Contitucionalidad de eta le'< dijo 9ue no era retroactia ino Retro!ectia. dirti+ndoe 9ue eto e olo cuando la le' aí lo eta#lece ' !or $otio de tilidad !0#lica o interee Social. .3.18 Con"licto entre re&la &eneral ' re&la e!acial: Sin e$#ar&o< !ueden !reentare cuetione delicada cuando e contra!onen do re&la 9ue datan de +!oca di"erente ' de la cuale una tiene alcance &eneral ' la otra un alcance retrin&ido. retrin&ido. Si la $; anti&ua e &eneral ?!or eje$!lo: eje$!lo: toda la !erona !erona $orale de#en !a&ar i$!ueto@ $ientra 9ue la $; reciente e e!ecial ?la intit intituci ucione one de utilid utilidad ad !0#lic !0#lica a et;n et;n e>enta e>enta de i$!ue i$!ueto@ to@<< e eid eiden ente te 9ue 9ue la e&u e&und nda a a!or a!orta ta una una e>ce e>ce!c !ció ión n a la !ri$ !ri$er era: a: e!ecialia &enerali#u dero&ut. ero i la re&la reciente 9ue e &eneral ' la $; anti&ua e e!ecial Se !uede raciocinar de do $anera: o #ien e conidera la re&la Nuea co$o u!ri$iendo todo lo 9ue le e contrario o #ien e Página 39
So#re entiende la "or$ula< "recuente$ente e>!reada< #ajo reera de %a e>ce!cione 'a cona&rada2< &eneralia e!eciali#u non dero&ant. Entre eta do inter!retacione o!ueta e el etudio de la do le'e 9ue de#er; in!irar la re!ueta el "in !ere&uido !or el le&ilador cuando ha dictado la le' nuea u$initra la clae. .3.11 Conce!to co$!le$entario !ara
la
a!licación
de
la
nor$a en el tie$!o: Hecho jurídico e a9uel uceo 9ue !roduce o &enera el e"ecto de ad9uirir< ad9uirir< $odi"icar< $odi"icar< tran"erir tran"erir o e>tin&uir e>tin&uir un derecho u o#li&ación: o#li&ación: e el cao de la $uerte< el naci$iento< un accidente auto$oilítico< etc. ued uede e er olu olunt ntar ario io o ino inolu lunt ntari ario< o< ' ta$# ta$#i+ i+n n de!e de!end nder er de la oluntad hu$ana ?acto jurídico@. Situación jurídica e el ha5 de atri#ucione< derecho< de#ere ' o#li&acione 9ue reci#e un ujeto al ado!tar un tatu deter$inado "ren "rente te al dere derech cho: o: en el cao cao del del tra# tra#aj ajad ador or<< el ciud ciudad adan ano< o< el conu$idor< etc. Relación Relación jurídica alude a la diera inculacione inculacione jurídica 9ue e !roducen entre do o $; ituacione jurídica: e el cao de lo contratante< el $arido ' la $ujer< el e$!erador ' lo tra#ajado< etc. .3.12 .3.12 *eoría &eneral del derecho "rente "rente a la a!licación a!licación de la nor$a en el tie$!o : .3. .3.12 12.1 .1 *eoría oría de lo lo der derec echo ho ad9 ad9ui uiri rido do ? Cl; Cl;ic ica@ a@:: Se&0n eta conce!ción< una nor$a no !uede ulnerar a lo derecho conce#ido de una !erona !or una nor$a anterior< en irtud del !rinci!io de la irretroactiidad de la nor$a. Eta Eta teor teoría ía ur& ur&e e de la re&l re&la a e>!u e>!ue eta ta !or !or *eodo odoio io<< 9ue 9ue eta#lecía 9ue la le' de#ía a!licare a lo hecho "uturo !ero ja$; a hecho !aado< ni a hecho en curo de contitución. Corr Corre e!o !ond ndió ió a art artol olo o de Sa Sao" o"er erra rato to<< el e$!l e$!leo eo de la e>! e>!re reión
iu
9uea eaei
tu$
?d ?derec erech ho
ad9uirido@<
contra!oición a iu e>iter in !eB ?derecho en e>!ectatia@. Página 40
en
/erlínF /erlínF u e>!oitor $; o#realient o#realienteF eF otiene 9ue una nor$a e de retroactiidad no e>ce!cional cuando detru'e o retrin&e un derecho ad9uirido #ajo el i$!erio de una nor$a anterior< ' no lo e cuando ani9uila $era o i$!le e>!ectatia jurídica. Eta teoría ditin&ue do conce!to #;ico:
Dere Derech cho o ad9 ad9ui uiri rido do: : o on lo lo irre irreo oca ca#l #le e co con"er n"erid ido o ant ante e
la E>itencia de la nor$a 9ue e le 9uiere o!oner. Se trata de a9uella a9uella "acultade "acultade o #ene"icio #ene"icio 9ue nacen directa$ente directa$ente de una nor$a jurídica dede el $o$ento en 9ue eri"ica el reconoci$iento o hecho al cual e encuentra u#ordinada u ad9uiición. En !uridad< e ad9uiere un derecho cuando le hecho jurídico 9ue le da naci$iento e !roduce #ajo la i&encia de la le' 9ue lo !lantea. Derecho
e>!ectatio:
contienen
la
!oi#ilidad
o
e!eran5a de o#tener la !otetade !ro!ia de un derecho ad9uirido< e inclu'en la "acultade no ejercida. E>!rean olo la !oi#ilidad de ad9uirir un derecho< a condición de 9ue en un $o$ $o$ent ento
dete deter$ r$in inad ado o
cu$! cu$!la lan n
con con
la
aconteci$iento o hecho 9ue lo !er$ita. %o %o dere derech cho o ad9u ad9uir iriido do e encu encuen enttran ran
eri eri"i "ica caci ción ón del del e encu encuen entr tran an
re& re&ua uard rdad ado o "ren "rente te a la la cont contin in&e &enc ncia ia ' ca$# ca$#io io en la le&ilación le&ilación ?una ituación ituación cl;ica cl;ica e la orden uceorio< uceorio< !ue lo !reunto heredero olo tienen e!eran5a de uceder< !ero no !uede alterar el detino de una uceión 'a a#ierta@ Dede 9ue entra en i&or una nor$a jurídica e intauran de $anera &eneral ' a#tracta derecho ' o#li&acione uce!ti#le de
$ateriali5are
a
"aor
de
cierta
!erona<
eta
indiiduali5ación e !roduce cuando la !erona cu$!le real ' e"ec e"ectitia a$e $ent nte e la la cond condic icio ione ne< < re9u re9ui iitito o ' !re !reu! u!ue uet to o e=a e=ala lado do !ara !ara ello ello<< !ero !ero en tant tanto o no uce uceda da aí< aí< dich dicho o derec derecho ho ' o#li o#li&ac &acio ione ne 9ueda 9uedan n en u!e u!eno no ' in in nin& nin&un una a Página 41
ejec ejecut uti iid idad ad.. En !uri !urida dad< d< lo lo dere derech cho o e>!e e>!ect ctan antitico co e encuentran en ea ituación jurídica a#tracta ' de!roita de conecuencia !r;ctica !ara u teórico #ene"iciario. De acuerdo a la teoría de lo derecho ad9uirido< la a!licación de una nuea nor$a ' dero&arte e ;lida cuando $odi"ica una ituación jurídica a#tracta 9ue contiene un derecho e>!ectatio e$!ero incurre en retroactiidad !rohi#ida cuando e"ect0a una ituación jurídica concreta ?e decir< un derecho 'a ad9uirido e incor!orado al !atri$onio jurídico de una !erona@ .3. .3.12 12..2 *eoría oría de lo hecho echo cu$! cu$!lilido do : Se atri#u'e a N SHERE%. Se&0n eta teoría< cuando ur&e un !ro#le$a de a!licación la nor$a en el tie$!o no e trata de ineti&ar i un derecho ha ido ad9uirido< ino de eta#lecer cuando un hecho ha ido cu$!lido #ajo el i$!erio de la le' dero dero&a &ado do.. En el tr;n tr;ni itto de una una nor nor$a dero dero& &ada ada a otra otra dero&ante< e eta#lece 9ue eta 0lti$a olo alcan5a a re&ular lo hecho &enerado a !artir de u i&encia en el tie$!o en 9ue "ue reali5ado< alo 9ue el nueo !rece!to 9uiera e>cluir e> !ro"ea$ente la e"icacia del anti&uo !rece!to< !or e!eci"ica ra5one de orden !0#lico. %a re&la indicada au$e un do#le criterio: El hecho hecho<< itu ituaci ación ón o rela relaci ción ón jurí jurídi dica ca 9ue 9ue ha !rodu !roduci cido do
•
e"ecto conu$ado dentro del i$!erio de una le'< conera ca!ac ca!acid idad ad !ara !ara !rodu !roduci cirr otro otro de i$i i$ila larr carac caracte terí rít tic ica< a< aun9 aun9ue ue 'a e encu encuen entr tre e en i&e i&enc ncia ia otra otra nor$ nor$a a 9ue 9ue ha •
a#ro&ado< dero&ado< $odi"icado o u!endido. El hecho hecho<< itu ituaci ación ón o u!e u!en nió ión n jurí jurídi dica ca 9ue 9ue no &ener &enero o e"ecto conu$ado durante la i&encia de una nor$a< no
Que e>ita un hecho< ituación o relación jurídica ca!a5 de !rod !roduc ucir ir el naci naci$i $ien ento to<< $odi $odi""icac icació ión n o e>ti e>tinc nció ión n de un
•
derecho. Que el hecho< ituación o relación juríd rídica e ha'a a'a conu$ado.
Se&0n eta teoría< e>ite retroactiidad cuando una nor$a nuea u!ri$e u!ri$e o altera lo e"ecto e"ecto 'a !roducido !roducido !or un hecho anterior a u i&encia. í !or eje$!lo< ha#ría retroactiidad cuando un !rece!to nueo retira alide5 a lo teta$ento 'a redactado< !ue u!ri$iría lo e"ecto de un acto le&al$ente cu$!lido en u $o$ento. /arcial ru#io correa !lantea 9ue eta teoría i$!lica 9ue la nor$a nuea no !uede< en !rinci!io< er a!licada a lo hech hecho o ante anteri rior ore e a u i&e i&enc ncia ia<< aí aí co$o co$o ta$! ta$!oc oco o a la la conecuencia 9ue ello 'a hu#iera &enerado a !ro!óito de lo hech hecho o<< itu ituaci acion one e ' rela relaci cion one e 9ue 9ue conti contin0a n0an n e>i e>ititiend endo o durante u i&enciaB. n cao tí!ico ería el de un contrato de $utu $utuo o ?!r+ ?!r+ta ta$o $o@< @< donde donde el !ret !retat atari ario o de#e de#e de e"ec e"ectu tuar ar la deolución en ar$ada a un cierto inter+ ?.&18T@ lo !a&o ;li ;lida da$e $ent nte e e"ec e"ectu tuad ado o dura durant nte e la i&e i&enc ncia ia de la nor$ nor$a a dero&ada no on $odi"ica#le< aun cuando el nueo !rece!to e=ale aun nueo inter+ ?.& 1(T@ el 9ue i e"ectuara a la ar$ada 9ue e cancelen dede la i&encia de a9uel. En !uri !urida dad< d< eta eta teor teoría ía a"ir a"ir$a $a 9ue 9ue la la nor$ nor$a a de#e de#en n er er a!licada a!licada in$ediata$ente in$ediata$ente<< lo 9ue 9uiere decir 9ue "rente a cada hecho< ituación o relación jurídica e a!lica la nor$a i&ente en el $o$ento en 9ue eto ocurren. E u$a$ente i$!ortante realtar la aria#le 9ue !lantea la nor$a nuea< en relación con la anterior. Dede eta ó!tica< e •
!ueden !reentar cuatro cao: /odi"icación o u!reión de uno de lo u!ueto de la nor$a anti&ua ?incor!oración o utitución de un ele$ento de hecho@ Página 43
•
/odi"icación o u!reión de una de la conecuencia jurídica ?creación< a$!liación< retricción< etc.< lo derecho o de#ere
•
•
deriado de la nor$a jurídica@. /odi"i /odi"icaci cación ón i$ult i$ultanea anea de lo u!uet u!ueto o ' la conecue conecuenci ncia a jurídica. Dea!arición del u!ueto ' conecuencia jurídica. En cual9uiera de lo cao< la retroactii retroactiidad dad o irretroactii irretroactiidad dad e
•
deter$inara en cuanto a 9ue: El aconteci$iento e=alado co$o u!ueto de la anti&ua nor$a
•
e hu#iee reali5ado total$ente. El aconteci$iento e=alado co$o u!ueto de la anti&ua nor$a
•
e hu#iee reali5ado !arcial$ente. El aconteci$iento e=alado co$o u!ueto de la anti&ua nor$a e encontrare en !leno !roceo de reali5ación o no e hu#iee i9uiera iniciado. í< no e>itiera retroactiidad !rohi#ida cuando el u!ueto de la nor$a anti&ua ?$odi"icada o dero&ada@ no e hu#iee reali5ado total$ente al dictare la nuea nor$a ?de#e adertire 9ue la conecuencia jurídica de una nor$a olo a!arece en el $o$ento $i$o en 9ue e eri"ican todo lo hecho< aconteci$iento o uceo 9ue contitu'en el u!ueto nor$atio: Co$o eje$!li"ica ní#al torre ;9ue5< el olo otor&a$iento de teta$ento teta$ento no !roduce la a!ertura a!ertura de la uceión uceión teta$entaria< teta$entaria< 'a 9ue !ara ello e re9uiriera el deceo del tetador. ero cuando el u!ueto de hecho de la nor$a anti&ua ?dero&ada< $odi"icada< etc.@ e ha eri"icado a ca#alidad< la nuea nor$a no a"ectara a"ectara lo derecho derecho eri"icado eri"icado et;n conu$ado o cu$!lido< cu$!lido< no !odr;n er er alca alcan5a n5ado do !or !or la nue nuea a nor$a nor$a.. l re! re!ect ecto< o< e$o e$o !or !or eje$!lo: El artículo 42 del códi&o ciil e=ala 9ue una !erona tiene !lena ca!acidad de ejercicio de u derecho ciile dede 9ue cu$!le dieciocho a=o de edad< ucedería lo i&uiente:
Página 44
•
%o %o $eno $enore re de diec diecio ioch cho o a=o a=o de edad edad a la "ech "echa a de i&e i&enc ncia ia de la nor$ nor$a a $odi $odi""icat icator oria ia<< e ejec ejecut utar aran an a lo lo alcance de ete nueo !rece!to: !or e"ecto de la a!licación
•
de u derecho ciile a !artir de lo einte a=o de edad. %o %o $a'o $a'ore re de diec diecio ioch cho o a=o a=o de edad edad a =a "ech "echa a de i&encia de la nor$a $odi"icatoria< i&uiera teniendo !lena ca!acidad de ejercicio de u derecho ciile< en ra5ón de ha#er cu$!lido el u!ueto e hecho de la nor$a anterior
?U$odi"icada@ cuando eta#a i&ente. .3. .3.12 12.3 .3 %a a!li a!lica caci ción ón de la la nor nor$a $a en el tie$ tie$!o !o en el rdena$iento jurídico nacional: El articulo III del título !reli$inar del códi&o ciil e inclina !or la teoría de lo hecho cu$!lido< a di"erencia del te>to 173)< el o!to !or la teoría cl;ica o de lo derecho ad9uirido ?el artículo 124 del códi&o ciil de 173) e=ala#a: la di!oicione de ete códi&o re&ían lo e"ecto jurídico de lo acto anteriore< o con u a!licación no e iolan derecho ad9uiridoB %a a#andonada teoría cl;ica otiene 9ue a un hecho< ituación o elación jurídica e le de#e de a!licar la nor$a i&ente en el $o$e $o$ent nto o de eri" eri"ic icaci ación ón<< aun aun cuan cuando do !ot !oteri erior or$e $ent nte e "uere "uere dero&ada< a#ro&ada< etc. En !uridad< eta#lece 9ue una nor$a e !lic !lica a haci hacia a el "utu "uturo ro?o ?o ea< ea< a lo lo nue nueo o acto acto uce uceo o< < aconteci$iento< etc.@ ' ta$#i+n e e>tiende a lo e"ecto no cu$!lido de lo hecho< etc.< aun cuando en el cao e u !oterior
dero&aci ación.
or
tal
$ot $otio<
conidera
co$o
retr retroa oact cti iid idad! ad!ro rohi hi#i #ida da la !ali !aliaci ación ón de la nue nuea a nor$ nor$a a a la la ituacione !ree>itente< alo lo di!ueto en la e&unda !arte del artículo 183 de la contitución %a teor teoría ía i&e i&ent nte e la de lo lo hech hecho o cu$! cu$!lilido do< < en ca$# ca$#io io<< conidera co$o re&la alida la a!licación in$ediata de la nuea nor$a< inclu'endo lo e"ecto no cu$!lido de lo hecho
Nuetra contitución< co$o e>ce!ción< !re+ la a!licación de la nuea nor$a a lo e"ecto 'a cu$!lido< ie$!re 9ue e trate de $ate $ateri ria a !ena !enall ' la nor$ nor$a a ea ea $; $; "ao "aora ra#l #le e al reo reo 9ue 9ue la dero&ada. hora #ien< a$#a teoría no reultan total$ente e>clu'ente< !ue concuerdan concuerdan en el criterio de 9ue en lo hecho< ituacione ituacione o relacione ocurrido durante la i&encia de la nor$a con la cual e eri"icaron< e le a!lica u re!ectia conecuencia jurídica. %a dicre!ancia e eta#lece en 9ue !roducido el ca$#io de nor$atiidad< la teoría cl;ica otiene 9ue la re&la ori&inal de#e er a!licada ultractia$ente a lo e"ecto no cu$!lido< e decir< 9ue de#e er a!licada a !ear de no encontrare 'a i&ente< $ientra 9ue la teoría del hecho cu$!lido re"iere 9ue lo hecho< itu ituac acio ione ne o relac relacio ione ne 9ue 9ue ocurr ocurren en con con !ot !oter erio iori rida dad d a la entrada en i&encia de la nuea nor$a. Se encuentran ujeto a lo alcance de eta ' no a lo de lo !rece!to ori&inal< e decir< la "la$ "la$ant ante e nor$ nor$a a de#e de#e der der a!li a!lica cada da in$e in$edi diat ata$ a$ent ente. e. Eta Eta di"erencia di"erencia e juti"ica juti"ica en ra5ón de 9ue la teoría teoría cl;ica re!onde a la al ala& a&ua uard rdia ia de la e&u e&uri rida dad d jurí jurídi dica ca de lo lo uje ujeto to inc incul ulad ado o en torn torno o al hecho< hecho< itu ituaci ación ón o relac relació ión n jurí jurídi dica ca o relación de o#jeto de a!licación nor$atia< en tanto 9ue la teoría delo hecho cu$!lido hace hinca!i+ en la e"iciencia de la oluntad 9ue !ro!u&na el ca$#io nor$atio. De#e adertire 9ue i #ien el códi&o ciil de 174 ado!ta la teoría de lo hecho cu$!lido< ello no ha i$!edido 9ue en +l e !reeren deter$inado ad9uirido< !ero o#ia$ente eto tiene el car;cter de e>ce!cionale ?art. 1)2< 174< )(< < 72< 1274< 13,2< 118< 2814< 283 ' 211(@ En lo relatio a $ateria !enal< el códi&o !enal ha eta#lecido eta#lecido u re&la !ro!ia. Eta ra$a del derecho e ri&e !or el !rinci!io de nullu$ cri$en nulla !oena ine le&e < e decir< nin&una !erona Página 46
!uede er ancionada !enal$ente !or un hecho 9ue al tie$!o de u reali5ación no e encontrare ti!i"icado en la le&ilación co$o delito< ni !uede i$!on+rele !ena ditinta a la !recrita en ee $o$ento !ara el $i$o en u$a delito ' !ena de#en etar eta#lecido en una nor$a jurídica anterior al hecho al 9ue a!lica eta< ete !rinci!io ae&ura el criterio #;ico de la irretroactiidad !enal. hora #ien< la anción de nor$a le&ale en el tie$!o< !uede
&enerar al&uno de lo i&uiente u!ueto: Que la nuea nor$a !enal cree un delito. En ete cao no e !oi !oi#l #le e a!li a!lica carr lo lo u!u u!ue eto to de la nor$ nor$a a nue nuea a a acto acto e"ectuado en "echa anterior a u i&encia. or coni&uiente<
o!era el !rinci!io de irretroactiidad. Que la nuea nor$a !enal decri$inalic+ decri$inalic+ un acto. En ete cao un ante 9ue otor&a reulta#a !rohi#ido e ahora !er$itido. or coni&uiente< o!era el !rinci!io de irretroactiidad #eni&na< tanto
!ara el 9ue !roceado co$o !ara el 'a condenado Que la nuea nor$a !enal ari+ la !enali5ación< a "aor del !roce !roceado ado o cond condena enado. do. En ete ete cao cao la dea dealo lori5 ri5ac ació ión n ' re#aja de la !enali5ación e o#ia$ente "aora#le al reo. or coni&uiente< o!era el !rinci!io de retroactiidad #eni&na Eta retroactiidad #eni&na e $ani"ieta de tre $anera: !roceo eo !ena !enall 9ue 9ue eta#a eta#a !or !or inic inicia iare re deie deiene ne en El !roc
carente de o#jeto El !roceo !enal en tr;$ite< 9ueda archiado en "or$a
in$ediata En el !roceo 'a concluido concluido con condena condena "ir$e e !roduce la li#ertad o di$inución de la !ena del condenado< e&0n
ea el cao. %a $odi"icacione a la nor$a !enal dictada de!u+ de la entencia durante el cu$!li$iento de la condena< o#li&an a la $a&itratura $a&itratura a li$itar li$itar la !ena con"or$e a la le' "aora#le< "aora#le< lo 9ue e>i&e to$ar en cuenta lo i&uiente: Página 47
%a nor$a a!lica#le e la i&ente en el $o$ento de la co$iión del hecho !uni#le. No o#tante lo e>!ueto< en cao cao de con" con"lilict cto o en el tie$ tie$!o !o<< e a!li a!lica cara ra a9ue a9uelllla a
coniderada co$o $; "aora#le !ara el reo. El ur&i$iento ur&i$iento de una nor$a $; "aora#le "aora#le al condenado condenado i$!l i$!lic ica a la o#li o#li&a &aci ción ón del del jue5 jue5 de ut utititui uirr la anc anció ión n i$!u i$!uet eta a !or la 9ue 9ue corr corre! e!on onda da con" con"or$ or$e e al nueo nueo
!rece!to le&al. %a nor$a 9ue "ueron detinada a re&ir olo durante un tie$! ie$!o o deter eter$ $inad inado< o< e a!li a!lica ca a todo odo a lo lo act acto co$e co$etitido do dura durant nte e u i&enc i&encia ia<<
aun9 aun9ue ue ella ella 'a no
tuieren en i&or< alo di!oición en entido diero. De#e adertire 9ue el códi&o !enal de"ine el $o$ento de la co$i co$ii ión ón del del deli delito to co$o co$o a9ue a9uell en 9ue 9ue el auto autorr o !artici!e ha actuado u o$itido la o#li&ación de actuar< inde inde!e !end ndie ient nte e del del $o$e $o$ent nto o en 9ue 9ue el reu reultltad ado o e !rodu5ca.
.3.12.4.1
denda
'
concluione:
Nuetra le&ilación e clara en eta#lecer la "echa de i&encia de la nuea nor$a: in$ediata$ente 9ue cea la i&encia de la anti&ua< co$ien5a a re&ir a9uella no e>ite de nin&0n $odo de olución olución de continuidad. continuidad. Dado Dado el !eriodo de acatio acatio le&i olo tiene !or o#jetio 9ue durante el tie$!o 9ue trancurre entre la !u#licación ' entrada en i&encia de la nuea nor$a e to$e cono conoci ci$i $ien ento to de u e>i e>ite tenc ncia ia ' e ado! ado!te ten n la la $edi $edida da !ertin !ertinent ente e !ara ui a!lica a!licació ción< n< durant durante e dicho dicho la!o la!o continu continuo o ri&iendo la anti&ua. %a le&ilación nacional !arte del criterio de la irretroactiidad de la nor$a e decir< eta e a!licada de $anera in$ediata.
Página 48
El articulo III del título !reli$inar del códi&o ciil ha ado!tado la teorí eoría a de lo lo hech hecho o cu$! cu$!llido ido:: %a %a le' le' e a!li a!lica ca la la con conec ecue uenc ncia ia de la la rela relaci cion one e ' itu ituac acio ione ne jurí jurídi dica ca e>itente. No tiene "uer5a ni e"ecto retroactio< alo la ace!cione !reita en la contitución !olítica del er0 . No o#tante< el !ro!io códi&o ciil ha eta#lecido contienda en lo artículo 2118< 211, 211, ' 2122. En íntei< la a!licación a!licación de la nor$a en el tie$!o< en el er0< er0< •
tiene la i&uiente caracterítica: Cuando lo hecho< ituacione ' relacione jurídica hu#ieran conu$ado u conecuencia con anterioridad a la dación de una nuea nor$a< eta 0lti$a e de i$!oi#le a!licación< alo el
•
cao e!ecí"ico e=alado en el artículo 183 de la contitución. Cuan Cuando do lo lo he$o he$o< < rela relaci cion one e ' itu ituac acio ione ne jurí jurídi dica ca e !rodujeron durante la i&encia de una Nor$a< !ero continuaran !rod !roduci ucien endo do con conecu ecuen enci cia a duran durante te la e>i e>ite tenci ncia a del del nueo nueo
•
!rece!to< re&ir; la teoría de lo hecho cu$!lido. Cuando e tuo acceo a una !rerro&atia de acuerdo a una nor$a dero&ada< ' la nor$a nuea< 9ue tiene entronca$iento con
•
el orden !0#lico< la recorta< retira o !rohi#ida hacia el "uturo. Co$!arti$o la i$!reión de $arcial ru#io correa< en el entido de 9ue el artículo 2128 del códi&o ciil de#e er inter!retado co$o una nor$a e>ce!cional al !rinci!io de a!licación in$ediata< lo 9ue !er$ite la a!licación ultractia de todo a9uello derecho cona&rado en el a#ro&ado del códi&o ciil de 173) ' 9ue no etuieen incor!orado ni !rohi#ido en el actual códi&o. Ca#e Ca#e !reci !reciar ar 9ue 9ue lo lo dere derecho cho inco incor! r!ora orado do al !atr !atri$ i$on onio io jurídico de una !erona !reeran u alor en cuanto a lo &o5ado ante de la i&encia de la nor$a dero&atoria del orden !0#lico e$!ero< en cuanto a i &oce !oterior< 9uedan ujeto a lo 9ue
Página 49
e di!on&a eta< alo 9ue !or e>ce!ción e>!rea$ente le recono5ca el car;cter de ad9uirido .4 %a a!licación a!licac ión en el e!acio: e!acio : or re&la &eneral< dentro del territorio de un Etado ri&en la nor$a de +te. Co$o re"iere /ario I. Vlare5 WV%REX< /ario I. Introducción al dere dereccho. ho. /+>ic +>ico: o: /cJ cJra raY YFHil FHill< l< 177( 177(ZZ [%a [%a rela relaci cion one e ent entre do do ordena$iento jurídico de ditinto ditinto !aíe e< en !rinci!io< de e>cluión< dado 9ue cada uro !oee u !ro!io ;$#ito e!acial de alide5. De eta uerte< la a!licado i de u nor$a ha de circuncri#ire a u !ro!io territorio\. E$!ero< el de!la5a$iento de !erona de un !aí a otro< el tr;"ico co$ercial internacional< la ucri!ción de co$!ro$io contractuale entre entre ciudad ciudadano ano ditin ditinto to !aíe !aíe<< etc.< etc.< hacen hacen !oi#l !oi#le e 9ue e ori&in ori&inen en coliione con nor$a De otro Etado< en cu'o cao ur&e el !ro#le$a de deter$inar i e a!lica la nor$a nacional o la e>tranjera< Co$o a"ir$a Enri9ue "talión ?6*%I]N Enri Enri9ue 9ue R. ' -o+ -o+ I% I%N N .Int .Intro roduc ducci ción ón al dere derecho cho. .ue ueno no ire ire:: #eledoFerrot< 1772@ [Dede el !unto de ita de un etricto derecho !oitio< !oitio< el jue5< a!lica a!lica a e>cluia$ent e>cluia$ente e la le' de u !aí eto e< la le' 9ue lo ri&e a +l !recia$ente en calidad de ju5&ador. ero ea $i$a le' e>i&e< en cierta circuntancia< 9ue a!li9ue nor$a de otro ordena$iento jurídico\. En ete 0lti$o cao< la a!licación del derecho e>tranjero e !oi#le< !ero re9uiere necearia$ente 9ue una nor$a del ordena$iento nacional aí lo di!on&a. .( %o ite$a de a!licación en el derecho internacional !riado. Son a9ue a9uellllo o it ite$ e$a a 9ue< 9ue< int intit itui uido do !or la doct doctri rina na en ditinta circ circun unt tan anci cia a hit hitór óric ica a<< han han !ret !reten endi dido do ' !ret !reten ende den n reo reol ler er la la cuetione cuetione deriada deriada de la a!licación a!licación de la nor$a nor$a en el e!acio. Entre Entre lo !rinci!ale et;n WC"r. V%X/R A %DEX< %DEX< /ario. Introducción a la ciencia del derecho. %i$a: %i#orio Etrada< 17,2Z:
Página 50
.)
Site$a
de
!eronalidad
:
E el 9ue corre!onde corre!onde al derecho de lo !ue#lo !ue#lo #;r#aro #;r#aro 9ue inadieron inadieron Euro!a a la caída del I$!erio ro$ano de ccidente< en el i&lo . 9uello !ue#lo< cual9uiera 9ue "uera el territorio 9ue ocu!aran< e encontra#an o$e o$etitido do a u !ro! !ro!io io derec derecho< ho< el $i$ $i$o o 9ue coe> coe>i ití tía a con con el de lo lo ha#itante del !ue#lo inadido< 9uiene e re&ían !or el u'o ?aí !or eje$!lo< eje$!lo< durante durante el !ri$er !eríodo !eríodo de la do$inación do$inación de lo ii&odo ii&odo en E!a=a< !ara +to re&ía el Códi&o Códi&o del Eurico ' !ara lo hi!anoFro$ano la %e> romana romana Visig Visigoth othorum orum). ). Eto 9uiere decir 9ue el derecho de un !ue#lo era a!licado a todo lo 9ue !ertenecieran a +l< no i$!ortando en 9u+ territorio e encontraran. .). .).1 1 *errito rritori rial alid idad ad:: Con el trancuro trancuro del tie$!o tie$!o e "ue &enerando &enerando un de#ilita$ de#ilita$iento iento !ro&reio de lo la5o de ori&en< ' una "uión cada e5 $;. Etrecha Etrecha entre lo 9ue coniían coniían en el $i$o territorio. territorio. El encedor encedor e tran"i&uró en e=or< e arrai&ó a la tierra L SE 6E inculando inculando a la "idelidad de u aallo u#icado en !ue#lo li&ado a la tierra< conicto de edentari$o< hicieron 9ue lo "eudo e ri&ieran !or el derecho [$aniatado\ [$aniatado\ al territor territorio io de cada uno de ello< ello< el $i$o 9ue no !odía er a!licado "uera de +l. .).2 .).2 *eoría oría de de lo lo etatu etatuto: to: En !len !leno o cont conte> e>to to "euda eudall &raci racia a a la "ecun ecunda da la#o la#orr de lo lo &loadore ' o&lo o&load adore ore a!arecer a!arecer; ; ete ete nueo nueo ite$a ite$a.. Corre! Corre!ond ondió ió al &loador ccurio ?112F12(7@ er el !ri$ero en e=alar la a!licación del del dere derech cho o e>t e>tranj ranjer ero< o< en aten atencción ión a la nac naciona ionalilida dad d del del de$and de$andado ado ello re!reent re!reentó ó el !ri$er !ri$er
e"uer5 e"uer5o o cientí cientí"ic "ico o !ara !ara
encontrar una olución al !ro#le$a de la coliión de do nor$a en el e!acio. Si #ien u ori&en e u#ica en Italia< !ronta$ente e e>tiende a 6rancia ' Holanda< ' lle&a a tener a$!lia i&encia hata el i&lo PI< Página 51
corre!ondi+ndole a Carlo De$oulin ?1(88F1()(@ el $+rito de ha#er inteti5ado lo a!orte de eta teoría %o etatuto hacen re"erencia a a9uel r+&i$en jurídico al cual e encuentran o$etida la !erona o la coa en ra5ón de la nacionalidad o el territorio. Son de aria clae: Estatutos Estatutos imperativos. imperativos. Contitu'en el r+&i$en jurídico o#re •
la la ero erona na
•
o la la
coa coa< < ' no no on on dero dero&a &a#l #le e !or !or la la
oluntad de la !arte. ueden u clai"icare en: De "ondo: Estatu Estatutos tos persona personales. les. Re&ulan la nacionalidad< condición ' ca!acidad de la !erona ante un con"licto internacional de nor$a. co$!a=an co$!a=an a la la !erona< !erona< cual9uiera cual9uiera ea el lu&ar lu&ar donde e encuentre.
•
Estatutos
reales.
Re&u e&ulan lan lo conc concer erni nien entte a #ien #iene e
in$ue#le< aí co$o lo derecho reale o#re lo $i$o en lo rela relatitio o a u con contititu tuci ción ón<< $odi $odi"i"ica caci ción< ón< enaj enajen enaci ación ón ' e>tinción.
6uncionan
#a;ndoe
en
el
criterio
de
territorialidad: la nor$a a!lica#le e la del lu&ar donde e encuentran u#icado lo #iene in$ue#le. De "or$a: Esta Estattutos utos sobr sobre e la orm orma de los act actos !ur" !ur"di dico cos. s. %o
a!ecto E>teriore de un acto jurídico e ri&en !or la nor$a del lu&ar En 9ue e cele#ran. Estatutos sobre la orma procesal. %o !ecto relatio a la Litis inculada con lo etatuto de 6ondo< e ri&en !or la nor$a del jue5 9ue conoce la Controeria. Estatutos Estatutos supletivos. Contitu'en el r+&i$en 9ue !er$ite •
9ue< 9ue< en circ circun unt tan anci cia a e!e e!eci cial ale e<< e !ro! !ro!u& u&ne ne la autono$ía de la oluntad< dejando a la !arte la "acultad de e=alar la nor$a a a!licar. .).3 .).3 Site$ Site$a a de co$uni co$unidad dad de de derec derecho: ho: Página 52
E>!ueta !or el jurita ale$;n 6ederico Carlo de Sai&n'< la teoría de la co$unidad de derecho contitu'e la $; alta e>!reión o#re eta $ateria en el i&lo PIP. Sai&n' otiene 9ue< a $edida 9ue e acrecientanFla relacione entre lo !ue#lo< e hace $; i$!erioa la neceidad de renunciar al !rinci!io a#oluto de territorialidad de la nor$a u teoría e utenta en 9ue la co$unidad de derecho coloca a todo lo etatuto en un !ie de i&ualdad< !or lo cual< !reentado un con" con"lilict cto o de nor$a nor$a< < de#e de#e a!li a!lica care re a cada cada rela relaci ción ón jurí jurídi dica ca a9uella 9ue ea $; con"or$e a u naturale5a !ro!ia ' eencial< ^!recindiendo de 9ue ea nacional o e>tranjera. ara eta#lecer la • • • • •
naturale5a de la relación jurídica e neceario tener en cuenta: El etado de la !erona. El derecho de la coa. El derecho de la o#li&acione. El derecho uceorio. El derecho de "a$ilia< '< dentro de +te< el $atri$onio< la !atria !otetad ' la tutela. %a %a relaci relacion one e de hecho hecho 9ue 9ue !ued !ueden en eri erirr !ara !ara deter deter$i $ina narr el aiento de la relación jurídica F' de entre la cuale e ha#r; de ele&ir en cada caoF on: el do$icilio de la !erona a 9uiene concierne la relación de derecho< el lu&ar donde et; ituado el #ien< el lu&ar del acto jurídico< el lu&ar del tri#unal 9ue ha#r; de conocer
• •
de la %iti< etc. %a olucione 9ue o"rece eta teoría on cinco: El Etado e ri&e !or la le' del do$icilio do$icilio de la !erona. %o derecho reale< !or la le' del lu&ar de u#icación de la coa. En eta ' la la anterior anterior e a!lica a!lica el !rinci!io !rinci!io de la la u$iión u$iión oluntaria oluntaria ?la !erona e %i#re de "ijar u do$icilio ' de deter$inar la u#icación
•
• •
del o#jeto o#re el cual ejercer; un derecho real@. %a o#li&acione< !or la le' del lu&ar de ejecución< !ue e en eta 0lti$a donde reide la eencia del co$!ro$io jurídico. El derecho uceorio< !or la le' del 0lti$o do$icilio del cauante. El $atri$onio< !or la le' del lu&ar del do$icilio del $arido. Página 53
.).4 .).4 Site$ Site$a a de de la la naci naciona onalid lidad: ad: acual Etanilao /ancini e el re!reentante de la deno$inada Ecuela Italiana deZ i&lo PIP. Su tei e #aa en la u!re$acía de la nor$a nacional< la 9ue aco$!a=a a la !erona adonde 9uiera 9ue a'a. No o#tante< el derecho e>tranjero no er; a!lica#le en lo i&u i&uie ient nte e cao cao 9ue 9ue con contititu' tu'en en e>ce! e>ce!ci cion one e al crite criteri rio o de la •
• •
nacionalidad: %a "or$a de lo acto jurídico e ri&e !or la nor$a del lu&ar donde e otor&aron. %o e"ecto de lo contrato e ujetan a la autono$ía de la oluntad. %o e"ecto del derecho e>tranjero e>tranjero no on a!lica#le a!lica#le cuando atentan contra el orden !0#lico nacional.
.).( .).( !lica !licació ción n de la nor$a nor$a en el e!acio e!acio en el ordena$i ordena$ient ento o jurídico jurídico nacional: El *ítulo III del %i#ro P del Códi&o Ciil de 174 ha reco&ido lo a!orte de todo lo ite$a decrito ?artículo 28)F2181@. llí a!arecen< entre otra< la conideracione le&ale i&uiente: En relaci relación ón con la la !eron !erona: a: el !rin !rinci! ci!io io ' el "in "in de la !ero !erona na naturale e ri&e !or la le' de u do$icilio. En relaci relación ón ce n lo derec derecho ho reale: reale: u u contit contituci ución< ón< conte contenido nido ' e>tenión e RE&ulan !or la le' de u u#icación. EN RE%C RE%CI]N I]N CN CN %S %S C* C*S S -RIDIC -RIDICS: S: e e re&ulan re&ulan !or !or la le' del lu&ar en 9ue e otor&an o !or la le' del lu&ar donde nace la relación jurídica o#jeto del acto. < En relac relación ión con con la o#li o#li&ac &acion ione e contr contract actual uale: e: e e ri&en ri&en !or !or la le' le' e>!rea$ente e>!rea$ente ele&ida ele&ida !or lo contratante contratante en u de"ecto< !or la le' del lu&ar de u cu$!li$iento. En relaci relación ón con la la uceió uceión: n: e ri&e ri&e !or la le' le' del 0lti 0lti$o $o do$ici do$icilio lio del cauante.
Página 54
C+cl'i+"' El an;lii de ete tra#ajo no lleó a la i&uiente concluione: En la a!licación de la nor$a jurídica en el tie$!o< la a!licación in$ediata e la 9ue e hace durante el $o$ento de la i&encia de la nor$a la a!licación ultractia e a9uella 9ue e hace a conecuencia jurídica 9ue ocurren lue&o de la a!licación in$ediata de la nor$a la a!licación retroactia 9ue e a9uella 9ue e hace a ante de la a!licación in$ediata de la nor$a ' !or ulti$a tene$o a una a!licación di"erida 9ue e a9uella nor$a 9ue de $anera e>!rea e=ala u a!licación en el "uturo< !ero $ientra tanto en u no a!licación eto no 9uiere decir 9ue ete dero&ada ino en u acatio le&i. %le&a$o %le&a$o a la concluión 9ue ha' do teoría i$!ortante i$!ortante o#re la a!licación de la nor$a en el tie$!o 9ue on la teoría de derecho ad9uirido ' la teoría de lo hecho cu$!lido
Página 55
*a$#i+n e !uede conclu concluir ir con decir 9ue la la t+cnica t+cnica jurídica jurídica *iene *iene co$o o#jeto el etudio de lo !ro#le$a relacionado con la a!licación del derecho o#jetio a coa concreta en la ociedad en la 9ue ii$o.
*a$#i+n entende$o 9ue !ara la deter$inación de lo ujeto o#re 9uiene recaen la conecuencia nor$atia no ie$!re e "or5oo eta#lecer la e>itencia de eto. Conclui$o diciendo 9ue la t+cnica jurídica conite en el adecuado $anejo de lo $edio 9ue !er$iten alcan5ar lo o#jetio 9ue a9uel !eri&ue.
8ili+6&a9/a:
ní#al *orre *orre ;9ue5< Introducción al derecho ciil ' título !reli$inar< Editorial Cuco< %i$a< 1771
-e0 ntoni< ntoni< Introducción al derecho< editorial jurídica< 288, < li$a li$a M !er0
/ari /ario o
I.
Vlar lare5 e5<<
Intro ntrod ducci ucció ón
al dere derech cho< o< edit editor oria iall
Página 56
jurí urídica dica<<
177( 177(
C%DE
D
SQIER<
introducción
al
derecho
editorial
ortocarrero1774li$aF!eru
*RRES *RRES SQEX SQEX<< ní#al: ní#al: introducció introducción n al derecho@ derecho@ editorial editorial *e$i .a.< 2881< er0.