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como vía de mantenimiento y control del canal, lo cual es ya una traza histórica que pervive desde su construcción en el año 1857. La situación de cornisa de este borde de Tetuán cierra por el norte lo que es la terraza principal sobre la que se asienta la ciudad histórica, y pone punto final a una larga secuencia de atalayas que empieza con el cerro de San Francisco y las Vistillas, continúa el Palacio Real, ely templo de Debod el paseo Rosales, sigue con lacon Ciudad Universitaria el canalillo de la yDehesa dede la Villa, y finaliza con el tramo del paseo de la Dirección correspondiente a Tetuán. La visibilidad de esa cornisa se produce a escala metropolitana y forma parte del perfil reconocible de esa parte de Madrid, por lo que cualquier actuación que se haga en ella tendrá especial trascendencia.
El paseo de la Dirección y el acueducto de Valdeacederas, antes de 2008. Imagen de Google Maps
Esa topografía, que es una cualidad especial del Área de Planeamiento en cuestión, y que tiene también un valor referencial que se debería conservar, ofrece una gran dificultad a la hora de actuar urbanística o arquitectónicamente, pues no se aviene con planteamientos drásticos o de gran escala, que sólo se podrían resolver mediante la creación de grandes muros de contención, desmesurados movimientos de tierras, y cimentaciones profundas que alcancen terreno firme en lugares que ya han sufrido a lo largo de muchos años sucesivos vertidos de escombros. Las posibilidades de tener problemas constructivos, edificando sobre vaguadas naturales enterradas, la presencia de agresivos y gigantescos muros –como ya ocurre en las vaguadas afectadas de Valdeacederas y Marqués de Viana- y los problemas de accesibilidad y 2/18
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desconexión del parque con su barrio contiguo, son factores gravísimos que no parecen haberse tenido en cuenta en un Plan que parece un ejemplo de malas prácticas de todo lo que no debe hacerse en urbanismo. La ejecución de este Plan, de llevarse a cabo, será muy costosa y con unos resultados que se adivinan lamentables y en línea con el peor desarrollismo de los años sesenta. El primer y único edificio del Plan construido hasta ahora –frente a las calles Isabel Serrano y Sorgo, ha escaso convertido unhorizonte, lugar antes modesto,por perolaluminoso con vistas, en un callejón y sin provocado presenciay muda y aplastante de un volumen excesivo y ajeno por completo a la escala y carácter del barrio en el que se ubica. La comparación con la forma cuidadosa en que se implantaron numerosas promociones de vivienda pública en este barrio durante los años ochenta y noventa, pone en evidencia el carácter erróneo del planteamiento actual. Por otro lado, la presencia de unos acueductos y una traza histórica, que por su excepcionalidad ya deberían estar declarados como monumentos Bien de Interés Cultural, imponen una pauta de respeto que difícilmente se aviene con planes que tengan una se mera visión técnica de de urbanismo edificatorio. En al el Plan Especial propuesto habla repetidamente “sensibilidad” en relación plan de 2006 -que ahora nos enteramos debía ser insensible-, pero es un calificativo sin mayores consecuencias pues sigue sin apreciarse en ninguno de los documentos que se aportan. Esos viaductos de noble construcción, que deberían haberse desenterrado, limpiado de revocos inadecuados, restaurado y puesto en valor mediante un itinerario lúdico y cultural, han quedado literalmente “emparedados” por unos muros que apenas se separan un metro de los mismos, como ha ocurrido en el de Valdeacederas, antes en mitad de un parque que era la vaguada natural que le daba sentido, o directamente “comidos” un como viario sucede que se en monta encima depor ellos los del Parque de los Pinos. Entre los nuevos murallones -ejecutados con un material tan impropio como el bloque de hormigón rosado en su calidad más ínfima- y los acueductos históricos, se ha creado una rendija residual que ya se ha convertido en refugio de indigentes y vertedero de todo tipo de objetos y desechos, lo que provoca un problema de seguridad y salubridad pública de imposible solución además de atentar de la peor manera contra una valiosa estructura histórica. La Almenara del Obispo en 1856. F. Charles Clifford
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Al ver la cruda realidad de lo que está pasando allí entran dudas de si los ediles que gobiernan este municipio o los propios técnicos del Plan se han molestado en visitar el lugar, pues la magnitud del error debería llevar a una depuración de responsabilidades de los culpables de tamaño disparate, que además ha debido tener un coste considerable, no por su calidad, sino por su magnitud, y cuya deseable reversibilidad sólo podría hacerse ahora añadiendo más gastos al erario público. Como última cuestión de estas conclusiones queda decir que el nuevo Plan propuesto no mejora en nada el anterior sino que lo agrava. En su afán por no renunciar a una edificabilidad excesiva, los bloques se desplazan a lugares tan inadecuados como el terreno junto a la calle Ofelia Nieto –en el anterior plan zona deportiva y parque-, donde un gran bloque acabará de enterrar el interesante acueducto que todavía se puede advertir en ese lugar. O bien se colocan directamente sobre el parque, en el lado externo del nuevo viario, utilizando como muros de contención las plantas bajo rasante de los bloques, cuyo único uso posible será el de aparcamiento: “bonito” telón de fondo para un parque. O bien crea la figura dedelMarqués BT (bloque-torre) para embutir edificabilidad en lassedesembocaduras de Viana y Capitán Blanco Argibay, en unas moles de confusa silueta que ya no son hitos singulares y esbeltos -potencialmente aceptables como mal menor-, sino amalgamas de tarugos de distintas alturas dificultosamente encajados.
Bajada desde Marqués de Viana al parque, provocada por el muro de contención del nuevo viario. Anteriormente la calle entraba en rampa al parque, y el acueducto era visible por sus dos caras.
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Del sentido antisocial y despreciativo con el vecindario de esta zona de Tetuán no vamos a insistir porque ya se habla con claridad en las siguientes alegaciones, pero resulta evidente que el Plan no va a mejorar el entorno de esos habitantes de la zona ni va a mejorar sus escaseces y necesidades de servicios públicos, sino que va a empeorar su situación con un cinturón ruidoso y congestivo, que les quitará vistas y les aislará de su parque, como ya se puede comprobar final de de Viana, donde lo que era un accesible paseo en rampa esalahora unaMarqués interminable y sucia escalerilla. Este plan (y el anterior) es tan malo que lo único que se puede pedir es que se retire, y que se abandone la pretensión de que el desarrollo urbanístico lo haga un agente privado, que sólo busca el máximo beneficio al mínimo coste. Y que se reconsidere un nuevo planteamiento más acorde con las características morfológicas, paisajísticas, históricas y sociológicas del lugar, realizado con una amplia participación de vecinos y profesionales expertos, mediante sistemas de participación ciudadana y concursos abiertos, en los que los poderes públicos impongan sus condiciones a los agentes privados.
AL EGACIÓN 1: A L OS OBJETIVOS Y DESARROLLO DEL PLA N
Desde su formulación en el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM) del año 1985, el planeamiento relativo al Paseo de la Dirección ha experimentado importantes modificaciones, sobre todo a partir del PGOUM 97 y la aprobación el 28 de junio de 2006 del Plan Parcial de Reforma Interior del APR.06.02 “Paseo de la Dirección”, modificado el 26 de marzo de 2013. La segunda modificación, aprobada inicialmente el 11 de diciembre de 2014 por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, a instancia de la sociedad mercantil “Dragados, S.A.”,“Paseo concesionaria la gestión,ydesarrollo y ejecución del PPRI del APR.06.02 de la de Dirección”, actualmente en periodo de información pública, incide en los mismos errores que en su día fueron puestos de manifiesto por el movimiento vecinal en sus alegaciones, remitiéndonos a las mismas. Este Plan (al igual que sus versiones anteriores) y su desarrollo refleja los errores de orientación presentes en la ley 9/2001 y su aplicación concreta a este ámbito del distrito de Tetuán. Una actuación pública de regeneración urbana a desarrollar además por expropiación, no es otorgable a la intervención privada, dados los problemas y requisitos que la misma tiene respecto al interés público. El desarrollo del Plan, sus dilatados tiempos fruto de los cambios de expectativas de beneficio para el agente privado (DRAGADOS, S.A.) y las transformaciones que ha sufrido muestran claramente de qué forma esta operación de regeneración urbana 5/18
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depende de las estrategias y objetivos de una empresa privada más que a los de una administración al servicio del interés público. La necesidad de remunerar la actividad y de acotar el riesgo de la empresa privada está en el srcen de los defectos de srcen de esta intervención: la excesiva edificabilidad otorgada, la flexibilidad impuesta a los usos, la ausencia de programación o las características del diseño adoptado. Dado el transformado escenario de la coyuntura económico-social del país desde el derrumbe de la burbuja inmobiliaria, esta revisión del planeamiento debería haber sido sensible a las condiciones actuales, que sintetizaremos como una mayor necesidad de atender a la demanda social de vivienda y al tiempo la exigencia de un desarrollo más atento al fortalecimiento y mejora del tejido urbano colindante. En síntesis, esta revisión debiera haber constituido una revisión completa de los objetivos y forma de desarrollo del ámbito, no un simple ajuste de viario y distribución de una edificabilidad excesiva. Por todo ello se plantea la reformulación del proyecto del Paseo de la Dirección, de acuerdo con las siguientes ideas-fuerza: a) Devolución de la gestión del plan a la Administración Pública, resolviendo el actual convenio con la sociedad mercantil “Dragados, S.A.”. b) Limitar en un 50 por ciento la edificabilidad lucrativa prevista, reforzando el papel del Parque Agustín Rodríguez Sahagún como cuña verde, para la entrada de la naturaleza en la ciudad. c) Garantizar el derecho vivienda y un entorno al conjunto de la población residente enalauna zona integrando el nuevodigno desarrollo en el tejido existente en términos de servicios y equipamientos urbanos, paisaje, y tipología edificatoria. d) Reforzar la idea contenida en el PGOUM 85 del Paseo de la Dirección como paseo-mirador, favoreciendo la movilidad peatonal y ciclista sobre la motorizada reconsiderando el carácter, trazado y sección del viario previsto. e) Clasificación como zona verde de los terrenos comprendidos entre el Paseo de la Dirección y el Canal de Isabel II, de acuerdo con la clasificación contenida en el PGOUM 85. f) Protección del Canal Bajo, promoviendo su declaración como Bien de Interés Cultural (BIC). g) Convocatoria de un concurso urbanístico de ideas, abierto, y con presencia en el jurado de técnicos representantes de las asociaciones 6/18
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ciudadanas, y técnicos de reconocido prestigio en arquitectura, ingeniería y paisajismo. h) Apertura de un proceso de participación ciudadana real para llegar a resultados con el mayor consenso social. Las alegaciones que siguen a esta, tiene el objetivo de aclarar en detalle los diversos aspectos de esta valoración general del Plan. AL EGACIÓN 2: PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO
Uno de los defectos sustantivos que vemos al actual Plan Parcial es su impacto sobre el patrimonio histórico-monumental (Canal Bajo de Isabel II) y paisajístico (vistas, caserío…): - Las obras ya realizadas suponen una grave agresión al entorno de los puentes-acueductos de los Barrancos, Valdeacederas, Huerta del Obispo, Las Carolinas y de la exigir Traviesa. Sólo con darse una se puede comprobar, debiéndose el cumplimiento estricto devuelta la actual normativa en la materia: Plan General de Ordenación Urbana de Madrid 1997,1 Ley de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, Ley de accesibilidad, etc.
Acueducto de Valdeacederas “emparedado” por el nuevo viario.
- En lugar de plantearse la recuperación del patrimonio, en aquellos aspectos susceptibles de tal acción, la segunda modificación incide en los errores anteriores, colmatando los entornos de los puentes1
El Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (1997) cataloga con nivel 1 de protección histórica artística “Las primeras traídas de agua del Canal de Isabel II”, de las que forma parte el Canal Bajo, remitiendo a un Plan Especial Temático (PET 23) la pormenorización de la catalogación de los distintos elementos del Canal. 7/18
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acueducto del Obispo, los Barrancos, Valdeacederas, Huerta del Obispo y Las Carolinas. Como señalamos en otros apartados, debieran suprimirse tales actuaciones por su afección negativa al patrimonio. ¿O piensan realmente que con tales obras un elemento protegido por el PGOUM 97, como es el Canal Bajo, ve mejorada su situación? - Uno de los principales valores de la llamada “cornisa de Tetuán” es el paisajístico, las dada “vistas”, las cuales se seriamente que afectadas por el efecto barrera la disposición deven la edificación se proyecta sobre el Paseo de la Dirección, tal y como se ha puesto de manifiesto con la construcción de un edificio de nueva planta a la altura de Isabel Serrano. - Los movimientos de tierra llevados a efecto o previstos para ejecutar la ordenación aprobada conllevan la colmatación de varias vaguadas, con la construcción de muros de contención con una transformación del paisaje y su percepción claramente negativa, según hemos podido comprobar “in situ” en las diversas visitas y recorridos por la zona realizados por nuestra Asociación. - El proyecto aprobado supone en grana medida destrucción decomo gran parte del caserío tradicional (sometido un fuerteladeterioro previo consecuencia de la suspensión de licencias). Tales pérdidas suponen un empobrecimiento del barrio, que ve cómo se “simplifican” las tipologías constructivas en aras a una uniformidad mal entendida. Los problemas de habitabilidad de algunas de las viviendas actuales podrían solucionarse con una adecuada normativa y la iniciativa pública. Aún quedan excelentes ejemplos de arquitectura popular que merece la pena conservar.
AL EGACIÓN 3: ZONAS VERDES
Si bien el Plan contempla una dotación en zonas verdes de 26.055 m2 tal cifra esconde un claro engaño al incorporar en el cálculo las zonas que ya gozaban de tal calificación en el anterior PGOUM, las cuales fueron desgajadas del Parque Agustín Rodríguez Sahagún e incorporadas al Paseo de la Dirección en el Plan General de 1997. Debido a ello, el PPRI del APR 6.2 Paseo de la Dirección no cede para nuevas zonas verdes sino unos pocos metros, a menudo en pendientes de difícil utilización, lo que supone primar los intereses privados (aprobando un Plan “ad hoc”) sobre los públicos.
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La vaguada y acueducto de Valdeacederas, cuando era un parque, terraplenado después de 2011
Por otra parte, el tratamiento de segregación del Plan se expresa en la configuración de los espacios libres y zonas verdes. Ambos se concentran y/o apoyan los aprovechamientos privados sin tener en cuenta las necesidades de las zonas colindantes de la trama urbana. Incluso una pequeña zona verde existente que además proporcionaba una perspectiva paisajística natural (ZV1) se “privatiza” al quedar encerrada entre sendas parcelas de Vivienda Libre.
Apropiación de las zonas verdes públicas por la edificación privada.
AL EGACIÓN 4: VIVIENDA
Si bien el uso cualificado es el residencial no se garantiza para el conjunto la construcción de ninguna vivienda, excepción de las ya existentes, dados los usos asociados, complementarios o alternativos previstos. ¿Cuál será el resultado final? Al parecer, atendiendo lo señalado en el Plan, lo que decida el mercado. Tal hecho pone en cuestión las previsiones dotacionales del Plan. Estimamos más adecuado establecer una banda entre el 75/85 por ciento del aprovechamiento lucrativo para uso residencial y del 15/25 para otros usos: terciario, industrial, comercial, hospedaje, etc. 9/18
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Se propone destinar, al menos, entre un 25 y un 50% de la superficie residencial calificada para la dotación de vivienda pública en alquiler: entre 250 y 500 sobre una previsión final de 1.000 de acuerdo con la propuesta de reducción de la edificabilidad lucrativa realizada.
La escala pequeña y fragmentada, característica de Tetuán, quedará rota por los nuevos y enormes bloques
AL EGACIÓN 5: EDIFICACIÓN, MORFOLOGIA URBANA Y PAISAJE
Las condiciones de aprovechamiento lucrativo y la carga de un viario a todas luces excesivo para las necesidades del ámbito ha derivado en un mal encaje entre la morfología del área y la edificabilidad otorgada al gestor (DRAGADOS, S.A.), de resulta de la cual se ha producido una radical transformación de la morfología urbana expresada especialmente en torres en altura, pero también en los edificios que forman una barrera que limita y encierra el barrio preexistente. Particularmente agresivas al paisaje y entorno nos parecen las cuatro torres de B+XXIV+ático proyectadas al final de las calles Marqués de Viana y Capitán Blanco Argibay o las situadas sobre la calle de Luis Portones con un fuerte impacto sobre las viviendas actuales de la acera impar: vistas, soleamiento, congestión, etc.. La organización formal de la edificabilidad tiene un claro sesgo clasista, de división del espacio en categorías sociales. Mientas que la vivienda pública y protegida completa o se añade a la trama srcinal del barrio, el aprovechamiento privado otorgado en pago al concesionario se desarrolla en un frente de fachada volcado hacia las zonas verdes y el paisaje y manifiestamente de espaldas a la estructura y composición morfológica del tejido urbano existente.
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Los nuevos aprovechamientos privados rentabilizan las mejores vistas y ocultan las del resto del barrio
Esta segregación del tejido srcinal del queda perfectamente expresada en el hecho de quey cierre la práctica totalidad aprovechamiento privado está separada del conjunto del barrio y volcada hacia la zona verde incorporada al Plan, como puede verse en las figuras de planta y secciones extraídas de la documentación gráfica del Plan.
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No deja de ser curioso que en el proyecto las imágenes (vistas) de la operación se traten siempre desde la fachada-muralla, sin que aparezca siquiera insinuada la volumetría srcinal del tejido urbano. Si ya desde esta perspectiva la operación aparece como un muro, una barrera, su visualización desde el interior del barrio mostraría claramente el citado efecto-barrera en el paisaje. En consecuencia se propone eliminar toda nueva edificación entre el trazado srcinal del Paseo de la Dirección y el actual parque de Agustín Rodríguez Sahagún, incorporando los terrenos comprendidos en este ámbito al mismo. Tal hecho permitiría eliminar el “efecto barrera” que las edificaciones previstas ocasionarían, como se de amanifiesto conIsabel el edificio de viviendas construido en tal el Paseo deha la puesto Dirección la altura de Serrano, a cuyos vecinos se ha privado de vistas.
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Brutal efecto del primer edificio construido sobre las viviendas existentes, que antes miraban al parque
Asimismo supondría un importante avance para la efectiva protección del Canal Bajo algunos de cuyos elementos se han visto seriamente dañados por el movimiento de tierras habido para la localización en su entorno de diversas edificaciones, tal y como señalábamos al hablar de la protección del patrimonio. La deficiente resolución del encaje con la trama existente es especialmente visible en la confluencia de las calles Aligustre/Cantueso/Cosmos/Alberdi, en la que posiblemente requerirían tipologías parcelarias distintas y la mal resuelta relación con la zona verde por medio de un talud excesivo.
Las nuevas zonas verdes son en muchas partes terraplenes sin vistas ni aceptables condiciones de uso.
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En consecuencia se propone: Reordenar toda la zona de contacto en el área citada con el tejido existente, mejorando la integración en términos de viario, perfiles del terreno, altura de la edificación y tipología parcelaria. Tampoco parece adecuada la localización otorgada equipamiento situado junto a la calle Arroyo que constituye una isleta rodeadaalpor el tráfico como si el citado equipamiento sirviera simplemente para utilizar un espacio marginal, equivalente a una rotonda viaria.
AL EGACIÓN 6: DOTACIONES
El Plan prevé 11.000 m2 para deportivo público y 13.000 m2 para equipamiento público, cifra igual a la prevista en la ficha del PGOUM 97 y que resulta insuficiente de acuerdo con los objetivos definidos de colaborar “de forma adecuada a absorber carencias del tejido preexistente”. Pese a tal afirmación, contenida en el punto 5.3 Dotaciones (pág. 28) de la segunda modificación, en el apartado 6.4 Justificación de cumplimiento de reserva de Redes Públicas se señala: “Este cálculo, de cumplimiento de Redes, se realiza no sobre el total de la edificabilidad prevista en el ámbito por el Plan General, sino sobre la edificabilidad que resulta de descontar la ya existente y/o que existía en el área”, unos 45.000 m2 (en torno al 25% de la prevista). ¿En qué quedamos?. La cuestión no es baladí dados los déficits existentes en barrios como Berruguete, o Almenara y lalosfalta de suelo público. ¿Dóndea localizar, de Valdeacederas aceptarse el presente Plan en términos en que se somete información pública, un deportivo de carácter distrital, dotado de campos al aire libre e instalaciones cubiertas adecuadas al conjunto de la población de Tetuán? ¿Dónde localizar una residencia para mayores o pisos compartidos? 14/18
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AL EGACIÓN 7: VIARIO Y MOVILIDAD
Lejos de promover, entre otras, la movilidad peatonal o ciclista, el Plan apuesta de forma decidida por la motorizada. Al menos esa es la impresión que deja la lectura del “Estudio de movilidad y Tráfico” que o se acompaña, y que, además, resulta obsoleta en las condiciones de su análisis. El viario está sobredimensionado, en parte por la excesiva edificabilidad de aprovechamiento lucrativo y tiene las características y función de un sistema general por lo que impacta gravemente en las condiciones de habitabilidad de la zona. Además, el dimensionamiento y el trazado de la vía forman una barrera cuasi infranqueable para la relación del conjunto del barrio y de las zonas de vivienda “no lucrativa” con el parque en términos de accesibilidad y paisaje..
Es patente el efecto barrera de los nuevos viales y edificios, que desvinculan al barrio de su parque natural
El Plan no incluye el trazado de los recorridos ciclistas ni la capacidad de los peatonales, a pesar de ser mayoritarios en los desplazamientos interiores. El plan debiera recoger con claridad el trazado del futuro carril bici por la zona, prolongación del que ya existe en el tramo más cercano a la Avda. de Asturias así como la capacidad peatonal de las distintas vías proyectadas, acceso a equipamientos y zonas verdes, etc., garantizando la accesibilidad, andando o 15/18
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en bicicleta, a los bienes, servicios y dotaciones de la zona, particularmente al parque Agustín Rodríguez Sahagún con graves problemas en la ordenación propuesta dadas la diferencias de cota existentes.
AL EGACIÓN 8: ACTIVIDAD ECONÓMICA
Echamos en falta la práctica falta de referencias a la actividad económica en el ámbito considerado y su entorno. ¿No existe? ¿No existe ninguna previsión, por ejemplo, para el fomento de la economía cooperativa o social? La respuesta que nos ofrece el Plan es dejarlo en manos del mercado, que determinará los usos más adecuados. ¿Existe algún compromiso entre la actual concesionaria, “Dragados, S.A.” y algún grupo para su implantación en la zona? Todo parece indicar que en éste, como en otros casos, lo que ha primado es el interés privado de la concesionaria sobre el interés público.
AL EGACIÓN 9:PÚBLICA SOBRE PARTICIPACIÓN
EL
PROCESO
DE
INFORMACIÓN
Y
El proceso de información y participación pública de esta modificación ha sido claramente deficiente. Las demandas sociales de participación en la actualidad hacen que no sirva el simple proceso de apertura de información pública, sin más. Desde el punto de vista de la información se plantean las siguientes objeciones que invalidan dicho proceso: A) El Plan no apareció en la web municipal hasta varios días después de su publicación B) El nivel de impacto de esta actuación en el distrito debiera haber conducido a la presentación pública del proyecto, con la consiguiente convocatoria pública al respecto. Sólo a petición de la Asociación de Vecinos de Cuatro Caminos–Tetuán se pudo montar “a la carrera” una reunión el día 23 de Diciembre sin que hasta la fecha la Junta de Distrito hubiera realizado ningún esfuerzo de comunicación. Y dadas las facilidades actuales de información por medios telemáticos y la creciente demanda social de participación en los asuntos públicos, el plan debería haberse comunicado, por medios digitales a las organizaciones sociales del distrito y barrios de Tetuán.
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AL EGACIÓN 10: DOCUMENTACIÓN CONTENIDA EN EL PLAN
Dadas las continuas referencias al mismo, echamos a faltar entre la documentación que conforma el expediente, el Convenio urbanístico de formalización de la Concesión Administrativa de la Gestión, desarrollo y ejecución por el sistema de expropiación del plan parcial de reforma interior del APR 06.02 “Paseo de la Dirección”. Asimismo estimamos como insuficiente la documentación referenciada como Estudio Económico Financiero (se remite a un ausente contrato de concesión denominado “GESTIÓN, DESARROLLO Y EJECUCIÓN POR EL SISTEMA DE EXPROPIACIÓN DEL PLAN PARCIAL DE REFORMA INTERIOR APR 06.02 “PASEO DE LA DIRECCIÓN”) y Plan de Etapas. Todo Plan debe estar provisto de un estudio económico–financiero que analice su viabilidad y los patrones económicos y de impacto de su desarrollo y la vaga referencia incorporada en este plan remitiéndose sin más al convenio firmado con la administración responsablesocioeconómicas del planeamiento han no justifica ausencia, máxime cuando las condiciones variadoesta de forma tan sustancial desde el momento de su primer planteamiento y del convenio firmado. El modo como se resuelve la obligatoriedad de un Plan de Etapas nos parece absolutamente inaceptable dados los problemas habidos en todo el ámbito con el inicio y paralización “de facto” de las obras. ¿Cómo si no calificar frases como ésta, todo un ejemplo de funambulismo urbanístico?: “Por ello, parece razonable indicar que el desarrollo del Plan podría ejecutarse de operativa manera ordenada en una etapamodularse única, queen opcionalmente, y enpodrían función ser de la más eficaz, podría tres fases que ejecutadas de forma simultánea en los términos que se establezcan en el proyecto de urbanización...”2
Igualmente se hecha en falta en el documento un estudio de impacto de la propuesta sobre el tejido circundante el resto del barrio. Una intervención de este alcance implica un elevado impacto sobre el barrio y especialmente sobre los vecinos más próximos. El Plan conlleva un aumento considerable de la edificabilidad en el área, una transformación radical del paisaje y un importante cambio de la accesibilidad, entre otros aspectos.
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2ª Modificación del Plan Parcial de Reforma Interior APR.06.02 “Paseo de la Dirección”. Madrid. Página 50 (52 en la numeración manual del expediente).
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