(9.2.3) Identfque, enre las siguienes, cuál es una orma de extnción de los servicios 1- (9.2.3) Identfque, públicos. e!. "- (5.6.4) #l (5.6.4) #l aco unilaeral que emie un órgano de la $dminisración %ública, creador de normas &ur'dicas generales ! obligaorias, obligaorias, que regula, por ano, siuaciones ob&etvas e impersonales, recibe la denominación de( )eglameno. *- (12.5) %ara (12.5) %ara la confguración de una omisión ant&ur'dica, el #sado o sus entdades deben incumplir una obligación legal expresa o impl'cia. +eale, de los siguienes, cuál enunciado ace reerencia a las caracer'stcas que ella debe ener para que proceda la responsabilidad responsabilidad por omisión. n deber concreo. /- (6.5) a (6.5) a $dminisración %ública puede expresar su volunad de modo ácio. %ara que sea posible aribuirle a su silencio deerminado eeco, es necesario el c umplimieno de los siguienes requisios( %etción de un adminisrado, deber de expedición ! una actvidad pasiva de la $dminisración. 0- (13.1) #l (13.1) #l conrol fnanciero exerno del secor público en la ación lo eecúa( a $udior'a 2eneral de la ación. 3- (6.7) $co (6.7) $co adminisratvo regular es aquel que( 4ontene odos los requisios esenciales de valide5. 6- (9.2.4) +eale, (9.2.4) +eale, enre los siguienes, los caraceres del 7permiso8. 7permiso8. +e raa siempre del oorgamieno oorgamieno de un dereco nuevo al partcular, que confgura una excepción a una proibición impuesa por una norma de polic'a en orma preventva. 9- (3.2) :a (3.2) :a naurale5a &ur'dica del conrao de empleo público es; na relación conracual de dereco público. <- (10.1.5) :4uál (10.1.5) :4uál de los siguienes es un bien de dominio público erresre; =odas las opciones confguran la respuesa correca. >4alles, caminos, pla5as, puenes, ec?. 1@- (6.7) 1@- (6.7) #l #l aco adminisratvo que adolece de nulidad absolua se caraceri5a en que( #l vicio es undamenal ! puede aecar a uno o varios elemenos esenciales. 11- (9.2.1) 11- (9.2.1) %ara %ara que una deerminada presación pueda ser considerada servicio público, se requiere que( #l legislador declare que, deerminada necesidad pública, será satseca ba&o un rAgimen especial. 1"- (2.2.2) 1"- (2.2.2) +egún +egún la llamada =eor'a del órgano, cuando un uncionario público reali5a un eco o dica un aco con motvo de su unción, esá acuando( 4omo si Al mismo uera la $dminisración. $dminisración. 1*- (7.1) 1*- (7.1) $ $ ravAs del procedimieno adminisratvo adminisratvo se preende la consecución del( Bien común. 1/- (13.1) 1/- (13.1) #l #l organismo adminisratvo que prevA la 4onstución de la %rovincia de 4órdoba para que realice el conrol de legalidad adminisratva adminisratva del #sado, es( #l Ciscal de #sado. 10- (6.6) 10- (6.6) a a e&ecuoriedad del aco adminisratvo adminisratvo signifca que(
a $dminisración puede por s' e&ecuarlo coactvamene. 13- (3.9) 13- (3.9) 4uando 4uando la auoridad superior &erárquica le encomienda a un agene público areas de
dirección en deerminada repartción del #sado, siendo que por su inerior cargo escalaonario escalaonario esas areas no le corresponden, nos enconramos ane( n uncionario de aco. 16- (9.2.6) 16- (9.2.6) #n #n la %rovincia de 4órdoba, el #ne )egulador de +ervicios %úblicos >#)+#%?, creado por le! D 99*0, se encuenra organi5ado como( n ene auárquico. 19- (6.6) 19- (6.6) a a llamada legitmidad del aco ac o adminisratvo adminisratvo es( na presunción. 1<- (10.1) 1<- (10.1) a a auoridad compeene para aribuir a una cosa e l carácer de dominio público por su naurale5a es( a ación. "@- (3.9) "@- (3.9) 4uando 4uando una persona e&erce un cargo público sin aber sido designada conorme al ordenamieno ordenamieno ! sin el consentmieno de ninguna auoridad superior, superior, nos enconramos ane( n usurpador de unciones. "1- (13.4) "1- (13.4) Indique, Indique, de los siguienes, cuál o es un ob&etvo del conrol inerno, inerno, según la e! de
$dminisración $dminisración Cinanciera. Eacer más efciene el conrol poserior de la gestón presupuesaria, presupuesaria, económica, fnanciera, parimonial, legal. ""- (11.4.1) ""- (11.4.1) :4uál :4uál de las siguienes es una caracer'stca de la indemni5ación; =odas las respuesas confguran la opción correca. >)eribución económica F +acrifcio F InerAs público F Ginero en eectvo?. "*- (11.4.4) "*- (11.4.4) #s #s un procedimieno previso en proección del dereco de propiedad del su&eo expropiado, expropiado, rene a siuaciones que la $dminisración alera alera de eco el e&ercicio de su dereco de propiedad, sin iniciar el rámie. :$ quA corresponde la defnición; #xpropiación irregular. "/- (6.4.1) "/- (6.4.1) :#l :#l dicamen &ur'dico previo constu!e un $co $dminisratvo; $dminisratvo; o, es un aco preparaorio de la volunad esadual. "0- (9.2.2) "0- (9.2.2) %roveer %roveer la presación que constu!e el ob&eo de un servicio público, conorme a las normas &ur'dicas ! Acnicas aplicables, :a cuál de los caraceres del servicio público lo identfca; )egularidad. "3- (9.2.2) "3- (9.2.2) a a negatva de presar el servicio público en condiciones normales, sin que exisa incumplimieno incumplimieno alguno por pare del usuario, :a cuál de los caraceres del servicio aeca; Hbligaoriedad. "6- (12.2.4) "6- (12.2.4) #n #n aquellos casos en que el #sado debe responder por los daos causados con motvo de su acuar il'cio, el alcance de la indemni5ación comprende( #l dao emergene ! el lucro cesane. "9- (2.7.1) "9- (2.7.1) a a naurale5a naurale5a de las ordenan5as municipales( +on le!es maeriales de aplicación en el campo de su compeencia. "<- (11.3) "<- (11.3) a a +ervidumbre. #s un dereco real que implica su&ear el dominio exclusivo del propieario a cieras limiaciones, que recae sobre un inmueble.
*@- (3.1) *@- (3.1) a a idoneidad, subordinación ! esabilidad son caracer'stcas que acompaan al empleo público debido a que( +e a querido doar a la adminisración en orma permanene de personal preparado ! ale&ar de la relación de empleo público las inererencias pol'tcas. *1- (1.1) *1- (1.1) $quella $quella unción desarrollada por el #sado que se raduce en el dicado de normas &ur'dicas, que tenen como caracer'stca caracer'stca propia propia su alcance general ! su obligaoriedad obligaoriedad se denomina( Cunción egislatva. *"- (3.4) *"- (3.4) #l #l deber de obediencia. #n cuano a su alcance exisen res eor'as( omisión, reieración ! obediencia absolua. **- (3.2) **- (3.2) #sán #sán sometdos al rAgimen de e mpleo público, el personal directvo de( #ne auárquico. */- (12.1) */- (12.1) :uA :uA arJculo del 4ódigo 4ivil, regula la responsabilidad por daos del #sado acional; $r. 111". *0- (6.6) *0- (6.6) +eale +eale enre los siguienes, los eecos de la presunción de legitmidad. =odas las opciones confguran la respuesa correca. *3- (13.3) *3- (13.3) +eale +eale de las siguienes, cuál no es una compeencia de la $udior'a 2eneral de la ación.
%romover la investgación de la conduca adminisratva de los agenes inegranes inegranes de la adminisración nacional cenrali5ada ! descenrali5ada, ! de las empresas,
sociedades ! odo oro ene en que el #sado enga partcipación. *6- (7.4) *6- (7.4) n n aco preparaorio en el procedimieno adminisratvo. :#s impugnable en sede &udicial; o, porque odav'a no se a dicado el aco adminisratvo. adminisratvo. *9- (1.2.1) *9- (1.2.1) as as concepciones sub&etvas de la unción adminisratva, adminisratva, sostenen que se raa de oda o la ma!or pare de la actvidad delK %oder #&ecutvo. *<- (2.3.1) *<- (2.3.1) a a compeencia se caraceri5a porque( #s no negociable, no puede ser ob&eo de acuerdo alguno. /@- (6.2) /@- (6.2) #s #s el aco de volunad común por el cual ambas pares reglan sus derecos ! obligaciones. :$ quA corresponde la defnición; 4onrao adminisratvo. (7.2) ue la $dminisración pueda, durane el procedimieno, ordenar diligenciamieno de 1- (7.2) ue pruebas que no an sido orecidas por el ineresado, responde al principio de( Geerminación ofciosa de la verdad. "- (3.6.1) a (3.6.1) a que tene por ob&eo sancionar las conducas del agene agene que lesionen al buen uncionario de la adminisración ! que se originan en la inobservancia de los deberes de los agenes públicos en el e&ercicio de su unción. $dminisratva. *- (6.4) 4onstu!en (6.4) 4onstu!en elemenos esenciales del aco adminisratvo( adminisratvo( =odas las opciones confguran la respuesa correca. >+ub&etvo, causa, ob&eo, orma ! fnalidad?. /- (6.3) 4ual (6.3) 4ual de las siguienes ace reerencia a un aco adminisratvo de permiso.
4arne para porar armas de uego. 0- (13.6) +eale (13.6) +eale enre los siguienes, cual enunciado es verdadero respeco a los enes
reguladores. +e encuenran en la órbia del e&ecutvo. 3- (12.2.3) :4ómo (12.2.3) :4ómo debe ser el dao para que corresponda su reparación por el esado; =odas las opciones confguran la respuesa correca. >Gao( ciero, real, eectvo en el aecado, comprende dao parimonial, moral, moral, acual o uuro? . 6- (1.2) +egún (1.2) +egún la concepción maerial u ob&etva, pueden e&ercer unción adminisratva los siguienes órganos( #&ecutvo, legislatvo ! Ludicial e&ercen en ocasiones, actvidad maerialmene adminisratva. 9- (2.5) 4uál (2.5) 4uál de las siguienes no es una caracer'stca de la desconcenración( +upone la creación de una nueva entdad con personalidad &ur'dica propia. <- (10.1.2) :4uál de los siguienes es un caracer del uso especial; #xcepcional, oneroso, personal, limiado. 1@- (9.1.1) 1@- (9.1.1) +e +e caraceri5a porque los su&eos partculares de la sociedad deciden libremene, según su crierio ! por su propia iniciatva cuales van a ser sus actvidades en el campo de la producción de bienes ! servicios, ! como las van a desarrollar, desarrollar, personalmene, de manera asociatva o empresarial. #l concepo vertdo corresponde a( #conom'a de mercado. 11- (3.6.3) 11- (3.6.3) a a esrucura del sumario adminisratvo adminisratvo corresponde a( n procedimieno adminisratvo. adminisratvo. 1"- (8.2.1) 1"- (8.2.1) #s #s aquel celebrado enre el e l #sado ! un ercero, donde Ase se obliga a reali5ar una obra >raba&o público?, cu!o pago no le será eecuado direcamene por el #sado sino por cieros adminisrados. adminisrados. 4onrao de emprAsto. 1*- (8.2.4) 1*- (8.2.4) 4uando 4uando no responde a caegor'a alguna de los conraos adminisratvos adminisratvos Jpicos o clásicos ! se vincula direca e inmediaamene inmediaamene a una unción e sencial o espec'fca del #sado, #sado, a un fn público de Ase. :$ quA conrao corresponde corresponde la defnición; $dminisratvo $dminisratvo innominado. 1/- (9.2.3) 1/- (9.2.3) %ara %ara que una deerminada actvidad sea considerada servicio público, ello debe se r esablecido por( a le!. 10- (2.2.2) 10- (2.2.2) +egún +egún la llamada eor'a del órgano, cuando un uncionario público reali5a un eco o dica un aco con motvo de su unción, esá acuando( 4omo si Al mismo uera la adminisración. adminisración. 13- (9.2.1) 13- (9.2.1) %ara %ara que una deerminada presación pueda ser considerada servicio público, se requiere que( #l legislador declare que, deerminada necesidad pública, será satseca ba&o un rAgimen especial. 16- (7.1) 16- (7.1) 4uando 4uando un empleado público quiere soliciar a la $dminisración que le recono5ca la antgMedad a los fnes de uuros ascensos ! para el pago del adicional remuneratvo remuneratvo que ello implica, debe acerlo a ravAs ravAs de( n reclamo adminisratvo. adminisratvo.
19- (6.2) 19- (6.2) #l #l presidene del =ribunal de 4uenas de la %rovincia de 4órdoba dica una resolución a ravAs de la cual sanciona con res meses de suspensión a un empleado. #samos ane que modalidad de acuación( n aco adminisratvo. adminisratvo. 1<- (13.4) 1<- (13.4) Indique Indique de los siguienes, cuál órgano se encarga, según la le! de $dminisración fnanciera, del conrol inerno de la adminisración. +indicaura 2eneral de la ación. "@- (8.1.4) "@- (8.1.4) #s #s oro medio que el #sado utli5a ! consise en la vena de bienes en público al me&or posor. :$ quA corresponde la defnición; )emae público. "1- (8.1.2) "1- (8.1.2) =odos =odos aquellos donde la actvidad o la presación del co-conraane no se relacionen, en orma direca o inmediaa, a alguna de las unciones esenciales o espec'fcas del #sado a los fnes públicos propios propios de ese. :$ quA corresponde la defnición; 4onraos de dereco privado. ""- (2.3.1) ""- (2.3.1) #l #l órgano superior ransfere a uno inerior la resolución de un asuno de su compeencia aumenando de esa orma las aribuciones del inerior. inerior. :$ quA corresponde la defnición; Gelegación. "*- (12.2.4) "*- (12.2.4) %ara %ara que se confgure la responsabilidad exraconracual exraconracual del #sado :4uál de los siguienes presupuesos presupuesos no es verdadero en relación a la misma; %resencia de un deber &ur'dico de soporar el dao. "/- (9.3.6) "/- (9.3.6) #s #s un reo, reproce o adverencia por pare de la auoridad adminisratva adminisratva : $ quA sanción corresponde la defnición; $monesaciones. "0- (12.2.1) "0- (12.2.1) #l #l caso resuelo por la 4ore +uprema de Lustcia de la ación en los auos 7Cerrocarril Hese8 >1<*9?, la 4ore +uprema N Gecidió aplicando el ar. 111" del 44. "3- (2.6.4) "3- (2.6.4) os os enes esaales descenrali5ados, que reali5an actvidades de tpo comercial o indusrial, organi5ado organi5ado ba&o un rAgimen &ur'dico predominanemene privado es( +ociedad del #sado. "6- (3.1) "6- (3.1) a a idoneidad, subordinación ! esabilidad son caracer'stcas que acompaar al empleo público debido a que( +e a querido doar a la adminisración en orma permanene de personal preparado ! ale&ar de la relación de empleo público las inererencias pol'tcas. "9- (4.1.2) "9- (4.1.2) 7#l 7#l dereco sub&etvo exise donde el dereco crea la posibilidad de que Ase exisa como norma ! como siuación &ur'dica8. &ur'dica8. #sa afrmación ue elaborada por( OarienoP. "<- (8.2.3) "<- (8.2.3) :4ómo :4ómo se clasifcan los servicios públicos por la necesidad de su presación; ecesidad de su presaciónK obligaorios( obligaorios( si as' lo precepúa la le!, le!, volunarios( ra5ones de conveniencia, necesidad ! oporunidad. *@- (7.2) *@- (7.2) #l #l de igualdad &ur'dica corresponde al principio susancial de( egalidad.
*1- (9.1.3) *1- (9.1.3) $co $co por el cual se permie a un partcular eecuar una actvidad que no esá proibida, sino que su inicio esá condicionado al previo conrol de c umplimieno de deerminados requisios. :$ quA corresponde la defnición; $uori5ación. *"- (12) *"- (12) Identfque, Identfque, enre los siguienes, cuál no es un elemeno caracer'stco de la visión del dereco $dminisratvo de la responsabilidad del #sado. a noción de culpa. **- (8.2.1) **- (8.2.1) #s #s aquel destnado a la obención de una obra pública, !a sea esa el resulado de un proceso de abricación, insalación insalación mona&e, consrucción o elaboración Qsica o inelecual. :$ quA conrao corresponde la defnición; #l conrao de obra pública. */- (7.2) */- (7.2) #l #l dereco de obener una decisión undada, se deriva del principio( Gebido proceso ad&etvo. *0- (13.3) *0- (13.3) a a $udior'a 2eneral de la ación( =iene a su cargo el conrol exerno del conrol público nacional en sus aspecos parimoniales, económicos, fnancieros ! operatvos. *3- (2.6.1) *3- (2.6.1) a a descenrali5ación descenrali5ación pol'tca( Implica un desmembramieno del poder, poder, operándose la disribución de poesades superiores de auoridad. *6- (12.1) *6- (12.1) :4uál :4uál de los siguienes &urisas sosuvo sosuvo que la responsabilidad del esado por los daos que ocasione, encuenra su undameno en los 7)iesgos +ociales8, +ociales8, lo cual implica excluir la 7culpa8 esaal como undameno de su deber de resarcir los daos que produ5ca por los ecos o acos que le sean impuables; Gugui. *9- (11.4.2) *9- (11.4.2) :4uál :4uál es la primera orma que debe procurarse abonar la indemni5ación en el rámie expropiaorio. expropiaorio. 4onceración direca o avenimieno con el propieario del bien expropiado. *<- (9.2.2) *<- (9.2.2) +eale +eale el modelo de gestón de los servicios públicos que sub!ace en el ar. /" de la 4onstución acional. 2estón privada. /@- (8.2.3) /@- (8.2.3) :4ómo :4ómo se clasifcan los servicios públicos por el carácer de la necesidad; 4arácer de la necesidad( permanene, accidenal o inermiene. /1- (9.2.3) /1- (9.2.3) Identfque, Identfque, enre las siguienes, cuál es una orma de extnción de los servicios públicos. e!. /"- (5.6.4) /"- (5.6.4) #l #l aco unilaeral que emie un órgano de la $dminisración %ública, creador de normas &ur'dicas generales ! obligaorias, obligaorias, que regula, por ano, siuaciones ob&etvas e impersonales, recibe la denominación de( )eglameno. /*- (12.5) /*- (12.5) %ara %ara la confguración de una omisión ant&ur'dica, el #sado o sus entdades deben incumplir una obligación legal expresa o impl'cia. +eale, de los siguienes, cuál enunciado ace reerencia a las caracer'stcas que ella debe ener para que proceda la responsabilidad responsabilidad por omisión. n deber concreo.
//- (6.5) //- (6.5) a a $dminisración %ública puede expresar su volunad de modo ácio. %ara que sea posible aribuirle a su silencio deerminado eeco, es necesario el c umplimieno de los siguienes requisios( %etción de un adminisrado, deber de expedición ! una actvidad pasiva de la $dminisración. /0- (13.1) /0- (13.1) #l #l conrol fnanciero exerno del secor público en la ación lo eecúa( a $udior'a 2eneral de la ación. /3- (6.7) /3- (6.7) $co $co adminisratvo regular es aquel que( 4ontene odos los requisios esenciales de valide5. /6- (9.2.4) /6- (9.2.4) +eale, +eale, enre los siguienes, los caraceres del 7permiso8. 7permiso8. +e raa siempre del oorgamieno oorgamieno de un dereco nuevo al partcular, que confgura una excepción a una proibición impuesa por una norma de polic'a en orma preventva. /9- (3.2) /9- (3.2) :a :a naurale5a &ur'dica del conrao de empleo público es; na relación conracual de dereco público. /<- (10.1.5) /<- (10.1.5) :4uál :4uál de los siguienes es un bien de dominio público erresre; =odas las opciones confguran la respuesa correca. >4alles, caminos, pla5as, puenes, ec?. 0@- (6.7) 0@- (6.7) #l #l aco adminisratvo que adolece de nulidad absolua se caraceri5a en que( #l vicio es undamenal ! puede aecar a uno o varios elemenos esenciales. 01- (9.2.1) 01- (9.2.1) %ara %ara que una deerminada presación pueda ser considerada servicio público, se requiere que( #l legislador declare que, deerminada necesidad pública, será satseca ba&o un rAgimen especial. 0"- (2.2.2) 0"- (2.2.2) +egún +egún la llamada =eor'a del órgano, cuando un uncionario público reali5a un eco o dica un aco con motvo de su unción, esá acuando( 4omo si Al mismo uera la $dminisración. $dminisración. 0*- (7.1) 0*- (7.1) $ $ ravAs del procedimieno adminisratvo adminisratvo se preende la consecución del( Bien común. 0/- (13.1) 0/- (13.1) #l #l organismo adminisratvo que prevA la 4onstución de la %rovincia de 4órdoba para que realice el conrol de legalidad adminisratva adminisratva del #sado, es( #l Ciscal de #sado. 00- (6.6) 00- (6.6) a a e&ecuoriedad del aco adminisratvo adminisratvo signifca que( a $dminisración puede por s' e&ecuarlo coactvamene. 03- (3.9) 03- (3.9) 4uando 4uando la auoridad superior &erárquica le encomienda a un agene público areas de dirección en deerminada repartción del #sado, siendo que por su inerior cargo escalaonario escalaonario esas areas no le corresponden, nos enconramos ane( n uncionario de aco. 06- (9.2.6) 06- (9.2.6) #n #n la %rovincia de 4órdoba, el #ne )egulador de +ervicios %úblicos >#)+#%?, creado por le! D 99*0, se encuenra organi5ado como( n ene auárquico. 09- (6.6) 09- (6.6) a a llamada legitmidad del aco ac o adminisratvo adminisratvo es( na presunción. 0<- (10.1) 0<- (10.1) a a auoridad compeene para aribuir a una cosa e l carácer de dominio público por su naurale5a es(
a ación. 3@- (3.9) 3@- (3.9) 4uando 4uando una persona e&erce un cargo público sin aber sido designada conorme al
ordenamieno ordenamieno ! sin el consentmieno de ninguna auoridad superior, superior, nos enconramos ane( n usurpador de unciones. 31- (13.4) 31- (13.4) Indique, Indique, de los siguienes, cuál o es un ob&etvo del conrol inerno, inerno, según la e! de
$dminisración $dminisración Cinanciera. Eacer más efciene el conrol poserior de la gestón presupuesaria, presupuesaria, económica, fnanciera, parimonial, legal. 3"- (11.4.1) 3"- (11.4.1) :4uál :4uál de las siguienes es una caracer'stca de la indemni5ación; =odas las respuesas confguran la opción correca. >)eribución económica F +acrifcio F InerAs público F Ginero en eectvo?. 3*- (11.4.4) 3*- (11.4.4) #s #s un procedimieno previso en proección del dereco de propiedad del su&eo expropiado, expropiado, rene a siuaciones que la $dminisración alera alera de eco el e&ercicio de su dereco de propiedad, sin iniciar el rámie. :$ quA corresponde la defnición; #xpropiación irregular. 3/- (6.4.1) 3/- (6.4.1) :#l :#l dicamen &ur'dico previo constu!e un $co $dminisratvo; $dminisratvo; o, es un aco preparaorio de la volunad esadual. 30- (9.2.2) 30- (9.2.2) %roveer %roveer la presación que constu!e el ob&eo de un servicio público, conorme a las normas &ur'dicas ! Acnicas aplicables, :a cuál de los caraceres del servicio público lo identfca; )egularidad. 33- (9.2.2) 33- (9.2.2) a a negatva de presar el servicio público en condiciones normales, sin que exisa incumplimieno incumplimieno alguno por pare del usuario, :a cuál de los caraceres del servicio aeca; Hbligaoriedad. 36- (12.2.4) 36- (12.2.4) #n #n aquellos casos en que el #sado debe responder por los daos causados con motvo de su acuar il'cio, el alcance de la indemni5ación comprende( #l dao emergene ! el lucro cesane. 39- (2.7.1) 39- (2.7.1) a a naurale5a naurale5a de las ordenan5as municipales( +on le!es maeriales de aplicación en el campo de su compeencia. 3<- (11.3) 3<- (11.3) a a +ervidumbre. #s un dereco real que implica su&ear el dominio exclusivo del propieario a cieras limiaciones, que recae sobre un inmueble. 6@- (3.1) 6@- (3.1) a a idoneidad, subordinación ! esabilidad son caracer'stcas que acompaan al empleo público debido a que( +e a querido doar a la adminisración en orma permanene de personal preparado ! ale&ar de la relación de empleo público las inererencias pol'tcas. 61- (1.1) 61- (1.1) $quella $quella unción desarrollada por el #sado que se raduce en el dicado de normas &ur'dicas, que tenen como caracer'stca caracer'stca propia propia su alcance general ! su obligaoriedad obligaoriedad se denomina( Cunción egislatva. 6"- (3.4) 6"- (3.4) #l #l deber de obediencia. #n cuano a su alcance exisen res eor'as( omisión, reieración ! obediencia absolua. 6*- (3.2) 6*- (3.2) #sán #sán sometdos al rAgimen de e mpleo público, el personal directvo de(
#ne auárquico. 6/- (12.1) 6/- (12.1) :uA :uA arJculo del 4ódigo 4ivil, regula la responsabilidad por daos del #sado
acional; $r. 111". 60- (6.6) 60- (6.6) +eale +eale enre los siguienes, los eecos de la presunción de legitmidad. =odas las opciones confguran la respuesa correca. 63- (13.3) 63- (13.3) +eale +eale de las siguienes, cuál no es una compeencia de la $udior'a 2eneral de la ación.
%romover la investgación de la conduca adminisratva de los agenes inegranes inegranes de la adminisración nacional cenrali5ada ! descenrali5ada, ! de las empresas,
sociedades ! odo oro ene en que el #sado enga partcipación. 66- (7.4) 66- (7.4) n n aco preparaorio en el procedimieno adminisratvo. :#s impugnable en sede &udicial; o, porque odav'a no se a dicado el aco adminisratvo. adminisratvo. 69- (1.2.1) 69- (1.2.1) as as concepciones sub&etvas de la unción adminisratva, adminisratva, sostenen que se raa de oda o la ma!or pare de la actvidad delK %oder #&ecutvo. 6<- (2.3.1) 6<- (2.3.1) a a compeencia se caraceri5a porque( #s no negociable, no puede ser ob&eo de acuerdo alguno. 9@- (6.2) 9@- (6.2) #s #s el aco de volunad común por el cual ambas pares reglan sus derecos ! obligaciones. :$ quA corresponde la defnición; 4onrao adminisratvo. /1- (7.2) /1- (7.2) ue ue la $dminisración pueda, durane el procedimieno, ordenar diligenciamieno de pruebas que no an sido orecidas por el ineresado, responde al principio de( Geerminación ofciosa de la verdad. /"- (3.6.1) /"- (3.6.1) a a que tene por ob&eo sancionar las conducas del agene agene que lesionen al buen uncionario de la adminisración ! que se originan en la inobservancia de los deberes de los agenes públicos en el e&ercicio de su unción. $dminisratva. /*- (6.4) /*- (6.4) 4onstu!en 4onstu!en elemenos esenciales del aco adminisratvo( adminisratvo( =odas las opciones confguran la respuesa correca. >+ub&etvo, causa, ob&eo, orma ! fnalidad?. //- (6.3) //- (6.3) 4ual 4ual de las siguienes ace reerencia a un aco adminisratvo de permiso. 4arne para porar armas de uego. /0- (13.6) /0- (13.6) +eale +eale enre los siguienes, cual enunciado es verdadero respeco a los enes reguladores. +e encuenran en la órbia del e&ecutvo. /3- (12.2.3) /3- (12.2.3) :4ómo :4ómo debe ser el dao para que corresponda su reparación por el esado; =odas las opciones confguran la respuesa correca. >Gao( ciero, real, eectvo en el aecado, comprende dao parimonial, moral, moral, acual o uuro? . /6- (1.2) /6- (1.2) +egún +egún la concepción maerial u ob&etva, pueden e&ercer unción adminisratva los siguienes órganos( #&ecutvo, legislatvo ! Ludicial e&ercen en ocasiones, actvidad maerialmene adminisratva. /9- (2.5) /9- (2.5) 4uál 4uál de las siguienes no es una caracer'stca de la desconcenración(
+upone la creación de una nueva entdad con personalidad &ur'dica propia. /<- (10.1.2) /<- (10.1.2) :4uál de los siguienes es un caracer del uso especial; #xcepcional, oneroso, personal, limiado. 0@- (9.1.1) 0@- (9.1.1) +e +e caraceri5a porque los su&eos partculares de la sociedad deciden libremene,
según su crierio ! por su propia iniciatva cuales van a ser sus actvidades en el campo de la producción de bienes ! servicios, ! como las van a desarrollar, desarrollar, personalmene, de manera asociatva o empresarial. #l concepo vertdo corresponde a( #conom'a de mercado. 01- (3.6.3) 01- (3.6.3) a a esrucura del sumario adminisratvo adminisratvo corresponde a( n procedimieno adminisratvo. adminisratvo. 0"- (8.2.1) 0"- (8.2.1) #s #s aquel celebrado enre el e l #sado ! un ercero, donde Ase se obliga a reali5ar una obra >raba&o público?, cu!o pago no le será eecuado direcamene por el #sado sino por cieros adminisrados. adminisrados. 4onrao de emprAsto. 0*- (8.2.4) 0*- (8.2.4) 4uando 4uando no responde a caegor'a alguna de los conraos adminisratvos adminisratvos Jpicos o clásicos ! se vincula direca e inmediaamene inmediaamene a una unción e sencial o espec'fca del #sado, #sado, a un fn público de Ase. :$ quA conrao corresponde corresponde la defnición; $dminisratvo $dminisratvo innominado. 0/- (9.2.3) 0/- (9.2.3) %ara %ara que una deerminada actvidad sea considerada servicio público, ello debe se r esablecido por( a le!. 00- (2.2.2) 00- (2.2.2) +egún +egún la llamada eor'a del órgano, cuando un uncionario público reali5a un eco o dica un aco con motvo de su unción, esá acuando( 4omo si Al mismo uera la adminisración. adminisración. 03- (9.2.1) 03- (9.2.1) %ara %ara que una deerminada presación pueda ser considerada servicio público, se requiere que( #l legislador declare que, deerminada necesidad pública, será satseca ba&o un rAgimen especial. 06- (7.1) 06- (7.1) 4uando 4uando un empleado público quiere soliciar a la $dminisración que le recono5ca la antgMedad a los fnes de uuros ascensos ! para el pago del adicional remuneratvo remuneratvo que ello implica, debe acerlo a ravAs ravAs de( n reclamo adminisratvo. adminisratvo. 09- (6.2) 09- (6.2) #l #l presidene del =ribunal de 4uenas de la %rovincia de 4órdoba dica una resolución a ravAs de la cual sanciona con res meses de suspensión a un empleado. #samos ane que modalidad de acuación( n aco adminisratvo. adminisratvo. 0<- (13.4) 0<- (13.4) Indique Indique de los siguienes, cuál órgano se encarga, según la le! de $dminisración fnanciera, del conrol inerno de la adminisración. +indicaura 2eneral de la ación. 3@- (8.1.4) 3@- (8.1.4) #s #s oro medio que el #sado utli5a ! consise en la vena de bienes en público al me&or posor. :$ quA corresponde la defnición; )emae público. 31- (8.1.2) 31- (8.1.2) =odos =odos aquellos donde la actvidad o la presación del co-conraane no se relacionen, en orma direca o inmediaa, a alguna de las unciones esenciales o
espec'fcas del #sado a los fnes públicos propios propios de ese. :$ quA corresponde la defnición; 4onraos de dereco privado. 3"- (2.3.1) 3"- (2.3.1) #l #l órgano superior ransfere a uno inerior la resolución de un asuno de su compeencia aumenando de esa orma las aribuciones del inerior. inerior. :$ quA corresponde la defnición; Gelegación. 3*- (12.2.4) 3*- (12.2.4) %ara %ara que se confgure la responsabilidad exraconracual exraconracual del #sado :4uál de los siguienes presupuesos presupuesos no es verdadero en relación a la misma; %resencia de un deber &ur'dico de soporar el dao. 3/- (9.3.6) 3/- (9.3.6) #s #s un reo, reproce o adverencia por pare de la auoridad adminisratva adminisratva : $ quA sanción corresponde la defnición; $monesaciones. 30- (12.2.1) 30- (12.2.1) #l #l caso resuelo por la 4ore +uprema de Lustcia de la ación en los auos 7Cerrocarril Hese8 >1<*9?, la 4ore +uprema N Gecidió aplicando el ar. 111" del 44. 33- (2.6.4) 33- (2.6.4) os os enes esaales descenrali5ados, que reali5an actvidades de tpo comercial o indusrial, organi5ado organi5ado ba&o un rAgimen &ur'dico predominanemene privado es( +ociedad del #sado. 36- (3.1) 36- (3.1) a a idoneidad, subordinación ! esabilidad son caracer'stcas que acompaar al empleo público debido a que( +e a querido doar a la adminisración en orma permanene de personal preparado ! ale&ar de la relación de empleo público las inererencias pol'tcas. 39- (4.1.2) 39- (4.1.2) 7#l 7#l dereco sub&etvo exise donde el dereco crea la posibilidad de que Ase exisa como norma ! como siuación &ur'dica8. &ur'dica8. #sa afrmación ue elaborada por( OarienoP. 3<- (8.2.3) 3<- (8.2.3) :4ómo :4ómo se clasifcan los servicios públicos por la necesidad de su presación; ecesidad de su presaciónK obligaorios( obligaorios( si as' lo precepúa la le!, le!, volunarios( ra5ones de conveniencia, necesidad ! oporunidad. 6@- (7.2) 6@- (7.2) #l #l de igualdad &ur'dica corresponde al principio susancial de( egalidad. 61- (9.1.3) 61- (9.1.3) $co $co por el cual se permie a un partcular eecuar una actvidad que no esá proibida, sino que su inicio esá condicionado al previo conrol de c umplimieno de deerminados requisios. :$ quA corresponde la defnición; $uori5ación. 6"- (12) 6"- (12) Identfque, Identfque, enre los siguienes, cuál no es un elemeno caracer'stco de la visión del dereco $dminisratvo de la responsabilidad del #sado. a noción de culpa. 6*- (8.2.1) 6*- (8.2.1) #s #s aquel destnado a la obención de una obra pública, !a sea esa el resulado de un proceso de abricación, insalación insalación mona&e, consrucción o elaboración Qsica o inelecual. :$ quA conrao corresponde la defnición; #l conrao de obra pública. 6/- (7.2) 6/- (7.2) #l #l dereco de obener una decisión undada, se deriva del principio( Gebido proceso ad&etvo. 60- (13.3) 60- (13.3) a a $udior'a 2eneral de la ación(
=iene a su cargo el conrol exerno del conrol público nacional en sus aspecos
parimoniales, económicos, fnancieros ! operatvos. 63- (2.6.1) 63- (2.6.1) a a descenrali5ación descenrali5ación pol'tca( Implica un desmembramieno del poder, poder, operándose la disribución de poesades superiores de auoridad. 66- (12.1) 66- (12.1) :4uál :4uál de los siguienes &urisas sosuvo sosuvo que la responsabilidad del esado por los daos que ocasione, encuenra su undameno en los 7)iesgos +ociales8, +ociales8, lo cual implica excluir la 7culpa8 esaal como undameno de su deber de resarcir los daos que produ5ca por los ecos o acos que le sean impuables; Gugui. 69- (11.4.2) 69- (11.4.2) :4uál :4uál es la primera orma que debe procurarse abonar la indemni5ación en el rámie expropiaorio. expropiaorio. 4onceración direca o avenimieno con el propieario del bien expropiado. 6<- (9.2.2) 6<- (9.2.2) +eale +eale el modelo de gestón de los servicios públicos que sub!ace en el ar. /" de la 4onstución acional. 2estón privada. 9@- (8.2.3) 9@- (8.2.3) :4ómo :4ómo se clasifcan los servicios públicos por el carácer de la necesidad; 4arácer de la necesidad( permanene, accidenal o inermiene.