En la ciudad de Guatemala, siendo las diez horas del día miércoles veintitrés de febrero del año dos mil once; YO: OSCAR EDUARDO ARAGON CIFUENTES, Notario, ubicado ubicado en la Tercera calle, calle, treinta y tres guión diecinueve diecinueve de la zona once de esta ciudad, colonia Utatlán Utatlán dos (II) a requerimiento del señor JOSE ANTONIO ALVAREZ GARCIA, de setenta y siete años de edad, casado, comerciante, guatemalteco, de este domicilio, persona de mí anterior conocimiento, quien actúa en representación de su hija FABIOLA ÁLVAREZ SÁNCHEZ, calidad que acredita con el Mandato Mandato Judicial Judicial y General General con representación representación y cláusula cláusula especial, otorgado mediante escritura pública número trece (13) autorizada en esta ciudad el día ocho de diciembre del año dos mil por el Notario Pablo Adolfo Leal Oliva e inscritos en el Registro de Poderes del Archivo Gene General ral de Prot Protoc ocol olos os bajo bajo los los núme números ros:: Trei Treint nta a mil mil sete seteci cien ento toss cuat cuatro ro (307 (30704 04)) Foli Folio o cuatrocientos noventa y tres (493) del Libro veintidós (22) de Mandatos y Treinta mil setecientos cinco (30705) Folio cuatrocientos noventa y cuatro (494) del Libro veintidós (22) de Mandatos, respectivamente. El Requirente me asegura ser de los los datos y las generales anotadas, hallarse en el libre ejercicio ejercicio de sus derechos civiles civiles y que requiere mis servicios servicios Notariales Notariales para hacer constar el SALDO DEUDOR que existe en los libros de contabilidad legalmente llevados por la empresa mercantil “ CHATITA” , en contra de la entidad mercantil TRANSGRAFIC, SOCIEDAD
ANÓNIMA, procediéndose como sigue: PRIMERO: El señor José Antonio Álvarez García es juramentado de conformidad con la ley para que se conduzca nada más con la verdad durante la pres presen ente te dili dilige genc ncia ia y ente entera rado do de las las pena penass rela relatitiva vass al deli delito to de perj perjuri urio, o, decl declara ara expresamente sobre los siguientes extremos: a) Que su hija Fabiola Álvarez Sánchez es propietaria propietaria de la empresa empresa mercantil mercantil denominada “CHATITA” inscrita en el Registro Mercantil General de la República bajo el número: ciento sesenta y dos mil seiscientos treinta y siete (162,6 (162,637) 37) Folio Folio tresci trescient entos os veinti veinticin cinco co (325) (325) del Libro Libro ciento ciento veinte veinte (120) (120) de empres empresas as mercantiles, categoría única, cuya sede se ubica en el lugar donde actualmente me encuentro;
b) Que por un precio de seiscientos mil (Q.600,000.00) quetzales y por medio de contrato
verbal celebrado el día dos de septiembre del año dos mil diez, su hija le vendió con pacto de reserva de dominio a la entidad mercantil TRASGRAFIC, SOCIEDAD ANÓNIMA, dos (2) maquinas identificadas como: Maquina pegadora de cajas de cartón marca INTERNATIONAL TIPO SWITY y Maquina Troqueladora marca IIJIMA, respectivamente, compraventa que fue inscrita en los libros de contabilidad que para el efecto se llevan legalmente en la empresa
“CHATITA” y se adquirió la obligación de entregar la factura contable al momento de cancelarse la totalidad de lo adeudado, más el Impuesto al Valora Agregado IVA correspondiente. De la cantidad pactada se ha hecho efectiva la cantidad de doscientos cuarenta mil (Q.240,000.00) quetzales que han ingresado a los activos de la empresa Chatita, quedando un saldo deudor de trescientos sesenta mil (Q.360,000.00) quetzales. SEGUNDO: Acto seguido procedo a verificar que los libros de contabilidad se encuentran debidamente habilitados por la Superintendencia de Administración Tributaria, de conformidad con la resolución número dos mil siete guión uno guión ciento treinta y dos mil trescientos treinta y ocho (2007-1-132338), emitida por la Superintendencia de Administración Tributaria con fecha veintinueve de julio del años dos mil siete los cuales se llevan en forma electrónica. Seguidamente reviso los libros de contabilidad que para el efecto se llevan legalmente en la empresa “CHATITA” , comprobando que en los mismos se hace constar que el saldo deudor en contra de la entidad mercantil TRASGRAFIC, SOCIEDAD ANONIMA, es resultado de las partidas número dieciséis F (16F) por la cantidad de seis cientos mil (Q.600,000.00) quetzales que corresponde al valor de venta al crédito de las máquinas; así mismo se encuentran registradas la partida número diecinueve B (19B) en la que se opera durante el mes de septiembre del año dos mil diez un primer abono por la cantidad de ciento veinte mil (Q.120,000.00) quetzales; y la partida número veintiuno B (21B) en la que se opera durante el mes octubre del año dos mil diez un segundo abono por la cantidad de ciento veinte mil (Q.120,000.00) quetzales, ambas partidas constan en las hojas electrónicas comprendidas
entre el folio cuatro (4) y el folio ocho (8) del libro diario de operaciones de la empresa
CHATITA , no encontrándose en los libros ninguna otra partida a favor de TRASGRAFIC, SOCIEDAD ANÓNIMA, constando que el total abonado asciende a la cantidad de doscientos cuarenta mil (Q.240,0000.00), quetzales; por tal razón a la fecha la empresa CHATITA tiene un
SALDO DEUDOR de trescientos sesenta mil (Q.360,000.00) quetzales en contra de la entidad mercantil denominada TRANSGRAFIC, SOCIEDAD ANÓNIMA. TERCERO: Conforme lo requerido, yo el infrascrito Notario HAGO CONSTAR: a) Que se verificaron los libros de contabilidad legalmente llevados por la empresa CHATITA , b) Que existe un SALDO DEUDOR que asciende a la cantidad de TRESCIENTOS SESENTA MIL (Q.360,000.00) QUETZALES, consta en los libros de contabilidad llevados legalmente por la empresa CHATITA en contra de la entidad mercantil denominada TRANSGRAFIC, SOCIEDAD ANÓNIMA. No habiendo más que hacer constar se da por terminada la presente diligencia en el mismo lugar y fecha, a sesenta minutos de su inicio y para que sirva de titulo ejecutivo al Requirente, autorizo la presente acta Notarial en dos (2) hojas de papel bond tamaño oficio, las que número, sello y firmo. Leo lo escrito al Requirente y bien impuesto de su contenido, objeto y demás efectos legales, lo ratifica, acepta y firma junto con el notario autorizante quien de todo lo actuado; DOY
FE:
ANTE MÍ: