La prueba pericial
CP Daniel R. Balihaut - Perito
Qué es la prueba? • Es la actividad procesal realizada a través de los medios establecidos por la ley y tendiente a crear la convicción del Juez sobre la existencia, o no, de los hechos afirmados por las partes como fundamento de sus pretensiones. CP Daniel R. Balihaut - Perito
Qué se prueba? • Hechos controvertido controvertidoss • Hechos conducentes CP Daniel R. Balihaut - Perito
Hechos exentos de prueba • Los NO afirmados (o extemporáneos) • Los afirmados por una parte y admitidos por la otra • Los afirmados y controvertidos, pero inconducentes • Los afirmados y controvertidos, pero ilícitos (art. 502º CC) • Los corrientes • Los evidentes • Los notorios CP Daniel R. Balihaut - Perito
Cuándo se prueba? • Etapa introductoria • Etapa de prueba • Etapa decisoria CP Daniel R. Balihaut - Perito
Quién debe probar? • Las partes interesadas como ppio. gral. (onus probandi) • El juez: facultades inquisitivas
CP Daniel R. Balihaut - Perito
Prueba documental (arts. 401º a 412º CPCCLRM) Cualquier soporte material en el que se pueda
almacenar información.
Objeto en el que se materializa un
pensamiento.
Sirve de prueba histórica indirecta y
representativa de un hecho pasado. CP Daniel R. Balihaut - Perito
Clases de documentos • Literales • Materiales
Instrumentos
públicos Instrumentos privados Planos Fotografías Películas Videos Mapas CD´s, etc CP Daniel R. Balihaut - Perito
Prueba de informes (arts. 426º a 428º CPCCLRM) • Aportan
al proceso documentos o instrumentos en poder de terceros. • Proceden respecto de actos o hechos que resulten de la documentación, archivo o registros contables del informante. • El informe debe fundarse en antecedentes documentales preexistentes al proceso. CP Daniel R. Balihaut - Perito
Prueba de absolución de posiciones (arts. 384º a 389º CPCCLRM) • Declaración
de parte respecto de la verdad de los hechos pasados, personales o de su conocimiento. • Prestada con conciencia de que se proporciona evidencia a la contraria. CP Daniel R. Balihaut - Perito
Prueba testimonial (arts. 390º a 400º CPCCLRM – arts. 214º a 226º CPP) • Citación a persona física para que ponga en conocimiento del juez una serie de hechos o circunstancias que han caído bajo el dominio de sus sentidos. CP Daniel R. Balihaut - Perito
Prueba de reconocimiento judicial (arts. 422º a 425º CPCCLRM – arts. 191º a 198º CPP) • Percepción sensorial directa de cosas, lugares o personas. hechos. • Alternativa: reconstrucción de hechos.
• Pueden asistir testigos y/o peritos.
CP Daniel R. Balihaut - Perito
Prueba pericial (arts. 413º a 421º CPCCLRM – arts. 227º a 241º CPP)
• Es el informe sobre la verificación de hechos, sus causas y consecuencias, confeccionado por personas calificadas y destinado a suministrar los conocimientos conocimien tos técnicos, científicos y/o artísticos específicos, de los cuales el juez carece carece y necesita, necesita, para dirimir una una contienda. CP Daniel R. Balihaut - Perito
Prueba pericial vs. Prueba documental Pericial
Documental
• Realizada por el experto al exclusivo fin del proceso • Se circunscribe a los hechos aportados en autos
• Elemento material acercado al proceso. • Origen ajeno al juicio.
CP Daniel R. Balihaut - Perito
Prueba pericial vs. Prueba informativa Pericial
Informativa
• Realizada por el experto al exclusivo fin del proceso
• Recopilación de datos y/o elementos documentales en poder de terceros
• Se circunscribe a los hechos aportados en autos
• Origen ajeno al juicio
CP Daniel R. Balihaut - Perito
Prueba pericial vs. Prueba testimonial Perito
Testigo
Utiliza deducciones y/o
juicios técnicos o científicos • El dictamen es conceptual y deductivo • Puede dictaminar sobre hechos futuros • Es un deber procesal
• Narra lo que percibió sensorialmente • El testimonio es reconstructivo y representativo • No puede dictaminar sobre hechos futuros • Es un deber cívico
CP Daniel R. Balihaut - Perito
Prueba pericial vs. Prueba testimonial (cont.) Testigo
Perito Es nombrado por el juez
y debe aceptar cargo Es remunerado Actúa en virtud de un
encargo de un funcionario judicial
• Su condición nace con el acontecimiento que percibió • No es remunerado • Puede presentarse espontáneamente
CP Daniel R. Balihaut - Perito
Naturaleza jurídica del dictamen pericial • Es NO VINCULANTE, pero …
CP Daniel R. Balihaut - Perito
Concepto de perito - Misión • Se trata de terceros que auxilian al Juez en la percepción y verificación de determinados hechos que, por su condición o carácter técnico, escapan al saber corriente del mismo.
CP Daniel R. Balihaut - Perito
Constituye el dictamen pericial una prueba en sí misma?
SI – NO CP Daniel R. Balihaut - Perito
El Juez y el Perito • Relación funcional, NO de dependencia. • Puede impartir directivas de forma de procedimiento de presentación NO
de contenido técnico CP Daniel R. Balihaut - Perito
Puede el Juez actuar como perito??? Ud. qué cree?
El juez-perito • Si emite dictamen pericial dentro de la etapa probatoria
PREJUZGAMIENTO CP Daniel R. Balihaut - Perito
El juez-perito • Si las partes impugnan dictamen técnico realizado por el magistrado
INCOMPATIBILIDAD CP Daniel R. Balihaut - Perito
El juez-perito • En el momento de apreciar la prueba para resolver el conflicto
FALTA DE OBJETIVIDAD EN LA VALORACIÓN CP Daniel R. Balihaut - Perito
El juez-perito • Si la profesión está reglamentada
INHABILITACIÓN CP Daniel R. Balihaut - Perito
Clases de peritaciones Según su FINALIDAD Para VERIFICAR existencia de hechos Para APLICAR reglas científicas o
técnicas a los hechos verificados Para ENUNCIAR reglas de la experiencia técnica sobre las que el perito califica CP Daniel R. Balihaut - Perito
Clases de peritaciones Según la LA EXIGENCIA DE SU PRÁCTICA Forzosas
ó Potestativas o discreciona discrecionales les CP Daniel R. Balihaut - Perito
Clases de peritaciones Según la OPORTUNIDAD DE OCURRENCIA Judiciales
ó Extrajudiciales CP Daniel R. Balihaut - Perito
Clases de peritaciones Según la INMEDIATEZ DE LOS EFECTOS PROBATORIOS De presente
ó De futuro CP Daniel R. Balihaut - Perito
Clases de peritaciones Según QUIÉN IMPULSE LA PRUEBA Oficiosa
ó Por iniciativa de partes CP Daniel R. Balihaut - Perito
Cuentito para pensar …….. 1. Papá elefante, mamá elefanta y el pequeño elefantito se disponían a cruzar un arroyo. 2. Lo cruzan rápidamente eludiendo las peligrosas mandíbulas de los cocodrilos asesinos. or illa el elefantito dice 3. Al llegar a la otra orilla - uy, qué bien que cruzamos los cuatro!!!! Pregunta:
¿por qué dijo «los cuatro», CP Daniel R. Balihaut - Perito
Características – Perfil del perito •
I D O N E I D A D .. -
•
I N E X I ST E N CI CI A D E CAUSAL CAUS AL ES D E EXCUSACI Ó N
Título profesional y/o Competencia en la materia
Ídem jueces
Causales de excusación y/o recusación de peritos Vínculos de parentezco con las partes. Interés en el pleito. Litis pendiente con alguna de las partes. Ídem denuncia y/o querella. • Ser acreedor, deudor y/o fiador de las partes. • Haber recibido beneficios, regalos y/o dádivas. • Amistad con alguna de las partes. • Enemistad, odio y/o resentimiento con alguna parte. • Haber emitido opinión o dado recomendaciones, antes o después de haberse iniciado el pleito. • • •
El perito de oficio • Asesora al Juez. • Designación por sorteo (integra listado). e l PENAL. • Actúa en todos los fueros excepto el • Debe aceptar el cargo. • Intervención obligatoria. • Puede ser recusado. Lo remueve sólo el juez y con causa. • Se le regulan honorarios en la sentencia. CP Daniel R. Balihaut - Perito
El perito de
parte
• Asesora al Juez. • Lo propone la parte (integra listado). • Por lo gral. actúan en el fuero PENAL. • Debe aceptar el cargo. obligatoria , en forma conjunta con el el • Actuación obligatoria, perito oficial. • Puede ser recusado. • Pacta honorarios con la parte. Puede solicitar regulación. CP Daniel R. Balihaut - Perito
El perito oficial • Asesora al Juez. • Actúa en el fuero PENAL, ocasionalmente ocasiona lmente otros. otro s. • El Juez ordena pericia y se asigna según turnos. • Presta juramento ante S.T.J. obligatoria . • Actuación obligatoria. • Coordina las diligencias periciales. • Es recusable. Remueve el Juez con causa. • Es remunerado a sueldo. No percibe honorarios. CP Daniel R. Balihaut - Perito
El consultor
técnico
• Asesora a la parte. • Actúa en todos los fueros, excepto LABORAL L ABORAL y PENAL. • Lo designa la parte, no necesita inscripción. • No necesita aceptar cargo. Lo notifica la parte. • Actuación facultativa. • No es recusable. Lo remueve la parte sin causa. • Pacta honorarios con la parte. Integra condena en costas. CP Daniel R. Balihaut - Perito
Responsabilidades del perito • Penal • Civil • Administrativa • Profesional o ética • Social CP Daniel R. Balihaut - Perito
Cuándo es pasible el perito de responsabilidad PENAL? Afirma o o niega niega falsamente falsamente hechos • Afirma Oculta hechos hechos o circunstancias que • Oculta
harían
modificar sus conclusiones • Dice haber realizado verificaciones, sin haberlo hecho sin tener tener certeza • Afirma conclusiones, sin • Da conceptos contrarios a la realidad por interés económico o personal
Delitos tipificados • FALSO DICTAMEN (art. 275º CP) • PERITO FALSO Y AGRAVANTES DEL
FALSO DICTAMEN (art. 275º y 276º CP) • DIVULGACIÓN DEL SECRETO PROFESIONAL (art. 156º CP)
Cuándo es pasible el perito de responsabilidad CIVIL? Un daño daño o o un perjuicio •
Cuando ocasione a las partes
En forma dolosa dolosa o o culpable En ocasión ocasión del del desempeño de su cargo
Casos de eventual responsabilidad responsabil idad civil civil Si después de aceptar el cargo … Renuncia sin motivo atendible Se rehúsa a dar su dictamen o no lo
presenta Destruye o deteriora cosas y/o documentos Viola el secreto profesional Incurre en errores inexcusables que determinan el sentido de una sentencia CP Daniel R. Balihaut - Perito
Responsabilidad administrativa • Derivada del incumplimiento de normas previstas en el código de procedimiento y en las reglamentaciones de orden administrativo. • Responde ante la autoridad jurisdiccional • Ej: remoción, multa, apercibimiento, reducción de honorarios, exclusión de listas, etc. CP Daniel R. Balihaut - Perito
Responsabilidad profesional ó ética • En profesiones reglamentadas. • Sanciones previstas por los Tribunales de Ética y Disciplina de cada profesión. Advertencia Amonestación Censura pública Suspensión en el ejercicio profesional Cancelación de matrícula CP Daniel R. Balihaut - Perito
Responsabilidad Social • Compromiso de actitud responsable de los profesionales para con la sociedad. • El profesional universitario debe obrar con SOLIDARIDAD, DIGNIDAD y SENTIDO SOCIAL. • Agravante de de la responsabilida responsabilidad d profesional. CP Daniel R. Balihaut - Perito
Una reflexión final … Hay dos palabras que SIEMPRE debes recordar, porque te abrirán muchas puertas:
“TIRE” y “EMPUJE” Bye!!!