norma española
UNE-EN 10204
Julio 2006 TÍTULO
Productos metálicos Tipos de documentos de inspección
Metallic products. Types Types of inspection documents. documents. Produits métalliques. métalliques. Types de documents de de contrôle.
CORRESPONDENCIA
Esta norma es la versión oficial, en español, de la Norma Europea EN 10204 de octubre de 2004.
OBSERVACIONES
Esta norma anula y sustituye a las Normas UNE 36801 de abril de 1992 y UNE 36801/1M de septiembre de 1996.
ANTECEDENTES
Esta norma ha sido elaborada por el comité técnico AEN/CTN 36 Siderurgia cuya Secretaría desempeña CALIDAD SIDERÚRGICA, S.R.L.
Editada e impresa por AENOR Depósito legal: M 31160:2006
LAS OBSERVACIONES A ESTE DOCUMENTO HAN DE DIRIGIRSE A:
© AENOR 2006 Reproducción prohibida
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Grupo 10
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S
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NORMA EUROPEA EUROPEAN STANDARD NORME EUROPÉENNE EUROPÄISCHE NORM
EN 10204 Octubre 2004
ICS 01.110; 77.080.01; 77.120.01
Sustituye a EN 10204:1991
Versión en español
Productos metálicos Tipos de documentos de inspección
Metallic products. Types of inspection documents.
Produits métalliques. Types de documents de contrôle.
Metallische Erzeugnisse. Arten von Prüfbescheinigungen.
Esta norma europea ha sido aprobada por CEN el 2004-08-08. Los miembros de CEN están sometidos al Reglamento Interior de CEN/CENELEC que define las condiciones dentro de las cuales debe adoptarse, sin modificación, la norma europea como norma nacional. Las correspondientes listas actualizadas y las referencias bibliográficas relativas a estas normas nacionales, pueden obtenerse en el Centro de Gestión de CEN, o a través de sus miembros. Esta norma europea existe en tres versiones oficiales (alemán, francés e inglés). Una versión en otra lengua realizada bajo la responsabilidad de un miembro de CEN en su idioma nacional, y notificada al Centro de Gestión, tiene el mismo rango que aquéllas. Los miembros de CEN son los organismos nacionales de normalización de los países siguientes: Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Suecia y Suiza.
CEN COMITÉ EUROPEO DE NORMALIZACIÓN European Committee for Standardization Comité Européen de Normalisation Europäisches Komitee für Normung CENTRO DE GESTIÓN: Rue de Stassart, 36 B-1050 Bruxelles ©
2004 Derechos de reproducción reservados a los Miembros de CEN.
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ÍNDICE Página PRÓLOGO ....................................................................................................... .................................
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1
OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN ....................................................... ...............
6
2
TÉRMINOS Y DEFINICIONES........................................................................ ............
6
3
DOCUMENTOS DE INSPECCIÓN BASADOS EN INSPECCIONES NO ESPECÍFICAS ....................................................................................................... ...
6
DOCUMENTOS DE INSPECCIÓN BASADOS EN INSPECCIONES ESPECÍFICAS ........................................................ .........................................................
7
5
VALIDACIÓN Y TRANSMISIÓN DE DOCUMENTOS DE INSPECCIÓN ...........
7
6
TRANSMISIÓN DE DOCUMENTOS DE INSPECCIÓN POR UN INTERMEDIARIO................................................................................... .......
7
4
ANEXO A (Informativo)
RESUMEN DE LOS DOCUMENTOS DE INSPECCIÓN ........
8
ANEXO ZA (Informativo)
CORRESPONDENCIA ENTRE ESTA NORMA EUROPEA Y LOS REQUISITOS ESENCIALES DE LA DIRECTIVA 97/23/CE DE LA UE...................................................... .................
9
BIBLIOGRAFÍA....................................................................... ...................................................... ..
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PRÓLOGO Esta Norma Europea EN 10204:2004 ha sido elaborada por el Comité Técnico ECISS/TC 9 Condiciones técnicas de suministro y control de calidad , cuya Secretaría desempeña IBN. Esta norma europea debe recibir el rango de norma nacional mediante la publicación de un texto idéntico a la misma o mediante ratificación antes de finales de abril de 2005, y todas las normas nacionales técnicamente divergentes deben anularse antes de finales de abril de 2005. Esta norma anula y sustituye a la Norma Europea EN 10204:1991. Esta norma europea ha sido elaborada bajo un Mandato dirigido a CEN por la Comisión Europea y por la Asociación Europea de Libre Cambio, y sirve de apoyo a los requisitos esenciales de las Directivas europeas 97/23/CE. La relación con la Directiva 97/23/CE, se recoge en el anexo informativo ZA, que forma parte integrante de esta norma. Los cambios principales son los siguientes: −
nuevas definiciones: "fabricante", "intermediario" y "especificación de producto"
−
reducción del número de documentos de inspección: −
se ha eliminado el tipo 2.3 de la versión anterior;
−
el tipo 3.1.B de la edición anterior se sustituye por el tipo 3.1;
−
los tipos 3.1.A, 3.1.C y el acta de inspección 3.2 de la edición anterior se sustituyen por el tipo 3.2.
De acuerdo con el Reglamento Interior de CEN/CENELEC, están obligados a adoptar esta norma europea los organismos de normalización de los siguientes países: Alemania, Austria, Bélgica, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Suecia y Suiza.
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1 OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN 1.1 Esta norma especifica los diferentes tipos de documentos de inspección que, de acuerdo con los requisitos del pedido, se entregan al comprador para el suministro de productos metálicos, por ejemplo, chapas, bandas, barras, forjados, piezas moldeadas, con independencia de su forma de producción. 1.2 Esta norma puede aplicarse también a productos no metálicos. 1.3 Esta norma se utiliza conjuntamente con las especificaciones de producto que indiquen las condiciones técnicas de suministro de los productos. NOTA 1
−
La lista de información que puede incluirse en los documentos de inspección puede encontrarse en las normas apropiadas, por ejemplo, la Norma Europea EN 10168 para el acero.
NOTA 2
−
En el anexo A se recoge un resumen de los diferentes tipos de documentos de inspección.
2 TÉRMINOS Y DEFINICIONES En el contexto de esta norma, son de aplicación los términos y definiciones siguientes:
2.1 inspección no específica: Inspección efectuada por el fabricante, de acuerdo con sus propios procedimientos, para evaluar si los productos definidos por la misma especificación de producto y realizados con el mismo proceso de fabricación, cumplen o no con los requisitos del pedido. Los productos inspeccionados no tienen por qué ser necesariamente los productos realmente suministrados.
2.2 inspección específica: Inspección efectuada antes del suministro, de acuerdo con la especificación de producto, sobre los productos a suministrar o sobre unidades de inspección de las cuales formen parte los productos suministrados, para verificar que estos productos cumplen con los requisitos del pedido. 2.3 fabricante: Organización que fabrica los productos respectivos de acuerdo con los requisitos del pedido y con las propiedades indicadas en la especificación de producto de referencia. 2.4 intermediario: Organización que se abastece de productos de los fabricantes y que después los suministra sin procesado posterior o bien los procesa posteriormente pero sin alterar las propiedades indicadas en la orden de compra y en la especificación de producto de referencia. 2.5 especificación de producto: Requisitos técnicos detallados, relevantes para el pedido, recogidos en un documento escrito, por ejemplo, reglamentos de referencia, normas u otras especificaciones. 3 DOCUMENTOS DE INSPECCIÓN BASADOS EN INSPECCIONES NO ESPECÍFICAS 3.1 Declaración de conformidad con el pedido “tipo 2.1” Documento en el que el fabricante declara que los productos suministrados son conformes con los requisitos del pedido y que no incluye resultados de ensayos.
3.2 Informe de ensayo “tipo 2.2” Documento en el que el fabricante declara que los productos suministrados son conformes con los requisitos del pedido y que incluye resultados de ensayos basados en inspecciones no específicas.
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4 DOCUMENTOS DE INSPECCIÓN BASADOS EN INSPECCIONES ESPECÍFICAS 4.1 Certificado de inspección 3.1 “tipo 3.1” Documento emitido por el fabricante en el que declara que los productos suministrados son conformes con los requisitos del pedido y que incluye resultados de ensayos. La unidad de ensayo y los ensayos a efectuar se definen en la especificación de producto, en los reglamentos oficiales y en las reglas o en el pedido correspondientes. El documento es validado por el representante autorizado por el fabricante, independiente del departamento de fabricación, para la inspección. Se debe permitir al fabricante transferir al certificado de inspección 3.1 resultados relevantes de ensayos obtenidos por inspección específica sobre productos que éste utilice como materia prima, siempre y cuando garantice la trazabilidad del proceso y pueda aportar los correspondientes documentos de inspección requeridos.
4.2 Certificado de inspección 3.2 “tipo 3.2” Documento elaborado conjuntamente por el representante autorizado por el fabricante para la inspección, independiente del departamento de fabricación, y por el representante autorizado por el comprador para la inspección o por el inspector designado en los reglamentos oficiales, en el que ambos declaran que los productos suministrados son conformes con los requisitos del pedido y que incluye resultados de ensayos. Se debe permitir al fabricante transferir al certificado de inspección 3.2 resultados relevantes de ensayos obtenidos por inspección específica sobre productos que éste utilice como materia prima, siempre y cuando garantice la trazabilidad del proceso y pueda aportar los correspondientes documentos de inspección requeridos.
5 VALIDACIÓN Y TRANSMISIÓN DE DOCUMENTOS DE INSPECCIÓN Los documentos de inspección deben ser validados por la persona o personas responsables (nombre y cargo). La transmisión y archivo de documentos debe realizarse en formato electrónico o en papel.
6 TRANSMISIÓN DE DOCUMENTOS DE INSPECCIÓN POR UN INTERMEDIARIO Un intermediario sólo debe transmitir un original o una copia de los documentos de inspección si no han sido modificados en forma alguna. Esta documentación debe acompañarse de los medios adecuados de identificación del producto que aseguren la trazabilidad entre el producto y la documentación. Se permite el uso de copias de documentos originales, siempre y cuando: −
se mantenga la trazabilidad;
−
el documento original esté disponible si se solicita.
Cuando se utilicen copias, puede reemplazarse la información de la cantidad original a suministrar por la cantidad parcial realmente suministrada.
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ANEXO A (Informativo) RESUMEN DE LOS DOCUMENTOS DE INSPECCIÓN
En la tabla A.1 se presenta un resumen de los documentos de inspección
Tabla A.1 Resumen de los documentos de inspección Referencia en la Norma Europea EN 10204 Tipo 2.1
Designación del tipo de documento Versión española
Versión inglesa
Versión alemana
Versión francesa
Declaración de conformidad con el pedido
Declaration of compliance with the order
Werksbescheinigung
Tipo 2.2
Informe de ensayo
Test report
Werkszeugnis
Tipo 3.1
Certificado de inspección 3.1
Inspection certificate 3.1
Abnahmeprüfzeugnis 3.1
Certificat de réception 3.1
Tipo 3.2
Certificado de inspección 3.2
Inspection certificate 3.2
Abnahmeprüfzeugnis 3.2
Certificat de réception 3.2
Attestation de conformité à la commande Relevé de contrôle
Contenido del documento
Documento validado por
Declaración de conformidad con el pedido
El fabricante
Declaración de El fabricante conformidad con el pedido, con indicaciones de los resultados de una inspección no específica Declaración de El represenconformidad con el tante pedido, con autorizado indicación de los por el resultados de una fabricante inspección para la específica inspección, independiente del departamento de fabricación Declaración de El represenconformidad con el tante pedido, con autorizado indicación de los por el resultados de una fabricante inspección para la específica inspección, independiente del departamento de fabricación, y por el representante autorizado por el comprador para la inspección o por el inspector designado en las regulaciones oficiales
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ANEXO ZA (Informativo) CORRESPONDENCIA ENTRE ESTA NORMA EUROPEA Y LOS REQUISITOS ESENCIALES DE LA DIRECTIVA 97/23/CE DE LA UE
Esta norma europea ha sido elaborada bajo un Mandato dirigido a CEN por la Comisión Europea con objeto de servir de apoyo a los requisitos esenciales de la Directiva de Nuevo Enfoque 97/23/CE del Parlamento y del Consejo Europeo de 29 de mayo de 1997 sobre la aproximación de leyes de los Estados Miembro en lo que respecta a los equipos a presión. Una vez que esta norma se cite en el Diario Oficial de la Unión Europea bajo esa directiva, y se implemente como norma nacional en, al menos, un Estado Miembro, la conformidad con los capítulos de esta norma indicados en la tabla ZA.1 es un medio para satisfacer los requisitos esenciales específicos de la correspondiente Directiva y los Reglamentos de la AELC asociados.
Tabla ZA.1 Correspondencia entre esta norma europea y la Directiva 97/23/CE Capítulos de esta norma europea 3y4
Requisitos esenciales de la Directiva 97/23/CE Anexo I apartado 4.3
Observaciones/Notas La aplicación de los documentos de inspección para distintos tipos de materiales para equipos a presión se indica en la figura ZA.1. NOTA
−
Los términos “certificado de control de producto específico” de la Directiva 97/23/CE y “documento de inspección basado en inspección específica” de esta norma son equivalentes.
ADVERTENCIA: Los productos incluidos en el campo de aplicación de esta norma pueden estar afectados por otros requisitos o Directivas de la UE.
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(a) La inspección no específica puede reemplazarse por una inspección específica si así se especifica en la norma del material o en el pedido (b) Sistema de gestión de la calidad del fabricante del material certificado por un organismo competente establecido dentro de la UE que haya sido sometido a un asesoramiento específico para materiales.
Fig. ZA.1 – Conformidad con el anexo I apartado 4.3 de la Directiva 97/23/CE
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BIBLIOGRAFÍA [1]
EN 10168 − Productos siderúrgicos. Documentos de inspección. Lista de información y descripción.
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Dirección C Génova, 6 28004 MADRID-España
Teléfono 91 432 60 00
Fax 91 310 40 32
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