UNIVERSIDAD ALAS PERUANAS Facultad de Ciencias Empresariales y Pedagógicas Escuela Profesional: Ciencias Contables y Financieras
MANUAL DEL PARTICIPANTE CURSO: CONTABILIDAD Docente: Dr. Jorge Jinchuña Huallpa Moquegua, Setiembre 2017
CONTABILIDAD
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CONTENIDO CAPÍTULO I LA CONTABILIDAD 1.1. 1.2. 1.3. 1.4. 1.5. 1.6. 1.7.
Generalidades Objetivos de la contabilidad Clasificación de la contabilidad Importancia de la contabilidad Teneduría de libros Ramas afines a la contabilidad Principios y procedimientos contables 1.7.1. Principios de contabilidad generalmente aceptados 1.7.2. Procedimientos contables
CAPÍTULO II LA CUENTA 2.1. 2.2. 2.3. 2.4. 2.5. 2.6. 2.7. 2.8. 2.9.
Generalidades Nombre de la cuenta Partes de la cuenta Terminología Cuentas de activo y sus características Las cuentas del pasivo Patrimonio neto contable Teoría del cargo y del abono Metodología contable
CAPÍTULO III PARTIDA DOBLE
3.1. 3.2. 3.3. 3.4. 3.5.
Generalidades
Concepto de ecuación contable Principio fundamentales de la partida doble Reglas para determinar aumentos y disminuciones Los movimientos y saldos
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CAPÍTULO IV LIBROS DE CONTABILIDAD 4.1. Generalidades 4.2. importancia de libros de contabilidad 4.3. Clasificación de los libros de contabilidad 4.3.1. Desde el punto de vista legal 4.3.2. Desde el punto de vista técnico 4.4. El proceso contable de la empresa 4.5. Foliación de los libros de contabilidad 4.6. Aspecto legal de los libros de contabilidad 4.7. Obligación de llevar los libros de contabilidad 4.8. Libros y registros vinculados a asuntos tributarios
CAPÍTULO V LIBRO DE INVENTARIO Y BALANCES
5.1. 5.2. 5.3. 5.4. 5.5. 5.6. 5.7. 5.8.
Generalidades
Inventario Importancia del libro de inventario y balances Partes del libro de inventario y balances Clasificación de los inventarios Rayado del libro inventario y balances Desarrollo de caso práctico de inventario y balances Libro de inventario y balances para fines tributarios
CAPÍTULO VI LIBRO DIARIO 6.1. 6.2. 6.3. 6.4. 6.5. 6.6. 6.7. 6.8.
Generalidades Foliación del libro diario Asiento contable Clasificación de los asientos en el libro diario Notas técnicas para el libro diario Desarrollo de sasos prácticos en libro diario Libro diario para fines tributarios Libro Diario de formato simplificado
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CAPÍTULO VII LIBRO MAYOR 7.1. 7.2. 7.3. 7.4. 7.5.
Generalidades Rayado del libro mayor Mecanismo de mayorización Notas técnicas para el libro mayor Libro mayor para fines tributarios
CAPÍTULO VIII REGISTROS AUXILIARES 8.1. Generalidades 8.2. Función de libros auxiliares 8.3. Libros y registros auxiliares 8.3.1. Registro de ventas 8.3.2. Registro de compras 8.3.3. Libro planilla de remuneraciones 8.3.4. Libro caja y bancos 8.3.5. Libro de Retenciones (incisos e) y f) del artículo 34° de la Ley del Impuesto a la Renta) 8.3.6. Registro de activos fijos 8.3.7. Registro de consignaciones 8.3.8. Registro de costos 8.3.9. Registro de Inventario permanente valorizado 8.3.10. Registro de inventario permanente en unidades físicas 8.3.11. Otros Libros MONOGRAFIA CONTABLE
BIBLIOGRAFIA
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CAPÍTULO I LA CONTABILIDAD 1.8. Generalidades La contabilidad es una técnica que se ocupa de registrar, clasificar y resumir las operaciones mercantiles de un negocio con el fin de interpretar sus resultados. Por consiguiente, los gerentes o directores a través de la contabilidad podrán orientarse sobre el curso que siguen sus negocios mediante datos contables y estadísticos. Estos datos permiten conocer la estabilidad y solvencia de la compañía, la corriente de cobros y pagos, las tendencias de las ventas, costos y gastos generales, entre otros. De manera que se pueda conocer la capacidad financiera de la empresa. Así mismo podemos conceptuar que la contabilidad es el conjunto de habilidades y destrezas basadas en procedimientos sistemáticos y ordenadas que nos permite registrar las operaciones de las empresas. 1.9. Objetivos de la contabilidad Proporcionar información a: Dueños, accionistas, bancos y gerentes, con relación a la naturaleza del valor de las cosas que el negocio deba a terceros, las cosas poseídas por los negocios. Sin embargo, su primordial objetivo es suministrar información razonada, con base en registros técnicos, de las operaciones realizadas por un ente privado o público. Para ello deberá realizar:
Registrar en forma clara, precisa y concisa y en estricto orden cronológico todas las operaciones Establece un control absoluto sobre cada uno de los recursos y obligaciones de la empresa. Determinar y proporcionar en cualquier momento una imagen clara de la situación económica - financiera de la empresa o negocio. Cumplir con los dispositivos legales vigentes como son: El Código de Comercio, Código Tributario y otros mandatos legales. La contabilidad como instrumento básico para la administración moderna, sirve a la empresa para que se tomen decisiones gerenciales y constituir un medio informativo
Con relación a la información suministrada, esta deberá cumplir con un objetivo administrativo y uno financiero:
Administrativo Ofrecer información a los usuarios internos para suministrar y facilitar a la administración intrínseca la planificación, toma de decisiones y control de operaciones. Para ello, comprende información histórica presente y futura de cada departamento en que se subdivida la organización de la empresa.
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Financiero Proporcionar información a usuarios externos de las operaciones realizadas por un ente, fundamentalmente en el pasado por lo que también se le denomina contabilidad histórica.
1.10. Clasificación de la contabilidad
Las diversas clases de contabilidad provienen de la naturaleza de las Empresas que las originan y de la forma en que estas se llevan a cabo, por lo que debemos aclarar que únicamente van a diferir el uno del otro en el cambio, aumento o disminución de las cuentas o en el mejor de los casos en el número de libros auxiliares que puedan o no necesitarse.
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La contabilidad se clasifica de acuerdo a las actividades en que vaya a utilizarse. Es decir que se divide en dos grandes sectores que son Privada y Pública. Contabilidad privada Es aquella en que se clasifica, registra y analiza todas las operaciones económicas, de empresas de socios o individuos particulares, y que les permite tornar decisiones ya sea en el Campo administrativo, financiero o económico. Contabilidad pública Registra, clasifica, controla, analiza e interpreta todas las operaciones de las entidades de derecho público y a la vez permite tomar decisiones en materia fiscal, presupuestaria, administrativa, económica y financiera. 1.11. Importancia de la contabilidad La complejidad de los negocios y el ritmo acelerado de la época actual han determinado que la contabilidad asuma un papel fundamental no solo en la vida de los negocios, sino también en la de los países, y porque no decir en la vida económica mundial. La contabilidad es necesaria en todas aquellas empresas que se dedican a la producción y circulación de la riqueza, prestación de servicios y en los organismos públicos, en este último caso, aunque no persiguen el lucro, se ven en la imperiosa necesidad de manejar fondos y administrarlos. En todo organismo ya sea público o privado, la contabilidad constituye el termómetro de su situación económica, siendo fuente de consultas y experiencias para operaciones futuras. El comerciante o empresario que no tiene Libros de contabilidad o los tenga atrasados o mal llevados, es sujeto de multas y sanciones, a cambio de esto, una contabilidad bien llevada es una brújula que guía a la empresa por el camino del éxito, mientras que con una contabilidad deficiente, los negocios marchan siempre bajo las sombras de la incertidumbre, el cual conlleva al fracaso y la quiebra definitiva. Entre estos y otros fundamentos de importancia de la contabilidad, es necesario conocer:
Desempeña un papel fundamental, no solo en la vida de los negocios de las empresas, sino también en la de los países y por ende en la vida económica mundial.
Es necesaria en todas las empresas, porque determina ser el termómetro de la situación económica – financiera, siendo fuente de consulta y experiencias para operaciones futuras.
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Marcha paralela a los profundos cambios que experimentan los países, porque la contabilidad ya no se realiza de acuerdo al obsoleto sistema tradicional.
1.12. Teneduría de libros Se entiende por teneduría de libros como el proceso rutinario de registrar, clasificar y resumir la información de cada una de las transacciones efectuadas por la empresa. Por consiguiente, se pueden llevar las anotaciones con el mayor orden y claridad posible. Diferencias entre contabilidad y teneduría de libros La contabilidad se encarga de: Analizar y valorar los resultados económicos. Agrupar y comparar resultados. Planificar y sintetizar los procedimientos a seguir. Controlar el cumplimiento de lo programado. En tanto que, la teneduría de libros se ocupa de: Recabar, registrar y clasificar las operaciones de empresa. Narrar en forma escrita los hechos contables. Ejecutar las tareas según los procedimientos preestablecidos. Está bajo control y supervisión del contador. 1.13. Ramas afines a la contabilidad La contabilidad con la finalidad de cumplir con sus objetivos está relacionada estrechamente con las siguientes materias o ramas: 1.13.1. Documentación mercantil Es la disciplina que se ocupa del estudio y análisis de los documentos que nacen de la interrelación comercial entre el comprador (cliente) y el vendedor (proveedor) con el propósito que la contabilidad la utilice como fuente sustentatoria de su registro. 1.13.2. Archivos Es la disciplina que ordena y clasifica los documentos con la finalidad de que la Contabilidad los registre o anote en los Libros Contables correspondientes. El grafico ilustrativo de la relación que la Contabilidad guarda con estas dos materias antes señaladas:
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1.13.3. Matemáticas financieras Son las matemáticas aplicadas a los negocios, que tiene por objeto determinar cantidad y magnitud de las operaciones comerciales con el consiguiente nacimiento de asientos o registros contables. Podemos tomar algunos ejemplos como:
D = C – VR N 1.13.4. Estadística Es parte de las matemáticas pero que a su vez auxilia a la Contabilidad mediante la expresión técnica de diagramación de gráficos y cuadros representativos de los sucesos o acontecimientos económicos financieros determinados en un periodo que a la vez son muy importantes para la toma de decisiones.
1.13.5. Economía La ciencia económica apoya a la contabilidad en los análisis micro y macroeconómicos como son los estudios de mercados para poder ubicar los productos que las empresas brindan mediante encuestas, opiniones, etc.
1.13.6. Legislaciones Tanto la legislación tributaria como la legislación laboral y otras ramas del Derecho apoyan a la contabilidad porque ayudan a regular la existencia y su respectivo tratamiento del comercio como acto elemental para el movimiento de la contabilidad.
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1.13.7. Administración Es la ciencia que se encarga de la optimización de los recursos que se ponen al servicio de las empresas, para la toma de decisiones. 1.13.8. Computación La ciencia informática hoy en día se ha puesto a la vanguardia de todas las especialidades y con frecuencia apoya a la contabilidad, ya que mediante el procesamiento automático de datos podemos realizar el trabajo en el menor tiempo posible de lo normal. 1.14. Principios y procedimientos contables 1.14.1. Principios de contabilidad generalmente aceptados a) Principios generales de contabilidad El plan contable general empresarial reconoce que los principios que se mencionan a continuación son los fundamentales y básicos, para el adecuado cumplimiento de los fines de la contabilidad: equidad, partida doble, bienes económicos, ente, bienes económicos, ente, moneda común denominador, empresa en marcha, valuación al costo, período, devengado, objetividad, realización, prudencia, uniformidad, significación o importancia relativa y exposición. b) Aplicación en el Perú de los principios de contabilidad generalmente aceptados En el Perú, por mandato de la Ley General de Sociedades – Ley No. 26887, a partir del 1 de enero de 1998 los Estados Financieros deben ser preparados y presentados de conformidad con los Principios de contabilidad Generalmente aceptados, los cuales están contenidos en las Normas Internacionales de Contabilidad adoptadas por la Federación de Colegios de contadores públicos del Perú- Junta de decanos y oficializadas por el consejo Normativo de Contabilidad de la contaduría Pública de la Nación. De acuerdo a la Ley No. 24680 el Consejo Normativo de contabilidad está encargado de investigar, elaborar y oficializar la normatividad contable que debe regir en el país tanto para el sector público y privado. Actualmente de acuerdo con el artículo 43° de la Ley No. 28112 – Ley Marco de la administración Financiera del Sector Público, el consejo Normativo de contabilidad es la instancia normativa del Sector Privado y de consulta de la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, teniendo como principal atribución, estudiar, analizar y opinar sobre las propuestas de normas relativas a la contabilidad. 1.14.2. Procedimientos contables
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El manejo de registros constituye una fase o procedimiento de la contabilidad. El mantenimiento de los registros conforma un proceso en extremo importante, toda vez que el desarrollo eficiente de las otras actividades contable depende en alto grado, de la exactitud e integridad de los registros de la contabilidad. Los procedimientos contables son:
Cuentas Débitos y créditos Cargos y créditos a las cuentas Cuentas de activos Cuentas de pasivo y capital Resumen del funcionamiento de los débitos y créditos Registros de las operaciones Cuentas por cobrar y por pagar El diario y el mayor Pases al mayor Determinación de los saldos de las cuentas La balanza de comprobación
CAPÍTULO II LA CUENTA CONTABILIDAD
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2.10. Generalidades Las cuentas son el instrumento de representación y medida de cada elemento patrimonial. Cada una consta de una denominación y un código numérico, la palabra representa el elemento cualitativo de la cuenta y el número el elemento cuantitativo. Dichas palabras y números son la representación de la realidad de los elementos del patrimonio escritos en un papel. Por lo tanto hay tantas cuentas como elementos patrimoniales tenga la empresa. Gráficamente se dibujan como una T, donde a la parte izquierda se llama "Débito" o "Debe" y a la parte derecha "crédito“ o "haber", sin que estos términos tengan ningún otro significado más que el indicar una mera situación física dentro de la cuenta (el debe es la parte izquierda de la cuenta y el haber es la parte derecha de la cuenta y no otra cosa como lo puede indicar su palabra). Hay dos tipos de cuenta: de patrimonio y de gestión o de resultados. Las cuentas de patrimonio aparecerán en el Balance y pueden formar parte del activo o del Pasivo (y dentro de este, del Pasivo exigible o del Capital, también llamado Fondos propios o Patrimonio Neto). Las cuentas de gestión o de resultados son las que reflejan ingresos o gastos y aparecerán en la Cuenta de Pérdidas y Ganancias. La contabilidad necesita acercarse el pensamiento lógico del que existe profusa literatura. Para descubrir la importancia de la noción de concepto. Descubriríamos que el concepto es una abstracción que el sujeto realiza sobre la base de sus experiencias con cosas y acontecimientos particulares. Son ideas que surgen de agrupar, relacionar, clasificar acontecimientos, procesos, etc. Cada cuenta es un concepto que elabora quien comprende (el contador) cómo y porqué se manifestará una realidad compleja y dinámica. con el propósito de reducirla a datos que le faciliten conocerla y comprenderla mejor en sus causas y efectos, en tiempos dados de su manifestación Independientemente de si las cuentas son de Patrimonio o de Resultados, también se dice que por su naturaleza son deudoras o acreedoras. Las cuentas son deudoras cuando siendo de Patrimonio se refieren a un activo o siendo de Gestión se refieren a un gasto y son acreedoras cuando siendo de Patrimonio se refieren a un pasivo o a una cuenta de capital, o cuando siendo de Gestión se refieren a un ingreso. Una cuenta complementaria de activo o de pasivo puede invertir la lógica anterior, por ejemplo la estimación para cuentas incobrables o de inventarios obsoletos o de lento movimiento que siendo cuentas de activo su naturaleza es acreedora. También podemos tener cuentas complementarias en las cuentas de Gestión. 2.11. Nombre de la cuenta
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Toda cuenta debe tener un nombre y este debe dar una idea clara del valor o concepto que se refiere. Por ejemplo, la cuenta que controla y registra todo lo relacionado con el dinero se llama CAJA Y BANCOS; la cuenta que controla todo lo relacionado con la cobranza a los deudores se llama CLIENTES, etc. Este nombre se coloca en el centro de la cuenta. Luego, habrá tantas cuentas como valores o conceptos se tenga de pertenencias (activo) u obligaciones (pasivo), así como, las relacionadas con el patrimonio. 2.12. Partes de la cuenta La cuenta tiene dos partes:
DEBE.- Ocupa el lado izquierdo de la cuenta y es en este lugar en donde se anota cuando la cuenta RECIBE. . HABER.- Ocupa el lado derecho de la cuenta y es en este lugar en donde se anota cuando la cuenta ENTREGA.
Es importante recordar que:
CARGAR O DEBITAR: es anotar una cantidad en el DEBE de una cuenta. ABONAR O ACREDITAR: es anotar una cantidad en el HABER de una cuenta. DEBE
10 CAJA Y BANCOS
HABER
a) Movimientos Se llama así a la suma de los cargos y los abonos. Clases de movimiento Son dos MOVIMIENTO DEUDOR: Se llama así a la suma de los cargos de una cuenta. MOVIMIENTO ACREEDOR: Se llama así a la suma de los abonos de una cuenta. MOVIMIENTO DEUDOR
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DEBE
10 CAJA Y BANCOS
HABER
5,000.00 4,000.00 2,000.00 11,000.00 ========================
MOVIMIENTO ACREEDOR DEBE
42 PROVEEDORES
HABER 2,000.00 10,000.00 3,000.00
15,000.00 ============================ b) Saldos Se llama saldo de una cuenta a la diferencia entre el movimiento deudor y el movimiento acreedor. Se llama saldo de una cuenta a la diferencia entre el movimiento deudor y el movimiento acreedor. Clases de saldo Son dos:
SALDO DEUDOR: Se llama SALDO DEUDOR cuando al comparar el movimiento deudor y acreedor de una cuenta determinada, resulta ser mayor el movimiento deudor.
SALDO ACREEDOR: Se llama SALDO ACREEDOR cuando al comparar el movimiento deudor y acreedor de una cuenta determinada, resulta ser mayor el movimiento acreedor.
Cuentas saldadas y cerradas
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Se llama así a aquella cuenta que no tiene saldo y esto resulta cuando el movimiento deudor y movimiento acreedor de una cuenta determinada, son iguales. Debemos aclarar que, cuando una cuenta solo ha tenido movimiento deudor, el saldo es deudor, y cuando una cuenta solo ha tenido movimiento acreedor, el saldo es acreedor Ejemplos de saldos de las cuentas SALDO DEUDOR DEBE
10 CAJA Y BANCOS
HABER
5,000.00
5,000.00
4,000.00 2,000.00 11,000.00 11,000.00 ========================
5,000.00 SALDO 6,000.00 11,000.00 ===================
SALDO ACREEDOR DEBE
50 CAPITAL
HABER
10,000.00
50,000.00
10,000.00 SALDO 40,000.00 ___________________________ 50,000.00 ========================
50,000.00 ______________________ 50,000.00 ===================
2.13. Terminología En relación con las cuentas, se suelen utilizar los siguientes términos:
Cargar, adeudar o debitar: registrar un valor en el debe de una cuenta.
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Abonar, acreditar o datar: registrar un valor en el haber de una cuenta.
Saldo: diferencia entre la suma de los importes registrados en el debe y los registrados en el haber de una determinada cuenta. La cuenta puede tener: -
saldo deudor, cuando la suma de los valores registrados en su debe es mayor que la de los registrados en su haber (D > H);
-
saldo acreedor en caso contrario (D < H);
-
saldo cero cuando la suma de los valores del debe y haber son iguales (D=H).
Saldar: consiste en efectuar una anotación por el importe del saldo en el debe de la cuenta, si su saldo es acreedor, o en el haber si es deudor, de tal forma que resulte un saldo cero.
Cerrar: saldar una cuenta y no volver a registrar ninguna otra operación en la misma durante un determinado período
2.14. Cuentas de activo y sus características Un ente tiene un activo cuando debido a un hecho ya ocurrido, controla los beneficios económicos que produce un bien (material o inmaterial, con valor de uso o de cambio para el ente). Tomando en cuenta que un activo se encuentra formado por bienes y derechos de distinta naturaleza. Un bien tiene valor de cambio cuando existe la posibilidad de:
Canjearlo por efectivo o por otro activo Utilizarlo para cancelar una obligación Distribuirlo entre los propietarios del ente
Un bien tiene valor de uso cuando el ente puede emplearlo en alguna actividad productora de ingresos. Es importante mencionar que la cuenta de activo se encuentra clasificada en: Activo circulante, Activo fijo o Activo no circulante y Activo diferido o Cargo diferido. Representando siempre las cuentas activas los bienes y derechos que son propiedad de la empresa. Características Algunas propiedades básicas de los activos en sus diferentes presentaciones o clasificaciones para que sean reconocidos como tal y sean presentados en los diversos estados financieros son:
Recursos Identificables Cuantificables
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Tener su origen en operaciones pasadas
2.14.1. Activo corriente o circulante Es aquel activo líquido a la fecha de cierre del ejercicio, o convertible en dinero dentro de los doce meses. Además, se consideran corrientes a aquellos activos aplicados para la cancelación de un pasivo corriente, o que evitan erogaciones durante el ejercicio. Con una mayor precisión terminológica, podríamos decir que el "activo corriente" o "activo circulante" se refiere a aquellos recursos del ente que poseen una alta rotación o movilidad. Son el efectivo y aquellos bienes o derechos que se espera convertir en efectivo o consumir dentro del ciclo normal de las operaciones de la empresa. Por ciclo normal de operaciones se entiende el tiempo promedio en que el efectivo invertido en materia prima se convierte de nuevo en efectivo pasando por las etapas de producción, venta y recaudo de cuentas por cobrar; esto para el caso de empresas manufactureras. En empresas comerciales, por su misma naturaleza, se omite el proceso productivo. Si el ciclo normal operativo es menor de un año, se considerarán activos corrientes aquellos bienes que se convierten en efectivo o se consumen en menos de un año; si es mayor de un año se aplicará este criterio en la clasificación. Es costumbre considerar como corto plazo el período menor de un año. Las partidas del activo corriente más importantes son el efectivo, las inversiones temporales (fácilmente convertibles en efectivo), las cuentas por cobrar o cartera y los inventarios (materia prima, productos en proceso y productos terminados). Estas partidas usualmente reciben el nombre de capital de trabajo. De menor importancia, dentro del grupo de activos corrientes, figuran los gastos pagados por anticipado, tales como seguros e intereses. El orden de presentación de las principales cuentas del activo circulante de una entidad comercial, en atención a su mayor y menor grado de disponibilidad, es el siguiente:
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Caja (Dinero). Es el dinero en efectivo, propiedad de la empresa, el cual está representado por monedas y billetes de banco, así como cheques, pagares (buches) de tarjetas de crédito, giros postales, bancarios y telegráficos recibidos de otras entidades; esta cuenta aumenta cuando la empresa recibe dinero en efectivo, disminuye cuando paga con dinero en efectivo; es cuenta del activo porque representa el dinero en efectivo propiedad de la entidad. Fondo fijo de caja chica. Representa el dinero en efectivo, propiedad de la empresa, destinado para liquidar los pagos menores; esta cuenta principia con el fondo promedio estimado de los pagos menores que cubre la empresa durante un periodo determinado, por ejemplo, una semana, una quincena, un mes, etc., agregando a dicho promedio
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un pequeño margen; aumenta cuando el fondo por no ser suficiente se incrementa, disminuye cuando el fondo, por ser exclusivo, se reduzca; es cuenta del activo porque representa dinero en efectivo propiedad de la entidad.
Bancos. Representa el valor de los depósitos hechos en instituciones bancarias a favor de la entidad; esta cuenta aumenta cuando la empresa deposita dinero o valores al cobro, disminuye cuando expide cheques en contra del banco; es cuenta del activo porque representa el valor del dinero depositado en instituciones bancarias que es propiedad de entidad.
Inversiones temporales. Son las que están representadas por acciones y otros valores de inmediata realización, que la empresa adquiere en casas de bolsa o en otros organismos del sector financiero, con el propósito de obtener un rendimiento o ganancia en plazo corto, y evitar con ello que su efectivo disponible no produzca un beneficio; esta cuenta aumenta cuando la entidad adquiere acciones, bonos, obligaciones, cédulas hipotecarias, bonos de prenda, etcétera, disminuye cuando los vende; es cuenta del activo porque representa el importe de las acciones y otros valores de inmediata realización que son propiedad de la entidad.
Mercancías, inventarios o almacén. Mercancías son todos aquellos valores que se hacen objeto de compra o venta; esta cuenta aumenta cuando la empresa compra o le devuelven mercancías, disminuye cuando los vende o devuelve mercancías; es cuenta del activo porque representa el valor de las mercancías que son propiedad de la entidad, aunque lo es únicamente al principiar y al terminar el ejercicio; más adelante se explicará que, durante el ejercicio es cuenta mixta.
Clientes. Son las entidades que deben a la empresa por haberles vendido mercancías a crédito, sin exigirle especial garantía documental; esta cuenta aumenta cada vez que la empresa vende mercancías a crédito, disminuye cuanto los clientes pagan total o parcialmente su cuenta, devuelven mercancías o se les concede algún descuento o rebaja; es cuenta del activo porque representa el valor de las venta efectuadas a crédito que la empresa tiene el derecho a cobrar.
Documentos por cobrar. Son los títulos de crédito a favor de entidad, tales como letras de cambio y pagarés; esta cuenta aumenta cada vez que la entidad recibe letras de cambio o pagares a su favor, disminuye cada vez que la empresa cobra, endosa o cancela uno de estos documentos; es cuenta del activo porque representa el valor nominal de las letras de cambio y pagarés que la empresa tiene el derecho de cobrar.
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Deudores diversos. Son las entidades que le deben a la empresa por un concepto distinto al de venta de mercancías; esta cuenta aumenta cada vez que a la empresa le quedan a deber por un concepto distinto de la venta de mercancías, por ejemplo al prestar dinero en efectivo, al vender a crédito cualquier valor que no sea mercancía, etcétera, disminuye cuando dichas entidades pagan total o parcialmente su cuenta o devuelven los valores que estaban a su cargo; es cuenta del activo porque representa el importe de los adeudos que no sean por venta de mercancías a crédito que la empresa tiene el derecho de cobrar.
Anticipo a proveedores. Es el valor del anticipo a cuenta de pedidos que la empresa entrega a proveedores; su finalidad es asegurar el suministro oportuno de mercancías o servicios que requiere; esta cuenta aumenta cada vez que la empresa efectúe anticipos a proveedores a cuenta de futuras compras de mercancías o servicios; disminuye por el importe de la amortización o cancelación del anticipo cuando la entidad liquida el saldo a favor de los proveedores y ellos entreguen facturado el pedido; también disminuye por la devolución del importe del anticipo cuando se cancela algún pedido debido al incumplimiento del proveedor; es cuenta del activo porque representa el importe de los anticipos entregados a cuenta de pedidos de mercancías o servicios que la entidad tiene el derecho de exigir le sean devueltos si los proveedores no cumplen oportunamente con la entrega de lo convenido en el contrato celebrado.
2.14.2. Activo fijo Son aquellos que no varían durante el ciclo de explotación de la empresa (o el año fiscal). Por ejemplo, el edificio donde una fabrica monta sus productos es un activo fijo porque permanece en la empresa durante todo el proceso de fabricación y venta de los productos. Un contraejemplo sería una inmobiliaria: los edificios que la inmobiliaria compra para vender varían durante el ciclo de explotación y por tanto forma parte del activo circulante. Al mismo tiempo, las oficinas de la inmobiliaria son parte de su activo fijo Este clasificación de activos está formada por todos los bienes y derechos de la empresa que se han adquirido con el propósito de usarlos para beneficio de la empresa y no ponerlos en venta al público a menos de que se incurra en banca rota y no se tenga liquidez para cubrir ciertas deudas o gastos pendientes con proveedores o clientes. De las cuentas principales del activo fijo se encuentran las siguientes:
Terrenos: predios pertenecientes a la empresa.
Edificios: costo de los edificios que son propiedad de la empresa.
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Mobiliario y equipo: escritorios y equipo de los mismos, sillas, mesas, libreros, lámparas, etc. Todo lo que pertenezca a la decoración de la empresa.
Equipo de cómputo: todas las máquinas como laptops, pc, etc. que contribuyan mayor facilidad de trabajo.
Equipo de entrega de reparto: Se entiende que son todos los vehículos de transporte con los cuales se hace entrega de productos o se realizan servicios propios del giro de la empresa.
Depósitos de garantía: Se forma por los contratos por los cuales se amparan las cantidades que se dejan en guardia para garantizar valores que la empresa va a disfrutar.
2.14.3. Activo diferido o cargo diferido El saldo de las cuentas del activo diferido está constituido por gastos pagados por anticipado, sobre los cuales se tiene el derecho de recibir un servicio aprovechable, tanto en el mismo ejercicio como en posteriores. Esta cuenta está constituida por todos aquellos pagos que se tuvieron que pagar por anticipado. Se consideran como activos porque por la misma naturaleza de pago anticipado, la empresa puede disfrutar de productos o servicios para su operación diaria. Algo importante por mencionar es que este tipo de activos van perdiendo su valor mediante el uso o goce de los productos o servicios adquiridos. Algunas de las principales cuentas de activo diferido son:
Gastos de instalación: Son todos aquellos gastos que se tienen que realizar para acondicionar la empresa.
Papelería y útiles: Se refiere a todos los artículos de oficina tales como recibos, lápices, plumas, tarjetas de presentación, correctores, etc. que sirven como complemento de las funciones de oficina.
Propaganda y publicidad: Todo lo relacionado con materiales de promoción y publicidad que ayudan a dar presencia o mejorar la imagen de la empresa en la mente de sus consumidores.
Primas de seguro: Entiéndase todos los pagos que hace la empresa a las compañías aseguradoras con las que se tenga contrato para salvaguardar todos los bienes que formen parte de la empresa.
Rentas pagadas por anticipado: Es el importe que se le paga al dueño del lugar donde se encuentra operando la empresa, llámese
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terreno, bodega, local u oficina. Este importe puede ser adelantada por mes o por año.
Intereses pagados por anticipado: Es semejante a la renta pagada por anticipado, solo que en este concepto lo que se paga de manera anticipada son los intereses que se deben al banco originarios de un préstamo o crédito bancario.
2.15. Las cuentas del pasivo Las cuentas del pasivo representan las deudas y obligaciones que posean la empresa o entidad económica. Estas cuentas aumentan con un abono y disminuyen con un cargo. Las cuentas principales del pasivo son:
Proveedores Documentos por pagar Acreedores diversos Acreedores hipotecarios Intereses cobrados por anticipado Rentas cobradas por anticipado
También se encuentran las siguientes cuentas:
Pasivos circulantes Pasivos a Largo Plazo Apartados Crédito de pasivos Otros Pasivos
2.15.1. Pasivo circulante En contabilidad, el pasivo circulante (o pasivo exigible a corto plazo) es la parte del pasivo que contiene las obligaciones a corto plazo de la empresa. En este contexto se entiende por corto plazo un periodo de vencimiento inferior a un año. El carácter de circulante hace referencia a que se trata de recursos financieros que no tienen afán de permanencia dentro de la empresa y se contrapone a los recursos permanentes. Los componentes más habituales del pasivo circulante son:
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Créditos comerciales otorgados por proveedores y acreedores: es el crédito que surge por el tiempo que transcurre entre el momento de la adquisición de los bienes o servicios y el momento del pago.
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Créditos bancarios: obtenidos de entidades financieras en forma de préstamos, líneas de crédito o descuento de efectos.
Pagarés de empresa. Financiación a corto plazo obtenida directamente de ahorradores y empresas o también de intermediarios financieros.
Factoring: la venta a otras empresas de los débitos de clientes.
2.15.2. Pasivo Exigible El Pasivo exigible es el conjunto de partidas contables que recogen la financiación obtenida por la empresa mediante entidades ajenas. Puede ser de dos tipos:
Pasivo exigible a corto plazo: Es la financiación obtenida gracias a entidades ajenas que tiene un vencimiento menor o igual a un período.
Pasivo exigible a largo plazo: Comprende las deudas contraídas por la empresa con vencimiento superior a un período.
Normalmente los períodos son de un año. El Pasivo exigible forma parte de la estructura financiera de la empresa, en el sentido de que constituye la manera en que dicha empresa obtiene financiación. Forma parte de la estructura financiera también el neto patrimonial o fondos propios. 2.15.3. Pasivo contingente En contabilidad, un pasivo contingente es una obligación posible surgida a raíz de sucesos pasados, cuya existencia puede ser consecuencia, con cierto grado de incertidumbre, de un suceso futuro o que no está recogida en los libros por no obligar a la empresa a desprenderse de recursos o no ser susceptible de cuantificación en ese momento. El término surge del concepto contable de pasivo, que engloba todas las obligaciones que asume una entidad (persona física o jurídica con obligación de llevar libros contables). A este término se le añade el adjetivo contingente, que a su vez procede de contingencia, indicando que dicha obligación no es segura al cien por ciento pero puede producirse en un futuro previsible. Trato contable de los pasivos contingentes En ocasiones, la contabilidad obliga a recoger pasivos contingentes a través de provisiones denominadas provisiones por riesgos y gastos.
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Esto se hace por el principio de prudencia, tratando de que los libros contables reflejen los riesgos que una empresa está asumiendo. Ejemplos de pasivos contingentes
El ejemplo más característico es un litigio. La empresa no conoce cómo va a terminar, pero puede verse obligada a pagar una cantidad de dinero si lo pierde. En ese caso, es posible que lo recoja con una provisión.
También son muy habituales las insolvencias ante posibles morosos. Estas provisiones tienen gran importancia en la contabilidad de entidades bancarias.
2.16. Patrimonio neto contable Se denomina a esta partida como la diferencia entre el activo -bienes y derechos que están controlados económicamente por la empresa- y el pasivo corriente y no corriente- y se cumple así la ecuación contable: PATRIMONIO = ACTIVO - PASIVO O lo que es lo mismo, ACTIVO = PASIVO + PATRIMONIO, Siendo entonces Activo Total - Pasivo Corriente - Pasivo No Corriente = Patrimonio Neto Contable
2.17. Teoría del cargo y del abono Cargar o debitar una cuenta es hacer una anotación en el Debe. Abonar o acreditar una cuenta es hacer una anotación en el Haber. En las cuentas de activo, cuando este aumenta, se cargan, y cuando disminuye, se abonan. En las cuentas de pasivo y de capital, cuando este aumenta, se abonan, y cuando disminuye, se cargan. Se refiere al efecto que tienen las transacciones comerciales sin alterar la ecuación patrimonial. Cada transacción afecta el balance, cambia los valores en el patrimonio, pero sin alterar la igualdad de la ecuación. En cada una de esas transacciones, actúan por lo menos dos cuentas. Existen siete tipos de transacciones que siguen la teoría del cargo y del abono. 2.18. Metodología contable
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La contabilidad, como ciencia, utiliza un método, denominado método contable, que se compone de cuatro pasos: 3. Captación de los hechos de contenido económico susceptibles de ser contabilizados. 4. Cuantificación de los hechos contables 5. Representación mediante registro de los hechos en cuentas contables (instrumentos conceptuales) anotados en libros de contabilidad (instrumentos materiales). 6. Agregación de la información registrada que se presenta de forma sintetizada en los estados financieros (cuentas anuales).
CAPÍTULO III PARTIDA DOBLE 3.6. Generalidades
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Se llama partida doble al movimiento contable que afecta a por lo menos dos cuentas, movimiento que representa un movimiento deudor y un movimiento acreedor. La partida doble es la esencia de la contabilidad actual y parte integral de la ecuación patrimonial El sistema de Partida Doble consiste en que en cada hecho contable, se ha de producir al menos un cargo en una cuenta y un abono en otra, y la suma de los cargos y los abonos efectuados deben ser iguales, en otras palabras, todos los recursos que existen en una empresa son el resultado de la aplicación de recursos que tuvieron una fuente definida. La partida doble se basa en que todo hecho económico tiene origen en otro hecho de igual valor pero de naturaleza contraria, como por ejemplo; cuando se presta dinero, el que recibe debe y el que entrega tiene. Las cosas no surgen de la nada, cada valor es el resultado de una acción u hecho económico. Cuando recibo dinero por una venta, debo también despojarme de un bien, debo entregar algo a la otra parte que me entrega un dinero. Esto explica dos de los principios básicos de la partida doble: “Quien recibe debe a quien entrega” “No existe deudor sin acreedor, ni acreedor sin deudor” Claro está que estos principios no son tan obvios en todos los casos como por ejemplo en movimientos internos de la empresa en los que se retira efectivo de la caja para consignarlo a un banco; en esta caso se cumple otro de los principios elementales de la partida doble que señala que: una cuenta da al tiempo que otra cuenta recibe, dándose la contrapartida, como característica propia de la partida doble, puesto que sin esta no podría existir equilibrio. No pueden haber un movimiento que solo afecte cuentas de una misma naturaleza. Si una cuenta se afecta en su lado positivo, la otra se debe afectar en su lado negativo. La partida doble se compone de una cuenta, la cual debe tener un nombre, un código y un valor negativo y otro positivo. El valor negativo corresponde a un crédito y el valor positivo corresponde a un debito. Su funcionamiento consiste en registrar un valor en por lo menos dos cuentas. El valor debe ser igual en una y otra cuenta. En una cuenta se registra en su debito y en la otra cuenta en el crédito. En algunos casos se pueden afectar más de dos cuentas, pero aun así, los débitos y los créditos de las cuentas afectadas deben ser iguales, lo que es lo mismo, si se restan los créditos de los débitos el resultado debe ser cero. Esto permite conservar el equilibrio que también profesa la ecuación patrimonial. Si los débitos representan lo que se tiene, los créditos representan lo que se debe. Lo que se tiene es el activo y lo que se debe puede ser patrimonio y/o pasivo.
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De ahí la ecuación patrimonial (Activo es igual a pasivo mas patrimonio, o activo menos pasivo es igual a patrimonio) La técnica contable de hoy día, está fundamentada en la partida doble, la cual se basa en el aumento y disminución de las diferentes cuentas que hacen parte del sistema contable del ente económico. Esta técnica la podemos representar de la siguiente manera: Débitos Aumento de activos Disminuciones del Pasivo Disminuciones del Patrimonio
Créditos Disminuciones del Activo Aumento de pasivos Aumento de patrimonio
La partida doble, equivocadamente se cree que fue ideada por Lucas Pacciolo, pero fue en realidad un monje de la orden franciscana quien en el siglo XV en la obra Summa de Aritmética, Geometría, Proportioni et Proportionalita” hace referencia al “Método Veneciano” de teneduría de libros que posteriormente pasa a llamarse Método de la partida doble. La "partida doble" como técnica contable obedece a los siguientes criterios:
Correspondencia: quien recibe es deudor, quien entrega es acreedor;
Reciprocidad: no hay deudor sin acreedor y viceversa;
Equivalencia: todo valor que ingresa debe ser igual al valor que sale;
Consistencia: todo valor que ingresa por una cuenta debe salir por la misma cuenta;
Confrontabilidad: las pérdidas se debitan, las ganancias se acreditan.
3.7. Concepto de ecuación contable Conocida también como fórmula fundamental de la contabilidad, está compuesta por los siguientes elementos: ACTIVO = PASIVO + CAPITAL 500.000 = 300.000 + 200.000 Despejando esta ecuación tendríamos: PASIVO = ACTIVO - CAPITAL 300.000 = 500.000 - 200.000 CAPITAL = ACTIVO - PASIVO 200.000 = 500.000 300.000
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a) Variaciones de la ecuación contable Existe variación cuando cambia sus elementos por efecto de una o varias transacciones. EJEMPLO: Se compra un vehículo en S/. 60.000.00 para el servicio de la empresa, con crédito documentario.
En la nueva ecuación, demuestra que hay un incremento en el Activo por un incremento en el Pasivo. EJEMPLO: Ingresa un nuevo socio a la empresa con un aporte en dinero efectivo de S/. 100.000.00
En la nueva ecuación, demuestra que hay un incremento en el Activo por un incremento en el Capital. b) Explicación de los elementos de la ecuación contable Los elementos que intervienen en la Ecuación Contable son: ACTIVO = PASIVO + CAPITAL Lo que en términos generales significa: b.1). Activo Es todo lo que posee o le adeudan a la empresa, ejemplo: - Caja - Bancos - Cuentas por cobrar - Documentos por cobrar - Mercaderías - Activos fijos
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-
Pagos por adelantado
b.2). Pasivo Es todo lo que se adeuda a otras personas (ajenas a la empresa, propietario(s), socios, accionistas; según el caso), ejemplo: -
Obligaciones patronales por pagar Letras por pagar Impuesto a la renta por pagar Cuentas por pagar Documentos por pagar Hipotecas por pagar
b.3). Capital Es el aporte: en dinero y/o en bienes, efectuado por el o los propietarios, socios o accionistas de la empresa; según el caso, (o también se establece por diferencia entre el activo y el pasivo). Patrimonio Está integrado básicamente por las siguientes cuentas: - CAPITAL (Conocido también como capital social) - RESERVAS (Legal, Facultativa, Estatutaria) según el caso - UTILIDADES NO DISTRIBUIDAS (Ejercicios Anteriores) - (+) UTILIDADES DEL PRESENTE EJERCICIO ECONÓMICO - (-) PERDIDAS DEL PRESENTE EJERCICIO ECONÓMICO, etc.
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3.8. Principio fundamentales de la partida doble En contabilidad se aplica el principio fundamental de la partida doble, en la que se dice "no hay deudor sin acreedor o viceversa", mediante el cual se recibe y se entrega: dinero, mercaderías documentos o servicios en general. Para que se cumpla dicho principio, se requiere por lo menos la intervención de dos cuentas; la una que recibe irá al Debe, es decir se debitará, y la otra que entrega irá al Haber, es decir se acreditará; lo cual necesariamente tendrá que ser por un mismo valor. Esta acción es la que se conoce como asiento contable en el libro diario o comprobante de diario. Los siguientes son algunos de los principios fundamentales de la partida doble:
Quien recibe es deudor, quien entrega es acreedor. (Lo que se tiene se debe) No hay deudor sin acreedor, ni acreedor sin deudor. (Los recursos no surgen por si solos, debe proceder de algún lado) Todo valor que entra debe ser igual al valor que sale. (Es la base del equilibrio de la ecuación patrimonial) Todo valor que entra por una cuenta debe salir por la misma cuenta. (Una cuenta así como se crea se debe también eliminar de la misma forma)
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Transacción comercial Transacción comercial o económica, es el intercambio de bienes y/o servicios necesarios para la satisfacción de las diversas necesidades humanas, intercambio que tiene indispensablemente dos pasos o etapas simultáneas, que son: PRIMERA. Recibimos el bien (mercaderías, vehículos, muebles, etc.) o el servicio (agua, luz, teléfono, arriendo, sueldos, etc.). SEGUNDA. Entregamos el precio o valor de dicho bien o servicio. EJEMPLO: a) Compramos 100 camisas a S/. 50 c/u. PASO 1: Recibimos las 100 camisas a S/.50 c/u = S/. 5.000 PASO 2: Entregamos el valor de S/.5.000 con crédito personal por la compra de las camisas.
b) Vendemos 10 camisas a S/. 70 c/u. PASO 1: Recibimos el valor de S/. 700 en dinero efectivo por 1a venta de las camisas PASO 2: Entregamos las 10 camisas a S/. 70 c/u.
c) Pagamos S/.100 de arriendo del local comercial (por el mes de Enero/2002) PASO 1: Recibimos el servicio del arriendo, valorado en S/.100 PASO 2: Entregamos el valor de S/. 100 con cheque/17152 de nuestra cta. cte. De INTERBAK por el servicio recibido.
d) Depositamos en dinero en efectivo S/.10.000 en el Banco de Crédito PASO 1: Recibimos la papeleta de depósito Nº 715284 como constancia del valor depositado en la Cta. Cte. de la empresa
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PASO 2: Entregamos el valor de S/. 10.000 al banco por el depósito.
3.9. Reglas para determinar aumentos y disminuciones A todo cargo corresponde un abono, es decir la igualdad en la suma de cargos y abonos. Al registrar cualquier transacción, el objetivo debe ser cuantificar y afectar las cuentas precisas que intervienen en la transacción, ya que la partida doble se presenta por sí misma; o sea al registrar las operaciones se debe atender más a la corrección de la aplicación de las cuentas de activo, pasivo y capital.
3.10. Los movimientos y saldos a) Movimiento deudor Se llama movimiento deudor a la suma de los cargos de una cuenta. b) Movimiento acreedor Se llama movimiento deudor a la suma de los abonos de una cuenta.
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c) Saldo Es la diferencia entre el movimiento deudor y el acreedor. Existen dos clases de saldos:
Saldo deudor Saldo acreedor
Saldo deudor Una cuenta tiene saldo deudor cuando su movimiento deudor es mayor que el acreedor. Saldo acreedor Una cuenta tiene saldo acreedor cuando su movimiento acreedor es mayor que el deudor. Cuenta saldada o cerrada Una cuenta esta saldada cuando sus movimientos son iguales.
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CAPÍTULO IV LIBROS DE CONTABILIDAD 4.9. Generalidades Se denominan así a Libros con rayados especiales que a la vez deben estar encuadernados y foliados (enumerados sus hojas) en las que se anotaran o registraran en forma ordenada y cronológica todos los sucesos económicos y financieros que se suscitan en un periodo (tiempo) económico determinado. Los libros de contabilidad son los documentos que soportan y reflejan los hechos con trascendencia en la realidad económica de la empresa a lo largo de un período de tiempo 4.10. importancia de libros de contabilidad Los Libros de Contabilidad son importantes porque nos permite ser justos ante las leyes peruanas, como también nos permite registrar y procesar todo el movimiento económico de las empresas que nos permite conocer las deudas y obligaciones así como las cuentas que la empresa tiene por cobrar a clientes y terceros. 4.11. Clasificación de los libros de contabilidad Se clasifican desde punto de vista legal y técnico 4.11.1. Desde el punto de vista legal Es la clasificación establecida de acuerdo a ley, puede ser Libros Obligatorios y Libros Voluntarios a) Libros obligatorios Son aquellos libros que deben ser llevados por las empresas de acuerdo a ley y que, según el código de comercio en su artículo 33·, son los siguientes: -
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Libro de Inventarios y Balances Libro Diario Libro Mayor Libro Caja y bancos Registro de Ventas Registro de Compras Libro de Planilla electrónica. Libro registro de activos. Libro de Actas (para las sociedades) Libros de Registro de Acciones (para las sociedades)
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b) Libros voluntarios Como su nombre lo indica, son de uso potestativo facultativo, que pueden ser llevados por las empresas de acuerdo a la magnitud de sus operaciones y según las necesidades de la misma. El código de comercio en su artículo 34· determina que son Libros Voluntarios, entre otros, los siguientes: -
Libro de Registro de Mercaderías de Kárdex Libro de Registro de Clientes o Deudores Libro de Registro de Proveedores Libro de Registro de Letras por Cobrar Libros de Registro de Letras por Pagar Libro de Bancos Libros de Caja Chica Libro Mayor Auxiliar por divisionaria, etc.
4.11.2. Desde el punto de vista técnico Pueden ser de dos clases: Libros Principales; y, Libros Auxiliares a) Libros principales Son aquellos que tienen carácter de indispensables para llevar la contabilidad de un negocio y son: -
Libro de Inventarios y Balance Libro Diario. Libro Mayor
b) Libros auxiliares Son aquellos que sirven de complemento a los libros principales y que después de cumplir su cometido, se centralizan las operaciones anotadas en ellos, en el Libro Diario. Son Libros Auxiliares todos los mencionados en la clasificación legal, a excepción de los indicados como los libros Principales. 4.12. El proceso contable de la empresa Dado que la Contabilidad pretende representar el proceso económico de la empresa, para alcanzar este fin tendremos que disponer de un instrumento contable que permita captar las variaciones que va experimentando el Patrimonio de la unidad económica, y conviene que este instrumento de representación económica se refiera a cada elemento patrimonial y refleje la situación del mismo, con independencia de la de otros elementos patrimoniales.
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Proceso contable
4.13. Foliación de los libros de contabilidad Desde el punto de vista tradicional, es el número pequeño que se coloca en la parte superior de cada una de las hojas de los libros de contabilidad. Dicho de otra manera, folio, es la página del libro de contabilidad. Clase de foliación Desde el punto de vista tradicional, la foliación de un libro de contabilidad puede ser de dos clases: Foliación Simple y Foliación Doble a) Foliación Simple Es cuando los folios se repiten una sola vez. Ejem: 1, 2, 3, 4, 5, 6, etc. Son libros de filiación simple: el Libro Diario y el Libro de Inventario y Balances. b) Foliación doble Es cuando los folios se repiten dos veces y estando uno frente al otro. Ejemplo: 1-1, 2-2, 3-3, 4-4, 5-5, 6-6, etc. Son libros de foliación doble: el Libro Mayor, el Libro Caja, Registro de ventas, Registro de Compras Desde el punto de vista electrónico, informático o virtual la foliación es única (simple). El formato electrónico permite registrar muchos datos en forma horizontal, lo que facilita una mayor utilidad para los libros contables.
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4.14. Aspecto legal de los libros de contabilidad Para que un libro de contabilidad tenga carácter legal, es necesario que sea legalizado ante el Notario Público o Juez de Paz, y para ello se debe abonar el derecho que corresponda. Plazo para legalizar los libros de contabilidad En la apertura del negocio: sesenta días Para el canje de libros: - 15 días para el registro de ventas y el registro de compras - 30 días para los demás libros. 4.15. Obligación de llevar los libros de contabilidad a) De acuerdo al código de comercio, establece lo siguiente: Artículo 32. Todo comerciante debe llevar en idioma castellano su contabilidad, la cual comprenderá, obligatoriamente, el Libro Diario, el Libro Mayor y el de Inventarios. Artículo 33. El Libro Diario y el de Inventarios no pueden ponerse en uso sin que hayan sido previamente presentados al Tribunal o Registrador Mercantil, en los lugares donde los haya, o al Juez ordinario de la mayor categoría en la localidad donde no existan aquellos funcionarios, a fin de poner en primer folio de cada libro nota de los que éste tuviere, fechada y firmada por el Juez y su Secretario o por el Registrador Mercantil. Se estampará en todas las demás hojas el Sello de la oficina. Artículo 34. En el Libro Diario se asentarán, día por día, las operaciones que haga el comerciante, de modo que cada partida exprese claramente quién es el acreedor y quién es el deudor, en la negociación a que se refiere, o se resumirán mensualmente, por lo menos, los totales de esas operaciones siempre que, en este caso, se conserven todos los documentos que permitan comprobar todas las operaciones, día por día. Artículo 35. Todo comerciante, al comenzar su giro y al fin de cada año, hará en el libro de inventarios una descripción estimatoria de todos sus bienes, tanto muebles como inmuebles y de todos sus créditos, activos y pasivos, vinculados o no a su comercio. El inventario debe cerrarse con el balance y la cuenta de ganancias y pérdidas; ésta debe demostrar con evidencia y verdad los beneficios obtenidos, así como cualesquiera otras obligaciones contraídas bajo condición suspensiva con la anotación de la respectiva contrapartida. Los inventarios serán firmados por todos los interesados en el establecimiento del comercio que se hallen presentes en su formación.
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Artículo 38. Los libros llevados con arreglo a los artículos anteriores podrán hacer prueba entre comerciantes por hechos de comercio. Respecto a otra persona que no fuere comerciante, los asientos de los libros sólo harán fe contra su dueño; pero la otra parte no podrán aceptar lo favorable sin admitir también lo adverso que ellos contengan b) De acuerdo a las normas tributarias vigentes las personas que ejerzan el comercio y por los cuales obtienen ingresos, para su control tributario deben regirse a lo siguiente: b.1). Personas naturales Las personas inscritas en el Nuevo Régimen Único Simplificado (RUS) definitivamente no están obligadas a llevar Libros de Contabilidad. Las personas inscritas en el Régimen Especial de la Renta (RER) deberán llevar únicamente: Registro de Compras, Registro de Ventas o Ingresos, Planillas de Remuneraciones y Registro de Activos. Las personas inscritas en el Régimen General deberán regularse a lo siguiente: - Siempre que sus ingresos brutos anuales no excedan de las 100 UIT deberán llevar Registro de Compras, Registro de Ventas o Ingresos, Planilla de Remuneraciones, Libro Caja e Inventarios y Balances. - Si sus ingresos brutos anuales exceden de las 100 UIT deberán llevar Contabilidad Completa, Inventarios y Balances, Diario, Caja, Mayor, Registro de Compras, Registro de Ventas o ingresos, Planillas de Remuneraciones, etc. b.2). Personas jurídicas Las Personas inscritas en el Régimen Especial de la Renta (RER) deberán llevar Registro de Compras, Registro de Ventas o ingresos, Registro de Activos, Planillas de Remuneraciones y Libro de Actas y Transferencia de Acciones. Las personas inscritas en el Régimen General de Impuesto a la Renta, deberán llevar Contabilidad Completa, Inventarios y Balances, Caja, Diario, Mayor, Registro de Compras, Registro de Ventas o Ingreso, Registro de Activos, Registro de Retenciones, Planillas de Remuneraciones y Libro de Actas.
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Contabilidad completa Los libros y registros que integran la contabilidad completa, para efectos del inciso b) del tercer párrafo del artículo 65° de la Ley del Impuesto a la Renta, son los siguientes: -
Libro Caja y Bancos. Libro de Inventarios y Balances. Libro Diario. Libro Mayor. Registro de Compras. Registro de Ventas e Ingresos.
Asimismo, los siguientes libros y registros integrarán la contabilidad completa siempre que el deudor tributario se encuentre obligado a llevarlos de acuerdo a las normas de la Ley del Impuesto a la Renta: -
Libro de Retenciones incisos e) y f) del artículo 34° de la Ley del Impuesto a la Renta. Registro de Activos Fijos. Registro de Costos. Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas. Registro de Inventario Permanente Valorizado.
Esta disposición, referida a la contabilidad completa, entró en vigencia el 1 de enero de 2009. 4.16. Libros y registros vinculados a asuntos tributarios Los libros y registros vinculados a asuntos tributarios serán los libros de actas, los libros y registros contables u otros libros y registros exigidos por las leyes, reglamentos o Resolución de Superintendencia que se señalan a continuación
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4.16.1. Legalización de libros y registros de contabilidad Hasta el mes de Agosto del 2000 los únicos Libros que se encontraban regulados a efectos de su Legalización eran los Libros manuales, los cuales deben ser legalizados dentro de los 60 días de aperturado el negocio o en todo caso dentro de los 120 días de haber terminado el Libro anterior.
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A partir del 09 de Agosto del 2000 los libros, Actas, así como los registros y libros contables deben ser legalizados antes de ser utilizados, inclusive cuando se lleven en hojas sueltas, continuas o computarizadas. De acuerdo al Art. 36 del Código de Comercio los Libros de Contabilidad deberán ser legalizados por el Notario Público de la Provincia donde este fijado el domicilio fiscal de la empresa o negocio, para empresas que estén fuera del ámbito jurisdiccional del desarrollo profesional del Notariado los Libros deberán ser legalizados por los Jueces de Primera Instancia en lo Civil. Los libros de contabilidad y registros vinculados a asuntos tributarios serán legalizados por los notarios o, a falta de éstos, por los jueces de paz letrados o jueces de paz, cuando corresponda, de la provincia en la que se encuentre ubicado el domicilio fiscal del deudor tributario. Tratándose de las provincias de Lima y Callao, la legalización podrá ser efectuada por los notarios o jueces de cualquiera de dichas provincias. Los notarios o jueces, según corresponda, colocarán una constancia en la primera hoja de los mismos y procederán a sellar todas las hojas del libro o registro, las mismas que deberán estar debidamente foliadas por cada libro o registro, incluso cuando se lleven utilizando hojas sueltas o continuas. Tanto los notarios como los jueces llevarán un registro cronológico de las legalizaciones que otorguen. Importante La autorización del Libro de Planillas será de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 001-98-TR y normas modificatorias. 4.16.2. Contenido de la constancia La constancia a ser colocada en la primera hoja de los libros y registros vinculados a asuntos tributarios contaran con la siguiente información:
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Número de legalización asignado por el notario o juez, según sea el caso; Apellidos y Nombres, Denominación o Razón Social del deudor tributario, según sea el caso; Número de RUC; Denominación del libro o registro; Fecha de la incautación del libro o registro anterior de la misma denominación y la autoridad que ordeno la diligencia de ser el caso; Número de folios de que consta; Fecha y lugar en que se otorga; y, Sello y firma del notario o juez, según sea el caso.
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4.16.3. Registro de las legalizaciones En el registro cronológico de las legalizaciones que se otorguen se indicará:
El número de la legalización. Los Apellidos y Nombres, Denominación o Razón Social del deudor tributario. El número de RUC. La denominación del libro o registro que se ha legalizado. Fecha de la incautación del libro o registro anterior de la misma denominación y la autoridad que ordeno la diligencia de ser el caso. El número de folios de que consta. La fecha en que se otorga la legalización.
En ningún caso el número de legalización, folios o de registros podrá contener adicionalmente caracteres distintos, tales como letras. 4.16.4. Oportunidad de la legalización Los libros y registros deberán ser legalizados antes de su uso, incluso cuando sean llevados en hojas sueltas o continuas. Para la legalización del segundo y siguientes libros y registros, de una misma denominación, se deberá tener en cuenta: Tratándose de libros o registros llevados en forma manual, se deberá acreditar que se ha concluido con el anterior. Dicha acreditación se efectuará con la presentación del libro o registro anterior concluido o fotocopia legalizada por notario del folio donde conste la legalización y del último folio del mencionado libro o registro.
Tratándose de libros o registros que se lleven utilizando hojas sueltas o continuas, se deberá presentar el último folio legalizado por notario del libro o registro anterior.
Tratándose de libros y registros perdidos o destruidos por siniestro, asalto u otros, se deberá presentar la comunicación que se ha establecido para ese efecto.
Importante Tratándose del libro de planillas, la legalización se regirá por lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-98-TR y normas modificatorias. Los libros o registros llevados en forma manual que hubieran sido incautados por autoridad competente, bastará para la legalización del
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segundo y siguientes libros y registros, la presentación del documento en el que conste la referida diligencia. De producirse, de ser el caso, la devolución de los libros o registros incautados a que se refiere el párrafo anterior, el deudor tributario no podrá realizarse en ellos anotación alguna debiendo procederse a su cierre inmediato 4.16.5. Comunicación de la pérdida o destrucción Los deudores tributarios que hubieran sufrido la pérdida o destrucción por siniestro, asalto y otros, de los libros y registros, documentos y otros antecedentes de las operaciones o situaciones que constituyan hechos susceptibles de generar obligaciones tributarias o que estén relacionados con ellas, respecto de tributos no prescritos, deberán comunicar tales hechos a la SUNAT dentro del plazo de quince (15) días hábiles establecido en el Código Tributario. Dicha comunicación deberá contener el detalle de los libros, registros, documentos y otros antecedentes mencionados en el párrafo anterior, así como el período tributario y/o ejercicio al que corresponden éstos. Adicionalmente, cuando se trate de libros y registros vinculados a asuntos tributarios, se deberá indicar la fecha en que fueron legalizados, el número de legalización, además de los apellidos y nombres del notario que efectuó la legalización o el número del Juzgado en que se realizó la misma, si fuera el caso. En todos los casos se deberá adjuntar copia certificada expedida por la autoridad policial de la denuncia presentada por el deudor tributario respecto de la ocurrencia de los hechos materia de este artículo. Importante La pérdida o destrucción aplicable a los documentos a los que se hace referencia en el Reglamento de Comprobantes de Pago, se les aplicará el procedimiento dispuesto en dicho Reglamento. 4.16.6. Empaste de los libros y registros Los libros y registros vinculados a asuntos tributarios que se lleven utilizando hojas sueltas o continuas deberán empastarse, de ser posible, hasta por un ejercicio gravable, debiéndose efectuar, como máximo, dentro de los cuatro (4) primeros meses del ejercicio gravable siguiente al que correspondan las operaciones contenidas en dichos libros o registros. Cuando el número de hojas sueltas o continuas a empastar sea menor a veinte (20), el empaste podrá comprender dos (2) o más ejercicios gravables, debiéndose efectuar, como máximo, dentro de los cuatro (4)
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primeros meses del ejercicio gravable siguiente a aquél en que se reunieron veinte (20) hojas sueltas o continuas. Los empastes deberán incluir las hojas que hayan sido anuladas. A tal efecto, la anulación se realizará tachándolas o inutilizándolas de manera visible. Las hojas sueltas o continuas correspondientes a un libro o registro de una misma denominación, que no hubieran sido utilizadas para el registro de operaciones del ejercicio del que se trate, podrán emplearse para el registro de operaciones del ejercicio inmediato siguiente. De realizarse el empaste en varios tomos, cada uno incluirá como primera página una fotocopia del folio que contenga la legalización del libro o registro al que corresponde. 4.16.7. Forma de llevado de los libros y registros Los libros y registros que se encuentren obligados a llevar, deberán:
Contar con datos de cabecera: Contener el registro de las operaciones: - En orden cronológico o correlativo, salvo que por norma especial se establezca un orden pre-determinado. - De manera legible, sin espacios ni líneas en blanco, interpolaciones, enmendaduras, ni señales de haber sido alteradas. - Utilizando el Plan Contable General vigente - Totalizando sus importes por cada folio, columna o cuenta contable hasta obtener el total general del período o ejercicio gravable, según corresponda. - En moneda nacional y en castellano, salvo las excepciones previstas por el Código Tributario. Incluir los registros o asientos de ajuste, reclasificación o rectificación que correspondan. Contener folios originales, no admitiéndose la adhesión de hojas o folios, salvo disposición legal en contrario. Tratándose del Libro de Inventarios y Balances, deberá ser firmado al cierre de cada período o ejercicio gravable, según corresponda, por el deudor tributario o su representante legal, así como por el Contador Público Colegiado o el Contador Mercantil responsables de su elaboración.
Datos de cabecera
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Denominación del libro o registro. Período y/o ejercicio al que corresponde la información registrada. Número de RUC del deudor tributario, Apellidos y Nombres, Denominación y/o Razón Social de éste.
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Tratándose de libros o registros llevados en forma manual, bastará con incluir estos datos en el primer folio de cada período o ejercicio. 4.16.8. Empleo del plan contable general Se emplearán cuentas contables desagregadas como mínimo a nivel de los dígitos establecidos en dicho plan, salvo que por aplicación de las normas tributarias deba realizarse una desagregación mayor. La utilización del Plan Contable General vigente en el país no será de aplicación en aquellos casos en que, por ley expresa, los deudores tributarios se encuentren facultados a emplear un Plan Contable, Manual de Contabilidad u otro similar distinto, en cuyo caso deberán utilizar estos últimos. Los deudores tributarios que opten por llevar a partir del 2009 su contabilidad de acuerdo con el Plan Contable General Empresarial deberán adecuar los formatos y los nombres de las cuentas, divisionarias y sub divisionarias del Plan Contable General Revisado con las cuentas, subcuentas, divisionarias y sub divisionarias equivalentes. 4.16.9. Totalización de los importes en los folios Los totales acumulados en cada folio, serán trasladados al folio siguiente precedidos de la frase "VAN". En la primera línea del folio siguiente se registrará el total acumulado del folio anterior precedido de la frase "VIENEN". Culminado el período o ejercicio gravable, se realizará el correspondiente cierre registrando el total general. De no realizarse operaciones en un determinado período o ejercicio gravable, se registrará la leyenda "SIN OPERACIONES" en el folio correspondiente. Importante Lo dispuesto, no será de aplicación para:
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El Libro de Actas de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, regulado en la Ley de la EIRL. El Libro de Actas de la Junta General de Accionistas, regulado en la Ley General de Sociedades. El Libro de Actas del Directorio, regulado en la Ley General de Sociedades El Libro de Matrícula de Acciones, regulado en la Ley General de Sociedades. El Libro de Planillas, regulado por el Decreto Supremo N° 001-98-TR y normas modificatorias.
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4.16.10.
Modificación de la denominación o razón social
El deudor tributario que modifique su denominación o razón social deberá comunicar a la SUNAT dicho cambio, conforme lo establecido en el Reglamento de la ley del RUC, Resolución de Superintendencia Nº 210-2004/SUNAT y normas modificatorias, y podrá optar por:
Continuar utilizando los libros y registros vinculados a asuntos tributarios con la denominación o razón social anterior hasta que se terminen, para registrar las operaciones siguientes al acuerdo de modificación de denominación o razón social. En este caso, se deberá consignar adicionalmente mediante algún medio mecanizado, computarizado o un sello legible, la nueva denominación o razón social, sin superponerse a la anterior.
Abrir nuevos libros y registros vinculados a asuntos tributarios. En este caso, para solicitar al notario o juez de paz letrado la legalización de los libros y registros u hojas sueltas o continuas con la nueva denominación o razón social, deberá acreditarse haber cerrado los libros y registros u hojas sueltas o continuas no utilizados que fueron legalizados con la anterior denominación o razón social.
4.16.11.
Pérdida de libros contables
Puede ocurrir que los Libros Contables o registros se pierdan o destruyan por diversas causas, como por siniestro, asalto y otros, de los libros y registros, documentos y otros antecedentes de las operaciones o situaciones que constituyan hechos susceptibles de generar obligaciones tributarias o que estén relacionados con ellas, respecto de tributos no prescritos, deberán comunicar tales hechos a la SUNAT dentro del plazo de quince (15) días hábiles establecido en el Código Tributario. En todos los casos se deberá adjuntar copia certificada expedida por la autoridad policial de la denuncia presentada por el deudor tributario respecto de la ocurrencia de los hechos materia de este artículo. Prohibiciones
Alterar el orden cronológico de las operaciones Dejar renglones en blanco Hacer raspaduras, borrones, y enmiendas en los registros Arrancar o mutilar los folios o alguna parte de los libros
En todo caso para subsanar los errores cometidos en los registros contables se deberá tener en cuenta el Art. 40 del Código de Comercio y a la vez podrán subsanarse aplicando los diversos métodos contables.
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4.16.12.
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Plazos máximos de atraso
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4.16.13. Información mínima en los libros de contabilidad y los formatos Los libros de contabilidad y registros vinculados a asuntos tributarios deberán contener, adicionalmente a lo establecido en la forma de llevado, determinada información mínima, y de ser el caso, estarán integrados por formatos. Sin perjuicio del registro de la información mínima que se establece, la utilización de los formatos que debe contener cada libro y registro vinculado a asuntos tributarios es obligatorio, excepto, cuando los libros o registros son llevados mediante hojas sueltas o continúas. Los deudores tributarios no obligados a incluir determinada información en un libro o registro podrán optar por no incorporar en el formato del libro o registro relacionado con dicha información, las columnas en donde se deban consignar la referida información. Esta disposición, referida a la información mínima en los libros y registros así como la utilización de los formatos relacionados a estos, entró en vigencia el 1 de enero de 2009.
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CAPÍTULO V LIBRO DE INVENTARIO Y BALANCES 5.9. Generalidades Por su aspecto legal y técnico este libro es obligatorio y principal de foliación simple (enumeración de folios) en el que anotaran y registraran todos los inventarios que la empresa realiza bajo su firma y responsabilidad como reflejo de todo lo que posee la empresa o negocio para su funcionamiento y desarrollo. El Art. 37 de Código de Comercio determina que el Libro de Inventarios y Balances se iniciara reflejando el INVENTARIO que deberá formar el comerciante o propietario del negocio al inicio de sus actividades comerciales especificando lo siguiente: 1) La relación exacta del dinero, valores, derechos (créditos por cobrar), bienes muebles e inmuebles que son de su pertenencia y que los pone al servicio del funcionamiento y desarrollo de su empresa o negocio, de esta manera constituye su ACTIVO. 2) La relación exacta de las obligaciones (deudas) que contrae con proveedores y terceros apreciados en su valor real los cuales constituyen su PASIVO. 3) Marcara la diferencia (resta) entre el activo y el pasivo cuyo resultado reflejara el CAPITAL con el que inicia sus operaciones comerciales y financieras. 5.10. Inventario Es la relación pormenorizada, detallada y valorada de todos los bienes y obligaciones que la empresa posee, reflejados contablemente en ACTIVO, PASIVO Y CAPITAL a una fecha determinada. Cuando se efectúa un Inventario se debe tomar en cuenta los detalles siguientes: Dimensiones Elementos que conforman parte de su estructura o elaboración Marca Modelo Color Número Serie, etc.
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5.11. Importancia del libro de inventario y balances Los inventarios son importantes porque sirven para determinar el patrimonio neto en un momento determinado, así vemos que, en el inventario inicial se determina el patrimonio neto inicial y en el inventario final se determina el patrimonio neto final. Estos inventarios se registran en un libro especial que se denomina LIBRO DE INVENTARIOS Y BALANCES, siguiendo las reglas que establece la TENEDURIA DE LIBROS y las disposiciones del Código de Comercio, utilizando una cuenta para cada rubro que la situación de la empresa determine 5.12. Partes del libro de inventario y balances a) Activo Está representado por el conjunto de bienes y derechos que la empresa posee para su funcionamiento y desarrollo. b) Pasivo Es el conjunto de obligaciones y deudas que la empresa contrae frente a terceros, proveedores, trabajadores y el estado por el mismo efecto de la ejecución de funcionamiento y desarrollo. c) Resumen Viene a ser la comparación entre el total de los activos menos el pasivo, cuyo resultado es la determinación del capital de la empresa o negocio. d) Balance del inventario Consiste en representar en forma resumida las cuentas del activo como cuentas DEUDORAS (CARGO) y las cuentas del pasivo como cuentas ACREEDORAS (ABONO) determinando el equilibrio entre ambas a fin de reflejar el principio de la partida doble. Toma el criterio de cuentas deudoras (cargo) y cuentas acreedoras (abono) porque el Balance del Inventario va a constituirse como el registro o asiento de apertura en el Libro Diario, lo cual se efectúa aplicando los principios de la partida doble lo que estudiaremos más adelante. 5.13. Clasificación de los inventarios a) Inventario inicial Es el que se realiza al inicio de la operaciones comerciales, para empresas que por primera vez hincan actividades se realizara en la fecha que inicia operaciones mientras que para empresa en marcha se deberá efectuar al inicio del periodo económico (02 de Enero de cada año). b) Inventario de situación o especial
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Es el que se practica en cualquier época del año, esencialmente por circunstancias especiales como por ejemplo: robo, sustracciones, pérdidas, desastres naturales, etc. c) Inventario final o del ejercicio Es aquel que se realiza al finalizar el periodo económico (31 de Diciembre de cada año) y es el que nos sirve para determinar la reapertura de los Libros para el ejercicio siguiente. 5.14. Rayado del libro inventario y balances El libro de inventarios y balances debe contener obligatoriamente siete columnas, que son las siguientes: 1) Lugar para colocar el titulo del cuadro que se va a confeccionar. 2) Columna para anotar los códigos de las cuentas de plan contable 3) Columna formada con la línea de agua para registrar los códigos de las sub-cuentas. 4) Columna para registrar los nombres de las cuentas y sub-cuentas a continuación de sus códigos. Así mismo, se anotan las respectivas glosas o sumillas. 5) Columna formada por "líneas de agua" para registrar los importes de las sub-cuentas. 6) Columna interna llamada también "de parciales", que, como su nombre lo indica, sirve para anotar cantidades parciales. 7) Columna externa llamada también "de totales", que como su nombre lo indica, sirve para anotar los totales de cada una de las cuentas que se emplean en el inventario. INVENTARIO AL XX/XX/XXXX
5.15. Desarrollo de caso práctico de inventario y balances Ejemplo 1 El Sr. Noel Miranda, propietario de Comercial “SUREÑA” el 31 de diciembre de 2015, tiene como Inventario final, lo siguiente:
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1.- Al efectuar el recuento de la mercadería se encontró: - 05 Bolsas de Fideos x 10 Kg c/b a S/. 28.00 - 03 Bolsas de azúcar x 50 Kg. A S/. 110.00 c/b - 02 Cajas de Leche x 48 unidades a S/. 114.00 c/c 2.- Muebles y Enseres: - Mostrador de madera S/. 300.00 - Vitrina metálica a S/. 200.00 3.- Dinero en efectivo S/. 1,200 4.- Deposito en cuenta corriente S/. 800.00 5.- Factura c/. Julio Zarate por venta S/. 300.00 6.- Deudas Pendientes: - Factura N° 01-986 S/. 10,000 - Letra N° 823 o/ Distribuidora Pacifico S/. 3,000 - Factura N° 01-23476 o/. Cervecería Bakus S/. 7,000 7.- Impuesto a las Ventas del mes S/. 2,500 8.- Depreciación tasa anual 10% COMERCIAL SUREÑA INVENTARIO FINAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2015 I. ACTIVO 10 CAJA Y BANCOS: 101 CAJA 101,1 Dinero en Efectivo 104 CTA CTE 104.1 Interbank 12 CLIENTES 123 LETRAS POR COBRAR 123,1 Julio Zarate 20 MERCADERIAS 201 TIENDA 201,1 Bolsas de Fideos 28 c/u 201,2Bolsas de Azucar 60 c/u 201,3 Cajas de Leche 90 c/c 33 INMUEBLE MAQUINARIA Y EQUIPO 335 MUEBLES Y ENSERES 335,1 Mostrador de Madera 335,2 Vitrina Metalica TOTAL ACTIVO II.PASIVO 39 DEPRECIACION Y AMORTIZACION 393 DEP. DE INMUEBLE MAQUI. 393,1 Tasa Anual de 10% 40 TRIBUTOS POR PAGAR 401 GOBIERNO CENTRAL 401,1 IGV 42 PROVEEDORES 421 FACTURAS POR PAGAR 421,1 Factura Nº 3780 421,2 factura Nº 1980 423 LETRAS POR PAGAR 423,1 Letra Nº 0010 TOTAL PASIVO
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S/.
S/. 2.000,00 1200
1200 800,00 800 300,00 300 300 500,00 500 140 180 180 500 500 300 200 3.300,00
29,00 29,00 29 2.500,00 2.500,00 2500 20.000,00 17.000,00 10000 7000 3.000,00 3000 22.529,00
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III.RESÚMEN TOTAL ACTIVO TOTAL PASIVO 50 CAPITAL
10 12 20 33 39 40 42 50
3.300,00 22.529,00 (19.229,00)
IV.BALANCE CAJA Y BANCOS: CLIENTES MERCADERIAS INMUEBLE MAQUINARIA Y EQUIPO DEPRECIACION Y AMORTIZACION TRIBUTOS POR PAGAR PROVEEDORES CAPITAL:
2.000,00 300,00 500,00 500
3.300,00
29,00 2.500,00 20.000,00 (19.229,00) 3.300,00
Tacna, 31 de diciembre de 2015
5.16. Libro de inventario y balances para fines tributarios Este libro deberá contener, al cierre de cada ejercicio gravable, como mínimo la información indicada en los numerales 3 y 4. Ello sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 6° de la Resolución de Superintendencia N° 141-2003/SUNAT y norma modificatoria. Tratándose de fusión, escisión y demás formas de reorganización de sociedades o empresas, así como de cierre o cese definitivo, los deudores tributarios se encontrarán obligados a registrar como mínimo la información indicada en los numerales 3 y 4. Los deudores tributarios facultados por norma expresa a utilizar un Plan Contable, Manual de Contabilidad u otro similar, distinto al Plan Contable General vigente en el país, deberán consignar en los formatos incluidos en el numeral 4, la información equivalente a la solicitada en cada uno de ellos. A continuación se presenta los formatos del libro de Inventarios y Balances para los fines tributarios. 5.16.1. FORMATO 3.1: "Libro de inventarios y balances - balance general"
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CAPÍTULO VI CONTABILIDAD
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LIBRO DIARIO 6.1. Generalidades Es un Libro Obligatorio y Principal, de filiación simple en el que se registrara en forma ordenada y cronológica todas las operaciones o transacciones que realiza el empresario o comerciante, disgregando las cuentas DEUDORAS y ACREEDORAS. Este Libro se inicia con el llamado “asiento de apertura” o “asiento inicial” que se origina en el Balance del inventario del Libro Inventarios y Balances, luego se seguirá registrando todas las operaciones hasta la finalización del periodo económico; por todo lo que se registra en este Libro se dice que es un historial cronológico de todo lo que ha ocurrido en la actividad comercial de la empresa. Para que este Libro tenga valor legal, al igual que todos los demás Libros, deberán ser legalizados por el Notario público en las capitales de provincias en el que se encuentra ubicado la empresa o negocio. En el caso de que en el ámbito no exista una oficina notarial se optara la legalización mediante el Juzgado de Paz no Letrado de la jurisdicción. Este acto protocolar se efectuara en el primer folio útil del Libro. La creación de los asientos contables en este Libro deben ser de acuerdo a los documentos fuente o sustentatorios que darán fe a la transacción comercial correspondiente. 6.2. Foliación del libro diario Son las siguientes: 1) Lugar donde se coloca el titulo del cuadro que se va a confeccionar. 2) espacio para anotar, con tinta roja el número del folio que le corresponda a las diferentes cuentas en el libro mayor. 3) columna para anotar los códigos de las cuentas según lo dispuesto por el plan contable general. 4) Columna formada con la "línea de agua" para anotar el código de las subcuentas. También se anota aquí la fecha de la glosa o sumilla. 5) Columna para anotar el nombre de las cuentas, subcuentas, divisionarias y sub divisionarias a continuación de sus respectivos códigos. Así mismo, se anota la glosa o sumilla. 6) Columna formada por "línea de agua" para anotar los importes de las subcuentas. 7) Columna interna llamada también auxiliar y sirve para anotar los importes de las cuentas deudoras (cargos). 8) Columna externa llamada también personal y sirve para anotar los importes de las cuentas acreedoras (abono).
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Glosa Es la explicación del porque del asiento en el Libro Diario, se redacta en forma resumida pero comprensible, indicando también el número del documento que se utilizó para efectuar dicho registro. 6.3. Asiento contable Se denomina así a la registración o anotación en el Libro Contable de una partida referente a un hecho comercial que está conformada por una cuenta Deudora y otra Acreedora; varias cuentas Deudoras y una Acreedora y viceversa. 6.4. Clasificación de los asientos en el libro diario Los asientos en el libro diario se clasifican en: a) Por el numero de cuentas que intervienen en el asiento Asientos simples Los asientos son simples cuando constan de una cuenta de cargo y una de abono. Asientos compuestos Los asientos son compuestos cuando constan de varias cuentas de cargo y varias de abono; también cuando constan de varias de cargo y una de abono, o una de cargo o varias de abono. b) Por la época en que se anotan Asiento de apertura Es el primer asiento que se registra en el libro diario y se hace al inicio de las operaciones de la empresa, o cuando se apertura un nuevo ejercicio económico. Nota El ejercicio económico se inicia el primer día útil del mes de enero y termina el 31 de diciembre del mismo año. Los datos para el asiento de apertura se obtienen del balance de inventario inicial. Se carga (anotan en el debe) las cuentas del activo y se abonan (anotan en el haber) las cuentas del pasivo y capital. Asiento de operación
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Es el asiento que se registra en el Libro Diario con la finalidad de dejar constancia de las operaciones que diariamente realiza la empresa en el lapso de un ejercicio económico. Asiento de centralización La empresa de acuerdo a la magnitud de sus operaciones, así como por disposiciones legales, descentraliza sus operaciones, las mismas que se registran en los correspondientes libros auxiliares tales como por ejemplo las operaciones al contado se registran en el libro auxiliar caja, las operaciones de ventas se registran en el libro auxiliar de ventas, las operaciones de compras se registran en el libro auxiliar de compras, etc. Al término de cada mes, las anotaciones hechas en los libros auxiliares se deben registrar en el libro principal diario. La conclusión es que el asiento de centralización es el asiento que se hace con el propósito de trasladar varias operaciones de la misma naturaleza que han sido anotadas en el correspondiente libro auxiliar principal DIARIO. Asiento de ajuste La empresa realiza algunas operaciones que tendrán en el futuro, que incide en los resultados de la marcha económica de la empresa tal como por ejemplo el caso de los alquileres por adelantado, impuestos pagados por adelantado, etc. Bien, al término del ejercicio económico, algunas de estas operaciones ya serán parte del ejercicio que se está tratando, por lo tanto es necesario que en las operaciones de este ejercicio figuren todas aquellas operaciones que inciden sobre su resultado. El acto de trasladar los saldos de estas cuentas (alquileres pagados por adelantado, impuestos pagados por adelantado, etc.) a las correspondientes cuentas de resultado se le conoce como asiento de ajuste. Asiento de regularización El ejercicio económico es afectado por un sinnúmero de acciones que no son propiamente operaciones si no actos que es necesario que figuren en la contabilidad porque van a incidir en el resultado de las operaciones de la empresa, tal es el caso del desgasto que sufren los bienes del activo fijo durante el ejercicio, por lo que debe hacerse una provisión por el importe de este desgaste. Lo mismo sucede con la provisión que debe hacerse para hacer frente a la compensación por tiempo de servicio de los trabajadores. Asimismo el traslado de las diferentes cuentas de la clase 6 y 7 a las cuentas de la clase 8. A estos asientos se les denomina ASIENTOS DE REGULARIZACION. Asientos de cierre
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Llamado también asiento de reversión de cuentas, es el que se hace al fin del ejercicio económico o al término definitivo de las operaciones de la empresa con el propósito de cerrar todas las cuentas que han tenido movimiento durante el ejercicio económico. Los datos se obtienen de inventario final por intermedio del balance de inventario final. En este asiento, se carga (anota en el debe) las cuentas del Pasivo y capital y se abonan (anota en el haber) las cuentas del activo. c) Por la incidencia en las operaciones Asiento por naturaleza Asiento por destino.
d) Clasificación de los asientos en el libro diario por el número de cuentas que intervienen. Asiento simple Son aquellos asientos donde intervienen una cuenta deudora y una cuenta acreedora, es decir son la forma: Asiento compuesto Es aquel asiento que tiene: - Una cuenta deudora y varias cuentas deudoras. - Varias cuentas deudoras y una cuenta acreedora - Varias cuentas deudoras y varias cuentas acreedoras. e) Partes de un asiento contable: A. B. C. D.
Fecha y línea de independización o separación Cuentas y Sub cuentas Deudoras y Acreedoras Cantidad de Cuentas Deudoras y Acreedoras Glosa, explicación, concepto o detalle.
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6.5. Notas técnicas para el libro diario
Los nombres o títulos de las cuentas principales se resaltan subrayándolas con una sola línea con tinta roja. Los espacios o renglones de cada folio se debe utilizar correctamente sin dejar líneas en blanco, ni hacer raspaduras o enmendaduras. Para pasar al siguiente folio, se escribirá en él último renglón, la palabra “van” entre líneas, anotando además la suma de las columnas de cargos y abonos. En el siguiente folio, en el primer renglón útil, se escribirá la palabra “vienen” entre líneas, así como las cantidades acumuladas que vienen de la página anterior de la columna de cargos y abonos. Si un asiento completo no alcanza al finalizar la página, se anotara lo que alcance hasta el penúltimo renglón, y con todo lo que falte se continuará en el siguiente folio en el segundo renglón después de la palabra vienen hasta completar el asiento. Las sumas de las columnas de cargos y abonos, al terminar asientos completos, deberán coincidir o ser iguales, puesto que al registrar se ha seguido el principio de la partida doble. El Libro diario se cierra solo al final del ejercicio con el asiento de reversión de cuentas de Balance, que es el último asiento en el diario de cada ejercicio. La suma final de las columnas de cargos y abonos, representa el total acumulado de todos los asientos registrados, y debe ser anotada con tinta en limpio, luego, en el siguiente renglón, se hace la doble línea de cierre.
6.6. Desarrollo de sasos prácticos en libro diario Ejemplo 1 Se compra mercaderías al crédito
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Para que la técnica de la interrogante pueda ser bien determinada le recordamos a los lectores que siempre que se compra o pague siempre ingresara un gasto, partiendo esta premisa determinamos la siguiente interrogante: Si compra mercaderías ¿que ingresa? La respuesta de acuerdo a lo mencionado antes será: INGRESA UN GASTO DE COMPRAS, el cual es representado contablemente por la cuenta 60 COMPRAS, por ende esta sería la cuenta de CARGO. Para dar cumplimiento al principio de la Partida Doble, levantamos la segunda interrogante a fin de establecer la cuenta acreedora o de salida, siendo la pregunta así: Si compra mercaderías al crédito, ¿que sale? Respondiendo a la interrogante decimos que sale una OBLIGACION, frente a los proveedores el cual es representado contablemente por la cuenta 42 PROVEEDORES, por lo tanto esta cuenta seria de ABONO. Finalmente representamos el asiento contable registrado en el Libro Contable DIARIO GENERAL
6.7. Libro diario para fines tributarios El Libro Diario deberá incluir mensualmente la siguiente información mínima: Número correlativo del asiento contable o código único de la operación. Fecha de la operación. Glosa o descripción de la naturaleza de la operación registrada, de ser el caso. Referencia de la operación en caso el deudor tributario lleve su libro en forma manual, indicando: - El código del Libro o Registro donde se registró (según tabla 8).
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El número correlativo del registro o código único de la operación, según corresponda. - El número del documento sustentatorio, de ser el caso. Cuenta contable, indicando: - Código de la cuenta contable desagregado en subcuentas al nivel máximo de dígitos utilizado, teniendo presente el nivel mínimo de dígitos en que deberán estar desagregadas. - Denominación de la cuenta contable, salvo el caso en que el deudor tributario utilice un número mayor a cuatro (4) dígitos para las subcuentas, supuesto en el cual será optativo consignar esta información. -
Movimiento: - Debe. - Haber. Totales.
6.8. Libro Diario de formato simplificado Se deberá incluir mensualmente la siguiente información:
Número correlativo o código único de la operación Fecha o periodo de la operación Glosa o descripción de la operación Cuentas de acuerdo al Plan Contable General vigente Totales
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CAPÍTULO VII CONTABILIDAD
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LIBRO MAYOR 7.6. Generalidades Es un Libro obligatorio y Principal de foliación doble (enumeración) al que se transfieren todas las cuentas que se hayan registrado en el Libro Diario determinadas en cuentas del DEBE (Cargo) y HABER (Abono). El Libro Mayor es el que nos da un panorama más explicito del estado de cada una de las cuentas para su respectivo análisis. El registro del Libro Mayor se dará de acuerdo al orden cronológico en que se hayan suscitado la operación para de esa forma guardar la uniformidad de los registros. Para aperturar el Libro Mayor se tomara la primera cuenta del Libro Diario y se anota con su código y su denominación y la cantidad que la representa sea este en el lado DEBE o HABER según este determinada en el Libro Diario. En nuestro medio los Contadores y Tenedores de Libros por comodidad y simplificación o en todo caso por ahorro de tiempo e inversión el Libro Mayor la realizan en lo que se conoce como CUENTAS “T” que no es más que un rayado en forma de “T” y estos son hechos en papeles sueltos; para efectos de didáctica los casos prácticos de aplicación del Libro Mayor lo ejecutaremos en las cunetas “T”. . a) Foliación del libro mayor Es el Libro mayor es de foliación doble, es decir, el número de sus páginas o folios avanza repitiéndose el número en las dos páginas de cada cuenta, es decir que para cada folio se utilizan dos caras del libro que estarán frente a frente y la cara del lado izquierdo toma el nombre de DEBE y la cara del lado derecho toma el nombre del HABER. b) Forma de anotar en el libro mayor Para registrar los importes de las cuentas en el libro mayor se procede de la siguiente manera: Si la cuenta aparece en el Libro Diario anotada en la columna del DEBE, se le busca si tiene o no cuenta en el Libro Mayor, si no tuviera se le apertura una cuenta en forma inmediata y se le procede a registrar en el DEBE de esta cuenta el importe que indica la misma que está registrado en la columna del DEBE DEL LIBRO DIARIO. Para terminar, en el libro Diario y con tinta roja se anotara frente a la cuenta que ha sido registrada en el Libro Mayor, el folio que le ha correspondido en el Libro Mayor.
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Si la cuenta aparece anotada en el libro Diario en la columna del HABER, se busca una cuenta aperturada en el Libro Mayor, si no tuviese, se le apertura una cuenta en forma inmediata y se procede a anotar en el lado del HABER el importe que indica la cuenta que ya está registrada en el LIBRO DIARIO, con tinta roja se coloca el numero de folio que le ha correspondido a la cuenta, en el Libro Mayor. 7.7. Rayado del libro mayor El rayado del Libro Mayor es el mismo que todos los Libros de Contabilidad en las que se debe resaltar específicamente el lado DEBE (lado izquierdo del libro) y el lado HABER (lado derecho) tomando en cuenta que la línea de separación entre el DEBE y el HABER es la parte central del Libro. LIBRO MAYOR
EJEMPLO DE RAYADO EN “T” DEBE
10 CAJA Y BANCOS 10,000.00
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HABER 3,000.00
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7.8. Mecanismo de mayorización Todos los asientos del Diario se pasan al Mayor en orden estricto de fechas y de acuerdo al siguiente procedimiento:
La partida deudora o cargo del asiento se pasa en el lado del Debe de la cuenta que corresponda, anotando la fecha, explicación y cantidad del cargo. La explicación al pasar el cargo consiste en anotar la contra cuenta o cuenta relativa, la misma que viene a ser la cuenta de abono del asiento. Si la contra cuenta es más de una, se escribe la palabra “varios” en vez de los nombres de las cuentas. La preposición “a” antecede a la anotación de la contra cuenta.
Se hace la foliación del cargo: en el Mayor se anota con rojo el N° del folio del Diario donde está el cargo del asiento; y en el Diario se anota con rojo el N° del folio del mayor donde está la cuenta que se ha pasado.
La partida acreedora o abono del asiento se pasa en el lado del Haber en la cuenta que corresponda, anotando la fecha, explicación y cantidad del abono. La explicación al pasar el abono consiste en anotar la contra cuenta o cuenta relativa, que ahora viene a ser la cuenta de cargo del asiento. Si la contra cuenta es mas de una se escribe la palabra “varios” en vez del nombre de las cuentas. La preposición “por” antecede a la anotación de la contra cuenta.
Se hace la foliación del abono: en el Mayor se anota con rojo el N° del folio del Diario donde está el abono del asiento, y en el Diario se anota con rojo el N° del folio del Mayor donde está la cuenta que se ha pasado. “Contra cuenta” o “cuenta relativa”: es aquella que completa el asiento por partida doble. Del cargo será el abono, y del abono será el cargo.
Traslado o centralización Consiste en trasladar al Libro mayor todos los acontecimientos anotados en el Libro Diario. Para el caso de ejemplarizar tomaremos un caso práctico muy simple.
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DIARIO GENERAL
El lector muy fácilmente se podrá compenetrar con la mayorización si se permite analizar detenidamente el esquema que presentamos, lo propuesto podemos descifrarlo así: todas las cuentas del Libro Diario (desde el primer asiento hasta el último registro que se realiza) han sido transferidos al Libro Mayor; como es notorio las cantidades del lado Debe del Libro Diario han sido trasladados al lado Debe del Libro mayor y las cantidades del lado Haber del Libro Diario han sido trasladados al lado Haber del Libro Mayor, por supuesto determinados con sus respectivas cuentas. 7.9. Notas técnicas para el libro mayor
Las cantidades de los cargos y abonos se anotan directamente en la columna principal, cuando se trata de pase de asientos de apertura y cierre. Los importes de los asientos de operaciones se anotan primero en la columna auxiliar, la suma de estos por cada periodo mensual se anota en la columna principal.
Cuando por el movimiento de la cuenta ya se utilizó la página, para pasar a la siguiente se escribe en él ultimo renglón la palabra “van“, junto con la suma de cantidades de cargos o abonos, luego se pasan dichas sumas al primer renglón del folio donde va a continuar anotándose el movimiento de la cuenta, junto con la palabra “vienen”, indicándose el N° del folio a donde van y vienen. Si algunos de los lados de la cuenta no han sido ocupado por completo, es decir todavía tiene renglones no escritos, estos se anularan con la línea
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quebrada “zeta”. Las palabras “van” y vienen” deben ser anotadas al mismo tiempo en las dos páginas de la cuenta, por ser el libro de foliación doble.
Los importes de los cargos y abonos de los saldos de las cuentas de Balance al iniciar un nuevo ejercicio, pueden ser anotados con rojo para distinguirlos del propio movimiento del ejercicio.
7.10. Libro mayor para fines tributarios En este libro se deberá incluir mensualmente la siguiente información:
Fecha de la operación. Número correlativo de la operación en el Libro Diario, para los casos de contabilidad manual. Cuenta contable asociada a la operación, según lo siguiente: - Código y/o denominación de la cuenta contable, según el Plan de Cuentas utilizado. - Denominación de la cuenta contable. El deudor tributario podrá colocar esta información como datos de cabecera de considerarlo necesario Glosa o descripción de la naturaleza de la operación registrada. Saldos y movimientos de la cuenta: - Saldo deudor, de ser el caso. - Saldo acreedor, de ser el caso. Totales.
CAPÍTULO VIII REGISTROS AUXILIARES CONTABILIDAD
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8.4. Generalidades Los libros auxiliares son los libros donde se registran en forma analítica y detallada los valores y la información registrada en libros principales. Existe la obligación de llevarlos ya que estos deben servir de soporte para conocer las transacciones individuales. Su número es ilimitado de acuerdo a las necesidades de cada ente económico, de acuerdo con su tamaño y el trabajo que se tenga que realizar, de manera que permitan el completo entendimiento de los libros obligatorios de contabilidad 8.5. Función de libros auxiliares Su función es ampliar la recogida de información en los libros principales. Su estructura es muy variada y con frecuencia suelen ser archivos fotocopiados y además pueden recogerse en cualquier soporte informático. Es una obligación por parte de los entes económicos cuya actividad sea el comercio llevar registros auxiliares de inventarios de mercancías, con el fin de llevar el control de las que se destinen para la venta. Dicho libro debe contener la información por unidades o grupos homogéneos, reuniendo por lo menos los siguientes datos: identificación por clase y denominación de los artículos, fecha de la operación que se registre, número de comprobante que respalda la operación asentada, número de unidades en existencia, compradas, vendidas, consumidas, retiradas o trasladadas; existencia en valores y unidad de medida, costo unitario y total de lo comprado, vendido, consumido, retirado o trasladado y el registro de unidades y valores por faltantes o sobrantes que resulten de la comparación del inventario físico con unidades registradas en las tarjetas de control. 8.6. Libros y registros auxiliares 8.6.1. Registro de ventas Es un Libro auxiliar obligatorio de foliación doble, la legalización se realiza en la primera página ya sea o reporte por computadora. Es importante porque sirve para registrar las operaciones de ventas de mercaderías, bienes o servicios de una empresa. Su finalidad principal es determinar con exactitud las ventas realizadas y los impuestos retenidos, los descuentos, intereses y también las condiciones de ventas a nuestros clientes. A través de este libro determinamos cuánto de ingresos ha tenido la empresa en meses comparativos y así comprobarlas variaciones ocurridas. Este Registro deberá contener, en columnas separadas, la información mínima que se detalla a continuación:
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Número correlativo del registro o código único de la operación de venta. Fecha de emisión del comprobante de pago o documento. En los casos de empresas de servicios públicos, adicionalmente deberá registrar la fecha de vencimiento y/o pago del servicio. Tipo de comprobante de pago o documento (según tabla 10). Número de serie del comprobante de pago, documento o de la máquina registradora, según corresponda. Número del comprobante de pago o documento, en forma correlativa por serie o por número de la máquina registradora, según corresponda. Tipo de documento de identidad del cliente (según tabla 2). Número de RUC del cliente, cuando cuente con éste, o número de documento de identidad; según corresponda. Apellidos y Nombres, denominación o razón social del cliente. En caso de personas naturales se debe consignar los datos en el siguiente orden: apellido paterno, apellido materno y nombre completo. Valor de la exportación, de acuerdo al monto total facturado. Base imponible de la operación gravada. En caso de ser una operación gravada con el Impuesto Selectivo al Consumo, no debe incluir el monto de dicho impuesto. Importe total de las operaciones exoneradas o inafectas. Impuesto Selectivo al Consumo, de ser el caso. Impuesto General a las Ventas y/o Impuesto de Promoción Municipal, de ser el caso. Otros tributos y cargos que no forman parte de la base imponible. Importe total del comprobante de pago. Tipo de cambio utilizado conforme lo dispuesto en las normas sobre la materia. En el caso de las notas de débito o las notas de crédito, adicionalmente, se hará referencia al comprobante de pago que se modifica, para lo cual se deberá registrar la siguiente información: - Fecha de emisión del comprobante de pago que se modifica. - Tipo de comprobante de pago que se modifica (según tabla 10). - Número de serie del comprobante de pago que se modifica. - Número del comprobante de pago que se modifica. El monto ajustado de la base imponible y/o del impuesto o valor, según corresponda, señalado en las notas de crédito, se consignará respectivamente, en las columnas utilizadas para registrar los datos vinculados al valor facturado de la exportación, base imponible de la operación gravada e importe total de la operación exonerada o inafecta.
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El monto de la base imponible y/o impuesto o valor, según corresponda, señalados en las notas de débito, se consignarán respectivamente en las columnas indicadas en el párrafo anterior. Totales.
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8.6.2. Registro de compras El registro de compras es un libro auxiliar obligatorio de filiación doble, en el se anotan las compras de bienes y servicios que constituyen la actividad principal del negocio y las otra conexas que también son objeto de aplicación del impuesto general a las ventas. Este registro deberá contener, en columnas separadas, la información mínima que se detalla a continuación: Número correlativo del registro o código único de la operación de compra. Fecha de emisión del comprobante de pago o documento. Fecha de vencimiento o fecha de pago en los casos de servicios de suministros de energía eléctrica, agua potable y servicios telefónicos, télex y telegráficos, lo que ocurra primero. Fecha de pago del impuesto retenido por liquidaciones de compra. Fecha de pago del impuesto que grave la importación de bienes, utilización de servicios prestados por no domiciliados o la adquisición de intangibles provenientes del exterior, cuando corresponda. Tipo de comprobante de pago o documento, de acuerdo a la codificación que apruebe la SUNAT (según tabla 10). Serie del comprobante de pago o documento. En los casos de la Declaración Única de Aduanas o de la Declaración Simplificada de Importación se consignará el código de la dependencia Aduanera (según tabla 11). Año de emisión de la Declaración Única de Aduanas o de la Declaración Simplificada de Importación. Número del comprobante de pago o documento o número de orden del formulario físico o formulario virtual donde conste el pago del
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impuesto, tratándose de liquidaciones de compra, utilización de servicios prestados por no domiciliados u otros, número de la Declaración Única de Aduanas, de la Declaración Simplificada de Importación, de la Liquidación de Cobranza u otros documentos emitidos por SUNAT que acrediten el crédito fiscal en la importación de bienes. Tipo de documento de identidad del proveedor (según tabla 2). Número de RUC del proveedor, o número de documento de identidad; según corresponda. Apellidos y Nombres, denominación o razón social del proveedor. En caso de personas naturales se debe consignar los datos en el siguiente orden: apellido paterno, apellido materno y nombre completo. Base imponible de las adquisiciones gravadas que dan derecho a crédito fiscal y/o saldo a favor por exportación, destinadas exclusivamente a operaciones gravadas y/o de exportación. Monto del Impuesto General a las Ventas correspondiente a la adquisición registrada conforme lo dispuesto en el literal k). Base imponible de las adquisiciones gravadas que dan derecho a crédito fiscal y/o saldo a favor por exportación, destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación y a operaciones no gravadas. Monto del Impuesto General a las Ventas correspondiente a la adquisición registrada conforme lo dispuesto en el literal m). Base imponible de las adquisiciones gravadas que no dan derecho a crédito fiscal y/o saldo a favor por exportación, por no estar destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación. Monto del Impuesto General a las Ventas correspondiente a la adquisición registrada conforme lo dispuesto en el literal o). Valor de las adquisiciones no gravadas. Monto del Impuesto Selectivo al Consumo, en los casos en que el sujeto pueda utilizarlo como deducción. Otros tributos y cargos que no formen parte de la base imponible. Importe total de las adquisiciones registradas según comprobantes de pago. Número de comprobante de pago emitido por el sujeto no domiciliado en la utilización de servicios o adquisiciones de intangibles provenientes del exterior, cuando corresponda. En estos casos se deberá registrar la base imponible correspondiente al monto del impuesto pagado y el referido impuesto. Dicha información se consignará, según corresponda, en las columnas utilizadas para señalar los datos vinculados a las adquisiciones gravadas destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación; adquisiciones gravadas destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación y a operaciones no gravadas y adquisiciones gravadas destinadas a operaciones no gravadas. Número de la constancia de depósito de detracción, cuando corresponda.
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Fecha de emisión de la constancia de depósito de detracción, cuando corresponda. Tipo de cambio utilizado conforme lo dispuesto en las normas sobre la materia. En el caso de las notas de débito o las notas de crédito, adicionalmente, se hará referencia al comprobante de pago que se modifica, para lo cual se deberá registrar la siguiente información: - Fecha de emisión del comprobante de pago que se modifica. - Tipo de comprobante de pago que se modifica (según tabla 10). - Número de serie del comprobante de pago que se modifica. - Número del comprobante de pago que se modifica. El monto ajustado de la base imponible y/o del impuesto o valor, según corresponda, señalado en las notas de crédito, se consignará respectivamente, en las columnas utilizadas para registrar los datos vinculados a las adquisiciones gravadas destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación; adquisiciones gravadas destinadas a operaciones gravadas y/o de exportación y a operaciones no gravadas y adquisiciones gravadas destinadas a operaciones no gravadas. El monto de la base imponible y/o impuesto o valor, según corresponda, señalados en las notas de débito, se consignarán respectivamente en las columnas indicadas en el párrafo anterior.
Totales.
8.6.3. Libro planilla de remuneraciones La información mínima que se debe incluir en el Libro de Planillas, regulado por el Decreto Supremo N° 001-98-TR y normas modificatorias es la establecida en el referido Decreto.
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La Planilla Electrónica se rige por lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 018-2007-EF. 8.6.4. Libro caja y bancos De acuerdo a la normatividad el Libro Caja es Obligatorio y Principal de foliación doble y el cual está regulado por leyes especiales en el que se registraran o anotaran los ingresos y los gastos específicamente que de determinen en efectivo y/o cheque. La importancia de utilizar este libro radica en que en cualquier momento se puede conocer la situación del movimiento de dinero en efectivo de la empresa o negocio a) Fines -
Registrar las operaciones de compra-venta estrictamente al contado
-
Los pagos o gastos que se ejecutan mediante cheques.
-
Las operaciones mixta, contado o crédito se anotaran a la vez en el libro diario y caja en forma simultánea; lo que quiere decir es que la parte que corresponde al contado en el Libro Caja y la parte que es al crédito se provisiona en el Libro Diario.
b) Legalización Al igual que todos los demás libro obligatorios este libro también debe ser legalizado en su primer folio útil por el Notario Público de la jurisdicción. c) Tipos de libro caja c.1) Caja tabular c.2) Caja italiana En nuestro país es el que mayormente se utiliza por su flexibilidad y versatilidad en el manejo; este libro es de filiación doble que se divide en dos partes esenciales: DEBE y HABER; la apertura del libro Caja se determina reflejando los saldos iníciales de Dinero en Efectivo y el de Cuentas Corrientes que están expresados en la cuenta principal 10 Caja y Bancos, esta cuenta de apertura se efectuara en el lado Debe del libro.
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d) Libro caja para fines tributarios
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En este libro se debe registrar mensualmente toda la información, proveniente del movimiento del efectivo y del equivalente de efectivo. En caso el deudor tributario lleve sus libros o registros utilizando hojas sueltas o continuas, se encontrará exceptuado de llevar el Libro Caja y Bancos siempre que su información se encuentre contenida en el Libro Mayor. Estará integrado por los siguientes formatos: e) FORMATO 1.1: "Libro Caja y Bancos – detalle de los movimientos del efectivo". Información mínima: Número correlativo del registro o código único de la operación. Fecha de la operación. Descripción de la operación registrada, que indique su naturaleza. De tratarse de saldos, inicial o final, indicarlo en ésta columna. En caso la(s) operación(es) se encuentre(n) centralizada(s) en otro libro o registro vinculado a asuntos tributarios será necesario únicamente su referenciación. Código y denominación de la(s) cuenta(s) contable(s) asociada(s) que es(son) el origen o destino de la operación, según el Plan de Cuentas utilizado, tratándose de libros o registros llevados en forma manual. Saldos y movimientos: - Saldo deudor, de ser el caso. - Saldo acreedor, de ser el caso. Totales.
f)
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FORMATO 1.2: "Libro Caja y Bancos – detalle de los movimientos de la cuenta corriente".
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Información mínima:
Se deberá incluir como datos de cabecera adicionales, la siguiente - Nombre de la entidad financiera. - Código de la cuenta corriente. Número correlativo del registro o código único de la operación. Fecha de la operación. Medio de pago utilizado (según tabla 1). Descripción de la operación; opcionalmente se podrá consignar en esta columna, en forma literal, el medio de pago utilizado, en cuyo caso no será necesario utilizar la columna señalada para registrar la información que corresponde al inciso Apellidos y Nombres, Denominación o Razón Social del girador o beneficiario. En esta columna se indicarán los saldos, inicial o final, y de tratarse de operaciones múltiples se podrá consignar como concepto el término "varios".
Número de la transacción bancaria, número del documento sustentatorio o número de control interno de la operación.
Código y denominación de la(s) cuenta(s) contable(s) asociada(s) que es (son) el origen o destino de la operación, según el Plan de Cuentas utilizado, tratándose de contabilidad manual.
Saldos y movimientos: - Saldo deudor, de ser el caso. - Saldo acreedor, de ser el caso.
Totales
Nota Datos de cabecera
Denominación del libro o registro. Período y/o ejercicio al que corresponde la información registrada. Número de RUC del deudor tributario, Apellidos y Nombres, Denominación y/o Razón Social de éste.
Tratándose de libros o registros llevados en forma manual, bastará con incluir estos datos en el primer folio de cada período o ejercicio. En el Libro de Ingresos y Gastos, bastará con incluir como datos de cabecera los señalados
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8.6.5. Libro de Retenciones (incisos e) y f) del artículo 34° de la Ley del Impuesto a la Renta) En este libro se deberá incluir mensualmente la siguiente información:
Fecha de retención, cuando esta coincida con la fecha de pago de la retribución o, en su defecto fecha de pago de la retribución. Información de la persona que prestó el servicio, de acuerdo a lo siguiente: - Tipo de documento de identidad. (según tabla 2). - Número del documento de identidad, de ser el caso. - Apellidos y Nombres.
Información de la retribución, de acuerdo a lo siguiente: - Monto bruto de la retribución. - Monto de las retenciones efectuadas. - Monto neto de la retribución.
Totales.
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8.6.6. Registro de activos fijos En este registro se deberá registrar anualmente toda la información, proveniente de la entrada y salida de los activos fijos, así como la depreciación respectiva. Estará integrado por los siguientes formatos: g) FORMATO 7.1: "Registro de activos fijos – detalle de los activos fijos" La información mínima a ser consignada en este formato, será la siguiente: Código interno de la empresa relacionado con el activo fijo. Para el caso de las entidades del Estado comprendidas bajo el ámbito de aplicación del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo N° 0832004-PCM y norma modificatoria, deberán consignar el código establecido por la Superintendencia de Bienes Nacionales. Cuenta contable del activo fijo. El deudor tributario podrá colocar esta información como dato de cabecera de considerarlo necesario. Descripción del activo fijo. El deudor tributario opcionalmente podrá incluir en este concepto la marca, el modelo y el número de serie y/o placa del activo fijo, en cuyo caso no será exigible el llenado de los datos solicitados
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Asimismo, tratándose de bienes del activo fijo: - En desuso, se antepondrá a su descripción la sigla "D-" - Obsoletos, se antepondrá su descripción la sigla "O-" - Que no se encuentre en ninguna de las situaciones mencionadas en los acápites anteriores, se antepondrá a su descripción la sigla "R-".
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Las siglas "D" y "O" se antepondrán respecto de aquellos bienes que habiendo quedado fuera de uso u obsoletos, el contribuyente opte por darlos de baja por el valor aún no depreciado, conforme a lo previsto en el numeral 2 del inciso i) del Art. 22° del Reglamento de la Ley de Impuesto a la Renta. Marca del activo fijo. Modelo del activo fijo. Número de serie y/o placa del activo fijo. Saldo inicial del activo fijo. Adquisiciones y adiciones. Mejoras. Retiros y/o bajas del activo fijo. Otros ajustes en el valor del activo fijo. Valor histórico del activo fijo al 31.12. Valor del ajuste por inflación del activo fijo, de ser el caso. Valor ajustado del activo fijo al 31.12, de ser el caso. Fecha de adquisición del activo fijo. Fecha de inicio del uso del activo fijo, siempre que no coincida con la fecha de adquisición. Método de depreciación aplicado, siempre que el deudor tributario no utilice el método de depreciación de línea recta. Número de documento de autorización, en el caso de haber sido autorizado a cambiar de método de depreciación por la SUNAT. Porcentaje de depreciación. Depreciación acumulada al cierre del ejercicio anterior. Depreciación del ejercicio. Depreciación del ejercicio relacionada con los retiros y/o bajas del activo fijo. Depreciación del ejercicio relacionada con otros ajustes. Depreciación acumulada histórica. Valor del ajuste por inflación de la depreciación, de ser el caso. Depreciación acumulada ajustada por inflación, de ser el caso. Totales.
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8.6.7. Registro de consignaciones Este registro se incluirá como datos de cabecera adicionales la siguiente información:
Nombre del bien. Descripción. Código. Unidad de medida (según tabla 6).
Nota Datos de cabecera Denominación del libro o registro. Período y/o ejercicio al que corresponde la información registrada. Número de RUC del deudor tributario, Apellidos y Nombres, Denominación y/o Razón Social de éste. Tratándose de libros o registros llevados en forma manual, bastará con incluir estos datos en el primer folio de cada período o ejercicio. En el Libro de Ingresos y Gastos, bastará con incluir como datos de cabecera señalados a) FORMATO 9.1: consignador".
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"Registro
de
consignaciones
–
para
el
Fecha de emisión de la guía de remisión o del comprobante de pago El tipo de documento emitido por el consignador, en una columna separada (según tabla 10). Pág. 1
Serie y número de la guía de remisión, emitida por el consignador, con la que se entregan los bienes al consignatario o se reciben los bienes no vendidos por el consignatario. Serie y número del comprobante de pago emitido por el consignador una vez perfeccionada la venta de bienes por parte del consignatario; en este caso, deberá anotarse en la columna señalada, la serie y el número de la guía de remisión con la que se remitieron los referidos bienes al consignatario. Fecha de entrega o de devolución del bien, de ocurrir ésta. Tipo de documento de identidad del consignatario. Número de RUC del consignatario o del documento de identidad. Apellidos y Nombres, Denominación o razón social del consignatario. Cantidad de bienes entregados en consignación. Cantidad de bienes devueltos por el consignatario. Cantidad de bienes vendidos. Saldo de los bienes en consignación, de acuerdo a las cantidades anotadas en las columnas señaladas.
b) FORMATO 9.2: consignatario"
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"Registro
de
consignaciones
–
para
el
Fecha de recepción, devolución o venta del bien. Fecha de emisión de la guía de remisión o del comprobante de pago El tipo de documento emitido por el consignador o por el consignatario (según tabla 10), de ser el caso, en una columna separada.
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Serie y número de la guía de remisión, emitida por el consignador, con la que se reciben los bienes o se devuelven al consignador los bienes no vendidos. Serie y número del comprobante de pago emitido por el consignatario por la venta de los bienes recibidos en consignación; en este caso, deberá anotarse en la columna señalada para el inciso (iii), la serie y el número de la guía de remisión con la que recibió los referidos bienes del consignador. Número de RUC del consignador. Apellidos y Nombres, Denominación o razón social del consignador. Cantidad de bienes recibidos en consignación. Cantidad de bienes devueltos al consignador. Cantidad de bienes vendidos por el consignatario. Saldo de los bienes en consignación, de acuerdo a las cantidades anotadas en las columnas señaladas para los incisos (viii), (ix) y (x).
8.6.8. Registro de costos El Registro de Costos debe contener la información mensual de los diferentes elementos del costo, según las normas tributarias, relacionados con el proceso productivo del período y que determinan el costo de producción respectivo a) FORMATO 10.1: "Registro de costos – Estado de Costo de Ventas Anual" La información mínima a ser consignada en este formato, será la siguiente:
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El costo del inventario inicial de productos terminados contable. El costo de producción de productos terminados contable. El costo de los productos terminados disponibles para la venta contable. El costo de inventario final de productos terminados contable. Ajustes diversos contables. Determinación del Costo de Ventas Contable
b) FORMATO 10.2: "Registro de costos – elementos del Costo Mensual" La información mínima a ser consignada en este formato, será la siguiente:
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Costo de materiales y suministros directos. Costo de la mano de obra directa. Otros costos directos. Gastos de producción indirectos: - Materiales y suministros indirectos. - Mano de obra indirecta. - Otros gastos de producción indirectos. Total consumo en la producción. Costo total por cada elemento del costo.
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c) FORMATO 10.3: "Registro de costos – Estado de Costo de Producción valorizado anual" La información mínima a ser consignada en este formato, será la siguiente: Costo de materiales y suministros directos. Costo de la mano de obra directa. Otros costos directos. Gastos de producción indirectos: - Materiales y suministros indirectos. - Mano de obra indirecta. - Otros gastos de producción indirectos. Total consumo en la producción. Inventario inicial de productos en proceso. Inventario final de productos en proceso. Costo de producción. Costo total anual por cada elemento del costo. La información del presente formato podrá agruparse optativamente por proceso productivo, línea de producción, producto o proyecto.
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8.6.9. Registro de Inventario permanente valorizado Se registrará mensualmente en el FORMATO 13.1: "REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE VALORIZADO – DETALLE DEL INVENTARIO VALORIZADO" toda la información, por cada tipo de existencia, proveniente de la entrada y salida al almacén y sustentada en comprobantes de pago y/o documentos. En el formato se incluirá como datos de cabecera adicionales la siguiente información:
Información del Establecimiento donde se ubican las existencias. Código de la existencia. Tipo de existencia (según tabla 5). Descripción de la existencia. Código de la unidad de medida (según tabla 6). Método de valuación de existencias aplicado.
Los contribuyentes que se encuentren obligados a llevar este registro, se encuentran exceptuados de llevar el Registro de Inventarios Permanentes en Unidades Físicas Nota Datos de cabecera
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Denominación del libro o registro. Período y/o ejercicio al que corresponde la información registrada. Número de RUC del deudor tributario, Apellidos y Nombres, Denominación y/o Razón Social de éste.
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Tratándose de libros o registros llevados en forma manual, bastará con incluir estos datos en el primer folio de cada período o ejercicio. FORMATO 13.1: "Registro de inventario permanente valorizado – detalle del Inventario Valorizado La información mínima a ser consignada en este formato, será la siguiente:
Fecha de emisión del documento de traslado, comprobante de pago, documento interno o similar. Tipo de documento de traslado, comprobante de pago, documento interno o similar (según tabla 10). Número de serie del documento de traslado, comprobante de pago, documento interno o similar. Número del documento de traslado, comprobante de pago, documento interno o similar. Tipo de operación (según tabla 12). Entradas: - Cantidad. - Costo Unitario. - Costo Total. Adicionalmente se deberá considerar en esta columna la información del saldo inicial.
Salidas: - Cantidad. - Costo Unitario. - Costo Total.
Saldo final: - Cantidad. - Costo Unitario. - Costo Total.
Totales.
Los contribuyentes que lleven sus libros y registros vinculados a asuntos tributarios en hojas sueltas o continúas, podrán registrar un resumen diario de las operaciones de entrada o salida de existencias del almacén, siempre que lleven un sistema de control computarizado que mantenga la información detallada y que permita efectuar la verificación de cada entrada o salida del almacén, con su correspondiente documento sustentatorio
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. 8.6.10. Registro de inventario permanente en unidades físicas Se registrará mensualmente en el FORMATO 12.1: "REGISTRO DEL INVENTARIO PERMANENTE EN UNIDADES FÍSICAS – DETALLE DEL INVENTARIO PERMANENTE EN UNIDADES FÍSICAS" toda la información, por cada tipo de existencia, proveniente de la entrada y salida física de las mismas en cada almacén. En el formato se incluirá como datos de cabecera adicionales la siguiente información:
Información del Establecimiento donde se ubican las existencias. Código de la existencia. Tipo de existencia (según tabla 5). Descripción de la existencia. Código de la unidad de medida (según tabla 6).
FORMATO 12.1: "Registro del inventario permanente en unidades físicas – detalle del Inventario Permanente en Unidades Físicas" La información mínima a ser consignada en este formato, será la siguiente: Fecha de emisión del documento de traslado, comprobante de pago, documento interno o similar.
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Tipo de documento de traslado, comprobante de pago, documento interno o similar (según tabla 10). Número de serie del documento de traslado, comprobante de pago, documento interno o similar. Número del documento de traslado, comprobante de pago, documento interno o similar. Tipo de operación (según tabla 12). Entradas en unidades, adicionalmente considerar en esta columna la información del saldo inicial. Salidas en unidades. Saldo final en unidades. Totales.
8.6.11. Otros Libros Los siguientes Libros vinculados a asuntos tributarios deberán contener la información que dispone las normas legales que los crearon. a) Libro de Ingresos y Gastos – Rentas de Segunda Categoría b) Libro de Ingresos y Gastos – Rentas de Cuarta Categoría c) Libro de actas de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) La información mínima que se debe incluir en el Libro de Actas de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, será la establecida por los artículos 40° y 51° de la Ley de la EIRL. d) Libro de actas de la Junta General de Accionistas
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La información mínima que se debe incluir en el Libro de Actas de la Junta General de Accionistas, será la establecida por los artículos 134°, 135° y 136° de la Ley General de Sociedades. e) Libro de actas del Directorio La información mínima que se debe incluir en el Libro de Actas del Directorio, será la establecida por el artículo 170° de la Ley General de Sociedades. f) Libro de matrícula de acciones La información mínima que se debe incluir en el Libro de Matriculas de Acciones será la establecida por el artículo 92° de la Ley General de Sociedades.
MONOGRAFÍA CONTABLE
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La empresa comercial ALAMEDA SUR SAC con RUC Nº 20453247962, cuya actividad principal es la venta por mayor y menor de equipos informáticos, al 02 de enero de 2017, reinicia sus operaciones con los siguientes bienes, valores y obligaciones: Inventario Inicial Dinero en efectivo por S/. 5,000.00 Caja fuerte 2,500.00 Dinero en Cta. Cte. (Bco. Crédito). 400,000.00 Dinero en Cta. Ahorros (Interbank) 65,000.00 Sobregiro bancario en Cta. Cte. Banco continental 10,000.00 Caja Chica 5,000.00 Anticipos recibidos del cliente SOL EIRL 1,000.00 Letra Nº 005-2011 a Cliente Oriente SAC 1,000.00 Adelanto del alquiler de local comercial (enero) 4,000.00 Mercaderías: 200 Unidad de LAPTOP LG S/. 3,020.00 c/u, 120 Unidades de Computadora LG a S/. 1,300.00 c/u, 140 Unidades de impresora Laser Jett a S/. 540.00 c/u Camioneta Toyota 70,000.00 Depreciación acumulada de camioneta Toyota 4,500.00 IGV por pagar a SUNAT 3,500.00 Préstamo Caja Municipal Arequipa 65,000.00 Anticipos otorgados a proveedor Lima SAC 5,000.00 Letra Nº 0056-2010 a proveedor 2,500.00 Capital social 1 000,000.00 Resultados acumulados 306,600.00 Operaciones 05/01 Se compra mercaderías Import Export SAC, 100 Unidades de LAPTOP LG a S/. 3200 c/u, 90 unidades de computadora LG a S/. 1400.00 c/u más el IGV, se paga 50% al contado con Cheque 00101 del Bco. de crédito y el saldo se firma Letra Nº 008 a 30 días. Asimismo para el traslado de la mercadería se paga flete al contado a Transp Flores Hnos SRL por S/. 4000.00. 06/01 Se vende a comercial el SUR EIRL, 250 Unidades de LAPTOP LG a S/. 4200 c/u; y 155 unidades de Computadora LG por S/. 1900.00 c/u incluido IGV, 50% al contado y al día siguiente se deposita en Cta. Cte. del Banco de Crédito y el saldo se otorga Letra Nº 005 a 30 días 09/01 Se compra al contado para las oficinas administrativas lo siguiente: 02 escritorios metálicos a S/. 1200 c/u, 05 estantes a s/.7500 c/u, 05 sillas giratorias a S/. 2500 c/u, incluido el IGV, se paga en efectivo 10/01 Se vende al contado la camioneta Toyota por S/. 80,500.00 más el IGV, y al día siguiente se deposita en Cta. Ahorros del Banco Interbank 15/01 Se contabiliza los honorarios profesionales del Asesor de ventas Recibo Por Honorarios Electrónico Nº E001-2030 ALAN LUNA PEREZ por S/. 5500.00, sujeto a retención de Impuesto a la Renta 4Ta categoría y se paga con cheque 00102 del Banco de Crédito.
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20/01 Se provisiona el alquiler del local comercial de Av. Balta s/n por S/. 4000.00, correspondiente al mes de enero. Asimismo se paga por adelantado alquiler de local comercial del mes de febrero por S/. 4,000.00 22/01 Se paga con cheque 00103 del Banco de Crédito IGV por Pagar a SUNAT por S/. 3500.00, se amortiza el préstamo bancario de Caja Municipal de Arequipa por S/. 5000.00 con cheque 00104 Bco Crédito 25/01 Se vende a Comercial SOL SAC mercaderías: 45 Unidades de LAPTOP LG a S/. 4500 c/u y 35 unidades de computadora LG a S/. 1850 c/u¸ 40 unidades de impresora Laser Jett a S/. 700.00 c/u, incluido el IGV, 80% al contado y se deposita en Cta Cte Banco Crédito y el saldo se otorga Letra Nº 006 a 90 días. 25/01 Se recepciona y se paga en efectivo los recibos de servicios básicos: energía eléctrica por S/. 505.00, agua por S/. 220.00, Telefonía fija por S/. 190.00, Celular RPM por S/. 150.00, Cable por S/. 120.00, arbitrios públicos por S/. 25.00, seguridad privada por S/. 150.00 incluido el IGV 27/01 Se compra mercaderías a proveedor Lima SAC, 65 Unidades de LAPTOP LG a S/. 3150 c/u, 45 unidades de computadora LG a S/. 1450.00 c/u incluido IGV, se paga 80% al contado con Cheque del Bco. de crédito, de igual manera se aplica el adelanto otorgado por S/. 5,000.00 y el saldo se firma Letra Nº 015 a 30 días. Asimismo se paga flete al contado a MARVISUR EIRL por S/. 2000.00. 28/01 Se vende a comercial el AMERICA SAA, 70 Unidades de LAPTOP LG a S/. 4220 c/u; y 55 unidades de Computadora LG por S/. 1920.00 c/u mas IGV, 90% al contado y al día siguiente se deposita en Cta. Cte. del Banco de Crédito y el saldo se otorga Letra Nº 014 a 15 días 28/01 Se paga la remuneración según planilla siguiente, con cheque Nº 00104,… del Banco de Crédito y registre en PDT Planilla Electrónica los Derechohabientes de los trabajadores que tienen asignación familiar. a) Trabajadores Nº
Nombres y apellidos
Cargo
Rem. Mensual S/.
Asig. Familiar
Horas Extras S/.
290.00 5 horas diurno 6 horas nocturno 12 horas diurno, 8 horas nocturno
01 02
Administrador Jefe ventas
3,550.00 2,200.00
SI No
03
Vendedor
1200.00
Si
04
Secretaria
850.00
No
Bonif. Extraor. S/.
Días trab..
Afiliación
400.00 300.00
28 30
200.00
30
100.00
15
ONP AFP Integra AFP profutur o AFP Prima
Seguro Vida
Descto. Judicial
Dscto. Prést S/.
SI SI
20% -.-
450.00 670.00
No
15%
355.00
Si
No
250.00
30/01 Se compra mercaderías al crédito a 30 días: 150 unidades de Laptop LG a S/. 3300.00 c/u, 50 computadores LG a S/. 1400.00 c/u incluido el IGV, para el traslado de Lima a Moquegua se paga flete por S/. 3,800.00 a transportes MARVISUR EIRL Se solicita: 1. Registrar las operaciones en libros de contabilidad principales y auxiliares 2. Registrar las operaciones en Software de Contabilidad CONTASIS, SISCONT, CONCAR u otro software contable 3. Registrar las operaciones en Formatos Electrónicos de Libros de Contabilidad
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BIBLIOGRAFIA 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23.
ZEBALLOS ZEBALLOS, Erly : Contabilidad General, Edición 2015 FERRER QUEA Alejandro : Estados Financieros FLORES SORIA Jaime : Plan Contable General Empresarial AGUILAR ESPINOZA Henry : Manual del Contador APAZA MEZA, Mario : Libros y Registros Contables Efectos Tributarios concordados PCGE) ATAUPILLCO VERA, Dante : Ley General de Sociedades y Otras Formas Empresariales BRAVO CERVANTES, MIGUEL : Contabilidad Financiera Básica CALDERON MOQUILLAZA : Contabilidad de Sociedades I y II CALDERÓN, J. Contabilidad General Básica I. JCM. Editores. Lima-Perú GIRALDO, D. Contabilidad General Básica. Editorial San Marcos. Lima-Perú ESTUDIO CABALLERO BUSTAMANTE, Revista Ediciones Actualizadas, 2015 CONASEV (2014). Estados Financieros Consolidados. En línea: www.conasev.org.pe SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS Y AFP’S. (2015). Estados Financieros Consolidados. En línea: www.sbs.org.pe SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (2015), En línea www.sunat.gob.pe www.perucontable.org http://www.caballerobusatamante.com.pe/ http://www.entrelineas.com.pe ANDRADE E. Simón (1998) “Diccionario de Finanzas, Economía y Contabilidad” Librería Editorial Lucero S.R. Ltda., Lima Perú. FINNEY, H. (1982) “Curso de Contabilidad”, Tomo I, 3ra Edición. México. REDONDO, A. (1992) “Curso práctico de contabilidad general y superior.”, 3ra Edición. Centro Contable. TOVAR, C. (1977) “Contabilidad I”inanciera”, Editorial Diana YCHOCAN ARMA SEGUNDO (2004) “Contabilidad Intermedia”, Lima Perú Revistas Tributarias (2015) Caballero Bustamante, Entrelineas, Asesor, Contadores, Lima Perú
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