TRANSACCIÓN EXTRAJUDICIAL COMO ACUERDO PARA REPARACION CIVIL En la ciudad de Puno a los Veintiséis días del mes de Noviembre del año 2015, siendo horas 16:00 del día, se hicieron resentes el !r" #$%&'N( %'N%'P' %'N%'P' P'%)' P'%)', &denti*icado con +N&" Nro" 0152651 de ocuaci-n %onductor . la !ra" !V&' !V&' %'/ %'/'N' 'N' ''N& +E %'N%'P' &denti*icado con +N&" Nro" 015263 de ocuaci-n 'ma de %asa, ambos con domicilio en la 'v" 4errocarril " '2 #t" 01 de la $rbaniaci-n %incuentenario %ancollani, de la ciudad de uliaca, ambos también en reresentaci-n de Ed7in 8aul %ancaa amani 9imutado, identi*icado con +N& N; 1<115 . de la otra arte el !r" %E%&( P'8& ''N& , &denti*icado con +N& N= 012>3, 012>3, de ocuaci-n ocuaci-n '?ricultor '?ricultor,, con domicilio en la %omunidad %omunidad de %hu@amarca, %hu@amarca, distrito distrito de 'cora, rovincia . deartamento de Puno, en reresentaci-n de Auien en vida *uera '+E )$&!' )$&!' %$EV' %$EV'B median mediante te la resen resente te las artes artes se somete someten n a las clCusu clCusulas las del resen resente te documento mani*estando de su voluntad, ba@o las si?uientes clCusulas:
PRIMERO.- DE LOS HECHOS MATERIA DEL PRESENTE DOCUMENTO.Due, en *echa 26 de (ctubre del 2015 al romediarse las 06"10 horas aroimadamente en la vía Panamericana !ur %arretera Puno F +esa?uaderoGa la altura del Hil-metro 22 aradero a@Auina %omu %omuni nida dad d Pira Pirai i del del +ist +istri rito to de %hucu %hucuit ito o Puno, Puno, se rodu rodu@o @o un acci acciden dente te de trCn trCnsi sito to colisionando el vehículo de laca de roda@e I2N323JI2V3>2 conducido or el !r" Ed7in 8aKl %ancaa amani . de roiedad del #uciano %ancaa Pacha . de !ilvia %a.tana amani de %anca %ancaaB aB . el vehí vehícu culo lo de laca laca de roda roda@e @e I2!5 I2!5 choA choAue ue Aue tuvo tuvo como como resu result ltad ado o el *allecimiento de los ocuantes de este Kltimo vehículo"
SEGUNDO.- DE LAS NORMAS, DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA JURISPRUDENCIA APLICABLES.APLICABLES.Due de lo mencionado, se tiene sustento le?al en determinar Aue situaciones tales como las euestas ueden ser suscetibles de resarcimiento ecuniario . su osterior ine@ecutabilidad .Jo resonsabilidad tanto civil como enal en tal sentido es menester mencionar Aue este tio de acuerdos bilaterales .acen en el conceto mismo del +erecho . de su cobertura . e*icacia en cuanto al termino @usticia e i?ualdad or su *in ineluctable a Aue se rinciie un costo temoral . econ-m econ-mic ico o irra irrao ona nabl blee . oco oco ro roic icio io ara ara e*ec e*ecto toss de las las art artes es"" En tale taless térm términ inos os la @urisrudencia en temas relacionados a la transacci-n mencionan en el Pleno %asatorio %ivil de la 1
%asaci-n N= 165F200< de *echa 22 de Enero del 200>, Aue “#a transacci-n siemre ha sido ob@eto de distinci-n en cuanto a su ori?en 9contrato o modo de etinci-n de obli?aciones, a su *ormalidad 9or escrito sin homolo?aci-n o or escrito homolo?ado or el @ue, a sus e*ectos 9con mérito e@ecutivo o como mérito de e@ecuci-n . a su *orma de hacerla valer dentro de un roceso 9como de*ensa de *orma o de*ensa de *ondo" En el mismo documento vinculante también se menciona resecto a la transacci-n etra@udicial Aue LM esta transacci-n tiene lu?ar cuando eisten obli?aciones dudosas o inciertas Aue las artes retenden *iniAuitar" Entendemos or asunto dudoso a aAuél no sometido a debate @udicial Aue roduce incertidumbre en las artes en cuanto a la etensi-n de sus derechos u obli?aciones1B lo cual es concordante con los artículos 102 . !?ts" así como los artículos 1363 . !?ts" del %-di?o %ivil, teniendo ma.or én*asis en lo indicado en el 'rticulo 106 del mismo cuero le?al sustantivo el cual a la letra indica L!e uede transi?ir sobre la resonsabilidad civil Aue roven?a de delito" Es así Aue como instituci-n @urídica se constitu.e como el unto de conei-n entre el +erecho enal . el +erecho civil, .a Aue de esta manera se arecia la doble acci-n de las consecuencias @urídicas del delito: ena . rearaci-nB en otros términos, una consecuencia @urídica diri?ida a restablecer la a en la sociedad 9ena . otra diri?ida a rearar el daño ocasionado a la víctima 9rearaci-n civil" Por tal motivo la rearaci-n civil es una de las consecuencias @urídicas del delito, Aue se le imone G con@untamente con la enaG a la ersona Aue se encuentra resonsable de la comisi-n de un delito" !i bien no es una consecuencia @urídica indisensable al momento de imonerse una ena, sí con*i?ura un mecanismo de satis*acci-n de intereses de la víctima, cuando se arecie la eistencia de un daño2B en ese sentido, cabe mencionar Aue la rearaci-n civil no siemre se determina con la ena, ues ésta solo reAuiere de la eistencia de una conducta tíica, anti@urídica . culable, mientras Aue la rearaci-n civil ei?e la constataci-n de un daño" Por tales motivo . enmarcando la transacci-n . sus e*ectos en la rearaci-n civil ara el caso concreto, entendemos 1 <1 %*r": %astro Oallo, ario" #a ransacci-n" " 13"
2 Es necesario de@ar en claro Aue, la rearaci-n civil no siemre se determina con la ena, ues no toda sentencia condenatoria Aue acaba imoniendo una sanci-n enal 9ena o medida de se?uridad, suone Aue se halla roducido de manera e*ectiva un daño, Aue es el resuuesto bCsico ara la *i@aci-n de la rearaci-n civil
3 En términos del enali sta colombiano 4ernando VelCsAue VelCsAue, LEl hecho unible ori?ina no solo consecuencias de orden enal sino también civil, or lo cual Gen rinciioG toda ersona Aue realice una conducta tíica, anti@urídica . culable, trCtese de imutable o inimutable, debe restituir las cosas al estado en Aue se encontraban en el momento anterior a la comisi-n del ilícito, cuando ello *uere osible, . resarcir los daños o er@uicios ocasionados al er@udicadoB nace de esta manera la resonsabilidad civil derivada del hecho unible" Vid" VelCsAue VelCsAue, 4ernando" +erecho enal" Parte ?eneral" o?otC: Editorial emis, 133<, " <<
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Aue es totalmente lausible . meritorio evocar dicha a*irmaci-n tal . como lo sustenta también el Pleno %asatorio %ivil de la %asaci-n N= 165F200< Aue a la letra dice “…. or e@emlo, a raí de una accidente de trCnsito, la arte culable indemnia a la arte a*ectada o a sus herederos . no es Aue estén autoriCndola a herirla o matarla, sino Aue se estC tratando de rearar las consecuencias de ese daño causado, or ende las transacciones celebradas tienen lena valide, or ende el sustento le?al . la relaci-n causal entre el hecho . la norma alicable ara el caso concreto Aueda totalmente con*ormada"
TERCERO.- DEL MONTO DE REPARACION CIVIL Y SUS EFECTOS.En cuanto a los e*ectos del hecho suscitado, teniendo en consideraci-n Aue en calidad de arte %&V, los señores: #$%&'N( %'N%'P' P'%)' / !V&' %'/'N' ''N& +E %'N%'P', . en reresentaci-n del &mutado, en este acto hacen entre?a de !J" ,000"00 9tres mil nuevos soles con 00J100, or conceto de P'O( '+E#'N'+( +E #' 8EP'8'%&(N %&V, al !r" %E%&( P'8& ''N& , &denti*icado con +N& Nro" 012>3, en calidad de c-n.u?e de la occisa '+E )$&!' %$EV', el mismo Aue serC uesto en conocimiento del 4iscal Provincial Penal a car?o de la investi?aci-n se?uida en la %areta 4iscal N= 1<1F2015, 8EN$N%&'N+( a e@ercer las acciones le?ales 9civiles . enales en contra de la arte civil . del imutado, teniendo en consideraci-n Aue el resente documento servirC . se utiliara ara llevar adelante el '%$E8+( +E E8&N'%&(N 'N&%&P'+', entre el 4iscal, imutado, arte civil . a?raviados, al haber .a acetado el monto econ-mico entre?ado or conceto de rearaci-n civil adelantado, . con la imosici-n de su *irma . huella di?ital rati*icamos la renuncia eresa e inde*ectiblemente a e@ercer cualAuier acci-n tanto or vía etra@udicial como @udicial, en calidad de '?raviados a e*ectos de la 8earaci-n %ivil en corresondencia al hecho acaecido en *echa 26 de (ctubre del 2015,
CUARTO.- DE LA MANIFESTACION DE VOLUNTAD Y CAPACIDAD PARA OBRAR DE LAS PARTES.#as artes de@amos constancia Aue en la celebraci-n del resente documento eisti- de leno derecho la libre voluntad ara actuar . la caacidad . le?itimidad ara obrar tal . como lo ei?e la norma, así mismo a*irmamos Aue no ha mediado error, dolo, violencia, intimidaci-n, o causal de nulidad o anulabilidad Aue udiera viciar o invalidar el acto @urídico, 3
En rueba de con*ormidad, ambas artes acuerdan transar en abstenerse de iniciar .Jo continuar cualAuier acci-n @udicial, olicial, *iscal, administrativa, civil . enal en contra de cada una de las artes . de haber recibido el a?o adelantado or %(N%EP( +E 8EP'8'%&(N %&VB es eresi-n de nuestra libre voluntad . en *e de ello Aue rocedemos a *irmar e imre?nar nuestra huella di?ital en el resente documento, or dulicado, en el lu?ar . *echa indicados en la introducci-n del resente documento"
Puno, 26 de Noviembre del 2015"
#$%&'N( %'N%'P' P'%)' +N&" Nro" 0152651 9P'8E %&V J 8eresentante del &P$'+(
!V&' %'/'N' ''N& +E %'N%'P' +N&" Nro" 015263 9P'8E %&V J 8eresentante del &P$'+(
%E%&( P'8& ''N& +N& Nro" 012>3 98eresentante de la (ccisa '+E )$&!' %$EV'
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