ÍNDICE I. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA...................................................................2 PROBLEMA...................................................................2 1.1 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA............................................................2 PROBLEMA............................................................2 II. ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACION.......................................................5 INVESTIGACION.......................................................5 III. JUSTIFICACION....................................................................................................7 JUSTIFICACION....................................................................................................7 VI. MARCO TEORICO, MARCO CONCEPTUAL....................................................8 CONCEPTUAL....................................................8 4.1 MARCO TEORICO............................................................................................8 TEORICO............................................................................................8 4.2 MARCO CONCEPTUAL................................................................................41 CONCEPTUAL................................................................................41 V. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACION...............................................................58 INVESTIGACION...............................................................58 VI. HIPOTESIS DE LA INVESTIGACION..............................................................59 INVESTIGACION..............................................................59 6.1 HIPOTESIS GENERAL...................................................................................59 GENERAL...................................................................................59 6.2 HIPOTESIS ESPECFICAS.............................................................................59 ESPECFICAS.............................................................................59 VII. VARIABLES........................................................................................................59 VARIABLES........................................................................................................59 7.1 HIPOTESIS GENERAL!..................................................................................59 GENERAL!..................................................................................59 7.2 HIPOTESIS ESPECFICAS!............................................................................59 ESPECFICAS!............................................................................59 VIII. UTILIDAD DE LOS RESULT RESU LTADOS ADOS DEL ESTUDIO...... ESTUDIO............. ......................... ........................61 ......61 I". METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION.....................................................61 INVESTIGACION.....................................................61 #.1 METODO.........................................................................................................61 METODO.........................................................................................................61 #.2 POBLACION...................................................................................................62 POBLACION...................................................................................................62 #.# MUESTRA.......................................................................................................6# MUESTRA.......................................................................................................6# #.4 TECNICAS PARA PARA LA RECOLECCION DE LA INFORMACION................65 INFORMACION................65 ". AMBITO DE ESTUDIO........................................................................................67 ESTUDIO........................................................................................67 "I. RECURSOS..........................................................................................................68 RECURSOS..........................................................................................................68 "II. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES...............................................................69 ACTIVIDADES...............................................................69 "III. BIBLIOGRAFIA................................................................................................7$ BIBLIOGRAFIA................................................................................................7$
I. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA 1.1 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA Existen múltiples razones por los cuales se originan la la economía informal, pueden ser por causas políticas, culturales, desempleo, inestabilidad laboral, entre otros hacen hacen que los ciudadanos ciudadanos de la ciudad de Juliaca Juliaca obtén por el comercio comercio informal. Es importan importante te destacar destacar tambié también n que conform conforme e transc transcurre urre el tiempo tiempo y por los agigantados agigantados avances avances científico científicoss y tecnolgicos, tecnolgicos, pues a la par el gobierno tendr! que que estud estudia iarr nuev nuevas as e innov innovad adora orass refo reform rmas as trib tribut utari arias as con con la fina finalilida dad d de contrarrestar contrarrestar este problema problema de evasin tributaria, tributaria, puesto que resultar! resultar! aun m!s difícil determinar y recaudar "mpuestos sobre las actividades comerciales fuera de la #urisd #urisdicci iccin n tribut tributaria aria o extraf extrafront ronteriz erizas, as, específic específicame amente nte en el caso de las operaciones comerciales que se llevan a través de "nternet o denominado también $comercio %irtual& que podría ser materia de otro estudio.
El 'epartamento de (uno, principalmente la ciudad de Juliaca se ha convertido en el centro de operaciones comerciales y fabricacin de (rendas de vestir )ropas* a grandes escalas y con mano de obra barata, a ba#os costos y con altos índices de informalidad y evasin tributaria, pues es desde aquí donde se distribuye estos productos a nivel departamental y nacional, de otra parte el ingreso ilegal de estos productos de 'esaguadero )+olivia* ha generado el crecimiento acelerado del omercio informal, principalmente de (rendas de vestir )ropas*.en las %ías de la ciudad de Juliaca.
El omercio "nformal, en nuestra ciudad sigue siendo un problema carente de soluci solucin n , el desint desinterés erés mostrado mostrado por las autoridade autoridadess de turno turno en buscar buscar una solucin viable y coherente para fi#arles un puesto fi#o, así como la falta de inf inform ormaci acin n adec adecua uada da ref referen erentte a aspe aspect ctos os trib tribut utar ariios por por part parte e de la admi admini nist stra raci cin n trib tribut utar aria ia,, hace hace que que el prob proble lema ma espe especí cífifico co de E%E%-"/0 "/0 12"+31-2"- se agudice cada vez m!s, enfatizando que el comercio informal es un delicado asunto y muy serio que necesita ser atendido a nivel nacional y muy especialmente en nuestra ciudad de Juliaca, las causas para la proliferacin o crecimiento se tomara de acuerdo a diversos enfoques y puntos de vista de los cuales se resume que esta problem!tica informal est! directamente ligado al aspecto social, econmico, coyuntural, desempleo, etc4 todo ello hace que muchas personas se dediquen a diferentes actividades informales que les generan un ingreso econmico para solventar sus gastos familiares, pero también esto genera el crecimiento acelerado de la informalidad en el comercio, lo cual hace que al mismo ritmo también se agrande el problema en cuestin, que es la E%-"/0 12"+31-2"-. 5rente a este planteamiento planteamiento nos preguntamos preguntamos 6u!les son los factores y nivel de la Evasin Evasin tributaria tributaria de los comerciant comerciantes es mayoristas mayoristas de prendas de vestir vestir y su incidencia incidencia en la la 2ecaudacin 2ecaudacin tribut tributaria aria en la la en el barrio barrio an an José de la la ciudad de Juliaca7
PROBLEMA GENERAL:
6u!les son los factores y nivel de la Evasin tributaria de los comerciantes mayoristas informales de ventas
de prendas de vestir y su incidencia en la
2ecaudacin tributaria, en el barrio an José de la ciudad de Juliaca )89:8; 89:<*7
PROBLEMAS SECUNDARIOS: : 6u!les son los factores preponderantes que influyen a la evasin tributaria de los comerciantes mayoristas informales de ventas de prendas de vestir en el barrio san José de la ciudad de Juliaca )89:8;89:<*7 8 6u!l es el nivel de evasin tributaria de los comerciantes mayoristas informales de venta de prendas de vestir y cmo incide en la 2ecaudacin tributaria, del barrio an José de la ciudad de Juliaca )89:8;89:<*7
II. ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACION 'entro de los antecedentes documentales m!s importantes podemos citar a los siguientes=
>3"(E -1"??@ ?ucy Aarina, son conclusiones de su tesis, $-0-?"" 'E ?-
E%-"@0 12"+31-2"-
'E ?@ @AE2"-01E "05@2A-?E
A"0@2"1- 'E ?- "3'-' 'E (30@ 899B;899C& concluye= : En el estudio realizado se concluye que solo un 8D de los comerciantes minoristas informales del rubro de abarrotes
conocen sobre la norma legal
del régimen único simplificado 23. F un D< de los mismos no conocen no conocen las normas legales vigentes, tampoco se encuentran en ningún régimen tributario del gobierno central y por tanto no pagan en ninguna de las categorías. 8 2especto a los pagos
efectuados
en algunos casos como es de los
comerciantes informales solo paga un :G en la primera categoría, y el HC no efectúa ningún tipo de pago a la superintendencia
de administracin
tributaria 30-1. <
El nivel de evasin tributaria según el estudio efectuado en el rubro de abarrotes en el aIo 899B es por la suma de . HK.9G9.99, y en el aIo 899C se incremento este monto por la suma . K8,CGG9.99.
G ?os comerciantes
minoristas en estudio vienen ocupando precariamente las
vías publicas, parques, espacios destinados a otras fines, obstaculizando el transito de vehículos y personas, increment!ndose los días s!bados.
5-25-0 -?EL2"-, ?eoncio4
son conclusiones
de su tesis $E%-"@0
12"+31-2"- E0 ?@ E2%""@ 'E 2E(-2-"@0 -31@A@12"M E0 E? '"12"1@ 'E (30@& y concluye= el fenmeno de l sector informal es un problema estructural,
mas que coyuntural y en la que intervienen
factores
econmicos sociolgicos, antropolgicos, etc. El fin formalismo es el un problema econmico, que tiene que ver con la pobreza y la falta de empleo. e ha determinado que la evasin tributaria se encuentra vinculado con sector informal ya que el :99 de los propietarios cometen acciones y comisiones tendientes a aludir el pago de impuestos, al no poseer registro comercial, licencia municipal, los propietarios no se encuentran registrados como empleadores en el es salud, asi como no obtén las contribuciones sociales de sus traba#adores, no llevan el libro de panilla, no han aperturado ningún libro de contabilidad y por consiguiente no otorgan ningún comprobante de pago. >3"(E A-A-0", Juan4 1esis $E%-"@0 'E "A(3E1@ E0 ?- @"E'-'E AE2-01"?E 'E (30@& concluye= $?as evasiones de "mpuestos de las ociedades Aercantiles de (uno, alcanza al C.
III. JUSTIFICACION El presente presente traba#o traba#o de invest investiga igaci cin n est! est! plenam plenament ente e #ustifi #ustificad cado o por
que el
ob#etivo ob#etivo es lograr nuevos conocimien conocimientos tos para solucionar solucionar problemas problemas de evasin tributaria que ocasiona menores ingresos fiscales. ?imitando así el complimiento de funciones del estado por los menores recursos que dispone.
Este traba#o de investigacin se plantea como observador de la situacin real de la caren carenci cia a de estu estudi dios os que que permi permita tan n ver con clar clarida idad d las las cons consecu ecuen enci cias as del del problema, por tanto con los resultados de la investigacin se podr! mostrar la importancia del problema en términos cuantitativos.
VI. MARCO TEORICO, MARCO CONCEPTUAL 4.1 MARCO TEORICO SISTEMA TRIBUTARIO NN(or sistema sistema tributario entendemos aquellas formas de imposicin utilizados por el estad estado o para para obten obtener er sus sus ingr ingres esos. os. ?os ?os deno denomi minad nados os sist sistem emas as trib tribut utari arios os aunque aunque la realida realidad d con mayor mayor precisi precisin n debería deberíamos mos conside considerarl rarlos os sistem sistemas as impositivos ya que nos vamos a ocupar de aplicacin de los impuestos y no de los dem!s tributos.
'esde que existieron los impuestos, los estados usaron de variados métodos para su aplicacin, e inclusive si utilizaron diferentes sistemas dentro de un sistema dent dentro ro de un país país , info inform rma a simu simultltan anea ea o en époc época a suce sucesi siva vasO sOOO
)+-2 )+-22" 2"@ @
@+2EL@M@, :KHH* NNEl sistema tributario es el con#unto de tributos vigentes en un país determinado y en una determinada época o en un determinado periodo de tiempo. El estudio del con#unto de tributos debe hacerse como un todo, y no aisladamente, porque el sistema tributario debe ser visto en su con#unto, ya que los efectos que produzcan los tributos pueden equilibrarse y corregirse entre sí. )(ublicos, -Io -Io 89:8* Pablar de sistema tributario es pensar en un con#unto de principios, normas o reglas lgicamente enlazados entre sí, de un todo ordenado y armnico que constituye constituye a una finalidad. finalidad. uando uando las reglas reglas se imponen o si siguen siguen en forma inorg!nica, sin orden o sin investigacin de causas, con el solo fin de lograr mayores ingresos para el fisco, se est! en presencia de un régimen y no de un sistema tributario.
SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL El sistema tributario nacional se encuentra comprendido por= " "" :
El cdigo tributario ?os tributos siguientes (ara el gobierno central a "mpu mpuest esto a la ren rentta 4 b "mpu "mpuest esto o gen genera erall a las las vent ventas4 as4 c "mpu "mpuest esto o sel selec ectitivo vo al cons consum umo4 o4 d 'ere 'erech cho o aran arance cela lari rio4 o4 e 1asas sas por por la pres presta taci cin n de serv servic icio ioss públ públic icos os , entr entre e los los cual cuales es se cons consiidera deran n
los
administrativos4
dere derech chos os
por por
trami ramittaci acin
de
proc proced ediimien miento toss
8 <
(ara gobiernos locales= los establecidos según la ley de tributacin municipal. (ara otros fines= a ontri ontribuc bucion iones es de seguri seguridad dad soci social al , de ser ser el caso4 caso4 b ontri ontribuc bucin in al fondo fondo naci naciona onall de de vivi viviend endas as Q 5@0-% 5@0-%"" para la industria de la c ontribucin al servicio nacional de capacitacin para construccin )E0"@*OO 'E2E1@ ?EL"?-1"%@ ?EL"?-1"%@ 0R DD:4 ?ey Aarco del istema 1ributario 0acional
TRIBUTO oncepto= NN0uestro cdigo tributario no define el tributo. El cdigo tributario modelo para -mérica ?atina, sí. ?o define como prestacin en dinero que el estado, en e#ercicio de su poder de imperio, exige con el ob#eto de obtener recursos para el complimiento de sus fines. En el glosario tributario tributario de la 30-1 30-1 encontramos encontramos definidos definidos al tributo como como la prestacin generalmente pecuniaria que el estado exige en e#ercicio de su poder de imper mperiio, en virt irtud de una una ley ley, para para cubr cubriir gast gastos os que que le dema demand nda a al cumplimiento de sus finesOO )5?@2E @2"-, 1ribuatacion 1eoria 1eoria y (ractica, 899G* NNEtimolgicamente, tributo viene de latín latín NNtributumOO, NNtributumOO, o sea= entregar el vasallo a su seIor seIor una una cant cantid idad ad en seIal seIal de su reco reconoc nocim imie ient nto o de seIorí seIorío. o. 'e esta esta aceptacin etimolgica cobra la obligacin de tributar, a quienes se hallan en la situacin considerados por la ley como hechos imponibles, a#enos a toda actividad estatal relativa al obligado. )%"??EL-, :KDB*
?a constitucin política del (erú seIala NNlos tributos se crean, se modifican o derogan, o una exoneracin, exclusivamente por ley o decreto legislativo en caso de deligacin de facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan mediante un decreto supremo. ?os gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir, contribuciones y tasas o exonerar de estas, dentro de su #urisdiccin y con límites que seIala la ley. El estado al e#ercer la potestad tributaria, debe respetar los principios de reserva de ley, y los de igualdad y respeto de los derechos fundamentales de la persona. 0ingún tributo tiene efecto confiscatorio. ?os derechos de urgencia no pueden contener materia tributaria, las leyes relativas a tributos de periodo anual rigen a partir del primero de enero del aIo siguiente a su promulgacin. ?as leyes de presupuesto no pueden contener normas sobre materia tributaria. 0o surten efecto las normas tributarias dictadas
en la violacin de los que
establece el presente artículoOO. @01"13"@0 (@?"1"- 'E? (E23 :KK<. -rt.DGR NNtributos son prestaciones en dinero que el estado en e#ercicio de su poder de imperio, exige con el ob#eto de obtener recursos para el complimiento de sus fines )dinero, fuerza, coaccin, características de todo tributo*OO. )P-%EM -SE2A-0, "mpuesto a la 2enta, :KKC*
OBJETO DEL TRIBUTO El ob#eto del tributo es una prestacin en términos de dinero en efectivo )peridica o no, dependiendo del hecho que la motive* a que est! obligado el contribuyente o
ciudadano su#eto a su pago, pero con car!cter excepcional en lagunas normas se encuentran reconocida la prestacin en especie, por e#emplo en materia de hidrocarburos en que debe entregarse un porcenta#e, o de patrimonio artístico donde se admiten obras de arte en pago del impuesto sucesorio o hereditario.
CLASES DE TRIBUTO ?os tributos se pueden clasificar en= a IMPUESTO.- El impuesto es el tributo que sirve para financiar servicios generales que redundan en beneficio de toda la colectividad, cuya causa genérica son dichos servicios generales y cuya causa específica es la capacidad contributiva que posee el su#eto obligado a la prestacin. En esta definicin hemos tratado de incluir los dos elementos diferenciales que en nuestro concepto distinguen el impuesto frente a sus fines, la contribucin y la tasa. NN"mpuesto= es el tributo cuyo complimiento no origina una contraprestacin directa a favor del contribuyente por parte del estadoOO ‘‘'entro de la conceptualizacin del impuesto, el cdigo tributario lo define como el tributo del que no existe contraprestacin alguna por parte del Estado. -lgunos autores también lo definen como tributos no vinculados, y esto porque no existe vinculacin entre lo que el deudor tributario paga, y la contra prestacin por parte del Estado. Esta contraprestacin, por parte del Estado se hace difusa porque sirve para satisfacer las necesidades colectivas. 0o hay beneficiario por la contraprestacin estatalOO )P-%EM -SE2A-0, "mpuesto a la 2enta, :KKC*
b CONTRIBUCION.- -claremos los criterios diferenciales del impuesto en este caso de contribucin. NNEs el tributo cuya obligacin tiene como hecho generador beneficios derivados de la realizacin de obras públicas o de actividades públicasOO. egún NLiannini NNla prestacin debida por quienes encontr!ndose en una determinada situacin , experimentan una particular venta#a econmica por efecto del desarrollo de una actividad administrativa, frente a todo los dem!s, a quienes la actividad beneficiaria de modo distintivo o bien a consecuencia de las cosas que poseen o del e#ercicio de una industria , de un comercio o de otra actividad , provocan un gasto o un aumento de gasto del ente públicoOO, es por eso que la contribucin tiene como criterio diferencial la particularidad de beneficio y de la carga, frente a las generalidades de la carga del impuesto y de la individualidad de la carga de la tasa. Esta diferencia fluye de los mismos nombres, de impuesto y contribucin4 la palabra impuesto deriva del verbo imponer es la m!s amplia, significa exigir una prestacin pecuniaria, mientras tanto la palabra contribucin, deriva del verbo contribuir, implica la idea de aporte para la finalidad. c TASA.- Es aquel tipo de tributo que según Lianninies NNla prestacin pecuniaria debido a un ente público en virtud de una norma legal y la medida en que esta la establezca, por la realizacin de una actividad del propio ente que afecta de modo particular al obligado.
El criterio diferencial de la tasa frente al impuesto y a la contribucin es la utilidad particular que experimenta el obligado y que est! en relacin directa con el monto de la prestacin pecuniaria que est! obligado a pagar. -sí el contribuyente pide un servicio especial al estado el que se lo otorga exigiéndola a cambio la prestacin equivalente. omo e#emplo de tasa tenemos el pago que realiza cualquier persona cuando utiliza el servicio de correos para que produzca y distribuya sin correspondenciaOO. NNel titulo cuya obligacin tiene como hecho generador la prestacin efectiva por el estado de un servicio público individualizado en el contribuyente. 0o es tasa el pago que se recibe por un servicio de origen contractual. ?as tasas entre otras pueden ser= : Arbiri!"= on tasas que se pagan por la prestacin o mantenimiento de un servicio público. 8 D#r#c$!: on tasas que se pagan por la prestacin de un servicio administrativo público o el uso de aprovechamiento de bienes públicos. # Lic#%ci&": on tasas que gravan la obtencin de autorizaciones
específicas para la realizacin de actividades de provecho particular su#etas a control o fiscalizacin. %DECRETO LEGISLATIVO N& 816 C'()*+ T)-/0)+
REGIMEN UNICO SIMPLIFICADO 0 ?as personas naturales y sucesiones indivisas domiciliadas en el país , que
exclusivamente obtengan rentas por la realizacin de actividades empresariales. b ?as personas naturales no profesionales, domiciliadas en el país, que
perciban rentas de cuarta categoría únicamente por actividades de oficios. c ?as E.".2.?. ; Empresas "ndividuales de 2esponsabilidad ?imitada. )?ey 0R <99BC publicada el 8 de #ulio de 89:<.*
SUJETOS COMPRENDIDOS (ara acogerte al 0uevo 23 debes cumplir con las siguientes condiciones= : El monto de tus ingresos brutos no debe superar .
ACOGIMIENTO 1 uando inicias tus actividades en el transcurso del e#ercicio
8 i te encuentras en el 2égimen Leneral o del 2égimen Especial del "mpuesto a la 2enta y quieres acogerte al 023.
CATEGORIAS DEL RUS. 'e acuerdo al monto total límite de "ngresos +rutos y -dquisiciones Aensuales se han establecido la categoría y la cuota mensual que le corresponde a cada contribuyente que desea acogerse al 0uevo 2égimen Tnico implificado, según siguiente tablas=
(-2-AE12@ -1EL@2"-
@31- AE03-? 1@1-? "0L2E@ +231@
1@1-? 'E -'>3"""@0E
AE03-?E
AE03-?E
:
B,999.99
B,999.99
89
8
H,999.99
H,999.99
B9
<
:<,999.99
:<,999.99
899
G
89,999.99
89,999.99
G99
B
<9,999.99
<9,999.99
C99
i cumple con los requisitos para ser contribuyente del N'#(! RUS, usted debe verificar la categoría que le corresponde
R)GIMEN ESPECIAL DEL IMPUESTO A LA RENTA
El 2E2 es un régimen tributario dirigido a personas naturales y #urídicas, sucesiones indivisas y sociedades conyugales domiciliadas en el país que obtengan rentas de tercera categoría provenientes de= a* -ctividades de comercio yo industria, entendiéndose por tales a la venta de los bienes que adquieran, produzcan o manufacturen, así como la de aquellos recursos naturales que extraigan, incluidos la cría y el cultivo. b* -ctividades de servicios, entendiéndose por tales a cualquier otra actividad no seIalada expresamente en el inciso anterior.
ACOGEMIENTO. : ?os ingresos anuales no deben superar los . B8B,999. 8 El valor de los activos fi#os afectados a la actividad exceptuando predios y vehículos, no superar los . :8C,999. < El personal afectado a la actividad no debe ser mayor a :9 personas por turno de traba#o G El monto acumulado de adquisiciones al aIo no debe superar los . B8B,999
ACTIVIDADES E*CLUIDAS.
0o pueden incorporarse al 2E2, entre otros los contribuyentes que se dediquen a las siguientes actividades=
a* 2ealicen actividades que sean calificadas como contratos de construccin según las normas del "mpuesto Leneral a las %entas, aun cuando no se encuentren gravadas con el referido "mpuesto. b* (resten el servicio de transporte de carga de mercancías siempre que sus vehículos tengan una capacidad de carga mayor o igual a 8 1A )dos toneladas métricas*, yo el servicio de transporte terrestre nacional o internacional de pasa#eros. c* @rganicen cualquier tipo de espect!culo público. d* ean notarios, martilleros, comisionistas yo rematadores4 agentes corredores de productos, de bolsa de valores yu operadores especiales que realizan actividades en la +olsa de (roductos4 agentes de aduana y los intermediarios de seguros. e* ean titulares de negocios de casinos, tragamonedas yu otros de naturaleza similar. f* ean titulares de agencias de via#e, propaganda yo publicidad. g* 'esarrollen actividades de comercializacin de combustibles líquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos, de acuerdo con el 2eglamento para la
omercializacin de ombustibles ?íquidos y otros productos derivados de los Pidrocarburos. h* 2ealicen venta de inmuebles. i* (resten servicios de depsitos aduaneros y terminales de almacenamiento. #* 2ealicen las siguientes actividades, según la revisin de la lasificacin "ndustrial "nternacional 3niforme ; ""3 aplicable en el (erú según las normas correspondientes. U* -ctividades de médicos y odontlogos. l* -ctividades veterinarias. m* -ctividades #urídicas. n* -ctividades de contabilidad, teneduría de libros y auditoría, asesoramiento en materia de impuestos. o* -ctividades de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de asesoramiento técnico. p* -ctividades de inform!tica y conexas. q* -ctividades de asesoramiento empresarial y en materia de gestin
IMPUESTOS COMPRENDIDOS
?os contribuyentes que se aco#an al 2E2, deben cumplir con declarar y pagar mensualmente el "mpuesto a la 2enta )2égimen Especial* y el "L%, de acuerdo a las siguientes tasas=
TRIBUTO
TASA
I+'#"! & & R#%& T#rc#r& C&#!r/&
1.23 de sus ingresos netos mensuales
0R)GIMEN ESPECIAL
I+'#"! G#%#r& & &" V#%&" # I+'#"! # Pr!+!ci5% M'%ici&
?a tasa de :.B se aplica
163
desde el período octubre de 899H,
independientemente de la actividad realizada
COMPROBANTES •
5acturas= 5ísicas yo Electrnicas.
•
+oletas de venta.
•
?iquidaciones de compra.
•
1icUets y cintas emitidos por m!quinas registradoras o por sistemas inform!ticos autorizados por 30-1.
•
0otas de crédito
•
0otas de débito
•
Luías de remisin remitente, en los casos que se realice traslado de mercaderías.
LIBROS CONTABLES ?os contribuyentes acogidos al 2égimen Especial del "mpuesto a la 2enta deben registrar sus operaciones en los siguientes libros y registros= •
2egistro de ompras
•
2egistro de %entas e "ngresos
-sí como aquellos que por otras normas legales específicas normas especiales deban llevar de acuerdo a su actividad o bienes que produzca, utilice o comercialice )L@AEM -L3"E22E, 89:<*
REGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTA Es un régimen tributario que comprende las personas naturales y #urídicas que generan rentas de tercera categoría )aquéllas provenientes del capital, traba#o o de
la
aplicacin
con#unta
de
ambos
factores*.
-quellos contribuyentes que provienen del 0uevo 2égimen Tnico implificado )23* o del 2égimen Especial del "mpuesto a la 2enta )2E2*, que deseen incorporarse al 2égimen Leneral, pueden realizarlo en cualquier momento del aIo mediante la presentacin de la declaracin pago correspondiente al mes en que
se incorporen, utilizando el ('1 0R C8: o el 5ormulario 0R ::K según corresponda . )L@AEM -L3"E22E, 89:<*
IMPUESTOS COMPRENDIDOS P!r "' &ci(i& #c!%5+ic&: : "L%= :H de las ventas mensuales con derecho a deducir crédito fiscal. 8 2E01-= 'eclaracin y pagos a cuentas mensuales, de acuerdo con alguno de los siguientes sistemas de c!lculo= ; istema -*= Aétodo del oeficiente sobre los "ngresos 0etos mensuales ; istema +*= Aétodo del 8 de los "ngresos 0etos mensuales < 'eclaracin anual y pago de regularizacin= <9 sobre la renta neta imponible. -dicionalmente, de corresponderle, debe realizar los pagos del "mpuesto 1emporal a los -ctivos 0etos )"1-0*. G "= lo si estuviera afecto. ?a tasa del impuesto, es de acuerdo con las tablas anexas de la ?ey del "L% e ".
Si i#%# r&b&7&!r#" ##%i#%#": : C+/)-3)+ 0 0(! 9 2 2etenciones.
'e ser el caso, debe cumplir con efectuar las retenciones correspondientes
a las rentas que abone por segunda, cuarta y )/0 30/*+0, 0:+/ 0 0 ONP, así como a los contribuyentes no domiciliados
LIBROS CONTABLES ?os perceptores de rentas de tercera categoría )sea persona natural o #urídica* cuyos ingresos brutos anuales %! "'#r#% las :B9 3"1 ). B<8,B99 para el e#ercicio 899K* deber!n llevar como mínimo un R*)/+ ( V/0, un R*)/+ ( C+;:0 y un L)-+ ( D)0)+ ( F+;0/+ S);:)<)30(+,
'em!s perceptores de rentas de tercera categoría cuyos ingresos brutos anuales superen las :B9 3"1 ). B<8,B99 para el e#ercicio 899K* est!n obligados a llevar contabilidad completa. -dicionalmente, los contribuyentes del 2égimen Leneral deben llevar cualquier otro libro o registro especial que estuvieran obligados de acuerdo a las normas tributarias, al tipo de organizacin o a otras circunstancias particulares. )L@AEM -L3"E22E, 89:<*
ADMINISTRACION TRIBUTARIA EL ESTADO
El estado es el con#unto de instituciones públicos organizadas, conducidas y controladas por los ciudadanos que pertenecen a una misma comunidad política que buscan el bien común. •
•
-dministrar los asuntos públicos Larantizar los derechos del ciudadano mediante la provisin y cuidado de los bienes y servicios públicos.
•
5omentar el desarrollo econmico.
•
rear bienestar.
ORGANO RECAUDADOR DEL IMPUESTO S'#ri%#%#%ci& ?a
N&ci!%&
#
A+i%i"r&ci5%
Trib'&ri&
-
S'%&
30-1 es una institucin pública que pertenece al sector economía y
finanzas. Es una entidad que genera sus propios ingresos y tiene autonomía econmica, administrativa, funcional, técnica y financiera. 5ue creada por la ?ey 0R 8GH8K del H de #unio de :KHH y su ?ey Leneral fue aprobada por el 'ecreto ?egislativo 0R B9: del : de diciembre del mismo aIo. (osteriormente, mediante el 'ecreto upremo 9C:;8998;(A, publicado el :8 de #ulio de 8998, se dispuso la fusin entre la 30-1 y -'3-0-. omo consecuencia de la integracin entre ambas entidades, la 30-1 actualmente es responsable de administrar el KK de los "ngresos tributarios del gobierno central consolidado.
NN?a uperintendencia 0acional de la -dministracin 1ributaria )30-1* tiene por finalidad administrar, aplicar, fiscalizar y recaudar los tributos excepcin de las municipalidades así como proponer
internos son
y participar
en la
reglamentacin de las normas tributariasOO. )'E2E1@ ?EL"?-1"%@ 0R B9:, ?ey Leneral de la uperintendencia 0acional de la -dministracion 1ributaria*
NNEs funcion de la administracion tributaria recaudar los tributos. - tal efecto, podra contratar directamente los servicios de las entidades del sistema bancario y financiero, asi como de otros entidades para recibir el pago de deudas correspondientes a tributos administrados por aquellaOO. )'E2E1@ 3(2EA@ 0R :
Vi"i5% $onstituirse en una institucin moderna e innovadora que facilita el comercio exterior y el efectivo cumplimiento tributario y aduanero, brindando servicios de excelencia&.
Mi"i5% $Lestionar integradamente el cumplimiento de las obligaciones tributarias y aduaneras, la facilitacin del comercio exterior, de forma eficiente, transparente, legal y respetando al contribuyente o usuario&. . %alores V "ntegridad V Excelencia V ompromiso institucional y personal
Ob7#i(!" E"r&8ic!" a (romover el umplimiento 1ributario %oluntario. Aediante la facilitacin del cumplimiento tributario, virtualizando los servicios y reduciendo los costos
de cumplimiento de las obligaciones tributarias. -simismo, fomentar la generacin de conciencia tributaria en los distintos segmentos de la sociedad. b 5acilitar el omercio Exterior. c ontribuir a la competitividad del país mediante la facilitacin del comercio exterior, reduciendo el tiempo de despacho, así como combatiendo la competencia desleal y el contrabando. d 2educir el "ncumplimiento 1ributario Lenerar una efectiva sensacin de riesgo, mediante la me#ora de los mecanismos de deteccin de los ilícitos tributarios y aduaneros. e 5ortalecer la
"nstitucionalidad de la 30-1 "mplementar y dotar a la
organizacin de las herramientas necesarias para el me#or cumplimiento de su rol en el estado y la sociedad.
FACULTADES E*TRA ORDINARIAS DE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA -parte de las atribuciones de recaudacin y fiscalizacin, para la cual fue creada la administracin tributaria, tiene otras facultades extraordinarias, estipuladas según el cdigo tributario )vigente*, ?ey penal tributaria, ?ey de delito e "nfraccin tributaria y dem!s normas implementadas para la administracin4 entre ellas tenemos= ;5acultad de (resuncin ;5acultad 'iscrecional
;5acultad de 2eserva 1ributaria ; 5acultad de 2ecabar y procesar denuncia penal ; 5acultad de 2ecompensar ; 5acultad de ancionar -lgunas facultades que constitucionalmente ni siquiera est!n establecidos, mucho menos para la -dministracin 1ributaria pero, al amen gracias que otorga facultades el (oder ?egislativo al (oder E#ecutivo se han implementado vía 'ecretos ?egislativos. ?a -dministracin 1ributaria tiene la facultad discrecional de sancionar las infracciones que ser!n determinadas en forma ob#etiva, así como la accin de omisin de los deudores tributarios o terceros que violen las normas tributarias.
ualquier persona puede denunciar ante la -dministracin 1ributaria la existencia de actos que presumiblemente constituyan delitos tributarios y la -dministracin 1ributaria de constatar hechos que Wpresumiblemente constituyan delito tributario o estén encaminados a este propsitoW, tienen la facultad, discrecional de formular denuncia penal. Esto sin el requisito previo de culminacin de fiscalizacin o verificacin. on p!rrafos, entre otras facultades, que adem!s de dictar normas, acatar o auto acatar tributos, la fiscalizacin se extralimita hasta valiéndose de presunciones de personas particulares que denuncie a la -dministracin. Esta, sin la necesidad de concluir la vía administrativa, en uso de sus facultades discrecionales formularía proceso penal ante el Ainisterio (úblico. )http://asarhge1.blogspot.com/pe*
OBLIGACION TRIBUITARIA NN?a obligacin tributaria es el derecho público, es el vínculo entre el acreedor y el deudor tributario, establecido por la ley, que tiene por ob#eto el cumplimiento de la prestacin tributaria, siendo exigible coactivamenteOO. )'E2E1@ 3(2EA@ 0R :
CLASES DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA OBLIGACION SUSTANCIAL ?lamado también obligacin principal, la cual constituye una prestacin de car!cter patrimonial, que vista desde una doble perspectiva, puede ser expresada en una obligacin de dar )el contribuyente* y recibir )el fisco, municipalidad, etc.*.
OBLIGACION FORMAL on obligaciones accesorias que giran en torno a la obligacin principal y que surgen de una interrelacin entre el su#eto activo y su#eto pasivo de la obligacin principal con la finalidad de facilitar su cumplimiento.
ELEMENTOS DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA
ACREEDOR TRIBUTARIO
NN-creedor tributario es aquel a favor del cual se debe realizarse la prestacin tributarioOO
DEUDOR TRIBUTARIO NN'eudor tributario es la persona obligada al cumplimiento de la prestacin tributaria como contribuyente o responsableOO.
PRINCIPALES FORMAS DE INCUMPLIMIENTO TRIBUTARIO El incumplimiento tributario en el (erú est! generalizado. ?a evasin es un proceso que se da en los grandes, medianos, pequeIos empresarios o comerciantes así como contribuyentes de los gobiernos locales. NNtrat!ndose de impuestos
anuales
de autodeterminacin
)voluntad
de
contribuyentes*, las principales formas de incumplimiento tributario son=
5alta de inscripcin.
5alta de pago de impuesto declarado o determinado.
'eclaracin errnea, inexacta o falsa
"ncumplimiento de los deberes formatos tales como llevar anotaciones, conservar comprobantes, etc.OO )P-%EM -SE2A-0, -uditoria 1ributaria, :KHB*
INFRACCION TRIBUTARIA NN?a infraccin tributaria, toda accin u omisin que importe la violacin de normas tributarias, tributarias, siempre que se encuentre tipificado como tal en el presente
título o en otras leyes o decretos legislativosOO. )'E2E1@ 3(2EA@ 0R :
CLASES DE INFRACCION TRIBUTARIA INFRACCION SUSTANCIAL. onsiste en el no pago de los tributos dentro de los términos legales. Este incumplimiento tiene un car!cter eminentemente ob#etivo, por lo que para la administracin tributaria solo basta el no pago de tributo dentro del plazo de ley.
INFRACCION FORMAL. on obligaciones formales aquellas que se refieren al incumplimiento de los deberes impuestos al contribuyente, responsable o tesorero, tendientes a la determinacin de la obligacin tributaria llamadas infracciones formales.
INFRACCION POR NO PRESENTAR LA DECLARACION MENSUAL NN'e acuerdo al numeral : del artículo 0R :DC del digo tributario, constituye infraccin no presentar las declaraciones que contengan la determinacin de las deudas tributarias, dentro de los plazos establecidos. 'icha infraccin se sanciona con una multa de G9 de la 3nidad "mpositiva 1ributaria, vigente a la fecha de cometida la infraccin de acuerdo a lo establecido en la tabla "" de infracciones y sanciones del cdigo tributario.
'e acuerdo con el régimen de gradualidad establecido por la resolucin de superintendencia 0R :BK;9G30-1, publicado el 8K9C9G, dicha multa puede ser reba#ada en un K9 si se subsana la infraccin en forma voluntaria y si se paga la multa, de no pagar la multa, la reba#a es de H9OO.
EVASION TRIBUTARIA ?a evasin de impuestos o evasin fiscal, es un acto ilegal que consiste en ocultar bienes o ingresos con el fin de pagar menos impuestos. (or lo general es algo que casi todos relacionamos con personas ricas y famosas. eguramente le vendr!n a la memoria historias de artistas, políticos o gente de la alta sociedad que fueron noticia porque se descubri que poseían cuentas millonarias en bancos suizos o en paraísos fiscales (ero la evasin de impuestos es una pr!ctica mucho m!s habitual y cercana de lo que pudiera pensar. ?e#os de la repercusin medi!tica de los grandes casos de corrupcin, se producen a diario multitud de e#emplos en nuestro entorno m!s cercano. 1al vez le suenen casos como éstos=
LA EVASI9N TRIBUTARIA EN EL PER Evasin 1ributaria, es cuando el contribuyente declara yo paga menos tributos por errores materiales yo desconocimiento, transgrediendo la ?ey.
Elusin
1ributaria, son los medios que utiliza el contribuyente para reducir los tributos, sin transgredir
la
ley.
'elito 1ributario, es cuando en beneficio propio o de terceros mediante ardid, astucia yo engaIo el contribuyente declara yo paga menos tributos. )http=XXX.diariolaprimeraperu.comonlineespecialevasion;tributaria*
CAUSAS DE LA EVASION TRIBUTARIA (arece interesante describir sintéticamente algunas de las causas que m!s frecuentemente influyen en el incumplimiento de las obligaciones tributarias, según la opinin de -lba ?ucía @rozco de 1irana.
F&& # c!%ci#%ci& rib'&ri&: est! fuertemente influenciado por el car!cter de cada pueblo y relacionado con el grado de insatisfaccin de los ciudadanos. En este sentido, existe un rechazo generalizado hacia quienes no cumplen cabalmente con sus deberes impositivos4 mientras tanto en otros escenarios opuestos, al ciudadano incumplidor se lo considera como un referente a ser imitado por el resto de esa comunidad.
B&7! %i(# # #'c&ci5% # & !b&ci5%: normalmente es nula la educacin al niIo sobre la necesidad que tienen los Estados en obtener recursos genuinos, indispensables para brindar servicios elementales a la comunidad )salud, educacin, seguridad, etc.*. ?os medios masivos 'e comunicacin son un elemento esencial, que utilizados eficientemente pueden llevar mensa#es a la poblacin en general que permitan transmitir esos valores sociales a la comunidad.
D#"c!%!ci+i#%! # #"i%! ;i # i%#r! !rii%&! #% i+'#"!": esto se relaciona por un lado con la falta de difusin que el Estado hace sobre la utilizacin de los fondos públicos en inversiones que representen en beneficios concretos para la propia poblacin contribuyente. -dem!s, por otro lado, en la falta de confianza en el destino dado por el Estado a ese dinero, principalmente relacionado con su mala o ineficiente administracin.
C!%"&%#" c&+bi!" #% & #i"&ci5% rib'&ri&: la necesidad de obtener mayores recursos en las -dministraciones 1ributarias de ba#o cumplimiento provoca la necesidad de crear nuevos impuestos o formular cambios legislativos tendientes a aumentar las bases imponibles de tributos ya existentes. Estas reformas de índole legal obligan, en la mayoría de los casos, a dictar nuevas reglamentaciones que cambian constantemente las obligaciones de los contribuyentes. Este tipo de políticas, adem!s de los per#uicios que provocan a la propia -dministracin 5iscal, desalientan al cumplimiento espont!neo de los buenos contribuyentes que deben, a efectos de evitar incumplimientos por malas
interpretaciones
o
incomprensin para el lego en estos temas adem!s estar constantemente asesorados por profesionales en la materia, aún para los m!s pequeIos contribuyentes, implicando adem!s un costo adicional al propio costo de la carga tributaria.
B&7& #rc#ci5% # ri#"! !r &r# # !" &+i%i"r&!": si aquellos contribuyentes que no cumplen en tiempo y forma con sus deberes
impositivos sienten que la -dministracin no pueden ser controlados eficazmente, provoca de inmediato una sensacin de impunidad, que es determinante en su actitud evasora. aso contrario, si el 5isco demuestra en los hechos una alta capacidad de detectar esos incumplimientos incidir! favorablemente en un cambio de conducta hacia el buen comportamiento tributario.
L#%i' #% # &cci!%&r !r &r# # Fi"c!: al igual que en el ítem anterior, la falta de inmediatez en la deteccin de incumplimientos y la lentitud en la e#ecucin de acciones operativas concretas también desalientan al correcto comportamiento voluntario espont!neo de los administrados, con la pérdida de percepcin del riesgo que esto implica.
F&& # #<'i& #% # "i"#+& rib'&ri!: si las estructuras tributarias provocan que contribuyentes de similares ingresos tributen sumas distintas o empresas con niveles altos de ingresos contribuyan montos menores que pequeIos comerciantes, profesionales o asalariados, no cabe duda que esto desalentar! y desmoralizar! a quienes cumplan adecuadamente con sus deberes tributarios, erosionando la conciencia fiscal de la comunidad en su con#unto.
EFECTOS DE LA EVASION TRIBUTARIA $?a accin evasiva del contribuyente en el cumplimiento de sus deberes fiscales, origina como consecuencia la supresin, disminucin o demora de los ingresos econmicos del estado, cabe decir del tesoro público.
- raíz de tales hechos percibirlas resulta per#udicada, en última instancia, la propia colectividad, porque él no disponer el estado los recursos suficientes para la satisfaccin de las diversas necesidades públicas, muchos de los planes previos para ello, ser!n postergados o quedaran truncos. El fenmeno evasivo, puede desatar infinidad de efectos negativos desde el punto de vista econmico, político, social, cultural, etc. que inciden en la satisfaccin de las necesidades públicas, la de financiacin de las arcas fiscales, la inseguridad social y política que conduce al atraso, el desorden, etc. )P-%EM -SE2A-0, :KKC*
ELUSION TRIBUTARIA $-l definir la elusin tributaria nos referimos a la evasin tributaria licita, termino que preferimos utilizar por ser mas adecuado. ?a elusin tributaria consiste en que mediante el empleo de la ley, el contribuyente busca la manera de pagar menos impuesto o de eludir la carga tributaria, no pag!ndola&. )L-2"- 2-'-, 899G*
COMERCIO INFORMAL uando nos referimos a COMERCIO INFORMAL se piensa inmediatamente en un problema, puesto que estos empresarios y vendedores informales cuyos negocios no est!n registrados, no pagan impuestos y no se rigen por las leyes, reglamentos y pactos vigentes, pues se les considera como competidores desleales de las Empresas y tiendas que operan en la legalidad, pagando puntualmente sus impuestos, pues ya que al evadirse los impuestos u obligaciones tributarias, privan
al estado de recursos necesarios para atender las necesidades sociales y de realizar urgentes obras de infraestructura. ...En países como el (erú el problema no es la economía informal, sino el
"
estado. -quella es m!s bien una respuesta popular espont!nea y creativa ante la incapacidad estatal para satisfacer las aspiraciones m!s elementales de los pobres. (or lo tanto no de#a de ser una parado#a que este libro escrito por un gran defensor de la libertad econmica constituya una requisitoria contra la ineptitud y la naturaleza discriminatoria del Estado. uando la legalidad es un privilegio al que solo se accede mediante el poder econmico y político, a las clases populares no les queda otra alternativa que la ilegalidad. Este es el origen del nacimiento de la economía "nformal...legalizar una pequeIa industria, en estas condiciones, esta fuera de las posibilidades de un hombre de recursos modestos, como comenzaron siéndolo todos los informales del (erú. )%-2L- ??@-* $El sector informal, es una amplia gama y heterogénea de ocupaciones, resultando imposible clasificarlas en una categoría restringida. e puede encontrar micro empresas en proceso de nacimiento yo extincin, hasta las que se encaminan a una proceso de transicin hacia la formacin4 muchas son dirigidas por una o dos personas generalmente de la familia, que traba#a en su domicilio y otros han incorporado entre cinco y seis personas asalariada, algunos solo tienen herramientas o algún vehículo )carretillas, triciclos*, y otros han incorporado alguna maquinaria y herramientas adquiridas de segunda mano, puesto que muchos son ilegales, en el sentido de que traba#an sin autorizacin oficial, no tienen acceso a diversos servicios, como el crédito, prestaciones de seguridad,
también tienen acceso limitado a los mercados como el de Exportacin&. )%-2L- ??@-*
2especto a todos estos conceptos referentes al @AE2"@ "05@2A-?, se puede definir como un con#unto de unidades econmicas, generadas por aquellas que conforman el excedente bruto de la mano de obra, vale decir, el grupo poblacional que, al no tener posibilidad de incorporarse en el aparato empresarial formal se ha vista en la necesidad de desarrollar diversas formas de auto;empleo, a partir de una situacin inicial de carencia extrema de capitales.
MODALIDADES DEL SECTOR INFORMAL i bien este tipo de comercio tiene dos modalidades claramente definidos el comercio ambulatorio y los mercados informales, no se trata de compartimientos estancos, sino de distintas etapas de un mismo fenmeno, por que la persona que empieza de ambulante no lo hace con la idea de quedarse en las calles para siempre, sino con el propsito de trasladarse algún día hacia mercados fuera de la vía pública, para desarrollar el comercio en condiciones mas favorables. ?os comerciantes que hoy en día ocupan los mercados alguna vez estuvieron en la calle.
A.- EL COMERCIO AMBULATORIO.; 1radicional mente el comercio ambulatorio ha sido considerado como la actividad informal por antonomasia. in embargo no es m!s que una de las distintas manifestaciones del problema que consiste en el
desarrollo de actividades comerciales en la calle, al margen de las disposiciones legales. En ese sentido podemos hablar de dos clases de comercio ambulatorio. ?a primera es la itinerante4 la segunda la que se ubica en lugar fi#o dentro de la vía pública. (or lo general son etapas dentro del comercio ambulatorio que los comerciantes van superando a lo largo del tiempo para poder traba#ar con mayor seguridad.
a* "1"0E2-01E.; Esta primera clase de comercio ambulatorio es la que es desarrolla los que compran pequeIas cantidades de barati#as, golosinas o víveres no perecibles y deambulan por las calles tratando de venderlos entre las personas que encuentran a su paso. arecen pues, de una ubicacin fi#a y operan a una escala bastante reducida. us rentas dependen enteramente de la habilidad con que se desplacen en busca de clientes, ya que estos difícilmente ir!n a encontrarlos, a este nivel itinerante los ambulantes no est!n organizados, puesto que actúan individualmente y no tienen ubicacin alguna que defender...este tipo de ambulantes no posee mayor capital físico ni recibe mayormente crédito, de manera que tiene que asumir su propia financiacin y traba#an por lo general al contado. -l comenzar a laborar, este ambulante no solo est! prestando un servicio sino y también invirtiendo en su capital humano, mientras deambula por las calles buscando clientes, observa que productos se venden.
b* ?3L-2 5"J@ E0 ?- %"- (3+?"-.; Esta segunda clase de comercio ambulatorio supone que el comerciante ambulante previamente ha de#ado de deambular, ha identificado un lugar y se ha instalado en el para desarrollar su actividad. "mplica, por consiguiente, una invasin de las calles. ?o primero que hace un ambulante que trata de invadir un lugar fi#o de la vía pública es valorizar la ubicacin. (ara el efecto tiene que apreciar el número de clientes potenciales que lo podrían favorecer ahí diariamente.
B.- LOS MERCADOS INFORMALES.; ?a segunda modalidad del comercio informal es la que desarrolla desde mercados construidos informalmente por o para ambulantes que deseen abandonar las calles. En lo fundamental los ambulantes tratan de de#ar la vía pública por que esta les impone una serie de limitaciones. -sí mismo los ambulantes tienen una productividad muy ba#a, debido a que la diversificacin de bienes y servicios ofrecidos por cada una es extremadamente reducida.
4.= MARCO CONCEPTUAL DEFINICION DE TERMINOS BASICOS ACTIVO.
on#unto de bienes yo derechos que posee una empresa. e denomina así a todo aquello que posee una persona o empresa, ya sea dinero, valores, documentos por cobrar, muebles, maquinarias, terrenos, edificios, etc.
ACTUALI>ACI9N DE LA DEUDA TRIBUTARIA. Es un procedimiento por el cual se preserva el poder adquisitivo de las deudas, tributarias evitando que estas sean minimizadas por el efecto de la inflacin para la actualizacin de la deuda tributaria se emplea de 1asa de "nterés Aoratorio )1"A*
ADEUDO. Aonto a que asciende la liquidacin de los tributos, intereses, multas y recargos si los hubiere, cuyo pago constituye obligacin exigible. El adeudo est! constituido por el monto de los derechos, impuestos y dem!s grav!menes que cause una destinacin aduanera, los recargos, los intereses, las multas si lo hubiere y los cargos que se originen con posterioridad al levante, no satisfechos en su oportunidad.
ADMINISTRACI9N TRIBUTARIA Es la entidad facultada por el estado para la administracin de los tributos. on rganos de la -dministracin= la 30-1, -'3-0- y los gobiernos 2egionales y ?ocales.
AMNIST?A TRIBUTARIA. Es el beneficio que se concede por ley a los deudores tributarios. 1iene por ob#eto condonar total o parcialmente las deudas yo las sanciones derivadas del incumplimiento de obligaciones tributarias.
BASE IMPONIBLE. %alor numérico sobre el cual se aplica la tasa del tributo para determinar el monto a pagar.
BASE PRESUNTA. El mérito a los hechos y circunstancias que, por relacin normal con el hecho generador de la obligacin tributaria, permitan a la -dministracin 1ributaria establecer la existencia y cuantía de la obligacin, directamente los procedimientos de determinacin sobre la base presunta.
BASE TRIBUTARIA. 0úmero de personas naturales y personas #urídicas que est!n obligadas al cumplimiento de las obligaciones tributarias.
BOLETA DE VENTA. 'ocumento que el vendedor otorga al comprador, acreditando la transferencia o dacin en uso, de bienes o prestacin de servicios. e emplea exclusivamente en operaciones con consumidores o usuarios finales. En operaciones realizadas por
los su#etos del 2égimen Tnico implificado. 0o permitir!n e#ercer el derecho al crédito fiscal ni podr!n sustentar gastocosto para efecto tributario, salvo en los casos que la ley permite.
CAPITAL tocU de bienes y servicios que se emplean en la produccin y que a su vez han sido producidos. (or lo regular se hace una distincin entre capital fi#o que consiste en bienes durables, edificios, equipos, maquinarias, y capital circulante, que consiste en stocU de materias primas y bienes semi;terminados, componentes, etc.
CAPITAL PERSONAL En las empresas unipersonales es la diferencia entre el activo y pasivo y equivale al patrimonio.
CAPACIDAD CONTRIBUTIVA -ptitud que tiene una persona natural o #urídica para pagar impuestos y que est! de acuerdo a la disponibilidad de recursos con que cuenta.
CAPACITACION Pacer apto, habilitar a alguien para alguna cosa cabe destacar que una capacitacin también es orientar, dar a conocer, informar a los comerciantes informales referentes a aspectos tributarios pertinentes a fin de que puedan conocer los aspectos legales referentes a la tributacin.
CAPACIDAD TRIBUTARIA. 1ienen capacidad tributaria las personas naturales o #urídicas, comunidades de bienes, patrimonios, sucesiones indivisas, fideicomisos, sociedades de hecho, sociedades conyugales de hecho, sociedades conyugales u otros entes colectivos, aunque estén limitados o carezcan de capacidad o personalidad #urídica según el derecho privado o público, siempre que la legislacin le atribuya la calidad de su#etos de derechos y obligaciones tributarias.
CONOCIMIENTO Es el resultado o producto del proceso del conocer, cuando decimos que el conocimiento es la imagen del ob#eto, no nos estamos refiriendo simplemente a su forma exterior, visible o a la vista, sino al con#unto o totalidad de sus características que hemos logrado captar o aprehender a través del conocer.
COMERCIO -ctividad propia del intercambio, representa la negociacin que realizan las personas físicas o #urídicas comprando, vendiendo o permutando toda clase de bienes. -ctividad que se desempeIa con car!cter profesional y !nimo de lucro y que persigue la intermediacin de bienes y servicios en el mercado.
COMERCIANTE Es la persona dedicada a realizar transacciones de compra venta en un mercado ya sea como empresario individual o en representacin de una sociedad, la
actividad que realiza puede ser al por mayor o al por menor.
COMPRA-VENTA. ontrato, a través del cual el vendedor se obliga a transferir al comprador la propiedad de un bien o la prestacin de un servicio, comprometiéndose el adquirente a recibirlo y pagar su precio en dinero.
COMPROBANTE DE PAGO. 'ocumento que acredita la transferencia de bienes, la entrega en uso, o la prestacin de servicios. lo se consideran comprobantes de pago, siempre que cumplan con todas las características y requisitos mínimos establecidos por al normatividad vigente a los siguientes= facturas, recibos por honorarios, boletes de venta, liquidaciones de compra, 1icUets o cintas emitidos por m!quinas registradoras, y otros documentos que por su adecuado control tributario y se encuentren expresamente autorizados, de manera previa, por la 30-1.
CONSUMIDOR FINAL. (ersona 0atural que recibe directamente un bien o servicio por parte del vendedor o de la persona que presta el servicio.
CONTRABANDO. Es un tipo de evasin que consiste en la introduccin o salida ilegal o clandestina del territorio nacional de mercaderías su#etas a impuestos.
CONTRIBU@ENTE. Es la persona natural o #urídica que tiene patrimonio, e#erce actividades econmicas y hace uso de un derecho que, conforme a ley, le genera la obligacin tributaria. ?a persona que abona o satisface las contribuciones o impuestos del Estado, la 2egin o el Aunicipio. Es aquel que realiza o respecta del cual se produce el hecho generador de la obligacin tributaria.
CR)DITO FISCAL. Aonto en dinero a favor del contribuyente en la determinacin de la obligacin tributaria. El crédito fiscal esta constituido por el valor del impuesto pagado en las compras, que sirve para ser restado del impuesto bruto y obtener el impuesto a pagar al fisco.
DEBITO FISCAL. Aonto en dinero de la obligacin tributaria a favor del estado y que el contribuyente debe considerar en la declaracin #urada.
DECLARACI9N TRIBUTARIA. Es la manifestacin de hechos comunicados a la -dministracin 1ributaria en la forma establecida por las leyes o reglamentos, la cual puede constituir la base para la determinacin de la obligacin tributaria.
DEFRAUDACI9N FISCAL.
Es el delito mediante el cual se evita el pago total o parcial de tributos establecidos en la ley a través de artificios, engaIo, astucia, ardid u otra forma fraudulenta. ?as principales formas son= contrabando, falsificacin de documentos, adulteracin de los mismos sobre y subvaluacin. ustraccin o abstencin dolosa del pago de impuestos.
DELITO TRIBUTARIO. Es la accin dolosa prevista en la ley que se pueda manifestar por las siguientes modalidades= •
-lteracin de balances para evadir el pago de tributos.
•
'efraudacin fiscal.
•
ontrabando.
•
Elaboracin y comercio clandestino de productos gravados.
•
5abricacin o falsificacin de timbres, marcas, contraseIas, sellos, o documentos en general, sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
?a instruccin, #uzgamiento y aplicacin de las penas por estos delitos, corresponder! a la #usticia penal ordinaria, obviamente previa denuncia de la -dministracin 1ributaria.
DEUDA TRIBUTARIA.
Aonto en dinero que el contribuyente debe pagar a la administracin tributaria, est! constituido por el tributo, las multas, los intereses y el recargo.
El pago de la deuda tributaria ser! efectuado por los deudores tributarios y, en su caso, por sus representantes. ?os terceros pueden realizar el pago salvo oposicin motivada del deudor tributaria.
DEUDOR TRIBUTARIO. Es la persona obligada al cumplimiento de la prestacin tributaria como contribuyente o responsable. (ersona natural o #urídica que no ha cumplido con cancelar su deuda tributaria.
DOMICILIO FISCAL. Es el lugar fi#ado para efectos tributarios. ?os deudores tributarios tienen la obligacin de fi#ar su domicilio fiscal, conforme lo establece la -dministracin 1ributaria. lo para efectos procesales, los deudores tributarios podr!n fi#ar un domicilio especial dentro del radio urbano que seIale la -dministracin 1ributaria.
EJERCICIO GRAVABLE. Es el período generalmente de un aIo calendario, en el cual se configuran las obligaciones tributarias. omienza el :R de enero de cada aIo y finaliza el <: de diciembre, debiendo coincidir en todos los casos el e#ercicio comercial con el e#ercicio gravable, sin excepcin.
EMPRESA @rganizacin constituida por personas naturales, sucesiones indivisas o personas #urídicas que se dedica a cualquier actividad lucrativa de extraccin, produccin, comercio o servicios, con excepcin de las asociaciones y fundaciones sin fines de lucro que tiene personalidad #urídica y deben estar constituidas legalmente.
FISCALI>ACI9N. Es la revisin, control y verificacin que realiza la -dministracin 1ributaria respecto de los tributos que administran, sin la necesidad de que el contribuyente lo solicite, verificando de esta forma, el correcto cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
IPOTESIS. on soluciones probables, previamente seleccionadas, al problema planteado, que el investigador propone para ver a través del proceso de investigacin, si son confirmados por los hechos. En otras palabras, son respuestas tentativas a las preguntas parciales formuladas. ?as hiptesis deben ser operacionalizadas, para ello es necesario presentar las variables de estudio y sus correspondientes indicadores que permitir!n medirlas.
IMPUESTO DIRECTO.
Es aquel que recae directamente o de manera inmediata sobre el contribuyente. E#emplo= "mpuesto a la renta.
IMPUESTO INDIRECTO. Es aquel que recae sobre los bienes o servicios, pero que afecta al contribuyente cuando éste adquiere un bien o utiliza un servicio. -l pagar el bien, el contribuyente cancela el impuesto al vendedor y este a su vez est! obligado a trasladar dicho pago al ente público respectivo. omo se ve hay una relacin directa entre el contribuyente y el Estado. E#emplo= El "mpuesto Leneral a las %entas.
INFRACCI9N. 1oda accin u omisin que constituye violacin de normas tributarias de índole sustancial )si implica pago* o formal, de acuerdo al digo 1ributario.
INFRACCIONES TRIBUTARIAS. Es toda accin u omisin que importe violacin de las normas tributarias. ?a infraccin ser! determinada en forma ob#etiva y sancionada administrativamente con penas pecuniarias, comiso de bienes o cierre temporal de establecimientos u oficinas de profesionales independientes. ?as infracciones tributarias se originan por el incumplimiento de las obligaciones siguientes= •
'e inscribirse o acreditar la inscripcin.
•
'e emitir o exigir comprobante de pago.
•
'e llevar registros contables.
•
'e presentar declaraciones.
•
'e permitir el control de la administracin tributaria, informar o comparecer ante la misma.
•
'eterminar correctamente la obligacin tributaria.
INGRESO PERSONAL DISPONIBLE "ngreso personal que les queda a las personas después de las deducciones que se hacen por concepto de impuestos sobre las rentas, impuesto de sucesin y otros, así como deducciones por seguridad social, donaciones y ciertos pagos que se hacen por otras contribuciones.
INGRESOS BRUTOS. Es el con#unto de ingreso que se obtiene en un e#ercicio gravable y que puede estar afecto a impuestos.
INGRESOS NETOS. "ngreso resultante de la ena#enacin de bienes que se establece deduciendo del ingreso bruto las devoluciones, descuentos y conceptos similares que responden a las costumbres generales de mercado.
MA@ORISTA.
omerciante que compra al fabricante, en grandes cantidades y vende al minorista.
MERCADER?AS. +ien susceptible de compra o venta con fines lucrativos, expedido en centros mercantiles como mercados, almacenes, tiendas, etc.
NEGOCIO. E#ercicio de una actividad mercantil que signifique el empleo de capital y que tenga como principal ob#eto el lucro, que se deriva de la venta de mercancías o servicios. e debe detectar o solucionar a breve plazo cualquier deficiencia. 'e ese modo aporta al desempeIo eficaz de la funcin productiva.
NIVEL DE PRECIOS. Es el índice que representa un con#unto de precios de artículos seleccionados con respecto a un aIo tomado como base para la comparacin. Este índice se usa para expresar el valor adquisitivo del dinero y sus variaciones con respecto a otros períodos.
NORMAS TRIBUTARIAS. omprende el con#unto de dispositivos legales a través de los cuales se regula la (olítica 1ributaria.
OBJETIVOS DE INVESTIGACI9N
e refieren al para que investigar, es decir el propsito y la finalidad de la investigacin. e pueden presentar en dos niveles= ob#etivo general y ob#etivos específicos.
OBLIGACI9N FORMAL. onsiste en todas aquellas obligaciones cuya observancia van a facilitar el control de la -dministracin 1ributaria. Es aquella que no conlleva directamente a pago alguno. on obligaciones formales la presentacin de las comunicaciones requeridas por la -dministracin, de las declaraciones #uradas, así como llevar libros de contabilidad, entre otros.
OBLIGACI9N SUSTANCIAL. Es aquella por la que los contribuyentes deben realizar el pago del tributo.
PERSONA NATURAL. Es aquella persona individual, domiciliada en el país, cualquiera sea su sexo o estado civil, que obtiene ingresos por traba#o independiente o dependiente.
PERSONAS JUR?DICAS e refiere a la empresa que, no siendo persona natural, e#erce derechos y cumple obligaciones de acuerdo a ley. 3na de estas obligaciones es tributar.
PERSONER?A JUR?DICA
e refiere a la empresa, que no siendo persona natural, e#erce derechos y cumple obligaciones de acuerdo a ley, una de estas obligaciones es tributar. - diferencia de la persona natural es toda aquella empresa que la ley le reconoce derechos y puede contraer obligaciones civiles y es apta ser representada #udicial y extra#udicialmente.
POL?TICA FISCAL. on#unto de orientaciones, pensamientos y decisiones que adopta un gobierno para conseguir sus ob#etivos econmicos y sociales a través de medidas vinculadas al ingreso y gasto público.
PRECIO. %alor pecuniario en que se estima un bien yo servicio en un determinado mercado, en razn a los costos de produccin yo distribucin y el estado de la demanda y oferta.
PRECIO DE VENTA. Es el resultado de la interaccin entre la oferta y la demanda en las condiciones de cada una de ellas. El importe total de la factura, entendiéndose por tal, el valor de venta m!s el impuesto específico correspondiente.
PROVEEDOR. ualquier persona natural o #urídica acreditada como tal y que actúa conforme a ley. >ue operando en el país o en el extran#ero, se encarga de la comercializacin
en el territorio nacional, de los +ienes o los ervicios susceptibles de ser necesitados.
RECAUDACI9N. Es una de las funciones de la administracin tributaria y consiste en recibir los pagos por tributos de los contribuyentes.
REGISTRO NICO DE CONTRIBU@ENTES 0RUC 2egistro de la uperintendencia 0acional de -dministracin 1ributaria )30-1* que incluye informacin sobre toda persona natural o #urídica, sucesin indivisa, sociedades de hecho u otro ente colectivo sea peruano o extran#ero, domiciliado o no en el país que conforme a las leyes vigentes sea contribuyente yo responsable de aquellos tributos que administra la 30-1.
RESULTADO DEL EJERCICIO. 3tilidad o pérdida que corresponde a un periodo determinado. 'iferencia entre los ingresos, los costos y gastos de una empresa.
SUJETO ACTIVO. Es el acreedor al cual debe realizarse el pago del tributo. olo pueden ser acreedores el Lobierno entral o ?ocal, así como las entidades del derecho público, con personería #urídica cuando la ley les asigne esa calidad.
SUJETO PASIVO.
Es la persona natural o #urídica obligada al cumplimiento de la prestacin tributaria.
UTILIDAD. (rovecho, beneficio, conveniencia, interés o fruto que se obtiene de una cosa. El excedente de precio de venta sobre el costo de cualquier transaccin accidental. Leneralmente va acompaIado de otra palabra o calificativo )utilidad bruta, neta, etc.*. Es una cualidad que vuelve deseable a un bien.
UTILIDAD BRUTA. 'iferencia entre las ventas propias de giro de la empresa y su costo de ventas. orresponde a la diferencia entre los ingresos netos y los costos directos.
UTILIDAD NETA. Lanancia libre de gastos, utilidad liquida se obtiene deduciendo de la utilidad de ventas los restantes gastos de explotacin.
V. OBJETIVOS DE LA INVESTIGACION @+JE1"%@ LE0E2-? -nalizar y determinar los factores y nivel de la Evasin tributaria de los comerciantes mayoristas informales de venta de prendas de vestir y su incidencia en la recaudacin tributaria en el barrio an José de la ciudad de Juliaca )89:8; 89:<*
1..= OBJETIVOS ESPECIFICOS a
'eterminar los factores preponderantes que influyen a la evasin tributaria de los comerciantes mayoristas informales de venta de prendas de vestir en el barrio san José de la ciudad de Juliaca ) 89:8;89:<*
b
-nalizar el
nivel de evasin tributaria de los comerciantes mayoristas
informales de venta de prendas de vestir y cmo incide en la 2ecaudacin tributaria del barrio an José de la ciudad de Juliaca )89:8;89:<*
c
(roponer alternativas que contribuyan a reducir el nivel de Evasin de este sector comercial, para me#orar la 2ecaudacin tributaria en el barrio an José de la ciudad de Juliaca
VI. IPOTESIS DE LA INVESTIGACION .1 IPOTESIS GENERAL ?os factores y el nivel de evasin tributaria
de los comerciantes mayoristas
informales de prendas de vestir inciden negativamente en la 2ecaudacin 1ributaria, en el barrio an José de la ciudad de Juliaca ) 89:8;89:<*
.= IP9TESIS ESPEC?FICAS a ?os factores preponderantes influyen de manera negativa en la Evasin tributaria de los comerciantes mayoristas informales de venta de prendas de vestir en el barrio san José de la ciudad de Juliaca 89:8;89:<* b El nivel de Evasin tributaria de los comerciantes mayoristas informales de venta de prendas de vestir incide negativamente a la 2ecaudacin tributaria, del barrio an José de la ciudad de Juliaca )89:8;89:<* .
VII. VARIABLES .1 IPOTESIS GENERAL= %.". Y 5actores y nivel de evasin tributaria %.'.Y 2ecaudacin tributaria
.= IPOTESIS ESPEC?FICAS= DE LA IPOTESIS N 1 %.". Y 5actores preponderantes %.'.Y Evasin tributaria "0'"-'@2E= =
0iveles de estudio
= = = = =
apacitacin onciencia tributaria @bligaciones tributarias umplimientos de normas tributarias "nscripcin de registros.
DE LA IPOTESIS N = %.". Y 0ivel de evasin tributaria %.'.Y 2ecaudacin tributaria. "0'"-'@2E=
=
uantificacin de las ventas.
=
'eterminacin del régimen tributario.
=
antidad de comerciantes.
=
u#etos que pagan impuestos.
=
u#etos que no pagan impuestos.
=
'eterminacin de la cuota a pagar.
VIII. UTILIDAD DE LOS RESULTADOS DEL ESTUDIO El presente traba#o de investigacin va a demostrar el nivel de la evasin tributaria de los comerciantes mayoristas informales de ventas de prendas de vestir y su incidencia en la recaudacin tributaria del barrio en la ciudad de Juliaca y esto resultado
har! beneficio a toda la poblacin peruana
por medio de
uperintendencia 0acional de la -dministracin 1ributaria )30-1* que es el rgano recaudador de impuestos en nuestro país.
I*. METODOLOGIA DE LA INVESTIGACION
.1 METODO (ara el desarrollo del presente traba#o de "nvestigacin titulado=
ANHLISIS
DE LA EVASI9N TRIBUTARIA DE LOS COMERCIANTES MA@ORISTAS INFORMALES
DE PRENDAS DE VESTIR @ SU INCIDENCIA EN LA
RECAUDACI9N TRIBUTARIA DEL BARRIO SAN JOSE DE LA CIUDAD DE JULIACA PERIODO-=1 se utilizaron los Aétodos "0'31"%@ F -0-?"1"@ 'E2"(1"%@
.1.1 METODO INDUCTIVO.; - través de este método partimos del an!lisis de hechos particulares, es decir determinamos las causas de la evasin tributaria, el nivel de evasin de los comerciantes informales de venta de ropas al detalle y su incidencia en la recaudacin tributaria, para llegar a conclusiones de orden general de acuerdo a los resultados obtenidos.
.1.= METODO ANALITICO DESCRIPTIVO .; - través de este método se realizo un an!lisis detallado de acuerdo a la muestra presentada del problema de Evasin tributaria, todo ello nos permiti describir, examinar e interpretar minuciosamente las probables causas que originan este problema, teniendo como base las variables presentadas y determinando cu!nto de#a de percibir la -dministracin 1ributaria )30-1*
de estos comerciantes y para luego realizamos una
comparacin entre dos periodos distintos.
.= POBLACION ?a (oblacin para el presente traba#o de investigacin, est! conformado por los omerciantes mayoristas de venta de prendas de vestir del barrio an José de la ciudad de Juliaca, que realizan sus actividades en las vías publicas, cabe resaltar que no consideramos el omercio de venta de ropas ubicado en el Aercado "nternacional an José, )venta por mayor*, puesto que de todo ello se podría realizar f!cilmente otro traba#o de "nvestigacin4 Entonces tenemos la (oblacin ba#o estudio, comerciantes que realiza sus actividades en las vías publicas ya sea los días ?unes y Jueves, en el Jr. 2aúl (orras +arnechea y aledaIas en las primeras cuadras y adyacentes.
LUGARES DE FERIA
"R. RAAUL #ORRAS $AR!EC%EA "R. A)A*IRI "R. CARA$A)A "R. GO!-ALES #RADA
TOTAL COMERCIANTES
TOTAL COERCIA!TES
&'( '1+ ,( 1+
940
. MUESTRA (ara determinar el tamaIo de la muestra para nuestro estudio y considerando que es la parte de la poblacin mas representativa que nos va a permitir llegar a
resultados y conclusiones mas eficaces y ob#etivos, se tom en cuenta un 0ivel de confianza del KB y con un error estimado del B, siendo el tamaIo de la poblacin de KG9 omerciantes, para lo cual se utiliz la siguiente formula estadística=
M8 )p* )q* n Y ;;;;;;;;;;;;;;;;;;;; E8 'onde=
%alores asumidos
n Y Auestra inicial
7
M Y ?imite o nivel de confianza
KB ):.KC*
p Y %ariabilidad de aciertos
KB
q Y %ariabilidad de error muestra
9.B
E Y 0ivel de precisin
B
'esarrollando=
):.KC*8 )9.KB* )9.9B* n Y ;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;;; )9.9B*8
=
9.:H8GDC n Y ;;;;;;;;;;;;;;; 9.998B
n Y D< ?a Auestra corregida es=
n n. Y ;;;;;;;;;;; : Z n;:0 'onde=
%alores asumidos
n. Y Auestra corregida
7
n Y Auestra inicial
D<
0 Y (oblacin total ba#o estudio
KG9
'esarrollando tenemos= D< n.Y ;;;;;;;;;;;;;;;; :Z D8KG9 D< n. Y ;;;;;;;;;;;;;; :.9DCBKC n. Y CH
Entonces el 1amaIo de la Auestra apropiado para el estudio fue de CH omerciantes.
LUGARE DE FERIA
TOTAL COMERCIANTES DEL BARRIO SAN JOSE
TOTAL COERCIA!TES
ESTUDIO
940
68
.4 TECNICAS PARA LA RECOLECCION DE LA INFORMACION (ara la recoleccin de la informacin o datos necesarios
se recurri a ?a
Encuesta, la @bservacin directa y la 2ecopilacin documental.
a
ENCUESTAS: considerando que esta técnica viene a constituirse como una fuente principal, ya que a través del cuestionario estructurado de preguntas formuladas y expresadas en un lengua#e común a cada uno de los comerciantes se pudo recopilar la informacin necesaria para el desarrollo del presente traba#o de investigacin.
b
OBSERVACI9N DIRECTA: Esta técnica se realiz en el mismo mercado informal, es decir en los lugares antes indicados )vías publicas* en donde expenden los productos ya mencionados, teniendo como lineamientos generales el mismo formato de la entrevista para
así completar o
esclarecer los datos proporcionados por estos comerciantes y así determinar la veracidad de la informacin obtenida.
c
RECOPILACION DOCUMENTAL: Esta técnica sirvi para recopilar informacin de textos, tesis, revistas especializadas, etc. b!sicamente para complementar la investigacin y desarrollo de -ntecedentes, Aarco terico, etc.
.2. T)CNICA PARA EL ANHLISIS DE LA INFORMACI9N.
(ara el an!lisis de la informacin, se utiliz la E1-'[1"- 'E2"(1"%ya que los datos recopilados fueron tabulados a través de cuadros estadísticos y descritos cada uno de ellos para una me#or comprensin.
*. AMBITO DE ESTUDIO El distrito de Juliaca esta ubicado en la parte norte de la provincia de san 2om!n y al lado 0or;este del lago 1iticaca y a
L!" /+i#" # i"ri! # J'i&c& "!%: •
P!r # %!r# : con los distritos de alapu#a )provincia de lampa*
y
aminaca )provincia de -z!ngaro*. •
P!r # "'r
: con los distritos de abana y aracoto.
•
P!r # #"# : con los distritos de (usi )provincia Puancané* y sam!n )provincia de -z!ngaro*.
•
P!r # !#"# : con los distritos de ?ampa y abanillas )provincia de lampa*
COORDENADAS GEOGRAFICAS. Juliaca se encuentra en las siguientes coordenadas geogr!ficas =
:BR4 latitud sur.
=
D9R4 de longitud oeste.
TEMPERATURA omo promedio tiene una temperatura de C y:8 grados centígrados, ciudad eminentemente comercial, que cobi#a a m!s de 8C9,C9D habitantes. 5avorecida por la migracin debido a que es zona comercial
*I. RECURSOS ?os recursos necesarios para la investigacin se mencionan a continuacin=
11.1 GASTOS: 11.1.1 RECURSO UMANO •
•
-E@2-A"E01@
.
C99.99
(E2@0-? 'E -(@F@ )8*
:99.99
11.1.= MATERIALES •
< millares de (apel
.
DB.99
•
ervicio de impresin
:B9.99
•
5otocopias
:99.99
•
?apiceros
•
Po#as 'e -punte
:9.99
•
'
:9.99
B.99
11.1. OTROS GASTOS •
2efrigerios
•
@tros
.
899.99 <99.99
TOTAL GASTOS
SK.
1,.
11.= INGRESOS: -porte propio
.
8,999.99
*II. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES N
DENOMINACI9N
JULIO
AGOSTO
5ormulacin de proyecto de
/&" =
investigacin (resentacin y aprobacin
12
SETIEMBRE
OCTUBRE
/& del proyecto de investigacin
" 12 2ecoleccin de informacin
/&" 12 4 (rocesamiento de informacin 2
2edaccin del informe final
12
/&" /&" 12 /&" /&"
12 /&"
(resentacin y aprobacin de
12
informe final
/&" D/&
1 ustentacin y defensa del
# traba#o de investigacin
!c' br#.
*III. BIBLIOGRAFIA
BARRIOS OBREGO>O, R. %1988. Teoria General del Impuesto. L);0! E()/+ C/0 C?3+ S.A. CHAVE> AC@ERMAN, P. %1996. Impuesto a la Renta. L);0! E()3)+ L);0. CHAVE> EC@ERMAN, P. %1996. Impuesto a la Renta. L);0! E()3)+ L);0. CONSTITUCION POLITICA DEL PERU 199#. A/.74&. %.<.. DECRETO LEGISLATIVO N& 771 L M03+ ( S)/;0 T)-/0)+ N03)+0. %.<.. DECRETO LEGISLATIVO N& 771 L M03+ ( S)/;0 T)-/0)+ N03)+0. %.<.. DECRETO LEGISLATIVO N& 816 C'()*+ T)-/0)+. %.<.. FLORES SORIA, J. %2$$4. tributacion teoria y practica. L);0! E()/+)0 3/+ ( :3)0)?03)+ 3+/0-))(0( F)0?0 E.I.R.. GARCIA RADA, D. %2$$4. EL ()/+ /)-/0)+. L);0! E B+ E.).R.L. GOME> AGUIERRE, A. %2$1#. fiscalizacion tributaria. L);0! B+ E.I.R.L.