INTERMEDIACION Y TERCERIZACION LABORAL UNIVERSIDAD PRIVADA DEL NORTE
TERCERIZACIÓN Concepto:
Es una figura contractual mediante la cual una empresa “principal”, decide no hacerse cargo de una parte de su proceso productivo o de servicios, y lo delega o encarga a un tercero (la tercerizadora), para que ésta se haga cargo de dicho proceso.
REQUISITOS:
Asumen los servicios prestados por su cuenta y riesgo. Esto quiere
decir que contarán con una autonomía técnica y funcional Cuentan con sus propios recursos financieros, técnicos o materiales. En este caso, la empresa deberá contar con su capital, con su infraestructura, con las herramientas que va a utilizar su labor como, por ejemplo, el pago de celulares, teléfonos, nextel, servicios de fax, alquiler de oficinas, mantenimiento de sus maquinarias, entre otros, que permitan establecer que la empresa está realizando sus servicios de manera autónoma. Son responsables por los resultados de sus actividades; ante un incumplimiento total o parcial de las obligaciones, será esta quien deba de asumirla directamente.
Responsabilidad de la empresa principal
La empresa principal que contrate la realización de obras o servicios con desplazamiento de personal de la empresa tercerizadora es solidariamente responsable por el pago de los derechos y beneficios laborales y por las obligaciones de seguridad social devengados por el tiempo en que el trabajador estuvo desplazado. La responsabilidad solidaria incluye sólo a los incumplimientos que se produzcan durante el período de desplazamiento. La empresa tercerizadora mantiene su responsabilidad por el plazo establecido para la prescripción laboral (4 años).
. Intermediación de servicios temporales (IST) . Intermediación de servicios complementarios (ISC) . Intermediación de servicios altamente especializados (ISAE)
Tercerización se Servicios
IST: reparto de poderes del empleador entre la empresa usuaria y
Los trabajadores de la empresa tercerizadora están bajo su exclusiva subordinación.
la empresa de intermediación; por cuanto la empresa usuaria dirige y supervisa las tareas del trabajador, mientras que la intermediadora reserva para si la facultad sancionatoria. ISC e ISAE: La empresa intermediadora ejerce el poder de dirección de manera exclusiva sobre el trabajador IST: Principal ISC e ISAE: Complementaria/especializada
Cualquier tipo de actividad: principal o complementaria
IST: Temporal (contrato de suplencia u ocasional, de 6 meses) ISC e ISAE: Permanente
Cualquier naturaleza de la prestación: temporal o permanente
IST: Solo hasta el 20% de los trabajadores que integran la planilla de la empresa usuaria. ISC e ISAE: No hay limite de trabajadores.
No hay limite de trabajadores.
Estas empresas deben inscribirse en el Registro Nacional de Empresas y Entidades de Intermediación Laboral (RENEEIL).
Debe inscribirse en el Registro Nacional de Empresas Tercerizadoras (por ahora mediante el T registro).
INTERMEDIACION LABORAL
Registro de contratos
Registro de contratos de locación
Los contratos de trabajo celebrado entre la empresa de intermediación y el trabajador destacado sea de duración indeterminada o sujetos a modalidad deben ser registrados ante el MTPE.
Solo se registran ante el MTPE los contratos de trabajo celebrados entre el contratista y el trabajador desplazado si son sujetos a modalidad.
Los contratos suscritos con las empresas usuarias deben ser registrados ante el MTPE.
Los contratos de tercerización no deben ser registrados ante el MTPE.
Se deberán conceder una fianza que garantice el cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social de trabajadores destacados.
Las empresas contratistas o subcontratistas no se encuentran obligadas a otorgar fianza que garantice el cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social de trabajadores desplazados.
En el supuesto en que la fianza otorgada resulte insuficiente para el pago de los derechos laborales adeudados a los trabajadores destacados ; la empresa usuaria es responsable solidaria.
Responsabilidad solidaria de la empresa principal
No se llega a establecer una responsabilidad solidaria de la empresa usuaria
Responsabilidad solidaria de la empresa principal
Responsabilidad solidaria de la empresa usuaria
Responsabilidad solidaria de la empresa principal
Responsabilidad directa de la empresa usuaria
Responsabilidad solidaria de la empresa principal
Carta fianza
Responsabilidad laboral
Responsabilidad en seguridad social
Responsabilidad en SCTR Responsabilidad en seguridad y salud del
TERCERIZACION
Integrantes:
Juipa Barrera David Mejía Díaz José Luis Portal Gavelan Alfredo Pizan Herrera Edwar Rodríguez Valladares Marlon Paul