Dirección Universitaria de Educación a Distancia EP DERECHO
DERECHO PROCESAL CIVIL II
)RA! 2015-II AO ACAD %ICO
Ciclo:
Datos del alumno:
Apellidos y nombres:
Código de matrícula: Uded de matrícula:
Nota:
U!E"AL #ER"A"DE$ %EDI"A
Docente:
0&
Sección:
1
%ódu'( II
FORMA DE PUBLICACIÓN: Publicar su archivo(s) en la opción RABA!O ACAD"MICO que figura en el menú contextual de su curso
Panel de cont#ol
Fec$a de %u&licación en cam%us 'i#tual DUED LEARN:
HAS)A EL DO%* 20 DE DICIE%!RE 2015 A 'as 2+*5, P% H(ra .eruana/
Recomendaciones:
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1. Recue#de 'e#i(ica# la
co##ecta %u&licación de su #a&a)o Acad*mico en el Cam%us +i#tual antes de con(i#ma# al sistema el en',o de(initi'o al DocenteRevisar la previsualización de su trab trabaj ajo o para para aseg asegur urar ar archivo correcto.
2.
Las fechas de publicación de trabajos académicos a través del campus virtual DUED LEARN están definidas en la plataforma educativa, de acuerdo al cronorama académico !"#$%&& por lo 'ue no se ace%ta#.n t#a&a)os e/tem%o#.neos .
3.
Las actividades de aprendi(aje 'ue se encuentran en los te)tos 'ue recibe al matricularse, servirán para su autoaprendi(aje mas no para la calificación, por lo 'ue no deberán ser consideradas como trabajos académicos obliatorios*
0u,a del #a&a)o Acad*mico: 4.
Recuerde+ NO DEE !O"#$R DE% #N&ERNE& , el &nternet es nicamente una fuente de consulta* %os trabajos copias de internet ser'n veri(icados con el )#)&E*$ $N"%$+#O ,$" - ser'n cali(icados con con //0 cero. Estimado alumno: El presente trabajo académico tiene por finalidad medir los logros alcanzados en el desarrollo del curso Para el e/amen %a#cial !d debe haber logrado desarrollar $asta 12 " para el e/amen (inal debe haber desarrollado el trabajo completo
C#ite#ios de e'aluación del t#a&a)o acad*mico: Este trabajo académico será calificado considerando criterios de evaluación sen naturale(a del curso+
P#esentación adecuada del t#a&a)o
#onsidera #onsidera la evaluación evaluación de la redacción$ redacción$ ortograf%a$ ortograf%a$ " presentac presentación ión del trabajo en este formato
2
In'esti4ación &i&lio4#.(ica:
#onsidera la revisión de diferentes fuentes bibliogr&ficas " electrónicas confiables " pertinentes a los temas tratados$ citando según la normativa 'P' 'P'
5
Situación %#o&lem.tica o caso %#.ctico:
#ons #onsid ider era a el an&l an&lis isis is cont contex extu tual aliz izad ado o de caso casos s o la solu soluci ción ón de situaciones problematizadoras de acuerdo a la naturaleza del curso
6
Ot#os contenidos
#ons #onsid ider era a la apli aplica caci ción ón de juic juicio ios s valo valora rati tivo vos s ante ante situ situac acio ione nes s " escenarios diversos$ valorando el componente actitudinal " ético
3
Se su4ie#e in4#esa# al si4uiente enlace de 'ideo de o#ientación:
TRABAJO ACADÉMICO Estimado(a) alumno(a) eciba usted$ usted$ la m&s cordial bienvenida al presente presente ciclo académico de la Escuela profesional de***** en la !niversidad 'las Peruanas
2TA20152DUED
En la gu%a gu%a de trabajo trabajo académic académico o
que presen presentam tamos os a contin continuac uación ión se le plantea plantea
activi activida dades des de apren aprendiz dizaje aje que deber deber& & desarr desarrol ollar lar en los los plazo plazos s estab estable lecid cidos os " considerando la normativa e indicaciones del +ocente ,utor
PREU")AS DESARROLLO DE LA U3A DEL )RA!AO ACAD%ICO
Lea mu7 atentamente las notas 8ue al (inal se le %#esenta 7 #ealice su t#a&a)o de acue#do a lo solicitado3 +esarrolle las excepciones que no anulan lo actuado ni da por concluido el proceso 9 6 %untos -
La excepción se concibe como toda defensa que el demandado opone a la demanda del actor, unas veces cuestionando el aspecto formal del proceso en el que se ace valer las pretensiones, es decir, impugnando la regularidad del procedimiento, y otras veces cuestionando cuestionando el fondo mismo de la pretensión procesal, es decir negando los ecos en que se apoya la pretensión o desconociendo desconociendo el dereco que de ellos el actor pretende derivar! "xcepciones #ilatorias: $on las excepciones que suspenden el proceso, estas no anulan lo actuado y tampoco dan por concluido el proceso! Las siguientes excepciones suspenden el proceso y %eventualmente& pueden dar lugar a la declaración de la nulidad de lo actuado y la conclusión del proceso! '! $i el (ue) declara fundada la excepción de incapacidad del demandante o de su representante, suspender* el proceso asta que el actor incapa) compare)ca legalmente asistido o representado dentro del pla)o que se fi+ar* en el auto resolutivo! ! $i el (ue) declara fundada la excepción de representación defectuosa o insuficiente del demandante, suspender* el proceso asta que se subsane el defecto o la insuficiencia de representación del actor dentro del pla)o que se fi+ar* en el auto resolutivo! -! $i el (ue) declara fundada la excepción de oscuridad o ambig.edad en el modo de proponer la demanda, suspender* suspender* el proceso asta que el demandante
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subsane los defectos se/alados en el auto resolutivo y dentro del pla)o que en 0l se fi+e! 1! $i el (ue) declara fundada la excepción de falta de legitimidad para obrar del demandado, suspender* el proceso asta que el demandante estable)ca la relación +urídica procesal v*lida entre las personas que el auto resolutivo ordene y dentro del pla)o que 0ste fi+e! Las excepciones dilatorias las encontramos en el artículo 12' en resumen son: '! 3ncapacidad del demandante 114 inc! C5C! ! 3ncapacidad del representante del demandante 114 inc! C5C "n función a su finalidad y ob+eto nos lleva a determinar que son dos excepciones distintas! 3.
6epresentación 6epresentación defectuosa del demandante Art! Art! 114 inc! - C5C
#efectuosa: cuando es otorgada pero no adolece de imperfección, defecto o falta de alg7n requisito o elemento para su cumplimiento! 4.
6epresentación 6epresentación insuficiente del demandante Art! Art! 114 inc! - C5C! 3nsuficiente: cuando aun siendo otorgadas con todas las formalidades de ley esta no se a+usta 8no es suficiente9, no basta o no es amplia y generosa para el requerimiento de la representación para el proceso en el que se pretende participar! participar!
2! scuridad en forma de proponer la demanda Art! Art! 114 inc! 1 C5C! 4! Ambig.edad Ambig.edad en forma de proponer la demanda Art! 114 inc! 1 C5C! "n materi materiaa proce procesal sal civil, civil, oscuri oscuridad dad y ambig ambig.ed .edad ad no son son voc vocab ablos los ni concepto conceptoss id0nticos id0nticos!! "n la oscuridad oscuridad no es comprensible comprensible o es ininteligible ininteligible lo que se pide o demanda, o los ecos que la sustentan, mientras que en la ambig.edad se puede interpretar de varias formas el petitorio, los ecos que lo sustentan, o ay contradicción! ;!
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particular idades de los procesos contenciosos - 96 %untos2 -nvestigue sobre las particularidades
5articularidades de los proceso Competencia:
Corre Co rresp spon onde de excl exclus usiva ivame mente nte a los los (u)g (u)gad ados os de
conocen: "n materia civil: a9 Las pretensiones relativas a las disposiciones generales del #ereco de 1 del Código de los Ni/os y Adolescentes! f9 Las Las auto autori ri)a )aci cion ones es de comp compet eten enci ciaa +udi +udici cial al por por via+ via+ee con con ni/o ni/oss y adolescentes! g9 Las medidas cautelares y de protección y las dem*s de naturale)a civil! En materia tutelar:
a9 La investigación tutelar en todos los casos que refiere el Código de los Ni/os y Adolescentes! Adolescentes! b9 Las pretensiones pretensiones referidas a la adopción adopción de ni/os ni/os y adolescentes! adolescentes! c9 Las pretensiones relativas a la prevención y protección frente a la violencia familiar! d9 Las pretensiones referidas a la protección de los derecos de los ni/os y adolescentes! e9 Las pretensiones concernientes al estado y capacidad de la persona! f9 Las pretensiones referidas a las instituciones de amparo familiar, con excepción de las concernientes al dereco alimentario! En materia de infracciones:
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a9 Las Las infraccio infracciones nes a la ley penal penal cometida cometidass por ni/os y ado adoles lescen centes tes como como autores o como partícipes de un eco punible tipificado como delito o falta! Titulares de la Acción: #ebe ser presentada por el
Cónyuge inocente!
Código Civil! 8C!C!9Art! --- causales de divorcio, C!C! Art! --1 la acción de separación corresponde a los cónyuges, C!C! Art! --2 p*rrafo ' Ninguno de los cónyuges puede fundar la demanda en eco propio! $i alguno es incapa), por enfermedad mental o ausencia, la acción la puede e+ercer cualquiera de sus ascendientes si se funda en causal específica! A falta de ellos el curador especial representa al incapa)! C!C! Art! --1 p*rrafo ! Intervención del Ministerio Público: "l
?inisterio 57blico es parte en
los procesos a que se refiere separación de cuerpos o divorcio por causal, y, como tal, no emite dictamen! ariación ariación de la Pretensión
C!C! Articulo -2;!= "l demandante puede, en cualquier estado de la causa, variar su demanda de divorcio convirti0ndola en una de separación! C!5! C!5!C! Artículo 1@!= "n cualquier estado del proceso antes de la sentencia, el demandante o el reconviniente, pueden modificar su pretensión de divorcio a una de separación de cuerpos! Acumulación ori!inaria de Pretensiones:
$alvo que ubiera decisión
+udicial firme, fir me, deben acumularse a la pretensión principal de separación o de divorcio, las pretensiones de alimentos, tenencia y cuidado de los i+os, susp suspen ensi sión ón o priv privac ació iónn de la patri patriaa pote potest stad ad,, sepa separa raci ción ón de bien bienes es gana gananc ncia iale less y las las dem* dem*ss rela relati tiva vass a dere derec cos os u obli obliga gaci cion ones es de los los cóny cónyug uges es o de 0sto 0stoss con con sus sus i+o i+oss o de la soci socied edad ad cony conyug ugal al,, que que directamente deban resultar afectadas como consecuencia de la pretensión principal! No es de aplicación, en este caso, lo dispuesto en los incisos '! y -! del Artículo @2 del C!5!C!! Las pretensiones accesorias que tuvieran decisión +udicial consentida, pueden ser acumuladas proponi0ndose su variación! Acumulación sucesiva: Los
procesos pendientes de sentencia, alimentos,
custodia y las dem*s enumeradas en el art! 1@- del C5C! $e acumulan al proceso principal a pedido de parte! $e solicita acreditando la existencia del
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expediente, debiendo el (ue) ordenar se remita 0ste dentro de -er día, ba+o responsabilidad! Medidas Cautelares:
#espu0s de interpuesta la demanda son especialmente
procedentes las medidas cautelares sobre separación provisional de los cónyuges alimentos tenencia y cuidado de los i+os por uno de los padres, por ambo ambos, s, o por por un tuto tutorr o cura curado dorr prov provis isio iona nale les s y admi admini nist stra raci ción ón y conservación de los bienes comunes, art! 1@2 C!5!C!! Conversión de la separación en divorcio: Branscurridos
dos meses desde
noti notific ficad adaa la sent senten enci cia, a, la reso resolu luci ción ón de alca alcald ldía ía o el acta acta nota notari rial al de sepa separa raci ción ón conv conven enci cion onal al,, o la sent senten enci ciaa de sepa separa raci ción ón de cuer cuerpo poss por por separación de eco, cualquiera de los cónyuges, bas*ndose en ellas, podr* pedir, seg7n corresponda, al +ue), al alcalde o al notario que conoció el proceso, que se declare disuelto disuelto el vínculo del matrimonio! matrimonio! Consulta de la "entencia de #ivorcio: $i no se apela la sentencia que declara
el divorcio, 0sta ser* consultada en un órgano +urisdiccional superior, con excepción de aquella que declara el divorcio en m0rito de la sentencia de separación convencional! convencional! ;- .undamentación .undamentación
de la fijación de los puntos controvertidos controvertidos en el proceso
de conocimiento 9; %untos-
La fi+ación de puntos controvertidos es una etapa del proceso civil que se reali)a inmedi inmediata atame mente nte despu despu0s 0s de la etapa etapa con concil ciliat iatori oria, a, y obv obviam iament entee cuando cuando 0sta 0sta a fracasado por cualesquiera de las causas previstas en la ley por tanto, siempre tiene lugar durante el desarrollo de una Audiencia, sea 0sta Conciliatoria o de
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probatorios necesarios para resolver el conflicto de intereses reca)ando aquellos que no cumplen los requisitos lo que adem*s permite determinar que exista congruencia entre lo controvertido en el proceso que es materia de conflicto y lo resuelto en la sentencia por el (ue), de tal suerte que fi+ar los puntos controvertidos debe considerarse como un aspecto de trascendental importancia en el desarrollo de un proceso, al ser el puente entre la pretensión pretensión de las partes y la decisión +udicial 8sentencia9 8sentencia9 que las estima estima o no puente por el que adem*s transita la congruencia! Los puntos controvertidos se originan en los ecos incorporados al proceso con la demanda y la pretensión dise/ada en ella, de los ecos invocados por el demandado al e+erce e+ercerr el derec dereco o de con contra tradic dicció ciónn 8deman 8demanda da reconv reconvenc encion ional9 al9,, estos estos pue pueden den ser ser afirmados, negados en parte, negados o desconocidos, resulta entonces que los 7nicos ecos que deben ser materia de prueba los ecos afirmados que a su ve) sean negados discutidos o discutibles, debiendo precisar que no es materia de prueba los ecos aceptados por la otra parte, notorios llamados tambi0n de p7blica evidencia, los que tengan a su favor la presunción legal, los irrelevantes y los imposibles, es decir sólo ser* materia de prueba los ecos sustanciales que son parte de la pretensión resistidos 8no aceptados9 por la otra parte =demandado o demandante si existe reconvención=, son los que constituyen los puntos controvertidos, los que en su oportunidad procesal ser*n materia de prueba! <- Analice Analice
la tutela tutela cautela# cautela# como como element elemento o de la tutela tutela )u#isdi )u#isdiccio ccional nal
e(ecti'a- 9; %untos-
"l dereco a la tutela +urisdiccional, entendido como el dereco de toda persona de recurrir al "stado para que nos provea de +urisdicción en resguardo de nuestros derecos sustantivos, no solo comprende esta posibilidad de acceder a la +usticia, ni se colma cuando el proceso que este e+ercicio genera se desarrolla respetando las mínimas garantías 8debido proceso9, luego del cual se expide una resolución fundada en dereco sino que, nos debe garanti)ar adem*s, que lo resuelto en la sentencia sea efica), es decir, e+ecutable en la realidad! 5ues, tutela que no es efectiva no es tutela! Boda medida cautelar es conducente a acer viable y posible la tutela +urisdiccional efectiva efectiva que pudiera pudiera otorgarse otorgarse en una sentencia sentencia favorable favorable a dictarse dictarse en un proceso proceso de cognición o de e+ecución! La tutela cautelar tiene por ob+eto asegurar la efectividad de la tutela declarativa o e+ecutiva 8tutela de fondo9!
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$u finalidad neutrali)ar las amena)as que a la efectividad de la tutela +urisdiccional de fondo pueda ocasionarse por la necesaria duración temporal del proceso de fondo, asegur*ndose así que el proceso pueda ser un efectivo instrumento de tutela! Biene por finalidad inmediata asegurar la eficacia pr*ctica del proceso 8de cognición o de e+ecución9 en el que en definitiva actuar*n el dereco, es por ello exacta la expresión de 5ier 5ieroo Cala Calama mand ndre reii cuan cuando do se/a se/ala la que que el proc proced edim imie ient ntoo caut cautel elar ar no es sino sino %instrumento del instrumento& La medi medida da caut cautel elar ar es un cont conten enid idoo b*si b*sico co o comp compon onen ente te esen esenci cial al del del dere derec coo fundamental a la tutela +urisdiccional efectiva! No ay sector que no est0 cubierto con la tutela cautelar! Como es sabido, la me+or manera de asegurar la eficacia de la decisión +udicial definitiva y, asimismo, evitar que la duración del proceso afecte a quien al final de ella presuntamente tendr* la ra)ón, es a trav0s de la tutela cautelar! cautelar! La finalidad de la tutela cautelar es acer posible que la tutela +urisdiccional se efectivice, neutrali)ando los peligros derivados de la duración 8o por la duración9 del proceso=instrumento de tutela! "l ob+eto de la medida cautelar es asegurar que el tiempo del proceso no aumente el agravio o lo aga devenir en irreparable! "l artículo 4>@D del Código 5rocesal Civil, establece que todo (ue) puede dictar la medida cautelar destinada a asegurar el cumplimiento de la decisión definitiva lo cual debe entenderse %asegurar la efectividad&! Con dica norma resulta evidente que el (ue) no puede dictar cualquier medida cautelar sino sólo aquella que asegure la eficacia de la decisión definitiva! La +urisprudencia del Bribunal Constitucional a se/alado que el dereco a la tutela caut cautel elar ar se cons constit tituy uyee en una una mani manife fest stac ació iónn impl implíc ícit itaa del del dere derec coo a la tute tutela la +urisdiccional EefectivaF! No existiría tutela +urisdiccional, ni "stado social y democr*tico de dereco, si una ve) resuelto un caso por la autoridad +udicial, resultase de imposible cumplimiento la decisión que 0sta adopte! o 3ntroducción al proceso civil Bomo ?N6G HALI"J ,(uan o ?anu ?anual al del del sist sistem emaa peru peruan anoo de +ust +ustic icia ia 3nst 3nstit ituto uto de #e #efe fens nsaa Lega Legall 5ont 5ontifi ifici ciaa Universidad Católica del 5er7
o Código procesal civil peruano comentado: Haceta +urídica, L"#"$?A NA6IA"J , ?arianella o Los Los dere derec cos os fund fundam amen enta tale less en el sist sistem emaa cons consti tituc tucio iona nal! l! Beoría oría gene genera rall e implicaciones pr*cticas! Lima: Universidad de 5iura y 5alestra "ditores, ?A6B3N"J= 5U(ALB", Antonio=Luis y Bom*s de #omingo o Bexto 7nico ordenado del código civil o Butela cautelar y medidas autosatisfactivas en el proceso civil!
ESTIMADO ALUMNO LOS 2 PUNTOS PARA OBTENER VEINTE EN EL TRABAJO AAD!MIO USTED LOS OBTENDR" ON UNA ADEUADA PRESENTAI#N$ ORTO%RA&'A ( REDAI#N. NOA:
El es8uema debe debe
ser elab elabora orado do por por !d !d " por por tanto tanto$$
no cab cabe e la
posibilidad posibilidad de que existan existan dos dos iguales$ por consiguiente$ consiguiente$ SE CALIFICAR= CON
11 si sucediera sucediera esta esta situación situación P#ecisiones de (o#ma soe el t#a&a)o acad*mico: /
0&ximo 0&ximo de de p&gin p&ginas as 12 (con (contan tando do car&t car&tula ula " bibl bibliog iograf raf%a) %a)
/
,ipo ,ipo de letr letra a 'rial rial núm númer ero o 13 13
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Espa Espaci ciad ado o int inter erli line neal al 14 14
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.orm .orma ato de grab grabad ado o 5ord 5ord 67 67
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#ara #aratu tula la colo coloca carr nomb nombre re comple completo to$$ códi código go " !+E+ !+E+ de proc proced eden enci cia a (dat (datos os obligatorios)
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