INSTITUTO DE EDUCACION SUPERIOR PEDAGÓGICO PÚBLICO “Nuestra Señora de Lourdes”
SUMILLA: Solicito revisión de la evaluación del expediente Nº 0268 de fecha 01-02-2016 SEÑOR PROFESOR MANUEL MENESES TORRES – PRESIDENTE LA COMISION DE SELECCIÓN Y EVALUACION PARA CARGOS JERARQUICOS DEL I.E.SP.PUBLICO NUESTRA SEÑORA DE LOURDES DE AYACUCHO. S.D. Yo, ESACALANTE PAÑAU, Alejandro; con DNI Nº 28201657; docente estable de la institución, domiciliado en la Av. Venezuela Nº 404 en esta ciudad. Ante usted con el debido respeto me presento y digo: Haciendo uso de mi derecho de petición: Expresión concreta de lo pedido Por medio de la presente por derecho propio y habiendo participado en el proceso de Selección y evaluación para el cargo de Jefe del área de Formación en servicio. SOLICITO SE SIRVA DISPONER LA REVISION DE LA EVALUACION DEL EXPEDIENTE DE LA SUMILLA SIGUIENDO ESTRICTAMENTE ASPECTOS Y CRITERIOS PARA LA EVALUACION DEL EXPEDIENTE A CARGO DE LA COMISION POR NO ESTAR DE ACUERDO CON 74 PUNTOS QUE HA PUBLICADO EL DIA VIERNES 05-02-2016.
Fundamentos del pedido. 1. Según la ficha de evaluación (anexo Nº 7 de la RJ Nº 0452-2010-ED ); y hecha la autoevaluación autoevaluación acredito: A. Formación y experiencia profesional: profesional: Título de segunda especialidad: 6 Estudios concluidos de maestría: 3 Educación: 10 Años de servicio en Educación: Experiencia docente en Educación Superior: 6 Experiencia en el cargo de Coordinador del Programa de Formación en Servicio:4 Experiencia en acciones de capacitación docente presencial y virtual:5 organización y coordinación de proyectos:6 Experiencia en organización TOTAL: 40 PUNTOS B. Plan de Trabajo: Formulación de un Plan de Trabajo orientado a acciones de capacitación docente, con componentes básicos: 4 Exposición del Plan de Trabajo con claridad y sustento: 4 Factibilidad de aplicación del Plan en el contexto:2
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TOTAL: 10 PUNTOS C. Desarrollo profesional: Segunda lengua: 3 TIC : 3 Estudios afines a las acciones de capacitación docente:2 Investigaciones:2 Publicaciones: 2 TOTAL: 12 PUNTOS D. Aptitud personal y méritos Puntualidad y asistencia:2 Contribución al clima institucional:3 Asesoramiento a docentes:3 Identificación y compromiso con la institución.3 Seguimiento de convenios de la institución:2 Iniciativa y actitud de cambio:4 Distinciones profesionales municipal-institucional.3 TOTAL: 20 PUNTOS TOTAL ACUMULADO: A: 40 PUNTOS B. 10 PUNTOS C:12 PUNTOS D: 20 PUNTOS TOTAL: 82 PUNTOS POR LO EXPUESTO: A UD. Señor Presidente de la Comisión de Evaluación y selección pedo acceder a mi pedido. Ayacucho, 05 de Febrero de 2016
ALEJANDRO ESCALANTE PAÑAU DNI Nº 28201657
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SUMILLA: Solicita nulidad de la evaluación del proceso de selección de cargos jerárquicos en el IESPP Nuestra Señora de Lourdes. SEÑOR Lic. SIMON CACERES MENDOZA - DIRECTOR REGIONAL DE EDUCACION DE AYACUCHO. S.D. Yo, ALEJANDRO ESCALANTE PAÑAU; identificado con el número de Mi documento de Identidad Nacional- DNI Nº 28201657; Docente estable del IESPP Nuestra Señora de Lourdes de esta ciudad; participante en el concurso abierto a cargos jerárquicos. Ante usted con el debido respeto me presento y digo: Haciendo uso de mi derecho de petición: Expresión concreta de lo pedido Por medio de la presente por derecho propio y participante en el concurso y selección de cargo jerárquico por encargatura (Jefe de Formación en Servicio)en el IESPP Nuestra Señora de Lourdes de esta ciudad, SOLICITO SE SIRVA DISPONER LA NULIDAD DEL PROCESO ACTUADO POR EL PRESIDENTE DE LA COMISION DE EVALUACION Y SELECCION EN LA PERSONA DEL LIC. MANUEL MENESES TORRES QUIEN FUERA SANCIONADO POR UN MES SIN GOCE DE HABER POR DELITO DE MALVERSACION DE RECURSOS ECONOMICOS DESTINADOS PARA EL MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA DEL I.E.S.P. DE CANGALLO; EJECUTADO DURANTE EL MES DE JULIO DEL 2015 . A MERITO DE LA
a fin de dar cumplimiento de la Resolución de Secretaria General Nº 2076-2014-MINEDU- Normas que regulan el procedimiento para el encargo de las plazas vacantes de cargos directivos, jerárquicos y Especialistas en Educación en el marco de la Ley de Reforma Magisterial. En la parte de disposiciones generales 5.48 señala: Los profesores sancionados con amonestación escrita o suspensión en el cargo hasta 30 días, podrán postular siempre que hayan transcurrido UN AÑO desde que se cumplió la sanción hasta la fecha de emisión de la presente norma. El aludido señor MENESES TORRES aun no ha cumplido un año pues ha sido sancionado en el mes de julio del 2015. R.D.R.Nº…………; La solicitud interpuesta es
ASIMISMO en la Resolución Jefatural Nº452-2010-ED, del 17-03-2010, en la disposición general 6,8 señala lo siguiente: No podrán postular a los
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cargos directivos y jerárquicos, ni integrar comisiones de evaluación. En el inciso c contempla: quienes tengan sanción administrativa al momento de la postulación, salvo que haya prescrito automáticamente a los 5 años, excepto la separación definitiva. Fundamentos de nuestro pedido. 1. Las suscritas actuamos en salvaguarda de nuestros derechos de docentes participantes en este proceso de concurso de contrata y encargo de funciones en cargos jerárquicos. 2. Es el caso de que el señor MANUEL MENESES TORRES; preside la comisión y el día miércoles 03-02-2016 han iniciado a calificar los expedientes solo con la presencia de una de sus integrantes de la Comisión; ya en horas de la tarde se hizo presente el estudiante delegado; pero el estudiante no evalúa solo cumple la función de veedor; además como estudiante desconoce los criterios de evaluación que manejan el sr. Meneses en su condición de Presidente y la Señora Gloria Ruiz miembro representante de docente. El otro de los miembros se abstuvo por escrito por falta de quórum pero el Presidente siguió adelante. 3. Asimismo, el presidente ha ordenado la venta de carpetas a los docentes postulantes externos por una suma de VEINTE NUEVOS SOLES – que consistía un formato de solicitud, formato de declaración jurada, Directiva Nº 0002-2016-IESPPNSL-CECJ mas una ficha de evaluación según al cargo al que postula. 4. La venta de carpeta al docente postulante según tenemos conocimiento está prohibida pero a pesar de ello ha ordenado como director a la Tesorería la venta de los mismos. Consideramos abuso de autoridad. 5. La actuación de la comisión ha sido direccionadooficialmente que ya tendría ganadores; lo que implica estaría siendo direccionado la evaluación de expedientes por lo que alertamos al órgano del control interno de la DREA a fin de que intervenga en dicho proceso. 7. Esta situación afecta la transparencia con que deben actuar más aun cuando el IESPP Nuestra Señora de Lourdes se encuentra en pleno proceso de acreditación que implica calidad de servicio en toda su expresión.
Fundamentación jurídica 1. Resolución de Secretaria General Nº 2076-2014-MINEDU- Disposicion general 5.48. 2. Resolución Jefatural Nº452-2010-ED, del 17-03-2010, en la disposición general 6,8 Anexos.
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1. A Copia de la Resolución de sanción administrativa POR LO EXPUESTO: A UD. Señor Director pedimos acceder a nuestro pedido. Ayacucho, 03 de Febrero de 2016