JUICIO ORIDINARIO LABORAL
NUEVO
No. 1005-16-00126
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Y DE FAMILIA, DEL MUNICIPIO DE RETALHULEU, DEPARTAMENTO DE RETALHULEU. ANDY ESTEBAN LYNCE, de treinta años de edad, soltero, administrador de Empresas, guatemalteco y con domicilio en el departamento de Retalhuleu, con documento Personal de Identificación –DPI, dos mil ochocientos cincuenta espacio treinta mil doscientos cuarenta espacio mil ciento uno, extendido por él Registro Nacional de las Personas –RENAP-. Actúo bajo el asesoramiento del abogado: WALFRY LEYMI RAMIREZ MAZARIEGOS, y lugar para recibir notificaciones en la oficina profesional ubicada en la cuarta calles tres guion siete, zona uno del municipio de Retalhuleu, departamento de Retalhuleu. Comparezco a plantear RECUSACION, en contra del LICENCIADO: JUAN ANTONIO PEREZ REYES, en base a los siguientes: HECHOS: I) Honorable señor Juez, con fecha diez de julio de año dos mil dieciséis, fui notificado de la demanda por: OSVIN RAUL VEGA PEREZ, en mi contra. II) señor JUEZ, como es de su conocimiento según la Ley del Organismo Judicial, en su articulado del ciento veinte dos, establece en casos tiene impedimentos impedimentos un JUEZ para conocer un proceso, las las cuales usted incurre en algunas de ellas. III) por lo antes expuesto y fundamento legal citado se le solicita, A)que se inhiba en conocer el proceso y B) que se emita a JUEZ competente. PRUEBAS DOCUMENTAL: consistente en: Certificado Certificado de Nacimiento, del señor señor OSVIN RAUL VEGA PEREZ, con número de folio treinta y ocho, partida doscientos treinta y libreo diez, extendida por el Registro Nacional de las Personas –RENAP--, en donde se hace hace referencia del grado familiaridad familiaridad que existe entre el demandante y el LICENCIADO: JUAN ANTONIO PEREZ REYES, quién es Juez del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Y PRECISION SOCIAL Y DE FAMILIA, DEL MUNICIPIO DE RETALHULEU, DEPARTAMENTO DE RE5TALHULEU. FUNDAMENTO DE DERECHO: Son impedimentos para que un JUEZ JUEZ conozca de asusto determinado a) ser parte del Asunto, b) haber sido el juez o alguno de sus parientes, asesor abogado o perito en el asunto, c) tener el juez o algunos de sus parientes, interés directo e el asunto d) tener el juez parentesco con alguno de las partes e) ser JUEZ superior pariente del inferior cuyas providencias pendan ante aquél. Artículo 122 de la Ley del Organismo Judicial.
PETICION: TRAMITE. A. Que se admita para su trámite, el presente memorial con él y los documentos adjuntos formen el expediente respectivo. B. Que se tenga por planteado RECUSACION, en contra del LICENCIADO: JUAN ANTONIO PEREZ LOPEZ, quien funge como JUEZ del proceso identificado con número, mil ciento cuatro guion dieciséis guion
ciento veinticinco, en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
TRABAJO Y PREVISION SOCIAL Y DE FAMILIA, DEL MUNICIPIO DE RETALHULEU, DEPARTAMENTO DE RETALHULEU. C. Que se tenga en cuenta que actúo bajo e l auxilio y procuración del abogado: WALFRY LEYMI RAMIREZ MAZARIEGOS, y lugar para recibir notificaciones. D. Que se tengan por recibidos los documentos contenidos en el memorial. E.
Que se tengan por ofrecidos y propuestos los medios de prueba individualizados en el apartado respectivo de la presente demanda.
FONDO. F.
Una vez declarado con lugar el presente memorial, y en consecuencia: A) Que se inhiba en conocer el proceso y B) se emita a JUEZ competente.
CITA DE LEYES: Artículos, 101, 102, 103, 106, de la Constitución Política de la República de Guatemala, 316, 317, 318, 319, 320. Del Código de Trabajo. 122 y 133 de la Ley del Organismo Judicial. Acompaño en el presente memorial duplicado y dos fotocopias. Retalhuleu, dieciocho de julio de 2016.
f).
En su Auxilio:
LIC. WALFRY LEYMI RAMIREZ MAZARIEGOS ABOGADO Y NOTARIO