CAPÍTULO I MARCO CONCEPTUAL 1. Ubicación Ubicación sistemá sistemática tica en el Código Código Ciil Ciil ! P"ocesal P"ocesal Ciil Ciil El código civil regula a la Prescripción Adquisitiva en el sub- capítulo V: Pres Prescr crip ipci ción ón Adqui dquisi sititiva va,, del del capí capítu tulo lo segu segund ndo: o: “Adq “Adqui uisi sici ción ón de la Propiedad, del título II “Propiedad” de la sección tercera “Derecos reales principales” de su libro V “Derecos !eales, en los artículos "#$ al "#%& ' en nuestro (ódigo Procesal (ivil, la prescripción adquisitiva es un asunto contencioso que se tra)ita en vía de proceso Abreviado, seg*n se+ala el artículo ., nu)eral /& ' se encuentra regulado en el 0ub-(apítulo / “1ítulo 0upletorio, Prescripción Adquisitiva 2 !ecti3icación o Deli)itación de 4reas o 5inderos” del (apítulo II “Disposiciones especiales” del 1ítulo II “Proceso Abreviado” de la sección quinta “Procesos (ontenciosos” en los artículos #$ al #$& #. $e $e%i %ini nici ción ón Lega Legall En el artículo #$, nu)eral / establece la de3inición legal del proceso de prescripción Adquisitiva: “ 0e tra)ita en Proceso Abreviado la de)anda que 3or)ula: /&El poseedor para que se le declare propietario por prescripción& ' ade)6s en el *lti)o p6rra3o del )encionado artículo se+ala que “Este proceso sólo se i)pulsar6 a pedido de parte” entendi7ndose entendi7ndose que se aplica a todos los procesos que se tra)itan en proceso abreviado seg*n el citado artículo& En el transcurso del tie)po se pueden crear o e8tinguir derecos co)o es el caso de la prescripción adquisitiva pues quien e9ercía la posesión del bien, estuvo e9erciendo el dereco de propiedad co)o si lo tuviese de )anera pací3ica 2 continua puede adquirir la propiedad 2 quien era el anterior titular de9a de serlo, perdiendo su dereco sobre la cosa& &. Cla Clases ses de P"esc"i P"esc"i'ci 'ción ón Ad()i Ad()isit siti iaa uestro (ódigo (ivil (ivil nos ace deducir las las siguientes clases de prescripción adquisitiva: a; Prescripción Prescripción Adquisi Adquisitiva tiva de bien in)ueble, in)ueble, estable establecido cido en el artículo artículo "#$ del (ódigo (ivil, se subclasi3ica en: 1
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADQUISITIVA a&<; Prescripción adquisitiva corta u ordinaria: Por la cual se adquiere a los cinco a+os la propiedad in)ueble )ediante la posesión continua, pací3ica 2 p*blica co)o propietario, sie)pre que a2a 9usto título 2 buena 3e& a&/; a&/; Pres Prescr cripc ipció ión n adqu adquis isititiv iva a larga larga o e8tr e8traor aordi dina nari ria: a: Por Por la cual cual se adquiere a los die= a+os la propiedad in)ueble )ediante la posesión continua, pací3ica, p*blica co)o propietario& o es e8igible el 9usto título ni la buena 3e& b; Prescripción adquisitiva de bien )ueble, establecido en el artículo "#< (&(& 0e subclasi3ica en: b&<; Prescripción adquisitiva corta u ordinaria: por la cual se adquiere a los dos a+o la propiedad de un bien )ueble )ediante la posesión continua, pací3ica, p*blica co)o propietario, sie)pre que e8ista buena 3e& b&/; Prescripción adquisitiva larga o e8traordinaria: Por la cual se adquiere a los cuatro a+os la propiedad de un bien )ueble )ediante la posesión continua, pací3ica 2 p*blica co)o propietario& o es e8igible la buena 3e& <
*. +En (), se se %)ndamenta %)ndamenta la '"esc"i'ción '"esc"i'ción ad()isiti ad()isitia a o )s)ca'ión)s)ca'ión0eg* 0eg*n n sost sostie iene ne 5acr 5acru= u= >erd >erde9 e9o o “ 0e reco recono noce ce la e8is e8iste tenc ncia ia de la pres prescri cripc pció ión n co)o co)o inst institituc ució ión n nece necesa saria ria que que sirve sirve para para aseg asegura urarr la estabilidad econó)ica, trans3or)ando e situación de dereco la que solo ser6 de )ero eco, 2a que, sin este )edio, la propiedad 2 los derecos todos estarían e8puestos a la incertidu)bre e inseguridad i)propias de lo que constitu2e su esencia& 5a prescripción esta enca)inada a dar 3i9e=a 2 certidu)bre a la propiedad 2 a toda clase de derecos e)anados de las relaciones sociales 2 de las condiciones en que se desarrolla vida: aun
1 HINOSTROZA MINGUEZ, Alberto. Manal !e "on#lta r$%&!a !el %ro"e#o "&'&l. E!&tor&al Gr&(le) E.I.R.*., +e!., Per, #et&e-bre /11, %$0. 2345/. UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNAP$0&na
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADQUISITIVA cuando estas no se a9usten sie)pre a estricta 9usticia, a2 que subordinar, co)o )al )enor, al que resultaría de una estabilidad de3inida” / . Com' Com'et eten enci ciaa El artículo del (ódigo Procesal (ivil se+ala que son co)petentes para conocer los procesos abreviados los 9ueces civiles, los pa= letrados, salvo en aquellos casos en que la le2 atribu2e su conoci)iento a otros órganos 9urisdiccionales& 5os ?u=gados de pa= letrados son co)petentes cuando la cuantía de la pretensión es )a2or de cien 2 asta quinientas @nidades de !e3erencia Procesal cuando supere este )onto, los 9ueces civiles& Ade)6s el artículo / del )is)o (ódigo en el nu)eral < establece : Ade)6s del 9ue= del do)icilio del de)andado, ta)bi7n es co)petente, a elección del de)andante, el 9ue= del lugar en que se encuentre el bien o bienes trat6ndose de pretensiones sobre derecos reales& Igual regla rige en
los
proc proces esos os
de
retra etract cto, o,
titu titulo lo
supl suplet etor oriio,
P!E0 P!E0(! (!IP IP(I (IB B
ADC@I0I1IVA ADC@I0I1IVA 2 recti3icación o deli)itación de 6reas o linderos, e8propiación, desalo9o e interdictos& 0i la de)anda versa sobre varios in)u in)ueb eble less situ situado adoss en dive divers rsos os lugar lugares es ser6 ser6 co)p co)pet etent ente e el 9ue= 9ue= de cualquiera de ellos& /. Re()isitos Re()isitos de la la P"esc"i' P"esc"i'ción ción Ad()isitia d()isitia En el artículo "#$ del (ódigo (ivil )enciona que para adquirir la propiedad tiene que e8istir: a; Posesión Posesión continua&continua&- que que sea estable, estable, se e9er=a e9er=a de )anera )anera per)anent per)anente, e, “de acuerdo a la naturale=a del bien 2 las circunstancias del caso, sin que e8ista interrupciones de eco, salvo los naturales, o 9urídicas”& % b; Posesi Posesión ón pací3ica pací3ica&&- “cuando “cuando e8enta de toda violencia violencia o coacción& coacción& o posee
pací3ica)ente
quien
requerido
9udicial)ente
o
e8tr e8tra9 a9ud udic icia ial) l)en ente tee9 e9e) e)pl plo, o, )edi )ediant ante e cart cartas as nota notaria riale les; s; para para que que desocupe el bien no lo ace” & C&ta!o %or *EDESMA NARV6EZ, Mar&anella. Co-entar&o# al C7!&0o Pro"e#al C&'&l, e!&t. GACETA 8UR9DICA, to-o II, ta. E!., no'&e-bre /1, Per, %$0. 5+. +TÓRRES V6SQUEZ, An:bal. C7!&0o C&'&l, to-o I, 5t&-a. E!. E!&tor&al; IDEMSA, *&-a4Per, (n&o !e /11, %$0. 33<. UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNAP$0&na +
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADQUISITIVA c; Pose Posesi sión ón p*bli p*blica ca&&- el posee poseedo dorr no debe te)e te)err que su posesi posesión ón sea conocida por los de)6s 2 e8teriorice seg*n la naturale=a del bien su posesión sobre el bien& d; Posesi Posesión ón a título título de propie propietar tario& io&-- el poseedor poseedor debe e9ercit e9ercitar ar todos los atributos de la propiedad, es decir usar, dis3rutar 2 disponer co)o si los tuviera& e; El trans transcur curso so del del pla=o pla=o de de <$ a+os a+os ' en el caso de la prescripción corta se requiere todos los requisitos )encionados e8cepto que varia el tie)po siendo en este caso de # a+os de poses osesiión cuan cuando do a2a a2a 9usto usto títul ítulo, o, se entie ntiend nde e por por este ste “al “al act acto 9urídicoco)praventa, per)uta, dación en pago, anticipo de erencia,etc; por el que se trans)ite la propiedad” propiedad”# 2 buena 3e, “i)plica que el poseedor cree cree abe aberr adqu adquir irid ido o legí legítiti)a )a)en )ente te el dere derec co, o, es decir decir,, no tien tienen en conoci)iento pleno 2 cabal de la ilegiti)idad de su posesión” . 5a posesión que re*ne estos requisitos se le conoce seg*n e8plica Aníbal 1orres V6squ7= se le deno)ina posesión po sesión ad usucapione) ' trat6ndose de la prescripción adquisitiva en el caso de bienes )uebles revise)os el artículo "#< que requiere: la posesión continua, p6ci3ica co)o propietario durante dos a+os si a2 buena 3e, 2 por cuatro si no la a2&
0. Re()isitos Re()isitos es'ecial es'eciales es de la demanda demanda de '"esc"i'ci '"esc"i'ción ón ad()isiti ad()isitiaa E8tr E8traí aído doss del del artí artícu culo lo #$# #$# del del (ódi (ódigo go Proc Proces esal al (ivi (ivil:l: Ade)6 de)6ss de lo dispuesto en los artículos / 2 /#, la de)anda debe cu)plir con los siguientes requisitos adicionales: <& 0e indicar6 indicar6 en todo caso: caso: el tie)po tie)po de de la posesión posesión del de)andant de)andante e 2 la de sus causantes la 3eca 2 3or)a de adquisición la persona que, de ser ser el caso caso,, teng tenga a insc inscri rito toss dere derec cos os sobr sobre e el bien bien 2, cuan cuando do < 9DEM, %$0. 33. 9DEM, %$0. 33=. 2 9DEM, %$0. 1//1. UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNAP$0&na <
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADQUISITIVA corresponda, los no)bres 2 lugar de noti3icación de los propietarios u ocupantes de los bienes colindantes& /& 0e describir6 describir6 el bien bien con la la )a2or e8actitu e8actitud d posible& posible& En caso caso de i)ueble i)ueble se aco)par6n: planos de ubicación 2 per)7tricos, así co)o descripción de las edi3ic edi3icaci acione oness e8iste e8istente ntes, s, suscrit suscritos os por ingeni ingeniero ero o arquite arquitecto cto cole colegi giad ado o 2 debi debida da)e )ent nte e visa visado doss por por la auto autori rida dad d )uni )unici cipa pall o ad)inistrativa correspondiente, seg*n la naturale=a del bien 2 cuando sea el caso, certi3icación )unicipal o ad)inistrativa sobre la persona que 3igura co)o propietaria o poseedora del bien& El 9ue= podr6, si lo considera necesario, e8igir la presentación de los co)probantes de pago de los tributos que a3ecten al bien& %& 1rat6 1rat6ndo ndose se de bienes bienes inscrib inscribibl ibles es en un regist registro ro p*blico p*blico o privad privado, o, se aco)pa+ar6, ade)6s, copia literal de los asientos respectivos de los *lti)os die= a+os, si se trata de in)uebles urbanos, o de cinco a+os si se trat trata a in)u in)ueb eble less r*st r*stic icos os o bien bienes es )ueb )ueble les, s, o cert certi3i3ic icac ació ión n que que acredite que los bienes no se encuentran inscritos& & 0e o3recer6 o3recer6 necesaria)ent necesaria)ente e co)o co)o prueba prueba la declara declaración ción testi)onial testi)onial de no )enos de tres ni )6s de seis personas, )a2ores de veinticinco a+os, sin per9uicio de los de)6s )edios probatorios que se esti)e pertinentes& #& 1rat6ndos 1rat6ndose e de deslide deslide se o3recer6 o3recer6 co)o co)o prueba, prueba, ade)6s, ade)6s, la inspecci inspección ón 9udicial del precio& . 2)3eto 2)3eto Actio Actio de la P"esc"i P"esc"i'ción 'ción Ad()isiti Ad()isitia a (on3or)e a nuestro ordena)iento 9urídico, de la lectura del inciso / del artí artícu culo lo #$ #$ del del (ódi (ódigo go Proce Procesa sall (ivi (ivill se in3i in3iere ere que que la de)a de)anda nda de prescri prescripci pción ón adquisi adquisitiv tiva a la 3or)ul 3or)ula a el poseed poseedor or para para que se le declar declare e propietario& 4. 2)3eto 2)3eto 'asio 'asio de de la P"esc"i'ció P"esc"i'ción n ad()isi ad()isitia. tia. a quien uien resulte ser titular del do)i o)inio de con3or)idad con las corres rresp pondientes
constanc ancias
registral rales,
o
a
quie uien
acred redite
3eaciente)ente su calidad de propietario& 15.Em'la6amiento
5 HINOSTROZA MINGUEZ, Alberto. Manal !e "on#lta r$%&!a !el %ro"e#o "&'&l. +ra e!. E!&tor&al; Gr&(le), #et&e-bre /11, Per, %$0. 5<45. UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNAP$0&na
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADQUISITIVA El artículo #$. del (ódigo Procesal (ivil regula el e)pla=a)iento en el proceso abreviado de prescripción adquisitiva: Aunque se s e cono=can el no)bre no)br e 2 do)icilio del de)andado o de)andados 2, en su caso, de los colindantes, en el auto ad)isorio de la de)anda el 9ue= dispondr6 que el e8tracto de la )is)a se publique por tres veces, con intervalo de tres días, en la 3or)a prevista en los artículos <. 2 <.& En los casos del artículo %# 2 sie)pre que se trate de predios r*sticos, se e3ec e3ectu tuar ar6 6 asi) asi)is is)o )o noti noti3i3ica caci ción ón por por radi radiod odi3i3us usió ión n por por cinc cinco o días días consecutivos co)o dispone el artículo <."& “el artículo %# del (ódigo Procesal (ivil, )encionado en el nu)eral citado precedente, trata sobre el e)pla=a)iento a de)andado indeter)inado o incierto o con do)icilio o residencia ignorados, de esta )anera” : (uando la de)anda se dirige contra personas indeter)inadas o inciertas, el e)pla=a)iento deber6 alcan=ar a todos los abilitados para contradecir 2 se ar6 )ediante edicto, con3or)e a lo dispuesto en los artículos <.#, <.., <. 2 <., ba9o apercibi)iento de no)br6rseles curador procesal& (uand ando el de)andant ante ignore el do)icilio del del de)andado, el e)pla=a)iento ta)bi7n se ar6 )ediante edicto, ba9o apercibi)iento de no)br6rsele curador procesal& El pla=o del e)pla=a)iento ser6 3i9ado por cada procedi)iento, pero en ning*n caso ser6 )a2or de sesenta días si el de)andado se alla en el país país,, ni de nove novent nta a si estu estuvi vies ese e 3uer 3uera a de 7l o se trat trata a de pers person ona a indeter)inada o incierta& 11. Inte"ención del Ministe"io Ministe"io P7blico En el presente caso la nor)a regula la intervención del Finisterio P*blico antes de e)itir sentencia en dos situaciones: cuando el de)andado es incie nciert rto o o tiene iene do)i do)ici cililio o desc descon onoc ocid ido o 2 en el caso caso de reb rebeldí eldía& a& Interviniendo así co)o dicta)inador Artículo #$&En los casos previstos en el segundo p6rra3o del artículo #$., o cuando el e)pla=ado a2a sido declarado en rebeldía, se solicitar6 dicta)ent del Fini Finist steri erio o P*bl P*blic ico o ante antess de pronu pronunc ncia iarr sente sentenc ncia ia&& El dict dicta) a)en en ser6 ser6 e8pedido dentro de die= días, ba9o responsabilidad& = 9DEM, %$0. 52. UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNAP$0&na 2
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADQUISITIVA 1#.Cons)lta 0eg*n artículo #$ (&P&(& (uando el dicta)en del Finisterio P*blico, en el caso del artículo #$, 3uera contrario a la pretensión 2 la sentencia que a)para la de)anda no 3uese apelada, se elevar6 en consulta a la corte superior& “5a consulta esta est6 condicionada a la opinión del Finisterio P*blico, recogida en su dicta)en& 0i esta 3uera contraria a la pretensión de)andada 2 la sentencia que a)para la de)anda no 3uese apelada, se elevar6 en consulta a la (orte 0uperior&”"
MO$ELO $E $EMAN$A $E PRE2CRIPCI8N A$9UI2ITI:A 0ecretario: E8pediente: (uaderno: P!I(IPA5 P!I(IPA5 Escrito: ro& <& Inte"'one demanda de '"esc"i'ción ad()isitia de dominio AL ;U<=A$O CI:IL $E>>>>. &&&&, &&&&, identi identi3ic 3icado adoa; a; con D&&I& D&&I& ro& ro& $#%/ $#%/", ", con direcc dirección ión do)icil do)iciliari iaria a enG&&, se+alando do)icilio procesalG&&, con do)icilio procesal electrónico en la casilla electrónicaG&& atenta)ente digo: I. :ÍA PROCE$IMENTAL ? PETITORIO@ Cue, en VHA DE P!(E0 A>!EVIAD, interpongo de)a de)and nda a de pres prescr crip ipci ción ón adqu adquis isititiv iva a de do)i do)ini nio o contraG&, do)iciliadoa; enG&, a e3ecto de que se )e declare propietaria por prescripción adquisitiva del bien in)ueble ubicado en Asoc& Eduardo P7re= Ja)boa E/%, /%, e insc inscri rito to en la Kic Kica a roG roGde dell !egi !egist stro ro de la
II.
Propiedad In)ueble deG& COMPETENCIA@ Es co)petente el ?u=gado (ivil deG: - Porqu orque e la esti esti)a )aci ción ón pat patri)o ri)on nial ial del del pet petitor itoriio es )a2or a2or de quin quinie ient ntas as @nid @nidad ades es de !e3er !e3erenc encia ia Proce Procesa sal l dado dado el valo valor r in)ue n)uebl ble e resp respec ectto del del cual cual se de)a de)and nda a la presc rescri ripc pció ión n
3 *EDESMA NARV6EZ, Mar&anella. Co-entar&o# al C7!&0o Pro"e#al C&'&l, e!&t. GACETA 8UR9DICA, to-o II, ta. E!., no'&e-bre /1, Per, %$0 3+. UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNAP$0&na 5
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADQUISITIVA adquisitiva de do)inio; 2 así lo establece el artículo del -
(ódigo (ivil& porqu rque la de)an e)anda dan nte do)ic )icilia dentro de la co)pet )pete enci ncia terri territo tori rial al del del ?u=g ?u=gad ado o 2, seg* seg*n n lo disp dispone one el artíc artícul ulo o < del del (ódi (ódigo go Proc Proces esal al (ivi (ivil,l, cuan cuando do se de)a de)and nda a a una una pers persona ona naturalco)o ocurre en este caso;, es co)petente el ?ue= del
III.
lugar de su do)icilio& UN$AM $AMENTO2 $E BECBO@ <& Cue, Cue, desde desde ace ace )6s de die= die= a+os, a+os, concr concret eta) a)ent ente e desd desde e el díaG de G, la de)andante viene e9erciendo la posesión del bien in)u in)ueb eble le ubica ubicado do en Asoc& soc& Eduar Eduardo do P7re= P7re= Ja)b Ja)boa oa e-/%, e-/%, e inscrito inscrito en la 3ica roG& Del !egistro de la Propiedad Propiedad In)ueble deG, en donde 3igura la de)andada co)o *lti)o propietaria 2 no consta que otra persona tenga inscrito alg*n dereco sobre el indicado bien& /& Cue, Cue, dica posesi posesión ón se originó originó en circun circunsta stanci ncias as tales tales que paso a e8poner: %& Cue, la re3erida posesión sobre el in)ueble ob9eto de pres prescri cripc pció ión n adqu adquis isititiv iva a de do)i do)ini nio o se a e9erc e9ercid ido o en 3or) 3or)a a continua, pací3ica 2 p*blica co)o propietario durante el pla=o prev previs isto to por por la le2 le2 para para la pres prescr crip ipci ción ón adqu adquis isititiv iva a larg larga a o e8traordinaria<$ a+os; & Cue, Cue, ante lo e8puesto e8puesto precede precedente nte)ent )ente, e, se plantea plantea la presente presente de)anda de prescripción adquisitiva de do)inio con la 3inalidad de que se declare propietario por prescripción adquisitiva del bien descrito en el punto <& #& Cue, Cue, se de9a de9a cons consta tanc ncia ia que que el bien bien ob9e ob9eto to de pres prescr crip ipci ción ón adquisitiva tiene un 6rea deG&&)/, 2 los siguientes linderos 2
I:.
:.
)edida peri)7tricas: UN$AM $AMENTA NTACI8 CI8N ;UR ;URÍ$ICA@ CA@ 0ustento )i petitorio en lo previsto en los siguientes artículos: - Artículo "#$ - Artículo "#/ - Artículo . - Artículo #$ ME$IO2 PROATORIO2@
UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNAP$0&na =
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADQUISITIVA 3re=co el )7rito de los siguientes )edios probatorios: <& Planos Planos de ubica ubicació ción n del del bienG bienG&& /& Planos Planos peri)7 peri)7tri tricos cos del bienG& bienG& %& Fe)oria Fe)oria descr descript iptiva iva del del bien in)ueb in)uebleG leG&& & (erti3 (erti3ica icació ción, n, de 3ecaG 3ecaG,, e8pedida e8pedida por e8pedido e8pedido por la regist registral ral de #& (erti3icad (erti3icado o registral registral in)obiliar in)obiliario, io, de de 3ecaG&& 3ecaG&& .& !ecibo !eciboss por por concep concepto to de pago pagoG G
POR TANTO@ PRIMER OTRO2Í $I=O@ 2E=UN$O OTRO2Í $I=O@ TERCER OTRO2Í $I=O@ CUARTO OTRO2Í $I=O@ (iudad,GG 0ello 2 3ir)a del letrado
UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNAP$0&na 3
3ir)a del de)andante
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADQUISITIVA MO$ELO $E 2OLICITU$ $E ELE:ACI8N EN CON2ULTA $E EDPE$IENTE 2ORE PROCE2O $E PRE2CRIPCI8N A$9UI2ITI:A A$9UI2ITI:A EN CA2O $E $ICTAMEN I2CAL $E2A:ORALE ? 2ENTENCIA E2TIMATORIA NO APELA$A 0ecretario: E8pediente: (uaderno: Principal Escrito: ro& 2olicita se elee e'ediente en cons)lta AL ;U<=A$O CI:IL $E>>.. GGGG GGGGG& G&,, en los los segui seguidos dos con conpo por;G r;GGG GGGG GG&s &sobr obre e presc prescri ripc pció ión n adquisitiva atenta)ente, digo: Cue, abiendo transcurrido el pla=o de le2 sin que a2a sido apelada la sentencia sentencia que a)para la de)anda de)anda de prescripción adquisitiva adquisitiva no obstante obstante e8istir dicta)en del Finisterio P*blico contrario a la pretensión de)anda, 2 de acuerdo a lo nor)ado en el artículo #$ del (ódigo Procesal (ivil, solicitó al ?u=gado se eleve en consulta al superior 9er6rquico el e8pediente correspondiente al presente proceso& POR TANTO@ Al ?u=gado, solicito se sirva tener presente lo e8puesto 2 proveer con3or)e se pide 2 de acuerdo a le2&
(iudad,GGG
0ello 2 3ir)a del letrado
UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNAP$0&na 1/
3ir)a del recurrente