1. INTROD INTRODUCC UCCIÓN. IÓN.
Las Operaciones Pasivas, son la aceptación y admisión de capitales ajenos, por los que se pagan intereses al cliente y a su vez estos capitales se colocan a través de préstamos por los cuales se cobran intereses que son sufcientes para cubrir lo que se le debe pagar al inversionista y la dierencia a avor del banco, Su fnalidad consiste en obtener capitales ociosos o con un peque!o rendimiento para "acerlos trabajar e invertirlos lucrativamente o con mayor benefcio del que antes consegu#an$ Las operaciones pasivas, representan la base de la econom#a de todas las instituciones de crédito modernas, que no podr#an concebirse sin un amplio capital ajeno, de manejo$ La institución undamental en este tipo de operaciones es el depósito bancar bancario, io, que a consid considerac eración ión del %octor %octor &lossi &lossiers ers 'azzin 'azzini( i( )*este )*este contrato es la m+s importante operación bancaria, porque por ella los bancos obtienen sus principales medios fnancieros, los cuales dependen de la cuant cuant#a #a de los los recu recurs rsos os ajen ajenos os reci recibi bidos dos en depó depósi sito to de sus sus clientes$$$ Las operaciones que realizan los bancos pueden ser tres tipos( Operac Operacion iones es activ activas, as, operac operacion iones es pasiva pasivass y operac operacion iones es neutra neutras$ s$ .n nuestro caso analizaremos las /icitudes de las operaciones pasivas$
- 0uan 0osé &lossiers 'azzini$ 'anual de %erec"o &ancario, 1apitulo -2, Operaciones Pasivas$ p+g$ 345$.ditora y distribuidora .diciones Legales .$6$7$L$ Primera .dición( 28-3$
2. CONCEPTO. Las operaciones pasivas son cuando las instituciones de crédito reciben recursos del p9blico, por las operaciones pasivas la institución contrae un adeudo y, por tanto se genera un pasivo$ La operación pasiva es el convenio bilateral que se establece entre un cliente :acreedor; y un banco :deudor;, otorgando el primero, la propiedad del dinero y el segundo, la disponibilidad del mismo, oblig+ndose a restituir el débito m+s el pago de un interés al depositante$2
Tipos operaciones pasivas.
a. La recepción de depósitos bancarios, de dinero pueden ser( < la vista :con o sin c"equera; o bien asociados a tarjeta de débito$ Se llaman =a la vista= por qué el titular o los benefciarios pueden retirar, en cualquier momento, la suma depositada y sus accesorios
ret#rales en d#as preestablecidos de a"orro a plazo o con previo aviso$
b. La aceptación de préstaos o créditos. c. La eisión de bonos bancarios$ d. La eisión de ob!i"aciones s#bordinadas$
EN CUANTO A LOS DEPÓSITOS BANCARIOS$ .n ellos el banco adquiere la propiedad del dinero y no tiene la obligación de devolver el mismo dinero depositado, sino otro tanto de la misma especie y calidad y en su caso, los accesorios fnancieros$ Por eso se llama =depósito irregular de dinero=, pues
2 %iccionario 0ur#dico$m>$ ?omado de 0es9s %e la @uente 7odr#guez$ ?#tulo de la colaboración o art#culo de revista( ?ratado de %erec"o &ancario y &urs+til$
en el depósito regular e>iste la obligación de devolver el mismo bien depositado$ PRÉSTAMOS O CRÉDITOS( Astos pueden ser otorgados por sus clientes o por otros bancos$ BONOS BANCARIOS( Son t#tulos de crédito que representan la participación individual de su tenedor en Bn crédito colectivo a cargo del banco emisor de esos t#tulos$ OBLIGACIONES SUBORDINADAS( Son t#tulos de crédito con caracter#sticas similares a las de los bonos bancarios$ Se llaman =subordinadas= porque en ellas, en caso de liquidación del banco emisor, el pago se "ar+ a prorrata :en partes proporcionales; después de cubrir todas las dem+s deudas de la institución, pero antes de repartir$ .l "aber social a los titulares de las acciones o de los certifcados de aportación patrimonial$
%e estas operaciones los depositantes o inversionistas podr+n autorizas a terceros para "acer disposiciones de dinero, bastando para ello la autorización frmada en los registros especiales que lleve la institución de crédito$ Pactado, el régimen de pago de interés$ .l término para retirar el depósito y el lugar de pago 9nico$ Las obligaciones subordinadas y sus cupones ser+n t#tulos de crédito con los mismos requisitos y caracter#sticas que los bonos bancarios$ Salvo los previstos en Ley$
$. DEPÓ%ITO% &'NC'RIO%. Los %epósitos bancarios, es la custodia de la cosa, como obligación negocial t#pica, con la obligación de restitución a petición del depositante, .llo supone, adem+s, la no transmisión de propiedad de la cosa depositada y el no uso de la misma por el depositario$
$.1.
I(PORT'NCI' DE LO% DEPÓ%ITO% &'NC'RIO%)
Los depósitos bancarios, constituyen el llamado dinero bancario y orman la mayor parte de la oerta monetaria en los pa#ses m+s adelantados$ Los depósitos bancarios juntamente con el a"orro representado por las diversas ormas del seguro, representa la inmensa mayor#a del a"orro nacional en cualquier pa#s, en estas condiciones la protección de ese a"orro no es una simple media aconsejada por la tutela de los intereses privados para la deensa del capital de los
depositantes sino una e>igencia de la econom#a nacional ya que la evaporación de esos capitales, por malos manejos bancarios o a consecuencia de un p+nico fnanciero, no repercute solo sobre las diversas econom#as privadas, sino que dado el n9mero de estas es un da!o catastrófco para la econom#a nacional$
$.2. C'R'CTER*%TIC'%. Los depósitos bancarios podr+n ser retirables a la vista, a plazo, o previo aviso$ La protección de los depósitos puede conseguirse, mediante la obligación de conservar en eectivo el total de los mismos, o consintiendo su movilización por los bancos depositarios pero estableciendo estrictas normas para la protección del a"orro$ %esde el punto de vista económico, el problema m+s importante para las instituciones de crédito es el de garantizar la posibilidad de restituir a sus acreedores el importe de los capitales recibidos mediante operaciones pasivas, para que el banco atienda estas e>igencias es necesario que las inversiones realizadas :capitales ajenos; sean +cilmente convertibles en dinero$ La acilidad para convertir los activos del banco en eectivo se le llama liquidez, palabra que utiliza el banquero, para describir su posibilidad de satisacer demandas de dinero a cambio de depósitos$ .l activo m+s l#quido es el dinero eectivo, el cual es ocioso y contrario a la razón de e>istencia de las instituciones de crédito que lo reciben, ya que los activos siendo imperectamente l#quidos es la orma de obtener benefcios$ La nota de liquidez junto con la seguridad, constituyen los dos principios directores del moderno derec"o bancario$ Los tipos de depósitos, 0ur#dicamente se dividen en( depósitos regulares y depósitos irregulares,
$.$.
LO% DEPÓ%ITO% RE+UL'RE%.
Son aquellos en los que el banco se obliga a la custodia y restitución de la misma cosa de que se "ace entrega por el depositante, :son de muy escasa signifcación en el campo bancario;$ Características( pueden ser depósitos de dinero o t#tulos valores$ Ventajas: Son depósitos de a"orro en los que se obtiene un interés, e>iste la seguridad de que sea devuelta la cantidad depositada m+s su rendimiento,
$.,.
LO% DEPÓ%ITO% IRRE+UL'RE%.
Son aquellos en los que el banco depositario sólo restituye otro tanto igual de las cosas o valores recibidos del depositante :son los que tienen muc"a importancia en el campo bancario;$ 1omo se!ala el %octor %avid iste en ciertos contratos( La custodia por s# sola no obliga sino a conservar y mantener la cosa$
3$C$-$ DEPO%ITO IRRE+UL'R DE DINERO ' L' -I%T' EN CUENT' DE CE/UE%$
CONCEPTO.D .s la orma m+s importante entre las varias que adoptan en la pr+ctica los depósitos bancarios de dinero$ 3%avid
$.,.2. DEPO%ITO IRRE+UL'R DE DINERO ' L' -I%T'0 NO EN CUENT' DE CE/UE%. CONCEPTO $D .s un depósito bancario de dinero retirable a petición del depositante, sin preaviso ni plazo$ Fo es un depósito en cuenta y, por consiguiente, no admite abonos, ni cargos sucesivos, sino contrato y la realización de uno nuevo$ :1onstituye un depósito como garant#a de una operación, en las consignaciones, en los depósitos judiciales y administrativos y en operaciones an+logas; $.,.$.
DEPO%ITO ' PL'O.
CONCEPTO. Son depósitos bancarios de dinero que se restituyen al depositante una vez transcurrido el termino previsto en su constitución$ CL'%E%.D a largo plazo y a corto plazo$ $.,.,. DEPO%ITO DE 'ORRO. 1onsiderados en la Legislación &ancaria como depósitos irregulares de dinero que permiten conservar parte de los ingresos de las personas en previsión de necesidades uturas o de la ormación de un capital$ .n este tipo de depósito el a"orrista, m+s que una remuneración persigue la conservación del mismo, su incremento, su custodia y manejo por el &anco$
DE3INICIÓN .s un contrato por el cual se brinda a las personas naturales o jur#dicas la posibilidad de depositar su dinero en condiciones que estimulen su tenencia de a"orrar, los que pueden ser retirados, previo un aviso anticipado o liberado del mismo en cualquier momento, con derec"o a una remuneración por el tiempo de permanencia del depósito en poder del &anco$
PROTECCIÓN DE LO% 'ORRO% Bno de los principios constitucionales es el reerido a la protección del a"orro$
mediante la creación del @ondo de Seguro de %epósitos$ La Ley I$S$@$ determina en su
'TENCIÓN 'L P4&LICO Otra orma de protección y de garant#a a los a"orristas, es la obligación que tienen los &ancos de brindar una eectiva atención al p9blico, en cada una de sus ofcinas, por lo menos de seis "oras, durante todos los d#as del a!o :