NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 3520 1993-05-19
ACÚSTICA. DESCRIPCIÓN Y MEDICIÓN DEL RUIDO AMBIENTAL. OBTENCIÓN DE DATOS RELATIVOS AL USO EN CAMPO
E:
ACOUSTICS. DESCRIPTION AND MEASUREMENT OF ENVIROMENTAL NOISE. ACQUISITION OF DATA PERTINENT TO FIELD USE
CORRESPONDENCIA:
esta norma es idéntica a la ISO 1996-2.
DESCRIPTORES:
acústica; medición medición del ruido.
acústica;
ruido;
I.C.S.: 13.140.00 Editada por el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (ICONTEC) Apartado 14237 Bogotá, D.C. Tel. 6078888 Fax 2221435
Prohibida su reproducción
PRÓLOGO
El Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación, ICONTEC, es el organismo nacional de normalización, según el Decreto 2269 de 1993. ICONTEC es una entidad de carácter privado, sin ánimo de lucro, cuya Misión es fundamental para brindar soporte y desarrollo al productor y protección al consumidor. Colabora con el sector gubernamental y apoya al sector privado del país, para lograr ventajas competitivas en los mercados interno y externo. La representación de todos los sectores involucrados en el proceso de Normalización Técnica está garantizada por los Comités Técnicos y el período de Consulta Pública, este último caracterizado por la participación del público en general. La NTC 3520 fue ratificada por el Consejo Directivo de 1993-05-19. Esta norma está sujeta a ser actualizada permanentemente con el objeto de que responda en todo momento a las necesidades y exigencias actuales. A continuación se relacionan las empresas que colaboraron en el estudio de esta norma a través de su participación en el Comité Técnico C390000 Acústica.
EQUIPOS Y CONTROLES INDUSTRIALES LTDA. ETERNIT COLOMBIANA S.A. INSTITUTO COLOMBIANO DE LA AUDICIÓN Y EL LENGUAJE
INSTRUMENTOS Y EQUIPOS LTDA. MONÓMEROS COLOMBO VENEZOLANOS S.A. SIEMENS S.A. SIKA ANDINA S.A.
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ICONTEC cuenta con un Centro de Información que pone a disposición de los interesados normas internacionales, regionales y nacionales. DIRECCIÓN DE NORMALIZACIÓN
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 3520
ACÚSTICA. DESCRIPCIÓN Y MEDICIÓN DEL RUIDO AMBIENTAL. OBTENCIÓN DE DATOS RELATIVOS AL USO EN CAMPO
0.
INTRODUCCIÓN
0.1
Esta norma coincide textualmente con su documento de referencia, norma ISO 1996-2.
0.2
La norma ISO 1996 comprende las siguientes tres partes:
Part 1. Basic quantities and procedures. Part 2. Acquisition of data pertinent to land use. Part 3. Application to noise limits. 0.3 Esta norma describe los métodos que se utilizan para medir y describir el ruido ambiental relacionado con su uso en campo. Hay diferentes métodos de medición, como el de integración continua, técnicas de muestreo y mediciones bajo condiciones meteorológicas seleccionadas. También se pueden usar otros métodos de cálculo o investigaciones con modelos a escala. Esta norma no trata en detalle los métodos de cálculo. No obstante, si se usan tales métodos para obtener datos relacionados con el uso en campo, es importante que se describa el ruido, de modo que esté de acuerdo con los requisitos de esta norma. El propósito de esta norma es el de suministrar métodos para obtener datos, con el fin de describir el ruido ambiental. Usando estos datos como fundamento, las autoridades pueden establecer un sistema para seleccionar el uso apropiado en campo en lo que respecta a bajos niveles de ruido para un área específica, o las fuentes de ruido existentes o proyectadas, que son aceptables con respecto al uso en campo existente o proyectado. Esta norma no es una guía sobre el cálculo del factor total de incertidumbre de los resultados. No obstante, tal cálculo se debe tener en cuenta en cada caso específico, si es posible. No se especifican los límites de ruido.
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NORMA TÉCNICA COLOMBIANA 1.
NTC 3520
OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN
Esta norma describe los métodos para obtener datos que sirvan de descriptores y permitan:
2.
a)
Describir de modo uniforme el ruido ambiental en un área específica del terreno.
b)
Evaluar la compatibilidad de cualquier actividad relacionada con el uso en campo o actividad proyectada con respecto al ruido existente o proyectado.
REFERENCIAS
Las siguientes normas contienen disposiciones que, mediante la referencia dentro de este texto, constituyen la integridad del mismo. En el momento de su publicación eran válidas las ediciones indicadas. Todas las normas están sujetas a actualización; los participantes, mediante acuerdos basados en esta norma, deben investigar la posibilidad de aplicar la última versión de las normas mencionadas a continuación. NTC 3428, Acústica. Sonómetros. NTC 3522, Acústica. Descripción y medición del ruido ambiental. Cantidades básicas y procedimientos. IEC Publication 651, Sound level meters. IEC Publication 804, Integrating averaging sound level meters. ISO 1996-1, Acoustics. Description and measurement of environmental noise. Part 1: Basic quantities and procedures. 3.
DEFINICIONES
Para los propósitos de esta norma se aplican las definiciones dadas en la norma ISO 1996-1 (NTC 3522), junto con las que se dan a continuación: 3.1
Receptor: persona o grupo de personas que están o estarán expuestas al ruido ambiental.
3.2
Uso en campo: uso actual o proyectado de un área delimitada del terreno.
3.3 Zona de ruido: región donde el nivel de evaluación promedio a largo plazo se halla entre dos niveles específicos, por ejemplo: entre 65 dB y 70 dB. El número de la zona de ruido para este ejemplo es 65 dB - 70 dB. 4.
OBTENCIÓN DE DATOS
Con el fin de obtener datos relativos al uso en campo, se requiere la siguiente información:
a)
Descripción geográfica del área bajo estudio.
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NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 3520
b)
Descripción de las características principales de las fuentes del ruido que se relacionan con esta área.
c)
Descripción de la situación del receptor como ubicación, ocupación, uso y características de los alrededores inmediatos.
Nota 1. Si es posible, se debe dar información sobre las condiciones metereológicas predominantes en el área bajo estudio, preferiblemente a manera de información estadística, sobre la velocidad y la dirección del viento, precipitación y temperatura (incluyendo el fenómeno de inversiones de temperaturas), durante un intervalo de tiempo típico, como un año, o cualquier otro intervalo adecuado.
4.1
DATOS SONOROS
4.1.1
Generalidades
Los datos estadísticos básicos son niveles equivalentes continuos de presión sonora ponderada A, determinados sobre los intervalos de tiempo de referencia y niveles de evaluación para los mismos, con información adicional sobre las características del ruido, si se requieren. 4.1.2
Nivel de evaluación
El nivel de evaluación se debe determinar sobre los intervalos de tiempo de referencia, relacionados con las características de la(s) fuente(s) y los receptores. El nivel de evaluación (LAr, T)i, para cada intervalo de tiempo de referencia se obtiene con la siguiente fórmula: (LAr, T) i = (LAeq, T)i + K1i K2i
Donde: (LAeq,T) i =
nivel equivalente continuo de presión sonora ponderada A, durante el intervalo de tiempo de referencia i-simo.
K1i
=
ajuste tonal aplicable al intervalo de tiempo de referencia i-simo.
K2i
=
ajuste de impulso aplicable al intervalo de tiempo de referencia i-simo.
Nota 2. Si las características del tono o de los impulsos están presentes en sólo una parte del intervalo de tiempo de referencia, se pueden ajustar los valores de K1 y K2, para tener en cuenta la duración.
4.1.3
Ajuste de tonos, k1
Si los componentes tonales con características esenciales del sonido dentro del intervalo específico de tiempo, se puede aplicar un ajuste para tal intervalo de tiempo, según el nivel equivalente continuo de presión sonora ponderada A medido. Se debe declarar el valor de este ajuste.
3
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 3520
Nota 3. En algunos casos prácticos, un componente tonal notorio se puede detectar en espectros de un tercio de octava si el nivel de una banda de un tercio de octava supera el de las bandas adyacentes en 5 dB o más, pero se pude requerir un análisis de frecuencia de banda angosta, con el fin de detectar de modo preciso la aparición de uno o más componentes tonales, en una señal de ruido. Si los componentes tonales son claramente audibles y la presencia de los mismos se puede detectar mediante análisis de un tercio de octava, el ajuste puede ser 5 dB a 6 dB. Si los componentes sólo son detectables por el observador y se demuestran mediante análisis de banda angosta, puede ser apropiado un ajuste de 2 dB a 3 dB.
4.1.4
Ajuste de impulsos, K2
Si el impulso es una característica esencial del sonido dentro de un intervalo de tiempo específico, se puede aplicar un ajuste a este intervalo de tiempo, al nivel equivalente continuo de la presión sonora ponderada A medido, se debe declarar el valor de este ajuste. Notas: 4)
Un método de describir la característica del impulso del sonido dentro del intervalo específico de tiempo es medir la diferencia entre el nivel de presión sonora ponderada A, determinada con la característica de ponderación del tiempo I, promediada sobre el mismo intervalo de tiempo, y LAeq, T. Los niveles de presión sonora se deben determinar simultáneamente. La naturaleza del ruido se puede ilustrar adicionalmente mediante la determinación del nivel pico y la cantidad de impulsos durante un intervalo específico de tiempo.
5)
Para ruido de gran amplitud, como el generado por estampidos sónicos, explosiones de minería o canteras, se usan mediciones con ponderación C en algunos países, para determinar el nivel de evaluación.
4.2
AJUSTE METEOROLÓGICO
Para extrapolar a partir del valor del nivel equivalente continuo de la presión sonora ponderada A, medido en condiciones meteorológicas seleccionadas según un valor a largo plazo, se puede usar un ajuste meteorológico (véase numeral 5.3 en la norma ISO 1996-1 (NTC C39.016/92)). 4.3
NIVEL SONORO PROMEDIO A LARGO PLAZO
El nivel sonoro promedio a largo plazo, LAeq,LT, en decibeles, para un intervalo de tiempo de referencia determinado, se obtiene mediante la siguiente fórmula:
L Aeq,
LT
1 = 10 lg N
N
∑
10
i = 1
(
0,1 L Aeq,
)
T i
Donde: N
=
(LAeq,T)i =
4.4
cantidad de muestras del intervalo de tiempo de referencia. nivel equivalente continuo de presión sonora ponderada A en la i-sima muestra, en decibeles.
NIVEL PROMEDIO DE EVALUACIÓN A LARGO PLAZO
El nivel promedio de evaluación a largo plazo, LAr,LT, en decibeles, para un intervalo de tiempo de referencia determinado, se obtiene mediante la siguiente fórmula: 4
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
L Ar ,
LT
NTC 3520
1 = 10 lg N
N
∑
10
i = 1
(
0 ,1 L Ar ,
)
T i
Donde: N
=
(LAr, T)i = 4.5
cantidad de muestras del intervalo de tiempo de referencia. nivel de evaluación de la muestra i-sima, en decibeles.
NIVEL PERCENTIL
En algunos casos es deseable describir una situación de ruido mediante el uso tanto del nivel equivalente continuo de presión sonora ponderada A, como de la distribución de los niveles de presión sonora ponderada A. Para este propósito, se pueden determinar niveles percentiles, como L95 y L50 y L5. 5.
DETERMINACIÓN DEL NIVEL SONORO PROMEDIO A LARGO PLAZO Y NIVEL DE EVALUACIÓN PROMEDIO A LARGO PLAZO
5.1
GENERALIDADES
En general, estas cantidades se determinan a partir de medidas y/o cálculos, los resultados son representativos del nivel de presión sonora en una ubicación específica. La técnica de medición usada, por ejemplo; el empleo de instrumentos, la cantidad de posiciones del micrófono, la cantidad y duración de los intervalos de tiempo de medición dependen de la naturaleza de las fuentes de sonido y de los receptores, y de la importancia de los resultados para el uso en campo. Los resultados que incluyan contribuciones de sonidos excepcionales que no son típicos del ruido recibido en una ubicación específica, se deben declarar por separado, si es necesario. 5.2
EMPLEO DE INSTRUMENTOS
Véase el numeral 4 de la norma ISO 1996-1 (NTC 3522). El instrumento utilizado debe cumplir las especificaciones para sonómetros, preferiblemente del tipo 1, pero por lo menos del tipo 2, dadas en la NTC 3428. Los sonómetros promediadores integradores deben ser como se específica en la norma IEC 804. Si se usa un dispositivo de registro (por ejemplo, un registrador de cinta, un registrador digital, entre otros), el efecto de éste sobre la exactitud de las mediciones se debe tener en cuenta. 5.3
UBICACIÓN Y CANTIDAD DE POSICIONES DE MEDICIÓN
5.3.1
Generalidades
La medición de los niveles equivalentes continuos de presión sonora ponderada A se deben llevar a cabo en las ubicaciones exteriores que sean apropiadas para la descripción sonora del ambiente sometido a estudio. Las posiciones de medición se deben indicar sobre un mapa. 5
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 3520
La ubicación y cantidad de posiciones de mediciones dependen de la resolución espacial requerida del ambiente que es motivo de estudio. Las posiciones de medición pueden:
5.3.2
a)
Seleccionarse en posiciones espaciadas de modo aproximadamente igual sobre el área que se está estudiando (por ejemplo, en las intersecciones de las líneas de retícula del mapa), se pueden trazar los contornos de los niveles iguales de ruido mediante interpolación entre los puntos.
b)
Ser representativas del nivel promedio de una zona o un área específica (por ejemplo, tener en cuenta los efectos locales de blindaje, las características topográficas, entre otros).
c)
En ubicaciones que caracterizan el ruido proveniente de emisiones de varias fuentes identificables en el área bajo estudio; esto permite la determinación del ruido en otras ubicaciones del área, mediante cálculos basados en la propagación del sonido.
Posición del micrófono
La altura del micrófono se debe seleccionar según la altura actual o esperada del receptor. En áreas bastante urbanizadas, la altura recomendada de medida debe ser de 3 m a 11 m. En otros casos, véase el numeral 5.1 de la norma ISO 1996-1 (NTC 3522). Nota 6. Al seleccionar la altura superior de medida se reduce la influencia de los efectos del terreno y las bajas barreras, y se mejora la reproducibilidad, pero el nivel medido generalmente es mayor que el medido cerca del terreno.
En el caso de mediciones exteriores cerca de edificios, éstas se deben realizar en sitios donde tenga interés el ruido al cual está expuesto un edificio. A menos que se especifique de otro modo, se recomiendan las posiciones de medidas de 1 m a 2 m desde la fachada, y de 1,2 m a 1,5 m por encima de cada nivel del piso que reviste interés. Si se desea minimizar la influencia de los reflejos, las medidas se deben tomar siempre que sea posible, por lo menos a 3,5 m de cualquier estructura reflectante ó 0,5 m frente a una ventana abierta. Nota 7. Si las medidas se van a realizar a 1 m ó 2 m frente a la fachada de un edificio y el espectro de ruido es tipo banda ancha sin banda angosta dominante o tono puro, se puede obtener un nivel de presión mediante la resta de 3 dB del valor medido. Si las medidas se toman en el plano de la fachada a por lo menos 3,5 m del borde de la fachada, no se requieren correcciones. Para caracterizar los efectos de las paredes de un edificio propuesto, puede resultar útil el añadir 3 dB a los valores en campo libre, con el fin de determinar el nivel de presión sonora cerca de las paredes.
Las alturas de los micrófonos se deben declarar en el informe de ensayo. El micrófono se debe orientar de modo que sea lo más uniformemente sensible al sonido incidente.
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NORMA TÉCNICA COLOMBIANA 5.3.3
NTC 3520
Ubicación de los puntos de retícula de un área
La densidad de los puntos de retícula de un área depende de la resolución espacial requerida para el estudio implicado y de la variación de los niveles de presión sonora del ruido. Esta variación es más fuerte cerca de las fuentes y de grandes obstáculos. Por lo tanto, la densidad de los puntos de retícula debe ser superior en estos sitios. En general, la diferencia de los niveles de presión sonora entre los puntos de retícula adyacentes no debe ser mayor que 5 dB. Si se hallan diferencias superiores, se deben usar puntos de retícula intermedios. 5.3.4
Ubicaciones representativas de un área
Si las variaciones espaciales del nivel de presión sonora son pequeñas, o sólo se está estudiando un área pequeña, se pueden seleccionar las ubicaciones de modo que las mediciones sean representativas de toda el área. Una investigación preliminar puede ser útil para identificar tales ubicaciones. 5.3.5
Ubicaciones utilizadas para la descripción de fuentes
Si se desean evaluar las contribuciones de varias fuentes sonoras individualmente o como una clase, normalmente se deben seleccionar cerca de cada una de las fuentes, con el fin de reducir la influencia de las otras. El nivel de presión sonora del ruido en las otras posiciones se puede calcular mediante interpolación y extrapolación, teniendo en cuenta la atenuación como resultado de la dispersión geométrica del sonido, la absorción atmosférica, los efectos del terreno, los efectos de blindaje, entre otros. Nota 8. La cantidad de posiciones de medición se pueden reducir cuando la interpolación sea posible por medio de un modelo adecuado de propagación que permita calcular los niveles de presión sonora en las posiciones intermedias.
5.4
SELECCIÓN DE INTERVALOS DE TIEMPO
5.4.1
Intervalo de tiempo de referencia
Para seleccionar los intervalos apropiados de tiempo de referencia y medición puede ser necesario investigar la situación del ruido en períodos relativamente largos, durante los cuales se puedan tomar medidas de reconocimiento. Los intervalos de tiempo de referencia se deben especificar de modo que cubran las típicas actividades humanas y las variaciones del funcionamiento de la fuente, por ejemplo: la densidad de tráfico y las horas de trabajo de plantas industriales. En relación con las actividades humanas, se puede seleccionar un intervalo de tiempo de referencia para el día y otro para la noche. También se pueden establecer intervalos de tiempo para las tardes, para los fines de semana y para los días festivos. Cuando ocurren diferentes actividades humanas en un solo intervalo de tiempo de referencia, se puede introducir un ajuste a los niveles, como función del tiempo en el cual se producen estas actividades, cuando se determina el nivel de evaluación para tal intervalo de tiempo de referencia. Se deben registrar en el informe de ensayo tales ajustes y los intervalos de tiempo a los cuales se aplicaron.
7
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA 5.4.2
NTC 3520
Intervalo de tiempo a largo plazo
Para el propósito del uso en campo, también es responsabilidad de la autoridad competente el especificar el intervalo de tiempo, a largo plazo. La selección de este intervalo se relaciona con el objetivo de control del ruido, la naturaleza y la actividad del receptor, el funcionamiento de las fuentes y las variaciones de las condiciones de propagación. Nota 9. El intervalo de tiempo a largo plazo se debe escoger de modo que se cubran las variaciones de la emisión de ruido. Tal intervalo normalmente dura varios meses. Si la situación de ruido estudiada se restringe a una parte bien definida del año, por ejemplo al verano, con actividades especiales, el intervalo de tiempo a largo plazo se puede restringir a una parte específica del año.
5.4.3
Intervalos de tiempo de medición
5.4.3.1 Los intervalos de tiempo de medición se deben seleccionar de modo que se cubran todas las variaciones importantes de la emisión y la transmisión de ruido. Además, la selección de los intervalos de tiempo de medición debe ser tal que el nivel de sonido promedio a largo plazo o el nivel de evaluación se determine con la exactitud deseada. 5.4.3.2 Si el ruido muestra una clara periodicidad, los intervalos de tiempo de medición deben cubrir, por lo menos, un período. Si no se pueden tomar mediciones continuas durante este período, los intervalos de tiempo de medición se deben seleccionar de modo que cada uno de estos represente una parte del ciclo y de modo que juntos, representen el ciclo completo. Si el nivel de presión sonora varía progresivamente, los intervalos de tiempo de medición se deben seleccionar de modo que cada uno de estos represente un período dentro del cual el nivel del ruido se considere aproximadamente constante. Si el ruido varía al azar, los intervalos de tiempo de medición se deben seleccionar de modo que den suficiente muestras independientes para obtener un cálculo importante del nivel sonoro promedio a largo plazo. Si el ruido es tipo elevado o tipo pasajero (es decir, el ruido varía durante el elevamiento y no está presente durante una parte considerable del intervalo de tiempo de referencia), los intervalos de tiempo medidos se deben seleccionar de modo que se pueda determinar el nivel de exposición al sonido, LAE, del tipo elevado o pasajero. 5.4.3.3 Para facilitar la comparación de los resultados, puede ser conveniente realizar mediciones en condiciones meteorológicas seleccionadas que sean reproducibles y correspondan a condiciones de propagación sonora muy estables. En particular, cuando hay una fuente dominante se pueden escoger las condiciones meteorológicas que correspondan a la mayor propagación de las fuentes al receptor o al área especificada o a ambas, a adoptar intervalos de tiempo de medición que correspondan a las siguientes condiciones:
a)
Dirección del viento dentro de un ángulo de ± 45° de la dirección que une el centro de la fuente de sonido dominante y el centro del área específica, y el viento sopla de la fuente al receptor.
b)
La velocidad del viento entre 1 m/s y 5 m/s, medida en una altura de 3 m a 11 m por encima del terreno.
c)
Ausencia de inversiones de temperaturas fuertes cerca del terreno. 8
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA d)
NTC 3520
Ausencia de precipitaciones fuertes.
Notas: 10)
Siempre se debe asegurar que el ruido del viento en el micrófono no interfiera con las mediciones.
11)
Habrá diferencias sistemáticas entre los resultados de las mediciones en condiciones meteorológicas seleccionadas y los obtenidos en condiciones meteorológicas aleatorias. Se pueden compensar estas mediciones sistemáticas mediante el ajuste meteorológico del nivel de evaluación.
5.5
OBTENCIÓN DE DATOS SONOROS
5.5.1
Generalidades
Se obtienen datos sonoros durante el intervalo de tiempo de medición. Se pueden usar dos métodos para obtener los datos (véase los numerales 5.5.2 y 5.5.3). 5.5.2
Integración continua
En este método, el intervalo de tiempo de medición cubre todo el intervalo de tiempo de referencia, excepto para los intervalos de tiempo en los cuales las condiciones de medición podrían llevar a resultados erróneos, por ejemplo, en períodos de vientos fuertes, lluvia copiosa, contribuciones de ruido no típicas. Nota 12. Este método da la máxima exactitud, pero la ganancia de exactitud comparada con la obtenida con técnicas de muestreo, no siempre se puede justificar en relación con el incremento de todos los esfuerzos de medición.
5.5.3
Técnicas de muestreo
Los valores a largo plazo del nivel equivalente continuo de presión sonora ponderada A y el nivel de evaluación se calculan a partir de las muestras de intervalos de tiempo de medición dentro del intervalo de tiempo de referencia. En este caso, el intervalo total de medición sólo es una fracción del intervalo de tiempo de referencia y consta de una cantidad de intervalos distintos de tiempo, separados por unos en los cuales no se toma medida. 5.6
NIVEL SONORO PROMEDIO A LARGO PLAZO Y NIVEL PROMEDIO DE EVALUACIÓN A LARGO PLAZO
A partir de los resultados obtenidos de acuerdo con los numerales 5.2 y 5.5, se puede calcular el nivel sonoro promedio a largo plazo específico, en el numeral 4.3, y el nivel de evaluación promedio a largo plazo se puede calcular como se especificó en el numeral 4.4.
6.
PREDICCIÓN DE NIVELES DE RUIDO
En muchos casos se describe el ruido ambiental, con el fin de predecir el ruido que se origina de instalaciones planificadas, pero no existentes, tales como plantas industriales, e instalaciones para tráfico aéreo, ferroviario o de carretera.
9
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 3520
En tales situaciones, el problema se debe enfocar mediante el uso de métodos adecuados de cálculo o de investigaciones por modelos a escala. Puesto que no existen modelos de predicción acordados universalmente, el método que se adopte se debe describir cuidadosamente en cada caso. Nota 13. Cuando haya modelos de predicción aceptados por las autoridades competentes, estos se debe usar.
7.
ZONAS DE RUIDO, REPRESENTACIÓN DE RESULTADOS
Además de informar los resultados de las mediciones del ruido ambiental existente y los resultados de cálculos de ruido de actividades proyectadas, es posible que sea útil una presentación en términos de zonas de ruido. Se recomienda que se usen los contornos que indican los límites entre zonas de múltiplos de 5 dB. Se debe hacer referencia a las zonas de los límites superior e inferior, mediante la citación en decibeles. Si se identifican las diferentes zonas sobre un mapa del área bajo estudio mediante colores o sombreado, se recomienda que se use la combinación de colores (o el sombreado), y las clases especificadas en la Tabla 1. Nota 14. En algunos casos, es posible que sea suficiente usar un ancho de zona igual a 10 dB; en tales casos, se deben emplear los colores (o el sombreado) como se especifica en la Tabla 2.
Tabla 1 Zona de ruido dB Debajo de 35 dB 35 a 40 40 a 45 45 a 50 50 a 55 55 a 60 60 a 65 65 a 70 70 a 75 75 a 80 80 a 85
Color Verde claro Verde Verde oscuro Amarillo Ocre Naranja Cinabrio Carmín Rojo lila Azul Azul oscuro
Sombreado Puntos pequeños, baja densidad Puntos medianos, media densidad Puntos grandes, alta densidad Líneas verticales, baja densidad Líneas verticales, media densidad Líneas verticales, alta densidad Sombreado cruzado, baja densidad Sombreado cruzado, media densidad Sombreado cruzado, alta densidad Franjas verticales anchas Completamente negro
Tabla 2 Zona de ruido dB Debajo de 45 DB 45 a 55 55 a 65 65 a 75 75 a 85
Color Verde Amarillo Naranja Rojo Azul
Sombreado Puntos medianos, media densidad Líneas verticales, baja densidad Líneas verticales, alta densidad Sombreado cruzado, media densidad Franjas verticales anchas
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NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 3520
Los detalles y escala del mapa dependen:
a)
Del tamaño, estructura y uso del área en cuestión.
b)
Del objeto de la planificación (decisión a gran escala sobre la ubicación de nuevas fuentes y nuevos receptores, cambio del uso en campo, decisión final sobre la ubicación de nuevos receptores).
c)
Etapa del procedimiento de planificación.
El mapa de ruido se debe establecer sobre el mapa oficial de escala determinada, y se muestran los detalles relevantes de edificios, instalaciones de tráfico, áreas industriales, áreas de agricultura, vegetación y contornos de la altura por encima del nivel del mar. El trazado de los mapas se debe realizar para mostrar las áreas donde hay zonas con ruido igual o para dibujar los contornos de tales áreas, o para ver la combinación de los contornos de las áreas. El mapa debe mostrar la ubicación en la cual los datos, fueron medidos (o) o en donde fueron calculados (x).
8.
INFORMACIÓN QUE SE DEBE REGISTRAR
8.1
TÉCNICA DE MEDICIÓN
Se debe registrar la siguiente información:
8.2
a)
El tipo de instrumentos, procedimiento de medición y cualquier cálculo usado.
b)
Descripción del aspecto tiempo de las mediciones, es decir, intervalos de tiempo de medición y de referencia, incluyendo detalles del muestreo, si se usó éste.
c)
Posiciones de medición.
CONDICIONES QUE PREDOMINAN DURANTE LAS MEDICIONES
Se debe registrar la siguiente información:
a)
Las condiciones meteorológicas descritas por dos series de datos:
-
Datos cualitativos, por ejemplo, lluvia, llovizna, sequedad, humedad, nubosidad, sol, entre otros.
-
Datos cualitativos como:
1)
Dirección y velocidad del viento, medidas de manera que los datos sean representativos de la propagación del sonido de la fuente al 11
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
NTC 3520
receptor durante el intervalo de tiempo de medición. A menos que se especifique de otro modo, estas mediciones se deben tomar en exteriores, en campo abierto, a una altura entre 3 m y 11 m por encima del terreno.
8.3
2)
Gradiente térmico, si se requiere, medido entre 1 m y 11 m por encima del nivel del terreno.
3)
Humedad relativa.
b)
La naturaleza y el estado del terreno entre las fuentes de ruido y las posiciones de medición.
c)
La variabilidad de la emisión de fuentes de ruido.
DATOS CUALITATIVOS
Se debe registrar la siguiente información.
8.4
a)
El propósito de las mediciones o cálculos, o ambos.
b)
Una descripción de la(s) fuente(s) de ruido.
c)
Una descripción del (de los) receptor(es).
d)
Las características del sonido.
e)
La connotación del sonido.
f)
Para una área o zona.
-
Las zonas de ruido y el mapa de ruidos, si se requiere.
-
Si es aplicable, la interpolación o extrapolación a otras posiciones, incluyendo una descripción del modelo de propagación usado.
g)
Parámetros geográficos del área o ubicación.
h)
Uso en campo (existente o planeado).
DATOS CUANTITATIVOS
Se debe registrar la siguiente información:
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NORMA TÉCNICA COLOMBIANA
9.
NTC 3520
a)
Los niveles equivalentes continuos de la presión sonora ponderada A, de cada intervalo de tiempo de referencia.
b)
Los niveles de evaluación de cada intervalo de tiempo de referencia.
c)
El nivel sonoro promedio a largo plazo y, si es posible, un cálculo de la variabilidad, preferiblemente la desviación estándar de las mediciones sobre los intervalos de tiempo de referencia para las condiciones afirmadas, junto con la cantidad de medidas, la fórmula y cantidad utilizada.
d)
El nivel de evaluación promedio a largo plazo y, si es posible, un cálculo de la variabilidad, preferiblemente la desviación estándar sobre los intervalos de tiempo de referencia para las condiciones afirmadas, junto con la cantidad de medidas, las fórmulas y las cantidades usadas.
INFORMACIÓN QUE SE DEBE ENTREGAR
El informe de ensayo debe contener los datos pertinentes del numerales 8, junto con una referencia a esta norma. El informe de predicción de los niveles también debe incluir la siguiente información:
a)
Descripción del modelo de propagación sonora usado, o las instalaciones para mediciones de modelos a escala.
b)
Ubicaciones y características que describan el ruido emitido por la fuente, por ejemplo la intensidad y las características del tráfico, el nivel de potencia sonora, espectro de frecuencia.
c)
La atenuación del sonido y los reflejos por acción de las paredes de edificios y barreras.
d)
Absorción del ruido en el aire.
e)
Condiciones de propagación sonora (absorción por acción del terreno, árboles o arbustos, edificios, entre otros).
f)
Condiciones meteorológicas adoptadas.
g)
Ubicación del (de los) receptor(es).
h)
Ubicación y nivel o niveles de potencia sonora de la(s) fuente(s) en cuestión.
DOCUMENTO DE REFERENCIA INTERNATIONAL ORGANIZATION FOR STANDARDIZATION. Acoustics. Description and Measurement of Environmental Noise. Part 2: Acquisition of Data Pertinent to Land Use. Geneva, 1987, 7 p. (ISO 1996/2 (E)).
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