NORMA MEXICANA NMX-B-292-CANACERO-2011
INDUST INDU STRI RIA A SI SIDE DER R RG RGIC ICA A – TO TOR R N DE DE SI SIETE ALA LAM MBR BRE ES SIN RECUBRIMIENTO CON RELEVADO DE ESFUERZOS PARA CONCRETO PRESFORZADO – ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA SIDERURGICAL INDUSTRY – UNCOATED SEVEN-WIRE STRESS-RELIEVED STRESS-RELIEVE D STEEL STRAND FOR PRESTRESSED CONCRETE - SPECIFICATIONS AND TEST METHODS
ESTA NORMA MEXICANA CANCELA A LA NMX-B-292-1988
Cámara Nacional de la Industria del Hierro y del Acero Organismo Nacional de Normalización
NORMA MEXICANA
NMX-B-292-CANACERO-2011
INDUSTRIA SIDERÚRGICA - TORÓN DE SIETE ALAMBRES SIN RECUBRIMIENTO CON RELEVADO DE ESFUERZOS PARA CONCRETO PRESFORZADO – ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA SIDERURGICAL INDUSTRY - UNCOATED SEVEN-WIRE STRESS-RELIEVED STEEL STRAND FOR PRESTRESSED CONCRETE - SPECIFICATIONS AND TEST METHODS
ESTA NORMA MEXICANA CANCELA A LA NMX-B-292-1988
Amores 338, Col. del Valle, Del. Benito Juárez, C.P. 03100, México D.F.
[email protected] ESTÁ PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL SIN AUTORIZACIÓN DE CANACERO
NMX-B-292-CANACERO-2011 PRÓLOGO NMX-B-292-CANACERO-2011 La Dirección General de Normas, con fundamento en lo establecido en los artículos 39 fracción IV, 65, 66 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 68 y 69 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 19 fracción IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, otorgó a la Cámara Nacional de la Industria del Hierro y del Acero (CANACERO) el Certificado de Registro No. 0009 como Organismo Nacional de Normalización, para elaborar, revisar, actualizar, expedir y cancelar normas mexicanas en el área del “Hierro y Acero”, como se indica en el
oficio con número DGN.312.01.2005.3002 de fecha 29 de julio de 2005. Esta Norma Mexicana fue elaborada por el Comité Técnico de Normalización Nacional de la Industria Siderúrgica (COTENNIS), en el seno de la Cámara Nacional de la Industria del Hierro y del Acero. El aviso de Consulta Pública se realizó el 26 de enero de 2012 en el Diario Oficial de la Federación a través de la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía. La Declaratoria de Vigencia se publicó el 4 de julio de 2013, en el Diario Oficial de la Federación, a través de la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía y entró en vigor el 2 de septiembre de 2013.
NMX-B-292-CANACERO-2011 PREFACIO En la elaboración de esta norma mexicana participaron las siguientes empresas e instituciones: - CÁMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DEL HIERRO Y DEL ACERO. - ACEROS CAMESA, S.A. DE C.V. - CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN DE DESASTRES, CENAPRED. - COMITÉ TÉCNICO DE NORMALIZACIÓN NACIONAL DE LA INDUSTRIA SIDERÚRGICA. - DEACERO, S. A. DE C. V. - INSTITUTO DE INGENIERÍA DE LA UNAM. - LANC, S.C. - MEXICANA DE LAMINACIÓN, S. A. DE C. V. - RESISTENCIA DE MATERIALES.
NMX-B-292-CANACERO-2011 ÍNDICE
1 2 3 4 5 5.1 5.2 5.3 5.4 5.5 5.6 5.7 5.8 5.8.1 5.9 5.9.1 5.9.2 5.9.3 5.9.4 5.9.5 6 7 7.1 7.2 8 8.1 8.2 9 10 11 12 13 14 15 Apéndice A (informativo)
Objetivo y campo de aplicación Referencias Definiciones Clasificación Especificaciones Materiales Tratamiento térmico de relevado de esfuerzos Propiedades mecánicas Suministro de la gráfica esfuerzo-deformación Masa y área transversal Dimensiones y tolerancias Paso del torón Acabado Juntas Requisitos suplementarios Torones de baja relajación Métodos de prueba Propiedades de relajamiento Resistencia de fluencia Condiciones para la prueba de relajamiento Muestreo Métodos de prueba Propiedades mecánicas Masa y área transversal Marcado y embalaje Marcado Embalaje Criterios de aceptación y rechazo Inspección Declaración de conformidad Datos para el pedido Bibliografía Concordancia con normas internacionales Artículo transitorio Relación con normas extranjeras
Página 1 1 1 2 2 2 3 3 5 5 5 6 7 7 7 7 7 7 8 8 8 8 8 8 8 8 9 9 9 9 9 10 10 10 11
NMX-B-292-CANACERO-2011
INDUSTRIA SIDERÚRGICA - TORÓN DE SIETE ALAMBRES SIN RECUBRIMIENTO CON RELEVADO DE ESFUERZOS PARA CONCRETO PRESFORZADO – ESPECIFICACIONES Y MÉTODOS DE PRUEBA SIDERURGICAL INDUSTRY - UNCOATED SEVEN-WIRE STRESS RELIEVED STEEL STRAND FOR PRESTRESSED CONCRETE SPECIFICATIONS AND TEST METHODS 1
OBJETIVO Y CAMPO DE APLICACIÓN
1.1 Esta Norma Mexicana establece los requisitos que cumplen los dos grados de torones de siete alambres sin recubrimiento con relevados de esfuerzos, de acero, para usarse en construcciones de concreto pretensadas o postensadas. Los dos grados cubiertos por esta norma tienen, respectivamente, una resistencia última a la tensión, mínima de 1725 MPa y 1860 MPa (176 kg/mm2 y 190 kg/mm2) basados en el área nominal del torón. 1.2 En el inciso 5.9 se describe el bajo relajamiento y las pruebas de relajamiento del torón. Las pruebas de bajo relajamiento se efectúan sólo si se indican en la orden de compra, o por acuerdo previo entre fabricante y comprador.
2
REFERENCIAS
Para la correcta aplicación de esta norma se deben consultar las siguientes Normas Mexicanas vigentes o las que las sustituyan: NMX-B-172-1988
Métodos de prueba mecánicos para productos de acero.
NMX-B-434-1969
Método de prueba para determinar el peso unitario y el área transversal de las varillas lisas y corrugadas, para refuerzo de concreto.
3
DEFINICIONES
3.1
Declaración de conformidad
Procedimiento por el cual un proveedor da garantía por escrito de que un producto, proceso o servicio es conforme a requisitos específicos. NOTA: El proveedor es la parte que suministra el producto, proceso o servicio y puede ser un fabricante, distribuidor, importador, ensamblador, organización de servicio, etc. 3.2
Lote
NMX-B-292-CANACERO-2011 2/11 3.3
Relevado de esfuerzos
Tratamiento térmico que consiste en calentar el acero a una temperatura en la cual se eliminan los esfuerzos residuales generados durante el trabajo en frío de trefilado. 3.4
Torón
Un grupo de siete alambres, seis de ellos colocados en forma helicoidal sobre un alambre central, con un paso uniforme no menor de 12 ni mayor de 16 veces el diámetro nominal del torón, ver figura 1.
FIGURA 1.- Paso del torón 3.5
Torón de baja relajación
Es aquel que durante el proceso de fabricación se somete a una tensión constante y una temperatura definida para obtener las propiedades mecánicas especificadas en el inciso 5.3.2.
4
CLASIFICACIÓN
El torón se clasifica conforme a su resistencia de ruptura en dos grados: Grado 1725 MPa (176 kg/mm 2) Grado 1860 MPa (190 kg/mm 2) Los torones de ambos grados pueden ser de baja relajación o relajación normal, ver 5.3.2.
5
ESPECIFICACIONES
5.1
Materiales
5.1.1 Metal base El metal base debe ser acero al carbono de una calidad tal que cuando se estire a alambre, sea fabricado como torón, y luego se trate térmicamente, debe tener las propiedades y características prescritas en esta norma. 5.1.2 Alambre trefilado
NMX-B-292-CANACERO-2011 3/11 5.1.3 Torón El torón se fabrica solo atendiendo a sus propiedades mecánicas. Es posible que en un rollo o paquete se utilice alambre de más de una colada por lo que ésta no es necesariamente mantenida. La trazabilidad se basa en la identidad del rollo o paquete mantenida e informada por el fabricante. 5.2
Tratamiento térmico de relevado de esfuerzos
Después de terminada la operación de torcido, todos los torones deben someterse a un tratamiento térmico continuo de relevado de esfuerzos para obtener las propiedades mecánicas exigidas. 5.3
Propiedades mecánicas
5.3.1 Resistencia a la tensión El torón terminado debe cumplir con los requisitos de resistencia a la tensión indicados en la tabla 1. TABLA 1 Requisitos de resistencia a la tensión Diámetro de torón en: mm (in) 6.4 (0.250) 7.9 (0.313) 9.5 (0.375) 11.1 (0.438) 12.7 (0.500) 15.2 (0.600) 9.53 (0.375) 11.11 (0.438) 12.70 (0.500) 13.20 (0.520) 14.29 (0.563) 15.24 (0.600) 17.78 (0.700)
Resistencia a la Área de acero del tensión mínima torón en del torón en: mm2 (in2) kN (lbf) Grado 1725 (250) 40.0 (9 000) 23.2 (0.036) 64.5 (14 500) 37.4 (0.058) 89.0 (20 000) 51.6 (0.080) 120.1 (27 000) 69.7 (0.108) 160.1 (36 000) 92.9 (0.144) 240.2 (54 000) 139.4 (0.216) Grado 1860 (270) 102.3 (23 000) 54.8 (0.085) 137.9 (31 000) 74.2 (0.115) 183.7 (41 300) 98.7 (0.153) 200.2 (45 000) 107.7 (0.167) 230.0 (51 700) 123.9 (0.192) 260.7 (58 600) 140.0 (0.217) 353.2 (79 400) 189.7 (0.294)
Masa del torón en: kg/1 000 m (lb/1 000 ft) 182 (122) 294 (197) 405 (272) 548 (367) 730 (490) 1094 (737) 432 (290) 582 (390) 775 (520) 844 (568) 970 (651) 1 102 (740) 1 487 (1000)
5.3.1.1 Para todas las pruebas mecánicas se debe usar una longitud mínima entre mordazas de 610 mm. 5.3.2 Resistencia de fluencia La resistencia de fluencia debe ser medida por el método de extensión bajo carga al 1 % o por el método de deformación permanente especificada (offset) al 0.2 %, indicado en la norma NMX-B172, véase 2, Referencias. Para torón de baja relajación, la resistencia de fluencia debe ser de al menos 90 % de la resistencia a la tensión mínima indicada en la tabla 1. Para torón de relajación
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TABLA 2.- Resistencia de fluencia Diámetro del torón en: mm (in) 6.4 (0.250) 7.9 (0.313) 9.5 (0.375) 11.1 (0.438) 12.7 (0.500) 15.2 (0.600) 9.53 (0.375) 11.11 (0.438) 12.70 (0.500) 13.20 (0.520) 14.29 (0.563) 15.24 (0.600) 17.78 (0.700)
Carga inicial en: kN (lbf)
Carga mínima de fluencia en: kN (lbf) Baja relajación Relajación normal Grado 1 725 (250) 4.0 (900) 36.0 (8 100) 34.0 (7 650) 6.5 (1 450) 58.1 (13 050) 54.7 (12 300) 8.9 (2 000) 80.1 (18 000) 75.6 (17 000) 12.0 (2 700) 108.1 (24 300) 102.3 (23 000) 16.0 (3 600) 144.1 (32 400) 136.2 (30 600) 24.0 (5 400) 216.2 (48 600) 204.2 (45 900) Grado 1 860 (270) 10.2 (2 300) 92.1 (20 700) 87.0 (19 550) 13.8 (3 100) 124.1 (27 900) 117.2 (26 350) 18.4 (4 130) 165.3 (37 170) 156.1 (35 100) 20.0 (4 500) 180.1 (40 500) 170.1 (38 250) 23.0 (5 170) 207.0 (46 530) 195.5 (43 950) 26.1 (5 860) 234.6 (52 740) 221.5 (49 800) 35.3 (7 940) 318.0 (71 500) 300.2 867 500)
5.3.2.1 Método de extensión bajo carga (EBC) La deformación unitaria bajo carga debe determinarse con un extensómetro calibrado, cuya sensibilidad no sea menor de 0.0001 mm/mm de la longitud calibrada. Debe aplicarse a la muestra del torón la carga inicial indicada en la tabla 2, y en ese momento, se fija el extensómetro a la probeta y se pone en cero. Después, se incrementa la carga hasta que el extensómetro indique una deformación unitaria de 1.0 %. Se registra la carga para está deformación, que es denominada la resistencia de fluencia y debe cumplir con los requisitos de la tabla 2. 5.3.2.2 Método de deformación permanente especificada (offset) La deformación permanente especificada debe determinarse con un extensómetro calibrado, cuya sensibilidad no sea menor de 0.0001 mm/mm de la longitud calibrada. Debe utilizarse el valor de 0.2 % para trazar una línea paralela de acuerdo al método indicado en la norma NMX-B-172, véase 2, Referencias. 5.3.2.3 Método alternativo utilizando gráfica de esfuerzo - separación de cabezales (MA) Si el laboratorio además de realizar la prueba de extensión bajo carga, determina la gráfica esfuerzo - separación de cabezales y estadísticamente encuentra una relación de un valor “x” de deformación permanente especificada ( offset) con el valor que se obtiene por el método de extensión bajo carga puede establecer este método para determinar la resistencia de fluencia considerando los siguientes puntos: 5.3.2.3.1 Para validar el método, ambas pruebas (método alternativo y método de extensión bajo carga) deben realizarse en la misma máquina universal. No se permite utilizar el valor obtenido en otro laboratorio o en otra máquina.
NMX-B-292-CANACERO-2011 5/11 5.3.2.4 En el informe de pruebas se debe indicar el método utilizado, ejemplo: Resistencia de fluencia (1 % EBC) Resistencia de fluencia (0.2 % offset) Resistencia de fluencia (“x” % MA)
5.3.3 Alargamiento 5.3.3.1 El alargamiento total del torón bajo carga debe ser como mínimo de 3.5 % y debe medirse en una longitud calibrada mínima de 610 mm. El alargamiento se determina por medio de un extensómetro que se coloca sobre la probeta, después de haberle aplicado una carga inicial. La carga inicial debe ser equivalente al 10 % de la resistencia a la tensión mínima requerida, como se indica en la tabla 2. Cuando se alcance un alargamiento de 1.0 %, puede retirarse el extensómetro y continuar cargando hasta la falla. El valor del alargamiento se determina por el incremento de la longitud entre los cabezales, el cual debe sumarse al valor de 1 % determinado con el extensómetro. 5.3.3.1.1 En caso de emplear el método alternativo, el valor del alargamiento se determina por el incremento de la longitud entre los cabezales. En caso de discrepancia de resultados entre laboratorios, el método de referencia que debe usarse es el método de alargamiento del inciso 5.3.3.1 de esta norma. 5.3.3.2 Las muestras de torón que rompan dentro o al inicio de las mordazas y que, sin embargo, cumplan con los valores mínimos especificados deben considerarse que satisfacen los requisitos de alargamiento. 5.3.3.3 Si se cumple con el requisito de alargamiento mínimo antes de la ruptura, no es necesario determinar el valor final del alargamiento. 5.3.3.4 Si cualquier muestra de torón se rompe al inicio de las mordazas o del dispositivo de sujeción del torón a las mordazas, y resultan valores menores a los especificados para: la resistencia la tensión, resistencia de fluencia o alargamiento deben invalidarse los resultados y repetirse la prueba. 5.4
Suministro de la gráfica esfuerzo-deformación
Previo acuerdo entre fabricante y comprador o cuando se requiera en la orden de compra el fabricante debe suministrar la gráfica de esfuerzo-deformación unitaria para cada tamaño y grado de torón suministrado. 5.5
Masa y área transversal
La masa y el área transversal deben cumplir con lo especificado en la tabla 1. 5.6
Dimensiones y tolerancias
5.6.1 El tamaño del torón terminado debe expresarse como el diámetro nominal, en mm. 5.6.2 El diámetro del alambre central de cualquier torón debe ser mayor que el diámetro de cualquier alambre exterior, conforme a lo indicado en la tabla 3.
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TABLA 3.- Relación de diámetro entre el alambre central y los alambres externos Diámetro de los torones en: mm (in)
6.4 (0.250) 7.9 (0.313) 9.5 (0.375) 11.1 (0.438) 12.7 (0.500) 15.2 (0.600) 9.53 (0.375) 11.11 (0.438) 12.70 (0.500) 13.20 (0.520) 14.29 (0.563) 15.24 (0.600) 17.78 (0.700)
Diferencia mínima entre el diámetro del alambre central y el diámetro de cualquier alambre externo en: mm (in) Grado 1725 (250) 0.025 (0.001) 0.038 (0.0015) 0.051 (0.002) 0.064 (0.0025) 0.076 (0.003) 0.102 (0.004) Grado 1860 (250) 0.0508 (0.002) 0.0635 (0.0025) 0.0762 (0.003) 0.0762 (0.003) 0.0889 (0.0035) 0.1016 (0.004) 0.1143 (0.0045)
5.6.3 Tolerancias 5.6.3.1 La tolerancia en el diámetro nominal para torones del grado 176 es de ± 0.40 mm y para el grado 190 es de + 0.66mm, - 0.15mm, medida en la corona de los alambres. 5.6.3.2 Las variaciones en el área de la sección transversal y las variaciones en los esfuerzos, como consecuencia de lo anterior, no deben ser causa de rechazo, siempre que las diferencias en el diámetro de los alambres individuales y diámetro del torón estén dentro de las tolerancias especificadas. 5.6.4 Pueden emplearse torones con relevados de esfuerzos y de bajo relajamiento, de dimensiones especiales con diámetros nominales de hasta 19.0 mm, siempre y cuando la resistencia a la tensión se defina, y que la resistencia de fluencia, como se establece en 5.3.2,no sea menor de 85 % y 90 % de la resistencia a la tensión mínima especificada para torones con relevados de esfuerzos y de bajo relajamiento, respectivamente. Deben aplicarse todos los otros requisitos. 5.7
Paso del torón
Se coloca una hoja blanca sobre el torón de tal forma que abarque cuando menos seis alambres en su longitud, marcar con un lápiz o papel carbón la hoja de tal forma que se puedan apreciar los alambres que conforman el torón, elegir 6 rayas consecutivas y marcar la primera y la sexta con una línea. Medir la distancia entre líneas para obtener la longitud de paso, ver figura 2. Distancia entre líneas
NMX-B-292-CANACERO-2011 7/11 5.8
Acabado
5.8.1 Juntas 5.8.1.1 A menos que específicamente lo permita el comprador no se permiten juntas en los torones y traslapes en cualquier longitud del torón total. 5.8.1.2 Durante el proceso de fabricación de los alambres individuales para trenzar no debe haber soldaduras en éstos después de que haya sido estirado a través del primer paso de trefilado del alambre excepto como se indica en 5.8.1.3. 5.8.1.3 Durante la fabricación del torón pueden hacerse soldaduras en los alambres individuales, previendo que no haya más de una de dichas soldaduras en un tramo de 45 m del torón terminado. 5.8.1.4 Cuando específicamente se ordenen "grados sin soldadura", debe proporcionarse un producto libre de soldadura. Cuando se especifique este grado no se permiten las soldaduras indicadas en 5.8.1.3. 5.8.2 Los torones deben tener un diámetro consistente en toda su longitud y no presentar defectos que afecten las propiedades mecánicas del torón terminado. 5.8.3 Cuando el torón se corte sin sujetar los alambres, los alambres no deben quedar fuera de posición. Cuando un alambre o alambres queden fuera de posición y puedan reubicarse a mano, el torón debe considerarse como satisfactorio. 5.8.4 El torón no debe ser aceitado o engrasado durante el proceso de fabricación. El óxido ligero, siempre que no sea suficiente para causar picaduras visibles a simple vista, no debe ser causa de rechazo. 5.9
Requisitos suplementarios
5.9.1 Torones de baja relajación 5.9.1.1 Alcance Este suplemento abarca sólo algunos detalles que son peculiares a algunos torones de baja relajación y a los métodos de prueba de relajación, relativos a los torones de siete alambres que tengan propiedades como las descritas en esta norma. 5.9.2 Métodos de prueba Los torones de bajo relajamiento deben probarse conforme a lo establecido en la norma indicada en el inciso A.1 del apéndice A. 5.9.3 Propiedades de relajamiento 5.9.3.1 Los torones de bajo relajamiento deben cumplir con los requisitos físicos de esta norma; además, con el requisito adicional de que la perdida de relajamiento después de 1 000 horas bajo las condiciones indicadas en 5.9.5 no deben sobrepasar a 2.5 % cuando la carga inicial sea de 70 % de resistencia a la tensión mínima especificada, o no más de 3.5 % cuando se cargue al 80 % de la resistencia a la tensión mínima especificada del torón.
NMX-B-292-CANACERO-2011 8/11 5.9.4 Resistencia de fluencia 5.9.4.1 La resistencia de fluencia del torón de bajo relajamiento como se describe en 5.3.2, no debe ser menor de 90 % de la resistencia a la tensión mínima especificada del torón. 5.9.5 Condiciones para la prueba de relajamiento 5.9.5.1 Si se requiere, la evidencia de relajamiento debe tomarse de los registros de prueba del fabricante de torones, con dimensiones similares y del mismo grado. 5.9.5.2 La temperatura de la muestra del torón debe mantenerse a 20°C ± 2°C. 5.9.5.3 La muestra del torón no debe sujetarse a carga antes de la prueba de relajamiento. 5.9.5.4 La carga inicial debe aplicarse uniformemente en un periodo no menor de 3 min ni mayor de 5 min y la longitud calibrada debe mantenerse constante. Las lecturas de las cargas de relajamiento deben comenzar un minuto después de la aplicación total de la carga inicial. 5.9.5.5 No está permitida una sobrecarga a la muestra del torón durante la prueba de relajación. 5.9.5.6 La longitud calibrada de prueba debe ser, como mínimo, de 60 veces el diámetro nominal. Si esta longitud calibrada excede la capacidad del extensómetro o de la máquina de prueba, debe usarse una longitud calibrada de 40 veces el diámetro nominal.
6
MUESTREO
Para determinar las propiedades de los incisos 5.3, 5.4, 5.5, 5.6, 5.7 y 5.8 debe tomarse una muestra de cada 20 t del torón terminado. Las muestras deben cortarse de la parte exterior de los carretes o en cualquiera de los extremos de los rollos del torón. Debe descartarse cualquier muestra en la que se encuentre una soldadura de alambre y obtener una nueva. Para determinar las propiedades del inciso 5.9 es común que el fabricante realice pruebas anuales.
7
MÉTODOS DE PRUEBA
7.1
Propiedades mecánicas
Las propiedades mecánicas deben determinarse conforme a lo indicado en el capítulo correspondiente de la NMX-B-172, véase 2, Referencias. 7.2
Masa y área transversal
La masa y el área transversal deben determinarse conforme a lo especificado en la NMX-B-434, véase 2, Referencias.
8
MARCADO Y EMBALAJE
8.1
Marcado
NMX-B-292-CANACERO-2011 9/11 Los torones de bajo relajamiento que cumplan con los requisitos suplementarios deben marcarse en forma especial. 8.2
Embalaje
A menos que se especifique otra cosa, los torones deben entregarse en carretes o en rollos compactos, que tengan un diámetro de núcleo mínimo, de 610 mm. Las longitudes contenidas en los carretes o en los rollos deben cumplir con lo establecido en los términos del pedido. Los torones deben protegerse contra daños mecánicos durante el embarque y tránsito.
9
CRITERIOS DE ACEPTACIÓN Y RECHAZO
9.1 Si cualquier muestra de un lote no cumple con los requisitos de esta norma, debe inspeccionarse nuevamente el lote probando una muestra de cada carrete o rollo, rechazando el carrete o rollo que no cumpla con los requisitos especificados. 9.2 En caso que exista duda respecto a los resultados en las pruebas iniciales o que el torón no cumpla con alguno de los requisitos de esta norma deben hacerse dos pruebas adicionales con muestras tomadas del mismo carrete o rollo; si ocurre una falla en cualquiera de estas dos nuevas pruebas debe rechazarse el carrete o rollo. 9.3 Los diferentes colores que puedan resultar de las operaciones del tratamiento térmico de relevado de esfuerzos deben considerarse normales en la apariencia de los torones terminados.
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INSPECCIÓN
El comprador debe especificar en la orden si desea efectuar o no la inspección; cuando la efectúe, el fabricante debe darle al inspector representante del comprador todas las facilidades razonables, sin cargo, para que realice la inspección del material que se va a proporcionar conforme a esta norma. A menos que se especifique otra cosa, todas las pruebas y la inspección, deben efectuarse en la planta del fabricante antes del embarque, y realizarse de manera que no interfieran innecesariamente en las operaciones de la planta.
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DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD
El fabricante debe proporcionar al comprador un documento (Declaración de conformidad del proveedor), donde se indique que el material fue fabricado y probado conforme a esta norma mexicana, junto con un informe de los resultados de prueba.
12
DATOS PARA EL PEDIDO
En la orden de compra deben incluirse como mínimo los siguientes datos: a) Nombre del material. b) Código de esta norma. c) Cantidad (m o kg). d) Diámetro del torón. e) Grado del torón.
NMX-B-292-CANACERO-2011 10/11 Un ejemplo es el siguiente: 25 000 m de torón, de 12.7 mm de diámetro, grado 190 de baja relajación y en carretes de 3 600 m, NMX-B-292-CANACERO.
13
BIBLIOGRAFÍA
NOM-008-SCFI-2002
Sistema general de unidades de medida.
ASTM A 416/A416M-10 "Standard Specification for Steel Strand, Uncoated Seven-Wire for Prestressed Concrete”. NMX-EC-17050-1-IMNC-2007
14
Evaluación de la conformidad – Declaración de conformidad del proveedor – Parte 1: Requisitos generales.
CONCORDANCIA CON NORMAS INTERNACIONALES
Esta norma no coincide con ninguna Norma Internacional por no existir Norma Internacional sobre el tema tratado.
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ARTÍCULO TRANSITORIO
Esta norma mexicana entrará en vigor 60 días posteriores a la fecha de la publicación de la declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación.
NMX-B-292-CANACERO-2011 11/11
APÉNDICE A (Informativo) Relación de normas extranjeras En tanto no se elabore la Norma Mexicana correspondiente debe consultarse la siguiente norma extranjera: A.1 ASTM-E-328 – 02(2008)
"Standard Test Methods for Stress Relaxation Tests for Materials and Structures”.
NMX-B-292-CANACERO-2011 12/11