CODELCOCHILE
SISTEMAS/EQUIPOS INDUSTRIALES DE PROTECCION PERSONAL PARA TRABAJOS EN ALTURA CON RIESGOS DE CAIDA
CHUQUICAMATA
NEO 7
Norma /Estándar Operacional Para Trabajos en Altura con Riesgos de Caída
Sistemas/Equipos Industriales de Protección Personal
NEO 7 Editada y Publicada Publicada por Dirección de Administración y Protección de los Recursos Subgerencia Gestión Integral de Seguridad, Calidad y Ambiente CODELCO-Chile, División Chuquicamata ○
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NEO 7 Norma Estándar Operacional
Sistemas/Equipos Sistemas/E quipos Industriales de Protección Personal - Para Trabajos Trabajos en Altura con Riesgos de Caída Todos los Derechos Reservados Edición 1999 Esta Norma no puede ser reproducida mediante ningún sistema de impresión, sin la autorización por escrito de sus editores. Dirección de Administración y Protección de los Recursos Subgerencia Gestión Integral de Seguridad, Calidad y Ambiente Este documento deberá ser revisado para su actualización cada dos años.
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Sistemas/Equipos Sistemas/E quipos Industriales de Protección Personal - Para Trabajos Trabajos en Altura con Riesgos de Caída Todos los Derechos Reservados Edición 1999 Esta Norma no puede ser reproducida mediante ningún sistema de impresión, sin la autorización por escrito de sus editores. Dirección de Administración y Protección de los Recursos Subgerencia Gestión Integral de Seguridad, Calidad y Ambiente Este documento deberá ser revisado para su actualización cada dos años.
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NEO 7 Norma Estándar Operacional
Para Trabajos en Altura con Riesgos de Caída
Sistemas/Equipos Sistemas/Equipos Industriales Industriales de de Protección Protección Personal Personal
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Introducción La División Chuquicamata consecuente con su Política de Administración y Protección de los Recursos, con el propósito de evitar sucesos que dañen a las personas que deben efectuar trabajos en altura —en faenas de distinto nivel— todos los componentes de los sistemas de protección contra riesgos de caídas deberán cumplir y satisfacer los requerimientos definidos y establecidos en esta normativa. Las Normas/Estándares constituyen una base de control con respecto a los estándares mínimos que deben cumplir los Sistemas/Equipos Industriales de Protección Personal para Trabajos en Altura con Riesgos de Caída.
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1. Propósito La Norma/Estándar Operacional NEO 7 tiene como propósito definir y clasificar los Sistemas/Equipos Industriales de Protección Personal para Trabajos en Altura Con Riesgos de Caída, establecer los requisitos y especificaciones que deben satisfacer y cumplir los diferentes componentes de los sistemas o equipos que se utilicen para la protección y seguridad de las personas, contra riesgos de caídas en trabajos en altura.
2. Campo de Aplicación Las prescripciones de esta Norma/Estándar se aplicarán a todos los trabajadores de la División Chuquicamata de CODELCO-Chile, y a los trabajadores de Empresas Contratistas que presten servicios en las instalaciones y propiedad de la División Chuquicamata. Esta Norma/Estándar describe las definiciones empleadas respecto a los Sistemas/ Equipos Industriales de Protección Personal para Trabajos en Altura con Riesgos de Caídas. Esta Norma/Estándar define y establece una clasificación de los componentes que integran los sistemas/equipos de protección personal de acuerdo con NCh 1258/O.CR 96 (proyecto de norma). Esta Norma/Estándar establece además, los estándares; requisitos y especificaciones que deben satisfacer los diferentes componentes de los Sistemas/Equipos Industriales de Protección Personal para Trabajos en Altura con Riesgos de Caídas. La Norma/Estándar NEO 7 tiene aplicación en los Sistemas/Equipos Industriales de Protección Personal para Trabajos en Altura con Riesgos de Caídas, Tipo I y Tipo II según la Norma Chilena Oficial NCh 1258/O.CR 96 (proyecto de norma). Esta Norma concuerda con la NCh 1258/1CR 96 (proyecto de norma) y amplía el contenido de estas normas.
3. Referencia •
NORMA CHILENA OFICIAL NCh 1258/0 CR 96 (Proyecto de Norma).
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NORMA CHILENA OFICIAL NCh 1258/1 CR 96 (Proyecto de Norma).
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HOJA DE DATOS 13-00-01 MSA Cinturones, Arneses y Línea de Sujeción Industriales.
•
HOJA DE DATOS (DATA SHEET) 13-00-02 MSA Steel Industry, Belts, Harnesses and Securing Lines.
•
DATA SHEET 1340-03 MSA, Equipos de Protección Personal MSA.
4. Aplicación Los estándares definidos y establecidos para los sistemas/equipos y sus componentes deberán cumplirse cada vez que se programe un trabajo en altura y/o que involucre trabajo con riesgos de caída.
5. Salud Compatible con el Trabajo en Altura Los trabajadores de la División Chuquicamata que deban efectuar trabajos en altura a distintos niveles, deberán reunir las condiciones físicas y de salud necesarias, y no deberán tener antecedentes de enfermedades cardíacas, propensión a los desmayos o vértigos u otros impedimentos físicos que puedan aumentar la probabilidad de una caída accidental. El personal de Empresas Contratistas que deba efectuar trabajos a distintos niveles de altura, deberá previamente ser examinado por los servicios médicos de su mutualidad a la cual se encuentre afiliado, quien certificará que la persona se encuentra apta para desarrollar tales trabajos. Dicho documento deberá ser presentado a la Dirección A.P.R. El personal a contratar para realizar trabajos a distintos niveles, deberá demostrar y/o certificar a través de controles anteriores, su experiencia en esta especialidad, siendo responsabilidad del Contratista, cumplir esta disposición.
6. Obligaciones y Responsabilidades Será obligación estricta el uso de un sistema o equipo de protección personal contra riesgos de caída y en buenas condiciones para toda persona que deba realizar traba jos en altura (faena a distintos niveles), siendo responsabilidad de la línea de mando respecto al control del uso correcto por parte del personal que tenga a su cargo y la
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selección adecuada de dichos sistemas/equipos, de acuerdo con el tipo de trabajo específico y la magnitud de los riesgos de la caída, asociados a las operaciones con la asesoría proporcionada por los asesores de A.P.R. El personal que deba efectuar cualquier trabajo en altura (faenas de distinto nivel) y/o transitar en altura en donde exista el riesgo de caídas (envigado de acero o cercano a una superficie incompleta, aberturas en el piso o espacios abiertos en el suelo, etc.) a más de 1,80 metros del piso, deberá usar un sistema o equipo de arnés completo para el cuerpo aprobado y certificado. Será obligación estricta el uso de arnés de seguridad para el cuerpo completo para todo personal que deba realizar trabajos de altura a 1,80 metros o más. Los sistemas o equipos de protección contra riesgos de caídas en altura, como cinturones, arneses, líneas de sujeción, líneas de vida u otros dispositivos de seguridad, son elementos y componentes esenciales para proteger la integridad de cada trabajador que deba realizar tareas o trabajos en altura, y cuando está expuesto a una caída, por lo tanto, se le deberá proporcionar el equipo y/o sistema adecuado, de acuerdo al tipo de riesgo de caída a que puede exponerse durante su trabajo. En toda faena que se efectúe en altura y que involucre riesgos de caídas, se deberá programar un efectivo control de los riesgos operacionales en altura. Todos los equipos y sistemas de protección personal contra riesgos de caídas en trabajos en alturas deberán estar aprobados y contar con la certificación, de acuerdo a las normas oficiales vigentes y aquéllas establecidas en esta Norma/Estándar. Será obligación del Contratista revisar diariamente el estado de conservación de los arneses de seguridad y retirar de las faenas aquellos sistemas que presenten condiciones subestándares como picaduras, desgaste u otros defectos, y aquéllos que hayan soportado la caída de una persona u otros factores o condiciones que disminuyen su resistencia de diseño.
7. Capacitación e Instrucciones sobre el Uso Correcto de los Sistemas/Equipos de Protección Personal. Todo trabajador antes de utilizar cualquier tipo de sistema o equipo de protección personal contra riesgo de caída en altura, deberá recibir una adecuada y completa capacitación y entrenamiento por parte de una persona especialmente designada para dar dichas instrucciones. (El asesor o experto en Prevención de Riesgos o supervisor).
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Al trabajador se le deberá proporcionar toda la información necesaria contenida en esta Norma/Estándar y aquella específica que se requiera sobre los riesgos de caída en altura, que estén asociados a las operaciones a distinto nivel que deberá efectuar sobre el uso correcto del sistema o equipo de protección personal, para limitar y/o detener una caída en caso de ocurrir un incidente. La capacitación deberá contemplar la siguiente información: a)
Riesgos de trabajo en altura.
b)
Uso correcto del sistema o de los sistemas/equipos de protección personal (instrucciones de uso)
c)
Prescripciones de uso.
d)
Componentes del sistema/equipos e instrucciones sobre su uso correcto.
e)
Limitaciones de uso del equipo.
f)
Instalaciones requeridas.
g)
Sistemas de anclajes correcto.
h)
Técnicas de correctas de conexión de los distintos componentes de los sistemas/equipos.
i)
Métodos de usos de sistemas/equipos.
j)
Inspección periódica del sistema/equipo que debe efectuar el usuario.
k)
Mantención y almacenamiento del equipo/sistema.
8. Reentrenamiento El reentrenamiento sobre esta Norma/Estándar se deberá repetir a intervalos regulares, o cada vez que el trabajador se le entregue un tipo de sistema o equipo de protección diferente al que utiliza.
9. Advertencia La Norma/Estándar Operacional NEO 7 no contiene información sobre los Métodos
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de Ensayo de carácter destructivo que se deben aplicar a los componentes de los sistemas/equipos de protección personal contra riesgos de caídas para determinar el comportamiento de los componentes a los efectos del impacto y la fuerza de detención. La Norma Chilena Oficial NCh 1258/2 CR 96 describe el procedimiento de ensayo a efectuar como: Ensayos de impacto sobre los componentes de los equipos Tipo I y Tipo II y que establece esta ley y determinación de la fuerza de distensión sobre los componentes de los equipos Tipo I.
10.
Inspección de los Sistemas o Equipos de Protección Personal Contra Riesgos de Caídas en Altura Todos los sistemas o equipos de protección contra riesgos de caídas en altura y sus componentes deberán ser sometidos a inspecciones visuales antes de cada uso, para detectar signos de daño deterioro o defectos. Los componentes de sistemas/equipos de protección personal contra riesgos de caídas en altura deberán además, ser sometidos a una completa revisión cada tres meses y/o según las indicaciones del fabricante de acuerdo con el tipo de sistema o equipo. Si el equipo o sistema de protección personal contra riesgos de caídas (cinturones de seguridad, arneses, líneas de sujeción o estrobos, línea de vida, dispositivos amortiguadores de impactos, sujetadores de caída o dispositivos de agarre de seguridad, deslizadores o carretillas de cable de acero, línea de vida retráctiles y las piezas metálicas o accesorios de conexión están sometidos a un uso severo y riguroso continuo o expuesto a ambientes de atmósferas adversas, la frecuencia de las inspecciones y revisión del equipo se deberá efectuar mensualmente, o semanalmente, o cuando se requiera, conforme además a las recomendaciones respecto a inspección prescritas por el fabricante. La inspección completa de los sistemas o equipos de protección personal contra riesgos de caídas de trabajos en altura, deberá ser realizada por personas responsables y competentes, con conocimientos y experiencia necesarias par revisar correctamente el equipo/sistema. La fecha de dicha inspección se deberá indicar mediante una etiqueta autoadhesiva en el cinturón o arnés.
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11.
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Registro de la Inspección (Lista de Chequeo) El resultado de la inspección y/o cualquier deficiencia que no cumpla con las especificaciones y requisitos definidos y establecidos en esta Norma/Estándar, deberá quedar debidamente anotado dejando constancia escrita de la fecha de cada inspección de los equipos y las observaciones que se efectúen, con la firma y nombre de la persona que efectuó la inspección en el registro de la inspección de equipos y sistemas de protección personal contra riesgos de caídas en altura. Los sistemas o equipos que presenten cualquier alteración, anomalía o condición subestándar, deberán ser retirados y eliminados del servicio de inmediato. Todos aquellos sistemas o equipos de protección personal contra riesgos de caídas en trabajos en altura que hayan sido sometidos a impactos accidentales, debido a una caída libre o a una prueba de ensayo deberán ser retirados (cinturones, arneses, líneas de sujeción, etc.) y eliminados del servicio, ya que los accesorios pueden haber quedado afectados por un exceso de tensión y debilitados. Cada componente del sistema o equipo de protección deberá ser inspeccionado por el usuario antes de cada uso para detectar componentes dañados, averiados, daños en las conexiones o acoples, desgaste, roturas, señales de deterioro y las condiciones subestándares que involucren riesgo para el usuario al usar el sistema o equipo.
11.1
Reporte de Condiciones Subestándares En caso de evidencia de cualquier deterioro, defecto o condición subestándar, deberá ser reportada e informada debidamente por el usuario a su jefatura directa o al asesor de la Dirección de Administración y Protección de los Recursos. Durante la inspección, se deberá efectuar una revisión completa del equipo/sistema y se deberá colocar especial atención a detectar la presencia de las siguientes señales de daño o deterioro. (Ver modelo de lista de chequeo/registro de inspección en Anexo). a)
Cortes o roturas del tejido o correa como fibras externas cortadas o desgastadas.
b)
Grietas.
c)
Quemaduras.
d)
Desgastes o desgarros.
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e)
Estiramiento o elongación excesivos. Deterioro general.
f)
Defectos de funcionamiento.
g)
Corrosión por exposición a ácidos o productos químicos.
h)
Ganchos o mosquetones defectuosos o deformados, o resortes con fallas, ajuste inadecuado o incorrecto de los cierres de resorte.
i)
Accesorios metálicos como hebillas, argollas en “D’’, remaches, etc, con grietas.
j)
Trizaduras, deformaciones o piezas con desgaste excesivo.
Los componentes de sistemas o equipos de protección que presenten cualquier señal de los tipos de daños descritos, deberán ser retirados de inmediato del servicio y eliminados con la autorización de una persona responsable y competente. Las líneas de sujeción, estrobos o tirantes de seguridad deberán ser inspeccionados, revisados semanalmente por personal competente. Todas las inspecciones deberán quedar registradas en las respectivas hojas de registro o lista de chequeo. Los sistemas o equipos de protección personal, contra riesgos en trabajos de altura deberán tener una etiqueta autoadhesiva que identifique al dueño del equipo. (Para Empresas Contratistas).
12.
Almacenamiento de los Sistemas o Equipos de Protección Personal para Trabajos en Altura con Riesgos de Caídas. Los sistemas o equipos deben ser almacenados en un lugar seco y fresco, donde no reciban luz solar directamente.
13. Definición de los Sistemas/Equipos y sus Componentes de Protección para Trabajos en Altura con Riesgos de Caída y Terminología en General 13.1
El cinturón de Seguridad Industrial (tipo cintura) El cinturón de seguridad industrial (tipo cintura) es parte de un sistema de
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protección contra riesgos de caídas cuyo propósito es limitar y contrarrestar la caída en trabajos en una altura determinada, asegurando al usuario a un sector o punto de trabajo. El cinturón de seguridad reduce al mínimo la posibilidad de una caída, asegurando y restringiendo al usuario en un área de trabajo apoyada a un anclaje fijo, mediante una línea de sujeción (estrobo) apropiado. El cinturón de seguridad industrial se utiliza especialmente en lugares en altura donde el trabajador tiene un movimiento y una disposición limitada, restringiendo al trabajador en un área. El cinturón está compuesto por una correa de cinta, generalmente, tejida de nylon o poliester que se fija y asegura alrededor de la cintura mediante una hebilla. La correa del cinturón se puede fijar o enganchar a una línea de sujeción (estrobo), a una línea de vida, a un dispositivo amortiguador de impactos o a una estructura o punto de anclaje. El cinturón tiene como componente complementario una línea de sujeción.
13.1.1
Aplicaciones Industriales El cinturón de seguridad industrial (tipo cintura) deberá ser utilizado para aplicaciones o trabajos de desplazamiento limitado o restringido donde la caída libre no exceda aun 1,80 m. El cinturón de seguridad industrial es parte de un sistema para limitar la caída de una persona, no es un sistema o equipo para detener la caída libre, por lo tanto no es recomendado para aplicaciones industriales donde la caída libre excede a un 1,80 m, debiendo, en este caso, usarse un arnés para sujeción completa del cuerpo o arnés completo para el cuerpo.
El cinturón de seguridad no debe ser considerado, en ningún caso, como parte de un sistema de detención de caída libre y sólo se considerará para trabajos de posicionamiento o de desplazamiento restrictivo. El cinturón de seguridad industrial puede estar dotado de un anillo o argolla en “D’’ u “O’’ para contrarrestar una caída y de doble anillo para posiciones de trabajo.
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13.2
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Cinturón de Posicionamiento (Liniero) Esta compuesto por una correa de cinta, unida a un cojín posterior de nylon, que permite asegurar al usuario en altura sosteniéndolo en posición de traba jo (por ejemplo: el cinturón liniero o para personal electricista). Los cinturones de posicionamiento o para posiciones de trabajo tienen dos anillos en “D’’ laterales. Pueden llevar lazos de herramientas y broches de presión.
13.2.1
Aplicación Industrial Para sostener al usuario en una posición de trabajo. Los cinturones de posicionamiento no pueden ser usados como parte de un sistema de detención de caída libre. El trabajador (usuario) de un sistema equipo de protección personal contra riesgos de caída, deberá abrochar, ajustar y asegurar firmemente el cinturón a su cintura para evitar que pueda deslizarse fuera de éste en caso de sufrir una caída.
13.3
Arneses Industriales Arneses de Cuerpo Completo
El arnés industrial de cuerpo completo o arnés de sujeción completa del cuerpo, es parte de un sistema o equipo de protección para detener la caída libre o severa de una persona, siendo su uso obligatorio para todo el personal que trabaje en altura a 1,80 metros o más.
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Se utiliza especialmente en aquellos casos en que la persona deba trasladarse o moverse de un lado a otro en alturas a 1,80 metros o superiores. Se deberá utilizar también arnés de seguridad en alturas menores de 1,80 metros, en todos aquellos lugares que tengan un alto riesgo de caída o cuando las condiciones sean peligrosas. El arnés de cuerpo completo está compuesto de correas, cintas tejidas de nylon, poliester o de otro tipo que se aseguran alrededor de cuerpo de una persona, de tal manera que en caso de sufrir una caída libre, las fuerzas de la carga de impacto que se generan al frenar una caída, se distribuyan a través de las piernas, caderas, el pecho y los hombros dirigiendo las presiones hacia arriba y hacia afuera. Esta condición contribuye a reducir la posibilidad de que el usuario sufra lesiones al ser detenida su caída. El arnés contiene, además, los elementos de acople necesarios para permitir la conexión con el sistema de detención de caídas (argollas tipo “D’’) a una línea de sujeción o estrobo, a una línea de vida o a un dispositivo amortiguador de impactos, o dispositivo de desaceleración o absorción de impacto. El arnés para el cuerpo, a diferencia del cinturón —en caso de una caída— distribuye las fuerzas del impacto sobre una superficie mayor del cuerpo que el cinturón de seguridad (tipo cintura), y tiene la ventaja de mantener en posición vertical a una persona en caso de caída.
13.3.1
Aplicaciones Industriales El arnés industrial de cuerpo completo debe ser utilizado por personas que deban efectuar trabajos en altura o transitar sobre estructu-
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ras permanentes incompletas, por los bordes de un envigado de acero o más de 1.80 metros del piso, o cercano a una superficie incompleta, cuando hayan aberturas en el piso o espacios abiertos en el suelo, en andamios suspendidos, en andamios con superficies o barandas incompletas. El arnés de cuerpo completo debe ser utilizado para aplicaciones industriales en donde la caída libre excede de 1,80 metros. a)
Estructuras permanentes incompletas
b)
En techos inclinados cualquiera sea el ángulo de inclinación.
c)
A 3 metros de la orilla de un techo desde un piso provisorio elevado.
d)
Al remover tablones de un techo desde un piso provisorio elevado.
e)
Mientras se efectúan trabajos en una plataforma de elevación con accionamiento eléctrico o mecánico.
f)
En bordes de un envigado de acero a más de 1.80 metros el piso o nivel de trabajo. Cercano a una superficie de trabajo incompleta.
e)
Al efectuar tareas sobre un andamio. Durante todo el tiempo que la persona permanezca en el andamio deberá estar amarrado a la estructura resistente más cercana.
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g)
13.4
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Al efectuar trabajos suspendidos en canastillos colgantes aprobados, deberá engancharse al gancho de la grúa.
Arneses de Pecho con Correas para las Piernas Los arneses de pecho con correas para las piernas sirven para propósitos generales. En caso de caída distribuyen las fuerzas de cargas a través del pecho y las caderas del usuario. Las correas de las piernas son ajustables.
13.5
Arneses de Pecho y Cintura Se componen de una correa asegurada sólo alrededor del pecho, con cintas para los hombros y correas autoajustables para los hombros. El arnés de pecho con correas distribuyen las fuerzas de carga a través del pecho y las caderas del usuario en caso de caída. Se usan en lugares donde es indispensable la máxima libertad de movimiento del usuario y donde sólo hay riesgo limitado de caídas, por lo tanto, no se deberá usar en lugares donde exista riesgo de caída vertical. El arnés de pecho y de cintura proporciona una segura retención de la distribución de las fuerzas de carga en caso de caída. Las correas de los hombros son ajustables.
13.6
Arneses de Suspensión (tipo asiento) El arnés de suspensión o arnés tipo asiento es un equipo de uso limitado a sitios inaccesibles en los que el trabajador deba ejecutar tareas, donde la persona no dispone de una superficie fija o firme para pararse, o donde no existan puntos de anclaje ni otros apoyos a los cuales se pueda sujetar, por lo tanto, el usuario debe permanecer totalmente sostenido mediante un arnés de suspensión.
13.6.1
Aplicaciones Se utiliza en trabajos de mantención de chimeneas.
13.6.2
Precauciones Los arneses de suspensión no son equipos para frenar caídas.
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Arneses de Descenso/Suspensión (tipo paracaídas) Existen 2 Clases de Arneses 13.7.1
Boca de Inspección El arnés de tipo “boca de inspección’’ tiene un anillo en D elevado y hebilla de fricción ajustable. Se usa en tanques, bocas de inspección, reparación de socavones de minas y otros sitios de entradas y salidas confinadas para descenso controlado, en los que sea necesario colgar o subir personal a través de aberturas pequeñas. El arnés de bajar tiene un anillo trasero en D para colgar al trabajador y anillos laterales en D para los cabos guías y de fijar. Se usa frecuentemente para rescatar trabajadores que han perdido el conocimiento. Este tipo de arnés distribuye el peso del usuario a través del pecho y de las caderas.
13.7.2
Sistemas para Trabajos de Posicionamiento Consiste en soportes para el cuerpo: cinturones o arneses con acoples laterales que permitan conectar una línea de sujeción de posicionamiento, o una línea horizontal sosteniendo al usuario. Este sistema permite al usuario trabajar en superficies elevadas
manteniendo las manos libres. Al utilizar un cinturón, el usuario queda sujeto a argollas o anillos en D ubicados a ambos costados del cinturón.
13.8
Línea de Sujeción o Estrobo También denominada como “estrobo’’, tirante y “cuerda o cola de seguridad’’, la línea de sujeción es un componente de un sistema o equipo de protección para limitar y/o detener una caída, restringiendo el movimiento del trabajador o limitando la caída del usuario. Está constituida por una correa de nylon, tejido de cuerda de nylon trenzado, o por una línea o estrobo de cable de acero galvanizado. Tiene como función
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Sistemas Industriales de Protección Personal para Trabajos en Altura con Riesgo de Caída CINTURONES DE SEGURIDAD / ARNESES De acuerdo a los requerimientos industriales específicos: Sistema de Protección
Arneses
Clase de Arneses
Función
Limitaciones
Arnés Completo para el Limitar y detener la caída libre Cuerpo. (severa) accidental desde altura. Permite el traslado o movimiento de un lado a otro en altura.
.
Arnés de Pecho con Co- Para limitar y detener la caída rreas para las Piernas. libre.
.
Arnés para el Pecho y Para limitar la caída, pero no se No usar donde exista riesgo Cintura. debe usar donde exista algún de caída vertical (severa). riesgo de caída libre vertical. Arnés de Suspensión Para sostener a una persona en No es un sistema para frenar Tipo Asiento. posición sentada en un punto de o detener caídas. trabajo. Arnés de Descenso/Sus- Sólo para suspensión o soporte No es un sistema para frenar pensión. del usuario. o detener caídas.
Cinturón de Seguridad Asegurar al usuario en una área Clase de Cinturón de para el Cuerpo (Tipo Cin- de trabajo apoyada a un punto Seguridad tura). de anclaje fijo, mediante una línea de sujeción (estrobo) para trabajos de desplazamiento restringido y/o posicionamiento.
No se debe considerar, en ningún caso, como parte o componente de un sistema de detención de caída libre.
Cinturón de Seguridad Sostener al usuario en posición de Posicionamiento. (Li- de trabajo, en superficies vertiniero, eléctrico). cales elevadas. Cinturón para Escalas.
Los sistemas para trabajos de posicionamiento no podrán ser empleados como parte de un sistema de caída libre.
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unir el cuerpo de una persona, conectando el cinturón de seguridad (tipo cintura) un arnés, un sujetador de caída o línea de vida, amortiguador de impactos, conector de anclaje, o a un anclaje. Las líneas de sujeción o estrobo son de longitud corta entre 1,20 metros y 1,80 metros (6’) fabricadas de correas de nylon, poliester de cuerdas de nylon trenzadas, o de cables de acero.
En ambos extremos las líneas de sujeción están unidas —generalmente— a uno o más ganchos o mosquetones que se utilizan para conectar el cinturón o arnés.
13.9
Línea de Sujeción con Dispositivo Amortiguador de Impactos Las líneas de sujeción o estrobos con un dispositivo amortiguador de impactos (atenuador de caída), son líneas de sujeción —correas de nylon o cuerda trenzada— que cuentan con un dispositivo amortiguador de impactos que
permite disipar la energía del impacto, reduciendo la fuerza de detención en un 50% aproximadamente, actuando en el usuario y en el anclaje. Existen varios tipos de dispositivos amortiguadores de impactos.
13.10 Líneas de Sujeción de Posicionamiento Las líneas de sujeción o estrobos para posicionamiento no deberán ser usa-
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das como equipo de protección contra caídas. Adicionalmente se deberá usar una línea de sujeción con atenuador o amortiguador de caída conectada a la espalda. Las líneas de sujeción de posicionamiento deberán ser enganchadas a las argollas o anillo tipo “D’’ del cinturón ubicadas a ambos lados de las caderas.
13.11 Amortiguador de Impactos Es un dispositivo diseñado para disipar la energía del impacto en caso de caídas reduciendo la fuerza máxima de suspensión y ampliando la distancia de desaceleración.
13.12 Dispositivo de Desaceleración Es cualquier mecanismo utilizado para disipar la energía del impacto durante una caída. Ejemplo: El dispositivo amortiguador de impactos.
13.13 Líneas de Vida Las líneas de vida o cabos de vida, son componentes de un sistema/equipo de protección contra caídas, consistentes de una cuerda de nylon o cable de acero galvanizado instalada en forma horizontal o vertical, estirada y sujetada entre dos puntos de anclaje para otorgar movilidad al personal que trabaja en áreas elevadas. La línea de vida permite la fijación o enganche en forma directa o indirecta al cinturón de seguridad, a la línea de sujeción o estrobo, al arnés completo para el cuerpo, o a un dispositivo de absorción de impacto o amortiguador.
13.14 Línea de Vida Horizontal La línea de vida horizontal se conecta entre dos puntos de anclaje por ambos extremos.
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13.15 Línea de Vida Vertical Pueden estar compuestas de una cuerda de poliester trenzado o cable de acero galvanizado, dispuestas verticalmente para detener la caída de una persona al subir torres de acero para líneas de transmisión, postes, plantas térmicas de energía, antenas transmisoras, escalas de gato, lugares de construcción de edificios, minas y otras estructuras de altura. La línea vertical puede estar sujeta sólo en el extremo superior al acople de anclaje y caer libremente en sentido vertical hasta el piso, permitiendo el deslizamiento del conector del sistema de protección de caída, en este caso un dispositivo de agarre de seguridad o sujetador de caídas que se desliza sobre la línea de vida. La línea vertical también puede estar sujeta y tensada en el extremo superior e inferior en caso que la línea vertical sea de cable de acero.
13.16 Sujetador de Caídas para Líneas de Vida Vertical El sujetador de caídas es un dispositivo de agarre de seguridad empleado para detener la caída de una persona que debe ascender a postes, torres de acero, líneas de transmisión, escalas fijas (verticales) y otras estructuras de altura. El dispositivo de agarre de seguridad se mueve libremente hacia arriba o abajo sobre una línea de vida aprobada de poliester o nylon trenzado de 5/8’’ (16mm) de diámetro, quedando asegurada a la línea de vida cuando se produce una caída utilizando un nivel mecánico. El dispositivo puede ser removido de la línea de vida o sujeta a lo largo de ésta o en cualquier punto seleccionado de la misma.
13.17 Línea de Vida Vertical con Abrazadera o Carretilla Deslizable para Escalas Fijas Verticales La línea de vida vertical también puede tener otra aplicación cuando se utiliza en escalas fijas verticales o estructuras, mediante un cable galvanizado 5/16’’ de O (8mm) 7x19. Este sistema/equipo de protección contra caídas consiste en conectar el arnés completo para el cuerpo a un dispositivo denominado carretilla o abrazadera deslizable; que es un dispositivo dotado de rodillos de nylon que se colapsan con una carga de choque, permitiendo el contacto directo entre el cable y la carretilla, deteniendo la caída.
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Mientras el usuario sube y/o desciende por una escala vertical, la carretilla sube y baja a lo largo del cable de acero. Al producirse una caída, la carretilla detiene de inmediato la caída. La carretilla también se puede utilizar con un sistema de riel rígido en lugar del cable de acero inoxidable.
13.18 Línea de Vida Retráctiles Consiste en una línea de vida de cable de acero 3/16’’ de diámetro (5mm) de acero galvanizado inoxidable o de fibra sintética que opera en forma similar a un sistema de seguridad que utilizan los automóviles. El sistema/equipo consiste en una línea enrollada al interior de una cápsula, que se sujeta al gancho de seguridad de la línea de vida tensionada y al arnés o cinturón para poder ascender y descender libremente. En caso de cual-
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quier movimiento brusco o la caída del usuario, el sistema se bloquea y se frena, impidiendo la caída accidental y evitando la distancia de caída libre. La línea de vida retráctil de cable sintético o de acero mantiene sujeto el peso del usuario hasta que éste sea removido de la línea de vida y el mecanismo de aseguramiento sea liberado.
13.19 Mosquetones o Ganchos de Resorte Son elementos que se conectan al anclaje mediante una línea de sujeción acoplada a un conector (mosquetón) a la argolla en “D’’, son de acero forjado, dotado de un mecanismo de cierre automático o auto-asegurable con un cierre de seguridad, pestillo o dispositivo similar que permanece cerrado hasta que se abra manualmente, evitando que el mosquetón o gancho se desenganche accidentalmente durante una caída, o en una detención de caída. Hay mosquetones de seguro simple, de doble seguro y doble trabado.
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13.20 Anclaje o Punto de Anclaje Es la parte estructural, fuente o punto seguro el cual se emplea para fijar o conectar cualquier sistema/equipo de protección contra riesgos de caída accidental tales como líneas de vida y líneas de sujeción con dispositivo amortiguador de impactos. El anclaje deberá resistir a lo menos 5.000 libras por cada persona o sistema/equipo de protección personal que se conecte.
13.21 Caída Libre Es el acto de caer de una persona desde un lugar en altura, antes que el sistema o equipo de protección personal entre en acción para detener la caída.
13.22 Distancia de Caída Libre Es la distancia en sentido vertical que recorre una persona en una caída libre, desde el momento que cae hasta que se activa el sistema/equipo de protección para detener la caída. En este caso, se excluye la distancia en que se produce la desaceleración.
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13.23 Distancia Total de Caída Libre La distancia de caída libre total corresponde a la distancia del desplazamiento vertical total que recorre una persona, entre los puntos de fijación del cinturón o del arnés para el cuerpo, luego de accionado el sistema de detención de caída libre, incluyendo la elongación o alargamiento de la línea de sujeción y/o la distancia de desaceleración.
13.24 Distancia de Desaceleración Es la distancia en sentido vertical que recorre una persona al sufrir una caída, excluyendo la extensión de la línea de vida, antes de detenerse desde el punto en el cual comienza a operar el mecanismo de desaceleración. La distancia de desaceleración se mide como la distancia entre la ubicación del cinturón de seguridad en una persona, o el punto de fijación del arnés para el cuerpo, antes que se accione el dispositivo de desaceleración durante una caída la ubicación de ese punto de fijación después que la persona se detenga por completo.
13.25 Factor de Fuerza Es la razón entre la fuerza de detención de un peso de ensayo de metal rígido y la de un cuerpo humano que tiene el mismo peso, en condiciones de caída similares o idénticas.
13.26 Factor de Resistencia Es la razón entre la resistencia mínima de un equipo de limitación y detención de caída (Tipo 1) y la fuerza de detención generada por una persona que pesa 114 kg, que en caída libre desciende una distancia igual al largo de la línea de sujeción o estrobo.
13.27 Fuerza de Detención Fuerza generada al detener el peso de prueba, que es transmitida a través de los componentes del equipo de detención de caída al anclaje o celda de carga.
13.28 Fibras Sintéticas Fibras artificiales obtenidas por procesos de manufacturación: nylon, poliester, poliamida, etc.
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14. Clasificación de Sistemas o Equipos Industriales de Protección Personal para Trabajos en Altura con Riesgos de Caída. La clasificación concuerda con la NCh 1258/0. Los sistemas industriales de protección personal para trabajos en altura con riesgo de caídas, se clasifican de acuerdo a su aplicación industrial en: a) b)
14.1
Sistema o equipo tipo I Sistema o equipo tipo II
Sistema/Equipo Tipo I para Limitación y Detención de Caídas Está compuesto de equipos/sistemas y componentes diseñados para limitar y/o detener la caída libre accidental de una persona, desde un nivel determinado de trabajo.
14.1.1
14.2
Componentes: a)
Cinturón de Seguridad (tipo correa para cintura).
b)
Arnés de cuerpo completo.
c)
Líneas de sujeción o estrobos.
d)
Líneas de vida.
f)
Dispositivos amortiguadores de impacto o dispositivos de desaceleración.
g)
Deslizadores.
Sistema/Equipo Tipo II de Limitación de Caídas Está compuesto de equipos/sistemas (componentes) para limitar caídas, diseñados para mantener al usuario a nivel del trabajo o limitar cualquier caída libre a un máximo de 0,60 m. (60 centímetros desde el nivel de trabajo).
14.2.1
Componentes a)
Cinturones/arneses de suspensión.
b)
Arneses para el pecho.
c)
Cinturones/arneses de posicionamiento.
d)
Soporte de trabajo independientes para suspensión o soporte.
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Estándares que deben Satisfacer el Sistema/Equipo 15.1
Cinturón Industrial de Seguridad (tipo cintura) El cinturón de seguridad (tipo correa para cintura) NO DEBERA SER CONSIDERADO EN NINGUN CASO COMO PARTE O COMPONENTE DE UN SISTEMA DE DETENCION DE CAIDA LIBRE y deberá utilizarse sólo en traba jos o aplicaciones industriales en niveles de altura donde la caída libre no exceda a 1,80 metros y la fuerza máxima de suspensión no exceda de 900 libras. El cinturón de seguridad deberá ser utilizado para trabajos de desplazamiento restringido y/o de posicionamiento. El cinturón de seguridad (tipo correa para cintura) es un componente de un sistema/equipo principalmente de limitación de caídas y detención de caídas en lugares en altura que no excedan 1,80 metros. El cinturón de seguridad deberá ser conectado a un anclaje fijo adecuado, mediante una línea de sujeción o de seguridad acoplada con un conector (gancho o mosquetón) a la argolla o anillo tipo “D’’ del cinturón, asegurando al usuario en un área de trabajo limitada o restringida para reducir la posibilidad de caída.
15.1.1
Medidas: Las cintas de correa para cinturones y arneses de seguridad deberán tener un ancho nominal de 13/4’’ (44 mm) con una tolerancia negativa de 0,3 mm.
15.1.2
Materiales: Los cinturones de correa para cinturones y arneses deberán ser confeccionados con un material —nylon o poliester— u otro que permita que el componente de protección terminado, conectado a una línea de sujeción o estrobo, pueda soportar, sin sufrir daños (roturas o deslizamientos) el ensayo de impacto descrito para cada tipo de equipo o sistema de protección, según lo establecido en la Norma Chilena Oficial NCh 1258/2 -CR 96 “Equipo de Protección Personal para Trabajos con Riesgos de Caídas - Parte 2. Ensayos’’.
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15.2
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Normas/Estándares — Arneses para el Cuerpo, Arnés para el Pecho, Cinturón de Seguridad, Cinturón de Posicionamiento y Cinturón de Suspensión. Las cintas para cinturones y arneses deben tener un ancho nominal de 4,4 cm, con una tolerancia negativa de 0,3 cm. Los cinturones y arneses deberán ser fabricados en un material (nylon, poliester o de otro tipo) que permita que el producto terminado soporte sin sufrir daños, el ensayo de impacto descrito, para cada tipo en NCh 1258/2. El arnés deber contener, además, los elementos de acople necesarios para permitir la conexión con el sistema de detención de caídas (argollas tipo “D’’) a una línea de sujeción o estrobos, a una línea de vida o un dispositivo de desaceleración o absorción de impactos. Todo arnés de seguridad para el cuerpo completo, destinado a trabajos de altura, deberá contar con dos líneas de sujeción o estrobos para desplazamiento y garantizar la protección contra caídas. El trabajador usuario de un arnés deberá mantener a lo menos, una línea de sujeción asegurada en todo momento, ya sea en sentido vertical, horizontal o combinado, cuando trabaje a más de 1,80 metros sobre el piso o nivel de trabajo. Se deberá usar en forma obligatoria un arnés para el cuerpo completo con dos líneas de sujeción o estrobo en aquellos lugares donde exista el riesgo potencial de caídas, superior a 1,80 metros, o a menor altura si bajo la superficie de trabajo hay objetos punzantes o potencialmente peligrosos.
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Norma/Estándares en Líneas de Vida Líneas de Vida Horizontales En todo trabajo que se efectúe en altura, sea estructural, sobre techo, obras civiles y otras labores, se deberá instalar líneas de vida o cables de acero horizontales de 1/2’’ de diámetro (13 mm) con sus extremos fijos a la instalación existente, con el propósito de permitir que el personal pueda enganchar o fijar en las líneas de vida, la línea de sujeción o estrobo de su arnés de seguridad y facilitar su desplazamiento y movilidad bajo condiciones que garanticen seguridad en niveles elevados. La línea de vida estará sujeta de sus extremos a la instalación se deberá conectar entre dos puntos de anclaje mediante grapas, con la tensión suficiente para que en caso de ocurrir una caída el desplazamiento vertical sea mínimo. La línea de vida deberá ser tensada con un elemento tensador de línea a no menos de 200 kg de toque. Se prohibe el uso de cordeles de fibras u otros elementos de sujeción en trabajos de altura para reemplazar cables de acero. Las líneas de vida no deberán ser utilizadas para ningún otro propósito sino el de otorgar un sistema de seguridad contra caídas, permitiendo el desplazamiento del trabajador. La distancia máxima de una línea de vida será de 15 metros entre extremos. Las líneas de vida deberán ser sólo de cable de acero. El extremo libre de las líneas de vida se deberán someter a una terminación que evite el deshilachado. Las líneas de vida deberán ser inspeccionadas semanalmente por personal competente y responsable. Las inspecciones deberán quedar registradas en hojas de registro o listas de chequeo. Cualquier sistema de línea de vida y/o dispositivos de protección que estén dañados o presenten señales de deterioro, deberán ser retirados del servicio y restituidos.
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Toda línea de vida o sistema de línea de vida, tensores de ojal, dispositivos absorbedores de energía, ganchos de carabina, anillos de sujeción para líneas de sujeción o estrobos, etc. que hayan sido dañados y/o presenten fallas por desgaste, corrosión roturas u otras condiciones subestándares, deberán ser retirados del servicio y eliminados o destruidos. Las líneas de vida deberán ser diseñadas, instaladas y usadas como parte de un equipo o sistema completo de detención de caídas, manteniéndose un factor de seguridad mínimo de dos (2). Las líneas de vida deberán ser fijadas a anclajes que deberán resistir un mínimo de 2.268 kg por cada persona asegurada o sistema de acoplado. Las líneas de vida horizontales deberán ser usadas como máximo por dos personas entre soportes, a la vez.
Instalación Todas las líneas de vida horizontales instaladas en anclajes como estructuras de acero tipo esqueleto (ejemplo rack de tuberías) deberán ser de cables de acero de 3/8’’ de diámetro como mínimo y deberán estar aseguradas a cada extremo por dos pernos Crosby. Cuando el cable o línea de vida esté en contacto directo con los ejes de las vigas, deberán instalarse elementos que eviten el daño o deterioro del cable con las partes angulosas o agudas de las vigas. Los soportes intermedios deberán ser adecuados a fin de minimizar el deslizamiento o de flexión vertical al estar bajo carga. Estos soportes deberán tener una separación máxima de 2,50 metros. Las líneas de vida horizontales deberán ser instaladas y mantenidas sólo por personal competente, que tenga conocimiento necesario de prácticas en movimientos de cargas para instalar y mantener la seguridad del sistema. Deberá darse prioridad a las líneas de vida en las estructuras que se están levantando. Las líneas de vida deberán ser instaladas de tal manera que permitan un adecuado movimiento en todas las áreas de las estructuras, mientras se mantenga un sistema de protección contra caídas para las personas.
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El personal que deba instalar las líneas de vida, deberá protegerse de las caídas en todo momento usando líneas de sujeción retráctiles, enganchando el arnés de seguridad al acero estructural o a otro elemento utilizado como anclaje, como protección en caso de caída.
15.4
Accesorios o Piezas Metálicas de Líneas de Vida Los accesorios o piezas metálicas deben ser de un acabado resistente a la corrosión y resistir un mínimo de 50 horas el ensayo de niebla salina descrito en la NCh 904. Se deberá disponer de un adecuado sistema de línea de vida para el personal que trabaje o transite por sobre el envigado, con el propósito de que esté afianzado a ella en todo momento. Una persona designada por escrito como competente en las prácticas de trabajos estructurales en altura, será el responsable por la instalación y mantención de estas líneas. También podrán utilizarse, en lugar de líneas de vida para enganchar y asegurar las líneas de sujeción, puntos de anclaje a un elemento firme de la estructura, cañería o soporte de tuberías. Se deberá evitar asegurar su línea de sujeción a bandejas de cables, conductores y sistemas de entubados eléctricos. Previamente y durante la instalación de líneas de vida horizontales, el personal de estructuras deberá moverse a horcajadas, asegurado con líneas de sujeción o estrobo alrededor de la viga por la cual se desplaza. Las líneas de sujeción retráctiles aseguradas sobre el punto de operación, pueden ser utilizadas como protección contra riesgos de caídas, previo al uso de líneas de vida horizontales.
15.5
Líneas de Vida Verticales Las líneas de vida verticales, como parte de un sistema o equipo completo de detención de caídas, se utilizarán como un sistema/equipo de protección contra caídas durante el desplazamiento vertical del personal que debe ascender por escalas fijas verticales, postes, torres de acero para líneas de transmisión, antenas transmisoras, minas, trabajos de ingeniería civil y otras estructuras ubicadas en altura. Las líneas de vida verticales podrán estar construidas de cuerda de poliester
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trenzada, nylon o polipropileno, (fibras sintéticas) o de acero inoxidable galvanizado, las cuales deberán ser dotadas con abrazaderas o carretillas deslizables o sujetadores de caída aprobados. Las líneas de vida verticales deberán ser usadas por una persona a la vez. Las líneas verticales con abrazaderas o carretillas deslizables deberán ser usadas por el personal que está trabajando en superficies de trabajo individuales (sillas colgantes, autopropulsadas y suspendidas en un sólo punto y andamios suspendidos en dos puntos). Este tipo de protección contra caídas podrá ser usado también contra riesgo de caídas en operaciones como la construcción de andamios y montajes de estructuras de acero donde los puntos de amarre o fijación están limitados y se requiera un movimiento vertical. Las líneas de vida verticales deberán fijarse a dos puntos de anclaje adecuados, los cuales deberán resistir en cualquier punto de la línea como mínimo 2.268 kg por cada persona asegurada. (Resistencia mínima a la tracción). Las líneas de vida verticales deben ser usadas por dos personas como máximo, entre soportes, a la vez. Las líneas de vida verticales deberán tener un diámetro de 8 mm (5/16’’) mínimo para cables de acero galvanizado y de 13 mm (1/2’’) en caso de líneas de vida de cuerda de poliester trenzado, o correa de nylon. Las líneas de vida que se usen con deslizadores (abrazaderas o carretillas) u otros dispositivos con mecanismos de trabado similares, deberán satisfacer los requisitos que se especifican en esta Norma/Estándar.
Líneas de Sujeción o Estrobos Las líneas de sujeción o estrobos estarán constituidas por una correa de nylon tejido de cuerda de nylon trenzado o por una línea o estrobo de cable de acero galvanizado. Los extremos libres de las líneas de sujeción o estrobos se deben someter a una terminación que evite el deshilachado. Las líneas de sujeción o estrobos deben estar construidos con un material que permita que el producto terminado soporte sin sufrir daños, los ensayos
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de impacto y fuerza de detención descritos para cada tipo en NCh 1258/2. Nunca se deberá alargar una línea de sujeción uniendo dos de ellas mediante ganchos de resortes o ganchos para escalera. Sólo se deberán usar líneas de sujeción o estrobos de la longitud o largo requerido. Las líneas de sujeción de posicionamiento deberán ser unidas a los anillos o argollas tipo D del cinturón ubicados a ambos costados de las caderas.
Línea de Sujeción de Cuerda de Manilla Las líneas de sujeción de manilla se usan para situar, levantar, bajar o rescatar a usuarios de cinturones o arneses industriales. Las líneas de sujeción de cuerda de manilla no deben ser utilizadas para aplicaciones en las que haya riesgos de caídas verticales.
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Registro/Lista de Chequeo
Inspección Inspección de de Sistemas/Equipos Sistemas/Equipos de de Protección Protección Personal Personal para Trabajos en Altura con Riesgos de de Caída Caída
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REGISTRO/LISTA DE CHEQUEO PARA INSPECCION SISTEMAS/EQUIPOS DE PROTECCION PERSONAL
Nº___________
PARA TRABAJOS EN ALTURA CON RIESGOS DE CAIDA SUBGERENCIA: ______________________________________________________________________________________ AREA/SECCION: _____________________________________________________________________________________
INSPECCION REALIZADA POR:
FIRMA
LISTA DE CHEQUEO - ARNES 1
CONDICION DEL TEJIKDO O CORREA
1.1
Fibras externas cortadas, desgastadas/desgarradas
1.2
Costuras, cortes o rotura del tejido
1.3
Grietas
1.4
Estiramiento excesivo
1.5
Deterioro general
1.6
Corrosión por exposición a ácidos o productos químicos
1.7
Quemaduras
2
PIEZAS MECANICAS, REMACHES
2.1
Desgaste excesivo o deformados
2.2
Picaduras, grietas, trizaduras
2.3
Deterioro general
2.4
Corrosión
2.5
Otros
3
ARGOLLAS EN “D’’ O ANILLOS
3.1
Con deformaciones o desgaste excesivo (dobladura, etc.)
3.2
Picaduras, grietas, trizaduras
3.3
Deterioro general
3.4
Defectos de funcionamiento
3.5
Corrosión
3.6
Otros
INSPECCION REVISADA POR:
FIRMA
CR* CRITICIDAD 1: CRITICO 2: ALTAMENTE CRITICO 3: SUPERCRITICO
SI
37
NO
CR*
OBSERVACIONES
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REGISTRO/LISTA DE CHEQUEO PARA INSPECCION SISTEMAS/EQUIPOS DE PROTECCION PERSONAL
Nº___________
PARA TRABAJOS EN ALTURA CON RIESGOS DE CAIDA
LISTA DE CHEQUEO - ARNES 4
HEBILLAS
4.1
Desgaste excesivo o deformaciones (dobladuras, etc.)
4.2
Picaduras, grietas, trizaduras
4.3
Deterioro general
4.4
Defecto de funcionamiento
4.5
Corrosión
4.6
Otros
5
SI
LINEA DE SUJECION
5.1
Cortes o rotura del tejido o correa, deshilachadas, destrenzadas
5.2
Desgaste, deformación o desgarro
5.3
Estiramiento o elongación excesivos
5.4
Corrosión
5.5
Quemaduras
5.6
Otros
6
CR* CRITICIDAD 1: CRITICO 2: ALTAMENTE CRITICO 3: SUPERCRITICO
GANCHOS DE RESORTE (MOSQUETONES)
6.1
Desgaste excesivo, deformaciones
6.2
picaduras, grietas, trizaduras
6.3
Resortes con fallas
6.4
Ajuste inadecuado o i ncorrecto de los cierres de resortes o de seguridad (enganches)
6.5
Deterioro general
6.6
Corrosión
6.7
Abertura de garganta excesiva respecto al diámetro del elemento a la cual se debe fijar (fijaciones).
6.8
Otros
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NO
CR*
OBSERVACIONES
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REGISTRO/LISTA DE CHEQUEO PARA INSPECCION SISTEMAS/EQUIPOS DE PROTECCION PERSONAL
Nº___________
PARA TRABAJOS EN ALTURA CON RIESGOS DE CAIDA
LISTA DE CHEQUEO - ARNES 7
LINEA DE VIDA
7.1
Fibras cortadas o desgastads, cortes, deshilachadas
7.2
Desgaste excesivo/desgarro
7.3
Deterioro general
7.4
Estiramiento o elongqción excesivos
7.5
Deterioro general
7.6
Diámetro de sección circular cumple con el estándar aceptado como mínimo
7.7
Extremo libre deshilachado
7.8
Corrosión
CR* CRITICIDAD 1: CRITICO 2: ALTAMENTE CRITICO 3: SUPERCRITICO
SI
Otros
39
NO
CR*
OBSERVACIONES