NORMA CHILENA
NCh1180/2-2008
Extintores portátiles - Requisitos para los componentes Parte 2: Cilindros/tanques
Preámbulo El Instituto Nacional de Normalización, INN, es el organismo que tiene a su cargo el estudio y preparación de las normas técnicas a nivel nacional. Es miembro de la INTERNATIONAL ORGANIZATION FOR STANDARDIZATION (ISO) y de la COMISION PANAMERICANA DE NORMAS TECNICAS (COPANT), representando a Chile ante esos organismos. Esta norma se estudió a través del Comité Técnico Extintores portátiles, para establecer los requisitos que deben cumplir los cilindros/tanques que se utilizan en los extintores portátiles. En la elaboración de esta norma se ha tomado en consideración la versión en inglés de la Norma Internacional ISO 7165:1999 Fire fighting - Portable fire extinguishers - Performance and construction, siendo no equivalente a la misma al tener desviaciones técnicas mayores y cambios de estructura, y no hay una correspondencia obvia con la Norma Internacional. Las razones principales por las cuales no ha sido posible adoptar la Norma Internacional son: el enfoque tecnológico de la Norma Internacional no tiene una correspondencia directa con la práctica tecnológica nacional en esta área; y se ha considerado más práctico mantener el esquema con que se han desarrollado las normas chilenas relativas a extintores, según el cual los temas se abordan por separado y no en un documento único como es el caso de la Norma Internacional.
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NCh1180/2 La norma NCh1180/2 ha sido preparada por la División de Normas del Instituto Nacional de Normalización, y en su estudio el Comité estuvo constituido por las organizaciones y personas naturales siguientes: Asociación Chilena de Seguridad, AChS Carabineros de Chile CESMEC S.A. Dirección del Trabajo Exanco Chile S.A. Instituto Nacional de Normalización, INN Málaga Extintores Tracom Comercial Ltda.
Fernando Medina Z. Herman Aguilera V. Juvenal Medina G. Mario Rodríguez G. Lionel Cancino S. Conrado Marín G. María Esther Palomero M. Joaquín Prieto A. Abraham Saldías M.
En forma adicional a las organizaciones que participaron en Comité, el Instituto recibió respuesta durante el período de consulta pública de esta norma de las entidades siguientes: IDIEM, Universidad de Chile Extintores SOS Esta norma anulará y reemplazará, cuando sea declarada Norma Chilena Oficial, a la norma NCh1180/2.Of1980 Extintores de polvo químico seco - Parte 2: Cilindros, declarada Oficial de la República por Decreto Nº 302, de fecha 31 de julio de 1980, del Ministerio de Salud Pública, publicado en el Diario Oficial del 02 de septiembre de 1980. Esta norma ha sido aprobada por el Consejo del Instituto Nacional de Normalización, en sesión efectuada el 27 de octubre de 2008.
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Extintores portátiles - Requisitos para los componentes Parte 2: Cilindros/tanques
1 Alcance y campo de aplicación 1.1 Esta norma establece los requisitos para los cilindros/tanques que se utilizan en los extintores portátiles. 1.2 Esta norma establece también los métodos de ensayo para verificar el cumplimiento con los requisitos en ella establecidos. 1.3 Esta norma se aplica en el diseño, fabricación y armado de los extintores portátiles destinados a ser usados con agentes de extinción de los de tipo polvo químico seco, polvo seco y base agua. 1.4 Esta norma no se aplica a los cilindros destinados a ser usados con dióxido de carbono, como agente de extinción.
2 Referencias normativas Los documentos referenciados siguientes son indispensables para la aplicación de esta norma. Para referencias con fecha, sólo se aplica la edición citada. Para referencias sin fecha se aplica la última edición del documento referenciado (incluyendo cualquier enmienda). NCh1429 NCh1430 NCh1737 NCh2247 ASTM B 209
Extintores portátiles - Vocabulario. Extintores portátiles - Requisitos de rotulación. Extintores portátiles - Métodos de ensayo. Cilindros para gases comprimidos - Ensayo de presión hidrostática. Specification for aluminum and aluminum-alloy sheet and plate.
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3 Términos y definiciones Para los propósitos de esta norma, se aplican los términos y definiciones indicados en NCh1429 y adicionalmente los siguientes: 3.1 presión de trabajo: presión normal de operación marcada sobre el cilindro del extintor 3.2 presión de prueba : presión indicada sobre el cilindro, a la cual fue ensayado al momento de la fabricación
4 Requisitos 4.1 El cilindro de un extintor se debe fabricar con un material que tenga rigidez, durabilidad y resistencia a la corrosión equivalente a lo menos a: a) una aleación de aluminio, tal como, 6 661 - T6 ó 6 351 - T6 según ASTM B 209, que tenga un espesor mínimo de 0,7 mm; b) una aleación de aluminio, tal como, 1 100, 1 170, 3 003 que tenga un espesor mínimo de 0,7 mm; c) una aleación de acero dulce, tal como, SAE 1 010, que tenga un espesor mínimo de 0,7 mm; d) acero inoxidable austenítico que tenga un contenido máximo de 0,03% de carbono y espesor mínimo de 0,7 mm. 4.2 El material de los casquetes debe ser el mismo que se use para el cuerpo del cilindro. 4.3 Las mediciones del espesor de pared se deben efectuar sobre el metal sin revestimiento. El espesor de los casquetes se debe medir en diferentes puntos después del moldeado y antes de poner el revestimiento. 4.4 La abertura de llenado del cilindro de un exterior del tipo recargable, debe tener un diámetro interno de: a) 19 mm mínimo para un extintor que tenga una capacidad menor o igual que 13,6 kg; b) 25 mm mínimo para un extintor que tenga una capacidad mayor que 13,6 kg y menor o igual que 34,0 kg; c) 38 mm mínimo para un extintor que tenga una capacidad mayor que 34,0 kg y menor o igual que 68,0 kg; y d) 64 mm mínimo para un extintor que tenga una capacidad mayor que 68,0 kg.
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NCh1180/2 4.5 La abertura de llenado de un extintor rodante debe tener un diámetro interno mínimo de 73 mm con un roscado nominal de 76 mm. 4.6 El gollete con roscado externo se debe construir de modo que la tapa no entre en contacto con el casquete o el asiento de la válvula cuando se remueve la empaquetadura. 4.7 Todas las uniones del cilindro metálico deben ser roscadas, soldadas con soldadura blanda o soldadas con soldadura fuerte. NOTA - Se exceptúan de lo anterior los cilindros de acero inoxidable en los que no se deben usar uniones soldadas.
4.8 El fabricante se debe asegurar que las soldaduras muestren una penetración continua, sin desviación en el cordón. Las uniones con soldadura blanda y con soldadura fuerte deben estar libres de defectos que afecten el uso seguro del cilindro. 4.9 Los cilindros se deben marcar, sobre el gollete o casquete, de acuerdo a NCh1430, cláusula 5. La presión de ensayo se debe determinar como sigue. 4.9.1 Para un extintor portátil manual que utiliza cartucho de gas expelente, la presión de ensayo debe ser: a) tres veces la presión máxima desarrollada en el recipiente cuando el extintor es operado, a 21ºC, bajo condiciones de boquilla cerrada, después de haber sido cargado con su carga nominal de agente de extinción; o b) una y media vez la presión máxima desarrollada cuando el extintor es operado, a 49ºC, bajo condiciones de boquilla cerrada, después de haber sido cargado como se indicó en el párrafo anterior, la que sea mayor. 4.9.2 Para los extintores portátiles manuales, que utilizan una cámara única para el agente de extinción y el gas expelente, la presión de ensayo debe ser tres veces la presión de trabajo proyectada a 21ºC. 4.9.3 Para los extintores rodantes, la presión de ensayo debe ser dos veces la presión de trabajo proyectada a 21ºC, o dos veces la presión máxima desarrollada en el cilindro cuando el extintor que utiliza cartucho, es operado a 21ºC bajo condiciones de boquilla cerrada. Para esta determinación, el extintor debe ser cargado con su carga nominal de agente de extinción. 4.9.4 En cualquier caso, la presión de ensayo debe ser como mínimo igual a dos veces la presión de trabajo u 800 kPa (116 psi), la que sea mayor. 4.10 Los cilindros para los extintores manuales, no deben experimentar filtración, cuando se someten a la prueba de presión hidrostática en las condiciones indicadas en 6.1.3. 4.11 Los cilindros para los extintores manuales, no deben experimentar ruptura, cuando se someten a la prueba de presión hidrostática en las condiciones indicadas en 6.1.4.
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NCh1180/2 4.12 Los tanques para los extintores rodantes, no deben experimentar ruptura, cuando se someten a la prueba de presión hidrostática en las condiciones indicadas en 6.2.2, 6.2.3 ó 6.2.4. 4.13 El cilindro completamente armado con sus accesorios unidos de modo permanente, debe resistir cualquier influencia corrosiva del agente de extinción.
5 Marcado 5.1 De acuerdo a NCh1430, los cilindros de los extintores se deben marcar, a lo menos, con la información siguiente: a) Año y mes de fabricación del cilindro (aaaa.mm). b) Nombre o razón social del fabricante del cilindro. c) Naturaleza del agente de extinción, expresada mediante su nombre genérico, como por ejemplo: agua presurizada, polvo químico seco, etc. d) Presión de trabajo, expresada en kPa, (kg/cm2; psi). e) Presión de prueba, expresada en kPa, (kg/cm2; psi).
6 Prueba de presión 6.1 Cilindros de baja presión 6.1.1 Efectuar la prueba de los cilindros de baja presión de acuerdo a NCh1737, 11.5, utilizando los aparatos de ensayo que se indican en 11.3 de la misma norma y las condiciones que se indican más adelante en 6.1.3 ó 6.1.4, según corresponda. 6.1.2 Ensayar el cilindro con su propia válvula de descarga o adaptador roscado en su lugar, después que el cilindro se haya llenado totalmente con agua. Eliminar completamente el aire desde el cilindro, antes de aplicar la presión de ensayo. 6.1.3 Los extintores portátiles manuales no deben experimentar filtración cuando se someten, durante 30 s, a una presión equivalente a la presión de prueba marcada en el cilindro. 6.1.4 Los extintores portátiles manuales deben ser resistentes a la ruptura cuando se someten, durante 1 min, a una presión equivalente a dos veces la presión de prueba marcada en el cilindro. 6.1.5 Incrementar la presión a razón de 2 000 kPa (290 psi) por minuto hasta que se alcance la presión especificada en 6.1.3 ó 6.1.4, según corresponda. Mantener la presión por el tiempo especificado y luego continuar incrementando la presión hasta ruptura del cilindro.
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NCh1180/2 6.2 Cilindros de alta presión 6.2.1 Efectuar la prueba de los cilindros de alta presión (tanques) de acuerdo a NCh2247, utilizando los aparatos de ensayo que se indican en la misma norma y las condiciones que se indican más adelante en 6.2.2, 6.2.3 ó 6.2.4, según tipo de tanque. 6.2.2 Los tanques metálicos deben ser resistentes a la ruptura cuando se someten, durante 1 min, a una presión equivalente a cuatro veces la presión de trabajo proyectada a 21ºC. 6.2.3 Los tanques no metálicos deben ser resistentes a la ruptura cuando se someten, durante 1 min, a una presión equivalente a seis veces la presión de trabajo proyectada a 21ºC. 6.2.4 En cualquier caso, los tanques metálicos y no metálicos deben resistir la presión máxima desarrollada en el tanque cuando el extintor es operado en condiciones de boquilla cerrada, cualquiera sea mayor. 6.2.5 Durante la prueba el tanque no debe experimentar una expansión volumétrica mayor que el 10% de la expansión total del tanque, cuando se aplica la presión indicada en 4.9.3 ó 4.9.4, durante 30 s, después de lo cual se libera la presión. Para tanques que han sido ensayados a la presión de prueba, la presión de ensayo se debe incrementar en 10%.
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NCh
NORMA CHILENA INSTITUTO
NACIONAL
DE
NORMALIZACION
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1180/2-2008 INN-CHILE
Extintores portátiles - Requisitos para los componentes Parte 2: Cilindros/tanques Portable fire extinguishers - Components requirements - Part 2: Shells
Primera edición : 2008
CORRESPONDENCIA CON NORMA INTERNACIONAL ISO 7165:1999 (E) Fire fighting - Portable fire extinguishers - Performance and construction, NEQ
Descriptores:
seguridad contra incendio, equipo contra incendio, extintores para fuego, portátil, requisitos, cilindros
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