ALBERTO HUAMÁN HUAMÁN Abogado Ofc: Manco Cápac N° 158 Ofcina 401 del cercado de Chiclayo #9509944 !"M$
re%&aci'n re%&aci'n de lo% %er(icio% legale% de con%)l&or*a y pa&rocinio de proce%o% de a+paro, proce%o% con&encio%o% ad+ini%&ra-(o% y proce%o% laborale% !n)e(a y an-g)a ley proce%al del &raba.o$, ci(ile% y penale%
EXPEDIENTE N°: 67888-2010. SUMILLA SUMIL LA:: RE RECUR CURSO SO DE CA CASA SACI CIÓN ÓN EN SE SEDE DE LABORAL POR APARTAMIENTO DE LOS PRECEDENTES JURISPRUDENCIALES DICTADOS POR LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA. SEÑOR SEÑO R PR PRES ESID IDEN ENTE TE DE LA PR PRIM IMER ERA A SA SALA LA LA LABO BORA RAL L DE LA CO CORT RTE E SUPERIOR DE JUSTICIA DE ... , debi , debidame damente nte repre represent sentada ada por , en los seguidos su apoderado don don , por ……………….., sobre PAGO DE REMUNERACIONE DE!ADA DE PERCI"IR # O$RO% a Ud., digo& I. PETITORIO: 'ue, e(or Presidente de la )* ala +aboral de la Corte uperior de !ustiia de ………… …… ………… ………. ….., ., al no en eno ont ntra rarn rnos os o onn-or orme mess o on n la de dei isi sin n /u /uri risd sdi ii ion onal al ontenida en la entenia Re0isora, Resoluin N1 2einte, 2einte, de -e3a ……. de ………… del 45)... 6ue on-irma la sentenia 6ue delara -undada en parte la demanda on resp re spe eto to de la lass pr pret eten ensi sion ones es de pa pago go de re remu mune nera rai ion ones es de de0e 0eng ngad adas as,, C$ C$, , 0aaiones 7 grati-iaiones, interponemos el presente reurso en lo asatorio, en apliain de los art8ulos 9:1 al :51 de la Nue0a +e7 Proesal del $raba/o ;en adelante& N+P$<% reurso asatorio, interpuesto por la parte demandada ………….. a tra0=s de su abogado de-ensor, el ual se a-irma en los puntos siguientes 6ue se pasan a detallar& II. PROCEDENCIA DEL PRESENTE RECURSO CASATORIO: CASATORIO: En or orde den n a la pr pre eis isi in n no norm rma atiti0a 0a de dell ar art8 t8u ulo lo 9> 9>11 in ini iso so )1 de la N+ N+P$ P$ el planteamiento asatorio proede, entre otros, ontra las sentenias 7 autos e?pedidos por las alas uperiores 6ue, omo rganos de segundo grado, ponen -in al proeso, materia ria, este reurso se dirige ontra la sobr so bre e di di3 3a a pr pre eis isi in, n, en el a aso so sub mate sentenia en segundo grado emitida por la ala +aboral de la Corte uperior de !ustiia de ……….. 6ue, en sede de grado /udiial, proede a la on-irmatoria de la sentenia emitida por el egundo !u@gado de $raba/o $ransitorio de …………….. 6ue delara -undada en parte la demanda on respeto de las pretensiones de pago de remuneraiones remuneraio nes de0engadas, C$ 7 grati-iaiones ms intereses legales. 1
ALBERTO HUAMÁN Abogado Ofc: Manco Cápac N° 158 Ofcina 401 del cercado de Chiclayo #9509944 !"M$
re%&aci'n de lo% %er(icio% legale% de con%)l&or*a y pa&rocinio de proce%o% de a+paro, proce%o% con&encio%o% ad+ini%&ra-(o% y proce%o% laborale% !n)e(a y an-g)a ley proce%al del &raba.o$, ci(ile% y penale%
Por tratarse de una sentenia emitida por la ala +aboral de la Corte uperior de !ustiia de ………….. 6ue 3a resuelto on-irmar el pronuniamiento de primer grado al delararse -undada en parte la demanda, esto es aogiendo parcialmente las pretensiones de la demanda toa 6ue la Corte uprema, al resol0er la asain, delare !UNDADO EL RECURSO PRESENTADO proediendo a CASAR LA SENTENCIA DE "ISTA CONTENIDA EN LA SENTENCIA RE"ISORA# SENTENCIA N° "EINTE# DE !EC$A .. DE . DEL 201# EMITIDA POR LA 1% SALA LABORAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE .% en onseuenia, delare NULA LA SENTENCIA DE "ISTA 7 ACTUANDO EN SEDE DE &RADO JUDICIAL proeda a RE"OCAR LA SENTENCIA CONTENIDA EN LA RESOLUCIÓN N° 'UINCE# DEL . DE .. DEL 201. EN EL EXTREMO DEL ACO&IMIENTO DE LA PRETENSIÓN DE PA&O DE REMUNERACIONES DE"EN&ADAS por enontrarse e?pedida de manera ontraria a los preedentes de la Corte uprema de !ustiia de la RepBblia, e?tremo 6ue toa e0aluarse por parte del $ribunal upremo. III. PRETENSIÓN IMPU&NATORIA DEL RECURSO CASATORIO: El presente reurso asatorio es planteado a e-etos de 6ue el uperior !err6uio en sede asatoria delare la NULIDAD de la deisin de segundo grado 6ue delara -undada en parte la demanda de pago de remuneraiones de/adas de peribir, C$, grati-iaiones 7 0aaiones 7 RE!ORM(NDOLA proeda a CASAR LA SENTENCIA MATERIA DEL PRESENTE ESCRITO DE CASACIÓN, proediendo a la RE"OCATORIA DE LA SENTENCIA DE PRIMER &RADO JURISDICCIONAL CONTENIDA EN LA RESOLUCIÓN N° 'UINCE# DEL DE . DEL 201# EN EL EXTREMO DEL ACO&IMIENTO DE LA PRETENSIÓN DE PA&O DE REMUNERACIONES DE"EN&ADAS atendiendo a 6ue su emisin resulta ontraria a la abundante -ormain /urisprudenial de la Corte uprema ontenida en los preedentes 0inulantes reogidos en las Casaiones N1 )94555, del 44 de enero de 455), N1 4)5>4555+ima, del 5F de mar@o del 455) 7 N1 4)4455+ima, del 49 de abril del 45)5 as8 omo en& Casain +aboral N1 :))45))Cuso, del )> de /unio del 45)4, Casain +aboral N1 >)445)4, del 4) de enero del 45)9, Casain +aboral N1 4>9:45)9!unin, del 5: de no0iembre del 45)9, Casain +aboral N1 F945)9 +a +ibertad, del 54 de diiembre del 45)9 7, Casain +aboral N1 )F45)9 +amba7e6ue, del 45 de enero del 45):. I". OBJETO DEL RECURSO CASATORIO: :.).
Determinar si la ala +aboral de la Corte uperior de !ustiia de ……………, al emitir la entenia Re0isora, de -e3a …… de …………. del 45)… 2
ALBERTO HUAMÁN Abogado Ofc: Manco Cápac N° 158 Ofcina 401 del cercado de Chiclayo #9509944 !"M$
re%&aci'n de lo% %er(icio% legale% de con%)l&or*a y pa&rocinio de proce%o% de a+paro, proce%o% con&encio%o% ad+ini%&ra-(o% y proce%o% laborale% !n)e(a y an-g)a ley proce%al del &raba.o$, ci(ile% y penale%
;Resoluin NBmero& 2einte<, se 3a apartado de manera inmoti0ada, esto es arente del re6uisito de la moti0ain, de los preedentes /udiiales, en esenia& preedentes /urisprudeniales, emitidas por el $ribunal upremo naional% on espeial re-erenia al ontenido en las Casaiones N1 )9 4555, del 44 de enero de 455), N1 4)5>4555+ima, del 5F de mar@o del 455) 7 N1 4)4455+ima, del 49 de abril del 45)5 as8 omo en& Casain +aboral N1 :))45))Cuso, del )> de /unio del 45)4, Casain +aboral N1 >)445)4, del 4) de enero del 45)9, Casain +aboral N1 4>9:45)9 !unin, del 5: de no0iembre del 45)9, Casain +aboral N1 F945)9+a +ibertad, del 54 de diiembre del 45)9 7, -inalmente, la Casain +aboral N1 )F45)9+amba7e6ue, del 45 de enero del 45):. ". APARTAMIENTO INMOTI"ADO DE LOS PRECEDENTES "INCULANTES EMITIDOS POR LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ EN MATERIA LABORAL COMO CAUSAL IN"OCADA. JUSTI!ICACIÓN &ENERAL: ).1.
N*+,*/* / /,34 / *3*5 +/5/4 * * C4+/ S,/9* / J,3+55* / * R/;5* 494 <,*5= / * />:
"ien es sabido por nosotros 6ue el reurso de asain es la 0i0a e?presin de la tutela de la le7 6ue la on-igurain gala deposit en la Corte de Casain asentado en el -irme ontrol de la le7 por parte de los $ribunales para e0itar ual6uier interpretain 6ue, am=n de la literal, no -uere aut=ntia, esto es, emanada del legislador& HEl recours en cassation para la anulain de sentenias operaba omo tutela no de los dere3os, sino de la le7, al ob/eto de impedir su interpretainJ 7 asegurar la pre0alenia de la 0oluntad del legislador sobre la de los /uees. Al Tribunal de Cassation =tabli aupres du Corps l=gislati-J ;art. ), ap. 2 Constituin de ))<, le estaba as8 reser0ada una autentia tarea onstituional 6ue no onsist8a, sin embargo, en asegurar la protein /udiial de los dere3os, sino en asegurar, -rente a la interpretain de los /uees, la e?lusi0idad del poder del legislador en materia de dere3osK ).
1
L AGRE"E+#, Gusta0o, El derecho dúctil. Ley, derechos, justicia ;$raduin& Marina G ACN<, Colein Estruturas 7 Proesos. erie Dere3o, Editorial $rotta, )5* ediin, Madrid, 45)), pp. >9>:. 3
ALBERTO HUAMÁN Abogado Ofc: Manco Cápac N° 158 Ofcina 401 del cercado de Chiclayo #9509944 !"M$
re%&aci'n de lo% %er(icio% legale% de con%)l&or*a y pa&rocinio de proce%o% de a+paro, proce%o% con&encio%o% ad+ini%&ra-(o% y proce%o% laborale% !n)e(a y an-g)a ley proce%al del &raba.o$, ci(ile% y penale%
obre lo se(alado, en onsonania on la regulain asentada en el art8ulo 9F1 4 del Cdigo Proesal Ci0il, el art8ulo 91 iniso 41 de la N+P$ reoge su proedenia a tono on las preisiones de la +e7 N1 49:, +e7 6ue modi-ia di0ersos art8ulos del Cdigo Proesal Ci0il rea7endo en el impugnante, a partir de lo se(alado, el apartamiento arente de moti0ain del preedente /udiial siendo =sta Bltima, preisamente, la ausal 6ue se pasa a denuniar omo parte del presente reurso impugnati0o de asain. "I. EL APARTAMIENTO INMOTI"ADO DE LOS PRONUNCIAMIENTOS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA CONTENIDOS EN LAS CASACIONES N° 17?@-2000# DEL 22 DE ENERO DE 2001# N° 210)-2000-LIMA# DEL 08 DE MARO DEL 2001 N° 2712-200?-LIMA# DEL 2@ DE ABRIL DEL 2010 AS COMO EN: CASACIÓN LABORAL N° 711-2011-CUSCO# DEL 1) DE JUNIO DEL 2012# CASACIÓN LABORAL N° )1?2-2012# DEL 21 DE ENERO DEL 201@# CASACIÓN LABORAL N° 2)@-201@-JUNIN# DEL 0 DE NO"IEMBRE DEL 201@# CASACIÓN LABORAL N° 78?@-201@-LA LIBERTAD# DEL 02 DE DICIEMBRE DEL 201@ # !INALMENTE# LA CASACIÓN LABORAL N° 7186-201@-LAMBAE'UE# DEL 20 DE ENERO DEL 201. JUSTI!ICACIÓN DE CARA AL CASO MATERIA DE RECURSO CASATORIO: En el aso onreto, superado una e0aluain general de nuestro pedido asatorio e ingresando a lo espe8-io, toa sostener 6ue la ausal asatoria materia de denunia alegada de parte nuestra se sustenta en el apartamiento arente de moti0ain de los preedentes 0inulantes ontenidos en las Casaiones N1 )94555, del 44 de enero de 455), N1 4)5>4555+ima, del 5F de mar@o del 455) 7 N1 4)4455+ima, del 49 de abril del 45)5 as8 omo en& Casain +aboral N1 :))45))Cuso, del )> de /unio del 45)4, Casain +aboral N1 >)445)4, del 4) de enero del 45)9, Casain +aboral N1 4>9:45)9!unin, del 5: de no0iembre del 45)9, Casain +aboral N1 F945)9 +a +ibertad, del 54 de diiembre del 45)9 7, -inalmente, la Casain +aboral N1 )F 45)9+amba7e6ue, del 45 de enero del 45):, emitidos por este Corte uprema desde el ual se llega a estableer los siguientes lineamientos& i<
2
+a reposiin real en el entro laboral del ual 3a sido despedido satis-ae en el traba/ador el dere3o a prestar su -uer@a de traba/o% en este punto, omo lo estima el $ribunal upremo, la reposiin no rea una -iin retroati0a de labores prestadas durante el per8odo de ausenia, -rente a la ual pudiera surgir la obligain de pago remunerati0o de parte del empleador% sobre lo sostenido, el pago de
A+,4 @86° CPC F945G5*4 4 / *+,4 1° / * L/> N° 2?@6H.- C*,3*/3 / /,34 / *3*5: HEl reurso de asain se sustenta en la in-rain normati0a 6ue inida diretamente sobre la deisin ontenida en la resoluin impugnada o en el apartamiento inmoti0ado del preedente /udiialK. 4
ALBERTO HUAMÁN Abogado Ofc: Manco Cápac N° 158 Ofcina 401 del cercado de Chiclayo #9509944 !"M$
re%&aci'n de lo% %er(icio% legale% de con%)l&or*a y pa&rocinio de proce%o% de a+paro, proce%o% con&encio%o% ad+ini%&ra-(o% y proce%o% laborale% !n)e(a y an-g)a ley proce%al del &raba.o$, ci(ile% y penale%
remuneraiones de0engadas produto de despido nulo no resulta apliable analgiamente al aso de autos al tratarse de una norma e?epional en orden al art8ulo I2 del $8tulo Preliminar del Cdigo Ci0il. ii<
+os art8ulos ))1 7 :51 del Dereto upremo N1 559$R estableen e?epiones a la posibilidad de reibir remunerain por un per8odo laboral no traba/ado e-eti0amente% di3o en otros t=rminos, se pre0=n omo supuestos tasados de pago de remuneraiones por per8odos no laborados a a6uellos onsiderados por nuestra legislain omo per8odos de suspensin imper-eta siendo e?tensibles a los asos del despido nulo, por ende, no resultan apliables por e?tensin interpretati0a ni por analog8a a otros supuestos en los 6ue no medie autori@ain e?presa, -undamentalmente por6ue, el pago de los de0engados Bnia 7 e?epionalmente proede en el supuesto espe8-io pre0isto en la le7 laboral general.
iii<
El mbito de apliain del pago de remuneraiones de0engadas se enuentra irunsrito a los supuestos de nulidad de despido reogidos Bnia 7 e?lusi0amente en el art8ulo 41 del Dereto upremo N1 559 $R mas no as8 a los dems supuestos de dispositi0os regulados por el $e?to nio Ordenado del Dereto upremo N1 559$R.
i0<
+a proedenia de la tramitain del relamo de remuneraiones de0engadas debe enausarse a tra0=s del proeso donde se relame indemni@ain por da(os 7 per/uiios en sede laboral, on-orme lo pre0= e?presamente el iniso b< del art8ulo 41 de la N+P$.
"a/o di3o entendimiento, podemos ad0ertir 6ue omo bien lo sostiene los pronuniamientos asatorios de los uales se 3a apartado la ala +aboral de …………….., se 3ae neesario el pleno respeto del art8ulo 41 del Dereto upremo N1 559$R% a tal e-eto, la Casain +aboral N1 :))45))Cuso, del )> de /unio del 45)4 adems de la Casain +aboral N1 4:F45)9Are6uipa, del )> de no0iembre del 45)9, sostienen puntualmente sobre los alanes de la relamain /urisdiional de pago de remuneraiones de0engadas produto de despido& HDKCIMO TERCERO . ;…< la reposiin real en el entro laboral satis-ae el dere3o a prestar la -uer@a de traba/o, ms no rea una -iin retroati0a de labores prestadas durante el per8odo de ausenia, -rente a la ual pudiera surgir la obligain de pago remunerati0o, no resultando apliable por analog8a el aso de la nulidad de despido, en tanto se trata de una norma e?epional, tal omo lo establee el art8ulo I2 del $8tulo Preliminar del Cdigo Ci0ilK& 5
ALBERTO HUAMÁN Abogado Ofc: Manco Cápac N° 158 Ofcina 401 del cercado de Chiclayo #9509944 !"M$
re%&aci'n de lo% %er(icio% legale% de con%)l&or*a y pa&rocinio de proce%o% de a+paro, proce%o% con&encio%o% ad+ini%&ra-(o% y proce%o% laborale% !n)e(a y an-g)a ley proce%al del &raba.o$, ci(ile% y penale%
C*3*5 L*;4* N° 711-2011-C,34# / 1) / ,54 / 2012# 435/*4 594 +//4 FC*43 R4*4 A** *95 3. S,; C495+ / A9553+*5 / !44 / A353+/5* > E3+59,4 / * D5/5 R/<54* / E,*5 / C,34H# / * S** / D//4 C43+5+,54* > S45* P/9*/+/ / * C4+/ S,/9*# 34;/ *<4 / /9,/*54/3 //<**3 > ;//G5543 345*/3# 4* 4/+/: T4/3 "/<*. H'UINTO& ;…< no resulta apliable por analog8a el aso de la nulidad de despido pre0isto en el art8ulo del Dereto upremo N1 559$R ;… S45* P/9*/+/ / * C4+/ S,/9*# 34;/ *<4 / /9,/*54/3 //<**3# 4* 4/+/: S55* $,+*4. Como puede ad0ertirse, los pronuniamientos asatorios de los uales se 3a apartado de manera inmoti0ada la ala +aboral de ……………, apuntan a la abierta delarain /urisdiional de improedenia de la pretensin re-erida al pago de remuneraiones de0engadas ;relamadas, luego, en proeso laboral< durante el tiempo de durain del despido de/ado sin e-eto posteriormente a tra0=s de proeso de amparo. 2eamos las preisiones de la Alta Corte al e-eto& HS/Q+4& En el presente aso, este upremo $ribunal estima 6ue e?iste in-rain a las normas onstituionales sobre debido proeso en su mani-estain al dere3o a la moti0ain de las resoluiones /udiiales, en tanto el Ad6uem al amparar el pago de remuneraiones de0engadas no 3a 0alorado, menos merituado, las irunstanias espe8-ias 6ue rodean la pretensin de pago de bene-iios soiales por un per8odo laboral ;el 6ue medi entre el despido 7 la reposiin< ;…< no resulta apliable por analog8a el aso de la nulidad de despido pre0isto en el art8ulo del Dereto upremo N1 559 $R ;… S45* P/9*/+/ / * C4+/ S,/9*# 34;/ *<4 / /9,/*54/3 534,+*3 > *<4 / ;//G5543 345*/3# 4* 4/+/: */ J=,/<,5. Como es de 0eri-iarse, la Corte uprema de manera onsistente predia 6ue el relamo de remuneraiones de0engadas gira en torno al desempe(o e-eti0o de labores del relamante% en este punto, al no tenerse labor e-eti0a por parte del
6
ALBERTO HUAMÁN Abogado Ofc: Manco Cápac N° 158 Ofcina 401 del cercado de Chiclayo #9509944 !"M$
re%&aci'n de lo% %er(icio% legale% de con%)l&or*a y pa&rocinio de proce%o% de a+paro, proce%o% con&encio%o% ad+ini%&ra-(o% y proce%o% laborale% !n)e(a y an-g)a ley proce%al del &raba.o$, ci(ile% y penale%
traba/ador demandante, aree de sustento /ur8dio alguno el relamar el tiempo no traba/ado omo e-eti0o a los e-etos del pago de remuneraiones de0engadas& HTERCERO & ;…< 9.). ;…< de la letura del art8ulo :5 del Dereto upremo N1 559$R enontramos 6ue el mbito de apliain se enuentra irunsrito a los supuestos de nulidad de despido ;art8ulo 4 del Dereto upremo N1 559$R< mas no as8 a los dems supuestos de dispositi0os regulados por el $e?to nio Ordenado del Dereto upremo N1 559$RK& C*3*5 L*;4* N° 7186-201@-L*9;*>/,/# / 20 / //4 / 201# 435/*4 +//4# @.1. FC3* U5/ P4+* 3. P4>/+4 E3/5* J* S* I<*54 B*<,* M553+/54 / A<5,+,*H# / * S** / D//4 C43+5+,54* > S45* P/9*/+/ / * C4+/ S,/9*# 34;/ *<4 / /9,/*54/3 //<**3 > ;//G5543 345*/3. ABn ms, la abierta improedenia del relamo de remuneraiones de0engadas se enuentra on-irmado por la propia Corte uprema omo es la preisin de sus ra@onamientos omo es lo reonoido abierta 7 e?presamente en el preedente 0inulante de esta Corte ontenido en la Casain +aboral N1 >)445)4!un8n, del 4) de enero del 45)9, del ual se 3a apartado la ala +aboral de …………….. on la entenia Re0isora ontenida en la Resoluin N1 2einte, del ….. de ……… de 45)…% a tal e-eto, se 3ae neesario la ita de importante pronuniamiento supremo para el aogimiento de los argumentos e?puestos& HDKCIMO TERCERO & Qinalmente abe agregar 6ue on-orme a lo e?pliitado anteriormente, 7 a la posiin aordada por los !uees upremos de las alas de Dere3o Constituional 7 oial Permanente 7 $ransitoria en el Primer Pleno !urisdiional upremo en materia laboral lle0ado a abo los d8as uatro 7 atore de ma7o de dos mil doe% respeto a la proedenia de la tramitain del relamo de remuneraiones de0engadas% el mismo se debe tramitar 08a ain de indemni@ain por da(os 7 per/uiios on-orme lo pre0= e?presamente el iniso b< del art8ulo 4 de la Nue0a +e7 Proesal del $raba/o +e7 N1 4:, indemni@ain 6ue omprender no solo el +uro Cesante ;lo de/ado de peribir< sino tambi=n otros oneptos omo son el da(o emergente 7 el da(o moral% la misma 6ue al ser de 8ndole ontratual se su/etar al pla@o se(alado en el iniso ) del art8ulo 455) del Cdigo Ci0ilK& C*3*5 L*;4* N° )1?2-2012-J,# / 21 / //4 / 201@# 435/*4 ,*+4 * 3/Q+4 FO3* J,* / D543 P**<* C5** 3. M,55*5* D53+5+* / E T*9;4H# / * S** / D//4 C43+5+,54* > S45* P/9*/+/ / * C4+/ S,/9*# 34;/ *<4 / ;//G5543 345*/3 > 4+4# ,;5*4 / / DOEP / 2 / 9*>4 / 2006# 4* 4/+/: M4*/3 P**<,/.
7
ALBERTO HUAMÁN Abogado Ofc: Manco Cápac N° 158 Ofcina 401 del cercado de Chiclayo #9509944 !"M$
re%&aci'n de lo% %er(icio% legale% de con%)l&or*a y pa&rocinio de proce%o% de a+paro, proce%o% con&encio%o% ad+ini%&ra-(o% y proce%o% laborale% !n)e(a y an-g)a ley proce%al del &raba.o$, ci(ile% y penale%
A modo de ierre, 6uedando demostrado 6ue la entenia Re0isora ontenida en la Resoluin N1 2einte, del … de ……… de 45)…, emitida por la ala +aboral de …………., se 3a apartado de manera inmoti0ada de los preedentes 0inulantes ontenidos en las Casaiones N1 )94555, del 44 de enero de 455), N1 4)5>4555 +ima, del 5F de mar@o del 455) 7 N1 4)4455+ima, del 49 de abril del 45)5 as8 omo en& Casain +aboral N1 :))45))Cuso, del )> de /unio del 45)4, Casain +aboral N1 >)445)4, del 4) de enero del 45)9, Casain +aboral N1 4>9:45)9 !unin, del 5: de no0iembre del 45)9, Casain +aboral N1 F945)9+a +ibertad, del 54 de diiembre del 45)9 7 la Casain +aboral N1 )F45)9+amba7e6ue, del 45 de enero del 45):, orresponde 6ue la Corte uprema de !ustiia de la RepBblia, al resol0er la asain, delare !UNDADO EL RECURSO proediendo a CASAR LA SENTENCIA DE "ISTA CONTENIDA EN LA SENTENCIA RE"ISORA RECO&IDA EN LA RESOLUCIÓN N° "EINTE# DE !EC$A DE . DEL 201# EMITIDA POR LA 1% SALA LABORAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE .% en onseuenia, delare NULA LA SENTENCIA DE "ISTA 7 ACTUANDO EN SEDE DE &RADO JUDICIAL proeda a RE"OCAR LA SENTENCIA CONTENIDA EN LA RESOLUCIÓN N° 'UINCE# DEL DE DEL 201 EN EL EXTREMO DEL ACO&IMIENTO DE LA PRETENSIÓN DE PA&O DE REMUNERACIONES DE"EN&ADAS por enontrarse e?pedida de manera ontraria a los preedentes de la Corte uprema de !ustiia de la RepBblia. PRIMER OTRO S DI&O: 'ue, ad/untamos tasa /udiial por la interposiin de la presente petiin en sede de asain. POR TANTO: e(or Presidente de la ala +aboral de la Corte uperior de !ustiia de ………….., tenga por interpuesto el presente reurso asatorio, en umplimiento estrito de los art8ulos 9:1 al 91 de la N+P$ as8 omo del art8ulo 9F:1 del CPC apliable =ste Bltimo supletoriamente, dndole el trmite ba/o la -orma 7 estilo de +e7.
8