SR. DIRECTOR DEL CENTRO DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL. ALBERTO FRANCISCO AYALA FLORES ,
identificado con DNI N° 09415964, persona natural con negocio con RUC N° 10094159640 con domicilio en Jr. Urubamba N° 220, José Gálvez, Distrito de Villa María del Triunfo, Provincia y Departamento de Lima; a Ud. respetuosamente digo: I.
PETITORIO:
Que, en vía del procedimiento de Conciliación Extrajudicial, de conformidad con la Ley N° 26872, Solicito a Ud. se sirva invitar a: FLAVIO JHUNIOR RAMIREZ GAMBOA ,
identificado con DNI N°44475313, a
quien se le deberá de notificar en su domicilio real ubicado en: Mz.B, Lt. 25, Pamplona Alta, Sector Alfonso Ugarte S/N, San Juan de Miraflores-Lima. Y asimismo en su domicilio de RENIEC en la Mz. B, Lt. 04, Asociación Monte Azul, Distrito de San Martin de Porres-Lima. A efectos de una OBLIGACIÓN DE HACER, de: 1.- Mantenimiento de bloque de electroválvulas de la excavadora de marca Catarpillar, Modelo M-315, Serie 7ML00118 de propiedad pr opiedad del solicitante. 2.- Acondicionamiento Acondicionamiento del Sistema
Hidráulico de Martillo Respecto de la
excavadora antes indicada. 3.- Reparación de la Caja de Translación de la Excavadora antes descrita. Asimismo, la pretensión se extiende al pago de los intereses legales, costos y costas de proceso proceso que devenguen devenguen hasta la fecha. fecha. II.
FUNDAMENTOS DE HECHO DEL CONFLICTO:
1.- El recurrente, es propietario del vehículovehículo- Excavadora, marca Catarpillar, Modelo M-315, serie 7ML00118. 2.- El invitado, FLAVIO JHUNIOR RAMIREZ GAMBOA, se comprometió mediante trato verbal con el solicitante, a efectuar el Mantenimiento de bloque
de electroválvulas de la excavadora de marca Catarpillar, Modelo M-315, Serie 7ML00118 de propiedad del solicitante; Acondicionamiento del Sistema Hidráulico de Martillo Respecto de la excavadora antes indicada, y la Reparación de la Caja de Translación de la Excavadora antes descrita. Y habiendo acordado por un monto ascendente a los S/ 11,500.00 Soles, monto que comprede el total de mano de obra y repuestos necesarios según su propia cotización, del cual hasta la fecha, el solicitante le ha pagado al invitado un total de S/10,570.00 Soles, quedando pendiente la suma de S/930.00 Soles, y el cumplimiento de los servicios indicado en la pretensión. 3.- Asimismo, el solicitante se debe comprometer a que una vez culminado los servicios pretendidos, cuente con una garantía de un buen funcionamiento del vehículo antes descrito de tres meses desde culminados los trabajos prestados por el invitado. 6.- Ante esta actitud, me veo obligado a recurrir a su Centro de Conciliación a fin de que invite al emplazado de modo que llegue a u acuerdo conciliatorio que satisfaga mi expectativa del cumplimiento de OBLIGACION DE HACER. III.
FINALIDAD DE LA CONCILIACION:
Como he señalado, la conciliación tiene como fin, culminar el litigio de una forma práctica y beneficiosa para ambas partes, sin llegar a instancias judiciales IV.
MONTO DE LA PRETENSION:
Mi pretensión reclamada no es apreciable el dinero, por ser un servicio de OBLIGACION DE HACER. V.
ANEXOS:
1-A. Copia de mi DNI. 1-B. Copia de la ficha de la RENIEC del invitado. POR LO TANTO:
Señor director del centro de conciliación, sírvase dar el trámite correspondiente a la presente petición, por ser causa justa. A los 08 días del mes de agosto de 2018.