UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y ADMINISTRATIVAS ESCUELA PROFESIONAL DE CIENCIAS CONTABLES
INFORME DE PRÁCTICAS PRE – PROFESIONALES REALIZADO EN: SECTOR PRIVADO ESTUDIO CONTABLE “T&J CONTADORES SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” AREA DE CONTABILIDAD
SECTOR PÚBLICO MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO – AREA DE TESORERIA
PRESENTADO POR: ALBANDINA BUSTINZA MAMANI
PARA OPTAR EL GRADO ACADEMICO DE: BACHILLER EN CIENCIAS CONTABLES
PUNO – PERU 2018
i
UNIVERSIDAD UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y ADMINISTRATIVAS
ESCUELA PROFESIONAL DE CIENCIAS CONTABLES
INFORME DE PRÁCTICAS PRE REALIZADO EN:
–
PROFESIONALES
SECTOR PRIVADO: ESTUDIO CONTABLE “T&J CONTADORES SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” – AREA DE CONTABILIDAD
SECTOR PÚBLICO: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO -
“AREA DE
TESORERIA” APROBADO POR:
DECANO
:
…….…………………………………………………………………
M.SC. CPC. HERMOGENES MENDOZA ANCCO
DIRECTOR DE ESTUDIOS
:
…….…………………………………………………………………
Dr. GERMAN ALBERTO MEDINA COLQUE
COORDINADOR DE PRACTICAS
:
…..…………………………………………………………………. …..………………………………… ……………………………….
M.Sc. CPC. HUGO FREDY CONDORI MANZANO
ASESOR DE PRACTICAS PRIVADAS
:
…..………………………………………………………………….
Dr. MARIA AMPARO CATACORA PEÑARANDA
ASESOR DE PRÁCTICAS PÚBLICAS :
……..……………..…………………………………………………
Dr. PERCY QUISPE PINEDA
EGRESADO
:
……..……………..…………………………………………………
ALBANDINA BUSTINZA MAMANI
ii
UNIVERSIDAD UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y ADMINISTRATIVAS
ESCUELA PROFESIONAL DE CIENCIAS CONTABLES
INFORME DE PRÁCTICAS PRE REALIZADO EN:
–
PROFESIONALES
SECTOR PRIVADO: ESTUDIO CONTABLE “T&J CONTADORES SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” – AREA DE CONTABILIDAD
SECTOR PÚBLICO: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO -
“AREA DE
TESORERIA” APROBADO POR:
DECANO
:
…….…………………………………………………………………
M.SC. CPC. HERMOGENES MENDOZA ANCCO
DIRECTOR DE ESTUDIOS
:
…….…………………………………………………………………
Dr. GERMAN ALBERTO MEDINA COLQUE
COORDINADOR DE PRACTICAS
:
…..…………………………………………………………………. …..………………………………… ……………………………….
M.Sc. CPC. HUGO FREDY CONDORI MANZANO
ASESOR DE PRACTICAS PRIVADAS
:
…..………………………………………………………………….
Dr. MARIA AMPARO CATACORA PEÑARANDA
ASESOR DE PRÁCTICAS PÚBLICAS :
……..……………..…………………………………………………
Dr. PERCY QUISPE PINEDA
EGRESADO
:
……..……………..…………………………………………………
ALBANDINA BUSTINZA MAMANI
ii
La concepción de este proyecto está dedicada a Dios por su bendición y cuidado quien es la luz
de
mi
camino,
por
iluminarme, guiarme y brindarme salud cada día, dándome fuerza y fortaleza para seguir adelante. Con mucho amor y eterna gratitud, el presente trabajo dedico a mis padres y mis hermanos por haberme forjado y
brindado
su
apoyo
incondicional en mi formación
A los Docentes de la Escuela Profesional
de
Ciencias
Contables, y en especial a los que me forjaron como persona y por las enseñanzas impartidas.
iii
Mi agradecimiento profundo a la Empresa T&J contadores SCRL. y a la Municipalidad Provincial de Puno, por su muy caluroso acogimiento, al personal que
labora
en
estas
entidades,
por
haberme
proporcionado la información necesaria para realizar la presente investigación. A los Docentes de la Escuela Profesional de Ciencias Contables por la formación recibida, así también agradezco, a todos los que de alguna u otra forma me ayudaron en la concertación de la investigación realizada.
iv
PRIMERA PARTE PRÁCTICAS PRE - PROFESIONALES SECTOR PRIVADO REALIZADOS EN EL ESTUDIO CONTABLE “T&J CONTADORES SCRL.”
- PUNO
INTRODUCCIÓN ...................................................................................................... viii RESÚMEN.................................................................................................................ix CAPITULO I ............................................................................................................. 12 MARCO TEORICO .................................................................................................... 12 1.1.
DESCRIPCION DE LA ENTIDAD ............................................................................ 12
1.1.1.
ANTECEDENTES DE LA ENTIDAD ........................................................................................ 13
1.1.2.
OBJETIVO DE LA ORGANIZACIÓN ....................................................................................... 13
1.1.3.
POLITICAS ........................................................................................................................... 13
1.1.4.
MISION ............................................................................................................................... 14
1.1.5.
VISION ................................................................................................................................ 14
1.1.6.
ORGANIZACIÓN ............................................................. ..................................................... 14
1.1.7.
ESTRUCTURA ORGANICA ................................................................................................... 15
1.1.8.
ORGANIGRAMA.................................................................................................................. 18
1.2.
MARCO TEORICO .............................................................................................. 18
1.3.
MARCO CONCEPTUAL ....................................................................................... 76
CAPITULO II ............................................................................................................ 82 ACTIVIDADES REALIZADAS ...................................................................................... 82 CAPITULO III ........................................................................................................... 87 DISCUSION ............................................................................................................. 87 CAPITULO IV........................................................................................................... 89 CONCLUSIONES ...................................................................................................... 89 CAPITULO V............................................................................................................ 91 RECOMENDACIONES .............................................................................................. 91
v
CAPITULO VI........................................................................................................... 94 BIBLIOGRAFIA ........................................................................................................ 94 WEBGRAFIA ........................................................................................................... 96 ANEXOS ................................................................................................................. 97 CAPITULO I ............................................................................................................. 99
SEGUNDA PARTE PRÁCTICAS PRE - PROFESIONALES SECTOR PUBLICO REALIZADOS EN LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO - AREA DE TESORERIA
MARCO TEORICO .................................................................................................... 99 1.1
DESCRIPCION DE LA ENTIDAD ............................................................................ 99
1.1.1
ANTECEDENTES DE LA ENTIDAD ...................................................................................... 100
CREACION............................................................................................................100 BASE LEGAL: ........................................................................................................101 PUNO VISION PROVINCIAL AL 2021 ......................................................................102 1.1.2
OBJETIVO DE LA ORGANIZACIÓN ..................................................................................... 102
1.1.3
POLITICAS ........................................................... .............................................................. 103
1.1.4
MISION ............................................................................................................................. 106
1.1.5
VISION .............................................................................................................................. 106
1.1.6
ORGANIZACIÓN ............................................................. ................................................... 106
1.1.7
ESTRUCTURA ORGANICA ................................................................................................. 108
ORGANIGRAMA .............................................................................................................................. 131 1.2
MARCO TEORICO .............................................................................................132
1.3
MARCO CONCEPTUAL ......................................................................................147
CAPITULO II ...........................................................................................................154 ACTIVIDADES REALIZADAS ..................................................................................... 154 CAPITULO III ..........................................................................................................162 DISCUSION ............................................................................................................ 162
vi
CAPITULO IV.......................... ....................................... ........................... ........................... .......................... .......................... ........................... ..............164 CONCLUSIONES ..................................................................................................... 164 CAPITULO V........................... ........................................ ........................... ........................... .......................... .......................... ........................... ..............166 RECOMENDACIONES ............................................................................................. 166 CAPITULO VI.......................... ....................................... ........................... ........................... .......................... .......................... ........................... ..............168 BIBLIOGRAFIA ....................................................................................................... 168 WEBGRAFIA WEBGRAFIA .......................... ....................................... ........................... ........................... .......................... .......................... ........................... ..............169 ANEXOS ...................... ........... ...................... ...................... ...................... ...................... ...................... ...................... ..................... ..................... .............. ... 169
vii
INTRODUCCIÓN Las prácticas Pre - Profesionales las mismas que realice tanto en el sector privado como en el público constituyen una parte muy significativa en la formación del Alumno Egresado de esta muy prestigiosa casa de estudios, puesto que se desarrolla desarrolla el contenido de cada uno de de los temas que se trata durante todo el periodo que duran los estudios en los diez semestres académicos, así como también se debe considerar que es un requisito indispensable para poder optar el Grado Académico de Bachiller en Ciencias Contables, según lo establecido el Programa Académico Académico de la Facultad de Ciencias Contables y Administrativas de la Universidad Nacional del Altiplano. El presente informe de Prácticas, cuya elaboración tanto para el sector privado como el sector público, se menciona paso a paso la labor diaria realizada durante los seis meses que duro mi proceso de prácticas en ambos sectores, las practicas se toman como finalidad primordial el interactuar del estudiante entre la teoría y la práctica lo cual se fundamenta en las experiencias adquiridas durante las prácticas, mediante las actividades realizadas, para finalmente obtener conclusiones razonables entre la práctica y el conocimiento teórico. En el presente informe, se mencionan todos y cada uno de los conceptos básicos y elementales los cuales deben de estar presentes en todo momento para poder laborar, convivir y actuar de manera íntegra, honesta, ética y objetiva en cualquier caso que se presente en las circunstancias de la vida ya sea en el ámbito laboral como en nuestra vida diaria.
viii
RESÚMEN El presente informe de prácticas Pre – – Profesionales, la cual fue posible su realización gracias al acogimiento del Estudio Contable “T&J CONTADORES SCRL.”, cuya actividad principal es la de brindar servicios de asesoría, consultoría y asistencia técnica en los rubros contables, tributarios, empresariales, laborales y de auditoría. Asimismo, gracias al acogimiento de la “Municipalidad Provincial De Puno – Área – Área De Tesorería”, donde se procesa toda la información acerca de Los ingresos y egresos dentro de la municipalidad. Y es así que he podido desenvolverme satisfactoriamente para adquirir nuevas experiencias que a futuro me servirán para un desenvolvimiento eficiente en el desarrollo de la profesión. Este Informe de prácticas tuvo una duración de tres meses en cada sector, haciendo un total de seis meses hasta la fecha de presentación del mismo; a continuación, se detalla el contenido de este trabajo: En la primera parte del marco teórico se desarrolla la descripción de la institución o empresa, el personal con el que cuenta, las funciones que desempeñan y la estructura orgánica de la empresa. El marco conceptual se desarrolla dentro de un marco contable en la primera parte se cita bibliografía de contabilidad, desarrollando todo lo referente al aspecto contable para luego definir las normas y leyes contables. En cuanto al marco conceptual de la segunda parte del informe se cita bibliografía de contabilidad pública y privada definiendo lo que es administración pública, sector público y sistemas administrativos; finalmente se hace una conceptualización del sistema de Remuneraciones en el Sector público y el régimen de la actividad pública. La primera parte se concluye con la definición de términos básicos en forma descriptiva.
ix
Las conclusiones a las que se llego es la importancia de las prácticas profesionales para el desempeño de la profesión contable. Finalmente, como un trabajo que contiene sugerencias practicas se desea contribuir a la buena administración, que permita un desarrollo de medios correctivos y fundamentalmente en aprobar a todo lo que estuviera en nuestras manos profesionales como las conclusiones, recomendaciones para un mejor punto de vista institucional y profesional.
x
PRIMERA PARTE PRÁCTICAS PRE - PROFESIONALES SECTOR PRIVADO REALIZADOS EN EL ESTUDIO CONTABLE “T&J CONTADORES SCRL.”
11
- PUNO
CAPITULO I MARCO TEORICO 1.1. DESCRIPCION DE LA ENTIDAD El estudio contable “T&J CONTADORES S.C.R.L.” cuyo gerente general es el C.P.C.C. Tania Libertad Castillo Ortega, se encuentra ubicado en el centro de la ciudad de puno, a un costado de parque pino exactamente en el Jr. Arequipa a un costado de SUNAT, del Distrito de Puno, Provincia de Puno y Departamento de Puno, su infraestructura es de dos niveles y en ella se encuentra áreas donde se realizan diferentes tipos de servicios y asesoramiento de tipos contables, tributarios, financieros, laborales y empresariales. En cuanto al personal que labora, hay un asistente que se encargan del área de operaciones, un técnico encargado del registro y liquidación de impuestos, una persona encargada del cronograma de pago y declaraciones de impuestos y una persona encargada del procesamiento de información para generar los estados financieros.
12
1.1.1. ANTECEDENTES DE LA ENTIDAD A partir de la reforma tributaria en la década de los 90 en el siglo anterior, un 30% de los contadores se dedican a la actividad privada, prestando servicios de asesoramiento en temas tributarios y financieros, además de ello, hoy en día mucha empresas pertenecientes al rubro del micro y pequeñas empresas (MYPES), recurren a los servicios del contador para poder ser asesorados de manera correcta, aplicando las leyes como corresponden, en el departamento de Puno, de la misma manera una buen parte de los egresados de la carrera de contabilidad se dedican a la actividad privada, en este caso el estudio contable “T&J CONTADORES S.C.R.L.” es una de las oficinas ubicado en Jr. Arequipa a un costado de la SUNAT del distrito de Puno, Provincia de Puno, Departamento de Puno.
1.1.2. OBJETIVO DE LA ORGANIZACIÓN La empresa T&J CONTADORES S.C.R.L. se dedica a la prestación de servicios contables, tributarios, financieros, laborales y empresariales como son constitución de empresas, elaboración de estados financieros, declaraciones mensuales IGV-Renta, Planillas electrónicas, Ampliaciones y/o Modificaciones de giro de negocio, Elaboración de Libros, Conciliaciones Bancarias y otras en general. Así mismo ofrece el servicio de Auditoria a toda clase de Empresas Privadas.
1.1.3. POLITICAS Según el manual de organización y funciones de la empresa y con el fin de delinear el sistema de gestión de calidad se ha establecido las siguientes políticas:
Compromiso con nuestro cliente y el servicio prestado 13
Mejora continua
Capacitación constante
Cordialidad, atención y respeto en el trato con el cliente y colaboradores
Atención preferencial al cliente potencial.
1.1.4. MISION “T&J CONTADORES S.C.R.L.” somos una empresa peruana competitiva, que brinda servicios de calidad especializados y personalizados en asesoría y consultaría tributaria, contable, financiero y servicios en auditoria. Dirigido a empresas nacionales privadas, garantizados por la experiencia de un equipo multidisciplinario de primer nivel que asume el compromiso de apoyarlos de manera integral, previniendo contingencias, solucionando problemas e implementando procesos contables financieros.”
1.1.5. VISION “Ser una de las principales empresas en la región y también en la nación que brinde servicios en Consultoría, Asesorías y Auditoría Contable.”
1.1.6. ORGANIZACIÓN El estudio contable “T&J CONTADORES S.C.R.L.”, es un estudio de consultaría, asesoría y auditoría contable integral para empresas de diferentes tipos de objeto social. Las áreas con que cuenta son las siguientes:
CONSULTORÍA Y ASESORÍA TRIBUTARIA
Con la amplia experiencia en consultaría, asesoría y auditoria cumplimos con nuestra ética profesional en crear una conciencia empresarial, 14
brindando servicios en: Análisis y determinación del IR y el IGV, Regularización de tributos y tasas, procesos de fiscalización tributaria, asesoría especializada en derecho tributario, etc.
ASESORÍA CONTABLE
Brinda servicios en: Constitución de empresas, Elaboración de Estados Financieros, Procesos de emisión de libros contables, Implementación de normas internacionales de contabilidad, Informes Financieros e Inventarios.
AUDITORÍA
Realiza Auditoria de Estados Financieros, Exámenes especiales y Peritajes, Evaluación del Control Interno, Análisis previo a una auditoria tributaria por la SUNAT.
1.1.7. ESTRUCTURA ORGANICA El estudio contable cuenta con el siguiente personal: A. GERENTE GENERAL
FUNCIONES: Actúa como representante del estudio ante las demás empresas, toma Decisiones y acciones y recaen todas las responsabilidades, coordinaciones y determina el futuro del estudio a su cargo. Redacta cartas, memorándum, oficios, otros documentos. Administra los bienes del estudio, de igual manera ve el control de los recursos humanos, para su rendimiento eficiente. Es responsable de formular los Balances mensuales, velar por el óptimo funcionamiento financiero de la Empresa.
15
Elabora la planilla de remuneraciones de los trabajadores, y su respectivo pago de obligaciones sociales de manera mensual, CTS, ESSALUD, pensiones y otros. Es responsable de todos los asuntos que van ligados a asuntos legales de la empresa con los clientes, SUNAT y otros.
B. CONTADOR GENERAL FUNCIONES: Es responsable de formular los balances mensuales, velar por el óptimo funcionamiento financiero de la empresa. Es responsable de elaborar los Estados Financieros de las empresas que se lleva a cabo. Revisa y concretiza la elaboración del libro de inventario y balances. Colabora con el administrador respectivo a su trabajo, con la máxima eficiencia. Supervisa el correcto y eficiente trabajo del personal que tiene a cargo.
C. ASISTENTES FUNCIONES: Apoyar en la elaboración de los Estados financieros de las contabilidades de las diferentes empresas que llevan en el estudio. Colabora en el registro en el libro de inventario y balances. Registro de cuentas de los respectivos libros contables principales según lo exigido por la ley. Así como realizar el registro y análisis de los libros auxiliares y documentos fuentes de contabilidad.
D. PRACTICANTES O PERSONAL EN FORMACIÓN Apoyo en los registros de compras y ventas. 16
Llevar el control de los documentos fuente. Registro del libro diario así como el respectivo cierre del libro diario. Declaraciones mensuales de PDT 621 y PDT 601 Plame Archiva la correspondencia documentos varios. Realizar y recibir llamadas telefónicas para tener informado a los jefes de los compromisos y demás asuntos. Realizar los encargos y trabajos que se les asigne de las diferentes áreas del estudio, ya sean del administrador, del contador y de los asistentes, respecto al desarrollo de capacidades que se les instruya para el mejor desenvolvimiento para su formación profesional. Ayudar en las operaciones de una empresa en específica. En el estudio contable mi persona ha podido llevar la contabilidad de la empresa
Consultores Contratistas Generales TAWA. Con R.U.C. Nº 20448335811, que más adelante pasare a mencionar su descripción.
17
1.1.8. ORGANIGRAMA
ESQUEMA N°1 ORGANIGRAMA DE LA EMPRESA “T&J CONTADORES S.C.R.L.”
1.2. MARCO TEORICO 1.2.1. EMPRESA: APAZA, (2009) Se entiende por empresa a la asociación o agrupación de personas, dedicadas a realizar obras materiales, negocios o proyectos de importancia, concurriendo de manera común a los gastos que origina y participando de las ventajas que reporte. Las empresas en la legislación nacional, se encuentran reguladas en la ley general de sociedades, Ley N° 26887. (ÍDEM) Comercialmente se le entiende a la sociedad como el contrato en que dos o más personas aportan en común bienes o industria, para obtener una ganancia y repartirse los beneficios.
18
Conforme al art. 1° de la ley n° 26887, la sociedad es definida como: quienes constituyen la sociedad, convienen en aportar bienes o servicios para el ejercicio en común de actividades económicas. a.
PERSONA NATURAL
APAZA, (2009) Se entiende por persona natural, al ser humano o a la persona humana. Para ser sujeto de derechos y obligaciones de carácter mercantil, comercial o societario, se requiere que tenga capacidad jurídica. b.
PERSONA JURÍDICA
APAZA, (2009) Aquellas organizaciones de personas naturales o jurídicas, que la ley les concede existencia legal. No tienen existencia física como la persona natural, son representadas por una o más personas naturales.
a) CLASIFICACION : CLASIFICACIÓN DE LAS EMPRESAS (Callo Cáceres,A 2004) 1. SEGÚN SU ACTIVIDAD
Agropecuarias
Mineras
Industriales
Comerciales
Servicios 2. SEGÚN EL NÚMERO DE SOCIOS
De un solo socio o unipersonal 19
De varios socios
Sociedades comerciales
La sociedad colectiva
La sociedad limitada
Sociedad comanditaria
La sociedad anónima. 3. SEGÚN EL APORTE DE CAPITAL
La empresa privada
La empresa pública
Las empresa mixtas
b) TIPOS DE SOCIEDAD: Según APAZA, (2009) las empresas se clasifican de la siguiente manera:
Sociedad Anónima:
Anónima Abierta
Anónima Cerrada
Sociedad de Responsabilidad Limitada
Sociedad en Comandita por Acciones
Sociedad Colectiva Civil
Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada.
c) TIPOS DE EMPRESAS SEGÚN LA PROPIEDAD DEL CAPITAL 20
a.
Empresas Privadas
Una empresa privada o corporación cerrada es una empresa dedicada a los
negocios
cuyos
dueños
pueden
ser
organizaciones
no
gubernamentales, o que están conformadas por un relativo número de dueños que no comercian públicamente en las acciones de bolsa. Sus dueños pueden ser personas jurídicas y también por cierto personas física. b.
Empresas Públicas
Se entiende por empresa pública, empresa estatal o sociedad estatal a toda aquella que es propiedad del Estado, sea éste nacional, municipal o de cualquier otro estrato administrativo, ya sea de un modo total o parcial.
1.2.2. CONTABILIDAD: GIRALDO, (2007) Contabilidad es la ciencia social, que se encarga de estudiar, medir y analizar el patrimonio de las organizaciones, empresas e individuos, con el fin de servir en la toma de decisiones y control, presentando la información, previamente registrada, de manera sistemática y útil para las distintas partes interesadas. Posee además una técnica que produce sistemáticamente y estructuradamente información cuantitativa y valiosa, expresada en unidades monetarias acerca de las transacciones que efectúan las entidades económicas y de ciertos eventos económicos identificables y cuantificables que la afectan, con la finalidad de facilitarla a los diversos públicos interesados. (IDEM) La finalidad de la contabilidad es suministrar información en un momento dado y de los resultados obtenidos durante un período de tiempo, que resulta de utilidad a los usuarios en la toma de sus decisiones, tanto 21
para el control de la gestión pasada, como para las estimaciones de los resultados futuros, dotando tales decisiones de racionalidad y eficiencia. (IDEM) La finalidad de la contabilidad es suministrar información en un momento dado y de los resultados obtenidos durante un período de tiempo, que resulta de utilidad a los usuarios en la toma de sus decisiones, tanto para el control de la gestión pasada, como para las estimaciones de los resultados futuros, dotando tales decisiones de racionalidad y eficiencia. a). IMPORTANCIA DE LA CONTABILIDAD GIRALDO, (2007) Porque todos tenemos en nuestra vida cotidiana la necesidad de tener un cierto control de cuáles son nuestros gastos y nuestros ingresos. Necesitamos conocer a qué necesidades debemos hacer frente y con qué recursos contamos para ello. Sin este control, nos arriesgaríamos a agotar nuestros ingresos a mitad de mes, o desconoceríamos el importe de los préstamos que nos hubiese concedido el banco para comprar un piso y que todavía se debe devolver. (IDEM) Si no existiera la contabilidad el giro de un negocio sería un desorden total sin sentido común. Si no le fuera posible de operar su real movimiento sobre todo en la actividad en que la organización contable constituye un instrumento y lenguaje de los negocios, cualquiera sea su naturaleza. Por medio de la contabilidad podemos conocer la marcha y cursos de los negocios, la historia detallada de las operaciones realizadas, en cualquier época del año, y obtener el resultado de los beneficios habidos en la empresa. b). FINALIDAD DE LA CONTABILIDAD 22
En palabras de GIRALDO, (2007) se clasifica de la siguiente manera:
Nos permite dar información de un hecho económico
administrativo que realizan las empresas.
Tiene la finalidad de registrar todas las operaciones que
realiza la empresa, para luego preparar periódicamente los estados financieros. c). CLASIFICACIÓN DE LA CONTABILIDAD Giraldo Jara, (2004) “La contabilidad se clasifica de acuerdo a las actividades en que vaya a utilizarse. Es decir que se divide en dos grandes sectores que son Privada y Pública”. a) CONTABILIDAD PRIVADA Es aquella en que se clasifica, registra y analiza todas las operaciones económicas, de empresas de socios o individuos particulares, y que les permite tornar decisiones ya sea en el Campo administrativo, financiero o económico.
b) CONTABILIDAD PÚBLICA Registra, clasifica, controla, analiza e interpreta todas las operaciones de las entidades de derecho público y a la vez permite tomar decisiones en materia fiscal, presupuestaria, administrativa, económica y financiera. d). EL PROCESO CONTABLE DE LA EMPRESA Callo Cáceres, (2004) Dado que la Contabilidad pretende representar el proceso económico de la empresa, para alcanzar este fin tendremos que disponer de un instrumento contable que permita captar las variaciones que 23
va experimentando el Patrimonio de la unidad económica, y conviene que este instrumento de representación económica se refiera a cada elemento patrimonial y refleje la situación del mismo, con independencia de la de otros elementos patrimoniales.
ESQUEMA N°2 PROCESO CONTABLE
Fuente: Caballero Bustamante
1.2.3. LA ECUACION CONTABLE DIAZ MORENO, (2001) Representa la posición financiera del negocio o ente económico. En el lado izquierdo de la ecuación figuran todos los recursos o propiedades que posee la empresa para el desarrollo de su objeto social y en el lado derecho, la participación de los proveedores, acreedores y los propietarios del negocio. Debe existir un perfecto equilibrio entre las propiedades y los derechos de los dueños y terceros. La condición Financiera o la posición de un negocio o empresa comercial se representa por la relación de los activos con los pasivos más el capital se representa en la ecuación contable, aplicando la siguiente ecuación contable: “ACTIVO = PASIVO + PATRIMONIO” 24
1.2.4. LIBROS DE CONTABILIDAD GIRALDO, (2010) Son registros especiales donde se detallan las operaciones mercantiles y administrativas, en forma cronológica y ordenada con la finalidad de mostrar la situación de la empresa. 1.2.4.1. Libros Contables obligatorios según régimen SUNAT, (2016) Los tipos de libros o registros contables que estarás obligado a llevar dependerá del Régimen Tributario en el que te encuentres, sea como Persona Natural con Negocio o en el que se encuentre la Persona Jurídica (empresa) que hayas formado. Inclusive dependerá del volumen de los ingresos anuales que estimes obtener por el desarrollo de tu actividad empresarial. La SUNAT ha implementado el llevado de libros en forma electrónica, generando beneficios a tu negocio por ahorro de costos de legalización, impresión y almacenaje de los libros y registros, así como un importante efecto ecológico al reducir el uso de árboles y agua, al no usar papel.
25
ESQUEMA N°3 OBLIGACIÓN DE LLEVAR LIBROS CONTABLES
FUENTE: SUNAT
CUADRO N° 1 REGIMENES TRIBUTARIOS REGÍMENES
VOLUMEN DE
LIBROS Y
TRIBUTARIOS
INGRESOS
REGISTROS OBLIGADOS A LLEVAR
Nuevo Régimen Único Simplificado – NUEVO
NRUS
REGIMEN ÚNICO SIMPLIFICADO - RUS
No habrá obligación de llevar libros ni registros
contables.
Solo
debes
conservar los comprobantes de pago que se hubieran emitido y aquellos que 26
sustenten las adquisiciones realizadas, en orden cronológico.
Régimen Especial de Renta – RER
Los únicos libros contables a que estarás
REGIMEN
obligado a llevar son:
ESPECIAL A LA RENTA RER
Registro de Compras y
Registro de Ventas.
Registro
Hasta 300
de
compras
UIT Registro
de
ventas REGIMEN MYPE TRIBUTARIO
Libro de diario de formato simplificado
Más de 300
De acuerdo al
UIT
régimen general 27
Registro
Hasta 300 UIT
de
Compras Registro de Ventas Libro
Diario
de
Formato Simplificado Registro
Más de 300 UIT hasta 500 UIT
de
Compras Registro de Ventas Libro Diario Libro Mayor Registro
Más de 500
REGIMEN
de
Compras
UIT hasta
Registro de Ventas
1700 UIT
Libro Diario Libro Mayor
GENERAL
Libro Inventarios
de y
Balances
Contabilidad Completa,
que
comprende todos los libros indicados
28
en
el
rango
anterior, más:
Más de 1,700 UIT
Libro de Caja y Bancos y los que dispone las normas de
la
Ley
del
a
la
Impuesto Renta Libro
de
Retenciones Registro de Activos Fijos Registro de Costos Registro
de
Inventario Permanente
en
unidades físicas Registro
de
Inventario Permanente valorizado
FUENTE: SUNAT 1.2.4.2
IMPORTANCIA DE LOS LIBROS CONTABLES Porque nos permite registrar todos los movimientos
operacionales de la empresa,
29
Porque nos permite obtener información en cualquier
momento de acuerdo a la necesidad de la empresa.
Porque nos muestra el estado financiero de la empresa en
un tiempo determinado. Porque nos permite conocer nuestras obligaciones, así como las que nos adeudan. 1.2.4.3
CLASES DE LIBROS DE CONTABILIDAD
Según la R.S. Nº 234-2006/SUNAT, en una Contabilidad Completa los libros a llevar y su clasificación son las siguientes: Para efectos del inciso b) del tercer párrafo del artículo 65° de la Ley del Impuesto a la Renta, los libros y registros que integran la contabilidad completa son los siguientes:
Libro Caja y Bancos.
Libro de Inventarios y Balances.
Libro Diario.
Libro Mayor.
Registro de Compras.
Registro de Ventas e Ingresos.
Asimismo, los siguientes libros y registros integrarán la contabilidad completa siempre que el deudor tributario se
30
encuentre obligado a llevarlos de acuerdo a las normas de la Ley del Impuesto a la Renta:
Libro de Retenciones.
Registro de Activos Fijos.
Registro de Costos.
Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas.
Registro de Inventario Permanente Valorizado.
1)
Libro De Inventario Y Balances
DIAZ (2009) Es un libro principal y obligatorio de foliación simple, su finalidad simple es demostrar la situación económica de la empresa, aquí se registran los activos pasivos y patrimonio de las empresa. Se utiliza dos veces al año, al inicio de las operaciones comerciales y otro al finalizar el periodo económico. 2)
Libro Diario
DIAZ (2009) Es un libro principal y obligatorio de foliación simple, en el que se registran todas las operaciones que la empresa realiza, durante un ejercicio económico. Es importante porque nos refleja todo el movimiento de operaciones que la empresa efectúa en forma cronológica y ordenada; día a día, mes a mes señala el calendario. Estos registros deben ser avalados por documentos que den fe a la 31
operación o transacción comercial. Cada una de las operaciones se registra en otros libros y para pasar al libro diario en forma resumida, recibe el nombre de comercialización. 3)
Libro Caja
DIAZ, (2009) Es un libro principal en el cual registramos todas las operaciones que realiza la empresa al contado (efectivo o cheque) los registros a efectuarse son diariamente en forma ordenada y cronológica, con los documentos que con los cuales se han efectuado las operaciones. 4)
Libro Mayor
DIAZ, (2009) Es un libro principal y obligatorio de foliación doble, tiene como finalidad clasificar cada cuenta sus partidas deudoras y acreedores, con el objeto de determinar el movimiento de cada una de las cuentas y sus respectivos saldos. 5)
Registro de Compras
FERRER, (2011) Es un libro auxiliar obligatorio, de foliación doble, su utilización es obligatoria en empresas comerciales, industriales y en algunas circunstancias en empresas de servicios. Su finalidad principal es la de controlar la adquisición de mercaderías y/o bienes; también para calcular el crédito fiscal del IGV. Todos los movimientos de las operaciones registradas en este libro, los origina un asiento por naturaleza y por otro transferencia en el libro diario. 32
6)
Registro de Ventas
FERRER, (2011) Es un libro auxiliar obligatorio, de foliación doble, la legalización se realiza en la primera página ya sea libro de reporte por computadora. Es importante porque sirve para registrar las operaciones transaccionales de venta de mercaderías, bienes o servicios de una empresa. Generalmente se utiliza en empresas comerciales e industriales y en segundo lugar en empresas de servicios. Su finalidad principal es determinar con exactitud las ventas realizadas y los impuestos retenidos, los descuentos, intereses y también las condiciones de venta a los clientes. A través de este libro determinamos cuanto de ingresos ha tenido la empresa en meses comparativos y así comprobar las variaciones ocurridas. 1.2.4.4
LEGALIZACIÓN DE LOS LIBROS CONTABLES
MASIAS, (2010) Los libros de contabilidad que tengan valor legal tienen que ser legalizados, esta legalización se efectúa en la primera página, asimismo, cada una de sus páginas deben estar foliadas en forma detallada. GARCIA, (2012) La legalización es la constancia, puesta por un notario, en la primera hoja útil del libro contable. Si uso registros por medio computarizado, esta constancia debe estar en la primera hoja suelta. La constancia asigna un número y contiene el nombre o la denominación de la razón social, el objeto del libro, el número de folios, el día y el lugar en que se otorga, y el sello y firma del notario (o juez de paz si no hay notario en el 33
lugar). Además, cada hoja, debidamente foliada (o sea, numerada en forma consecutiva) debe contar con el sello del notario o juez de paz, de ser el caso. (IDEM)Para solicitar la legalización de un segundo libro, o de las hojas sueltas, debe acreditar que he concluido el libro o las hojas anteriores. En caso de pérdida, tendré que demostrar en forma fehaciente (indiscutible, con evidencias) que así ha sucedido. Según el artículo 2° de la Resolución de Superintendencia que establece las normas referidas a Libros y Registros vinculados a Asuntos Tributarios R.S. Nº 234-2006-SUNAT, la forma y condiciones serán dados por los siguientes puntos:
Los libros y registros vinculados a asuntos tributarios serán legalizados por los notarios o, a falta de éstos, por los jueces de paz letrados o jueces de paz, cuando corresponda, de la provincia en la que se encuentre ubicado el domicilio fiscal del deudor tributario, salvo tratándose de las provincias de Lima y Callao, en cuyo caso la legalización podrá ser efectuada por los notarios o jueces de cualquiera de dichas provincias. Los notarios o jueces a que se refiere el párrafo anterior colocarán una constancia en la primera hoja de los mismos, con la siguiente información:
34
a) Número de legalización asignado por el notario o juez, según sea el caso;
b) Apellidos y Nombres, Denominación o Razón Social del deudor tributario, según sea el caso;
c) Número de RUC;
d) Denominación del libro o registro;
e) Fecha de la incautación del libro o registro anterior de la misma denominación y la autoridad que ordeno la diligencia de ser el caso;
f) Número de folios de que consta;
g) Fecha y lugar en que se otorga; y,
h) Sello y firma del notario o juez, según sea el caso.
El notario o juez, según sea el caso, sellará todas las hojas del libro o registro, las mismas que deberán estar debidamente foliadas por cada libro o registro, incluso cuando se lleven utilizando hojas sueltas o continuas.
35
Tanto los notarios como los jueces llevarán un registro cronológico de las legalizaciones que otorguen. En dicho registro indicarán el número de la legalización, los Apellidos y Nombres, Denominación o Razón Social del deudor tributario, el número de RUC, la denominación del libro o registro que se ha legalizado, la fecha de la incautación del libro o registro anter ior de la misma denominación y la autoridad que ordeno la diligencia de ser el caso, el número de folios de que consta y la fecha en que se otorga la legalización. En ningún caso el número de legalización, folios o de registros podrá contener adicionalmente caracteres distintos, tales como letras.
Del empaste de los libros y registros Según el artículo N° 5 de la Resolución de Superintendencia Nº 234-2006-SUNAT, los libros y registros vinculados a asuntos tributarios que se lleven utilizando hojas sueltas o continuas deberán empastarse, de ser posible, hasta por un ejercicio gravable. La obligación señalada en el párrafo anterior no será de aplicación cuando el número de hojas sueltas o continuas a empastar sea menor a veinte (20), en cuyo caso el empaste podrá comprender dos (2) o más ejercicios gravables. Para efecto de lo dispuesto en el segundo párrafo del numeral precedente, el empaste deberá efectuarse, como máximo, dentro
36
de los cuatro (4) primeros meses del ejercicio gravable siguiente a aquél en que se reunieron veinte (20) hojas sueltas o continuas. En ambos casos, se deberán incluir las hojas que hayan sido anuladas. A tal efecto, la anulación se realizará tachándolas o inutilizándolas de manera visible.
Plazos De Atraso De Los Libros Y Registros Vinculados A Asuntos Tributarios
Registro de compras diez (10) días hábiles, desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que se recepciones el comprobante de pago respectivo.
Registro de ventas e ingresos diez (10) días hábiles, desde el primer día hábil del mes siguiente a aquél en que se emita el comprobante de pago respectivo.
Demás libros que no tengan interés tributario, tres (3) meses desde el primer día hábil del mes siguiente de realizadas las operaciones.
1.2.5. ESTADOS FINANCIEROS FLORES, (2012) Los estados financieros, también denominados estados contables, informes financieros o cuentas anuales, son informes que utilizan las instituciones para informar de la situación económica y financiera y los cambios que experimenta la misma a una fecha o periodo determinado. Esta información resulta útil para la Administración, gestor, regulador y otros tipos de interesados como los accionistas, acreedores o propietarios. Por otro lado:
37
a.
Según la Resolución Gerencia General N° 010-2008-EF/94.01.2
del 07/03/2008 los estados financieros son aquellos estados que proveen información respecto a la posición financiera, resultados y estado de flujo de efectivo de una empresa, que es útil para los usuarios para la toma de decisiones de índole económico. b.
Según el GLOSARIO TRIBUTARIO de la SUNAT: los estados
financieros son cuadros que representan en forma sistemática y ordenada diversos aspectos de la situación financiera y económica de una empresa, de acuerdo con los Principios Contables Generalmente Aceptados. c.
La NIC 1 “presentación de los estados financieros ”oficializada con
resolución de consejo normativo de Contabilidad N° 034 – 2005-EF/93.01 del .MAR.05, indica lo siguiente: Párrafo 7- los estados financieros constituyen una presentación estructurada de la situación financiera y del desempeño financiero de una entidad. d.
Para GARCÍA (2012) los estados financieros se definen como
resúmenes esquemáticos que incluyen cifras, rubros y clasificaciones; habiendo de reflejar hechos contabilizados, convencionalismos contables y criterios de las perdonas que los elaboran. e.
MACÍAS (2001), considera lo siguiente respecto a los estados
financieros: Son el resultado de conjugar los hechos registrados en la contabilidad, convenciones contables y juicios personales. Se formulan con el objeto de suministrar información a los interesados en un negocio, acerca de la
38
situación y desarrollo financiero a que se ha llegado el mismo, como consecuencia de las operaciones realizadas. Según la resolución CONASEV N°103 – N°103 – 99-EF/94.10 99-EF/94.10 en su artículo N° 01 conceptúa a los estados financieros, de la siguiente manera: Son conjuntos de estados en que se presentan la situación económica, financiera y administrativa de la empresa obtenidos de las transacciones operacionales correspondientes a un tiempo determinado; extraídos de sus documentos fuentes registrados en los libros contables. Las empresas deberán preparar los estados financieros de acuerdo con las normas contenidas en el reglamento para la preparación de la información financiera dictado por la CONASEV. 1.2.5.1.
OBJETIVOS
( APAZA, APAZA, 2010) plantea los siguientes siguientes objetivos: Objetivo Principal
El objetivo de los estados financieros, es suministrar
información acerca de la situación financiera, desempeño y cambios en la posición financiera.
Se pretende que tal información sea útil una amplia gama de
usuarios al tomar sus decisiones económicas.
Los estados financieros, preparados con este propósito
cubren las necesidades comunes de muchos usuarios.
Sin embargo, los estados financieros, no suministran toda la
información que estos usuarios pueden necesitar para tomar decisiones económicas, supuesto que tales estados reflejan
39
principalmente los estados financieros de sucesos pasados, y no contienen necesariamente información distinta de la financiera. Otros Objetivos
Los estados financieros también muestran los resultados de
la administración llevada a cabo por la gerencia,
Dan cuenta de la responsabilidad en la gestión de los
recursos confiados a la misma.
Aquéllos usuarios que deseen evaluar la administración o
responsabilidad de la gerencia, lo hacen para tomar decisiones económicas como pueden ser, por ejemplo, si mantener o vender su información en la empresa, o si continuar o remplazar a los administradores encargados de la gestión de la entidad. 1.2.5.2.
FINALIDAD
FLORES, (2012) Los estados financieros se preparan con el fin de presentar una revisión periódica, o informe acerca del progreso de la administración y de tratar sobre la situación de las inversiones en el negocio y los resultados obtenidos durante el periodo que se estudia. 1.2.5.3.
IMPORTANCIA
FLORES, (2012) Los estados financieros son importantes porque proporcionan información sobre la situación financiera – económica, rendimientos y cambios que ha en una empresa y a su vez esta información permitirá a la gerencia evaluar las decisiones que fueron aplicados en la empresa. 1.2.5.4.
PRESENTACION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS 40
APAZA, (2009) Los requisitos para la presentación de los estados financieros, formulación, de los estados financiero se establecen con el carácter general en las NIC-1 y NIC-7. La NIC- 01 tiene como objetivo establecer las bases para la presentación de los estados financieros con la presentación de los estados financieros con el propósito de información general, con el fin de asegurar la comparabilidad tanto respecto a los estados financieros de la misma entidad en ejercicios anteriores como a los estados financieros de otras entidades. La NIC-7 viene a completar la NIC-1 al regular la formulación de uno de los documentos que componen los estados financieros, el estado de flujos de efectivo. (IDEM) Los estados con propósito de información general tienen por objeto cumplir las necesidades de usuarios que no pueden solicitar informes a medida para satisfacer sus necesidades con el objeto de suministrar información sobre la posición financiera, el comportamiento económico y los flujos de efectivo de una entidad con el fin de que los usuarios puedan tomar sus decisiones económicas. La NIC-1 tiene como objeto suministrar información sobre la situación financiera y económica, así como los flujos efectivos de una entidad, que sea útil a una amplia variedad de usuarios al tomar decisiones económicas. Los estados financieros (NIC-1 Párrafo 8) estarán formados por los siguientes componentes: 41
A.
Estado de situación financiera
B.
Estados de resultado (estado de ganancias y pérdidas)
C.
Estado de cambios en el patrimonio neto
D.
Estado de flujos de efectivo
A continuación pasamos a detallar los principales:
A.
ESTADO DE SITUACION FINANCIERA
Estado financiero que presenta, a una fecha determinada, las fuentes de las cuales se ha obtenido los fondos (pasivo y patrimonio neto) que se usan en las operaciones de una empresa, así como los bienes y derechos en que están invertidos (activo). FLORES, (2012) El estado de situación Financiera tiene como finalidad mostrar la posición financiera de un negocio a una fecha determinada. La posición financiera se muestra enumerando losa activos, los pasivos o deudas y las participaciones que tiene el propietario del negocio. (IDEM) Como se sabe en propósito de la empresa es operar en forma indefinida, por ello se puede decir que se encuentra en permanente movimiento, por eso se asemeja el balance a una fotografía que revela la situación o posición de la empresa en determinado momento y es como cuando se toman varias fotografías a una empresa física en movimiento, cada una la mostrara en una posición diferente a las anteriores. En forma similar sucede con la empresa, el balance general a una fecha establecida, presenta una determinada situación; pocos días pocos 42
días después mostrara otra que es diferente a las anteriores o también puede ser muy similar, pero es muy poco probable que sea exactamente igual. Conjunto de bienes y derechos que posee una entidad y que puede valorarse en dinero, se reconocen contablemente y se valoran de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados. El balance general es un resumen o síntesis de la realidad contable de una empresa que permite conocer la situación general de los negocios en un momento determinado. GIRALDO, (2007) Es un estado financiero que presentada a una fecha determinada, las fuentes de las cuales se ha obtenido los fondos que se usan en las operaciones de una empresa (pasivo y patrimonio neto), así como los bienes y derechos en que están invertidos dichos fondos (Activo). Al estado de situación financiera también se le conoce como:
Estado de situación financiera
Balance de situación
Balance de inventario
Balance general de cuentas
Estado de situación
Estado de activo y pasivo
Estado de recursos y obligaciones
Estado de activo, pasivo y capital
43
Estado de situación financiera
Estado de condición económica
Estado de posición financiera
B.
ESTADOS DE RESULTADO (ESTADO DE GANANCIAS
Y PÉRDIDAS) ATAUPILCO, (2009) Es un estado financiero que presenta el resultado de las operaciones de una empresa por un periodo determinado. El estado de ganancias y pérdidas es aquel que demuestra el resultado de las operaciones realizadas por la empresa entre dos fechas (ejercicio contable) determinado. (IDEM) El estado de ganancias y pérdidas, es un estado financiero que nos muestra los resultados de una empresa durante un periodo determinado. Al estado de ganancias y pérdidas también se le conoce como:
Estado de ganancias y pérdidas
Estado de rendiciones
Estado de rendimientos y perdidas
Estado de operación
Estado de resultado
Estado de desarrollo
Estado de resultados generales
Estado de excedentes y perdidas 44
B.1. PREPARACION DE LOS ESTADOS DE GANANCIAS Y PÉRDIDAS La resolución de CONASEV N° 103-99-EF.10, indica lo siguiente: Forma de Preparación del Estado de ganancias y Pérdidas.- la composición de las cuentas y/o partidas que se contemplan en este capítulo será incluida, preferentemente, en las notas a los estados financieros.
Ventas
Netas.- (Ingresos Operacionales)incluye los
ingresos por venta de bienes o prestación de servicios, u otros ingresos derivados del giro principal del negocio, deducidas las devoluciones, descuentos, rebajas y bonificaciones concedidas, se mostrara el ingreso por ventas a terceros separadamente del ingreso por ventas a las empresas vinculadas.
Otros Ingresos Operacionales.- incluye aquellos ingresos significativos y de carácter permanente que no provienen de la actividad principal de la empresa, pero que están relacionados directamente con ella y que constituyen actividades conexas. Se mostrara los otros ingresos operacionales, provenientes de terceros separadamente de los provenientes de empresas vinculadas.
Costo de Ventas.- incluye costos que representan erogación y cargas asociadas directamente con la 45
adquisición o la producción de los bienes vendidos o la prestación de servicios, tales como el costo de materia prima, mano de obra y los gastos de fabricación que se hubiere incurrido para producir los bienes vendidos, o los costos incurridos para proporcionar los servicios que generen los ingresos. Se mostrara el costo de ventas a terceros separadamente del costo de ventas a las empresas vinculadas.
Gastos de Ventas.- incluye los gastos directamente relacionados con las operaciones de comercialización, distribución o venta.
Gastos
de
Administración.-
incluye
los
gastos
directamente relacionados con la gestión administrativa de la empresa.
Ingresos Financieros.- incluye los ingresos obtenidos por la empresa provenientes de la inversión en recursos financiero,
como
intereses,
regalías,
ganancias
provenientes de valores, dividendos, diferencia de cambio y otros de naturaleza similar.
Otros Ingresos y Gastos.- Incluye los ingresos y egresos no relacionados con el giro de negocio de la empresa, referidos a los gastos distintos de ventas, administración y financieros, así como los provenientes de las operaciones discontinuas.
46
También incluye las ganancias y recuperaciones logradas en el ejercicio, que corresponden a cargas o ingresos de años anteriores, así como los gastos de ejercicios anteriores no registradas en su oportunidad.
Resultado de Exposición a la Inflación.- comprende el efecto del ajuste integral de los estados financieros por inflación, determinándose una ganancia o pérdida neta por exposición a la inflación, para efecto de la determinación de la utilidad (perdida) del respectivo periodo.
Participaciones.- incluye las participaciones de los trabajadores que debe detraer la empresa de sus utilidades de acuerdo a disposiciones legales vigentes.
Impuesto a la Renta.-incluye el monto del impuesto que corresponde a las utilidades generadas en el ejercicio de acuerdo con las NIC.
Ingresos o Gastos Extraordinarios.- incluye las partidas que por la naturaleza de la transacción u otro evento es inusual con relación al giro del negocio de la empresa, que no se espera que ocurran frecuentemente y su monto es importante. Se debe sujetar al ejercicio de la prudencia, las contingencias de pérdidas de deben reconocer en la fecha en la cual se conozca información conforme a la cual su ocurrencia
sea
probable
y
puedan
estimarse
razonablemente. Se consideran como aquellos originados,
47
entre otros, por la expropiación de sus activos, o los efectos de un terremoto u otro desastre natural.
Interés Minoritario.- el interés minoritario también se presenta en los estados de ganancias y pérdidas consolidado. Corresponde a la participación de los accionistas minoritarios en la utilidad (perdida) neta del ejercicio, que atribuible a intereses que no son de propiedad de la matriz directamente o indirectamente a través de subsidiarias sino de accionistas no vinculadas a la matriz.
Utilidad por Acción.- las empresas cuyas acciones comunes y/o de inversión o acciones potenciales se negocian en bolsa y aquellas que se hallen en proceso de emitir acciones, deben mostrar después de la utilidad (perdida) básica por acción y utilidad (perdida) diluida por acción por cada clase de acción que posea un derecho diferente en la participación de utilidades de la empresa.
1.2.6. COMPROBANTES DE PAGO Según artículo 2° Decreto Ley Nº 25632 se considera comprobante de pago, todo documento que acredite la transferencia de bienes, entrega en uso o prestación de servicios, calificado como tal por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria –SUNAT. Cuando el comprobante de pago se emita de manera electrónica se considerará como representación impresa de este para todo efecto tributario al resumen en soporte de papel que se otorgue de acuerdo a la 48
regulación que emita la SUNAT y siempre que el referido resumen cumpla con las características y requisitos mínimos que aquella establezca.
1.2.6.1.
CARACTERÍSTICAS
Según el artículo 3° Decreto Ley Nº 25632 . Para efecto de lo dispuesto en la presente Ley, la SUNAT señalará: a.
Las características y los requisitos mínimos de los
comprobantes de pago; b.
La oportunidad de su entrega;
c.
Las operaciones o modalidades exceptuadas de la
obligación de emitir y entregar comprobantes de pago; d.
Las obligaciones relacionadas con comprobantes de pago,
a que están sujetos los obligados a emitir los mismos; e.
Los comprobantes de pago que permiten sustentar gasto o
costo con efecto tributario, ejercer el derecho al crédito fiscal o al crédito deducible, y cualquier otro sustento de naturaleza similar; f.
Los mecanismos de control para la emisión o utilización de
comprobantes de pago, incluyendo la determinación de los sujetos que deberán o podrán utilizar la emisión electrónica. Sin perjuicio de lo establecido anteriormente, los sujetos que generen rentas de tercera categoría están obligados a consignar su nombre comercial, en los comprobantes de pago que emitan.
49
Adicionalmente, la SUNAT regulará la emisión de documentos que estén relacionados directa o indirectamente con los comprobantes de pago; tales como: guías de remisión, notas de débito, notas de crédito, a los que también les será de aplicación lo dispuesto en el presente artículo. Cuando las notas de crédito y de débito se emitan de manera electrónica se considerará como representación impresa de estas para todo efecto tributario al resumen en soporte de papel que se otorgue de ellas de acuerdo a la regulación que emita la SUNAT y siempre que el referido resumen cumpla con las características y requisitos mínimos que aquella establezca. 1.2.6.2.
SUJETOS OBLIGADOS DE EMITIR COMPROBANTES
DE PAGO Según el Artículo 1° Decreto Ley Nº 25632 Están obligados a emitir comprobantes de pago toda persona que transfieran bienes, en propiedad o en uso, o presten servicios de cualquier naturaleza. Esta obligación rige aun cuando la transferencia o prestación no se encuentre afecta a tributos. El mismo decreto ley afirma que, en las operaciones con los consumidores finales cuyo monto final no exceda en Un Nuevo Sol (S/. 1.00), la obligación de emitir comprobante de pago es facultativa, pero si el consumidor lo exige deberá entregársele el comprobante. La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT- podrá reajustar el monto antes señalado y 50
establecer las normas administrativas y de control respecto a esas operaciones. La SUNAT podrá disponer que sea el comprador, usuario o intermediario quien emita el comprobante de pago cuando las modalidades de mercado y razones de fiscalización lo justifiquen. 1.2.6.3.
SANCION POR INCUMPLIMIENTO
Textualmente el artículo 5° Decreto Ley Nº 25632. El incumplimiento de las obligaciones señaladas en la presente Ley, será sancionado de conformidad con lo establecido en el Código Tributario. Aquellos que realicen trabajos de impresión o importación de comprobantes de pago u otros documentos relacionados directa o indirectamente con éstos, sin estar inscritos en el Registro que para tal efecto determine la SUNAT, no podrán acceder al mismo. Lo dispuesto en el presente párrafo será sin perjuicio de la sanción señalada en el Código Tributario. En el artículo 4º de la ley de comprobantes de pago nos menciona que existen comprobantes de pagos tributariamente aceptados y son las siguientes: 1.2.6.4.
LA FACTURA
Es un documento de compra y venta que otorga el vendedor al comprador como constancia de una transacción comercial realizada.
51
En dicho documento se hace constar en forma detallada los artículos vendidos, indicando condiciones, importe, otros gastos, descuentos, IGV y otros. La factura tiene por finalidad acreditar la transferencia de bienes, la entrega en uso o la prestación de servicios cuando la operación se realice con sujetos del Impuesto General a las Ventas que tengan derecho al crédito fiscal. Asimismo cuando el comprador o usuario lo solicite a fin de sustentar gastos y costos para efecto tributario y en el caso de operaciones de exportación. Se emitirán en las siguientes condiciones: a)
Cuando la operación se realice con sujetos del IGV que
tengan derecho al crédito fiscal. b)
Cuando en comprador o usuario a fin de sustentar gasto o
costo para efecto tributario. c)
Cuando el sujeto del RUS, lo solicite a fin de sustentar
crédito deducible. d)
En operaciones de exportación.
e)
Distribución
Características La factura conformada tiene las siguientes características:
Se origina en la compra venta de mercaderías, así como en
otras modalidades contractuales de transferencia de la propiedad de bienes susceptibles de ser afectados en prenda, en las que se acuerde el pago diferido del precio.
52
El objeto de la compra venta u otras relaciones contractuales
antes referidas debe ser mercaderías o bienes de comercio distintos a dinero, no sujetos a registro.
Los bienes y mercaderías pueden ser fungibles o no,
identificables o no. No deben estar sujetos a carga o gravamen alguno, salvo al que el tit titulo ulo representa;
La conformidad puesta por el comprador o adquiriente en el
texto del título se muestra por sí sola y sin admitirse prueba en contrario, que éste recibió la mercadería o bienes descritos en la Factura Conformada, a su total satisfacción.
Sólo una vez que cuente con la conformidad, el título puede
ser objetivo de transmisión;
Desde su conformidad, representa además del crédito
consistente en el saldo del precio señalado en el mismo título, el derecho real de prenda que queda constituida sobre toda la mercadería y bienes descritos en el mismo documento, a favor de tenedor. 1.2.6.5.
LA BOLETA DE VENTA
a)
realizadas con consumidores finales.
b)
En operaciones realizadas por los sujetos del Régimen
Único Simplificado. No permitirán ejercer el Es un documento de compra y venta que otorga el vendedor al comprador, como constancia de una transacción realizada. 53
Se emitirán en las siguientes condiciones: En operaciones derecho al crédito fiscal ni podrán sustentar gasto o costo para efecto tributario, salvo en los casos que la ley lo permita. 1.2.6.6.
NOTA DE CRÉDITO
La Nota de Crédito será emitida al mismo adquiriente o usuario para modificar comprobante de pago emitidas con anterioridad. Específicamente para disminuir (abonar o acreditar) el importe de una factura a la que no se le ha considerado oportunamente ciertos descuentos o que por pronto pago se deba conceder un determinado descuento, así como por la anulación de operaciones. 1.2.6.7.
GUÍA DE REMISIÓN
Es un documento que se emplea en el comercio para enviar las mercaderías solicitadas por el cliente según su Nota de Pedido y este se encuentra impreso y membretado, según necesidad de la Empresa sirve para que el comercio tenga testimonio de los artículos que han entregado en las condiciones solicitadas y aprobado por el departamento de venta. Este documento se extiende por duplicado o triplicado según la necesidad de la empresa, por lo general es práctico que sea un talonario con 3 copias una queda en el talonario para la empresa que vende, la otra es entregada al cliente junto con las mercaderías; y la tercera es devuelta con la firma de conformidad del cliente, en el que certifica haber recibido conforme.
54
1.2.7. SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA – SUNAT La superintendencia de administración tributaria creada por ley n° 24829 es una institución pública descentralizada del sector economía y finanzas, con personería jurídica de derecho público, con patrimonio propio y autonomía funcional, económica, técnica, financiera, y administrativa, tiene por finalidad administrar y aplicar los procesos de recaudación y fiscalización de los tributos internos, con excepción de los municipales y de aquellos otros que la ley le señale, así como proponer y participar de la reglamentación de las normas tributarias.
1.2.8. IMPUESTO A LA RENTA PASCUAL, (2000) “Son aquellos que gravan a los ingresos netos de las personas naturales y jurídicas. El impuesto a la renta en esta forma, es de carácter eminentemente personal porque se adapta a la capacidad contributiva y se acomoda a ella” El impuesto a la a la renta grava: El
Impuesto a la Renta grava las rentas que provengan del capital, del
trabajo y de la aplicación conjunta de ambos factores, entendiéndose como tales a aquéllas que provengan de una fuente durable y susceptible de generar ingresos periódicos. 1. Las ganancias de capital. 2. Otros
ingresos
que
provengan
de
terceros,
establecida por esta ley. 3. Las rentas imputadas (rentas (rentas presunta), incluyendo incluyendo las de goce o disfrute, establecidas por esta ley”
55
(TEXTO UNICO ORDENADO DE LA LEY DEL IMPUESTO A L A RENTA, artículo 1°) 1.2.8.1.
CATEGORIZACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA
PASCUAL, (2000) Las rentas de fuente peruana afectas al impuesto están divididas en cinco categorías, además existe un tratamiento especial para las rentas percibidas de fuente extranjera.
Primera categoría, las rentas reales (en efectivo o en
especie) del arrendamiento o sub - arrendamiento, el valor de las mejoras, provenientes de los predios rústicos y urbanos o de bienes muebles.
Segunda categoría, intereses por colocación de capitales,
regalías, patentes, rentas vitalicias, derechos de llave y otros.
Tercera categoría, en general, las derivadas de actividades
comerciales, industriales, servicios o negocios.
Cuarta categoría, las obtenidas por el ejercicio individual de
cualquier profesión, ciencia, arte u oficio.
Quinta categoría, las obtenidas por el trabajo personal
prestado en relación de dependencia. 1.2.8.2.
RENTA DE TERCERA CATEGORÍA
En general, constituye renta gravada de las empresas, cualquier ganancia o ingreso derivado de operaciones, cualquier ganancia o ingreso derivado de operaciones con terceros, según lo indica el artículo 3° de la ley del impuesto a la renta. 56
Lo son aquellas personas que desarrollan negocios o actividades empresariales, como:
Las personas naturales con negocio unipersonal.
Las personas jurídicas, por ejemplo la Sociedad Anónima, Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (S.R.L), Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L), entre otras.
Las sucesiones indivisas.
Las sociedades conyugales que opten por tributar como tales.
Las asociaciones de hecho de profesionales y similares.
Son contribuyentes del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría, las personas naturales y las personas jurídicas. También se considera contribuyentes a las sucesiones indivisas, las sociedades conyugales y las asociaciones de hecho de profesionales y similares.
1.2.8.3.
DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO
El artículo 85° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, dispone que aquellos contribuyentes que obtienen rentas de tercera categoría se encuentran obligados a abonar con carácter de pago a cuenta del Impuesto a la Renta que en definitiva les corresponda por el ejercicio gravable
(…) el monto que resulte mayor de
comparar las cuotas mensuales calculadas en función al procedimiento que se describe a continuación:
57
a)
Cuota según coeficiente Se determina en función al
Impuesto calculado del ejercicio anterior entre el total de ingresos netos del mismo ejercicio. En el caso de los pagos a cuenta del mes de enero y febrero se utilizará el coeficiente determinado sobre la
base
del impuesto calculado e ingresos netos del
ejercicio precedente al anterior.
b)
Cuota según 1.5%Se fijará la cuota en función al 1.5% a los
ingresos netos obtenidos en el mismo mes.
ESQUEMA N° 4: FORMAS DE TERMINACIÓN DE PAGOS A CUENTA
c) Comparación de cuotas Teniendo en cuenta que el importe de los pagos a cuenta que corresponda abonar será en función a la cuota que resulte mayor de comparar la cuota determinada de acuerdo al coeficiente con la cuota calculada aplicando el 1.5%, de ser el caso, el procedimiento a seguir será el siguiente: La comparación se efectuará a partir de los pagos a cuenta a realizar desde el mes de enero. De otro lado, el segundo párrafo
58
del numeral 2 del artículo 54º del Reglamento del TUO de la LIR, modificado por el Decreto Supremo Nº 155- 2012 – EF, establece que no se efectuara dicha comparación de no existir impuesto calculado en el ejercicio anterior o en su caso en el ejercicio precedente al anterior. En tal supuesto los contribuyentes abonaran como pagos a cuenta del impuesto. 1.2.8.4.
REGÍMENES TRIBUTARIOS
Son aquellas categorías en las cuales toda persona natural o jurídica que posea o va a iniciar un negocio deberá estar registrada en la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, que establece los niveles de pagos de impuestos nacionales. RUELAS & ESPILLICO (2010), La SUNAT tiene establecido tres regímenes donde todo profesional independiente o negocio deben estar contemplados.
Régimen único simplificado
Régimen especial a la renta
Régimen general
a.
Régimen único simplificado
Según el D.S. N° 097-2004-EF, El RUS, comprende a aquellos Empresarios cuyos ingresos brutos (total de ingresos)
y
adquisiciones no excedan, cada uno, de S/.30, 000 mensuales (S/.360, 000 anuales).
59
El RUS está dirigido a las personas naturales y sucesiones indivisas domiciliadas en el país, que obtengan exclusivamente Rentas Empresariales, así como a las personas naturales no profesionales, domiciliadas en el país, que perciban rentas de cuarta categoría únicamente por actividades de oficios.
Este Régimen reúne en un solo pago al Impuesto a la Renta, el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promoción Municipal, así sustituye con un único tributo, de liquidación mensual, tres impuestos, con una carga tributaria bastante reducida. El pago de la cuota única, de periodicidad mensual, se realiza de acuerdo con la categoría que corresponda según el total de ingresos brutos mensuales o adquisiciones que mantengan, conforme a la siguiente Tabla, aprobada por el Ministerio de Economía y Finanzas:
SEGÚN DECRETO LEGISLATIVO Nº 1270 Decreto Legislativo Que Modifica El Texto Del Nuevo Régimen Único Simplificado Y Código Tributario.
En el Artículo 8°, precisa lo siguiente:
Tabla de cuotas mensuales Los sujetos del presente Régimen abonarán una cuota mensual cuyo importe se determinará aplicando la siguiente Tabla:
60
CUADRO N°2 PAGOS DE RUS SEGUN CATEGORIAS PARÁMETROS
CATEGORÍAS
Total Ingresos
Total
Brutos Mensuales
Adquisiciones
(Hasta S/.)
Mensuales(Has
CUOTA MENSUAL(S/.)
ta S/.) 1
5,000
5,000
20
2
8,000
8,000
50
FUENTE: SUNAT Asimismo, existe una “Categoría Especial” que comprende a aquellos sujetos que se dediquen únicamente a la venta de frutas, hortalizas, legumbres, tubérculos, raíces y semillas; así como aquellos sujetos dedicados exclusivamente al cultivo de productos agrícolas y que vendan sus productos en su estado natural; siempre que el total de sus ingresos brutos y adquisiciones anuales no exceda, cada uno de S/.60, 000 por año. Los sujetos pertenecientes a la categoría Especial no están obligados al pago de cuotas mensuales y Se les exceptúa de la obligación de presentar declaración jurada mensual. 61
No podrán acogerse a este Régimen las personas naturales o sucesiones indivisas cuyos ingresos brutos o sus adquisiciones sean superiores a S/.360, 000 anuales, que realicen sus actividades en más de un local, o que el valor de sus activos fijos supere los S/.70, 000. Igualmente, no podrán acogerse a este Régimen los sujetos que presten el servicio de transporte de carga de mercancías mayor o igual a 2 TM, y/o el servicio de transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros; que sean titulares de negocios de casinos, tragamonedas, agencias de viaje, propaganda y/o publicidad, realicen ventas de inmuebles, entre otros casos.
Obligaciones para los contribuyentes del RUS:
Emitir y entregar sólo boletas de venta y/o tickets o cintas emitidas por máquina registradora. Al final del día, el titular del negocio deberá emitir una sola boleta de venta por las ventas iguales o menores a S/.5 por las que no hubiera emitido boleta.
Sustentar sus compras con comprobantes de pago que den derecho a su deducción costo o gasto, como son: facturas, tickets o cintas emitidas por máquina registradora, recibos de servicios, arrendamiento, etc.
Pagar sus cuotas mensuales según el Cronograma de Obligaciones Tributarias establecido por SUNAT.
Archivar cronológicamente sus comprobantes de pago de compras y ventas. 62
Mantener actualizado su RUC.
b.
Régimen especial a la renta
RUELAS & ESPILLICO (2010), El RER está dirigido a las personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas jurídicas, domiciliadas, cuyos ingresos netos o adquisiciones no superen los S/.525,000 al año; cuyo valor de activos fijo afectados a la actividad, con excepción de predios y vehículos, no superen los S/.126,000 al año; y que no mantengan más de 10 personas trabajando por turno. No podrán acogerse al RER, los sujetos que realicen actividades de construcción; que presten el servicio de transporte de carga de mercancías mayor o igual a 2 TM, y/o el servicio de transporte terrestre nacional o internacional de pasajeros; que sean titulares de negocios de casinos, tragamonedas, agencias
de
viaje,
propaganda y/o publicidad, entre otros. Los contribuyentes que se acojan al RER pagan una cuota ascendente a 1.5% de sus ingresos netos mensuales de sus rentas de tercera categoría. Obligaciones para los contribuyentes del RER: Emitir
y entregar facturas, boletas de venta y/o tickets o cintas
emitidas por máquina registradora. Al final del día, el titular del negocio deberá emitir una sola boleta de venta por las ventas iguales o menores a S/.5 por las que no hubiera emitido boleta. 63
Llevar
Registro de Compras y Registro de Ventas y un Libro Diario
de formato simplificado. Presentar
declaración jurada mensual utilizando el PDT
IGV –
621
Renta Mensual. Pagar
la cuota mensual correspondiente al 1.5% de los ingresos
netos mensuales. Este pago es de carácter definitivo, no existiendo obligación de realizar pagos adicionales al cierre del ejercicio. Presentar
una Declaración Jurada Anual utilizando el PDT 601, en
la forma, plazo y condiciones que señale la SUNAT. Cabe
señalar que, si en un determinado mes, los contribuyentes
acogidos al RER incumplieran con alguno de los requisitos del Régimen, ingresarán al Régimen General a partir de dicho mes.
a. Régimen Mype tributario El 20 de diciembre del 2016 se publicó el Decreto Legislativo N° 1269, estableciendo un Régimen MYPE Tributario - RMT, para contribuyentes que
sus
ingresos
netos
no
superen
las
1700
UIT.
A continuación, algunas respuestas, a las primeras interrogantes que dependen de la lectura al decreto legislativo, recientemente publicado.
Dirigido: Aquellos contribuyentes cuyos ingresos netos no superen las 1700 UIT, asimismo es requisito no tener vinculación directa o indirectamente en función del capital, con otras personas naturales o jurídicas, cuyos ingresos netos anuales en conjunto superen el monto indicado.
¿Cómo puedo acceder al nuevo Régimen MYPE Tributario? 64
La SUNAT incorporará de oficio a los contribuyentes que al 31.12.2016 hubieren estado tributando en el Régimen General y cuyos ingresos netos del ejercicio 2016 no superaron las 1700 UIT, salvo que se hayan acogido al Nuevo RUS o Régimen Especial, con la declaración correspondiente
al
mes
de
enero
del
año
2017.
También serán incorporados de oficio aquellos contribuyentes que al 31.12.2016 hubieran estado acogidos al Nuevo RUS en las categorías 3, 4 y 5 o tengan la condición de EIRL acogidas a dicho régimen, siempre que no hayan optado por acogerse en enero del 2017 al NRUS (categorías 1 y 2), Régimen Especial o Régimen General.
Asimismo, de acuerdo a la norma también pueden acogerse de manera voluntaria los contribuyentes que se encuentren en cualquiera de los regímenes ya existentes. PAGO DEL IMPUESTO A LA RENTA REGIMEN MYPE TRIBUTARIO El impuesto a la renta se determina aplicando la escala progresiva acumulativa de acuerdo al siguiente detalle:
Los
pagos
a
cuenta
en
el
Régimen
MYPE
Tributario
Los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta se pagarán de la siguiente manera: Contribuyentes cuyos ingresos netos anuales del ejercicio no superen las 300 UIT: uno por ciento (1,0%) a los ingresos netos obtenidos en el mes. 65
Contribuyentes del RMT que en cualquier mes del ejercicio superen las 300 UIT: conforme a las reglas del Régimen General establecidas en la Ley del Impuesto a la Renta y normas reglamentarias.
Los libros que están obligados a llevar el régimen MYPE TRIBUTARIO Los libros contables que deberán llevar los contribuyentes de este régimen son: Con ingresos netos anuales hasta 300 UIT: registro de ventas, registro de compras y libro diario de formato simplificado. Con ingresos netos anuales superiores a 300 UIT: Están obligados a llevar los libros conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 65° de la Ley del Impuesto a la Renta.
Beneficios que tiene el régimen MYPE tributario Tratándose de contribuyentes que inicien actividades durante el 2017 y aquellos que provengan del Nuevo RUS, durante el ejercicio 2017, la SUNAT no aplicará las sanciones correspondientes a las siguientes infracciones, siempre que cumplan con subsanar la infracción, de acuerdo a lo que establezca la SUNAT mediante resolución de superintendencia: Omitir llevar los libros de contabilidad, u otros libros y/o r egistros u otros medios
de
control
exigidos
por
las
leyes
y
reglamentos.
Llevar los libros de contabilidad, u otros libros y/o registros sin observar la forma y condiciones establecidas en las normas correspondientes. Llevar con atraso mayor al permitido por las normas vigentes, los libros De contabilidad u otros libros o registros. 66
No exhibir los libros, registros u otros documentos que la administración tributaria solicite. No presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria, dentro de los plazos establecidos.
Régimen MYPE Tributario vigente desde Este régimen entrará en vigencia el 01 de enero de 2017
d. Régimen general
RUELAS & ESPILLICO (2010), El Régimen General está dirigido a personas naturales y jurídicas que generen rentas de tercera categoría. La adopción de este Régimen puede realizarse en cualquier momento del año si el contribuyente proviene del RUS o del RER, o con la inscripción en el RUC de ser el caso, en el mes en que inicie actividades.
Este Régimen comprende los siguientes impuestos: IGV:
(18%) de las ventas mensuales con derecho a deducir el
impuesto pagado e compras (Crédito Fiscal). Impuesto
a la Renta (28%)
Impuesto
Selectivo al Consumo: Sólo si estuviera afecto.
Contribuciones Los
al ESSALUD: 9%
contribuyentes del RG deben realizar un pago mensual
del Impuesto a la Renta de acuerdo a dos métodos establecidos: el método de coeficientes y el método del 2% de los ingresos netos. Son obligatorios ya que cada contribuyente deberá determinar cuál le corresponde aplicar. 67
Método
del
Coeficiente:
El
impuesto
a
pagar
se
determina aplicando un coeficiente sobre los ingresos netos del mes. Este coeficiente se obtiene de dividir el impuesto pagado en el ejercicio anterior entre los ingresos netos del ejercicio anterior. Por los meses de enero y febrero se deben tomar los datos del ejercicio precedente al anterior. Método
del Porcentaje del 2%: A este método sólo pueden
acogerse aquellos contribuyentes que inician sus actividades o que no hubieran tenido que pagar impuesto a la renta en el ejercicio anterior. El impuesto se determina aplicando el 2% sobre los ingresos netos del mes. En
el RG, los contribuyentes tienen derecho a deducir sus
gastos o costos para efectos tributarios, y según ciertos topes en varios casos, para ello, cuando adquieran bienes y/o servicios necesarios para su actividad, deberán exigir que le otorguen facturas, recibos por honorarios, o ticket que den derecho al crédito fiscal y/o que permitan sustentar gasto o costo.
Obligaciones para los contribuyentes del RG: Emitir y entregar facturas, boletas de venta y/o tickets o cintas emitidas por máquina registradora. Llevar Registro de Compras, Registro de Ventas, Libros de Caja y Bancos y Libro de Inventarios y Balances, si sus ingresos brutos (total de ingresos) anuales no superan las 100 UIT (S/.4, 050, 000);
68
y llevar Contabilidad completa, si sus ingresos brutos superan las 100 UIT. El RUS y el RER han sido diseñados pensando en las Micro y Pequeñas empresas, y por lo mismo presentan ventajas sustanciales, respecto al costo impositivo, en comparación con el Régimen General. Sin embargo, su adopción se limita a aquellos contribuyentes que cumplan con los requisitos señalados previamente.
1.2.9. IMPUESTO GENERAL LAS VENTAS – IGV MASIAS,( 2007) El Impuesto General a las Ventas, grava la venta en el país de bienes muebles, la importación de bienes, la prestación o utilización de servicios en el país, los contratos de construcción y la primera venta de inmuebles que realicen los constructores de los mismos. Este Impuesto grava únicamente el valor agregado en cada etapa de la producción y circulación de bienes y servicios, permitiendo la deducción del impuesto pagado en la etapa anterior, a lo que se denomina crédito fiscal. El Impuesto se liquida mensualmente, siendo su tasa de 16%. Entre las diversas operaciones no gravadas con dicho impuesto, podemos mencionar la exportación de bienes y servicios y la transferencia de bienes con motivo de la reorganización de empresas.
1.2.10.
IMPUESTO DE PROMOCIÓN MUNICIPAL
69
Este Impuesto se aplica en los mismos supuestos y de la misma f orma que el Impuesto General a las Ventas, con una tasa de 2%, por lo tanto, funciona como un aumento de dicho Impuesto. En la práctica, en todas las operaciones gravadas con el Impuesto General a las Ventas se aplica la tasa del 18%, que resulta de la sumatoria de este impuesto con el de Promoción Municipal.
1.2.11.
INFRACCIÓN TRIBUTARIA
Es infracción tributaria, toda acción u omisión que importe la violación de normas tributarias, siempre que se encuentre tipificada como tal en el presente Título o en otras leyes o decretos legislativos. Según lo indica el art. 164º del TUO del Código Tributario, Decreto Supremo N° 1332013-EF (22.06.13). A.
DETERMINACIÓN DE LA INFRACCIÓN
La infracción será determinada en forma objetiva y sancionada administrativamente con penas pecuniarias, comiso de bienes, internamiento temporal de vehículos, cierre temporal de establecimiento u oficina de profesionales independientes y suspensión de licencias, permisos, concesiones o autorizaciones vigentes otorgadas por entidades del Estado para el desempeño de actividades o servicios públicos. En el control del cumplimiento de obligaciones tributarias administradas por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria –SUNAT, se presume la veracidad de los actos comprobados por los agentes fiscalizadores, de acuerdo a lo que se establezca mediante Decreto Supremo. 70
Así lo estipula el artículo 165º del TUO del Código Tributario, Decreto Supremo N° 133-2013-EF (22.06.13). B.
TIPOS DE INFRACCIONES TRIBUTARIAS
Las infracciones tributarias se originan por el incumplimiento de las obligaciones según el artículo 172º del TUO del Código Tributario, Decreto Supremo N° 133-2013-EF (22.06.13), son las siguientes: 1. De inscribirse, actualizar o acreditar la inscripción. 2. De emitir, otorgar y exigir comprobantes de pago y/u otros documentos. 3. De llevar libros y/o registros o contar con informes u otros Documentos. 4. De presentar declaraciones y comunicaciones. 5. De permitir el control de la Administración Tributaria, informar y comparecer ante la misma. 6. Otras obligaciones tributarias.
C.
TIPOS DE SANCIONES
Según el artículo 180 del TUO del Código Tributario, Decreto Supremo N° 133-2013-EF (22.06.13) refiere: La Administración Tributaria aplicará, por la comisión de infracciones, las sanciones consistentes en multa, comiso, internamiento temporal de vehículos, cierre temporal de establecimiento u oficina de profesionales independientes y suspensión temporal de licencias, permisos, concesiones, o autorizaciones vigentes otorgadas por entidades del Estado para el desempeño de actividades o servicios
71
públicos de acuerdo a las Tablas que, como anexo, forman parte del presente Código. Las multas se podrán determinar en función: a)
UIT: La Unidad Impositiva Tributaria vigente a la fecha en
que se cometió la infracción y cuando no sea posible establecerla, la que se encontrara vigente a la fecha en que la Administración detectó la infracción. b)
IN: Total de Ventas Netas y/o ingresos por servicios y otros
ingresos gravables y no gravables o ingresos netos o rentas netas comprendidos en un ejercicio gravable. Para el caso de los deudores tributarios generadores de rentas de tercera categoría que se encuentren en el Régimen General se considerará la información contenida en los campos o casillas de la Declaración Jurada Anual del ejercicio anterior al de la comisión o detección de la infracción, según corresponda, en las que se consignen los conceptos de Ventas Netas y/o Ingresos por Servicios y otros ingresos gravables y no gravables de acuerdo a la Ley del Impuesto a la Renta.
c)
Para el caso de los deudores tributarios acogidos al
Régimen Especial del Impuesto a la Renta, el IN resultará del acumulado de la información contenida en los campos o casillas de ingresos netos declarados en las declaraciones mensuales presentadas por dichos sujetos durante el ejercicio anterior al de la comisión o detección de la infracción, según corresponda.
72
d)
Para el caso de personas naturales que perciban rentas de
primera y/o segunda y/o cuarta y/o quinta categoría y/o renta de fuente extranjera, el IN será el resultado de acumular la información contenida en los campos o casillas de rentas netas de cada una de dichas rentas que se encuentran en la declaración jurada anual del impuesto a la renta del ejercicio anterior al de la comisión o detección de la infracción, según sea el caso. e)
Si la comisión o detección de las infracciones ocurre antes
de la presentación o vencimiento de la Declaración Jurada Anual, la sanción se calculará en función a la Declaración Jurada Anual del ejercicio precedente al anterior. f)
Cuando
el
deudor tributario
haya
presentado
la
Declaración Jurada Anual o declaraciones juradas mensuales, pero no consigne o declare cero en los campos o casillas de Ventas Netas y/o Ingresos por Servicios y otros ingresos gravables y no gravables o rentas netas o ingresos netos, o cuando no se encuentra obligado a presentar la Declaración Jurada Anual o las declaraciones mensuales, o cuando hubiera iniciado operaciones en el ejercicio en que se cometió o detectó la infracción, o cuando hubiera iniciado operaciones en el ejercicio anterior y no hubiera vencido el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual, se aplicará una multa equivalente al cuarenta por ciento (40%) de la UIT. g)
Para el cálculo del IN en el caso de los deudores
tributarios que en el ejercicio anterior o precedente al anterior se 73
hubieran encontrado en más de un régimen tributario, se considerará el total acumulado de los montos señalados en el segundo y tercer párrafo del presente inciso que correspondería a cada régimen en el que se encontró o se encuentre, respectivamente, el sujeto del impuesto. Si el deudor tributario se hubiera encontrado acogido al Nuevo RUS, se sumará al total acumulado, el límite máximo de los ingresos brutos mensuales de cada categoría por el número de meses correspondiente. h)
Cuando el deudor tributario sea omiso a la presentación de
la Declaración Jurada Anual o de dos o más declaraciones juradas mensuales para los acogidos al Régimen Especial del Impuesto a la Renta, se aplicará una multa correspondiente al ochenta por ciento (80 %) de la UIT. I)
Cuatro (4) veces el límite máximo de cada categoría de los
Ingresos brutos mensuales del Nuevo Régimen Único Simplificado (RUS) por las actividades de ventas o servicios prestados por el sujeto del Nuevo RUS, según la categoría en que se encuentra o deba encontrarse ubicado el citado sujeto.
CUADRO N° 3 PERSONAS Y ENTIDADES GENERADORAS DE TERCERA CATEGORIA Infracción
Referencia
1. CONSTITUYEN INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA Artículo 173° OBLIGACIÓN DE INSCRIBIRSE, ACTUALIZAR O ACREDITAR LA
INSCRIPCIÓN
EN
LOS
REGISTROS
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
74
DE
LA
Sanción
No inscribirse en los registros de la Administración Tributaria, Numeral 1
1 UIT o comiso
salvo aquellos en que la inscripción constituye condición para el
o internamiento
goce de un beneficio.
temporal del vehículo (1)
2. CONSTITUYEN INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA Artículo 174° OBLIGACIÓN DE EMITIR, OTORGAR Y EXIGIR COMPROBANTES DE PAGO Y/U OTROS DOCUMENTOS No emitir y/o no otorgar comprobantes de pago o documentos Numeral 1
Cierre
complementarios a éstos, distintos a la guía de remisión. (3) (3-A)(i) Emitir y/u otorgar documentos que no reúnen los requisitos y Numeral 2
50% de la UIT
características para ser considerados como comprobantes de pago o como documentos complementarios a éstos, distintos a la guía
o cierre
de remisión. (3) (4) Emitir y/u otorgar comprobantes de pago o documentos Numeral 3
50% de la UIT
complementarios a éstos, distintos a la guía de remisión, que no correspondan al régimen del deudor tributario o al tipo de
o cierre (3) (4)
operación realizada de conformidad con las leyes, reglamentos o Resolución de Superintendencia de la SUNAT.
3. CONSTITUYEN INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA Artículo 175° OBLIGACIÓN DE LLEVAR LIBROS Y/O REGISTROS O CONTAR CON INFORMES U OTROS DOCUMENTOS Omitir llevar los libros de contabilidad, u otros libros y/o Numeral 1
0.6% de los IN
registros exigidos por las leyes, reglamentos o por Resolución de (10) Superintendencia de la SUNAT u otros medios de control exigidos por las leyes y reglamentos.
75
Llevar los libros de contabilidad, u otros libros y/o registros Numeral 2 exigidos por
0.3% de los IN
las leyes, reglamentos o por Resolución de (11) (12)
Superintendencia de la SUNAT, el registro almacenable de información básica u otros medios de control exigidos por las leyes y reglamentos; sin observar la forma y condiciones establecidas en las normas correspondientes. Omitir registrar ingresos, rentas, patrimonio, bienes, ventas, Numeral 3
0.6% de los IN
remuneraciones o actos gravados, o registrarlos por montos (10) inferiores. Usar comprobantes o documentos falsos, simulados o Numeral 4
0.6% de los IN
adulterados, para respaldar las anotaciones en los libros de (10) contabilidad u otros libros o registros exigidos por las leyes, reglamentos o por Resolución de Superintendencia de la SUNAT.
FUENTE: TUO DEL CODIGO TRIBUTARIO (Tabla I) 1.3. MARCO CONCEPTUAL A CUENTA.- Pago parcial, término aplicado al pago de una porción de una obligación. ABONAR.- Hacer una anotación en el lado derecho de la cuenta o en el haber de la misma, registrar o descargar una cantidad en el haber de una cuenta, cantidad que un banco anota a favor del cliente en su cuenta corriente. ACCIÓN.- Representa una de las partes en que ha sido dividido el capital social de acuerdo a su valor nominal. Constituye un título que otorga derechos a los accionistas en la sociedad. ACCIONISTA.- Persona natural o jurídica que es propietaria de una o más acciones de una empresa, por lo que tiene derechos y obligaciones dentro de la sociedad de acuerdo a lo fijado por los estatutos. ACTIVO.- Conjunto de bienes y/o derechos que posee una empresa.
76
ACTIVO CORRIENTE.- Parte del activo de una empresa conformado por partidas que representan efectivo y por aquellas que se espera sea convertido a tal condición en el corto plazo. ACTIVO FIJO.- Conjunto de bienes duraderos de una empresa que se utilizan en las operaciones regulares de la misma. ACTIVO FIJO NETO.- Diferencia entre el valor bruto del activo fijo y su depreciación acumulada. ADMINISTRACIÓN.- Ciencia social que consiste en la aplicación a conjuntos humanos de principios, técnicas y prácticas, para el establecimiento de sistemas racionales de esfuerzo corporativo, a través de los cuales se pueden alcanzar propósitos comunes que individualmente no es factible lograr. ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA.-
Es
la
entidad
facultada
para
la
administración de los tributos señalados por ley. Son órganos de la Administración: la SUNAT, la ADUANAS y los Gobiernos Locales. AFECTACIÓN.- Acción de imputar o "afectar" tributariamente un hecho económico. ASIENTOS.- Registros de transacciones, actividades, eventos, etc., anotados en forma cronológica. ARQUEO.- Realizar un examen de manera sorpresiva los efectivos en caja a su equivalencia, a la persona encargada de caja. BANCOS.- Entidades jurídicas que desarrollan el negocio de la banca aceptando depósitos de dinero que a continuación prestan. El objetivo de los bancos consiste en obtener un beneficio pagando un tipo de interés por los depósitos que reciben, inferior al tipo de interés que cobran por las cantidades de dinero que prestan. En términos contables, los depósitos constituyen el pasivo de los 77
bancos, puesto que éstos tendrán que devolver el dinero depositado, mientras que los préstamos son activos. La actividad desempeñada por los bancos suele ser sometida al control de un banco central. BASE IMPONIBLE.- Valor numérico sobre el cual se aplica la alícuota (Tasa) del tributo. BASE PRESUNTA.- Son los hechos y circunstancias que por relación normal con el hecho generador de la obligación tributaria, permiten a la Administración Tributaria establecer la existencia y cuantía de la obligación. BIENES.- Medios que satisfacen las necesidades humanas. Desde el punto de vista contable comprende el elemento material del cual dispone una empresa o entidad para lograr sus metas. Los bienes están formados por materias que contribuyen ya sea directa o indirectamente a la creación de la actividad o a la obtención de los fines o metas propuestas. BIENES INMUEBLES.- Aquellos de situación fija, no susceptibles de traslado sin detrimento de su existencia. BIENES MUEBLES.- Para efectos del Impuesto General a las Ventas se entiende por bienes muebles a aquéllos que pueden llevarse de un lugar a otro, así como los derechos referentes a los mismos. BOLETA DE VENTA.- Comprobante de pago que se emite exclusivamente en operaciones con consumidores o usuarios finales y para el expendio de combustible mediante surtidores. Dicho comprobante no otorga derecho a crédito fiscal ni podrá usarse para sustentar gastos y/o costos para efectos tributarios. CAPITAL SOCIAL.- Conjunto de dinero, bienes y servicios aportados por los socios para formar el fondo común que sirve de base patrimonial a una sociedad 78
y que da derecho a la repartición proporcional de utilidades. Puede ser aumentado o disminuido según la necesidad de la sociedad. Tratándose de sociedades anónimas, el aporte de los socios debe estar constituido sólo por dinero o bienes. COMPRADOR.- Quien, mediante cierto precio adquiere el bien o servicio que otra le vende. CONTABILIDAD.- Una técnica que produce sistemática y estructuralmente información cuantitativa en unidades monetarias de las transacciones que realiza una empresa y de ciertos eventos económicos que la afectan, con el objeto de facilitar a los diversos interesados el tomar decisiones de carácter financiero en relación con dicha empresa. CONTABILIDAD COMERCIAL.- Llevada por las empresas comerciales que compran y venden productos determinados. CONTABILIDAD DE SERVICIO.- Está relacionada a las empresas que prestan un servicio como transporte, seguros, correos, etc. CRÉDITO FISCAL.- Monto en dinero a favor del contribuyente en la determinación de la obligación tributaria, que éste puede deducir del débito fiscal para determinar el monto de dinero a pagar al Fisco. CUENTA.- Agrupación sistemática de las partidas del Debe (deudoras) y del Haber (acreedoras) de cada uno de los elementos que forman el activo, el pasivo, el patrimonio, los ingresos y egresos. La cuenta es donde se registra todo movimiento relacionado con la persona, el bien o la actividad representada; así por ejemplo, en la cuenta caja habrá que anotar el dinero que se ha pagado por cualquier concepto, así como el que se recibe. Es la que indica los movimientos de dinero (Ingresos y Egresos). 79
DEBE.- Término contable que se representa en la parte izquierda de la cuenta, en la que se anotan las cantidades deudoras, los débitos o los cargos. DEBITO FISCAL.- Monto en dinero de la obligación tributaria a favor del Estado y que el contribuyente debe considerar como pago. DEPRECIACIÓN.- Pérdida del valor que sufre un activo fijo por su uso, el paso del tiempo o la aparición de activos más eficientes. FACTURA.- Comprobante de pago que el vendedor otorga al comprador en el que se detalla los efectos vendidos, determinando su calidad, cantidad, precio, monto de los impuestos gravables y cuantos datos fueran necesarios. EJERCICIO ECONOMICO.- Esta referido al tiempo en el cual una empresa desarrolla sus actividades comerciales y/o industriales; las que contablemente se considera desde el primero de enero al 31 de diciembre de cada año calendario. EMPRESA.- Aquella entidad formada con un capital social, su propósito lucrativo se traduce en actividades comerciales, industriales o la prestación de servicios. GIRO DEL NEGOCIO.- Actividad principal a que se dedica una empresa. INGRESOS.- Cantidad de dinero que una persona recibe en efectivo o en cheque proviniendo de sueldos, salarios, intereses, renta o cualquier otra fuente. OBLIGACION.- Instrumento de deuda a largo plazo asentado en el balance general a su valor a la par, el cual es pagadero a su vencimiento PERSONAS JURÍDICAS.- Es toda aquella empresa que la ley le reconoce derechos, puede contraer obligaciones civiles y es apta para ser representada judicial y extrajudicialmente. PERSONAS NATURALES.- Tributariamente se denomina personas Naturales a las personas físicas o individuales, que obtienen rentas de su trabajo personal. 80
REGISTRAR.- Contabilizar una transacción en los libros de cuentas; asentar o dar entrada. RENTA BRUTA.- está constituida por el conjunto de ingresos afectos al impuesto que se obtenga en el ejercicio gravable. VENTAS.- Todo acto que impone la trasferencia de mercaderías a títulos onerosos, y cualesquiera sean el plazo o las condiciones de pago. VENTA A CREDITO.- Es la venta en la que el importe no se cobra en el momento de formalizarse, sino que se refiere a un tiempo después.
81
CAPITULO II ACTIVIDADES REALIZADAS 1
DESCRIPCION DE LAS ACTIVIDADES
1.1 PERIODO DE PRACTICAS Inicio de prácticas 05 de mayo hasta 15 de agosto del 2017, duración 3 meses. 1.2 HORARIO DE PRACTICAS Turno tarde Desde 3:30pm – hasta 07:30pm 1.3 LABOR DESEMPEÑADO EN EL CENTRO DE PRÁCTICAS A partir de la fecha de inicio de prácticas en el estudio contable “T&J CONTADORES S.C.R.L.” se me asignó realizar prácticas en el área de contabilidad de la empresa TAWA CONSULTORES CONTRATISTAS
GENERALES S.A.C. con R.U.C. Nº 20448335811 . Cuya fecha de inicio de actividades se llevó acabo el 13 de Enero del 2014, el estado del contribuyente es activo, la condición de su domicilio fiscal es habido y se dedica a la contratación con el estado, ejecutar obras y Venta de materiales de construcción, artículos de ferretería, materiales de f ontanería y calefacción, el sistema de emisión de contabilidad es manual y computarizada; el trabajo a 82
realizar fue en todo aspecto relacionado con el deber profesional contable, en los aspectos contables y tributarios de la empresa que detallare a continuación:
REVISION,
CLASIFICACION
Y
ORDEN
DE
COMPROBANTES DE PAGO En primer lugar, lo que hice es ordenar cronológicamente y clasificar por tipo de comprobante según la ley 25632 Ley de Comprobantes de Pago para luego registrar en los respectivos libros de contabilidad, posterior a ellos hice un análisis minucioso respecto a las facturas de compra en razón a lo que hace mención el art. 5º y el art. 37º en el que textualmente indica “ A fin de establecer la renta neta de tercera categoría se deducirá de la renta bruta los gastos necesarios para producirla y mantener su fuente ”, pues las
facturas de compras son muy importantes para sustentar gastos del periodo. En cuanto a los comprobantes de pagos por concepto de ventas hice un análisis en función al artº 174º del Código Tributario en el que textualmente indica que “Constituyen infracciones relacionadas con la obligación de emitir, otorgar y exigir comprobantes de pago y/u otros documentos”, pues al infringir el artículo en mención la empresa seria multado por la administración tributaria.
REGISTRO DE COMPRAS Y VENTAS En segundo lugar, luego de ordenar y analizar los hechos económicos, en cumplimiento del art.175º del código tributario en el que nos menciona lo siguiente: “Se 83
constituyen infracciones relacionadas con la obligación de llevar libros y/o registros o contar con informes u otros documentos”, se pasa a registrar al libro contable correspondiente, según el tipo de comprobante de pago y en orden ascendente para determinar el movimiento del periodo a declarar en el PDT. 621; Es decir, el Registro de ventas de los periodos Enero, Febrero y marzo del 2016 , el llenado se realiza en orden cronológica, ascendente y totalmente completa, lo que implica que no se puede dejar de registrar un solo comprobante. Los comprobantes anulados también deberán de estar registrados en el mismo orden ascendente, constatándose que estén sus copias que son requisito para su anulación, el sistema utilizado para su debido registro es Software Contable CTBPLUS. En cuanto al Registro de compras de los periodos enero, febrero y marzo del 2016, el llenado de este libro se realiza clasificando los documentos de compras en facturas y boletas. Se realiza en orden cronológica
1° PASO: IDENTIFICACION DE DATOS BASICOS DE LA EMPRESA Se registra todos los datos generales de la empresa. PDT 621 renta mensual: insertar las ventas gravadas con IGV.
84
2º PASO: IGV / IEV / IVAP/ventas: Esta ventana nos muestra las casillas para ingresar el monto de las ventas netas en el territorio nacional, gravadas, no gravadas y exoneradas.
Los montos a declarar solo incluyen la base imponible, pues el sistema calculara el tributo correspondiente. PDT 621 renta mensual: determinación del IGV compras Si los montos por descuentos, devoluciones y/o reintegros tributarios son mayores de los CP y ND recibidas se deberá consignar cero y arrastrar el saldo para los periodos siguientes.
3º PASO: IGV / IEV / IVAP/compras: esta ventana nos muestra las casillas para ingresar el monto de las compras netas en el territorio nacional e importadas y no gravadas; las cuales están destinadas a ventas gravadas exclusivamente, destinadas a ventas gravadas y no gravadas, ventas no gravadas exclusivamente, etc.)
4º PASO: RENTA Determinación del impuesto a la renta: esta ventana nos muestra dos opciones para determinar el impuesto a la renta los cuales son: el coeficientes según el art. 85º inc. a) y el coeficiente Art. 85º inc. b)
5º PASO: DETERMINACIÓN DE LA DEUDA: finalmente luego de haber completado las retenciones de tercera categoría, retenciones del IGV y percepciones del IGV, se muestra la siguiente ventana en el que se completa la forma de pago y los saldos a favor arrastrados del periodo anterior. 85
DECLARACIÓN DE PLANILLA MENSUAL (PLAME) Paralelamente a la declaración del PDT 621, Se realiza la declaración de la planilla mensual electrónica (PLAME) de la empresa TAWA CONSULTORES Y CONTRATISTAS GENERALES S.A.C. Dicho procedimiento se llevó a cabo en función del T-Registro en los cuales contiene los datos personales de cada trabajador de la empresa. La declaración PLAME lo realiza la asistente de la oficina.
86
CAPITULO III DISCUSION Teniendo como referencia la información teórica, sobre la estructura financiera y tributaria de las entidades privadas y contrastando con las prácticas efectuadas es que podemos señalar que la contabilidad de las micro y pequeñas empresas se desarrolla en un contexto de limitaciones y deficiencias entre las cuales podemos mencionar las siguientes:
PRIMERO:
REVISION,
CLASIFICACION
Y
ORDEN
DE
COMPROBANTES DE PAGO En el área de ventas de la empresa TAWA CONSULTORES Y CONTRATISTAS GENERALES S.A.C. no se cumple con emitir algunos comprobantes de pago por las ventas y servicios realizados, lo cual no refleja la verdadera información contable y financiera de la mencionada empresa, lo que dificultaría gravemente a la empresa mencionada en la 87
toma adecuada de decisiones, además de ello, muchos comprobantes de pagos no son presentados en original al estudio contable donde se realiza la parte contable para cumplir ante la administración tributaria, corriendo el riesgo de malinterpretar los montos asignados en las copias de dichos comprobante por no ser legibles. (anexo n° 02, anexo n° 03, anexo n° 04)
SEGUNDO: REGISTRO DE COMPRAS Y VENTAS En lo que concierne los registros de compras y ventas de la empresa algunos comprobantes no han sido considerados en los respectivos registros.
TERCERO: LIQUIDACION, DECLARACION Y PAGO DEL IMPUESTO A LA RENTA Y EL IGV MEDIANTE EL PDT 621 Según el código tributario en su Art. 27º menciona y exige la “extensión de la obligación tributaria” de lo que se deduce que la empresa, en primer lugar, ha cometido una infracción y en segundo lugar, nace una eroga ción al activo disponible, pues tiene que pagar la multa impuesta por parte de la Administración tributaria. (anexo n° 5)
88
CAPITULO IV CONCLUSIONES Conforme se ha desarrollado las prácticas Pre-Profesionales se llegó a las siguientes conclusiones:
PRIMERO.-
REVISIÓN,
CLASIFICACIÓN
Y
ORDEN
DE
COMPROBANTES DE PAGO Existe
omisión
de
emisión
de
comprobantes
de
pago
y
consecuentemente, ocultamiento de ingresos ante el fisco; por otro lado una buena cantidad de los comprobantes de pagos presentan algunos borrones, manchas y hasta enmendaduras, pues se está incurriendo en la infracción estipulado en el art. 176º del código tributario.
SEGUNDO.- REGISTRO DE COMPRAS Y VENTAS 89
La empresa ha incurrido en infracción como se estipula en el código tributario art. 175º. En el que textualmente nos indica lo siguiente: “Constituyen infracciones relacionadas con la obligación de llevar libros y/o registros o contar con informes u otros documentos “. Los registros tanto de compras y ventas no concuerdan con los comprobantes de pago (facturas y boletas), varios comprobantes han sido omitidos y en algunos casos han sido modificados, este comportamiento puede ocasionar multas a la empresa, sin embargo se hizo las correcciones respectivas. Así como también cabe recalcar que la empresa no lleva los libros obligatorios.
TERCERO.- LIQUIDACIÓN, DECLARACIÓN Y PAGO DEL IMPUESTO A LA RENTA Y EL IGV MEDIANTE EL PDT 621. En lo que se refiere a la declaración mediante PDT 621 y el pago de los impuestos, la empresa no ha cumplido tal como lo estipula el código tributario art. 27º, deduciendo que la empresa ha incurrido en infracción y consecuentemente en una multa por no haber realizado el pago en los meses de junio y julio del 2017.
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CAPITULO V RECOMENDACIONES Las prácticas realizadas en el estudio contable T&J CONTADORES S.C.R.L., me llevó a percibir diversas deficiencias. Debo sin embargo mencionar que para el desarrollo adecuado de las labores del aspecto contable, tributario, laboral y empresarial no solamente se debe seguir lo reglamentado, sino que debemos buscar la mejor manera de resolver cualquier tipo de inconveniente utilizando el criterio personal, para lo cual se necesita tener disciplina y responsabilidad y trabajo en equipo. Con el informe presento las siguientes recomendaciones:
PRIMERO.-
REVISIÓN,
CLASIFICACIÓN
COMPROBANTES DE PAGO
91
Y
ORDEN
DE
Para reflejar de manera confiable y razonable la actividad de la empresa, se recomienda otorgar comprobantes de pago en todos los hechos económico originados durante el periodo, además se hace hincapié en el tema de custodiar y mantener intactas los comprobantes de pagos emitidos, pues ellos son la fuente para generar la información contable y tributaria. Según el decreto Ley Nº 25632 Ley de comprobantes de pago en su art. 1º nos dice que: “Están obligados a emitir comprobantes de pago todas las personas que transfieran bienes, en propiedad o en uso, o presten servicios de cualquier naturaleza.”, por lo que la empresa TAWA CONSULTORES Y CONTRATISTAS GENERALES S.A.C. debería de cumplir con emitir comprobantes de pago por cada venta o servicio que realice, porque además en el art 174º del código tributario señala: “se considera infracción el hecho de omitir comprobantes de pago, ocultar ingreso”; Así como también en el art. 37º señala que “A fin de establecer la renta neta de tercera categoría se deducirá de la renta bruta los gastos necesarios para producirla y mantener su fuente ”; por lo que la empresa
TAWA CONSULTORES Y CONTRATISTAS
GENERALES S.A.C.
debería de cumplir con los requisitos exigidos en dicho artículo al momento de obtener los documentos de compra.
SEGUNDO.- REGISTRO DE COMPRAS Y VENTAS Los registros de compras y ventas deben coincidir con las comprobantes de pagos girados o recibidos, pues el incumplimiento de dicha acción conlleva a la empresa a cometer infracciones y sanciones. 92
TERCERO.- LIQUIDACIÓN, DECLARACIÓN Y PAGO DEL IMPUESTO A LA RENTA Y EL IGV MEDIANTE EL PDT 621. Como se sabe, el cumplimiento con la deuda tributaria se da en tres pasos, determinación, declaración y finalmente el pago, en este caso la empresa no cumplió con el último requisito, pues la recomendación es: que el personal encargado de dicha labor, habilite un registro de pago y declaraciones, o también, se haga una planificación tributaria integral.
93
CAPITULO VI BIBLIOGRAFIA DIAZ MOSTO, J. (2009). CONTABILIDAD GENERAL COMERCIAL. Lima: Editorial Universo. EMPRESAS, C. &. (2007). APLICACION DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS (Primera Edición ed.). Lima - Perú: Gaceta Jurídica.
FERRER QUEA, C. (2011). Análisis y Aplicación del Sistema Uniforme de Contabilidad para empresas. Lima - Lince: Editores Pacifico.
APAZA MEZA, M. (2009). Formulación, Análisis e interpretación de Estados Financieros concordados con las Nifes y NICs. Lima: Grupo
Acrópolis. ATAUPILCO VERA, D. (2009). Estados Financieros e Impuesto a la Renta. Lima: Iberos Asociados. CALLO CÀCERES, A. (2004). Contabilidad de Empresas. Lima Perú: Continental.
94
FLORES SORIA, J. (2012). ANALISIS E INTERPRETACION DE ESTADOS FINANCIEROS (Tercera Edición ed.). Lima - Perú: CENTRO DE
ESPECIALIZACION EN CONTABILIDAD Y FINANZAS. GIRALDO JARA, D. (2007). Contabilidad General. Lima: San Marcos. LEY GENERAL DE SOCIEDADES - LEY Nº 26887 MACÍAS PINEDA, R (2010) CONTABILIDAD Y TRIBUTACION (Segunda edición) Lima. PASCUAL CHAVEZ, A. (2000). Impuesto a la Renta tratado técnico y practico. Lima: San Marcos. REGLAMENTO DE ORGANIZACIONES Y FUNCIONES DE LA EMPRESA DE J&L ASESORES, AUDITORES Y ASOCIADOS S.A.C. RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 234-2006/SUNAT ZEBALLOS ZEBALLOS, E. (2002). Fundamentos de Contabilidad. ArequipaPerú: Juventud. ZEBALLOS ZEBALLOS, E. (2011). Plan Contable General Empresarial. Arequipa-Perú: Editorial Juventud.
95
WEBGRAFIA http://www.caballerobustamante.com.pe http://www.contadoresyempresas.com.pe http://www.monografias.com http://www.sunat.gob.pe
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ANEXOS ANEXO N° 01 ANEXO N° 02 ANEXO N° 03 ANEXO N° 04 ANEXO N° 05
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SEGUNDA PARTE PRÁCTICAS PRE - PROFESIONALES SECTOR PÚBLICO REALIZADOS EN LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO – AREA DE TESORERIA
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CAPITULO I MARCO TEORICO 1.1 DESCRIPCION DE LA ENTIDAD La municipalidad provincial de puno fue creado el primero de enero en el año 1841 en el que se le otorga su respectiva demarcación territorial que aprueba el congreso de la república, a propuesta del poder ejecutivo. Sus principales autoridades emanan de la voluntad popular conforme a la ley electoral correspondiente, dicha municipalidad se rige bajo el amparo de la ley N° 27972 “ley orgánica de municipalidades”, es este el ente encargado de promover el desarrollo local de la ciudad de puno, cuenta con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus f ines.
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1.1.1 ANTECEDENTES DE LA ENTIDAD CREACION ACTA
DE
ELECCION
Y
JURAMENTO
EN
LA
PRIMERA
MUNICIPALIDAD DE PUNO EN EL REGIMEN REPUBLICANO “En la ciudad de puno a los 20 días del mes de diciembre de mil ochocientos veinticuatro años; congregado los señores capitulares en la sala que sirve de cabildo y presididos por el señor presidente de este departamento el D. D. pedro miguel de Urbina, acordaron que era tiempo de hacer las elecciones de alcalde, sindico, procurador y demás empleados en cabildo para el año entrante de mil ochocientos veinticinco, y para proceder a ella según el método que se observa, acordaron con aquella madurez que corresponde, principalmente en la presente circunstancia: y procediéndose a la votación y verificada, en el orden al alcalde del primer voto, resulto electo por cinco votos de los siete que componen esta junta el D.D. Manuel Morel, logrando dos Don Pedro Velazco, en seguida se procedió a la elección del alcalde del segundo voto, resulto electo el capitán don Andrés Torres, por cuatro votos, logrando dos don Vicente Velázquez, uno don Felipe Arce pasando a elegir a los demás individuos que componen el cuerpo, resulto electo canónicamente el primero como regidor decano y alguacil mayor el capitán Don Fermín Arriaga. Por segundo regidor salió electo canónicamente el teniente Don Manuel García, destinado de fiel ejecutor, por tercer regidor de alcalde de aguas y policía salió electo por votos completos Don Anselmo Arce. De protector de naturales, el mismo que funcionaba anteriormente de defensor de menores a Don Gregorio Gallegos y concluidas las elecciones en el orden y forma que 100
va expresado se acordó que los señores electos presentes en este capital, se congregasen en este sala capitular, a prestar el juramento el día primero del año nuevo entrante desde el que empezara a ejercer sus funciones, con lo que finalizo la junta firmando todos con el señor presidente, por ante mí el secretario del ilustre cabildo, de que certifico Pedro Miguel de Urbina, Nicolás Ramírez de tinajeros, Vicente rodríguez, segundino gordillo, buenaventura romero.
BASE LEGAL:
Ley N° 28411 Ley general del sistema nacional de presupuesto. Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades. Ley N° 28112 Ley Marco de la Administración del Sector Publico. Ley N° 28056 Ley Marco del Presupuesto Participativo. Resolución N° 034 – 2005- EF/93.01 oficializan aplicación de las NIC’s. Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización. Ley N° 27293 Ley De Sistema Nacional De Inversión Pública. Ley N° 27209 Ley De Gestión Presupuestaria Del Estado. Ley N° 28267 Ley De Adquisiciones Y Contrataciones Del Estado. TUO Ley De Adquisiciones Y Contrataciones Del Estado Aprobado Por El Decreto Supremo N° 084-2004-PCM. LEY N° 28425ley De Racionalización De Los Gastos Públicos. Ley N° 27633 Ley De Promoción De Desarrollo Productivo Nacional. Ley N° 27806 Ley De Canon Y Su Reglamento Aprobado Por Decreto Supremo N° 005-2002-EF 101
Ley N° 7312 Ley De Gestión De La Cuenta General De La Republica Y Sus Modificatorias.
PUNO VISION PROVINCIAL AL 2021 La provincia de puno con el lago sagrado de los incas, es líder de la
integración y capital de turismo nacional, promotora de potencialidades humanas y culturales, con un uso sostenible de actividades económicas competitivas para el mercado interno y externo, su ciudadanía es organizada y democrática, con localidades ordenadas, saludables y articuladas por redes viales pavimentadas.
1.1.2 OBJETIVO DE LA ORGANIZACIÓN La municipalidad provincial de puno, como gobierno local de la provincia de puno, tiene los siguientes objetivos: Fortalecer la presentación de los servicios municipales esenciales de saneamiento del medio ambiente, agua potable, alcantarillado, limpieza, alumbrado público, postas sanitarias, mercados de abastos, registro civil, promoción cultural, empresarial y turística en el ámbito de la provincia. Promover la atención de los servicios de infraestructura básica y social, rural y urbana, propiciando la accesibilidad adecuada. Fomentar el aprovechamiento racional de los recursos naturales de la provincia, evitando la contaminación ambiental y velando por la conservación de la flora, fauna y otros. Estimular e institucionalizar la participación de la población en la gestión municipal, mediante el ejercicio del derecho de iniciativa y participación vecinal, fomentar la recreación, el turismo, ferias y otras actividades propias de la provincia y contribuir a la conservación de los monumentos
102
arqueológicos e históricos, en coordinación con el gobierno regional e instituciones responsables. Fomentar las actividades educativas, científicas culturales en todas sus expresiones en coordinación con los organismos correspondientes
1.1.3 POLITICAS La actividad de la Municipalidad Provincial de Puno se rige por las siguientes políticas:
La búsqueda del cambio de actitud de los integrantes de la institución, transformado con una nueva visión y vocación de servicio de la comunidad.
El
rechazo a todo tipo de corrupción, intolerancia, discriminación,
violencia, maltrato y dependencia.
Derecho a capacitar a los servidores municipales que mantengan un rendimiento excelente con arreglo a ley.
La democracia interna, ejercida a través de un Gobierno Municipal conformado por representantes de autoridades, funcionarios, servidores y de la sociedad civil.
La igualdad de derechos y oportunidades.
El pluralismo y libertad de pensamiento, de crítica, de expresión, de cooperación y negociación bilateral con lealtad a los principios constitucionales y a los fines de la Municipalidad.
UBICACIÓN GEOGRAFICA La Provincia de Puno se encuentra ubicado en la Provincia y Departamento de Puno. Puno se encuentra localizado dentro de los Limites de San Román, El Collao y con la Región de Moquegua, a 3827 metros sobre el nivel del mar, está dividida en 04 zonas. 103
En el gráfico 01 se aprecia el plano del distrito el cual está delimitado por el norte con la provincia de San Román por el sur con la pr ovincia de Collao, por el oeste con la región de Moquegua y por el este el Lago Titicaca.
IMAGEN N° 01 MAPA GEOGRAFICA DE LA REGION DE PUNO
104
DATOS DE LA ENTIDAD CUADRO N° 1 DATOS GENERALES DEL MUNICIPIO PROVINCIAL DE PUNO
105
1.1.4 MISION La municipalidad provincial de puno representa al vecindario, promueve la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral sostenible y armónico de su circunscripción (ley 27972). Planificando, ejecutando e impulsando a través de los organismos competentes el conjunto de acciones destinadas a promover el desarrollo económico local y promocionar al ciudadano el ambiente adecuado para la satisfacción de sus necesidades vitales de vivienda, salud, educación, recreación, transportes y comunicaciones.
1.1.5 VISION Puno es una ciudad ecológica, con identidad cultural, espacios públicos ordenados y seguros, ciudadanos comprometidos con su desarrollo y atractiva para el turista. La provincia de puno cuenta con una población organizada, democrática y participativa con conciencia ciudadana. Su crecimiento y desarrollo urbano es planificado y su desarrollo rural es auto sostenido con una educación y salud integral de calidad participativa. La provincia cuenta con redes viales distritales e interdistritales asfaltadas, totalmente integradas, con un turismo receptivo, sostenible y ecológico.
1.1.6 ORGANIZACIÓN ALCALDE: LIC. IVAN JOEL FLORES QUISPE
REGIDORES: CLOTILDE PINAZO CALCIN WALDO ERNESTO VERA BEJAR FELICIANO PADILLA CHALCO 106
MARCO ANTONIO QUINTANA VALDEZ ANA MARIA LOPEZ CONDORI MAXIMO RAMON QUISPE TURPO ROLANDO JAVIER BERNEDO BERNEDO VERONICA HJULIA GALVEZ CONDORI RUBEN TICONA HUAYHUA WILSON SALAMANCA ANAHUA CESAR ROMERO SANCHEZ
GERENCIAS GERENCIA MUNICIPAL GERENCIA DE ASESORIA JURIDICA GERENCIA DE PLANIFICACION Y PRESUPUESTO
GERENCIA DE ADMINISTRACION
GERENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
GERENCIA DE DESARROLLO HUMANO.
GERENCIA DE TRANSPORTE Y SEGURIDAD VIAL.
GERENCIA DE TURISMO Y DESARROLLO ECONOMICO.
GERENCIA DE MEDIO AMBIENTE Y SERVICIOS.
GERENCIA DE INGENIERIA MUNICIPAL.
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GERENCIA DE DESARROLLO HUMANO Y PARTICIPACION CIUDADANA.
PROGRAMAS ESPECIALES PORGRAMA DE VASO DE LECHE PROGRAMA ESPECIAL TERMINAL TERRESTRE
1.1.7 ESTRUCTURA ORGANICA GERENCIA DE ADMINISTRACION
La Gerencia de Administración, Es el Órgano de apoyo responsable de la administración de los recursos humanos, materiales de la Municipalidad así como tesorería y contabilidad, depende de la Gerencia Municipal. Está a cargo de un Gerente, quien coordina sus actividades con las unidades orgánicas a su cargo, demás dependencias de la institución y para el mejor cumplimiento de sus funciones orgánicamente cuenta con las siguientes subgerencias.
Subgerencia de personal
Subgerencia de logística
Subgerencia de tesorería
Sub gerencia de contabilidad
Es responsable de cumplir y hacer cumplir las siguientes funciones: 1. Programar, dirigir y controlar las actividades de los sistemas de logística, tesorería, y contabilidad, para el buen funcionamiento de la municipalidad.
108
2. Establecer y actualizar las normas y directivas de carácter interno para la administración de los recursos humanos, materiales, económicos y financieros de la municipalidad. 3. Proveer oportunamente de los recursos y servicios necesarios a los órganos de la municipalidad, para el cumplimiento de sus objetivos y metas. 4. Dirigir y supervisar las acciones de personal, velando por el cumplimiento de la normatividad vigente. 5. Dirigir y controlar las actividades de adquisición de bienes y contratación de servicios, supervisando el cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos para el Sistema de Logística. 6. Participar en las licitaciones, concursos públicos y/o de méritos y adjudicaciones directas que convoque la Municipalidad. 7. Supervisar la
aplicación del
Sistema
de
Contabilidad
Gubernamental. 8. Elaborar la programación anual y mensual de los compromisos económico financieros para su pago, de acuerdo a las prioridades de la Alta Dirección y manteniendo el control de la liquidez presupuestal. 9. Programar y controlar las acciones de Tesorería, supervisando el cumplimiento de las normas y procedimientos relacionados con el área.
109
10. Participar en la formulación de los objetivos, políticas y planes de desarrollo, así como del presupuesto de la Municipalidad, en coordinación con la Oficina de Planeamiento. 11. Presentar y exponer la información económica, financiera y contable al Concejo Municipal y Alcaldía, dentro de los plazos previstos por la Alta Dirección y las disposiciones legales vigentes. 12. Asesorar e informar a la Alta Dirección sobre los aspectos de personal, logística, tesorería y contabilidad. 13. Elaborar y tramitar los anteproyectos de ordenanzas, acuerdos, decretos y resoluciones que le corresponda, así como los que le encomiende la Alta Dirección. 14. Otros funciones propias que le sean asignadas por la Gerencia Municipal.
SUB GERENCIA DE PERSONAL La Subgerencia de Personal, es la unidad orgánica que depende de la Gerencia de Administración. Está a cargo de un Subgerente, quien es responsable de cumplir y hacer cumplir las siguientes funciones. 1. Formular la política general de administración de recursos humanos y proponer las reformas necesarias a la instancia superior correspondiente. 2. Programar, organizar, dirigir, coordinar, ejecutar y controlar los procesos y procedimientos de reclutamiento, selección, calificación, evaluación, promoción, reorganización y rotación de personal, en concordancia con los dispositivos legales y la normatividad vigente. 110
3. Efectuar las acciones relacionadas con los procesos técnicos de la administración de personal, referentes a nombramientos, reingresos, contratos, promociones, ascensos, reasignaciones, ceses, etc., del personal de la Municipalidad, formulando los proyectos de resoluciones correspondientes, de conformidad con los dispositivos legales vigentes. 4. Elaborar el Presupuesto Analítico de Personal y aplicar el Cuadro para Asignación de Personal, en coordinación con la Gerencia de Planificación y Presupuesto. 5. Procesar la documentación relacionada con el movimiento de personal, remuneraciones, otorgamiento de beneficios sociales y el mantenimiento del escalafón de personal de la Municipalidad. 6. Elaborar y difundir el Reglamento Interno de Trabajo y demás normas concernientes al sistema. 7. Ejecutar y controlar las operaciones técnicas de formulación de la Planilla Única de Pagos, así como liquidación de beneficios sociales. 8. Organizar, dirigir y ejecutar las acciones de control de asistencia, puntualidad y permanencia del personal, así como la elaboración del Plan Anual de Vacaciones. 9. Organizar, dirigir y ejecutar las acciones relacionadas con el bienestar social del personal y sus familiares, desarrollando actividades de bienestar, recreación e integración.
111
10. Proponer, evaluar e informar sobre los programas de capacitación del personal de la Municipalidad. 11. Supervisar el desarrollo y comportamiento laboral, moral y ético de los servidores de la Municipalidad e informar de ello a los órganos superiores, proponiendo las sanciones y/o acciones correctivas que requiera cada caso en particular. 12. Establecer el sistema de evaluación del Personal, velando por su ejecución de conformidad con las disposiciones legales vigentes. 13. Otras funciones afines que le sean asignadas.
SUB GERENCIA DE LOGISTICA La Subgerencia de Logística, es la unidad orgánica encargada del abastecimiento de bienes y servicios generales de la Municipalidad, que depende de la Gerencia de Administración. Está a cargo de un Subgerente, quien es responsable de cumplir y hacer cumplir las siguientes funciones: 1. Programar y ejecutar los
procesos administrativos
de
abastecimiento de bienes y servicios generales 2. Administrar los bienes patrimoniales de propiedad municipal, en concordancia con la normatividad legal vigente. 3. Elaborar el Cuadro de Necesidades de Bienes y Servicios para la formulación del Presupuesto Anual de la Municipalidad, así como el correspondiente Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, en coordinación con las diferentes unidades orgánicas.
112
4. Formular criterios de austeridad y prioridad para el óptimo aprovechamiento de los recursos inmersos en la programación del abastecimiento para las unidades orgánicas de la Municipalidad. 5. Ejecutar los procesos técnicos de programación, adquisición, almacenamiento y distribución de bienes materiales. 6. Suministrar en forma racional, sistemática y oportuna los bienes y servicios que requieran las diferentes unidades orgánicas de la Municipalidad. 7. Registrar y mantener actualizado y ordenado los ingresos, salidas y saldos de existencia en las tarjetas de control visible de almacén y tarjetas de control de existencias valoradas en Almacén. 8. Elaborar programas con la finalidad de prever, conservar, mantener y controlar el uso de los bienes y equipos de propiedad de la Municipalidad. 9. Programar,
coordinar
y
controlar
las
actividades
de
mantenimiento, limpieza y conservación de las instalaciones enseres y equipos, así como la prestación de servicios auxiliares y las actividades relativas al transporte, buen empleo mantenimiento y conservación de los vehículos motorizados de la Municipalidad. 10. Establecer normas y procedimientos internos de seguridad para los locales, bienes materiales y personal de la Municipalidad.
113
11. Proporcionar los servicios de reparación de los vehículos, equipos y maquinarias que lo requieran. 12. Supervisar el proceso de control patrimonial institucional. 13. Organizar, valorizar, actualizar y controlar los inventarios de bienes muebles e inmuebles de propiedad de la Municipalidad, así como el margesí de bienes. 14. Gestionar la titulación de los bienes inmuebles de la Municipalidad y su inscripción en los Registros Públicos, en coordinación con la Oficina de Asuntos legales. 15. Controlar la ubicación y disposición física de los bienes muebles. 16. Programar, ejecutar y supervisar los procesos de codificación, valorización, depreciación, reevaluación, bajas y excedentes de inventarios de los activos fijos despreciables y no depreciables. 17. Ejecutar la toma de inventarios físicos de activos y existencias de la Municipalidad. 18. Cumplir con las disposiciones legales vigentes que norman el proceso de adquisiciones, a través de las diferentes modalidades establecidas para ello. 19. Otras funciones afines que le sean asignadas por la Gerencia Administrativa.
SUB GERENCIA DE CONTABILIDAD La Subgerencia de Contabilidad es la unidad orgánica encargada de conducir los procesos administrativos del sistema de contabilidad y de la Contaduría General de la Municipalidad, depende de la Gerencia de Administración. Está a cargo de un Subgerente, quién es responsable de cumplir y hacer cumplir las siguientes funciones: 114
1. Dirigir, ejecutar y controlar la administración de los recursos presupuestarios y financieros de la Municipalidad, de acuerdo con las normas y dispositivos legales vigentes. 2. Desarrollar
las
actividades
del
Sistema
Nacional
de
Contabilidad, actividades técnicas de acuerdo a la metodología, directivas de la Contaduría Pública de la Nación. 3. Cumplir y hacer cumplir la aplicación del Plan de Cuentas de la Contabilidad Gubernamental Institucional de conformidad con lo establecido en el Plan Contable Gubernamental. 4. Elaborar los Estados financieros y presupuestales en forma trimestral, semestral y anual, conforme lo dispone los instructivos de la Contaduría Pública de la Nación. 5. Ejecutar, controlar y mantener actualizado el registro de operaciones contables en los libros principales y auxiliares. 6. Verificar la correcta formulación de la documentación fuente que sustentan las operaciones administrativas y financieras relacionadas a operaciones de ingresos y gastos por toda f uente de financiamiento. 7. Efectuar el control previo y concurrente de todos los pagos y/o desembolsos de las operaciones de Inversión y gastos corrientes. 8. Efectuar y revisar la codificación presupuestaría en los documentos
fuente,
concordante
al
PIA
del
ejercicio
correspondiente; y de acuerdo a los Clasificadores del Ingreso y
115
del Gasto; llevar los registros auxiliares de control de la ejecución presupuestaría de la Municipalidad. 9. Elaborar el Informe de situación financiera, presupuestal y patrimonial, en forma semestral y anual. 10. Organizar y mantener actualizado el archivo de los libros principales y auxiliares de los movimientos de ingreso y gasto mensual así como coordinar el mantenimiento de la documentación sustentatoria que evidencia la naturaleza, finalidad y resultados de las operaciones financieras y administrativas realizadas. 11. Remitir al término del ejercicio financiero presupuestal los estados financieros, presupuestales, libros principales, libros auxiliares, auxiliares de análisis de cuenta y otros analíticos para el examen correspondiente al OCI. 12. Otras funciones que le sean asignadas de acuerdo a su competencia por la Gerencia Administrativa.
SUB GERENCIA DE TESORERIA La Subgerencia de Tesorería, es la unidad orgánica encargada de administrar los sistemas de tesorería de la Municipalidad, que depende de la Gerencia de Administración, Está a cargo de un Subgerente, quien es responsable de cumplir y hacer cumplir las siguientes funciones: 1. Administrar los recursos financieros de la Municipalidad, de acuerdo a las Normas y Procedimientos de Pagos y a las Normas del Sistema de Tesorería, relativas a los Gobiernos Locales. 116
2. Ejecutar las actividades de programación de caja, recepción, ubicación y custodia de fondos, documentos y valores, su distribución y utilización, así como el registro e informe sobre el manejo de ingresos y gastos ejecutados. 3. Coordinar la programación y ejecución de ingresos y calendario de pagos de la Municipalidad, de acuerdo a los compromisos establecidos. 4. Controlar, preparar y efectuar el pago a los proveedores, por las obligaciones y compromisos contraídos por la Municipalidad, así como el pago de las remuneraciones, pensiones y otras asignaciones del personal activo y pasivo de la Municipalidad. 5. Manejar las cuentas corrientes, el registro de valores y operar el fondo de caja chica. 6. Llevar los registros diarios de caja y efectuar las conciliaciones de las cuentas corrientes bancarias por todas las fuentes de financiamiento. 7. Coordinar el cumplimiento estricto y efectuar los pagos a instituciones tales como: SUNAT, ESSALUD, AFPs, ONP, Tesoro Público dentro de los plazos establecidos. 8. Verificar el cumplimiento de las disposiciones tributarias en la utilización y/o controles correspondientes. 9. Preparar de acuerdo a la Directiva, información relativa a proveedores del estado por las adquisiciones efectuadas concordante a las disposiciones emitidas por la SUNAT.
117
10. Recepcionar y depositar los fondos provenientes de recursos ordinarios, transferencias, recursos directamente recaudados concordantes a las disposiciones del sistema nacional de tesorería. 11. Otras funciones afines que le sean asignadas por la Gerencia Administrativa.
PERSONAL DE SUB GERENCIA DE TESORERIA CARGO: SUB GERENTE DE TESORERIA (TESORERO)
NOMBRE: QUIÑONEZ CHAVEZ; Tania Gwendoline
GRADO DE INSTRUCCIÓN: Superior
TIPO DE CONTRATO: CAP
TIEMPO EN EL PUESTO: 4 años
FUNCION
PRINCIPAL: administración de los fondos públicos
del estado
PERSONAL A SU CARGO: 12
CARGO ESPECIALISTA EN TESORERIA
NOMBRE: FLORES PEREZ; Feliciano
GRADO DE INSTRUCCIÓN: Superior
TIPO DE CONTRATO: CAP
TIEMPO EN EL PUESTO: 4 años
FUNCION PRINCIPAL: conciliaciones bancarias
CARGO: PAGADOR
NOMBRE: BUSTINCIO CHATA; Hipolito
GRADO DE INSTRUCCIÓN: Superior
TIPO DE CONTRATO: NOMBRADO
TIEMPO EN EL PUESTO: 31 años
FUNCION PRINCIPAL: Pago de Planillas
CARGO: TECNICO EN TESORERIA
NOMBRE: MARIACA TILA; Gumercindo
GRADO DE INSTRUCCIÓN: Tecnico 118
TIPO DE CONTRATO: nombrado
TIEMPO EN EL PUESTO: 36 años
FUNCION PRINCIPAL: encargado de caja chica y caja
CARGO: CONCILIADOR
NOMBRE: CHAIÑA PINO; Wilson
GRADO DE INSTRUCCIÓN: Superior
TIPO DE CONTRATO: nombrado
TIEMPO EN EL PUESTO: 12 años
FUNCION PRINCIPAL: apoyo en concilisciones
CARGO: GIRADOR
NOMBRE: AGUILAR CORDERO; Helbert
GRADO DE INSTRUCCIÓN: superior
TIPO DE CONTRATO: cas
TIEMPO EN EL PUESTO: 4 años
FUNCION PRINCIPAL: girador
CARGO: CONCILIADOR DE INGRESOS
NOMBRE: CONDORI QUISPE; Marivel
GRADO DE INSTRUCCIÓN: superior
TIPO DE CONTRATO: CAS
TIEMPO EN EL PUESTO: 4 años
FUNCION PRINCIPAL: consolidados de ingresos
CARGO: TECNICO EN CAJA
NOMBRE: PINAZO CHOQUE; Yovana
GRADO DE INSTRUCCIÓN: técnico
TIPO DE CONTRATO: CAP
TIEMPO EN EL PUESTO: 4 años
FUNCION PRINCIPAL: encargado en giros y caja
CARGO: ASISTENTE DE TESORERIA
NOMBRE: CALSIN SOLIS; Karina
GRADO DE INSTRUCCIÓN: Superior
TIPO DE CONTRATO: CAS
TIEMPO EN EL PUESTO: 3 años 119
FUNCION PRINCIPAL: asistente en tesoreria
CARGO: APOYO EN TESORERIA:
NOMBRE: RODRIGUEZ MEDINA; Gavi
GRADO DE INSTRUCCIÓN: superior
TIPO DE CONTRATO: CAS
TIEMPO EN EL PUESTO: 3 años
FUNCION PRINCIPAL: recepción de documentos en ventanilla
DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESPECÍFICAS A NIVEL DE CARGOS
CARGO : 109
CARGO ESTRUCTURAL : SUBGERENTE (TESORERO)
CARGO CLASIFICADO : SP-EJ
CÓDIGO : 21017534
FUNCIONES ESPECÍFICAS Ejercer la administración centralizada de los fondos públicos de la Municipalidad Provincial de Puno, a través de caja única; tanto por los conceptos de ingresos propios, como los provenientes de las transferencias del tesoro público a favor de la Municipalidad. Diseñar los procesos, subprocesos y procedimientos técnicos simplificados para la administración eficiente de los fondos públicos de caja única de ingresos y/o de pagaduría de gastos mediante cheques, abonos en cuentas, en efectivo o por medios electrónicos. Supervisar y controlar la centralización de los fondos públicos, en base a los recibos de ingresos propios.
120
Controlar la generación diaria de los recibos consolidados de ingresos propios de la Municipalidad. Distribuir y/o clasificar los ingresos propios para depositar dentro de las 24 horas en las cuentas corrientes o de capital, aperturadas en el Banco de la Nación u otras entidades financieras. Obtener las papeletas de depósito del Banco de la Nación, tanto para cuentas corrientes o cuentas de capital de ingresos propios. Generar el recibo consolidado de ingresos por concepto de transferencias de fondos del tesoro público a favor de la Municipalidad. Obtener notas de abono por concepto de fondos públicos transferidos del tesoro público a favor de la Municipalidad. Autorizar el procesamiento de operaciones de gastos, aplicando los siguientes procedimientos para la administración de los gastos por todo concepto: Supervisar y controlar la recepción de documentos fuente sustentatorios de los egresos como son las planillas únicas de remuneraciones y salarios, de pensiones, de descuentos, de obligaciones sociales; ordenes de compras “O/C”, ordenes de servicios “O/S”, habilitaciones de fondos de caja, y demás obligaciones similares autorizados por ley o por autoridad competente. Autorizar el girado de cheques con su respectiva formulación de comprobantes de pago. Ordenar el pago de cheques a los trabajadores en general, pensionistas, proveedores de bienes y servicios, entre otros, cuando esté debidamente formalizada como devengado y registrado en el SIAF-GL. Generar la carta de orden para el abono masivo de remuneraciones, pensiones y salarios. 121
Obtener los comprobantes de pago por diversos conceptos. Emitir información contable de ingresos y gastos ejecutados, en base a los libros de bancos y de caja. Evaluar los resultados de la ejecución financiera de ingresos y egresos por metas presupuestarias anuales previstas en el PIA y POI. Elaborar el presupuesto de caja del Gobierno Municipal de Puno, estableciendo los niveles de financiamiento temporal a efectos de cubrir sus déficits estacionales. Ordenar la remisión de la información contable de ingresos y gastos consolidados a la Subgerencia de Contabilidad. Autorizar la incorporación de las operaciones de pagaduría con cargo a los fondos que administra y registra la Municipalidad, al Sistema Integrado de Administración Financiera “SIAF-GL”. Disponer la realización de medidas de seguimiento y verificación del estado y uso de los recursos financieros, tales como arqueos permanentes de fondos y/o valores, conciliaciones entre otros. Efectuar las conciliaciones bancarias, a fin de conocer los saldos en efectivo a nivel de la Municipalidad. Prevenir de riesgos o contingencias en el manejo y registro de las operaciones de caja única, con su respectiva seguridad y defensa permanente de parte del personal de serenazgo, así como con las cajas fuertes y cámaras de video. Otras funciones ESPECÍFICAS permanentes que le asigne el Gerente de Administración. FUNCIONES ESPECÍFICAS EVENTUALES DEL SUB GERENTE DE TESORERÍA
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Asesorar a los órganos de alta dirección y autoridades municipales, sobre la administración de fondos públicos. Otras funciones específicas eventuales que les asigne el gerente de la administración.
LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD 1. Depende directamente del gerente de administración. 2. Ejerce mando directo sobre el personal de la subgerencia de tesorería. 3. Asume la responsabilidad de las funciones asignadas a su competencia.
REQUISITOS MÍNIMOS DEL CARGO 1. Tener título universitario de contador público o ingeniero economista, con colegiatura. 2. Tener aptitudes y actitudes suficientes para ejercer el cargo de tesorero con calidad, eficiencia, transparencia y honestidad. 3. No tener condena penal consentida o ejecutoriada, por delito doloso. 4. No haber sido destituido de cargos públicos por sanción disciplinaria. 5. No tener rendiciones de cuenta pendientes con la entidad del sector público. 6. Ser peruano de nacionalidad.
CARGO: 110 – 111 CARGO ESTRUCTURAL: PAGADOR CARGO CLASIFICADOS: SP – ES CODIGO: 21017535 FUNCIONES ESPECÍFICAS PERMANENTES DEL PAGADOR: Aplicar los procesos, subprocesos y procedimientos técnicos establecidos y/o aprobados para la pagaduría de gastos mediante cheques, abonos en cuenta, en efectivo o por medios electrónicos.
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Aplicar los procedimientos de operaciones de pagaduría establecidas para el pago, en la forma siguiente: Calificar los documentos fuentes sustentatorios de los egresos, como son las planillas únicas de remuneraciones, salarios, pensiones, de descuentos, de obligaciones sociales; las ordenes de compras “O/C”, ordenes de servicios “O/S”, habilitaciones de fondos de caja, y demás obligaciones similares autorizados por ley o por autoridad competente. Verificar los cheques con su respectiva formulación de comprobantes de pago. Pagar a los trabajadores, pensionistas, proveedores de bienes y servicios, entre otras, cuando esté debidamente formalizada como devengado y registrado en el SIAF-GL. Preparar y tramitar la carta de orden para el abono masivo de remuneraciones, pensiones y salarios, para que cobren sus pagos mediante el multired. Recoger y archivar los comprobantes de pago por diversos conceptos. Preparar la información contable de gastos ejecutados, con sus respectivas fuentes de financiamiento y en base a los libros de bancos y caja correspondientes. Apoyar en la elaboración de los resultados de la ejecución financiera de egresos por metas presupuestarias anuales previstas en el PIA.
Colaborar en la elaboración del presupuesto de caja del Gobierno Municipal de Puno, analizando los niveles de gastos ejecutados en años anteriores y haciendo proyectos de financiamiento temporal a efectos de cubrir sus dificultades estacionales.
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Otras funciones específicas permanentes que le asigne el subgerente de tesorería.
FUNCIONES ESPECIFICOS EVENTUALES DEL PAGADOR Participar en los talleres de capacitación sobre la administración de fondos públicos. Otras funciones específicas eventuales que le asigne el subgerente de tesorería.
LÍNEA DE AUTORIDADES Y RESPONSABILIDAD 1. Depende directamente de sub gerente de tesorería 2. Ejerce mando directo sobre el personal de caja 3. Es responsable de las funciones asignadas a sus competencias
REQUESITOS MINIMOS DEL CARGO 1. Tener título de contador público, con colegiatura 2. Tener aptitudes y actitudes para administrar fondos públicos del estado 3. Tener amplia experiencia en el manejo de fondos públicos y caja única 4. Tener capacitación especializada básica y administración de caja único.
CARGO: 112 CARGO
ESTRUCTURAL:
ESPECIALISTA
EN
SISTEMA
DE
TESORERIA CARGO CLASIFICADO: SP – ES CODIGO: 21017535 FUNCIONES ESPECÍFICAS PERMANETES DEL ESPECIALISTA EN SISTEMA DE TESORERIA 125
Planificar y aplicar la centralización de los fondos públicos de la Municipalidad Provincial de Puno, en caja única, proponiendo acciones estratégicas para las recaudaciones de ingresos propios, concordantes con la legislación vigente que rige sobre la materia. Coordinar y proponer los procesos, subprocesos y procedimientos técnicos para una administración eficiente de los fondos públicos de caja única de ingresos y/o de pagaduría de gastos mediante cheques, abonos en cuentas, en efect ivo o por medios electrónicos. Procesar las operaciones de ingresos propios y los transferidos del tesoro público a favor de la Municipalidad, aplicando los siguientes pasos o procedimientos establecidos: Calificar la centralización de los fondos públicos, en caja única, sean ingresos propios o cuando provengan del tesoro público en transferencia a favor de la Municipalidad. Elaborar el recibo consolidado de ingresos propios de la Municipalidad. Clasificar y depositar los ingresos propios dentro de los 24 horas, en las cuentas aperturadas en el Banco de la Nación. Recoger y/o exigir las papeletas de depósito del banco de la Nación. Elaborar el recibo consolidado de ingresos por concepto de transferencias de fondos del tesoro público a favor de la Municipalidad Provincial de Puno. Recoger y/o exigir las notas de abono por concepto de fondos públicos transferidos del tesoro público a la Municipalidad. Elaborar el consolidado de la información contable de ingresos y gastos ejecutados a nivel institucional, en base a los libros de banco y de caja. 126
Apoyar la evaluación de los resultados de la ejecución financiera de ingresos y egresos por metas previstas tanto en el Plan Operativo Institucional “POI” y Presupuesto Institucional de Apertura “PIA”. Elaborar el presupuesto de caja del Gobierno Municipal de Puno, estableciendo los niveles de financiamiento temporal a efectos de cubrir sus déficits estacionales. Coordinar y elaborar la información contable de ingresos y gastos consolidados, a fin de presentarlos a la Subgerencia de Contabilidad.
FUNCIONES ESPECÍFICAS EVENTUALES DEL ESPECIALISTA EN SISTEMA DE TESORERIA Representar al subgerente de tesorería en casos de su ausencia temporal o por motivos de vacaciones o de enfermedad. Otras funciones específicas eventuales que le asigne al subgerente de tesorería
REQUISITOS MINIMOS DEL CARGO 1. Depende directamente del subgerente de tesorería 2. Ejerce mando directo sobre el técnico en tesorería 3. Es responsable de las funciones asignadas a su competencia
REQUESITOS MINIMOS DEL CARGO 1. Tener título de contador público, con colegiatura 2. Tener aptitudes y actitudes para administrar fondos públicos del estado 3. Tener amplia experiencia en el manejo de fondos públicos y caja única 4. Tener capacitación especializada básica y administración de caja única.
CARGO: 113- 114 CARGO ESTRUCTURAL: CAJERO CARGO CLASIFICADO: SP – AP 127
CODIGO: 210017536 FUNCIONES ESPECÍFICAS PERMANENTES DEL CAJERO Aplicar los siguientes pasos o procedimientos técnicos establecidos, para la administración simplificada de los ingresos propios y los transferidos del tesoro público a favor de la Municipalidad: Recaudar y captar los fondos públicos, en base a los recibos de tasas, contribuciones, arbitrios, derechos, multas entre otras obligaciones de los ingresos propios de la Municipalidad. Consolidar diariamente el recibo de ingresos propios de la Municipalidad. Exigir o recibir las papeletas de depósito del banco de la Nación, tanto para cuentas corrientes o cuentas de capital de ingresos propios. Apoyar cuando así lo ordene el Pagador, sobre la clasificación de los ingresos propios para depositar dentro de los 24 horas en las cuentas aperturadas en el Banco de la Nación. Consolidar el recibo consolidado de ingresos por concepto de transferencias de fondos del tesoro público a favor de la Municipalidad Provincial de Puno. Exigir o recoger las notas de abono por concepto de fondos públicos transferidos del tesoro público a la Municipalidad. Aplicar los siguientes pasos o procedimientos técnicos establecidos para la administración de los gastos por todo concepto Recepcionar y registrar los documentos fuentes sustentatorios de los gastos corrientes y de capital, como son las planillas únicas de remuneraciones y salarios, de pensiones, de descuentos, de obligaciones sociales; ordenes de compras “O/C”, ordenes de servicios “O/S”, habilitaciones de fondos de caja, y demás obligaciones similares autorizados por ley o por autoridad competente. 128
Girar los cheques de pagos debidamente devengados, con su respectivo comprobante de pago. Pagar mediante los cheques a los trabajadores en general, pensionistas, proveedores de bienes y servicios, entre otros, cuando esté debidamente formalizada como devengado y registrado en el SIAF-SP, según sea el caso. Coordinar el pago mediante la carta de orden para el abono masivo de remuneraciones pensiones y salarios, según el caso establecido. Recepcionar y archivar los comprobantes de pago por diversos conceptos. Colaborar con la información contable de ingresos y gastos ejecutados, en base a los libros de bancos y caja. Tramitar la información contable de ingresos y gastos consolidados, a la Subgerencia de Contabilidad. Custodiar los fondos públicos recaudados, así como los valores en existencia como son las denominadas especies valoradas. Contribuir a la realización de medidas de seguimiento y verificación del estado y uso de los recursos financieros, tales como arqueos permanentes de fondos y/o valores, conciliaciones bancarias. Tramitar las conciliaciones bancarias, a fin de conocer los saldos en efectivo y a nivel de la Municipalidad. Otras funciones ESPECÍFICAS permanentes que le asigne el Pagador.
FUNCIONES ESPECÍFICAS EVENTUALES DEL CAJERO Participar en talleres de capacitación sobre computación básica y la administración de fondos públicos, mediante caja única. Otras funciones específicas eventuales que le asigne el pagador. 129
LINEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD 1. Depende directamente del pagador 2. Es responsable de las funciones asignadas a su competencia
REQUESITOS MINIMOS DEL CARGO 1. Tener estudios en contabilidad 2. Tener aptitudes y actitudes para el manejo de fondos públicos via caja única 3. Tener experiencia mínima de un año en manejo de sistema de tesorería 4. Tener capacitación en el manejo de fondos públicos estatales y plan contable
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ORGANIGRAMA
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1.2 MARCO TEORICO (JIMENEZ NIETO, 2003) La administración pública en el Perú es llevada a cabo por las entidades que conforman el poder ejecutivo tales como: los ministerios, los gobiernos regionales y locales , como también los Organismos Públicos Descentralizados, el Poder Legislativo , el Poder Judicial, los Organismos que la Constitución Política del Perú y las leyes confieren autonomía y las personas jurídicas bajo el régimen privado que prestan servicios públicos o ejercen función administrativa, en virtud de concesión, delegación o autorización del Estado, conforme a la normativa de la materia.
(SANCHEZ GONZALES, 2003) La administración es esencialmente una actividad en la que se requiere un alto grado de cooperación y coordinación para alcanzar los fines que pretende el Estado, para lo cual es necesario contar con técnicas administrativas que permitan realizar las actividades de manera más adecuada. (Jiménes Nieto, 2003)La administración pública es una organización social generada por la voluntad política gubernamental para actuar a su servicio, en orden de los intereses que define el poder político del Estado. Constituye un sistema global que integra a todo los demás sistemas, que cumple la función de gobierno y que es considerado como el cerebro integrador de toda organización del Estado. La finalidad de la Administración Pública es satisfacer los intereses colectivos, y como integrante del Estado, promover el bien común. Es la eficiencia en el uso y la asignación de recursos y la maximización de las ganancias.
ADMINISTRACION PÚBLICA Y LA DISTRIBUCION DE FUNCIONES 132
(CASTILLO CHAVEZ, 2013) Desde que se consagro la distribución de funciones como la forma idónea para organizar el Gobierno del Estado moderno, se pretendió que cada uno de los Poderes en que se depositaban, ejercieran exclusivamente el desarrollo de las actividades relativas a la función que les correspondía, más la práctica demostró que ello era imposible, se hizo patente que para el sano desarrollo y funciones de la estructura del Gobierno y del Estado en general, era menester que cada órgano realizara otras funciones, que según su naturaleza, y la propia teoría de la División de Poderes les eran ajenas.
GESTION PÚBLICA (ANDIA VALENCIA , 2016) Existe un grupo con un grado alto de profesionalismo en funciones económicas y reguladoras del Estado, mientras que existe un sistema de empleo fragmentado y poco profesionalizado donde no hay aún meritocracia ni carrera pública. El costo fiscal del empleo público equivale a casi el 40% de los gastos del gobierno, en parte debido a la baja presión tributaria, y representa casi el 6,6% del PBI, ubicándose sobre el promedio regional. El Estado presenta una baja eficacia -efectividad- en la prestación de bienes y servicios, siendo crítico la provisión de infraestructura y de servicios de carácter social. El estado muestra un buen desempeño en áreas de conducción macroeconómica y fiscal, y en áreas reguladoras. Las causas de la baja eficacia son: la baja capacidad del erario fiscal peruano, la excesiva rigidez presupuestaria. Para solucionar uno de los factores, la baja capacidad del erario fiscal, el Estado ha comenzado a hacer algunas acciones como mejorar el régimen de excepciones, mejorar la eficacia de la administración pública e incrementar en índice de la presión tributaria. El Perú presenta fuertes ineficiencias debido a: una inadecuada participación de los interesados en la toma de decisiones sobre gasto (instituciones políticas y sociedad civil), la ausencia de una dirección estratégica,
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la debilidad de los organismos implementadores del gasto (especialmente los locales), la inercia presupuestaria e insuficientes incentivos, un bajo nivel de integración y consistencia de los sistema de información de gestión pública, y la debilidad del sistema de adquisiciones públicas. EL MEF -Ministerio de Economía y Finanzas- y la PCM -presidencia del consejo de ministros- tienen un liderazgo institucional compartido en concretar las reformas necesarias para promover una gestión pública más eficiente y eficaz. En rendición de cuentas, existen factores que perjudican la acción de las instituciones fiscalizadoras como el Poder Judicial, el Congreso y la CGR-Controlaría General de la República-. Los medios de comunicación destacan en la fiscalización de las acciones del gobierno: proveen una amplificación de denuncias, opiniones y propuestas de política sobre la agenda pública del momento y propician el debate político sobre la calidad de las acciones del Ejecutivo. Sin embargo, el déficit de funcionamiento de las instituciones fiscalizadoras evita que se procese la agenda y el control que diariamente plantean los medios.
FONDOS PUBLICOS
(LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE TESORERIA) Se denomina fondos públicos a todos los recursos financieros, sean de carácter tributario y no tributario que se generan, obtienen u originan en la producción o prestación de bienes y servicios que las Unidades Ejecutoras o entidades públicas realizan, con arreglo a Ley. Se orientan a la atención de los gastos del presupuesto público. La dirección nacional de tesoro público se encuentra facultado a tener acceso a la información relacionada con los fondos administrados por las unidades ejecutoras, las empresas del estado de derecho público y privado y de economía mixta con participación directa o indirecta del estado, así mismo, tendrá acceso a todos los depósitos y colocaciones bajo responsabilidad de 134
sus directivos generales de administración o quien haga sus veces. (Mayor Gamero, 2012)
UNIDADES EJECUTORAS (LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE TESORERIA) Constituye el nivel descentralizado u operativo en las entidades públicas. Una Unidad Ejecutora cuenta con un nivel de desconcentración administrativa que: Determina y recauda ingresos; contrae compromisos, devenga gastos y ordena pagos con arreglo a la legislación aplicable; registra la información generada por las acciones y operaciones realizadas; informa sobre el avance y/o cumplimiento de metas; recibe y ejecuta desembolsos de operaciones de endeudamiento; y/o se encarga de emitir y/o colocar obligaciones de deuda.
Encargada de conducir la ejecución de operaciones orientadas a la gestión de los fondos que administran, conforme a las normas y procedimientos del Sistema Nacional de Tesorería y en tal sentido son responsables directas respecto de los ingresos y egresos que administran. En las unidades ejecutoras o dependencias equivalentes en las entidades, el responsable del área de tesorería u oficina que haga sus veces, debe acreditar como mínimo: Formación profesional universitaria, así como un nivel de conocimiento y experiencia compatibles con el ejercicio de dicha función. Centralizar y administrar el manejo de todos los fondos percibidos o recaudados en su ámbito de competencia. Coordinar e integrar adecuada y oportunamente la administración de tesorería con las áreas o responsables de los otros sistemas vinculados con la administración financiera así como con las otras áreas de la administración de los recursos y servicios.
135
Dictar normas y procedimientos internos orientados a asegurar el adecuado apoyo económico financiero a la gestión institucional, implementando la normatividad y procedimientos establecidos por el Sistema Nacional de Tesorería en concordancia con los procedimientos de los demás sistemas integrantes de la Administración Financiera del Sector Público.
DIRECCION GENERAL DE ENDEUDAMIENTO Es el órgano de línea del Ministerio, rector de los Sistemas Nacionales de Endeudamiento Público y de Tesorería, y como tal se constituye como la más alta autoridad técnico-normativa en materia de endeudamiento público y tesorería, encargado de proponer políticas y dictar normas y procedimientos para la gestión global de activos y pasivos financieros, así como de la regulación y administración de los fondos públicos y de la deuda pública. Asimismo, es el encargado de diseñar las estrategias y políticas para la gestión de riesgos financieros, operativos, y contingentes fiscales de naturaleza jurídica y contractual, o derivados de desastres naturales.
FUNCIONES
Proponer las políticas y estrategias la gestión global de activos y pasivos financieros, su riesgo estructural de balance involucrado y el riesgo de mercado de las posiciones de negociación que existan.
Ejecutar todo tipo de operaciones bancarias y de tesorería respecto de los fondos que le corresponde administrar y registrar.
Realizar el seguimiento y verificación de los ingresos recaudados.
Elaborar el presupuesto de caja del gobierno nacional, identificando el déficit o el superávit compatibles con los niveles de caja necesarios para la adecuada ejecución del presupuesto del sector público. 136
Establecer normas que orienten la programación de caja en el nivel descentralizado
Autorizar las operaciones de pagaduría con cargo a los fondos que administra y registra.
Evaluar la gestión de tesorería de las unidades ejecutoras o dependencias equivalentes en las entidades públicas.
Difundir información estadística sobre la ejecución de ingresos y egresos de los fondos públicos, así como de los activos y pasivos financieros del gobierno general.
Dictar las normas, directivas y procedimientos de los Sistemas Nacionales de Endeudamiento Público y de Tesorería, de conformidad con la normatividad vigente.
Establecer las condiciones para el diseño, desarrollo e implementación de mecanismos o instrumentos operativos orientados a optimizar la gestión del Sistema Nacional de Endeudamiento Público y del Sistema Nacional de Tesorería.
Absolver las consultas, asesorar y emitir opinión vinculante exclusiva y excluyente respecto de todos los asuntos relacionados con los Sistemas Nacionales de Endeudamiento Público y de Tesorería.
Elaborar y presentar los estados financieros, conforme a la normatividad y procedimientos correspondientes.
CAJA UNICA DE LA DIRECCION NACIONAL DEL TESORO PÚBLICO
Constituida por la cuenta principal de la Dirección General del Tesoro Público y otras cuentas bancarias de las cuales pueda es titular.
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Todas
las
cuentas
bancarias
donde
se
manejen
fondos
públicos
independientemente de la fuente de financiamiento y del titular de las mismas con excepción del Seguro Social de Salud (Essalud) y de aquellas entidades constituidas como personas jurídicas de derecho público y privado facultadas a desarrollar la actividad empresarial del estado. Las operaciones que se realicen con estas cuentas están sujetas a normas y procedimientos que determina la Dirección Nacional del Tesoro Público. (Vera Novoa & Alvares Llanes, 2009) CUENTA PRINCIPAL DE LA DIRECCION NACIONAL DEL TESORO PÚBLICO Es una cuenta bancaria ordinaria abierta a su nombre en el Banco de la Nación Público en la que centraliza y registra los fondos que administra y registra. La dirección Nacional del Tesoro Público autoriza la apertura de las sub cuentas bancarias de su cuenta principal, que sean necesarias para el registro del movimiento de ingresos y gastos. (Art 15°, Ley N° 28693)
SUB CUENTAS BANCARIAS DE INGRESOS
En las subcuentas bancarias de ingresos se registra la percepción o recaudación sobre la base de su acreditación en la cuenta principal. En su apertura debe indicarse la entidad administradora de los mismos. (Art 16°, Ley N° 28693)
SUB CUENTAS BANCARIAS DE GASTOS
En las subcuentas bancarias de gastos se registran las operaciones de pagaduría, que se realizan sobre la base de autorizaciones aprobadas por la Dirección Nacional del Tesoro Público, en el proceso de ejecución del gasto efectuado de acuerdo a Ley. Las subcuentas bancarias de gastos se abren a nombre de las correspondientes Unidades Ejecutoras o Entidades, las mismas que son directamente responsables de su manejo. (Art 17°, Ley N° 28693)
SISTEMA NACIONAL DE TESORERIA
138
Conjunto de órganos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos orientados a la administración de los fondos públicos, en las entidades y organismos del Sector Público, cualquiera que sea la fuente de financiamiento y uso de los mismos. (Art 3°, Ley N° 28693) El Sistema Nacional de Tesorería conformante del Sistema de Administración Financiera , aparece como uno de los sistemas integrantes de la Administración Financiera del sector Público en las generalidades de la Ley 28112, básicamente es el sistema que administra los fondos o recursos públicos, para la ejecución presupuestaria. Como tal, este sistema es creado con su propia ley la Ley 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesoro Público, inicialmente con su ente rector la Dirección General de Tesoro Público. (Castañedas Santos, 2007) El Sistema está formado por “el nivel central” donde se ubica la DGTP del MEF que es la encargada de aprobar la normatividad, implementar y ejecutar los procedimientos y operaciones correspondientes en el marco de sus atribuciones; en el “nivel descentralizado u operativo” se ubican las UEs y dependencias equivalentes en las entidades del Sector Publico comprendidas en la ley N° 28693 y sus correspondientes tesorerías u oficinas que hagan sus veces. (Castillo Chavéz , 2013)
PRINCIPIOS REGULATORIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE TESORERIA
UNIDAD DE CAJA.- Administración centralizada de los fondos públicos en cada entidad, cualquiera que sea la fuente de financiamiento e independientemente de su finalidad, respetándose la titularidad y registro que corresponda ejercer a la entidad responsable de su percepción. (Álvarez Lllanes , 2012)
ECONOMICIDAD.- Manejo y disposición de los fondos públicos viabilizando su óptima aplicación y seguimiento permanente, minimizando sus costos. (Art. II, Ley N° 28693) 139
VERACIDAD.- Las autorizaciones y el procesamiento de operaciones en el nivel central se realizan presumiendo que la información registrada por la entidad se sustenta documentadamente respecto de los actos y hechos administrativos legalmente autorizados y ejecutados. (Art. III, Ley N° 28693)
OPORTUNIDAD.- Percepción y acreditación de los fondos públicos en los plazos señalados, de forma tal que se encuentren disponibles en el momento y lugar en que se requiera proceder a su utilización. (Álvarez Lllanes , 2012)
PROGRAMACION.- Obtención, organización y presentación del estado y flujos de los ingresos y gastos públicos identificando con razonable anticipación sus probables magnitudes, de acuerdo con su origen y naturaleza, a fin de establecer su adecuada disposición y, de ser el caso, cuantificar y evaluar alternativas de financiamiento estacional. (Art. V, Ley N° 28693)
SEGURIDAD.- Prevención de riesgos o contingencias en el manejo y registro de las operaciones con fondos públicos y conservar los elementos que concurren a su ejecución y de aquellos que las sustentan. (Rojas Delgado, 2011) LOS SISTEMAS ADMINISTRATIVOS EN EL PERU
Según el artículo n° 46 de la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Sistemas Administrativos tienen por finalidad regular la utilización de los recursos en las entidades de la administración pública, promoviendo la eficacia y eficiencia en su uso. Los Sistemas Administrativos de aplicación nacional están referidos a las siguientes materias:
Presupuesto publico
Abastecimientos
Tesorería
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Endeudamiento publico
Contabilidad
Inversión publica
Planteamiento estratégico
Defensa judicial del estado
Control
Modernización de la gestión publica
El Poder Ejecutivo tiene la rectoría de los Sistemas Administrativos, con excepción del Sistema Nacional de Control y del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico que se rigen por la ley de la materia. En ejercicio de la rectoría, el Poder Ejecutivo es responsable de reglamentar y operar los Sistemas Administrativos, aplicables a todas las entidades de la Administración Pública, independientemente de su nivel de gobierno y con arreglo a la Ley de Procedimiento Administrativo General. Esta disposición no afecta la autonomía de los Organismos. Constitucionales, con arreglo a la Constitución Política del Perú y a sus respectivas Leyes Orgánicas. El Poder Ejecutivo adecúa el funcionamiento de los Sistemas Administrativos al proceso de descentralización. EL SISTEMA INTEGRADO DE ADMINISTRACION FINANCIERA DEL SECTOR PÚBLICO (SIAF – SP)
EL SIAF es un Sistema de Ejecución, no de Formulación Presupuestal ni de Asignaciones (Trimestral y Mensual), que es otro Sistema. Sí toma como referencia estricta el Marco Presupuestal y sus Tablas.
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El SIAF ha sido diseñado como una herramienta muy ligada a la Gestión Financiera del Tesoro Público en su relación con las denominadas Unidades Ejecutoras (UEs).
El registro, al nivel de las UES, está organizado en 2 partes:
Registro Administrativo (Fases Compromiso, Devengado, Girado) y Registro Contable (contabilización de las Fases así como Notas Contables).
El Registro Contable requiere que, previamente, se haya realizado el Registro Administrativo. Puede realizarse inmediatamente después de cada Fase, pero no es requisito para el registro de la Fase siguiente.
A diferencia de otros sistemas, la contabilización no está completamente automatizada. Esto, que podría ser una desventaja, ha facilitado la implantación pues el Contador participa en el proceso. El SIAF básicamente empieza desde la parte presupuestal El SIAF Y SIGA son las herramientas más importantes de la gestión pública.
AMBITO DEL SISTEMA Podemos decir que el sistema tiene dos ámbitos claramente definidos. a) REGISTRO UNICO El concepto de Registro Único está relacionado con la simplificación del registro de las UEs de todas sus operaciones de gastos e ingresos y el envío de información a los Órganos Rectores: Dirección Nacional de Presupuesto Público (DNPP)
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Dirección General de Tesoro Público (DGTP) Dirección Nacional de Tesoro Público (DNTP) Dirección Nacional de Contabilidad Pública (DNCP) Dirección Nacional de Endeudamiento Público (DNEP) Contaduría Pública de la Nación (CPN).
b) GESTION DE PAGADURIA (Sólo para las operaciones financiadas con recursos de Tesoro Público). Las UEs sólo pueden registrar sus Girados en el SIAF cuando han recibido las Autorizaciones de Giro de parte del Tesoro Público. En base a estos Girados la DGTP emite las Autorizaciones de Pago, las que son transmitidas al Banco de la Nación (BN), cuyas oficinas a nivel nacional pagan sólo aquellos cheques o cartas órdenes cargadas en su Sistema, afectando recién en ese momento la cuenta principal del Tesoro Público. Ciertamente, más allá que luego tenga que intervenir el Tesoro Público para la Autorización de Pago , el Girado registrado por la UE termina en el BN, por lo que podríamos decir que los equipos SIAF que operan en las UEs son como terminales del Tesoro Público para realizar el proceso de Pago a través del BN. IMPLANTACIÓN DEL SISTEMA
En el período 1997-1998 la tarea primordial del MEF ha sido la Implantación del SIAF-SP en todas las UEs del Gobierno Central y Regiones, para cuyo logro se han realizado programas de entrenamiento, difusión y pruebas. Ha sido fundamental el nivel de credibilidad de los Usuarios en el Sistema, el mismo que se ha consolidado durante este período. Debe destacarse muy especialmente el 143
enorme esfuerzo de los funcionarios de las UEs que han participado en la etapa de Implantación. Coordinación permanente con los Órganos Rectores. El Sistema debía adecuarse a sus procedimientos y Normas, así como instrumentos operativos (Tablas). Acercamiento, desde fines de 1996, con los usuarios (UEs) a través de los Residentes, nexo permanente. Registro manual paralelo en 1997. Permitió conocer el ámbito de operaciones de las UEs para su adecuado tratamiento en el Sistema. Además hizo posible un relevamiento del uso de Clasificadores Presupuestales así como operaciones contables, insumos para la primera versión de la Tabla de Operaciones. Igualmente se prestó mucha atención al tema de los documentos fuente. Se logró establecer la figura del expediente u operación, unidad de registro del sistema. En los últimos meses de 1997 las UEs registraron sus operaciones en una primera versión en Fox del Módulo de Registro SIAF-SP. En enero de 1998, el MEF entregó 506 equipos (Computador Personal, Módem, Impresora, Estabilizador o UPS) a igual número de UEs. El equipo tiene instalado además de un software general (MSOffice97), el Módulo Visual de Registro SIAF-SP. El Sistema incluye un mecanismo de correo electrónico para la transferencia de información. Registro automatizado paralelo en 1998, utilizando los equipos y sistemas entregados. Las UEs registraron y transmitieron más de un millón de operaciones por un valor cercano al 50% del total del Presupuesto Anual, las mismas que se reflejaban en la Base de Datos ORACLE de la sede MEF. Este registro permitió reforzar el entrenamiento, así como identificar nuevas operaciones para la Tabla 144
de Operaciones. Un aspecto muy importante de esta etapa fue la revisión del tratamiento a las operaciones típicas (planillas, compras, encargos, caja chica, entre otras). Personal entrenado en cada UE. A fines de 1998, antes de ponerse en marcha el Sistema existía al menos una persona adecuadamente entrenada en cada UE. Progresivamente se ha incorporado un mayor número de funcionarios, especialmente en aquellas UEs que trabajan en Red. Organización y Puesta en Marcha de la Mesa de Atención, como centro de recepción de llamadas de los usuarios y su derivación a las diversas áreas (Soporte, Análisis, Contadores, Control de Calidad, Informática).
VENTAJAS DEL SISTEMA Confiabilidad: Ofrece a los gestores y usuarios certeza sobre los datos, los hechos y las cifras obtenidos del sistema.
Unicidad: Los datos son registrados una única vez. Se ingresa la información donde ocurre cada transacción.
Integridad: Cubre la totalidad de las operaciones financieras y no financieras en el ámbito presupuestario y no presupuestario.
Verificabilidad: Posibilita la verificación, mediante auditorías, de todas las transacciones realizadas.
Oportunidad: Permite obtener información sobre las transacciones realizadas en el momento en que se producen.
Utilidad: Apoya el proceso de toma de decisiones, proveyendo información financiera, presupuestaria y patrimonial.
Transparencia: Ofrece información clara y uniforme sobre la gestión económico- financiera del gobierno. 145
Seguridad: Protege física y lógicamente la información contra el acceso no autorizado y el fraude.
Evaluable: Genera los indicadores y procede a la agregación y consolidación necesarias para la evaluación de resultados.
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1.3 MARCO CONCEPTUAL ESTADO El concepto de Estado puede tener diferentes significados, en las ciencias naturales, el estado es una situación o modo de estar en que se encuentra una persona o cosa; así como también el grado o modo de cohesión de las moléculas de un cuerpo o materia (sólido, líquido o gaseoso). En términos jurídicos y sociales, un Estado es la forma y organización de la sociedad, de su gobierno y al establecimiento de normas de convivencia humana; es la unidad jurídica de los individuos que constituyen un pueblo que vive al abrigo de un territorio y bajo el imperio de una Ley, con el fin de alcanzar el bien común. El Estado es una maquinaria mediante la cual se hace efectivo el poder político; y el gobierno es quien, en una primera aproximación, detenta ese poder, ya que está constituido por el conjunto de personas que manejan dicha maquinaria. La palabra Estado, no aparece en las lenguas europeas hasta el Renacimiento. Durante la Edad Media, el poder político se confundía con la propiedad. No existía el Estado en el sentido moderno, pues no había institución alguna que ostentara el monopolio del poder político, implicación que sólo surgió con el desarrollo del concepto de soberanía. SECTOR PÚBLICO En cuentas nacionales, se refiere a la parte del sistema económico que está relacionado con la actividad estatal, ya sea financiera o no financiera. Incluye a las Entidades pertenecientes al Gobierno Central e Instancias
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Descentralizadas, así como a las empresas públicas financieras y no financieras. (Resolución Directoral Nº 007-99-EF/76.01, Glosario de Términos de Gestión Presupuestaria del Estado. Los ingresos suponen incrementos en el patrimonio neto de tu empresa. Puede tratarse del aumento del valor de tus activos o la disminución de un pasivo. Arqueo: Recuento o verificación a una fecha determinada de las existencias en efectivo y valores, así como de los documentos que forman parte del saldo de una cuenta o fondo. Autorización de giro: Proceso por el cual la Dirección Nacional del Tesoro Público aprueba a favor de las Unidades Ejecutoras que financian sus presupuestos con recursos administrados y canalizados por referida Dirección Nacional, el monto límite para proceder al giro de cheques, emisión de cartas orden, o transferencias electrónicas con cargo a las respectivas cuentas bancarias. Caja única de la Dirección Nacional del Tesoro Público: Constituida por la cuenta principal de la Dirección Nacional del Tesoro Público, las otras cuentas bancarias de las cuales es titular y todas las cuentas bancarias donde se manejen fondos públicos independientemente de la fuente de financiamiento y del titular de las mismas, con excepción del Seguro Social de Salud (ESSALUD) y de aquellas entidades constituidas como personas jurídicas de derecho público y privado facultadas a desarrollar la actividad empresarial del Estado.
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Conciliación bancaria: Comparación de los movimientos registrados en el estado bancario de cada una de las cuentas bancarias respecto del Libro Bancos para verificar la concordancia entre ambos a una fecha determinada. Cuenta Principal de Tesoro Público: Cuenta bancaria ordinaria que mantiene la Dirección Nacional del Tesoro Público en el Banco de la Nación, en la cual centraliza los fondos públicos provenientes de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios. Cuentas bancarias: Cuentas abiertas en el Sistema Financiero Nacional a nombre de las entidades públicas con autorización de la Dirección Nacional del Tesoro Público para el manejo de los fondos públicos. Determinación del ingreso: Acto por el que se establece o identifica con precisión el concepto, el monto, la oportunidad y la persona natural o jurídica, que debe efectuar un pago o desembolso de fondos a f avor de una entidad. Ejecución financiera del ingreso y del gasto: Proceso de determinación y percepción o recaudación de fondos públicos y, en su caso, la formalización y registro del gasto devengado así como su correspondiente cancelación o pago. Encargo: Modalidad de la ejecución presupuestaria indirecta, se produce entre entidades del Sector Público cuando por la naturaleza o condiciones en que deba desarrollarse la ejecución física y financiera de las Actividades y/o Proyectos considerados en el Presupuesto Institucional de una Unidad Ejecutora, requiere ser realizado por alguna(s) de sus dependencias desconcentradas o por otra Unidad Ejecutora de un Pliego Presupuestario distinto. Conlleva la suscripción de un convenio entre las entidades intervinientes. 149
Estado de Tesorería: Información elaborada mensualmente por la Dirección Nacional del Tesoro Público que refleja el movimiento de los ingresos y egresos de las cuentas del Tesoro Público; el cual es presentado trimestralmente y al cierre del año fiscal a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública para efectos de la Cuenta General de la República. Fondo para pagos en efectivo: Monto de recursos financieros constituido con Recursos Ordinarios que se mantiene en efectivo y se utiliza únicamente cuando en la Unidad Ejecutora se requiera efectuar gastos menudos, urgentes que demande su cancelación inmediata o que, por su finalidad y características, no pueden ser debidamente programados para efectos de su pago mediante otra modalidad. Fondos públicos: Todos los recursos financieros de carácter tributario y no tributario que se generan, obtienen u originan en la producción o prestación de bienes y servicios que las Unidades Ejecutoras o entidades públicas realizan, con arreglo a Ley. Se orientan a la atención de los gastos del presupuesto público. Gasto devengado: Reconocimiento de una obligación de pago derivado del gasto comprometido previamente registrado. Se formaliza a través de la conformidad del área correspondiente en la entidad pública o Unidad Ejecutora que corresponda respecto de la recepción satisfactoria de los bienes y la prestación de los servicios solicitados y se registra sobre la base de la respectiva documentación sustentatoria. Gasto girado: Proceso que consiste en el registro del giro efectuado sea mediante la emisión del cheque, la carta orden o la transferencia electrónica
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con cargo a la correspondiente cuenta bancaria para el pago parcial o total de un gasto devengado debidamente formalizado y registrado. Gasto pagado: Proceso que consiste en la efectivización del cheque emitido, la carta orden y la transferencia electrónica; se sustenta con el cargo en la correspondiente cuenta bancaria. Letras del Tesoro Público: Títulos de corto plazo emitidos por el Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Dirección Nacional del Tesoro Público con la finalidad de cubrir el déficit temporal de caja del Tesoro Público. Percepción del ingreso: Momento en el cual se produce la recaudación, captación u obtención efectiva del ingreso. Posición de caja del Tesoro Público: Resultado de la sumatoria de los saldos de todas la cuentas bancarias que conforman la Caja Única, sean en moneda nacional o moneda extranjera; puede ser positiva, en cuyo caso se hablará de un superávit de caja del Tesoro; o negativa, en cuyo caso se tendrá un déficit de caja del Tesoro. Presupuesto de Caja del Gobierno Nacional: Instrumento de gestión financiera que expresa el pronóstico de los niveles de liquidez disponibles para cada mes, sobre la base de la estimación de los fondos del Tesoro Público a ser percibidos o recaudados y de las obligaciones cuya atención se ha priorizado para el mismo periodo. Asimismo, establece la oportunidad del fi nanciamiento temporal que se requiere. Es elaborado por la Dirección Nacional del Tesoro Público. Programación de Caja del Tesoro: Proceso técnico que tiene por finalidad determinar los componentes de los ingresos y egresos y el probable comportamiento de los mismos, tratando de armonizar la demanda de los 151
gastos para el cumplimiento de las Metas Presupuestarias con la disponibilidad de los recursos proyectados con que cuente cada entidad pública durante un determinado período, y evaluando con oportunidad las necesidades y alternativas de financiamiento temporal, lo cual se expresa en el Presupuesto de Caja del Gobierno Nacional. Rendición de cuentas: "Presentación de los resultados de la gestión de los recursos públicos por parte de las autoridades representativas de las entidades del Sector Público, ante la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, en los plazos legales y de acuerdo con las normas vigentes, para la elaboración de la Cuenta General de la República, las Cuentas Nacionales, las Cuentas Fiscales y el Planeamiento. También se entiende como rendición de cuentas a la demostración documentada de los gastos realizados respecto de recursos financieros percibidos tales como el fondo para pagos en efectivo, encargos, viáticos, etc." Subcuentas de gasto: Cuentas bancarias dependientes de una cuenta principal abiertas por la Dirección Nacional del Tesoro Público a nombre de las Unidades Ejecutoras para el registro de las operaciones de pagaduría. Subcuentas de ingresos: Cuentas bancarias abiertas por la Dirección Nacional del Tesoro Público para el registro de operaciones relacionadas con movimientos de fondos en el proceso de recaudación fiscal. Unidad ejecutora: "Constituye el nivel descentralizado u operativo en las entidades públicas. Una Unidad Ejecutora cuenta con un nivel de desconcentración administrativa que: a. determina y recauda ingresos; b. contrae compromisos, devenga gastos y ordena pagos con arreglo a la legislación aplicable; c. registra la información generada por las acciones y 152
operaciones realizadas; d. informa sobre el avance y/o cumplimiento de metas; e. recibe y ejecuta desembolsos de operaciones de endeudamiento; y/o f. se encarga de emitir y/o colocar obligaciones de deuda. "
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CAPITULO II ACTIVIDADES REALIZADAS El área en el cual se desarrollan la Practica Pre profesional, fue en la Sub Gerencia de Tesorería de la Municipalidad Provincial de Puno. Las labores realizadas durante el periodo de prácticas Pre-Profesionales han sido una experiencia muy valiosa por haber adquirido conocimientos prácticos para mi mejor formación profesional en las Ciencias Contables. Durante mi permanencia como practicante en la oficina de la Sub –Gerencia de Tesorería de la Municipalidad Provincial de Puno donde realice labores particularmente del área, haciendo que me familiarice con las normas generales del Sistema Nacional de Tesorería para lo cual a continuación paso a detallar las actividades realizadas en este área.
A. PERIODO DE PRACTICAS: El periodo de prácticas que se realizó en la “SUBGERENCIA DE TESORERIA” de la Municipalidad Provincial de Puno fue del 13 de setiembre al 15 de diciembre del 2017. 154
B. HORARIO DE PRACTICAS: Comprendidas de Lunes a Viernes de 8.00 am a 1.00 pm
C. ACTIVIDADES REALIZADAS Durante el periodo de prácticas Pre – Profesionales en la Oficina de la Sub Gerencia de Tesorería de la Municipalidad Provincial de Puno, a cargo del C.P.C. Tania Gwendoline Quiñonez Chávez, quien me dio la labor de apoyo a las diferentes trabajadores dentro del área, donde se realizó las siguientes actividades que detallo a continuación.
a. REVISION Y ARCHIVO DE COMPROBANTES DE PAGO La función que me asignaron en un inicio fue la revisar los comprobantes de pago del año 2016 y 2017 los cuales habían sido enviados a ser empastados y estaban retornando, mi función consistía en verificar si los comprobantes señalados en la portada estaban completos y ordenados correlativamente para posteriormente realizar el archivo en la Oficina de la Sub Gerencia de Tesorería, ordenados de manera correlativa y muy exacta puesto que eran los que más actividad de movimiento tenían con respecto a los pedidos que hacían la oficina de OCI entre otros, etc. Asimismo realice el archivo diario y correlativo de los comprobantes de pago acompañados de sus respectivos documentos fuente y/o expediente así como también la copia de estos comprobantes de pago. Posteriormente se ubica en orden los comprobantes de pago en forma correlativo de los meses del 2017 para evitar cualquier tipo de pérdida y sustracción de las mismas, mientras estas se iban realizando el pago respectivo, se iban archivando para su mejor control y seguridad. Este archivo se realiza con el objetivo de efectuar cualquier consulta y/o comprobación de algún documento, lo realizamos de manera daría ante un eventual requerimiento de documentos por parte de la Oficina de Control Interno, Contraloría General de la Republica o cualquier funcionario, persona natural o jurídica interesado en la documentación pertinente, todo esto con el fin de cumplir con la Ley N° 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. b. REVISION, RECEPCION, REGISTRO DE LA DOCUMENTACION Y PAGO EN VENTANILLA 155
La Subgerencia de Tesorería es un órgano de la Gerencia de Administración de la Municipalidad Provincial de Puno, responsable de conducir el Sistema de Tesorería en el marco de la Ley General del Sistema Nacional de Tesorería y de las normas y procedimientos complementarios que dicte la Municipalidad Provincial de Puno 180 Dentro de sus funciones está la de procesar la documentación relacionada a procesos administrativos de abastecimiento de bienes y servicios del mismo modo el pago a los proveedores, por las obligaciones y compromisos contraídos por la Municipalidad, así como el pago de las remuneraciones, pensiones y otras asignaciones del personal activo y pasivo de la Municipalidad. Se ha elaborado diagramas de flujo o flujogramas en el cual se identifica las principales actividades del procedimiento para la reposición de caja chica; para el pago de bienes y servicios; para el pago de remuneraciones y para el pago de viáticos; desde su inicio a fin. (VER AXEXO N° 02) Dentro de las actividades de la sub gerencia de tesorería también se encuentra la recepción de documentos de las diferentes of icinas siempre con una firma de recepción en libro de registros de la oficina solicitante; en cuanto órdenes de compra y servicio se revisa que todo documento tenga la firma del jefe de área y este contabilizado para posteriormente realizar el giro en el registro SIAF y adjuntar el cheque que le corresponde, en caso de hojas de coordinación, memorando, solicitudes; estos deben estar debidamente sustentados y con copia de cargo para ser alcance al jefe de área para su atención. (VER ANEXO N° 03) Después de haber revisado la documentación, y haber realizado el giro correspondiente en el sistema SIAF, se registra el documento en el libro de comprobantes de pago de la siguiente manera: numeración correlativo, Fecha de comprobante, N° de Comprobante de pago, N° de cheque, N° de cuenta corriente, N° de Registro SIAF, Concepto, monto, y Razón Social o Nombre; esto permite realizar el seguimiento correspondiente del documento.
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Asimismo dentro de las actividades que realiza la Sub Gerencia de Tesorería, se encuentra el pago en ventanilla a proveedores por obligaciones y compromisos contraídos por la Municipalidad. Los comprobantes de pago adjuntados con el cheque correspondiente para su respectivo pago, se clasifican por tipo de recursos, seguidamente por orden alfabético; esto con el fin de facilitar o disminuir el tiempo de búsqueda del comprobante; estos documentos pueden ser pago de órdenes de compra, órdenes de servicio, etc.
c. DEPOSITO DE DETRACCIONES El sistema de detracciones, comúnmente conocido como SPOT, es un mecanismo administrativo que coadyuva con la recaudación de determinados tributos y consiste básicamente en la detracción (descuento) que efectúa el comprador o usuario de un bien o servicio afecto al sistema, de un porcentaje del importe a pagar por estas operaciones, para luego depositarlo en el Banco de la Nación, en una cuenta corriente a nombre del vendedor o prestador de servicio, el cual, por su parte, utilizara los fondos depositados en su cuenta del Banco de la Nación para efectuar el pago de tributos, multas y pagos a cuenta incluidos sus respectivos intereses y la actualización que se efectué de dichas deudas tributarias de conformidad con el art. 33 del Código Tributario, que sean administradas y/o recaudadas por la SUNAT.
d. GIRO DE CHEQUES Y ELABORACION DE COMPROBANTES DE PAGO El Girado, obedece a la obligación de registrar en el SIAF ‐SP los datos relacionados con los documentos que sustentan el pago o cancelación del Gasto Devengado previamente registrado (Transferencia Electrónica, carta orden, o de ser el caso el cheque por la Unidad Ejecutora o Municipalidad, de acuerdo con las respectivas condiciones contractuales. El Giro es la fase del gasto, por la cual la Unidad Ejecutora cancela o liquida la obligación adquirida con los Proveedores o Gastos Administrativos diversos, cabe señalar que para el registro de la fase Girado, se debe haber registrado y aprobado las fases del Compromiso y el Devengado correspondiente. Esta actividad consiste en la elaboración de un documento que acredita la transferencia de bienes y/servicios como planillas del personal activo y 157
cesante, personal obrero, fondo de pensiones, rentas de quinta y cuarta categoría, descuentos judiciales , descuentos varios, pagos de subvención y subsidios, suministros de funcionamiento, viáticos , pasajes entre otros. Para la elaboración del comprobante de pago y giro de cheque se debe tener en cuenta lo siguiente: Expediente
Fecha de elaboración.
Número de registro SIAF
Número correlativo.
Nombre del beneficiario.
Monto total expresado en letras y en soles.
Importe del descuento si lo hubiera.
Documentación sustentatoria.
Numero de factura, boleta, etc.
Numero de resolución, memorando, oficio, etc.
Unidad operativa.
Número de cuenta corriente.
Fuente de financiamiento.
Cuentas presupuestales de afectación del gasto.
Cuentas patrimoniales.
Numero de cheques.
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IMAGEN N° 4 REGISTRO DE LA FASE DEL GIRADO EN EL SISTEMA SIAF
FUENTE: SIAF 2017 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO IMAGEN N° 5 REGISTRO DE LA FASE DEL GIRADO EN EL SISTEMA SIAF
FUENTE: SIAF 159
e. CONCILIACION BANCARIA Y CAJA TABULAR La conciliación bancaria es un proceso que permite confrontar y conciliar los valores que la empresa tiene registrados de una cuenta corriente con los valores que el banco suministra por medio del extracto bancario de esa manera hallar las diferencias o discrepancias que generalmente de produce entre el saldo de los movimientos de la cuenta corriente, con el saldo del extracto bancario proporcionado por el banco. Para poder empezar con la conciliación bancaria, se contó con el libro auxiliar de bancos y el extracto bancario, el cual el banco envía a cada uno de sus clientes cada mes. Mediante los dos registros realicé una comparación y comprobé si los movimientos que la municipalidad había registrado con los del banco coincidían, esto con la finalidad de verificar si hay algún error y que ambos saldos de la cuenta sean iguales. Las conciliaciones bancarias que desempeñe fueron según fuente de financiamiento. f. CAJA TABULAR O AMERICANA El libro de Caja Tabular o Americana se realizaba para controlar el movimiento de dinero tanto de los ingresos como los egresos, en el lado izquierdo se registraba las cuentas de ingreso y en el lado derecho los egresos y sus cuentas, después de haber registrado todos los movimientos del mes, realice un resumen de cuentas del debe y el haber, ambas columnas cumplían con el principio de partida doble. El registro del libro caja debe informarse mensualmente, detallando los ingresos y egresos del mes; observe que los proveedores mediante una solicitud pedían que se les otorgara la facilidad de sacarle una copia a los comprobantes de pago que tenían, con el fin de tener un control; esta actividad traía como consecuencia el retraso del registro del libro caja, puesto que algunas personas no hacían el alcance del comprobante rápidamente. g. REGISTRO DE RECIBO DE INGRESOS EN EL SISTEMA SIAF La siguiente tarea que se me asigno fue la de registrar los recibos de ingresos, donde se podía destacar el código, la denominación y el monto total y adjunto lo recibos de depósito realizados en el BANCO DE LA NACION, en el sistema SIAF, la misma que consiste en registrar las recaudaciones en la fase de recaudado y luego su envió a la base de datos y esperar la aprobación para 160
continuar con la fase de determinado, registro que se realizaba de acuerdo y en orden de los códigos siguientes: CUADRO
N°
2
CODIFICACION
Y
RECAUDACIONES
FUENTE: APOYO EN TESOSRERIA
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DENOMINACION
DE
LAS
CAPITULO III DISCUSION Las labores realizadas en la Sub Gerencia de Tesorería, fundamentalmente
estuvo
relacionado
en
efectuar
trabajos
mencionados en el capítulo anterior por consiguiente se puede afirmar que las Normas Generales del Sistema Nacional de Tesorería tuvo una relación muy directa con las practicas la cual se ha podido realizar con todo el esmero y responsabilidad posible.
PRIMERO: REVISION Y ARCHIVO DE COMPROBANTES DE PAGO Al realizar esta actividad se observó, que no se cuenta con una organización y mecanismo de control para el cuidado de los comprobantes de pago, además la falta de un ambiente más amplio para el archivo; encontrándose así libros empastados que no contenían los comprobantes de pago que se mencionaba en su portada o peor aun no encontrándose los libros ni mucho menos los comprobantes que puedan servir de sustento para una eventual auditoria realizado por OCI o simple solicitud de algún interesado. Según la Resolución Jefatural N° 073 – 85/AGN-J del Sistema Nacional de Archivos donde nos menciona que el Órgano Desconcentrado de Archivos es el encargado de las actividades archivísticas en los 162
órganos desconcentrados a nivel regional zonal o departamental de organismos y reparticiones del Sector Público. Coordinará sus actividades con el Órgano de Administración de Archivos del nivel central y el Archivo Departamental correspondiente y de no existir éste con el Archivo General de la Nación. El Órgano de Administración de Archivos en coordinación con el Órgano de Racionalización o que haga sus veces formulará y actualizará los documentos de gestión archivística institucional, de acuerdo a las directivas y orientaciones técnicas impartidas por el Archivo General de la Nación. Las Normas específicas formuladas por el Órgano de Administración de Archivos deberán ser aprobadas por la Alta Dirección de la entidad previa conformidad del Archivo General de la Nación.
SEGUNDO: REGISTRO EN EL SISTEMA SIAF Se pudo observar que al momento de ingresar en el sistema SIAF este no responde y en muchas ocasiones esta colapsó y por ende se vuelve inseguro en cuanto a la información que tiene, ocasionando que él envió de los mismos ante la Dirección Nacional de Tesoro Público no sea tan segura y poco consistente; asimismo reduce la efectividad del trabajo realizado por la persona encargada de realizar la fase del giro entre otras actividades, esto debido a la falta de mantenimiento del sistema por el área de tecnología e informática.. Según el Decreto de Alcaldía N° 001- 2010/MPP/A del Manual de Organización y Funciones de la Municipalidad donde establece que son funciones de los encargados de la Oficina de Tecnología e Informática el mantenimiento de los sistemas informáticos así como la de Diseñar, formular y proponer políticas de prestación de servicios de información externa e interna y Plan de Tecnología de Información y Comunicación, a fin de facilitar la toma de decisiones oportunamente, utilizando informaciones en sus diversos soportes y en todos los campos del saber científico en lo que corresponde a la tecnología informática, aplicada para la simplificación administrativa, mejora de la calidad de gastos, reestructuración y democratización de la gestión del Gobierno Municipal de Puno. 163
CAPITULO IV CONCLUSIONES Al término de mis prácticas Pre profesionales y tomando en cuenta las discusiones mencionadas en el capítulo anterior junto con el marco teórico se llegó a las conclusiones siguientes de cada uno de las labores realizadas en la Subgerencia de Tesorería:
PRIMERO: REVISION Y ARCHIVO DE COMPROBANTE DE PAGO. Se concluyó lo siguiente: La oficina de la Sub Gerencia de Tesorería no presenta un ambiente favorable, amplio para el archivo de los libros empastados (comprobantes de pago), asimismo no se cuenta con un mecanismo de control y organización para el manejo y archivo de comprobantes de pago, esto tiene como consecuencia la ausencia de documentos em los libros empastados, expedientes, perdida de los mismos.
SEGUNDO: REGISTRO EN EL SISTEMA SIAF El SIAF es una herramienta que facilita la gestión administrativa, ayudando a simplificar tareas y reducir el tiempo dedicado a estos. Sin 164
embargo este en muchos casos no responde y colapsa, presentando contratiempos en el flujo de los sistemas, esto debido a la falta de mantenimiento de los sistemas por parte de área de Tecnología e Informática. Según el Decreto de Alcaldía N° 001- 2010/MPP/A del Manual de Organización y Funciones de la Municipalidad donde establece que son funciones de los encargados de la Oficina de Tecnología e Informática el mantenimiento de los sistemas informáticos así como la de Diseñar, formular y proponer políticas de prestación de servicios de información externa e interna y Plan de Tecnología de Información y Comunicación, a fin de facilitar la toma de decisiones oportunamente.
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CAPITULO V RECOMENDACIONES De las conclusiones realizadas en el desarrollo de mis prácticas pre profesionales, se recomienda lo siguiente:
PRIMERO: REVISION Y ARCHIVO DE COMPROBANTES DE PAGO Se recomienda implementar un mecanismo de control y organización de igual manera, es de gran importancia, un ambiente más Amplio en el Área de Tesorería, para el manejo y archivo de comprobantes de pago, es la última Área donde llegan los documentos en el año correspondiente y son archivados para prevenir la ausencia de comprobantes, perdidas y sustracciones; considerando el tiempo y los recursos, la misma que permitirá llevar a cabo el desarrollo de las actividades en el área de tesorería, de manera correcta, oportuna y disponer de personal competente e idóneo, encargado directamente del cuidado y custodia de los libros que contienen información de documentos fuentes y que estos a la vez sean archivados de manera
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inmediata, según se van haciendo la entrega respectiva de los cheques a proveedores y deposito a cuenta cci. Según la Resolución Jefatural N° 073 – 85/AGN-J del Sistema Nacional de Archivos.
SEGUNDO: REGISTRO EN EL SISTEMA SIAF Se recomienda informar a la Oficina de Tecnología e Informática de la Municipalidad para el mantenimiento adecuado de los sistemas el cual nos ayude a contar con una tecnología adecuada y segura, donde se pueda guardar la información que se va registrando al sistema en relación a los movimientos que realice la entidad en el proceso del registro SIAF; según el Decreto de Alcaldía N° 001- 2010/MPP/A del Manual de Organización y Funciones de la Municipalidad donde establece que son sus funciones de los encargados de la Oficina de Tecnología e Informática el mantenimiento de los sistemas informáticos y la de Diseñar, formular y proponer políticas de prestación de servicios de información externa e interna y Plan de Tecnología de Información y Comunicación, a fin de facilitar la toma de decisiones oportunamente, utilizando informaciones en sus diversos soportes y en todos los campos del saber científico en lo que corresponde a la tecnología informática, aplicada para la simplificación administrativa, mejora de la calidad de gastos, reestructuración y democratización de la gestión del Gobierno Municipal de Puno.
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CAPITULO VI BIBLIOGRAFIA Obtenido de LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE TESORERIA. ÁLVAREZ LLANES, F. (2012). Abastecimiento y Control Patrimonial. Perú: Instituto Pacifico. ANDIA VALENCIA, W. (2016). Manual de Gestión Pública. LIMA - PERU: Ediciones Arte y Pluma. CASTAÑEDAS SANTOS, V. (2007). Abastecimiento General de Bienes y Servicios (3ra ed.). Lima: Marketing Consultores S.A. CASTILLO CHAVÉZ, J. (2013). Administración Pública. Perú: Asesor Gubernamental. JIMENEZ NIETO, J. (2003). Teoría General De La Administración Pública. Lima: Lexic. MAYOR GAMERO, J. (2012). Sistema Nacional De Tesorería. 168