HERMENEUTICA JURIDICA
TEMA
HERMENEUTICA JURIDICA ACTIVIDAD NRO 13 : UNIDAD II AUTOR. GARCÍA BARRETO JOSÉ NÉSTOR INTEGRANTES GUTIERREZ GARCIA, Jhonny
URIZA CORNEJO, Manuel. DOCENTE Dr. LUIS FERNANDEZ CURSO. LOGICO JURIDICO CICLO III
TUMBES – PERÚ 2017
LOGICA JURIDICA
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HERMENEUTICA JURIDICA
contenido ...............................................................................................................
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FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS ................................... Error! Bookmark not defined. ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO ................................................... Error! Bookmark not defined. DEDICATORIA: ....................................................................................... Error! Bookmark not defined. AGRADECIMIENTOS...............................................................................
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INTRODUCCION ................................................................................................................................... 3
HERMENÉUTICA JURÍDICA ..........................................................................................................
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IMPORTANCIA DE LA LÓGICA JURÍDICA ..........................................................................................
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EJECUCIÓN EXTRAJUDICIAL .......................................................................................................
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LAS ACTUACIONES JUDICIALES ................................................................................................
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CONCLUSION. ...................................................................................................................................... 6
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INTRODUCCION
La hermenéutica jurídica ha sido utilizada desde hace más de dos siglos por los historiadores, fundamentando la separación de las llamadas ciencias naturales y ciencias sociales. En el siglo IX, la hermenéutica constituyo un auxiliar básico de la historiografía y de la jurisprudencia. La hermenéutica como método, es empleada por la teología, la filosofía, la historia, la jurisprudencia, la lingüística y hasta el psicoanálisis. En la actualidad, entre las preposiciones hermenéuticas más importantes se encuentran la de Paul Ricoeur y la de Hans Georg Gadamer, autores que propagan por la existencia de la hermenéutica. Comprender e interpretar textos no es solo una instancia científica, sino que pertenece con toda evidencia a la experiencia humana en el mundo. Por eso el fenómeno de la validez propia dentro de la ciencia y se resiste a cualquier intento de transformarlo en un método científico. HERMENÉUTICA JURÍDICA
La interpretación crítica es una de las condiciones que la sociedad tiene para promover el debate y el necesarísimo diálogo ante un discurso que se asume y se ejerce como totalitario. Por supuesto con esta metodología no daremos respuesta a todos los problemas sociales que nos acogotan día a día, pero ejercer la interpretación nos da mejores condiciones para el ejercicio de la racionalidad, y que la misma sea utilizada para el análisis de la compleja situación que hoy atravesamos. Para poder hablar y opinar sobre cualquier materia hay que oír primero, y los medios de comunicación son la piedra angular de la expresión de los que no tienen voz. Por ello ante la libérrima interpretación del TSJ, se han alzado voces de protesta de distinguidos y reputados juristas especialistas en derecho constitucional, reclamando lo que a su juicio es un "Coup de etat". Tocará a la sociedad organizada venezolana, determinar qué acciones se han de tomar al respecto. El tiempo y las circunstancias, dictarán la pauta.
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IMPORTANCIA DE LA LÓGICA JURÍDICA
Toda ciencia y todo hombre necesitan del conocimiento de la lógica, sea esta natural, científica y en nuestro caso jurídica. Lógica Natural: Permite discurrir (inventar una cosa, conjeturar), inferir (deducir una cosa de otra), conducir a un resultado y evitar errores que se dan en la vida cotidiana. Lógica Científica: Se refiere al ordenamiento gradual y sistemático que sigue el conocimiento en la elaboración de la ciencia. Lógica Jurídica: Permite alcanzar una relación correcta y adecuada entre la teoría y la práctica jurídica del hombre en la sociedad.
EJECUCIÓN EXTRAJUDICIAL
es, según el derecho internacional humanitario, un caso de violación a los derechos humanos que consiste en el homicidio de manera deliberada de una persona por parte de un servidor público que se apoya en la potestad de un Estado para justificar el crimen. Pertenece al género de los delitos contra personas y bienes protegidos por el derecho internacional humanitario. Una ejecución por parte de agentes del Estado es extrajudicial cuando no está dentro de los siguientes parámetros:
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En combate dentro de un conflicto armado.
El uso racional necesario y proporcionado de la fuerza para hacer cumplir la ley.
Por imprudencia, impericia, negligencia o violación del reglamento.
La prevención de las ejecuciones extrajudiciales fue adoptada el 15 de diciembre de 1989 por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas bajo Resolución 44/162. En dicha resolución también se establecen las responsabilidades que debe asumir un Estado para prevenir dichos asesinatos que son: el establecer prohibiciones legales a dichas ejecuciones, evitarlas al garantizar un control sobre los funcionarios autorizados por la ley para usar la fuerza y las armas de fuego, garantizar la protección de personas que estén en peligro de sufrir dichas ejecuciones y prohibir a funcionarios superiores la autorización o incitación de las mismas. LAS ACTUACIONES JUDICIALES
Vienen recogidas en la Ley de Enjuiciamiento Civil en el Título V del Libro I que lleva como rúbrica “De las actuaciones judiciales”. No se puede entrar a delimitar el término actuación
judicial sin entrar a definir lo que es un acto procesal, toda vez que toda actuación judicial es un acto procesal pero no todo acto procesal es una actuación judicial. Los actos procesales pueden ser definidos siguiendo a “Ortells” como un acto jurídico de las partes y del órgano jurisdiccional, mediante el cual el proceso se realiza y que produce sus efectos principales, de modo directo e inmediato en el proceso. De este concepto de acto procesal se puede extraer varias características. En primer lugar es relevante y necesaria la intervención de la voluntad humana. De este modo el acto procesal es una categoría que excede del simple hecho en el que no interviene la voluntad humana. En segundo lugar el acto procesal tiene una influencia directa e inmediata en el proceso. A tal fin es indiferente que el acto se realice en el seno o fuera del proceso. Lo importante es que dicho acto produzca efectos inmediatos en el proceso, así por ejemplo la sumisión LOGICA JURIDICA
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expresa de las partes a un determinado fuero, produce efectos a los fines de la determinación de la competencia territorial aunque dicho acuerdo de las partes ha sido llevado a cabo fuera del proceso en un contrato. En tercer lugar no tienen la consideración de actos procesales aquellos que producen efectos en el proceso de orden mediato o indirecto.
CONCLUSION.
La hermenéutica jurídica es utilizada para analizar y comprender el conocimiento. Pero la interpretación es posterior a la comprensión. Siendo utilizada por todas las personas de la sociedad, por medio de reglas y normas para lograr entender su interpretación de la mejor manera. Nosotros como estudiantes de Estudios Jurídicos de la Universidad Bolivariana de Venezuela, utilizamos la hermenéutica jurídica para analizar, interpretar y comprender desde la realidad de la comunidad, los casos concretos y problemas jurídicos que presentan las mismas y analizar desde el punto de vista de las diferentes leyes para dar al problema una respuesta adecuada, tomando en cuenta los derechos humanos y las leyes vigentes en el país. La hermenéutica jurídica brinda las herramientas, estrategias y guías, que van a auxiliar al juzgador para hacer su tarea de la forma más equitativa posible y siendo de gran utilidad para los jueces, abogados, legisladores, estudiantes y personas de la sociedad.
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