EFECTOSDELA APERTURA
•Administración controlada (Art. 15). •Prohibición de realizar ciertos actos (Art. 16). •Sujeción de autorización para realizar ciertos actos (Art.16). •Suspensión de intereses (Art. 19). •Regulación de contratoscon prestaciones recíprocas pendientes (Art. 20). •Suspensión y radicación de juicios ejecutivos de contenido patrimonial y prohibición de deducir nuevas acciones, salvo laborales (Art. 21). •Restricción para viajar al exterior para el Concursado, Administradores y Socios con responsabilidad ilimitada (Art. 25).
VÍASVERIFICATORIAS EVENTUALES
NO OBTENCIÓNDE CONFORMIDAD (Arts. 46 y 47)
•Incidente de Verificación Tardía (Art. 56). •Incidente de Revisión (Arts. 37 y 38). •Pronto Pago (Art. 16). •IncidenteVerificatorio paraSentencias
Quiebra indirecta (Art. 77 inc.1º). Cramdown (Art. 48).
firmesdictadasen juicios noatraídos (Art. 21, 56 7mo. párrafo y 280).
APERTURA DEL PROCESO
ETAPA PREPARATORIA
DETERMINACIÓN DEL PASIVO
SENTENCIADEAPERTURA (Arts. 13y14 )
1.Acreditar 1. Acreditarpersonería. 2.Explicar 2. Explicar causas y época en que se produjo la cesación de pagos. 3.Acompañar 3. Acompañar estado de situación patrimonial (Dictamen C.P.N.). 4.Acompañar 4. Acompañar balances y otros estados contables (tres últimos ejercicios). 5.Acompañar 5. Acompañar nómina de acreedores, legajo de cada uno de ellos y detalle de procesos judiciales y administrativos en trámite (Dictamen C.P.N.). 6.Enumerar 6. Enumerar libros de comercio. 7.Denunciar 7. Denunciar existencia de concurso anterior. Prórroga: Prórroga: El Juez debe otorgar un plazo de 10(diez)días para completar los requisitos faltantes, si se invocan causales fundadas.
1.Determinación de apertura. 1.Determinación 2.Fijación 2. Fijación de audiencia para sorteo del Síndico. 3.Fijación 3. Fijación de plazos para verificar créditos (1 (1 5 a 2 0 días de días de finalizada la publicación de los edictos). 4.Orden 4. Orden de publicar edictos por 5 (cinco)días o )días dentro de los 5 (cinco) o ) días días de notificada la sentencia de Apertura. 5.Orden 5. Orden de presentar libros dentro de los 3(tres) días de días de notificada la Sentencia de Apertura. 6.Orden 6. Orden de anotar la apertura del concurso. 7.Orden 7. Orden de anotar la inhibición i ción general del Concursado y de los socios con re sponsabilidad ilimitada. 8.Orden 8. Orden de depositar gastos de correspondencia dentro de los 3(tres)días de de notificada la Sentencia de Apertura. 9.Fijación 9. Fijación de fecha para que el Síndico presente el informe individual y el general. 10.Fijación 10. Fijación de fecha para la Audiencia Informativa (5(cinco)días antes del vencimiento del periodo de exclusividad). 11.Fijación 11. Fijación de fecha para que el Síndico presente informe sobre la existencia de créditos pronto
NOTIFICACIÓNDELA SENTENCIA
•Ministerio dela ley(para elConcursado) (Art. 26). •Edictos(Arts. 27 y28). •Cartaalos acreedores (Art. 29).
S O T I D É R C E ) 2 D 3 . N t r Ó I A ( C A C I F I R E V
VÍAVERIFICATORIA NECESARIA (Art. 32)
PERIÓDO DE OBSERVACIÓN (Art. 34)
Quienes se consideren acreedores podrán solicitar, ante el Sindico, la verificación de sus créditos. El pedido debe invocar la causa de la obligación, el monto y los privilegios que pretende.
Durante los 10 (diez) días siguientes al vencimiento del plazo para solicitar la verificación, el deudor y los acreedores pueden revisar los lega jos y observar las solicitudes de verificación.
El Síndico debe presentarlo debe presentarlo en el plazo fijado por el Juez en la Sentencia de Apertura.
INFORMEINDIVIDUAL (Art.35)
AUTO VERIFICATORIO (Art. 36)
El Síndico debe realizar debe realizar todos los actos necesarios r ios para investigar la veracidad de cada crédito invocado (Art.33). El Informe Individual debe ser presentado en el plazo fijado por el Juez en la Sentencia de Apertura. Debe contener: • Nombre y domicilio de cada acreedor. •Monto, Causa, Privilegios y Garantíasinvocadas. •Reseñar la información obtenida. •Reseñar y merituar las observaciones. •Opinión fundada respecto de cada pretensión verificatoria.
Dentro delos 10 (diez) días posterioresala presentación delInformeIndividual, elJuez debe resolver debe resolver cadapedido de verificación: •Sino hayobservacionesy el Juezacogela pretensión, se declaraverificado elcrédito. •Aunqueno haya observaciones, sielJuez rechazala pretensión, se declarainadmisibleel crédito. •Sihayobservaciones, se declaraadmisible o inadmisible elcrédito. EstaResoluciónes definitivaa losfinesdel cómputo de mayorías(Art. 45).
PROPUESTADE CATEGORIZACIÓNDE ACREEDORES (Art. 41) El Concursado puede prepuede presentarla dentro de los 10 (diez) días posteriores posteriores a la “notificación” de la Resolución Verificatoria (Art. 36). Las categorías mínimas son: •Quirografarios. •Quirografarios laborales (siexistieren). •Privilegiados.
pagables .
12.Fijación de fecha para que el Síndico presente 12.Fijación informe mensual sobre la evolución de la empresa (existencia de fondos líquidos).
RECHAZO DELA APERTURA (Art. 13)
DESISTIMIENTOSANCIÓN (Art. 30)
Dentro delos 5 (cinco) días de días de presentadaycompletada la demanda, elJuez debe rechazarlasi: •Elsujeto no esconcursable (Arts.2 y5). • No secumplieronlos requisitosdelArt. 11. •Elsujeto seencuentradentro delperiodo deinhibición(Art. 59). •ElJuezes incompetente (Art.3).
Setienepor desistido aldeudor si: • No presentalibros(Art. 14 inc. 5): 3 días. • No depositaparagastos correspondientes(Art.14 inc.8): 3días. • No publicaEdictos(Arts. 27 y28): 5 días.
EstaResoluciónes Apelable.
INCIDENTEDE VERIFICACIÓNTARDÍA (Art. 56)
INCIDENTEDEREVISIÓN (Art. 37)
Puede deducirsemientras Puede deducirsemientras tramiteel Concurso. Concluido éste, por laacción individualquecorresponda. Plazo dePrescripción:2 (dos) años desdelapresentación en Concurso.
Loscréditosdeclarados admisibleso inadmisiblesson susceptiblesderevisión. Eltrámite procesales incidental(Art. 280). Elplazo parainterponerloses 20 (veinte) días de “notificada”la Resolución
Verificatoria.
INCIDENTEDEREVISIÓN PORDOLO (Art. 38) Loscréditosdeclarados verificadossonsusceptiblesde revisiónpor dolo. Eltrámite procesalesordinario (C.P.C.C.). Elplazo parainterponer demandaesde 90 (noventa) días de“notificada” la ResoluciónVerificatoria.
Debe contener: 1.Análi 1. Análisis de la causas del desequilibrio económico. 2.Composición 2. Composición actualizada del activo. 3.Composición 3. Composición actualizada del pasivo. 4.Enumeración 4. Enumeración de libros de contabilidad. 5.Referencia 5. Referencia sobre inscripciones registrales del Concursado. 6.Época 6. Época en que se produjo el Estado de Cesación de Pagos. 7.Informe 7. Informe sobre Aportes y ResponsabilidadesSocietarias. 8.Enumeración 8. Enumeración de actos susceptibles de revocación. 9.Opinión 9. Opinión sobre propuesta de Agrupamiento de Acreedores. 10.Eventual 10. Eventual implicancia con Reglamentación de Defensa de la Competencia.
CONCORDATO
e e d d
INFORMEGENERAL (Art. 39)
Debe dictarse dentro de los 5 (cinco) días de días de efectuada la presentación. Debe contener: REQUISITOS DELADEMANDA (Art. 11)
PERIODO DE EXCLUSIVIDAD
RESOLUCIÓNDE CATEGORIZACIÓN (Art. 42) Sedictadentro delos 10 (diez) días posterioresal días posterioresal término paraobservar el InformeGeneral. Incluye designacióndenuevos integrantesdelComite ProvisoriodeAcreedores.
OBSERVACIONES AL INFORME (Art. 40) Las pueden presentar pueden presentar el Concursado ylosAcreedores. Seagreganal Expedientesin sustanciación.
n s a ó t i s c e u u l o p o s e r p R e r a b l o e s d d a n d ó i D i m . c r A a o s a c f D i I f n í i o d V t I o c ) a S n r t U n e i n a L l t e e r C t ( a b X o 0 E ) 3 s y 3 e E 4 e r r s . t D o a r r i l e r O A e u d t ( n D s m e o r t O o x p f e Í R e s e d E a b e í P e u d d p O I ) o o a d z C t I a l a n s N e r p I u l v c o n E n o . ( s a C í r 0 o 9 l e g e s , t o n a l ó c i c r e a o d i z p r o o o d r g r t e e n t u e a c D C a
SENTENCIAHOMOLOGATORIA (Art. 52) No deducidas impugnaciones, o rechazadas las interpuestas: CONTENIDO DELA PROPUESTA (Arts. 43 y 45)
•Quita, espera o cualquier otroacuerdo.
•Cláusulas “iguales” para cada categoria, pudiendo diferir entre ellas.
•Se puede ofrecer distintas
alternativas por categorías. •Régimen de Administración para etapa de cumplimiento. •Constitución de Comité Definitivo de Acreedores.
debe homologar si el acuerdo •El Juez debe homologar
AUDIENCIA INFORMATIVA (Art. 45) PUBLICIDADDELA PROPUESTA (Art. 43) El Concursado debe presendebe presentar la propuesta en el Expediente, con anticipación no menor de 20(veinte)días del vencimiento del Período de Exclusividad.
5 (cinco) días días antes del vencimiento del Período de Exclusividad, se lleva a cabo la Audiencia Informativa. “Deberán” concurrir: el Juez, el Secretario, el Concursado, el Comité Provisorio de Acreedores y demás acreedores que deseen concurrir. (La ley no prevé sanciones para el supuesto de incomparencia).
MAYORÍASPARA LA OBTENCIÓNDEL ACUERDO (Acreedores Quirografarios)(Art.45)
•Mayoría absoluta de acreedores dentro de cada categoría (más de la mitad). •2/3 partes del capital dentro de cada categoría.
D A D I V I S I L C X E E D O D O I R E P N I F
cuenta con las mayorías requeridas por el Art. 45, sea la propuesta de acuerdo única o plural (por categorización de acreedores).
OBTENCIÓNDE CONFORMIDADES. RESOLUCIÓNDE EXISTENCIADE ACUERDO (Art. 49) Dentro de los 3(tres)días de 3(tres)días de presentadas las conformidades suficientes, el Juez dicta Resolución haciendo conocer la aparente existencia de acuerdo.
•El Juez puede homologar si el acuerdo surge de una propuesta de acuerdo plural (por categorización de acreedores) sin que se hayan obtenido las mayorías necesarias, siempre que: 1.Al menos una categoría de acreedores quirografarios esté aprobada, 2.Exista conformidad de las ¾ partes del capital quirografario, 3.No se discrimine a una categoría, y que 4.El pago impuesto equivalga a un dividendo no menor al que se obtendría en la quiebra.
CONCLUSIÓNDEL CONCURSO (Art. 59) Homologado el Acuerdo, el Juez: •Ordena la constitución de garantías. e r la inhi•Ordena mantener bición general de bienes. •Declara “finalizado” el Concurso. •Da por concluida la intervención del Sindico.
CUMPLIMIENTO DEL ACUERDO (Art. 59) Se declara mediante Resolución Judicial. Se inicia el Período de Inhibición para presentar nuevo Concurso Preventivo (un año).
Cesan para el deudor las limitaciones Arts. 15 y 16 y nacen las establecidas en la propuesta de acuerdo (Art. 45). La Resolución se publica por 1 por 1 (un)día .
•En ningún caso el Juez puede homologar una propuesta abusiva o en fraude a la ley.-
MODIFICACIÓNDELA PROPUESTA (Art. 43) ElConcursado puede modificar – enmásoenmenos – su propuesta – su hastalaAudiencia Informativa.
ACREEDORES CON PRIVILEGIO (Art. 44) Eldeudor puede ofrecer propuestadeacuerdo que comprendaaacreedores privilegiadoso aalguna categoríadeestos. •Acreedoresconprivilegio general: Mayorías(Art. 45) •Acreedoresconprivilegio especial:Unanimidad.
IMPUGNACIONES (Art. 50) Pueden deducirsedentro Pueden deducirsedentro delos 5 (cinco) días posterioresa la ResolucióndelArt. 49. Sólo puedenfundarseen: 1.Error 1. Error encómputo de mayorías; 2.Faltade 2. Faltade representaciónde acreedores. 3.Exageraciónfraudulentadel 3. Exageraciónfraudulentadel Pasivo. 4.Ocultacióno 4. Ocultacióno exageración fraudulentadelactivo. 5.Inobservanciasdelas 5. Inobservanciasdelas formas esencialesdelacuerdo. EFECTOS (Art. 51)
•Quiebraindirecta(Art. 77 inc. 1º). •Cramdown(Art.48).
NULIDADDEL ACUERDO (Art. 60) Dentro delos 6 (seis) meses posterioresala Homologación delAcuerdo, cualquier acreedorpuede acreedor puede pedir pedir su nulidad. Sólo puedefundarseen: 1.Dolo 1. Dolo para exagerar el pasivo; 2.Reconocer 2. Reconocer ó aparentar privilegiosinexistentes; privilegiosinexistentes; 3.Ocultaro 3. Ocultaro exagerar el exagerar el activo.
INCUMPLIMIENTODEL ACUERDO (Art. 63) Los Acreedores, los Controladores del Acuerdo o el propio Deudor pueden pedir la declaración de incumplimien l imiento t o del Acuerdo. d o. Causas: 1.Incumplimiento 1. Incumplimiento total; 2.Incumplimiento 2. Incumplimiento parcial; 3.Incumplimiento 3. Incumplimiento de garantías.
EFECTOS (Art. 61)
EFECTOS (Art. 63)
•Quiebra indirecta (Art. 77 inc. 1º).
•Quiebra indirecta (Art. 77 inc. 1º).