Actividad 1. Antonio Campos Amor, es un empresario individual que lleva ejerciendo la actividad comercial varios años. Ante una previsible mala situación financiera, decide limitar su responsabilidad constituyéndose en sociedad anónima. Para ello, puede aportar su salón comercial, tasado oficialmente en 45.000 euros, y 15.000 euros que tiene ahorrados, aunque esta cantidad monetaria podrá aportarla posteriormente, es decir, una vez constituida la sociedad. Responde a las siguientes preguntas: a. ¿Podría constituir la Sociedad Anónima siendo un solo socio? ¿Qué requisito debe cumplir en este caso?
Una única persona sí que podría constituir una sociedad anónima, en cuyo caso sería una sociedad anónima unipersonal, y estaría obligado a hacerlo constar en el Registro Mercantil, así como en otros documentos jurídicos y mercantiles. b. ¿Cumpliría con los requisitos legales exigidos a una sociedad anónima respecto al capital mínimo a aportar?
En este caso, sí que cumpliría los l os requisitos puesto que contaría con un capital social de 60.000 euros (45.000€ salón comercial + 15.000€ ahorros). De los l os cuales 45.000€ seria aportados en un principio y los 15.000€ restantes una vez constituida la sociedad. Cumpliéndose de esta manera la condición de aportar una cuarta parte del capital mínimo mínimo (60.000€) en el momento de de la constitución de la sociedad. c. ¿Qué diferencia existe entre la responsabilidad del empresario individual y la responsabilidad de una sociedad anónima?
En una sociedad anónima los socios responderán de las deudas sociales únicamente con las aportaciones realizadas a la sociedad, no con su patrimonio personal. Por el contrario un empresario individual va a responder de sus obligaciones con todos sus bienes (tanto los afectos a la actividad comercial y los de su patrimonio personal, tanto presentes como futuros, puesto que si en la actualidad no tiene suficiente para cubrir todas las deudas contraídas, quedará obligado con los bienes que puede tener en un futuro).
Actividad 2.
Cinco amigos acaban de finalizar el ciclo formativo de grado superior de Asistencia a la Dirección. Han decidido iniciar y crear una empresa, en un local alquilado, dedicada a la publicidad y que llamarán TuPubli5. Dudan entre fundar una sociedad limitada nueva empresa o una sociedad anónima laboral.
Análisis; ventajas e inconvenientes entre sociedad limitada nueva empresa y sociedad anónima laboral.
Sociedad limitada nueva empresa
Sociedad anónima laboral
Requisitos
·Número de socios 5 como máximo. ·Capital inicial a aportar, mínimo de 3.012 euros hasta un máximo de hasta 120.202 euros.
·Número de socios 3 como mínimo. m ínimo. ·Capital inicial a aportar, mínimo de 60.000€, desembolsado al menos en un 25 por ciento en el momento de la constitución. ·Requerirán que al menos el 51 % de sus socios sean socios trabajadores con contrato indefinido.
Beneficios
· Posibilidad de realizar los trámites de constitución y puesta en marcha por medios telemáticos. · Utilización de una denominación social especial que incorpora un código alfanumérico (ID-CIRCE) ·Posibilidad de constitución por el procedimiento presencial, con los mismos tiempos de respuesta de notarios y registradores (48 horas). ·Aplazamiento sin aportación de garantías, g arantías, de las deudas tributarias del Impuesto sobre Sociedades correspondientes a los dos primeros períodos impositivos concluidos desde su constitución. ·Aplazamiento o fraccionamiento, con garantías o sin ellas de las cantidades derivadas de retenciones o ingresos a cuenta del IRPF que se devenguen en el primer año desde su constitución. ·No obligación de efectuar pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades, a cuenta de las liquidaciones correspondientes a los dos primeros períodos impositivos desde su constitución. ·La denominación social se compone de los lo s apellidos y el nombre de uno de los socios más un código alfanumérico único, no es posible la libre elección de la denominación social. ·Los socios responderán de las deudas sociales únicamente con las aportaciones realizadas a la sociedad.
Beneficios Fiscales
Otros
·Exenciones y bonificaciones en el impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
·La responsabilidad de los socios frente a terceros estará limitada a sus aportaciones.
A la vista del análisis realizado, y con los datos facilitados por los 5 socios, mi recomendación sería fundar una sociedad limitada nueva empresa. Podemos señalar que entre los dos tipos de sociedad propuestos hay muchas características en común, pero son los beneficios fiscales y la agilidad en los trámites para la creación de la nueva empresa, los que hacen que la mejor decisión sea la indicada. Teniendo como único inconveniente que no es posible la elección de la denominación social de la sociedad. Nuestros socios deben de tener en cuenta que al ser una empresa de nueva creación, los beneficios que podamos recibir en los primeros años de vida de nuestra empresa, ayudaran a que nuestro negocio tenga más posibilidades de salir adelante, al tener que afrontar una menor carga fiscal.
Actividad 3. Indica los trámites a realizar a los cinco amigos de la actividad anterior para constituir su sociedad y su puesta en marcha, indicando los modelos necesarios y el contenido mínimo de la escritura de constitución.
Constitución sociedad:
- Denominación social, el socio o socios fundadores deberán, deberán, en primer lugar, realizar los trámites para obtener la denominación social de la nueva empresa. - Realización de la escritura de constitución de la sociedad. - Pagar el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. - Inscripción en el Registro Mercantil. - Solicitud del número de identificación fiscal. La escritura de constitución de una sociedad s ociedad debe contener necesariamente:
- La identidad del socio o socios. - La voluntad de constituir la sociedad. - Las aportaciones que cada socio realice. - Los estatutos de la sociedad. - La identidad de la persona o personas que se encarguen inicialmente de la administración y de la representación social. Puesta en marcha sociedad: · Tramites en la Agencia Tributaria:
- Alta en el censo de empresarios (modelo 036). - Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (en nuestro caso estaríamos exentos de este impuesto durante sus dos primeros ejercicios). · Tramites en el Ayuntamiento:
- Licencia de obras - Licencia de apertura - Alta en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles · Tramites ante la Tesorería Territorial de la Seguridad Social:
- Afiliación y número de la Seguridad Social, de todos los socios que necesiten ser dados de alta (modelo TA.1). - En caso de contratar a trabajadores habrá que realizar la solicitud de inscripción de la empresa en la Seguridad Social (modelo TA.6) y solicitar un Código de Cuenta de Cotización (modelo TA.7).
- En el caso de que existan socios trabajadores y/o administradores, también habrá que realizar el alta en el Régimen de la Seguridad Social de estos socios trabajadores y/o administradores. · Tramites ante las Consejerías de Trabajo de las CC.AA:
- Comunicación de apertura del centro de trabajo. · Tramites ante la Inspección Provincial de Trabajo:
- Obtención y legalización del Libro de Visitas - Obtención del calendario laboral. · Tramites ante el Registro Mercantil:
- Se deben formalizar los libros obligatorios como, libros de contabilidad y libro de registro de socios.
Actividad 4. a. Realiza una búsqueda de la inscripción de la constitución de una sociedad limitada y copia su publicación. Analiza si cumple los requisitos de:
446772 - GRUPO EMPRESARIAL CENTRO DE BUCEO MERIDIANO CERO, S.L.(R.M. VALVERDE). Constitución. Comienzo de operaciones: 16.09.14. Objeto social: La sociedad tendrá por objeto las siguientes actividades: 1.Construcción, instalaciones y mantenimiento. 2. Comercio al por mayor y al por menor. Distribución comercial. Importación y exportación. 3. Actividades inmobiliarias. 4. Industrias manufactureras y textiles. 5. Turismo, hostelería y restau. Domicilio: C/ LAORCHILLA 19 (PINAR DE EL HIERRO (EL)). Capital: 50.000,00 Euros. Nombramientos. Adm. Solid.: USOLI MURIELLE. Datos registrales. T 12 , F 174, S 2, H 314, I/A 1 (16.10.14). Una vez analizada la información de la búsqueda realizada por medio del (BORME), puedo constatar que esta inscripción cumple con todos los requisitos solicitados: - Denominación social: GRUPO EMPRESARIAL CENTRO DE BUCEO MERIDIANO CERO, S.L. - Capital social: 50.000,00€ - Modo de administrar la sociedad: Administración solidaria USOLI MURIELLE
b. Además de la inscripción de sociedades, ¿qué otras funciones tiene el Registro Mercantil? Realiza la búsqueda de alguna de esas funciones depositadas en el Registro y copia su publicación.
Otras funciones del Registro Mercantil serian: - Modificación, Renovación de cargos, Presentación de cuentas anuales, Cese o Cancelación. - La legalización de los libros de los empresarios. - El depósito y la publicidad de las Cuentas anuales. - El nombramiento de expertos auditores independientes.
442669 - GOLF DE LA GOMERA SL (R.M. SAN SEBASTIAN SEBASTIAN DE LA GOMERA). Ceses/Dimisiones. Adm. Solid.: LUNDE MARTEN; CEREZO MONTAÑEZ SEBASTIAN. Nombramientos. Adm. Solid.: GOLDINGRICHARD JONH; FERNANDEZ DE LA PUNTE ANDRES MARIN. Datos registrales. T 37 , F 29, S 8, H IG 446, I/A 28 ( 2.10.14).
c. Si quisieras crear una empresa y no sabes si el nombre elegido ya existe, ¿cómo puedes comprobar que ninguna otra empresa se llama como la tuya? Indica los pasos a seguir. Además, rellena el impreso correspondiente para solicitar la Certificación negativa de denominación social (si no sabes cómo escribir sobre un documento pdf, simplemente anota los campos a rellenar en el mismo documento de texto donde estés resolviendo la tarea).
Esta comprobación la haríamos por medio de una certificación negativa del nombre de la sociedad. Esta certificación se solicita en el Registro Mercantil Central, en la sección Denominaciones, y consiste en un certificado que acredita que no existe otra sociedad con el mismo nombre. La reserva del nombre la debe hacer uno de los socios y se mantiene durante un periodo de seis meses y el certificado caduca a los tres meses.