Tarea FOL05
ACTIVIDAD 1 (1 punto) Explica el significado de las siguientes expresiones relacionadas con la Seguridad Social espa ñola. 1.
Seguridad social contributiva.
Se dice que nuestro Sistema de Seguridad Social es contributivo por dos razones: en primer lugar, porque las cotizaciones de empresarios y trabajadores representan su principal fuente de financiación, siendo muy reducida la aportación del Estado al presupuesto de la Seguridad Social. En segundo lugar, porque existe una proporción entre la cuantía de las presta pre stacio cione ness eco económ nómica icass per percib cibida idass su subsi bsidio dioss y pen pensio siones nes!! y las aporta apo rtacio ciones nes rea realiz lizada adass por los tra trabaj bajado adores res a la Se Segur gurida idad d Soc Social ial cotizaciones!. 2.
Ámbito de la acción protectora.
El objetivo que marca nuestra "onstitución espa#ola es conceder la m$xima protección, esto es, ampliar su acción protectora incluyendo todos los posibles riesgos, e incluir a todos los ciudadanos en su campo de aplicación, realicen o no una actividad profesional. %ctualmente, sólo la asistencia sanitaria es universal porque se dispensa a todos los ciudadanos que residan en nuestro país, sean o no espa#oles 3.
Principio de solidaridad.
Significa que las personas que actualmente est$n trabajando y cotizando a la Seguridad Social contribuyen a financiar las pensiones actuales. 4.
Contingencias comunes.
Son riesgos no derivados de la actividad profesional a los que se &aya expuesto cualquier trabajador en mayor o menor medida, estos son la enfermedad com'n y el accidente no laboral. 5.
Contingencias profesionales.
Son riesgos derivados de la actividad profesional a los que se &aya expuesto cualquier trabajador en mayor o menor medida, estos son la enfermedad profesional y el accidente de trabajo.
ACTIVIDAD 2 (1 punto) Indica qué ciudadanos y ciudadanas, sean de nacionalidad espa ñola o extranjera, quedan dentro del campo de aplicaci ón de la Seguridad Social espa ñola.
(. )odos los ciudadanos espa#oles que residan y ejerzan una actividad profesional en territorio nacional, por cuenta ajena o por cuenta propia, los estudiantes y los funcionarios p'blicos, civiles y militares, tendr$n derec&os a prestaciones contributivas si re'nen los requisitos legales. *. )ambi+n los espa#oles residentes en Espa#a que no desarrollen actividad alguna, tendr$n derec&o a prestaciones no contributivas si re'nen los requisitos de acceso legalmente establecidos. . -os espa#oles no residentes cuando así lo establezca el obierno. /. -os &ispanoamericanos, brasile#os, andorranos y filipinos con residencia legal en Espa#a, quedan equiparados a los espa#oles, al igual que los trabajadores comunitarios de la 0nión Europea. 1. -os restantes extranjeros que residan legalmente en nuestro país se regir$n por lo dispuesto en los convenios internacionales, y a falta de convenio recibir$n la misma protección que sus países otorguen a nuestros ciudadanos espa#oles, en virtud del principio de reciprocidad. 2o obstante, tenga o no legalizada su residencia en Espa#a, siempre estar$n protegidos ante las contingencias profesionales, y gozan de asistencia sanitaria en las mismas condiciones que los nacionales.
ACTIVIDAD 3 (1 punto) Cumplimenta el siguiente cuadro indicando el régimen de la Seguridad Social en el que quedan incluidos las personas que aparecen indicadas.
Regímenes de la Seguridad Social correspondientes a cada sujeto REGÍMENES DE L SUJETOS SEGUR!DD SO"!L )rabajadores o trabajadoras que desarrollan actividades 3. E. %grario forestales para una empresa privada.
4olicía municipal.
3. E. de %rmadas
las
Empleado o empleada de una "aja de a&orros.
3+gimen eneral
5uerzas
Regímenes de la Seguridad Social correspondientes a cada sujeto REGÍMENES DE L SUJETOS SEGUR!DD SO"!L Estudiante de *1 a#os de 5ormación 4rofesional.
El Seguro estudiantes
escolar
de
6ue#o o due#a de un negocio de &ostelería donde presta 3. E. de trabajadores por servicios todos los días laborables. cuenta propia o autónomos "amarero o camarera de un establecimiento de 3+gimen eneral &ostelería. "onductor o conductora de un autob's de la empresa 3+gimen eneral municipal de transportes p'blicos. "ónyuge del empresario o la empresaria que colabora 3. E. de trabajadores por &abitualmente con +l sin recibir a cambio salario alguno. cuenta propia o autónomos %sistenta dom+stica que presta servicios por &oras en 3. E. de empleada7os de varios domicilios. &ogar -impiador o limpiadora de unos grandes almacenes a 3+gimen eneral tiempo parcial. -a tripulación, formada por 8 personas que trabajan por 3. E. de trabajadores del mar cuenta ajena como pescadores y pescadoras. 9ineros o mineras que prestan servicios por cuenta ajena 3. E. de trabajadores de la para una empresa dedicada a la extracción de carbón y minería del carbón derivados. Socio o socia de una empresa con m$s del 1; del capital social en la que presta servicios de administración 3. E. de trabajadores por y dirección financiera, recibiendo por estas funciones una cuenta propia o autónomos retribución. 6ue#o o due#a de una embarcación de (1 tripulantes que 3. E. de trabajadores del mar
Regímenes de la Seguridad Social correspondientes a cada sujeto REGÍMENES DE L SUJETOS SEGUR!DD SO"!L trabaja por cuenta propia en actividades de pesca de altura.
5uncionarios y funcionarias del 9inisterio de
3. E. de funcionarios civiles del Estado.
9agistrado o 9agistrada.
3. E. de funcionarios civiles de la %dministración de justicia
)rabajador o trabajadora con contrato interino contratado para sustituir en un =uzgado de >nstrucción a una 3+gimen eneral funcionaria administrativa de baja por maternidad. "atedr$tico o catedr$tica de matem$ticas de un >nstituto 3. E. de funcionarios civiles de Ense#anza Secundaria. del Estado. 4royectista electrot+cnico contratado por una empresa 3+gimen eneral extranjera con centros de trabajo en Espa#a. 5uncionario o funcionaria de carrera en un %yuntamiento. 3+gimen eneral
ACTIVIDAD 4 (0,5 puntos) Explica a continuaci ón qué obligaciones formales tiene el empresario o la empresaria frente a la Seguridad Social respecto a los trabajadores y trabajadoras que contrata.
(. !nscripci#n de la empresa: con car$cter previo al inicio de las actividades laborales, el empresario est$ obligado a solicitar en modelo oficial )%.?! la inscripción de su empresa ante la )esorería eneral de la Seguridad Social )SS!. En el momento de la inscripción deber$ indicar la Entidad %seguradora que &aya de asumir la protección de las contingencias profesionales de sus trabajadores. % cada empresa y centro de trabajo se le asignar$ un n'mero patronal 'nico para todo el territorio nacional. El empresario tambi+n queda obligado a comunicar las variaciones que se produzcan en los datos facilitados, así como la apertura de nuevos centros de trabajo, las contratas y subcontratas efectuadas con otras empresas, y el cese definitivo o temporal de su actividad. *. $iliaci#n de tra%ajadores: cuando contrate trabajadores asalariados deber$ solicitar su afiliación, si no estuvieran ya afiliados, ante la )SS en el modelo oficial %@*!, ya sea presentando los documentos pertinentes o bien &aciendo una remisión electrónica por el sistema 3E6. Este acto debe tener lugar con anterioridad al inicio de la relación laboral, pero no antes de ? días. % cada trabajador se le facilitar$ un n'mero de afiliación, de car$cter vitalicio que permite su identificación en el Sistema de la Seguridad Social. . El alta: una vez afiliado se procede a dar de alta al trabajador en el 3+gimen de la Seguridad Social que corresponda mediante los documentos y en los plazos antes se#alados para la afiliación de sus trabajadores. "ualquier variación de datos deber$ ser comunicada a la )SS, en el modelo oficial establecido al efecto modelo %@*!, surtiendo sus efectos desde la fec&a de dic&a comunicación. /. La %aja: tiene lugar cuando el trabajador cesa en la empresa, +sta debe ser comunicada a la )SS en el plazo de los ? días siguientes al cese en el trabajo. "on la baja cesa la obligación de cotizar siempre que se produzca el cese real de la actividad laboral, en otro caso, queda obligado a seguir cotizando. ACTIVIDAD 5 (0,5 puntos) Explica qué obligaciones econ ómicas tiene el empresario o la empresaria por un lado y los trabajadores y las trabajadoras por otro, dentro del R égimen General frente a la Seguridad Social.
O%ligaci#n de coti&ar : esta obligación nace en el momento en que comienza la relación laboral, incluido el periodo de prueba, y se mantiene mientras el trabajador permanezca dado de alta, extingui+ndose cuando sea cursada la baja, siempre que &aya cesado la actividad laboral, pues en otro caso, subsistir$. El sujeto responsable del pago de las cuotas es el empresario que deber$ ingresar junto con su cuota cuota patronal! la de sus trabajadores cuota obrera!, que descontar$ cada mes en el momento de abonarles sus retribuciones, para su posterior ingreso en la )SS.
-os sujetos obligados a cotizar al 3+gimen eneral son todos los trabajadores y empresarios, incluidos en su $mbito de aplicación, quienes cotizar$n por las siguientes contingencias:
Sujetos coti&antes 5 contigencias protegidas "ontingencias protegidas Sujetos o%ligados a coti&ar "ontingencias comunes )rabajador cuota obrera! 6esempleo Empresario cuota patronal! 5ormación profesional 5G%S% Hnicamente el empresario "ontingencias profesionales
ACTIVIDAD 6 (1,5 puntos)
Con los datos que se facilitan calcula las cuotas mensuales de empresario y trabajador a la Seguridad Social. Supuesto: Un trabajador que presta servicios para una empresa desde el pasado a ño mediante un contrato de obra o servicio a jornada completa fue encuadrado en el grupo de cotizaci ón 4º de ayudantes no titulados . Este mes ha percibido las siguientes cantidades: •
Salario base: 811,37 €
•
Incentivos: 150,00 €
•
Plus convenio: 200,00 €
•
Horas extraordinarias: 123,38 €
Durante el año tiene derecho a dos pagas extraordinarias por un importe de 811,37 € cada una de ellas, que se abonan el 15 de junio y el 15 de diciembre. Según la Tarifa de Primas aprobada por la Disposici ón Final novena décima de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014, Ley 22/2013 (se mantiene para 2015 seg ún orden ESS/86/2015, de 30 Enero) el tipo correspondiente a esta actividad para la cotizaci ón por contingencias profesionales es de un 0,8 %.
"oti&aciones a la Seguridad Social' (ase de coti&aci#n para "ontingencias "omunes )A"cc* Salario base: 8((,B C >ncentivos: (1, C 4lus convenio: *, C 4rorrata pagas extras: 8((,B x *! 7(* D (1,* C A"cc+ ,'-./0/1 2 (ase de coti&aci#n para "ontingencias 3ro$esionales0 Desempleo0 4ormaci#n 3ro$esional 5 4ondo de Garantía Salarial )A"cp* "omo &a realizado &oras extraordinarias, &ay que sumar a los conceptos anteriores el importe de las &oras extras, así pues: A"cp: (.*?,? F (*, 8 C D (./(,8 C • • • •
(ase de coti&aci#n adicional por 6oras e7traordinarias A" &oras extras: (*, 8 C "uotas a la Seguridad Social "ontingencias "omunes+ el tipo de coti&aci#n es el -809 :0 )-90/ : ser; a cargo de la empresa 5 el <0= : a cargo del tra%ajador*' "uota patronal: (.*?,? x *,? ; D ?, C "uota obrera: (.*?,? x /,B ; D ?,/ C "oti&aci#n para para ccidentes de Tra%ajo 5 En$ermedades 3ro$esionales++ "uota patronal: (./(,8 x ,8 ; D ((,? C "oti&aci#n para Desempleo+ el tipo aplica%le ser; en este caso el 8091 : al ser un contrato temporal a tiempo completo )/0=1 : empresa 5 ,0/1: tra%ajador*+ "uota patronal: (./(,8 x ?,B ; D 1,(/ C "uota obrera: (./(,8 x (,? ; D **,B* C "oti&aci#n al 4ondo de Garantía Salarial+ 10-1 : a cargo de la empresa "uota patronal: (./(,8 x ,* ; D *,8/ C "oti&aci#n a 4ormaci#n 3ro$esional+ el 10= :0 )10/: ser; a cargo de la empresa 5 10, : a cargo del tra%ajador*+ "uota patronal: (./(,8 I ,? ; D 8,1* C "uota obrera: (./(,8 I ,( ; D (,/* C "oti&aci#n adicional por 6oras e7traordinarias0 al no ser 6oras e7tras por $uer&a ma5or el tipo aplica%le es el -809 :0 )-90/ : ser; a cargo de la empresa 5 el <0= : a cargo del tra%ajador*' "uota patronal: (*,8 x *,? ; D *,(* C "uota obrera: (*,8 x /,B ; D 1,8 C o
o
o
o
o
o
ACTIVIDAD 7 (1 punto) Calcula la prestaci ón económica a la que tendr á derecho el trabajador accidentado en el supuesto que se plantea a continuaci ón. Supuesto: Un trabajador incluido en el grupo de cotizaci ón 6º del R égimen General de la Seguridad Social, es contratado el 16 de noviembre de 2014, fecha en la que fue afiliado y dado de alta. El 10 de enero de 2015 es dado de baja m édica a consecuencia de un accidente no laboral, permaneciendo en esta situaci ón hasta el d í a 8 de febrero, durante la cual recibi ó tratamiento médico. A estos efectos su base de cotizaci ón por contingencias comunes correspondiente al mes de diciembre de 2014 fue de 741,90 €.
3restaci#n: consiste en un subsidio que se abona desde el /J día de la baja por ser un accidente com'n &asta el día del alta, calculado sobre una base reguladora A3! que ser$ igual a la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior: A3 diaria D A"cc: B/(, 7 días D */,B C7día "uantía: -os tres primeros días (,(( y (* enero! no est$n subsidiados, salvo mejora voluntaria o pactada en el convenio colectivo que la empresa decida voluntariamente abonar alguna cantidad esos tres días o que est+ obligada a &acerlo porque así lo establezca el "onvenio colectivo aplicable!. 6el /J al *J día ( al * de enero!: el ? ; de A3 diaria por lo que su cuantía ser$: */,B x ? ; D (/,8/ C7 día. 6el *(J día &asta el alta de enero al 8 de febrero!: el B1 ; de la A3 diaria : */,B x B1 ; D (8,11 C7día •
•
•
ACTIVIDAD 8 (1,5 puntos) Con los datos que se facilitan indica si ambos progenitores tienen derecho a alg ún tipo de prestación económica, y en caso afirmativo durante cu ánto tiempo la percibir án y qué entidad es la responsable del pago de la misma. Supuesto: Una trabajadora de 30 años afiliada y en alta en el R égimen General desde 1999, clasificada en el grupo de cotización 8º, inicia el descanso por maternidad el d í a 31 de marzo, una semana antes de la fecha prevista para el parto (7 de abril) que finalmente se produce el 11 de abril. La base de cotizaci ón por contingencias comunes (BCcc) de la madre correspondiente al mes de marzo y abril fue de 1.230,70 €. El padre, también afiliado y en alta desde 1995, tiene 34 a ños de edad y en la actualidad se halla encuadrado en el grupo de cotizaci ón 2º y su BCcc del mes de marzo y abril fue de 2.570,10 €. La madre desea ceder al padre una parte del descanso de maternidad y disfrutar parte de su descanso de maternidad a jornada parcial, incorporándose a su puesto con una jornada del 50 % de la ordinaria.
MTERN!DD Descanso por maternidad: es un derec&o reconocido por el Estatuto de los )rabajadores a uno sólo de los progenitores padre o madre! si ambos trabajan, aunque en los casos de parto las primeras ? semanas posteriores al parto son obligatorias para la madre. %sí pues, respetando estas seis semanas que son para la madre, la interesada podr$ optar por que el padre disfrute de una parte ininterrumpida del periodo de descanso bien de forma simult$nea ambos se reparten las ( semanas restantes y descansan a la vez! o sucesiva el padre descansa cuando la madre se reincorpora al trabajo!, salvo que la reincorporación de la madre al trabajo suponga un ri esgo para su salud.
En este caso tendr$ una duración de (? semanas ininterrumpidas al ser parto 'nico y no tratarse de un &ijo discapacitado, y podr$ disfrutar del descanso a jornada completa o a tiempo parcial, esto es, trabajando una parte de la jornada, pero para ello es preciso la conformidad del empresario Si por cualquier causa, el menor debe permanecer &ospitalizado a continuación del parto, el periodo de suspensión, podr$ computarse a partir de la fec&a del alta &ospitalaria, excluy+ndose de dic&o cómputo las primeras seis semanas de suspensión obligatoria para la madre. >gualmente cuando deban permanecer &ospitalizados dentro de los días posteriores al parto por tiempo superior a B días, el periodo de suspensión se ampliar$ en tantos días como el menor se &alle &ospitalizado con un m$ximo de ( semanas adicionales. 3rotecci#n de la Seguridad Social+ -os trabajadores de uno u otro sexo por cuenta ajena que tengan suspendido su contrato al &allarse disfrutando del descanso de maternidad tendr$n derec&o a una prestación económica de la Seguridad Social siempre que re'nan los requisitos previstos por la ley y acrediten un periodo de cotización que varía en función de la edad del trabajador, en este caso, como ambos son mayores de *? a#os en la fec&a del parto, el período mínimo de cotización exigido ser$ de (8 días dentro de los siete a#os inmediatamente anteriores al momento de inicio del descanso. Se considerar$ tambi+n cumplido el mencionado requisito si acreditan ? días cotizados a lo largo de su vida laboral. -a prestación económica por maternidad: consiste en un subsidio del (; de la base reguladora A3! que es igual a la base de cotización por contingencias comunes A"cc! del mes anterior, inici$ndose el pago el mismo día en que da comienzo el descanso. A3 maternidad de la madre D (.*,B 7 días D /(,* C 7día Subsidio maternidad D (; de /(,* C que percibir$ a partir del ( de marzo. A3 maternidad del padre D *.1B,( 7 días D 81,?B C 7día que percibir$ cuando inicie el descanso cedido por la madre. El abono del subsidio corre a cargo del >2SS, que reconoce el derec&o y realiza directamente el pago, pues en estos casos no &ay colaboración en la gestión por parte de las empresas. 3TERN!DD Descanso por paternidad: es una suspensión del contrato compatible con el disfrute de los periodos de descanso por maternidad que pudiera disfrutar el padre en el caso de que la madre le &aya cedido parte del descanso de maternidad. En este caso, su duración ser$ de ( días naturales ininterrumpidos, que podr$ disfrutar en cualquier momento, pues caben las siguientes posibilidades: (. %l finalizar el permiso por nacimiento de &ijo * o / días!. *. 6urante las (? semanas del descanso por maternidad. . >nmediatamente despu+s de la finalización del descanso por maternidad. •
•
3rotecci#n de la Seguridad Social+
6urante el descanso por paternidad los trabajadores por cuenta ajena tendr$n derec&o a una prestación económica siempre que acrediten un período mínimo de cotización de (8 días, dentro de los siete a#os inmediatamente anteriores a la fec&a de inicio de dic&a suspensión, o, alternativamente, ? días a lo largo de su vida laboral. 6e no cumplir estos requisitos no tendr$ derec&o a subsidio alguno. En este caso al tratarse de un parto, el subsidio corresponder$ al padre y su cuantía ser$ de un (; de la base reguladora A3! que es igual a la A"cc del mes anterior abril!. A3 paternidad D *.1B,( 7 días D 81,?B C 7día Subsidio paternidad D (; de 81,?B C que percibir$ a partir del mismo día en que de comienzo el descanso. Entidad gestora: el abono del subsidio tambi+n corre a cargo del >2SS, que reconoce el derec&o y realiza directamente el pago, pues en estos casos no &ay colaboración en la gestión por parte de las empresas.
ACTIVIDAD 9 (1,5 puntos. No se valoran resultados, sí el proceso de cálculo) Calcula la prestaci ón de desempleo que pueda corresponderle a un trabajador cuyas circunstancias personales y laborales son las siguientes: •
Trabajador de 43 años de edad con un hijo menor de edad.
•
Contrato por tiempo indefinido a jornada completa.
•
Años cotizados a la Seguridad Social: 10 a ños y dos meses.
•
Bases de cotizaci ón por desempleo del último año: 2.216,67 € /mes.
El pasado mes de junio su contrato se extingue por muerte del empresario sin haber llegado a disfrutar sus 30 dí as de vacaciones.
3restaci#n contri%uti>a por desempleo: la cuantía de la prestación se obtiene del modo siguiente: A3 D suma de las bases de cotización de desempleo de los 'ltimos ? meses cotizados7(8. A3D *.*(?,?B C x ? 7 (8 D B,8 C 7 día 6urante los (8 primeros días: B; de B,8 D 1(,B* C 7día % partir del día (8(: 1; de B,8 D ?,/ C 7 día. Estas cantidades deber$n respetar los topes m$ximos y mínimos establecidos que dependen del n'mero de &ijos a cargo. En el supuesto que nos ocupa el trabajador tiene un &ijo a cargo, por lo tanto, los topes ser$n los siguientes: >43E9 * (/ mensualidades!: B.8(,? 7 (* meses D ?(1,(( C7mes )ope m$ximo con un &ijo a cargo: (.*/*,1* C 7 días D /(,/( C diarios. )ope mínimo con un &ijo a cargo: ??/,B1 C 7 D **,(1 C diarios. • •
• •
4or tanto percibir$ -os primeros (8días el tope m$ximo: /(,/( C diarios. K a partir del día (8(: ?,/ euros diarios. %l importe de la prestación &abr$ que descontar el porcentaje de retención a cuenta del >345 y el importe de la cotización del desempleado a la Seguridad Social el trabajador abona el ?1; de la cuota a la Seguridad Social y el S4E el resto!.
Duraci#n: el trabajador acredita &aber cotizado los 'ltimos ? a#os, por lo que por m$s de seis a#os cotizados tiene derec&o a percibir */ meses de desempleo, que percibir$ una vez transcurridos los días de vacaciones devengadas y no disfrutadas que le son abonadas en el finiquito. ACTIVIDAD 10 (0,5 puntos) En relación al supuesto anterior, contesta a las siguientes cuestiones: 1.
Indica si tiene derecho a solicitar el pago único de la prestaci ón.
Si siempre y cuando cumpla con alguno de estos requisitos: o
o
o
"uando pretendan incorporarse de forma estable y a tiempo completo, como socios trabajadores en "ooperativas o en sociedades laborales, siempre que anteriormente no &ubieran estado contratados por dic&as sociedades por tiempo superior a */ meses. En estos casos podr$n capitalizar la prestación por importe igual al de la aportación a la cooperativa o al valor de las acciones o participaciones sociales suscritas. "uando pretendan constituirse como trabajadores y trabajadoras autónomos y tengan reconocida una minusvalía igual o superior al ;. En este supuesto obtendr$n en un solo pago una cantidad igual a la inversión realizada en el negocio. "uando se trate de personas sin minusvalía que pretendan constituirse como trabajadores y trabajadoras autónomos, percibir$n de una sola vez una cantidad igual a la inversión realizada, con el límite m$ximo del ?; del importe de la prestación de desempleo reconocida, ampliable a un 8; cuando las personas beneficiarias sean &ombres &asta a#os o mujeres &asta 1 a#os de edad, ambos inclusive.
K adem$s con todos estos otros requisitos: o
Ser la persona beneficiaria de prestaciones de desempleo y tener pendiente de percibir al menos tres meses.
o
o
o
2.
2o &aber &ec&o uso de este derec&o en los / a#os inmediatamente anteriores. 2o &aber iniciado la actividad como socio o autónomo con anterio@ridad a la solicitud de capitalización. >niciar la actividad como socio o autónomo e el plazo de un mes a contar desde la concesión del derec&o.
¿En el supuesto de que fuera contratado por más de un año de forma temporal, perder í a la prestación de desempleo reconocida que no llegó a agotar??
"uando se realiza un trabajo por cuenta ajena por tiempo superior a (* meses se reconoce a los trabajadores el derec&o de opción, esto significa que si no llegó a agotar la prestación anterior que en este caso era de */ meses!, el desempleado puede optar entre reanudar la prestación que venía disfrutando y que no llegó a agotar o bien acceder a la nueva prestación generada con el 'ltimo empleo.