LOS BONOS DE RECONSTRUCCION Y DESARROLLO ANTECEDENTES.Mediante la Ley N° 23592 se dictaron medidas a fin de apoyar a la rehabilitación y la reconstrucción de las zonas afectadas por los fenómenos naturales en el territorio nacional, disponiéndose la financiación de los astos, con el fin de obtener créditos e!ternos e internos" #n ese sentido, el art$culo 5 de la referida Ley autorizó a la %irección &eneral del 'esoro ()blico la emisión de *alores en moneda nacional +ue obtendr$an el esfuerzo ahorrati*o nacional consistente en la ad+uisición de -onos de .econstrucción/, hasta por el monto de doscientos mil millones de soles de oro de a+uella época" 0tendiendo a la norma anteriormente mencionada, se emitir$an dos series, siendo +ue los bonos de la serie 0 ser$an al portador y, los de la serie -, nominati*os"
.edituar$an
un
interés
del
51
anual,
capitalizable
trimestralmente y paadero a la fecha de redención" #l plazo de *iencia ser$a de dos aos y comenzar$a a reir a partir de la fecha de la respecti*a colocación" Los intereses +ue enerar$an los bonos ser$an considerados como renta inafecta en materia del 4mpuesto a la .enta y no se considerarn en la base para el clculo del 4mpuesto M$nimo" (or su parte, mediante la Ley N° 26737, relamentada por el %ecreto 8upremo N° 735:5#;, se autorizó al (oder #omunicado N° 7=327=7#;?@5"7= se)n el cual no admite ninuna estión de re+uerimiento de pao de bonos emitidos por la .ep)blica del (er) +ue, a su criterio, han prescrito, incluyendo una lara lista,