UNIVERSIDAD ALAS PERUANASFILIAL HUANCAVELICA
TEMA
CONTRATO DE FACTURING
CATEDRA
CONTRATO DE NEGOCIOS INTERNACIONALES
CATEDRATICO
LC. FIERRO SILVA, GUIDO
CICLO VI
INTEGRANTES
1. MONTES ESCOBAR, EUSEBIO. 2. CARDINAS HUAMÁN, YOVANA. 3. ALFONSO FERNÁNDEZ, SIPIA
I.
ÍNDICE EL FACTORING ...................................................................................... 3
II.
1.1. Definición .................................................................................................... 3 1.2. Según SBS, el contrato de factoring deberá contener como mínimo lo siguiente: ............................................................................................................. 4 1.3.
Importancia ............................................................................................. 4
1.4.
Características ...........................................Error! Bookmark not defined.
1.5.
Modalidades de Factoring ........................................................................ 7
1.6.
Ventajas del Factoring .............................................................................. 8
1.7.
Inconvenientes del Factoring ................................................................... 9
1.8.
Pasos para Realizar el Factoring ............................................................... 9
1.9.
¿Qué empresas suelen contratar el Factoring? ....................................... 10
1.10.
El Factoring en el Banco de Crédito del Perú .......................................... 10
1.10.1.
Modalidades ...................................................................................... 10
1.10.2.
Requisitos ........................................................................................... 11
1.10.3.
Presupuestos y Elementos ..................................................................11
1.10.3.1.
Los sujetos del contrato. ....................................................................... 11
Veamos los derechos y obligaciones que a cada una de las partes le corresponde: ...................................................................................................... 12 1.10.3.2.
III.
CONCLUSIONES ..................................................................................... 14
IV.
BIBLIOGRAFÍA ........................................................................................ 15
V.
ANEXO ................................................................................................... 16
INTRODUCCION
Requeridos ante diferente y cada vez más formas de desarrollar actividades económicas, particularmente de carácter mercantil que propiciaron nuevas relaciones y necesidades humanas que satisfacer e impulsados cada vez más presente e imponente a la globalización. Para las empresas es común enfrentarse a problemas de diversa índole en un principio están el alto porcentaje de financiación de las entidades; las dificultades para acceder a otras fuentes de recursos; la tradicional organización administrativa en las unidades de producción; las prácticas clásicas y en ocasiones anticuadas que se conservan en las ventas y en las relaciones con los clientes. A esto hay que sumarle lo que trae consigo las ventas al crédito o sea el alargamiento de los ciclos de cobro, la falta de liquidez inmediata, la posibilidad del no cobro, la necesidad de mantener personal encargado del conocimiento permanente de la solvencia de los deudores. Todo esto constituye una amenaza para lograr el equilibrio financiero, por lo que se hace necesario la búsqueda de variantes de financiamiento, una de ellas es el Factoraje (factoring) que se convierte en el medio para prevenir y controlar dichas dificultades. Por ello el presente trabajo denominado el factoring pretende darnos conocer e informarnos un poco sobre lo que es el Contrato de Factoring, el cual en el Perú es reglamentado por la Superintendencia de Banca y Seguros mediante Resolución S.B.S Nº 1021-98.
II.
EL FACTORING
1.1.
Definición
Es un contrato mediante el cual una empresa traspasa las facturas que ha emitido y a cambio obtiene de manera inmediata el dinero. El factoring o factoraje es una alternativa de financiamiento que se orienta de preferencia a pequeñas y medianas empresas, consiste en un contrato mediante el cual una empresa traspasa el servicio de cobranza futura de los créditos y facturas existentes a su favor y a cambio obtiene de manera inmediata el dinero a que esas operaciones se refiere, aunque con un descuento.
Según el Superintendente de Banca y Seguros(SBS), el factoring es la operación mediante la cual el factor adquiere, a título oneroso de una persona natural o jurídica, denominada cliente, instrumentos de contenido crediticio, prestando en algunos casos servicios adicionales a cambio de una retribución. El factoring de exportación es la cesión que la empresa exportadora hace a un intermediario financiero sobre el derecho de cobro de los créditos otorgados, a un interés preestablecido, pudiendo este asumir o no el riesgo de la operación. El contrato de factoring es calificado por la doctrina científica como un contrato atípico, mixto y complejo, llamado a cubrir diversas finalidades económicas y jurídicas del empresario por una sociedad especializada, que se integran por diversas funciones aun cuando alguna de ellas no venga especialmente pactada y que se residencian: en la función de gestión, por la cual la entidad de factoring se encarga de todas las actividades empresariales que conlleva la función de gestionar el cobro de los créditos cedidos por el empresario, liberando a éste de la carga de medios materiales y humanos que debería arbitrar en orden a obtener el abono de los mismos. La función de garantía, en este supuesto la entidad de factoring asume además el riesgo de insolvencia del deudor cedido, adoptando una finalidad de carácter aseguratorio y la función de financiación, que suele ser la más frecuente, en ella la sociedad de factoring anticipa al empresario el importe de los créditos transmitidos, permitiendo la obtención de una liquidez inmediata, que se configura como un anticipo de parte del nominal de cada crédito cedido, aparte de la recepción por la sociedad de factoring de un interés en la suya.
1.2.
Según SBS, el contrato de factoring deberá contener como mínimo lo siguiente: Nombre, razón o denominación social y domicilio de las partes. Identificación de los instrumentos que son objeto de factoring o de ser el caso, precisar los criterios que permitan identificar los instrumentos respectivos. Precio a ser pagado por los instrumentos y la forma de pago. Retribución correspondiente al factor, de ser el caso. Responsable de realizar la cobranza a los deudores. Momento a partir del cual el factor asume el riesgo crediticio de los deudores.
1.3.
Importancia
La operación de factoring tiene por finalidad auxiliar a los fabricantes y comerciantes en la organización y llevanza de su contabilidad y en la facturación de los procesos y servicios que lanzan en el mercado. El contrato de Factoring ofrece una pluralidad de servicios administrativos y financieros, el cual asume en las condiciones de contrato, el riesgo de insolvencia de los deudores. Además, implica otras prestaciones como: estudio del grado de solvencia de los deudores asignándole una línea de riesgo a cada uno de ellos, gestión integral del cobro de los créditos, servicios de contabilidad e informa periódicamente sobre el estado de la cuenta de cada uno de los deudores. El Factoring resulta conveniente y ventajoso porque permite convertir ventas al crédito como si fueran al contado, evitando que la empresa se enfrente a desbalances por falta de liquidez inmediata, permite además planificar con certeza los flujos financieros al convenir desde el inicio de su ciclo de operaciones el descuento de las deudas futuras; de esta forma la empresa mejora: Su gestión financiera y comercial. Puede ofrecer a sus clientes comerciales sin afectar sus flujos de caja. Puede mejorar la relación con los proveedores. Maneja apropiadamente el inventario. Facilita el crecimiento de la empresa. El tema de las características del contrato de factoring no ha despertado tanta discusión en la doctrina como el de su naturaleza, los autores mayoritariamente se han mostrado de acuerdo en atribuirle como características las siguientes: a. Principal. Tiene esta característica por contar con autonomía independencia propias, es decir no depende ni está subordinado a ningún otro contrato, pudiendo existir por sí solo. b. Obligacional. Porque su celebración sólo genera obligaciones, careciendo de efectos reales. c. Oneroso. Porque impone prestaciones para cada una de las partes que éstas ejecutan una a cambio de la otra (ventaja por desventaja), es decir es opuesto al gratuito. d. De prestaciones recíprocas (bilateral). Desde que de éste nacen obligaciones para las dos partes contratantes, en este contrato intervienen dos partes que se hacen prestaciones entre sí.
e. Conmutativo. Ya que las prestaciones son determinadas y ciertas entonces las partes pueden prever sus resultados. f. Formal. Así lo es en el Perú, toda vez que aquí no basta el solo acuerdo entre las partes para consumar la celebración el contrato de factoring, sino que tal como lo prevé el art. 3° del reglamento de factoring, descuento y empresas de factoring, aprobado por resolución de la Superintendencia de Banca y Seguros N° 1021-98-SBS del 01 de octubre de 1998, este contrato se perfecciona por escrito y con las indicaciones precisadas en la referida norma. g. De tracto sucesivo. Puesto que su ejecución se prolonga en el tiempo y no se consuma en un solo momento. h. Complejo. Porque puede contener una diversidad de prestaciones (servicios) que el factor brinda al facturado. Estos servicios se dividen en tres grupos que son: 1. Los servicios administrativos. - entre los que resaltan los de investigación de la clientela y la contabilidad de las transacciones. 2. El servicio de garantía. - consistente en que el factor asume el riesgo de la insolvencia de los deudores, se trata de una garantía de cobro. 3. El servicio de financiación. -consistente en el pago anticipado que el factor hace al cliente factorado. i. De adhesión. Esta es una característica muy frecuente en el contrato de factoring, es comúnmente considerado un contrato de adhesión debido a que en la gran mayoría de los casos el cliente se limita a aceptar las condiciones del factor sin poder discutirlas, ni modificarlas ni objetar las ya establecidas, ni proponer las suyas. Es decir, el cliente simplemente lo toma o lo deja. j. Comercial o mercantil y de empresa. Porque el factor debe necesariamente ser una entidad financiera (banco o empresa de factoring debidamente autorizada) y el cliente será una empresa comercial, industrial o prestadora de servicios. k. De colaboración.
Por cuanto el factor asiste a la empresa, prestándole servicios tales como el control de los créditos, la investigación de clientes, la contabilidad de las acreencias, marketing, etc., y sobre todo la cobranza judicial y extrajudicial (gestión de cobros) de los créditos vencidos, morosos, etc. l. Típico y nominado. En el Perú, el Factoring cuenta con estas características por ser un contrato que tiene regulación jurídica propia y tal como se verifica de lo dispuesto por los Arts. 221° inc. 10 y 282° inc. 8 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros (Ley N° 26702 de fecha 09 de diciembre de 1996) y del Reglamento de Factoring, Descuento y Empresas de Factoring, aprobado por Resolución de la Superintendencia de Banca y Seguros N° 1021-98-SBS del 01 de octubre de 1998. Sin embargo, hay quienes, como Mario Castillo Freyre, consideran que el Factoring es un contrato atípico legal por considerar que su regulación no se encuentra plasmada en una ley. Por último, también se le ha considerado al Factoring como un contrato normativo y constitutivo, porque se afirma que crea el marco para las operaciones futuras entre las partes que lo celebran. 1.4.
Modalidades de Factoring Hay muchas modalidades por las que se puede celebrar el contrato de factoring, pero entre las principales tenemos las siguientes: a.
Según su contenido. Dependiendo de que haya o no financiación. Factoring "con financiación" o "a la vista". En el cual el cliente o empresa facturada recibe el pago inmediato de las facturas que contienen los derechos sobre los créditos transferidos, previamente a sus vencimientos.
Factoring "sin financiación" o "al vencimiento". En esta modalidad no existe la financiación anticipada; el factoring sin financiamiento carece de uno de los propósitos esenciales del factoring moderno que es la obtención por el cliente del pago inmediato de los créditos cedidos para
b.
c.
favorecer la pronta liquidez de la empresa, esta modalidad de factoring se identifica con el tradicional. Según su forma de ejecución Por el hecho de que se notifique o no a los deudores cedidos la transferencia de los créditos a la empresa de factoring. Factoring "con notificación" El cliente debe poner en conocimiento del deudor cedido sobre la transferencia a favor del factor de las facturas que contienen su deuda y de que este último será el único legitimado para cobrárselas. Factoring "sin notificación" El cliente facturado, en esta modalidad, no avisa a sus deudores sobre la transmisión de los créditos, por lo que continuará siendo el acreedor. El pago deberá efectuársele a él, quien a su vez está obligado a reintegrar el importe de ellos al factor en el plazo fijado en el contrato. Según la asunción del riesgo Ésta es una submodalidad del factoring con financiación, dependerá de que el factor asuma o no los riesgos de cobrabilidad. En este caso el factoring podrá ser "con recurso" y "sin recurso"
Factoring "impropio" o "con recurso". En esta modalidad es el factorado quien asume el riesgo por la falta de pago del deudor, el factor no garantiza el riesgo por la insolvencia del deudor cedido. Factoring "propio" o "sin recurso". Por el contrario, aquí el factor sí garantiza el riesgo por insolvencia del deudor, a no ser de que el incumplimiento se haya producido por otras causas (como por ejemplo que las mercancías se hayan encontrado defectuosas o en mal estado, diferentes a las solicitadas, etc.). 1.5.
Ventajas del Factoring
Ahorro de tiempo, ahorro de gastos y precisión de la obtención de informes. Permite la máxima movilización de la cartera de deudores y garantiza el cobro de todos ellos. Simplifica la contabilidad ya que mediante el contrato de factoring el usuario pasa a tener un solo cliente, que paga al contado. Saneamiento de la cartera de clientes. Permite recibir anticipos de los créditos cedidos.
1.6.
Inconvenientes del Factoring
1.7.
Reduce el endeudamiento de la empresa contratante, no endeudamiento: Compra en firme y sin recurso. Se puede comprar de contado obteniendo descuentos. Para el personal directivo, ahorro de tiempo empleado en supervisar y dirigir la organización de una contabilidad de ventas. Puede ser utilizado como una fuente de financiación y obtención de recursos circulantes. Las facturas proporcionan garantía para un préstamo que de otro modo la empresa no sería capaz de obtener. Reduce los Costos de operación, al ceder las Cuentas por cobrar a una empresa que se dedica a la factorización. Proporciona protección en procesos inflacionarios al contar con el dinero de manera anticipada, con los que no pierde poder adquisitivo. Asegura un patrón conocido de flujos de caja. La empresa que vende sus Cuentas por Cobrar sabe que recibe el importe de las cuentas menos la comisión de factorización en una fecha determinada, lo que la planeación del flujo de caja de la empresa.
Coste elevado, concretamente el tipo de interés aplicado es mayor que el descuento comercial convencional. El factor puede no aceptar algunos de los documentos de su cliente. Quedan excluidas las operaciones relativas a productos perecederos y las de a largo plazo (más de 180 días). El cliente queda sujeto al criterio de la sociedad factor para evaluar el riesgo de los distintos compradores. El Factor sólo comprará la Cuentas por Cobrar que quiera, por lo que la selección dependerá de la calidad de las mismas, es decir de su plazo, monto y posibilidad de recuperación. Una empresa que este en dificultades financieras temporales puede recibir muy poca ayuda. Las empresas que se dedican al factoring son impersonales, por lo tanto no toleran que su cliente se deteriore por algún problema porque es eliminada del mercado.
Pasos para Realizar el Factoring
La primera etapa es de estudio, la empresa de factoring hace un análisis a la empresa deudora de la factura luego de que esta entregue información financiera o de créditos. La empresa de factoring aprueba su evaluación. Se firma el contrato y se cede el crédito, así el cliente entrega sus cheques a fecha, facturas, Boucher de tarjetas de crédito, letras, pagarés y otros documentos similares a la empresa de factoring.
Esta paga comúnmente entre un 80 y un 90 por ciento del o de los valores documentados en forma inmediata. Llegada la fecha de vencimiento, la empresa de factoring le entrega el porcentaje restante menos una tasa de interés (o factor de descuento).
1.8.
¿Qué empresas suelen contratar el Factoring? Todas las empresas, pequeñas, medianas o grandes que reúnan algunas de las siguientes características: Realizan ventas con pago aplazado entre 30 y 270 días. Por ejemplo proveedores de grandes cadenas de distribución, multinacionales, organismos públicos y corporaciones donde los plazos de pago son dilatados. Utilizan la transferencia o el cheque cómo forma de pago; también las empresas que cobran por pagaré o letra aceptada, pueden acudir al factoring, debido a los plazos que puedan tardar en recibir los documentos. Necesitan a parte de la financiación de sus ventas, la cobertura de insolvencia de las mismas. Poseen un número limitado de compradores, que representan una parte importante de su cifra de ventas, lo que representa una concentración de riesgos, que desean cubrir. Empresas en expansión, que necesitan financiación para poder seguir creciendo, aunque su actual estructura sea limitada. En el caso de las grandes empresas, el factoring les permite mejorar la estructura de su balance, mediante la movilización de su cuenta de clientes.
1.9.
El Factoring en el Banco de Crédito del Perú
El Banco mediante el factoring ofrece: Reducción del manejo de documentos, efectivo y cheques. Disminución de procesos administrativos como resultado de mayor eficiencia y rapidez. Aumento del poder de negociación con sus proveedores, gracias a este moderno servicio de Factoring Electrónico dado que éstos podrán acceder a mejores tasas de financiamiento. Acceso a la más completa información electrónica sobre la situación de tus pagos.
1.9.1. Modalidades
Los pagos a los proveedores podrán realizarse bajo tres modalidades: a. Adelanto Total: Su empresa deberá transmitir electrónicamente al Banco la información del lote de facturas a ser descontadas; el
Banco procederá a hacer los abonos al día siguiente, directamente en las cuentas de sus Proveedores, aplicando la tasa de descuento respectiva. En la fecha de vencimiento, el Banco cargará a la cuenta de su empresa el importe de las facturas ya pagadas. b. Pago al vencimiento: Una vez que el Banco recibe la información de pagos proporcionada por su Empresa, la procesará y esperará a la fecha de vencimiento de cada factura para realizar el cargo en la cuenta de su Empresa, y los abonos directamente en las cuentas de sus Proveedores. Esta opción tiene la ventaja de permitirle a su empresa enviar pagos programados en una misma planilla con diferentes fechas de vencimiento. c. Adelantado en línea: Su empresa deberá seleccionar el lote de facturas que su proveedor podrá adelantar a través de Internet en función de su necesidad de liquidez. Una vez que el Banco reciba dicha información, procederá a habilitar dichos documentos en el de Factoring Electrónico www.factoringelectronico.com.pe para que su proveedor seleccione aquellos que desee adelantar, el pago por las facturas restantes o no elegidas será abonado en sus respectivas fechas de vencimiento. Es importante recalcar que el manejo de las facturas físicas seguirá siendo responsabilidad de su Empresa. Sus Proveedores, independientemente de la modalidad que elijan, tendrán acceso a información detallada de los abonos realizados por el sistema Factoring Electrónico a través de nuestra página web, notas de abono, Estados de Cuenta Corriente, Telecrédito, Banca por Internet, Saldos y Movimientos o llamando a nuestra Banca por Teléfono al 311-9898. 1.9.2. Requisitos
Su empresa deberá contar con tele crédito. Tanto su empresa como sus proveedores deberán firmar un contrato con el banco y deberán tener al menos una cuenta en el banco. Su empresa deberá contar con una línea de crédito que respalde los adelantos que se hagan a sus proveedores.
1.9.3. Presupuestos y Elementos 10.3.1. Los sujetos del contrato. Tal como ya habíamos visto, los sujetos del contrato de factoring, es decir las partes contratantes, son dos: el factor o empresa de factoring
1.
(Los bancos, que es la que se encarga de la gestión de cobranza o la que compra las facturas por cobrar y realiza además otros servicios si éstos estuviesen estipulados en el contrato) y el factorado o cliente (que abona una retribución por la gestión de cobranza o da en venta las facturas por cobrar y retribuye además por los otros servicios). De acuerdo con el Art. 6º del Reglamento de Factoring, pueden actuar como factores:
Las empresas de factoring que hayan sido autorizadas por la Superintendencia de Banca y Seguros. Las empresas bancarias y otras de operaciones múltiples autorizadas para realizar las operaciones previstas en el módulo 1 del Art. 290º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros (Ley Nº 26702). Por el otro lado, el factorado o cliente podrá ser cualquier persona natural o jurídica entre las que más frecuentemente están comprendidas las casas comerciales. Ahora bien, siendo el Factoring un Contrato, los derechos y obligaciones de las partes deben estar precisados en éste; sin embargo, en nuestro país el Factoring es un contrato nominado y típico y en tal virtud, nuestra Legislación ha optado por prever los derechos y obligaciones que mínimamente le corresponden al factor y al factorado, los que se encuentran expresamente contemplados en el Reglamento de Factoring.
Veamos los derechos y obligaciones que a cada una de las partes le corresponde: 1.10.3.2.
a. Derechos y obligaciones del factor Los derechos y obligaciones del factor se encuentran contemplados en los Arts. 7° y 8° respectivamente del Reglamento de Factoring y son: Derechos Realizar todos los actos de disposición con relación a los instrumentos adquiridos. Cobrar una retribución por los servicios adicionales que haya realizado. Obligaciones Adquirir los instrumentos de acuerdo a las condiciones pactadas en el Contrato.
Brindar los servicios adicionales pactados que pueden ser según el Art. 9° del Reglamento de Factoring, de investigación e información comercial, gestión y cobranza, servicios contables, estudios de mercado, asesoría integral y otros. Pagar al cliente por los instrumentos adquiridos. Asumir el riesgo crediticio de los deudores.
b. Derechos y obligaciones del cliente. -
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Derechos Exigir el pago por los instrumentos transferidos en el plazo establecido y conforme a las condiciones pactadas. Exigir el cumplimiento de los servicios adicionales que hubiesen sido pactados. Obligaciones: Garantizar la existencia, exigibilidad y vigencia de los instrumentos al tiempo de celebrarse el Factoring. Transferir al Factor los instrumentos en la forma acordada o establecida por la ley. Notificar la realización del factoring a sus deudores cuando sea el caso. Recibir los pagos que efectúen los deudores y transferirlos al factor, cuando así lo haya convenido con éste. Informar al factor y cooperar con éste para permitir la mejor evaluación de su propia situación patrimonial y comercial, así como la de sus deudores. Proporcionar toda la documentación vinculada con la transferencia de instrumentos, y Retribuir al factor por los servicios adicionales recibidos. 1.10.3.4.
El Plazo.
Es el lapso de tiempo durante el cual el Contrato podrá y deberá producir sus efectos, es decir durante el cual la entidad de factoring va a permanecer obligada a adquirir los créditos provenientes de las ventas del cliente factorado o a recibir del mismo los documentos representativos de estos créditos para gestionar su cobro y éste a transmitírselas o a pagar una retribución por la referida gestión. Los plazos en los diferentes Contratos de Factoring son pactados de común acuerdo entre las partes y, a falta de plazo, éstas, de conformidad al Art. 1365° del Código Civil, pueden ponerle fin mediante aviso previo remitido por vía notarial con una anticipación no menor de treinta días.
III.
CONCLUSIONES Se concluye que el Factoring es un Contrato por el que se puede acordar múltiples derechos y obligaciones; evidentemente es un contrato complejo que teóricamente consta de diferentes prestaciones. El Factoring es una solución ideal, si se utiliza oportunamente que permite a la empresa librarse del trabajo contable y legal en relación con las Cuentas por Cobrar. El factoring es un contrato mediante el cual una empresa traspasa las facturas que ha emitido y a cambio obtiene de manera inmediata el dinero. Por último, la sociedad de factoring asume la gestión de cobro, también se encarga del estudio de los clientes, de la contabilización de los cobros, de la reclamación de los deudores morosos, puede asumir el riesgo de deudas fallidas e incluso puede anticipar el importe de los créditos a la empresa usuaria; por todo ello no podemos compararlo con otras posibilidades de simple gestión de cobro, de líneas de crédito o de descuento bancario.
IV.
BIBLIOGRAFÍA
http://www.monografias.com/trabajos31/factoring/factoring.shtml.
www.administracion.es/portadas/perfiles/empresa/financiacion/recursos_fin ancieros/factoring.html. www.alide.org.pe. www.basefinanciera.com/finanzas/publico/pymes/financiacion/. www.bci.cl/filiales/factoring/que_es_factoring.htm. www.bcrp.gob.pe. www.businesscol.com/economia/glosaeco/glecon-abc.htm. www.businessperu.com.pe/2003/Mayo/INFORMES/INFO1/Pag19.htm.
V.
ANEXO CONTRATO DE FACTORING PRESENTES
Don ........, gerente de la empresa ......... S.A., constituida en escritura pública otorgada ante Don …...., Notario de …...., e inscrita en el Registro Mercantil con fecha de ….... de ... de ……., libro ......, tomo ……., folio …..., con CIF núm. …..., y con domicilio social en……., calle......, con poderes de representación conforme a escritura pública autorizada por Don…..., Notario de... con fecha de …... de ... de ..., a partir de ahora factor, de una parte; Don …..., gerente de la empresa …... S.A., constituida en escritura pública otorgada ante Don ..., Notario de ..., e inscrita en el Registro Mercantil con fecha de ...... de ..... de ….., libro …..., tomo ….., folio ....., con CIF núm. …..., y con domicilio social en…..., calle…..., con poderes de representación conforme a escritura pública autorizada por Don….. , Notario de... con fecha de ..... de ….. de ....., a partir de ahora cliente, de otra parte; Acuerdan celebrar el presente CONTRATO DE FACTORING, de acuerdo con las siguientes, Estipulaciones Primero. Objeto del Contrato. Por el presente contrato el cliente se obliga a ceder al factor todos los créditos y letras que surjan de su actividad comercial, tanto en contra como a favor de sus compradores. Segundo. Obligaciones del Cliente. 1. El cliente deberá pagar al factor como remuneración por sus funciones el …% del nominal de los créditos transmitidos. 2. El cliente deberá pedir autorización al factor para llevar a cabo nuevas operaciones comerciales, entendiéndose que se presta si en el plazo de ….. días desde que el cliente informó de la nueva operación el factor no expresa su oposición a la misma. 3. El cliente se obliga a incluir en todas las facturas y recibos que emita, un endoso que indique que las cuentas correspondientes, han sido cedidas al factor, y son pagaderas a él exclusivamente. 4. El cliente se obliga a remitir al factor las letras, recibos y documentos representativos de las cuentas y créditos, así como una hoja de remesa en la que se relacionen y las copias de las facturas y albaranes. 5. El cliente se obliga en los casos de compraventa a incluir en los contratos cláusula de cesión de créditos al factor. 6. El cliente transmitirá los créditos al factor para que pueda ejercitar los derechos adquiridos sin impedimento.
7. El cliente se obliga a entregar al factor toda suma recibida de sus deudores en pago de la deuda. 8. El cliente se obliga a no conceder ni pactar bonificaciones ni variaciones en el valor de los créditos cedidos al factor sin su previa y expresa autorización. 9. El cliente deberá poner a disposición del factor todos los datos que éste le solicite para la investigación de solvencia de los deudores. 10.El cliente se obliga a no interferir en las gestiones realizadas por el factor para el cobro de los créditos, salvo en los supuestos en que el factor le requiera su asistencia conforme a lo dispuesto en el apartado anterior. 11.El cliente responde de la falta de pago siempre que no surja de la insolvencia del deudor ni de causa imputable al factor. 12.El incumplimiento por el cliente de cualquiera de las obligaciones contraídas por el presente contrato, dará derecho al factor para optar entre la resolución del mismo, o la exigencia de su cumplimiento, debiendo indemnizar por daños y perjuicios en los dos casos. Tercero. Obligaciones del Factor. 1. El factor se obliga a intentar el cobro de los créditos. 2. El factor se obliga a aprobar todas las operaciones propuestas por el cliente excepto aquéllas que considere que no prestan suficientes garantías. 3. El factor se obliga a investigar la solvencia de los deudores, corriendo de su cuenta todos los gastos ocasionados por ello. 4. El factor se obliga a abonar al cliente la diferencia entre el importe de los créditos cedidos y la remuneración acordada en el presente contrato. Dicha cantidad se ingresará en el número de cuenta ... que el cliente tiene abierta en la Entidad de Crédito ..., Sucursal .... 5. El factor se obliga a anticipar al cliente, previa solicitud de al menos ... de antelación, el porcentaje del ...% del importe de los créditos cedidos. Se aplicará un tipo de interés del ... % que se deducirá en el momento en que se produzca el anticipo por el factor. 6. Es obligación del factor asumir el riesgo de insolvencia del deudor del cliente, siempre que se haya declarado judicialmente, hasta el ...% del máximo fijado para cada deudor como límite de la transmisión del crédito. 7. El incumplimiento por el factor de cualquiera de las obligaciones contraídas por el presente contrato, dará derecho al cliente para optar entre la resolución del mismo, o la exigencia de su cumplimiento, debiendo indemnizar por daños y perjuicios en los dos casos Cuarto. Duración del Contrato La duración del presente contrato es de ….... meses desde la fecha de hoy. Dando fe, firman el presente contrato de factoring Don ..., como gerente de la empresa ..., y Don ..., como gerente de la empresa ..., en ... a ... de .......
NOTA: Los contratos mercantiles pueden ser intervenidos por Agente Mediador Colegiado conforme al art. 93 del Código de Comercio, el cual establece que " Los Agentes Colegiados tendrán el carácter de Notarios en cuanto se refiera a la contratación de efectos públicos, valores industriales y mercantiles, mercaderías y demás actos de comercio comprendidos en su oficio, en la plaza respectiva. Llevarán un libro-registro con arreglo a lo que determina el artículo 27, asentando en él por su orden, separada y diariamente, todas las operaciones en que hubiesen intervenido, pudiendo, además, llevar otros libros con las mismas solemnidades. Los libros y pólizas de los Agentes colegiados harán fe en juicio". Además hay que atender al art. 517.2.5º " Las pólizas de contratos mercantiles firmadas por las partes y por corredor de comercio colegiado que la intervenga con tal que se acompañe certificación en la que dicho corredor acredite la conformidad de la póliza con los asientos de su libro registro y la fecha de éstos. Si interviniese Agente Mediador en el presente contrato, se ha de incluir la cláusula siguiente: Este contrato ha sido formalizado con la intervención de Don ……, Agente Mediador Oficial, a todos los efectos legales oportunos, incluyendo los señalados en la LEC en su artículo 517.2. 5º, así como en los arts. 58 y 93 del Código de Comercio, y demás legislación aplicable. Y en prueba de su conformidad las partes otorgan y firman el presente contrato por triplicado y a un solo efecto, de lo que yo el Agente doy fe, hechas las advertencias legales, así como de la capacidad legal para contratar e identidad de los contratantes y de la legitimidad de sus firmas y de todo lo dispuesto en el presente contrato, que firmo y sello en ............ a …... de ...........