Tarea módulo 5 (MANO DE OBRA) Antes de hacer esta tarea, repasa la lectura con la bibliografía propuesta, el reglame nto de la Ley de Contrataciones del Estado. Investiga cómo se calcula l a mano de obra, la cual te ayudará a establecer los criterios de cálculo y a refinar las ideas.
Instrucción: Calcula los costos de mano de o bra; para ello, se señala lo siguiente: - Federico gana S/ 45 Soles de jornal básico, es operario en maquinaria pesada, falta 2 días a trabajar. - La hora extra de la semana son: martes 3HE, miércoles 1HE y j ueves 2HE. - Los días miércoles y viernes e n el piso 8 en tarrajeo de fachada. - El martes y jueves trabajó en contacto con el agua. - Tiene 3 hijos de 10 años en el colegio y otro de 24 años en el instituto.
En base a lo señalado, se solicitan los siguientes cálculos: Solución:
1) Cuánto va a cobrar por dominical. Sabemos que Federico gana s/45 soles diarios, y labora solo 4 días debido a que falto en 2 oportunidades. Hace 3 horas extras los martes trabajando en contacto con el agua. Hace 1 hora extra el miércoles trabajando en una altura superior de 4 pisos. Hace 2 horas extras el jueves trabajando en contacto con el agua. Trabajo todo el día viernes en una altura superior de 4 pisos.
Podemos deducir que Federico, falto el día lunes y sábado. Si hubiera laborado Federico sus 6 días a la semana debería cobrar: 6 x s/45 = s/ 270 Considerando que lunes a viernes debe laborar 8.5h Y el día sábado sus horas restantes para completar sus 48h 270/48 = s/ 5.625 x h Pero como Federico solo laboro 4 días debería cobrar de la siguiente manera. 5.625x 8 = s/45 diarios Hace 3 horas extras 45x2= s/ 90
Los martes trabajando en contacto con el agua.
Entonces se pagara 45x 1.2 =s/ 54.00 Total a pagar: s/54+s/ 90 = s/ 144.00 Hace 1 hora extra el miércoles trabajando en una altura superior de 4 pisos. 5.625x 8 = s/45 diarios Hace 1 hora extra 45x1.6= s/ 72
45x1.07= s/ 48.15 Total a pagar: s/72+s/ 48.15 = s/ 120.15 Hace 2 horas extras el jueves trabajando en contacto con el agua. 5.625x 8 = s/45 diarios Hace 2 horas extras 45x1.6= s/ 72
Entonces se pagara 45x 1.2 =s/ 54 Total a pagar: s/72+s/ 54 = s/ 126.00
Trabajo todo el día viernes en una altura superior de 4 pisos.
5.625x 8 = s/45 diarios
Entonces se pagara 45x1.07= s/48.15 El dominical es cobrando sus horas extras, sus bonificaciones por sus distintos trabajos en contacto con el agua y por altura. =s/144.00+s/120.15+s/126.00+s/48.15= S/ 438.3 Si consideramos también su ingreso por: Vacaciones= s/18.48
Movilidad= s/ 28.8 BUC= s/ 18.00 Asignación y escolar= s/ 20.04 Seria: = S/ 438.3+ s/18.48+ s/ 28.8+ s/ 18.00+ s/ 20.04 = s/523.62
2) Cuánto va a cobrar por horas extras.
Hace 3 horas extras 45x1= s/ 45.00
Hace 1 hora extra 45x0.6= s/ 27.00
Hace 2 horas extras 45x0.6= s/ 27.00
ENTONCES cobraría solo por sus 6 horas extras = s/ 99.00
3) Cuánto va a cobrar por vacaciones.
Debido a que solo laboro 4 días. S/ 4.62x4 = s/18.48
4) Cuánto va a cobrar por movilidad.
6 pasajes x 4 días = 24 pasajes 24 pasajes x s/ 1.2= s/ 28.8
5) Cuánto va a cobrar por BUC.
Debido a que Federico es operario de maquinaria pesada, el recibirá el 32% de bonificación S/ 45x 4 = s/ 180.00 180x 10% = s/ 18.00
6) Cuánto va a cobrar por asignación escolar.
Como tiene tres hijos menores de 18 años se le reconoce solo por los 3 ya que el otro hijo supera los 21 años. S/ 1.67x4x3 = s/ 20.04
https://es.slideshare.net/makshhh/regimen-de-construccion-civil https://es.slideshare.net/xxxkeyzixxx/regimen-de-construccion-civil-44327822 https://es.slideshare.net/harr/ppt-regimen-especial-de-construccion-civil-peru-8384195 https://es.slideshare.net/miguel_mafc/regimen-laboral-deconstruccioncivil https://es.slideshare.net/BenedictoRequezSanchez/regimen-laboral https://es.slideshare.net/yulemipachecozapata/demanda-de-pago-de-beneficios-socialesconstruccin-civil https://es.slideshare.net/YohannaCruzRamos/pago-de-beneficios-sociales-construccion-civil8538788 https://prezi.com/fqf-okoijpye/los-trabajadores-de-construccion-civil-tienen-suficientes-b/ https://prezi.com/cfbnkkv54msj/regimen-laboral-de-la-construccion-civil/ https://es.slideshare.net/search/slideshow?searchfrom=header&q=r%C3%A9gimen+laboral+espe cial+de+construcci%C3%B3n+civil+ http://www.academia.edu/22564803/R%C3%A9gimen_Laboral_de_la_Construcci%C3%B3n_Civil http://www.academia.edu/15908756/El_REGIMEN_de_Construccion_Civil_1 http://www.academia.edu/10197730/R%C3%A9gimen_de_Construcci%C3%B3n_Civil_ _ASESOR_EMPRESARIAL http://www.academia.edu/31105297/R%C3%A9gimen_Laboral_Especial_de_Construcci%C3%B3n _Civil https://es.scribd.com/document/157778979/Interpretacion-del-Regimen-laboral-especial-deconstruccion-civil https://es.scribd.com/document/157778979/Interpretacion-del-Regimen-laboral-especial-deconstruccion-civil A manera de concepto respecto de los trabajadores de construcción civil, Bendezú Manrique59 señala: “Trabajador de construcción civil es toda persona física que r ealiza, libremente y de manera eventual o temporal, una labor de construcción para otra persona jurídica o natural dedicada a la actividad de la construcción, con relación de dependencia y a cambio de una remuneración”. “se desprende que el régimen laboral de los trabajadores del sector de construcción civil posee
características muy singulares que lo diferencian del de otros sectores, destacando: a) la eventualidad, pues la relación laboral no es permanente; dura mientras se ejecute la labor para la cual los trabajadores han sido contratados o mientras dure la ejecución de la obra; y b) la ubicación relativa, pues no existe un lugar fijo y permanente donde se realicen las labores de construcción.”
Características de la actividad de construcción civil
El desarrollo de la actividad de construcción civil ha determinado una muy particular forma de organizar dicha actividad, y por ende, también una particular forma de organizar el trabajo. La peculiaridad de esta actividad radica en aspectos tales como la necesidad de especialización, capacitación y habilitación, el desplazamiento o la ubicación relativa y el tiempo de duración de los servicios. De estos aspectos, los que caracterizan con mayor propiedad la actividad de construcción y el trabajo que en ella se presta son: – La eventualidad. Que se explica por el carácter temporal de la relación laboral en construcción civil. Relación que no es permanente, pues dura mientras se ejecute la labor para la cual se ha contratado al trabajador o mientras dure la ejecución de la obra. – Ubicación relativa. En tanto que no existe un lugar fijo y permanente donde se realicen las labores de construcción, ellas se desenvuelven en diversos sitios, sin ubicación absoluta.
A.3. El régimen laboral especial de construcción civil
Las particulares características de la actividad de construcción civil han determinado que la prestación de servicios en este sector constituya un régimen especial, donde las distintas instituciones y esferas del derecho laboral común han tenido que ser replanteadas sobre la base de la eventualidad en la prestación de servicios. Este régimen especial es de aplicación a los trabajadores obreros que prestan servicios en la actividad constructora. La determinación del campo de aplicación del régimen especial de construcción civil pasa por la constatación de la prestación de servicios dentro de las actividades que hemos descrito. Pero es necesario considerar que la aplicación del régimen laboral de la actividad privada se aplica en dos vías: a. En vía supletoria En todos los aspectos que se desprenden de la relación de trabajo, y que no hayan sido contemplados por el régimen especial de construcción civil, se aplicarán las normas del régimen laboral del sector privado. b. En vía de exclusión En aplicación del D. Leg. Nº 727, Ley de Fomento a la Inversión Privada en la Construcción, se ha dispuesto la aplicación del régimen laboral de la actividad privada, y por lo tanto la exclusión del régimen especial de construcción civil, de los trabajadores que presten servicios para: – Las Empresas Constructoras de Inversión Limitada que ejecuten obras cuyos costos individuales no excedan de 50 UIT. Para determinar qué empresas se encuentran en este supuesto, se deberá tener en cuenta: • Cuando se trate de la ejecución de un conjunto de obras se tomará en cuenta el costo individual de cada obra. • Para establecer el costo individual de cada obra se tomará en cuenta todos los gastos, incluyendo las remuneraciones y los materiales. – Las personas naturales que construyan directamente sus propias unidades de vivienda, siempre que la obra no supere el límite de 50 UIT.