¿de qué manera se construye el cuerpo? ¿qué manifestaciones simbólicas encubre? ¿cuál es el papel de los varones en la elección de la prendas femeninas?Descripción completa
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Descripción: El nombre de Dracula es uno muy poderoso que con tan solo pronunciarlo, evoca en nuestras cabezas imágenes de horror y deseo sexual. Pero estas memorias mas que al propio conde, se las debemos a l...
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Círculo de Praga y de Moscú.
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SOCIOLOGIA JURIDICA
Teórica de corrientes formales en el diseño de la primera mitad del siglo XXDescripción completa
Resumo - Formalismo x FuncionalismoDescrição completa
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Descrição: Muy interessante. Habala del culto Gelede por los Yoruba.
Análise do capote de GogolDescrição completa
JURISPRUDENCIAS - CULTO AL FORMALISMO 1.
Pub. Pub. 2/10 2/10/2 /200 006. 6. Pág. Pág. 1707 17073. 3. Desalojo por ocupación precaria CAS N! "#$-%&&' LIMA. (Fdo.: Ddo.) FORMALISMO.FORMALISMO.- El juez puede adecuar el cumplimiento de las formalidades, a las necesidades del caso concreto pues no puede admitirse admitirse !ue por e(cesi)o *or+alis+o el ór,ano jurisiccional cierre sus ojos an.e la realia, realia, " aparente !ue no e#isten en el proceso los documentos a los !ue se $ace referencia tanto en el recurso de apelaci%n como en el recurso de casaci%n por el contrario, por la sanidad del proceso, es preciso !ue el juez merit&e " emita pronunciamiento acerca de tales documentos.
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Púb.2/9/2008. Pág.22673 Si )ien Desalojo por Ocupación Precaria. CAS N! $"/&-%&&0 SANTA (Infdo: Ddo.( la acci%n de desalojo es una acci%n real sin em)ar*o, tal acci%n persi*ue la defensa de uno de los derec$os !ue la le" le confiere al propietario, !ue es la rei+indicaci%n, la !ue de acuerdo al artculo ' del /./. es i+prescrip.i1le. i+prescrip.i1le. 0or tal raz%n, no procede declarar la nulidad s%lo por la defensa del formalismo, sino lo !ue interesa es sal+ar el acto por razones de economa " celeridad procesal.
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2te. ( Rei)inicación CAS N! 2"2#-%&&0 LA LI3ERTAD Fdo. de 2te.( 0&).'33'445. 06*.''747 Se $a inaplicado el artculo 85 del /./., !ue re*ula la edificaci%n de )uena fe en terreno ajeno, norma !ue resulta de aplicaci%n en el presente caso, de)ido a !ue los actores ci+iles $an demandado e#presamente !ue se declare la accesi%n de la fa)rica construida construida por los demandados en terreno de su propiedad. Resulta necesario !ue !ue e#cepcionalmente, se dispon*a el reen+i% del proceso a fin de !ue las instancias de m9rito e#pidan nue+a resoluci%n pronunci6ndose acerca de las formalidades acumuladas pues an.es 4ue el res,uaro e las *or+aliaes procesales, procesales, e#isten otras prioridades procesales !ue res*uardar, tales como la e!uidad, el derec$o a la tutela jurisdiccional, " la justicia misma.