FONCOMUN
DEFINICIÓN: El Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN) es un fondo establecido en la Const Constitu itució ción n Políti Política ca del Perú, Perú, con el objeti objetivo vo de promov promover er la inver inversió sión n en las las diferentes municipalidades del país, con un criterio redistributivo en favor de las zonas más alejad alejadas as y depri deprimid midas, as, priori priorizan zando do la asigna asignació ción n a las las locali localida dades des rural rurales es y urbano-marginales urbano-marginales del país.
BASE LEGAL: •
El artí artícu culo lo 86º 86º del del Decr Decret eto o Legi Legisl slat ativ ivo o 776, 776, Ley Ley de Trib Tribut utac ació ión n Muni Munici cipa pal,l, modificado por el artículo 31º del Decreto Legislativo Nº 952, crea el Fondo de Compensación Municipal.
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El numeral 5 del artículo 196º de la Constitución Política del Perú, establece que los recursos asignados del Fondo de Compensación Municipal constituyen rentas de las municipalidades.
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Decreto Legislativo N° 776 -Ley de Tributación Municipal-: Municipal-: artículos 81º al 89º; que regulan el FONCOMUN.
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Decr Decret eto o Supr Suprem emo o N° 06-9 06-944-EF EF;; que que fija fija los los crit criter erio ioss de asig asigna naci ción ón del del FONCOMÚN.
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Decr Decret eto o Legi Legisl slat ativ ivo o N° 952 952 - Decr Decret eto o Legi Legisl slat ativ ivo o que que modi modififica ca el Decr Decret eto o Legislativo Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal. Municipal.
COMPOSICIÓN: El artículo 86º del Decreto Legislativo 776, Ley de Tributación Municipal (modificado por el artícu artículo lo 31º del Decre Decreto to Legisl Legislati ativo vo Nº 952), 952), determ determin ina a los recur recursos sos que conforman el FONCOMÚN:
Promedio 2005 a. Impuesto de Promoción Municipal (IPM IPM) 93,95 % b. Impuesto al Rodaje 6,12 % c. Impuesto a las Embarcaciones de Recreo 0,13 ,13 % CRITERIOS DE ASIGNACIÓN: 1. PROCESO DE ELABORACIÓN DE LOS ÍNDICES DE DISTRIBUCIÓN
Los recursos del Fondo se transfieren de manera íntegra a las 1831 municipalidades del país, considerando los criterios de distribución que se encuentran determinados en el Decreto Supremo Nº 06-94-EF: población, tasa de mortalidad, nivel de Necesidades Básicas Insatisfechas (para el caso de las Provincias de Lima y Callao), y tasa de ruralidad (para el resto del país); información estadística proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), que es la institución oficial con competencia en la materia.
Así, el proceso de elaboración de los índices de distribución del FONCOMÚN comprende: Paso 1: Del índice provincial Se construye un índice provincial para las 194 provincias del país, considerando dos factores en cada una de ellas: •
Población total
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Tasa de mortalidad infantil.
Paso 2: De los índices de los distritos y de las capitales provinciales Obtenido el índice provincial, en cada provincia se construyen los índices para todas sus municipalidades distritales de acuerdo al siguiente procedimiento: .
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Se asigna el 20% del índice provincial a la municipalidad provincial. Se distribuye el 80% restante entre todos los municipios distritales de la
provincia, incluida la municipalidad provincial (que participa en este rubro como un distrito más), considerando: b.1. Para los municipios de las provincias de Lima y Callao, los siguientes criterios que buscan
favorecer a la zona que presenta mayores necesidades básicas
insatisfechas: •
Población
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Tasa de analfabetismo en personas mayores de 15 años
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Hogares que se caracterizan por tener al menos un niño que no asiste a la escuela
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Hogares sin agua dentro de la vivienda
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Hogares sin desagüe dentro de la vivienda
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Hogares sin alumbrado eléctrico
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Hogares con vivienda improvisada
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Hogares con 3 o más personas por dormitorio
b.2. Para los municipios del resto de provincias del país, los siguientes criterios que buscan
favorecer a las zonas rurales:
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Población rural (multiplicada por 2)
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Población urbana (multiplicada por 1)
De esto resulta que el tener mayor población total (no electoral) no significa necesariamente mayor asignación, debido a que ello dependerá también del tipo de población (rural o urbana) al interior del distrito. .
El índice del municipio capital resulta de sumar lo asignado en el literal "a" y lo
que le corresponde del literal "b". Los índices de los distritos resultan del literal "b". En cada provincia la suma de los índices obtenidos en el "Paso 2" debe ser igual al índice provincial obtenido en el "Paso 1".
2. LA ASIGNACIÓN MENSUAL DEL FONCOMÚN Y LOS MONTOS MÍNIMOS Paso 3: De la Asignación mensual: Obtenidos los índices de los 1831 municipios del país (195 provinciales y 1636 distritales), se procede a multiplicarlos con el monto total mensual del FONCOMÚN (bolsa nacional), para obtener así la asignación mensual que le correspondería a cada municipio.
Paso 4: Del FONCOMUN Mínimo De acuerdo a lo establecido en el Artículo 88º del Decreto Legislativo Nº 776, modificada por Decreto Legislativo Nº 952, ningún municipio puede recibir menos de 8 UITs. En razón a ello, la asignación mensual que le correspondería a cada municipio, tiene que ser corregida para que ninguno reciba menos de S/. 26 400, afectando el FONCOMÚN total. Este proceso redistributivo, que se calcula en la misma bolsa nacional, implica reducir de manera prorrateada, los recursos de aquellos municipios que superan el monto mínimo.
FLUCTUACIONES EN LA ASIGNACIÓN Los recursos que se distribuyen por el FONCOMÚN están determinados principalmente por la recaudación del IPM (93,95% del FONCOMÚN). A su vez, el IPM está estrechamente ligado al desenvolvimiento del Impuesto General a las Ventas (IGV), en virtud de que lo establecido por el artículo 76° del Decreto Legislativo N° 776, el cual menciona que el Impuesto de Promoción Municipal grava con una tasa del 2% las operaciones afectas al régimen del IGV.
Por tanto, la asignación mensual del Fondo de Compensación Municipal estará directamente relacionada con el desempeño de la recaudación fiscal del mes anterior; cuando la recaudación es buena, la asignación del mes siguiente crece y cuando la recaudación se reduce, los municipios reciben una menor asignación. La asignación mínima de 8 UITs también exacerba las fluctuaciones ante una caída en la recaudación. Dado que el FONCOMUN es una bolsa nacional (por lo tanto, darle más recursos a un municipio implica reducir los recursos de otro), el hecho de garantizar cada mes el pago de 8 UITs, implica que los municipios que reciben montos superiores al mínimo, se ajusten más en sus recursos.
MONTOS DISTRIBUIDOS DURANTE LOS ÚLTIMOS AÑOS
En los últimos 5 años el promedio de crecimiento del FONCOMÚN anual ha sido de 7,8%. Este crecimiento promedio se mantendría en los próximos años.
MONTOS DISTRIBUIDOS POR DEPARTAMENTOS
¿De dónde provienen los recursos del Foncomun? Los recursos del Foncomun son recursos públicos que se obtienen de tres fuentes: 1. Impuesto de Promoción Municipal (IPM): Se cobra como una sobretasa al IGV y se financia con el 2% sobre las operaciones de compra y venta de bienes y servicios que
recauda el Gobierno Nacional a través de la SUNAT. Representa el 94% del Foncomun. 2. Impuesto al Rodaje: Se financia con el 8% sobre el precio ex-planta de combustibles (exceptuando al Gas Licuado de Petróleo y al Diesel 2) y lo recauda la SUNAT. Representa el 6% del Foncomun. 3. Impuesto a las Embarcaciones de Recreo: Se obtiene de gravar con 5% al valor de compra de las embarcaciones y lo recauda la SUNAT. Representa el 0.13% del Foncomun.
El impuesto de Promoción Municipal (IPM) es la principal fuente de financiamiento del Foncomun. El IPM representa el 2% del IGV que pagamos en todas nuestras compras y ventas. Esto quiere decir que, aproximadamente el 2% del IGV que paga cada ciudadano cuando realiza sus compras va directamente a financiar el Foncomun. A diferencia de otras transferencias como, por ejemplo, el Canon Minero que se financia con el 50% del impuesto a la renta que pagan las empresas que realizan operaciones extractivas del recurso mineral del departamento, el Foncomun lo pagan los ciudadanos.
¿Cuáles son las fuentes de financiamiento de las municipalidades? El financiamiento del Presupuesto Público de los Gobiernos Locales proviene de diversas fuentes: pago de impuestos como el IGV, Impuesto a la Renta e ISC (que son
recaudados por el Gobierno Central y financian programas como el Vaso de Leche y Programas de Lucha contra la Pobreza), tasas (licencias, arbitrios), impuestos municipales como el impuesto predial, alcabala, impuesto vehicular, etc. También son fuentes de financiamiento las transferencias que el Gobierno Central realiza a los Gobiernos Locales como el Foncomun, Canon Minero, Canon Gasífero, entre otras. Finalmente, los Gobiernos Locales también pueden financiarse con préstamos y donaciones. Este año, el Presupuesto de los Gobiernos Locales asciende a S/. 10, 882 millones de soles y las fuentes de financiamiento son las siguientes:
La importancia que tiene el Foncomun como fuente de financiamiento del Presupuesto Público de los Gobiernos Locales es relevante, pues financia el 28% de todo el presupuesto; aunque si se suma la fuente de financiamiento del canon minero y los otros tipo de canon, éstos juntos llegan a financiar el 34% de todo el Presupuesto Público. Si se analiza la importancia que tiene el Foncomun en el Presupuesto Público de cada municipalidad del Perú se encuentra que el Foncomun asignado a 994 municipalidades financia entre un 25% y 49% su Presupuesto Público. Así mismo, se encuentra que 12 municipalidades dependen principalmente de la asignación del Foncomun para que puedan realizar sus diversas actividades.
¿A cuánto asciende el Foncomun? El Foncomun es una de las transferencias que realiza el Gobierno Central a los Gobiernos Locales cuyo monto viene creciendo. En los últimos diez años ha crecido 143% llegando a más de S/. 3 millones este año.
Si se divide el monto total del Foncomun asignado a los Gobiernos Locales entre la población de todo el país se obtiene el Foncomun per Cápita cuyo monto es de S/. 103 y se ha duplicado en los últimos diez años. Por otro lado, el Foncomun por Km2 , que resulta de dividir el monto total de Foncomun entre todo el área del territorio nacional, es de S/. 2, 42 para este año y se ha incrementado en 143% en los últimos diez años.
¿Qué importancia tiene el Foncomun en las transferencias del Gobierno Central asignadas a los Gobiernos Locales? Hace diez años el Foncomun era la transferencia más importante (75%) en términos de montos que recibían los gobiernos locales. Dado el crecimiento de otras transferencias, como el Canon Minero por ejemplo, este año el Foncomun solo representa el 32% del total de transferencias del Gobierno Central a los Gobiernos Locales.
En los últimos diez años el Gobierno Central ha transferido a los Gobiernos Locales más de S/. 46 miles de millones, de los cuales el 41% corresponde al Foncomun. Es a partir del año 2004 en donde el Foncomun deja de ser la transferencia más importante. Así mismo se puede apreciar que el monto total de las transferencias asignadas se han incrementado en más del 400%.
¿Cómo se calcula el Foncomun? El monto del Foncomun asignado a una municipalidad depende de la población, situación de pobreza y ruralidad de la municipalidad. Para ello se tiene en cuenta los siguientes factores: • Población: Los distritos con mayor población recibirán un mayor monto • Indicadores de pobreza: Los distritos que tengan los indicadores de tasa de mortalidad, tasa de analfabetismo en mayores de 15 años y las Necesidades Básicas Insatisfechas (NBIs) 1 más alta recibirán un mayor monto. • Ruralidad: Los distritos que sean rurales recibirán un mayor monto. • Monto mínimo: El monto asignado a cada distrito no puede ser inferior a 8 UITs ni a los montos asignados el mismo mes del año anterior. Para distribuir el Foncomun, se utilizan índices provinciales y distritales, que son calculados y aprobados cada año por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante resolución ministerial. Estos índices, de acuerdo con el D.S. N° 06-94-EF publicado el 29 de enero de 1994, se construyen utilizando los siguientes indicadores (mayor detalle ver Anexo):