CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL Conste por el presente documento que se firma por duplicado, del contrato de arren arrenda damie miento nto que celeb celebra ran n de una una parte parte como como “ARRENDADOR” a la Sra. Sra. GENIT DELGATO DELGATO TOES, identificado con DNI N! ""#$%%&&, domiciliado en la Av.. Tito Jaime N! $$% de la Ciudad de Tin'o (ar)a, *ro+incia de Leoncio *rado, Av Departa Departament mento o de u-nuc u-nuco o , de la otra parte la Asocia Asociaci/n ci/n Educati+a Educati+a Isaac Isaac Ne0ton con 1C "23$"$2&$4&, representado le'almente por su *residente el Sr. Luis 5-sque6 5-sque6 torres, torres, identificado identificado con DNI N! ""#$%%&4, ""#$%%&4, con domicilio domicilio le'al le'al en la A+. A+. Tito Tito 7aime 8ern-nde6 8ern-nde6 N! $$4 de la misma Ciudad , en calid calidad ad de “ARRENDATARIO”, de acuerdo a los t9rminos : condiciones si'uientes;
CLAUSULA PRIMERA: PRIMERA: Objeto de !o"t#ato LA ARRENDADORA da en arrendamiento al ARRENDATARIO el inmueble de su propiedad, ubicado en la A+. Iquitos sS1NA >S1NA*?, *?, para ser destina destinado do e@clusi e@clusi+ame +amente nte como local local Educati+o del Cole'io de Ciencias de la que es promotora la Asociaci/n.
CLAUSULA SE$UNDA: Pa%o de A##e"damie"to El presente contrato tendr- una duraci/n de " meses desde el 2B2B"2$ >uno de octubre del dos mil diecis9is? : que +encer- indefectiblemente el 32B2B"2 >treinta de setiembre del dos mil diecisiete?. Este contrato se podr- reno+ar, de e@istir un com=n acuerdo, por escrito, entre ambas partes. El ARRENDATARIO se compromete a desocupar el inmueble a la feca de culminaci/n del contrato, sin necesidad de notificaci/n o a+iso pre+io por parte de la ARRENDADORA.
CLAUSULA TERCERO: Me#!ed Co"d&!tiva' Re(o&!i)" *o# +ata de *ao. La merc merced ed cond conduc ucti ti+a +a pact pactad ada a es de S-. S-. ,/// ,///./ ./// 0CUA 0CUAT TRO MI MIL L 1 /-2// /-2// NUE3OS SOLES4, suma que EL ARRENDATARIO abonara por adelantado todas las fecas de cada mes, sin necesidad de cobro o requerimiento de nin'una clase por parte de LA ARRENDADORA.
El pa'o de la (erced Conducti+a, para ma:or facilidad, se'uridad : constancia de ambas partes, deber- acerse mediante dep/sito en la cuenta de aorros N! &$2B 34&%&"4B2B32 del anco de Cr9dito del *er= a nombre de Genit Del'ado Torres.
CLAUSULA CUARTO: De at#a(o o i"!&m*imie"to de a o*o#t&"idad de *ao. Fueda e@presamente con+enida entre las partes, que la demora en el pa'o por parte del ARRENDATARIO del importe que debe donar a LA ARRENDADORA, por concepto de renta mensual, quedara sueto al pa'o adicional de S<. &2.22 >Ciento cincuenta soles? por cada d)a de atraso, despu9s de la feca m-@ima indicada en la cl-usula tercera, esto por concepto de (OA.
CLAUSULA 5UINTO: De o( *ao( a !a#o de A##e"data#io. El arrendatario se obli'a al pa'o puntual a la entidad que presta el ser+icio, del consumo de lu6, a'ua, tel9fono, internet, arbitrios municipales : serena6'oH : otros que pudiera contratar durante la +i'encia del presente contrato. La falta de pa'o de la (erced Conducti+a en forma estipulada, dar- lu'ar a la resoluci/n autom-tica del presente contrato, autori6ando a la ARRENDADORA para establecer las acciones que contemple la Le:. En el supuesto caso de que el ARRENDATARIO incumpla con su obli'aci/n de desocupar el inmueble, :a sea por +encimiento del contrato, falta de pa'o u otra causa, pa'ara a LA ARRENDADORA adicionalmente a la renta pactada, una penalidad i'ual al triple de la renta mensual por cada mes o fracci/n de mes que contin=e ocupando el inmueble, asta su desocupaci/n total : efecti+a, por concepto de indemni6aci/n.
CLAUSULA S67TO: U(o( de bie" a##e"dado. El inmueble materia del presente contrato ser- dedicado =nica : e@clusi+amente para local educati+o. LA ARRENDATARIA est- proibida de subarrendar o traspasar en todo o en parte el inmueble materia del presente Contrato. El incumplimiento de esta proibici/n determinara la rescisi/n del contrato : facultara a LA ARRENDADORA e@i'ir la desocupaci/n del inmueble.
CLAUSULA SETIMO: Co"di!io"e( de i"m&ebe 1 !om*#omi(o( de (&( ma"te"imie"to.
El inmueble arrendado tiene una e@tensi/n de 4,$#%.$# m", con instalaciones deporti+as >dos lo6as deporti+as tecadas, piscina semi ol)mpica, con sala de m-quinas, ser+icios i'i9nicos : estacionamientos?. EL ARRENDATARIO se compromete a mantener : entre'ar el inmueble >sanitarios, 'rifer)a, instalaciones el9ctricas, pisos, puertas, +entanas, pintura, ma:/licas? en perfectas condiciones : funcionando, es decir, en las mismas condiciones como lo recibi/ al inicio de esta relaci/n contractual, sin m-s deterioro que el causado por el uso normal del inmueble. Cualquier dao, deterioro o a+er)a en el inmueble que ocurra como resultado del uso del inmueble, que no sea considerado resultado de un uso normal, es responsabilidad del ARRENDATARIO .
CLAUSULA OCTA3O: Mejo#a( o modi+i!a!io"e( de i"m&ebe a##e"dado. Cualquier modificaci/n o meora adicional que se quiere introducir al inmueble deber- tener la autori6aci/n escrita de LA ARRENDADORA. Toda meora del inmueble que LA ARRENDATARIA no a:a retirado a la finali6aci/n o rescisi/n del contrato, quedara : beneficiara 'ratuitamente a LA ARRENDADORA.
CLAUSULA NO3ENO: 8e!9o( +o#t&ito( im*#evi(ibe(. Fueda con+enido que LA ARRENDADORA no tendr- nin'una responsabilidad por daos causados por ecos impre+isibles, fortuitos ine+itables, robos, incendios, llu+ias, conmoci/n ci+il o cualquier cosa fuera de su control. Contra todos estos ries'os EL ARRENDATARIO deber- ase'urarse por su cuenta.
CLAUSULA DECIMO: Re(o&!i)" &"iate#a. LA ARRENDADORA no podr- rescindir el presente contrato de forma unilateral sin las causas especificadas en el presente contrato. EL ARRENDATARIO podrponer fin al presente Contrato notificando dica decisi/n por escrito a la ARRENDADORA, comprometi9ndose al pa'o de alquiler asta el d)a en que desocupe el inmueble, : abonando a la ARRENDADORA la suma equi+alente a " meses de renta por concepto de lucro Cesante.
CLAUSULA DE ALLANAMIENTO A UTURO DEL ARRENDATARIO: CLAUSULA UNDECIMO: *or la presente EL ARRENDATARIO se somete de manera anticipada, e@presa, +oluntaria : sin restricci/n al'una a la Cl-usula de
Allanamiento a 8uturo pre+ista en la Le: 32"2 >publicada el "%<2&<"24 en el Diario Oficial El *eruano? que modifica el art)culo ! del C/di'o *rocesal Ci+il. *or lo tanto, en caso la +i'encia del presente contrato de arrendamiento a:a concluido o se a:a incurrido en dos >2"? meses : quince >&? d)as de mora en el pa'o del alquiler pactado, EL ARRENDATARIO se compromete a desocupar : restituir inmediatamente el inmueble a LA ARRENDADORA. En este sentido, EL ARRENDATARIO reconoce que solo podr- contradecir una demanda de desaloo, en caso el contrato de arrendamiento si'a +i'ente o se a:a cancelado el alquiler adeudado :, que dica contradicci/n solo podrsustentarse en la +i'encia del contrato de arrendamiento o en el pa'o del alquiler adeudado.
CLAUSULA DUODECIMO: LA ARRENDADORA seala como su domicilio el consi'nado en la introducci/n del presente contrato : EL ARRENDATARIO seala como su domicilio, el del inmueble materia del presente contrato, indicado en la cl-usula primera, donde bastara se curse cualquier comunicaci/n notarial, udicial o e@traudicial. Estando conforme las partes con el contenido de este Contrato, lo suscriben en duplicado en la ciudad de Tin'o (ar)a el s-bado 2 de octubre de "2$.
BBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBB BBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBBB GENIT DELGADO TOES
LA AENDADOA >*O*IETAIA?
ASOC. ED1CATI5A ISACC NEJTON
EL AENDATAIO >INF1ILINO?