AUTORIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (AMPYME) A. VISIÓN Y MISIÓN
Misión La Misión de la AMPYME es consolidar, fortalecer, dinamizar la autogestión de las Mipymes mediante la ejecución de políticas de promoción orientadas a la consolidación, productividad y autoso aut ososte stenib nibilid ilidad ad del sec sector tor,, con la fin finali alidad dad de gen genera erarr emp empleo leoss dign dignos, os, mej mejora orarr la distribución de la riueza nacional y reducir los niveles de pobreza!
Visión "nstitución rectora en materia de la micro, peue#a y mediana empresa y responsable de gene ge nera rarr la lass co cond ndic icio ione ness pa para ra el de desa sarr rrol ollo lo de dell se sect ctor or po porr su ca car$ r$cte cterr mu multltis isec ecto tori rial al y capacidades de generar empleos!
B. CLASIFICACIÓN DE LAS EMPRESAS La Autoridad de la Micro, Peue#a y Mediana Empresa clasifica a las empresas de la siguiente manera%
MICROEMPRESAS: Auella unidad económica, formal o informal, ue genere ingresos brutos o facturación anuales &asta la suma de d e '(! )*+,+++!++! brutos o anuales PEQUEÑA EMPRESA: Auella unidad económica ue genere ingresos brutos desde '(! )*+,+++!+) &asta un millón de balboas!
MEDIANA EMPRESA: Auella unidad económica ue genere ingresos brutos o facturación anuales desde un millón de balboas con un centsimo &asta - millones uinientos mil balboas! El ingreso bruto anual, es el total de los ingresos en dinero, en especie o valores, percibidos o devengados en un a#o fiscal, menos las devoluciones, descuentos u otros conceptos similares, de acuerdo con la ley, los usos y costumbres de la plaza!
C. LEYES Y/O POLÍTICAS QUE LA SUSTENTA LEY No. 8 ./E -0 /E MAY1 /E -+++2
Capítulo 1 Ámbito de Aplicación y Defniciones Artículo 1. Se crea la Autoridad de la Micro, Pequea y Mediana !mpresa, que
en adelante se denominar" AMP#M!, como una entidad autónoma del !stado, rectora en la materia de micro, pequea y mediana empresa. Artículo $. %a AMP#M! tiene la fnalidad de &omentar el desarrollo de la micro, pequea y mediana empresa, mediante la e'ecución de la política nacional de estímulo y &ortalecimiento del sector, para contribuir con la (eneración de empleos producti)os, el crecimiento económico del país y una me'or distribución del in(reso nacional. Artículo *. %a AMP#M! estar" representada ante el +r(ano !'ecuti)o por conducto del Ministerio de Comercio e ndustrias. Artículo -. Para los e&ectos de la presente %ey, los si(uientes trminos se defnen así/ 1. Asociación estrat(ica. 0nión permanente o temporal entre empresas con el fn de &ortalecerlas. &ortalecerlas. $. ncubadora de empresas. Centro dotado de instalaciones y ser)icios no fnancieros para &acilitar la (estación de empresas. *. ue)os modelos asociati)os. 2ormas inno)adoras de colaboración entre empresas, como respuesta a la e)olución de los mercados. -. Parque industrial. Área (eo(r"fca con in&raestructuras y &acilidades para la instalación de industrias. industrias. 3. Proceso de reacti)ación. Con'unto de acti)idades que desarrolla una empresa, ba'o circunstancias di&íciles, para superar esa coyuntura. 4. 0nidad económica. Persona natural o 'urídica con capacidad de (enerar in(resos, producto de sus acti)idades empresariales y artesanales. 5. 0nidad operati)a. Componente &uncional, &ormado por una persona o (rupo de personas, a quien se le responsabili6a de la e'ecución y se(uimiento de determinados proyectos donde stos se desarrollan. 7. 0so intensi)o de mano de obra. Contratación de recursos recursos 8umanos en mayor proporción que la in)ersión de capital. 9. :inculación estrat(ica. Alian6a a lar(o pla6o entre empresas, que se establece con el fn de complementarse para lo(rar ob'eti)os. 1;. Sector in&ormal. Con'unto de acti)idades económicas reali6adas por la población e
o nue)as 8erramientas de traba'o, con el ob'eto de mantener su competiti)idad. competiti)idad. Artículo 3. Para los e&ectos de la presente %ey, se defnen los (rupos?meta así/ 1. Microempresa/ 0nidad económica, &ormal o in&ormal, que (enere in(resos brutos o &acturación anuales 8asta la suma de ciento cincuenta mil balboas @>. 13;,;;;.;;B. $. Pequea empresa/ 0nidad económica que (enere in(resos brutos o &acturación anuales desde ciento cincuenta mil balboas con un centsimo
@>.13;,;;;.;1B 8asta un millón de balboas @>.1,;;;,;;;.;;B, *. Mediana empresa/ 0nidad económica que (enere in(resos brutos o &acturación anuales desde un millón de balboas con un centsimo @>.1,;;;,;;;.;1B 8asta das millones quinientos mil balboas @>. $,3;;,;;;.;;B, Par"(ra&o. %os traba'adores de estas empresas se re(ir"n por el Códi(o de raba'o. %os incenti)os y benefcios estar"n diri(idos e
permitan diri(ir recursos en benefcio del sector. 9. Propiciar la di)ul(ación de mecanismos y oportunidades de ne(ocios. 1;. !stablecer )ías de captación de in)ersiones, así como de recursos nacionales e internacionales, para el desarrollo, de pro(ramas y proyectos de apoyo. 11. Promo)er su participación en e)entos, or(ani6aciones, &oros y reuniones nacionales e internacionales. 1$. Coordinar con las entidades pEblicas que desarrollan acti)idades relacionadas con el sector, para que se con)iertan en &acilitadoras de las iniciati)as de los empresarios y de la recon)ersión laboral de los desempleados. 1*. mpulsar su participación complementaria en la cadena de producción y en los actos de contratación de bienes y ser)icios del !stado. 1-. Pro)eer ser)icios de in&ormación y documentación sobre temas de inters. 13. Mantener estadísticas actuali6adas y pEblicas. 14. Concertar iniciati)as para la creación de incubadoras de empresas y parques industriales. 15. 0nir es&uer6os para el desarrollo de pro(ramas educati)os, en todos los ni)eles de escolaridad, tendientes a la &ormación de empresarios. 17. Proponer al +r(ano !'ecuti)o políticas de promoción y apoyo en los di)ersos sectores de la economía. Capítulo : !structura Administrati)a Artículo 7. %a AMP#M! contar" con un comit directi)o y una dirección (eneral. Artículo 9. %os pro(ramas y proyectos de la AMP#M! se e'ecutar"n mediante unidades operati)as pro)inciales y comarcales y>o a tra)s de la subcontratación de ser)icios. Artículo 1;. Se &aculta a la AMP#M! a fn de crear y or(ani6ar la estructura administrati)a para su &uncionamiento, con el ob'eto de darle cumplimiento a la presente %ey. Artículo 11. %a AMP#M! podr" crear y re(lamentar un comit en cada pro)incia, o comarca para el desarrollo de la micro, pequea y mediana empresa, inte(rado por representantes de stas y de las autoridades de la respecti)a pro)incia o comarca, con el fn de &omentar, promo)er y asesorar a las micro, pequeas y medianas empresas en su correspondiente localidad. Adem"s, podr" crear y re(lamentar 'untas municipales para la promoción de la micro, pequea y mediana empresa, inte(radas por representaciones del sector que operan en cada distrito y por las respecti)as autoridades municipales. Capítulo : Comit Directi)o Artículo 1$. Se crea el comit directi)o de la AMP#M!, que estar" inte(rado por/ 1. !l ministro o la ministra de Comercio e ndustrias, quien la presidir"F en su de&ecto, ser" reempla6ado por el )iceministro o )iceministra.
$. !l director o la directora (eneral de la AMP#M!, o quien desi(ne en su ausencia, solamente con derec8o a )o6. *. Dos representantes del Conse'o acional de la !mpresa Pri)ada @C!PB. -. 0n representante o una representante de la 0nión acional de la Pequea y Mediana !mpresa @0P#M!B. 3. Dos representantes de la =ed acional de r(ani6aciones de Micros y Pequeas !mpresas @=!DM#P!MB. 4. 0n representante o una representante del Conse'o acional de los raba'adores r(ani6ados @CAB. 5. !l Contralor General de la =epEblica, sólo con derec8o a )o6. Artículo 1*. !l comit directi)o de la AMP#M! desi(nar" al personal que constituir" la secretaría tcnica, quien no tendr" derec8o a dietas, ni a )o6, ni a )oto. Artículo 1-. %as entidades del sector pri)ado nombrar"n a sus representantes para un periodo de cinco aos, concurrente con el presidencial. Cada miembro tendr" un suplente, desi(nado en la misma &orma y por i(ual periodo que su principal, quien lo reempla6ar" en sus ausencias temporales. %os representantes del sector pri)ado deber"n ser remo)idos por la Presidenta o el Presidente de la =epEblica, a solicitud de la respecti)a entidad. !n caso de remoción, el suplente tomar" el car(o de principal por el resto del periodo, y la entidad correspondiente nombrar" a un nue)o suplente. Artículo 13. !l comit directi)o de la AMP#M! se reunir", por los menos, una )e6 al mes y cuando el Ministro o la Ministra de Comercio e ndustrias, el director o la directora (eneral o la mayoría de sus miembros lo solicite por escrito, con cinco días 8"biles de antelación, y e
o de la directora (eneral. 1;. Proponer a los microempresarios in&ormales su &ormali6ación a tra)s de (rupos asociati)os. 11. =ecomendar al +r(ano !'ecuti)o las modifcaciones que considere necesarias al decreto que re(lament esta %ey. Capítulo : Director o Directora General Artículo 17. %a AMP#M! tendr" un director o directora (eneral y un subdirector o subdirectora (eneral nombrados por el +r(ano !'ecuti)o. Artículo 19. %a Asamblea %e(islati)a aprobar" el nombramiento del director o directora (eneral, quien e'ercer" el car(o por un periodo de cinco aos, concurrente con el periodo presidencial. Artículo $;. Para ser director o directora (eneral se requiere/ 1. Ser de nacionalidad panamea y mayor de )einticinco aos. $. o 8aber sido condenado por delito comEn, contra la cosa pEblica o por quiebra &raudulenta. *. ener por lo menos cinco aos de e. $3;,;;;.;;B, su'eto a las normas de contrataci4n pEblica.
11. ombrar, trasladar, ascender, suspender, conceder licencia, remo)er personal subalterno e imponerle sanciones de acuerdo con la ley. !l nombramiento y remoción del subdirector o subdirectora (eneral, los 'e&es de departamento y directores de "reas operati)as pro)inciales y com"rcales, estar"n su'etos a la ratifcación del comit directi)o. 1$. mpulsar pro(ramas de capacitación y adiestramiento del personal, de acuerdo con sus prioridades. 1*. !'ercer las dem"s &unciones que le asi(ne la ley. Artículo $*. !l subdirector o la subdirectora (eneral ser" un colaborador del director o la directora (eneral, e'ercer" las &unciones que ste le encomiende o dele(ue y lo reempla6ar" durante sus ausencias accidentales o temporales. Artículo $-. !l director o la directora (eneral de la AMP#M! podr" ser remo)ido de su car(o por el +r(ano !'ecuti)o, por las si(uientes causales/ 1. ncapacidad para cumplir sus &unciones. $. Declaratoria de quiebra. *. ncumplimiento de las obli(aciones y pro8ibiciones que le impone esta %ey. -. Ser condenado por delito doloso. Capítulo : Patrimonio Artículo $3. !l +r(ano !'ecuti)o (aranti6ar" a la AMP#M! las partidas presupuestarias para cumplir sus &unciones, sin per'uicio de los recursos que esta institución adquiera por/ 1. Donaciones y le(ados aceptados. $. ienes o derec8os que adquiera o reciba a cualquier título. *. 2rutos y rentas que (eneren sus bienes y sus ser)icios. Capítulo : Disposiciones 2inales Artículo $4. %a presente %ey ser" re(lamentada por el +r(ano !'ecuti)o dentro de un pla6o de seis meses, a partir de su promul(ación. Artículo $5. %as &unciones, el personal y el presupuesto del Departamento de Crdito y peraciones de la Dirección General de Pequeas !mpresas del Ministerio de Comercio e ndustrias, ser"n adscritos al Hu6(ado !'ecutor del Ministerio de Comercio e ndustrias. Artículo $7 @transitorioB. %as empresas que estn aco(idas a los benefcios de la %ey 9 de 1979, continuar"n con stos en los mismos trminos y condiciones que les &ueron concedidos. %a AMP#M! dar" se(uimiento a las empresas aco(idas a estos benefcios, mientras estn )i(entes los respecti)os re(istros. Artículo $9. %os (astos de &uncionamiento de la AMP#M! estar"n consi(nados dentro del Presupuesto General del !stado. Artículo *;. %a presente %ey dero(a el Decreto !'ecuti)o -* de 1; de mayo de 1959, el Decreto !'ecuti)o -$ de $3 de mayo de 1977, la %ey 9 de 19 de enero
de 1979, e
Iue dicta normas para el &omento a la creación y desarrollo de la Micro, Pequea y Mediana !mpresa Artículo 1. Misión y b'eti)os. %a presente %ey establece un r(imen normati)o para &omentar la creación, el desarrollo y el &ortalecimiento de la micro, pequea y mediana empresa, mediante políticas de promoción orientadas a la consolidación, producti)idad y autosostenibilidad del sector, con la fnalidad de (enerar empleos di(nos, me'orar la distribución de la rique6a nacional y reducir los ni)eles de pobre6a. !ste r(imen estar" coordinado y diri(ido por la Autoridad de la Micro, Pequea y Mediana !mpresa @AMP#M!B, en adelante la Autoridad. Artículo $. Defniciones. Para los e&ectos de la presente %ey, los si(uientes trminos se defnen así/ 1. %a Autoridad. !ntidad (ubernamental que coordinar" y diri(ir" el r(imen normati)o establecido por esta %ey, orientada específcamente 8acia la micro, pequea y mediana empresa @Autoridad de la Micro, Pequea y Mediana !mpresaB. $. Microempresa. 0nidad económica, &ormal o in&ormal, que (enere in(resos brutos o &acturación anuales 8asta la suma de ciento cincuenta mil balboas @>. 13;,;;;.;;B. *. Pequea empresa. 0nidad económica que (enere in(resos brutos o &acturación anuales desde ciento cincuenta mil balboas con un centsimo @>. 13;,;;;.;1B 8asta un millón de balboas @>. 1,;;;,;;;.;;B. -. Mediana empresa. 0nidad económica que (enere in(resos brutos o &acturación anuales desde un millón de balboas con un centsimo @>. 1,;;;,;;;.;1B 8asta dos millones quinientos mil balboas @>.$,3;;,;;;.;;B. 3. n(reso bruto anual. otal de los in(resos en dinero, en especie o en )alores, percibidos o de)en(ados en un ao fscal, menos las de)oluciones, descuentos u otros conceptos similares, de acuerdo con la ley, los usos y costumbres de la pla6a. 4. :entanilla Enica. Mecanismo a tra)s del cual se (estionan, de una sola )e6, todos los tr"mites pertinentes a la inscripción de una empresa, al inicio de sus acti)idades, a la reno)ación periódica de sus obli(aciones &rente al !stado y al cierre de sus operaciones. Artículo *. 2inalidad. !ste r(imen tiene como fnalidad/ 1. Propiciar la estructuración de un pro(rama inte(ral, consultado con el sector pri)ado, con el ob'eto de &omentar el &ortalecimiento, la consolidación y la autosostenibilidad de la micro, pequea y mediana empresa. !)aluar, uni&ormar y moderni6ar las normas para el desarrollo del sector.
*. 2omentar la adopción de modelos asociati)os y de redes de producción, distribución y comerciali6ación entre las empresas locales, y de stas con las e
Artículo 5. Políticas. !l +r(ano !'ecuti)o, en coordinación con el sector pri)ado y de acuerdo con la misión y ob'eti)os de este r(imen, &ormular" las políticas sectoriales específcas que sir)an de base para la estrate(ia de &omento a la creación y desarrollo de las micro, pequeas y medianas empresas. Artículo 7. !stímulos del !stado. K !l !stado establecer" los pro(ramas de apoyo fnanciero, aduanero y fscal que estime con)enientes para &acilitar y promo)er las acti)idades de la micro, pequea y mediana empresa. Cuando este estímulo consista en la concesión de benefcios estatales, se tendr" como marco de re&erencia la efciencia, la efcacia y la economía, orientadas 8acia el &omento de la producti)idad, competiti)idad y (eneración de empleos, pre)ia comprobación por la autoridad (ubernamental competente. !stos benefcios se conceder"n por tiempo defnido y el +r(ano !'ecuti)o establecer" la re(lamentación respecti)a. Artículo 9. ramitación administrati)a. !l procedimiento administrati)o que deben cumplir las micro, pequeas y medianas empresas para su &uncionamiento, ser" e
Artículo 1-. Se(uridad social. !l !stado, mediante la Ca'a de Se(uro Social y en coordinación con la Autoridad, buscar" la masi)a incorporación de los patronos y traba'adores de la micro y pequea empresa en la se(uridad socialF para lo cual establecer" los mecanismos idóneos, adecuados a las posibilidades de las micro y pequeas empresas, y fnancieramente sostenibles que lo 8a(an posible. Dic8os mecanismos deber"n sustentarse en los correspondientes estudios tcnicos. 3 Artículo 13. ormas de salud. !l Ministerio de Salud, en coordinación con la Autoridad, )elar" por que las micro? y pequeas empresas cumplan con las normas de saludF para el caso, (enerar" los mecanismos idóneos, adecuados a las posibilidades de las micro? y pequeas empresas, que lo 8a(an posible. Artículo 14. ormas laborales. !l Ministerio de raba'o y Desarrollo %aboral, 'unto con la Autoridad, )elar" por que las micro? y pequeas empresas cumplan con las normas de traba'oF para lo cual (enerar" los mecanismos idóneos, adecuados a las posibilidades de las micro? y pequeas empresas, que lo 8a(an posible. Así mismo, el Ministerio de raba'o y Desarrollo %aboral colaborar" con la Autoridad a fn de actuar como ente &acilitador para implementar esta %ey, con la fnalidad de &ortalecer la micro y pequea empresa, (enerar puestos de traba'o di(nos, así como capacitar a los micro? y pequeos empresarios y a los traba'adores. Artículo 15. n&ormación estadística. %a Dirección de !stadística y Censo de la Contraloría General de la =epEblica incorporar" un sistema estadístico con n&asis en la micro, pequea y mediana empresaF esta in&ormación ser" pEblica. Artículo 17. Presupuesto. !l !stado, de acuerdo con las normas presupuestarias )i(entes, incorporar" al presupuesto de cada una de las entidades in)olucradas en la e'ecución de esta %ey, las partidas requeridas a fn de que se cumplan los compromisos que de ella deri)an. Artículo 19. Ser)icios fnancieros. Con el fn de ampliar la o&erta disponible de ser)icios fnancieros en el mercado local y &omentar su apro)ec8amiento, el !stado, en coordinación con la Autoridad y a tra)s de las entidades pEblicas competentes, las instituciones bancarias, fnancieras o de se(uros y las or(ani6aciones no (ubernamentales, &acilitar" y promo)er" el desarrollo de instrumentos, pro(ramas y proyectos fnancieros modernos, a'ustados a cada 4 sector y que respondan prioritariamente a la realidad de las micro, pequeas y medianas empresasF así como sus respecti)os pro(ramas de di)ul(ación y orientación. !l !stado propiciar" la creación de instrumentos fnancieros y bancarios de (arantía, descuento y ries(o orientados a la micro, pequea y mediana empresa, de acuerdo con las re(ulaciones y controles disponiblesF y re(ular" el aporte de capital necesario para el establecimiento de entidades bancarias y fnancieras e
micro, pequeas y medianas empresas, tales como capacitación y asistencia tcnica, &ormación de recursos 8umanos, &ortalecimiento de la cultura empresarial, asesoría para la constitución de nue)as empresas y la consolidación o ampliación de las e,3,;;;,;;;.;;B, como mínimo, y sus recursos líquidos deber"n ser depositados en el anco acional de Panam". Artículo $*. =ecursos del 2ondo. %os recursos del 2ondo pro)endr"n de/ 1. %os rendimientos del 2ondo 2iduciario para el Desarrollo. $. %os in(resos que (eneren sus propias operaciones. *. %as donaciones recibidas de instituciones nacionales o internacionales. -. Cualquier otro aporte pro)eniente de recursos del !stado y destinado a este 2ondo por disposición le(al. Artículo $-. 0tili6ación del 2ondo. %os recursos de este 2ondo ser"n utili6ados de la si(uiente manera/ 1. Cincuenta por ciento @3;LB para (arantías de prstamos de las micro? y pequeas empresas. $. reinta por ciento @*;LB para capacitación. *. :einte por ciento @$;LB para asistencia tcnica.
Artículo $3. %imitaciones. !l 2ondo de Garantía no podr" ser utili6ado para prstamos directos a &a)or de la micro y pequea empresa. !n nin(En caso el capital (aranti6ado podr" e.$3,;;;.;;B, y la (arantía solamente podr" alcan6ar 8asta un oc8enta por ciento @7;LB del saldo adeudado. !ste capital ser" mane'ado y administrado por la Autoridad. %a Autoridad procurar" una utili6ación efciente del 2ondo de Garantía y, para ello, el re(lamento deber" limitar el benefcio a no m"s de una operación simult"nea por persona natural o 'urídica. Artículo $4. Capacitación y asistencia tcnica. %as acti)idades y pro(ramas de capacitación y asistencia tcnica que se e'ecuten a tra)s del 2ondo, deber"n cumplir con los requisitos establecidos para tal fn por la Autoridad. Artículo $5. Municipios. %os municipios podr"n crear un 2ondo de Garantía para prstamos de la micro y pequea empresa que operen en el respecti)o "mbito municipal, con sus propios recursos o con trans&erencias de partidas o donaciones que reciban para tales e&ectos. ste ser" mane'ado o administrado por la Huntas Municipales de la Micro, Pequea y Mediana !mpresa que cree la Autoridad. Artículo $7. =e(lamentación del 2ondo. !l +r(ano !'ecuti)o, a tra)s de la Autoridad, re(lamentar" la operación, &uncionamiento y mane'o del 2ondo, los procedimientos para su uso, los mecanismos de pa(o a la entidad crediticia correspondiente cuando se trate de (arantías, los desembolsos de recursos para capacitación y asistencia tcnica, y cualquier otro aspecto necesario para la aplicación de las normas relati)as a este 2ondo. Artículo $9. Se adicionan dos p"rra&os al artículo 9 de la %ey - de 199-, así/ Artículo 9. ... ambin se e
LEY %2 DE & DE NOVIEM'RE DE 200&$ QUE RE"ORMA Y ADICIONA LA LEY DE 2000 Y LA LEY 33 DE 2000$ SO'RE LA MICRO$ PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESARESOLUCI#N ADMINIS!RA!IVA NO. 00& / 20*2DAL DE 2 DE OC!U'RE DE 20*2 / REIS!RO EMPRESARIAL
D. COMO FOMENTA EL DESARROLLO DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
P1144 67 C4849i49ión E817s41i4; ? 9nsis7@ Programa de capacitación en gestión empresarial ue tiene como objetivo dotar a los emprendedores y empresarios de las capacidades reueridas para iniciar o mejorar un negocio!
i?n 7s 6i1ii6@ Emprendedores(as, Micro y Peue#as Empresas!
R7=>isis •
Persona con deseos de aprender sobre negocios y determinar su capacidad empresarial!
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3aber leer, escribir y dominar las operaciones b$sicas de matem$ticas!
•
Mayor de )4 a#os, paname#o y(o residente legalmente establecido!
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Aprobar un ejercicio de evaluación personal para determinar su aptitud empresarial!
D9>7ns 17=>71i6s
5ormulario de inscripción!
Cs 6o tiene precio
!i78 67 174;iB49ión 7+ &oras de capacitación!
R7s>;46 Es87146s •
5ormación de facilitadores!
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8apacitación de emprendedores y empresarios!
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Elaboración de planes de negocio!
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1rientación en asesoría jurídica y programas de financiamiento!
O81>ni6467s 67 N79is$ P;4n4s Mói;7s 9En u consiste: Es un Programa ue tiene como objetivo, capacitar a nuevos emprendedores o empresarias en las siguientes actividades%
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D7si61446: Elaboración de productos a base de frutas, raíces, tubrculos, vegetales y plantas medicinales!
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'7;;7B4: Asistencia tcnica y capacitación en esttica y cuidado del cabello!
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Cns714: Elaboración de productos a base de frutas y &ortalizas!
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M41is9s: Elaboración de productos a base de mariscos tales como crouetas, pescado, &amburguesas, salc&ic&as de pescado, deditos de pescado, entre otros!
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"1is: Elaboración de productos a base de tubrculos y frutas!
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L97s: Preparación de productos a base de lec&e de vaca y cabra!
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P4n46714: Preparación de productos a base de &arina!
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M4n>4;i6467s: 5abricación de velas, jabones y papel!
9A uin est$ dirigido: Productores, Asociaciones de Productores, Emprendedores del 3ector Manualidades y 'elleza!
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Estar "nscritos en AMPYME! Aprobar prueba de conocimientos b$sicos .Leer, escribir y matem$tica b$sica2 ue se realizara en la planta móvil a la cual aplicó! "nters en iniciar una empresa!
/ocumentos reueridos 6o reuiere ning;n documento!
8osto 6o tiene precio
9/ónde se realiza: Esta capacitación es realizada en las Planta Móviles a nivel nacional! 8ada Planta Móvil contar$ con su respectiva ruta de trabajo, l as cuales estar$n determinadas de acuerdo a los rubros y procesos para la cual est$ &abilitada cada una de las Plantas Móviles! El 8ronograma de las Plantas Móviles es anunciado al p;blico por medio de los medios de comunicación y oficinas regionales de AMPYME!
* a 7+ &oras a e=cepción del curso de belleza, el cual tiene duración de - meses!
?esultados Esperados
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8apacitación y asistencia tcnica a emprendedores en tcnicas de servicios de belleza, manualidades, tecnologías agroindustriales .des&idratados, conservas, fritos, l$cteos, &arinas y mariscos2 y gestión empresarial!
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Elaboración de planes de negocio!
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8reación de empresas
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@eneración de empleos!
Sis74 67 In9>F49ión 8414 7; D7s411;; E817s41i4; 7n ;4 R78GF;i94 67 P4n4. 9En u consiste: /esarrollar un sistema articulado, .niversidadBEmpresaBEstado2, de incubación sostenible de emprendedores, ue favorezca el fomento empresarial, nuevas inversiones, el desarrollo de regiones, la generación de riueza, trabajo y empleo así como el incremento del volumen de las e=portaciones de bienes y servicios e=istentes en el País!
9A uin est$ dirigido: Estudiantes universitarios, emprendedores y empresarios!
9/ónde se realiza: En niversidades ue mantienen convenio suscrito con AMPYME!
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7+ &oras presenciales en la capacitación empresarial turística
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) mes de asistencia tcnica para elaboración de plan de negocio turístico!
?esultados Esperados
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3istema de nuevos emprendimiento!
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/esarrollo de Planes de 6egocio!
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8aptación de fondos de capital semilla e incubadoras especializadas!
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1rientación, presentación y acceso al sistema de financiamiento de capital de riesgo!
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Apoyo al desarrollo del negocio! Apoyo a la apertura de mercados for$neos!
C7n1s 67 D7s411;; 8414 ;4 Mi91 H P7=>74 E817s4 (CDMYPE) 9En u consiste: 8ontar con centros de asistencia tcnica a nivel nacional ue ofrezcan a los emprendedores y empresas e=istentes de la capacitación, asistencia tcnica empresarial y tecnología reuerida para el desarrollo del sector!
9A uin est$ dirigido: Emprendedores y empresarios!
9/ónde se realiza: 'ar;, 'ocas del
3ervicios ofrecidos
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?egistro empresarial! "nformación y orientación sobre programas de financiamiento, capacitación y asistencia tcnica!
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Asesoría legal para la formalización de empresas!
•
8apacitación y asistencia tcnica!
C>;>14 E817s41i4; 9En u consiste: Estimular en los estudiantes del nivel secundario .normal o vocacional, ue estn cursando los dos ;ltimos a#os de bac&iller o educación tcnica2 y en estudiantes universitarios la cultura emprendedora, constituyndose la empresa y el autoempleo una opción de carrera!
9A uin est$ dirigido: Estudiantes de nivel secundario y universitario!
9/ónde se realiza:
•
Escuelas secundarias a nivel nacional!
7+ &oras presenciales en la capacitación empresarial turística
•
) mes de asistencia tcnica para elaboración de plan de negocio turístico!
P1144 67 C48i4; S7i;;4 9Fu es 8apital 3emilla: El 8apital 3emilla es un 5ondo 8168?3A'LE, ue busca promover y apoyar la generación de nuevas iniciativas de negocio, y fortalecer a micro empresas e=istentes en $reas urbanas, rurales e indígenas!
9A uin est$ dirigido: Emprendedores(as y Micro Empresarios sin acceso al financiamiento!
98omo participar en el Programa: /irigirse a las oficinas regionales de la AMPYME a inscribirse, &acer la prueba psicológica y participar en el seminario de @estión Empresarial .7+ &oras2!
?euisitos •
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3er Mayor de edad!
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6o &aber sido beneficiado del fondo de 8apital 3emilla previamente!
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"nscripción y aprobación en el programa de capacitación para el fondo de 8apital 3emilla! Participar en la convocatoria de concurso cumpliendo con los reuisitos establecidos para tal fin!
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Aprobación del plan de negocio por parte del 8omit Evaluador!
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8ontar con aviso de operación, e=ceptuando auellos e=cluidos seg;n ley vigente!
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Luego del asignación de 8apital 3emilla, el beneficiario debe aceptar el posterior asesoramiento tcnico por personal ue asigne la AMPYME! 8ontrol y evaluación de la inversión!
?esultados Esperados •
8apacitación en @estión Empresarial de -+ a 7+ Coras!
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Entrega de 8apital 3emilla a travs del concurso!
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Apertura de una cuenta de a&orro!
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Asistencia y acompa#amiento tcnico a emprendedores beneficiarios de 8apital 3emilla para la puesta en marc&a de empresas!
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8reación de empresas y empresarios e=itosos!
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Mejorar la calidad de vida de los ciudadanos!
Monto de 8apital 3emilla Los emprendedores(as y empresarios de la micro empresa de subsistencia, recibir$n el G8apital inicial no reembolsableH, seg;n su plan de negocio, al presupuesto e=istente y cantidad de participantes, por un monto de '(!>++!++ a '(!),+++!++
P1144 D7 "in4n9i4i7n D7 L4 Mi91 Y P7=>74 E817s4 (PRO"IPYME) 9Fu es P?15"PYME: Es un programa ue utiliza el fondo de garantía para respaldar las solicitudes de prstamos a los emprendedores(as y(o empresarios de las Micro y Peue#as Empresas, inscritos en el registro empresarial de AMPYME, ue soliciten financiamientos a las entidades financieras adscritas al programa! La garantía avala un porcentaje del prstamo solicitado por la MYPE, de acuerdo al tipo de actividad los límites de la garantía pueden ser% Casta '(!-,+++!++ para emprendedores informales o ideas de negocio! Casta '(!-*,+++!++ para los emprendedores formalizados y micro empresas! Casta '(!*+,+++!++ para las peue#as empresas!
9A uin est$ dirigido: Emprendedores(as , micro y peue#as empresas con necesidades de acceso a financiamientos!
9Para u se pueden utilizar los prestamos respaldados por AMPYME: Los crditos ue respalden las garantías deber$n estar dirigidos a la aduisición de activos fijos, capital de trabajo, remodelación, instalación, inventario y capital de operación, de empresas nuevas o e=istentes, consideradas micro o peue#as empresas de acuerdo con lo establecido en la ley >> del -* de julio de -+++ y ley I- del 0 de noviembre de -++0!
9Fu entidades est$n afiliadas al programa P?15"PYME: •
ML<"'A6J "68!
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M"8?13E?5"6 3!A!
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8AKA /E AC1??13!
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'A681 /EL
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5"6A68E 8AP"
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5"6A68"E?A @1D"MA? 3!A!
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81?P1?A8"6 /E 8?/"<13 3!A!
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'A681 @N< 816<"6E6
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5"6A68"A 8?E/"< 3!A!
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5"6A68"E?A PA8"5"81 "6
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'A6E381 3!A!
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8E61 5"6A68"E?1 EMP?E3A?"AL, 3!A! .85E2
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811PE?A<"DA /E 3E?D"8"13 ML<"PLE3 KA6 PA'L1 " ?!L!
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A318"A8"6 PA?A EL /E3A??1LL1 /E LA3 8AKA3 ??ALE3 .P?18AKA2
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811PE?A<"DA /E AC1??13 Y 8?/"<13 3A6 A6<16"1 ?!L! .8A83A2
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@?P1 A
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8AP"
?EF"3"<13 PA?A 31L"8"
Estar inscrito en el registro empresarial de AMPYME!
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/irigirse a la entidad financiera afiliada al programa!
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6otificar la inscripción en AMPYME y su deseo de acceder al beneficio de la garantía para obtener el prstamo! 3olicitar y cumplir con los reuisitos para el financiamiento!
?EF"3"<13 PA?A LA "638?"P8"6 EMP?E3A 51?MAL •
8opia de registro comercial o aviso de operación!
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8opia de cdula del representante legal o due#o de la empresa!
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8opia de declaración de renta o carta de un contador!
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8opia simple de certificado del registro p;blico!
EMP?E3A "651?MAL •
8opia de cdula!
P?15"PYME, no respalda actividades ue atenten contra las buenas costumbres del paname#o!