CONCEPTO “Es aquel que crea entre la y la una relación directa e inmediata, de modo que el sujeto puede obtener provecho del objeto, sin intervención de otra persona” Jorge Musto
PERSONA TERCERO COSA
Derecho Real
Derecho Personal
* Elementos: Sujeto-Objeto
* Elementos: Acreedor-ObjetoDeudor
* La relación con el objeto es inmediata y directa
* La relación es entre dos personas
* El sujeto es pasivo, indeterminado y tiene una obligación de no hacer
* Es absoluto y se opone a terceros * Tiene por objeto un bien determinado y determinable
Ambos sujetos son determinados, uno pasivo y otro activo y tienen obligación de dar, de hacer o de no hacer •
* Es relativo y se opone al deudor Puede tener por objeto bienes indeterminados •
¿Quiénes son los titulares de derechos reales? Las personas Físicas y Jurídicas
¿A qué llamamos cosas? Las cosas son muebles o inmuebles
A los objetos materiales que tienen un valor (también la energía y las fuerzas naturales susceptibles de apropiación) [art 2311 C.C.]
¿Cómo son los Derechos Reales? Son absolutos Tienen carácter patrimonial Están creados por ley Se dan a conocer (publicidad) Son oponibles a otras personas Están protegidos (acciones reales) El titular tiene derecho de persecución y de preferencia
¿Cuáles son?
¿Cómo se adquieren? : es un acto entre vivos que Por tradición tiene por finalidad la entrega de la propiedad, acompañada del título suficiente. , o mortis causa. Por causa de muer te Quien transmite los derechos debe ser propietario de la cosa
¿Cómo se pierden los Derechos Reales? Pérdida de la cosa Transmisión Renuncia Revocación Expropiación Disposición legal
El Dominio El dominio es el derecho real en virtud del cual una cosa se encuentra sometida a la voluntad y a la acción de una persona. (art. 2.506 C.C.)
El Condominio Es el derecho real de propiedad que pertenece a varias personas por una parte indivisa sobre una cosa mueble o inmueble (art. 2.673 C.C.).
El Usufructo Es el derecho real de usar y gozar de una cosa cuya propiedad pertenece a otro con tal que no se altere su substancia (art. 2.807 C.C.).
La Servidumbre Es el derecho real perpetuo o temporario sobre un inmueble ajeno en virtud del cual se puede usar de él o ejercer ciertos derechos de disposición o bien impedir que el propietario ejerza algunos de sus derechos de propiedad (art. 2970 C.C.).
La Hipoteca La hipoteca es el derecho real constituido en seguridad de un crédito en dinero sobre los bienes inmuebles que continúan en poder del deudor (art. 3.108 C.C.).
Propiedad Horizontal Derecho real autónomo que se ejerce sobre un inmueble propio y que otorga a su titular la facultad de usar, gozar y disponer de él; varía según se ejercite sobre partes privativas del titular del derecho (departamento o piso) o sobre las partes comunes del edificio