DECRETO LEGISLATIVO 771: LEY MARCO DEL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL El sistema está tá co comp mpue uest sto o por por el co conj njun unto to de sistema tributario tributario en el Perú es normas legales legales,, organismos públicos y procedimientos destinados al cobro de los impuestos impuestos,, En mérito mérito a facult facultade adess delega delegadas das,, el Po Poder der Ejecut Ejecutivo ivo,, media me diant nte e Decr Decret eto o Le Legi gisl slat ativ ivo o No No.. ! dict dict" " la Ley #arc #arco o del del $ist $istema ema %ributario %ributario Nacional, vigente a partir desde !&&', con los siguientes objetivos( •
•
•
)ncrementar la recaudaci"n. *rindar al sistema tributario una mayor e+ciencia, permanencia y simplicidad. Dist Distrib ribui uirr euit euitat ativ ivam ament ente e los ingr ingres esos os ue ue co corr rres espon ponde den n a las las #unicipalidades.
-ué entiende por tributo/ Es una prestaci"n prestaci"n de dinero ue el Estado e0ige e0ige en el ejercicio ejercicio de su poder de imperio sobre la base de la capacidad contributiva en virtud de una ley, y para cubrir los gastos ue le demande el cumplimiento de sus +nes.
EL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL SE ENCUENTRA COMRENDIDO OR: 1!" E# C$%i&o Tributario. '!" Los Tributos: (#asi)(a%os e* Im+uestos, Tasas - Co*tribu(io*es! Im+uestos )mpuesto a la 1enta •
•
)mpuesto 2eneral a las 3entas
•
)mpuesto $electivo al 4onsumo
•
Derec5os 6rancelarios
•
1égimen 7nico $impli+cado
•
)mpuesto de $olidaridad a favor de la Ni8e9 Desamparada.
•
)mpuesto a los :uegos de 4asinos y #áuinas %ragamonedas %ragamonedas
•
)mpues )mpuesto to E0trao E0traordi rdinar nario io para la Promo Promoci" ci"n n y Desarr Desarroll ollo o %ur;stic ur;stico o Nacional )mpuesto a las %ransacciones
•
)mpuesto %emporal a los 6ctivos Netos
•
Co*tribu(io*es
•
•
•
4ontribuci"n de $eguridad $ocial. 4ontribuci"n al $ervicio Nacional de 6diestramiento %écnico )ndustrial = $EN6%). 4ontribuci"n al $ervicio Nacional de 4apacitaci"n para la )ndustria de la 4onstrucci"n = $EN4)4>.
Tasas %asas por la prestaci"n de servicios públicos, tales como los derec5os por tramitaci"n de procedimientos administrativos •
ELEMENTOS EN EL SISTEMA TRIBUTARIO ERUANO: El $istema %ributario peruano cuenta con ? elementos principales, ue sirven de columna para su funcionamiento e+ciente(
o#.ti(a tributaria: $on auellos lineamientos ue dirigen el sistema tributario. Está dise8ada por el #inisterio de Econom;a y
Normas tributaria: La Pol;tica tributaria se implementa a través de las normas tributarias. 4omprende el 4"digo %ributario.
A%mi*istra(i$* tributaria: La constituyen los "rganos del Estado encargados de aplicar la pol;tica tributaria. 6 nivel nacional, es ejercida por la $uperintendencia Nacional de 6dministraci"n %ributaria @$BN6%A, y la $uperintendencia Nacional de 6dministraci"n de 6duanas @$BN6DA. El Sistema Tributario siguiente manera:
Nacional
puede
esquematizarse
de
la
CLASI/ICACI0N DE LOS TRIBUTOS SEGN SU ADMINISTRACI0N TRIBUTOS ADMINISTRADOS OR EL GOBIERNO CENTRAL: 2 Im+uesto a #a Re*ta: %odas auellas ue provengan de una fuente durable y susceptible de generar ingresos peri"dicos. 2 Im+uesto Ge*era# a #as Ve*tas: 2rava la venta de bienes muebles, importaci"n de bienes, prestaci"n o utili9aci"n de servicios, los contratos de construcci"n y la primera venta de inmuebles ue realicen los constructores de los mismos. 2 Im+uesto Se#e(ti3o a# Co*sumo: %ributo al consume espec;+co. 2rava la venta de productos de determinados bienes, importaci"n de los mismos, la venta de los bienes cuando la efectúa el importador, y los juegos de a9ar y apuestas. 2 Im+uesto E4traor%i*ario %e So#i%ari%a%: 2rava las remuneraciones ue se abonan a los trabajadores mensualmente, y de uienes presten servicios sin relaci"n de dependencia. 2 Dere(5os Ara*(e#arios: $e aplican sobre el valor 4)< @4osto, seguro y Cete, en espa8olA de los bienes importados al Perú.
TRIBUTOS ADMINISTRADOS OR EL GOBIERNO LOCAL: 2 Im+uesto re%ia#: %ributo de periodicidad anual ue grava el valor de los predios urbanos y rústicos @terrenos, edi+caciones e instalaciones +jas y permanentesA. No aplica para propiedades de Bniversidades, centros educativos y concesiones mineras. 2 Im+uesto %e A#(aba#a: 2rava la transferencia de inmuebles a t;tulo oneroso o gratuito. 2 Im+uesto a# atrimo*io Ve5i(u#ar: 2rava la propiedad de ve5;culos @autom"viles, camionetas y station agonsA nacionales o importados, con antigedad no mayor de ? a8os. $on de periodicidad anual. E0isten otras instituciones ue también son parte de la 6dministraci"n +nanciera y recaudan los siguientes tributos(
TRIBUTOS ADMINISTRADOS OR OTRAS INSTITUCIONES: 2 Co*tribu(io*es a #a Se&uri%a% So(ia#: 2 Co*tribu(i$* a# Ser3i(io Na(io*a# %e A%iestramie*to T6(*i(o I*%ustria# 2 SENATI( 2rava el total de las remuneraciones ue pagan a sus trabajadores las empresas ue desarrollan actividades industriales manufactureras @4ategor;a D de la 4lasi+caci"n )ndustrial )nternacional Bniforme = 4))B, de las actividades econ"micas según las Naciones BnidasA. 2 Co*tribu(i$* a# Ser3i(io Na(io*a# %e Ca+a(ita(i$* +ara #a I*%ustria %e #a Co*stru((i$* 2 SENCICO: Es el aporte al $ervicio Nacional de 4apacitaci"n para la )ndustria de la 4onstrucci"n @$EN4)4>A ue reali9an las personas naturales o jur;dicas ue construyan para s; o terceros dentro de las actividades comprendidas en la 2ran Divisi"n 'F de la 4))B de las Naciones Bnidas.
C0DIGO TRIBUTARIO CONCETO: El 4"digo %ributario es un conjunto orgánico y sistemático de las disposiciones y normas ue regulan la materia tributaria en general. $us disposiciones, sin regular a ningún tributo en particular, son aplicables a todos los tributos Gimpuestos, contribuciones y tasasG pertenecientes al sistema tributario nacional, y a las relaciones ue la aplicaci"n de estos y las normas jur;dicoGtributarias originen !. Hay ue tener presente ue este concepto de 4"digo %ributario involucra necesariamente el ámbito de aplicaci"n @contenido en la Norma )) del %;tulo Preliminar del 4"digo
%ributarioA, cuando re+ere ue IEste 4"digo rige las relaciones jur;dicas originadas por los tributos. @JAK
/INALIDAD 4"digo %ributario $egún e0plica el profesor Eusebio 2on9ále9, Itodo proceso codi+cador, y consiguientemente también el tributario, se caracteri9a por dos notas primero, reduce a unidad lo ue estaba disperso y segundo, como derivaci"n l"gica de lo anterior, proporciona seguridad a sus destinatariosK?.
C0DIGOS TRIBUTARIOS ERUANOS! 4omo sabemos, en el Perú 5emos tenido cuatro 4"digos %ributarios, y desde el primer 4"digo ue fuera aprobado por el D.$. M?GH. de !M.O.!&, ue rigi" a partir del !.!O.!&,
ESTRUCTURA C0DIGO TRIBUTARIO: Las disposiciones de nuestro 4"digo %ributario vigente, están ordenadas en un %;tulo Preliminar @con uince normasA, cuatro Libros, ciento noventicuatro 6rt;culos, veintid"s Disposiciones bligaci"n %ributaria Libro $egundo( La 6dministraci"n %ributaria y los 6dministrados Libro %ercero( Procedimientos %ributarios y, Libro 4uarto( )nfracciones, $anciones y Delitos. Es preciso anotar ue el último Libro, a diferencia de lo normado por el primer 4"digo %ributario ue rigi" 5asta noviembre de !&&M, desde el aprobado mediante el Decreto Ley N MFQF& @segundo 4"digo %ributarioA al vigente, no contiene la tipi+caci"n ni la regulaci"n espec;+ca de los delitos tributarios.
ARANCELES CONCETO: Bn arancel es un impuesto o gravamen ue se aplica solo a los bienes ue son importados o e0portados. El más usual es el ue se cobra sobre las importaciones en el caso del Perú y muc5os otros pa;ses no se aplican aranceles a las e0portaciones. En el Perú los aranceles son aplicados a las importaciones registradas en las subpartidas nacionales del 6rancel de 6duanas. La nomenclatura vigente es la del 6rancel de 6duanas MO!M, aprobado mediante Decreto $upremo N M?QGMO!!GE<, publicado el M' de diciembre de MO!! y puesto en vigencia a partir del O! de enero de MO!M. El 6rancel de 6duanas MO!M 5a sido elaborado en base a la uinta 1ecomendaci"n de Enmienda del 4onsejo de
4ooperaci"n 6duanera de la >rgani9aci"n #undial de 6duanas @>#6A y a la nueva Nomenclatura 6ND)N6 @N6ND)N6A, aprobada mediante Decisi"n de la 4omunidad 6ndina de Naciones @46NA, las cuales también entraron en vigencia el O! de enero de MO!M. El 6rancel de 6duanas del Perú comprende en la actualidad a FF' subpartidas nacionales a !O d;gitos, las ue se encuentran contenidas en M! $ecciones y & 4ap;tulos el 4ap;tulo &Q corresponde a mercanc;as con algún tipo de tratamiento especial. La estructura del 6rancel de 6duanas incluye el c"digo de subpartida nacional, la descripci"n de la mercanc;a y el derec5o adGvalorem. Los derec5os adGvalorem son e0presados en porcentaje, los ue se aplican sobre el valor 4)< @4ost, )nsurance and
TIOS DE ARANCELES: E0isten dos tipos de aranceles, adGvalorem y los aranceles espec;+cos. 6 partir de la combinaci"n de ellos, se genera el arancel mi0to. •
•
•
6rancel ad-valorem es el ue se calcula como un porcentaje del valor de la importaci"n 4)<, es decir, del valor de la importaci"n ue incluye costo, seguro y Cete. 6rancel específco es el ue calcula como una determinada cantidad de unidades monetarias por unidad de volumen de importaci"n. R6rancel mixtoR es el ue está compuesto por un arancel adGvalorem y un arancel espec;+co.
8UI9N /IA LA OL;TICA ARANCELARIA DEL ESTADO< De acuerdo al art;culo ' y al inciso MOA del art;culo !!Q de la 4onstituci"n Pol;tica del Perú, la facultad de regular la pol;tica arancelaria corresponde al Poder Ejecutivo, siendo el Presidente de la 1epública el ue tiene la funci"n de regular los aranceles. De acuerdo a la Ley >rgánica del #inisterio de Econom;a y
8UI9NES AGAN ARANCELES< Las personas y empresas residentes y no residentes ue reali9an actividades de importaci"n al Perú de bienes afectos al pago de derec5os arancelarios a través de las aduanas de la 1epública.
EEMLOS CASO 1: L)B)D64)>N DE DE1E4H>$ 6DB6NE1>$ DE )#P>1%64)>N$e importaron M cajas con cables de transmisi"n de +bra"ptica con O S.*. y
metros. T el vendedor impusoel precio de U Q.'Q el metro de cable. La compa8;a deseguros cobro U !'.QO como prima.-4uánto ser;a elmonto imponible/$>LB4)>N(De acuerdo a los parámetros establecidos se puededesarrollar el caso de la siguiente manera. $i se tienen metros de cable de transmisi"n a UQ.'Q entonces elvalor <.>.*. seria de U,'&F.Q. El total del peso son O Silogramos brutos ara9"n de U!. da un valor de Cete de U!,MQ.MO.El valor del seguro, es el pago de la prima de U!'.QO, entonces los valores +nales uedeterminarán el monto imponible(3alor <.>.*. U ,'&F.Q3alor del Cete U !,MQ.MO$eguro U !'.QO3alor 4.).<. U ,QQ.QN>%6( la cantidad +nal es denominada el montoimponible. 46*LE DE %16N$#)$)>N DE <)*16 >P%)46 Partida arancelaria QF''.O.OO.OO 2163V#ENE$ 3)2EN%E$ 36L>1 6d W 3alorem OX )mpuesto $electivo al 4onsumo OX )mpuesto 2eneral a las 3entas !X )mpuesto de Promoci"n MX #unicipal Derec5o Espec;+cos N.6. Derec5o 6ntidumping N.6. $obretasa OX Y2 Bnidad de #edida( 3alor 4.).<. U ,QQ.Q6rancel 6dGvalorem @OXA U O.OO)$4 @OXA U O.OO)23 @!XA U !,?M'.OQ)P# @MXA U !FF.%>%6L DE DE1E4H>$ 616N4EL61)>$ U !,'&.QFN>%6( De acuerdo al cuadro de gravámenes, se se8ala uese aplica el OX tanto para el arancel adGvalorem comopara el impuesto selectivo al consumo@)$4A. 46L4BL> DE %1)*B%>$ DE )#P>1%64)>N El #onto de los %ributos se calcula en >rden y la *ase )mponible se vaincrementando.4álculo de Derec5os 6rancelarios6dGvalorem, $obretasa @#44álculo del )$4*ase )mponible( 4)< Z Derec5os 6rancelarios4álculo de )23 e )P#*ase imponible( 4)< Z Derec5os 6rancelarios Z )$4El redondeo se aplica por cada tributo.
CASO ': 46L4BL> DE P62> <>* & OOO,OO 3ino espumoso G Los demás vinos mosto de uva FOO,OO %>%6L !! OOO,OO [6D 36L>1E# @O&XA B$U &&O,OO [).$.4. @MOXA M ?&Q,OO [).2.3. @!XA M '',OO %>%6L [).P.#. @ MXA MQQ,OO %1)*B%>$ [%6$6 DE$P64H> @M.?FX B)%A M,OO B$U !'&,OO [PE14EP4)\N @?.FXA @OO,M!FA $W. ! QOM,OO Z @%W4 ?.OO?A $W. ! QOM,OO CASO =: 46L4BL> DE P62> <>* ? OOO,OO'OF.!O.OO.OO 46L]6D> 4on la parte superior de FO,OO %>%6L ? 'FO,OO [6D 36L>1E# @!XA B$U FQ,OO [).$.4. @ OXA [).2.3. @!XA Q,OO %>%6L [).P.#. @ MXA Q!,OO %1)*B%>$ [%6$6 DE$P64H> @M.?FX B)%A M,OO B$U ! ?Q!,OO [PE14EP4)\N @?.FXA @!&.OQFA $W. FOQ,OO Z [6N%)DB#P)N2 $) $W. FOQ,OO @%W4 ?.OO?A CASO >: 46L4BL> DE P62> #otores de émbolo @pist"nA alternativo del tipo de los <>* MO OOO,OO utili9ados para la propulsi"n de ve5;culos del 4ap;tulo Q ! OOO,OO G De cilindrada superior a !OOO cm? %>%6L M? OOO,OO [6D 36L>1E# @ OXA [).$.4. @ OXA [ ).2.3. @!XA B$U ? &!O,OO %>%6L %1)*B%>$ [ ).P.#. @ MXA 'O,OO [%6$6
DE$P64H> @M.?FX B)%A M,OO B$U ' ?&,OO [PE14EP4)\N @?.FXA @&FQ,Q&FA $W. M QQO,OO Z $W. M QQO,OO @%W4 ?.OO?A