MARCO LEGAL - PIRAMIDE DE KELSEN
MARCO LEGAL - PIRAMIDE DE KELSEN
A.E.A. I.R.A.M
Referenc Refe renc ia d el Marco legal
: Ley nº 19 587- 1972 de Seguridad e Nacional
Higiene en el Trabajo y Decretos Reglamentarios
Provinciales:
- Córdoba Ley 10.281 de Seguridad Eléctrica – D.R. 1022/2015 // Ley nº 10.270 Sistema Provincial de Protección Contra Descargas Eléctricas Atmosférica – Decreto 269/2015 - Santa Cruz Ley nº 3247 de Seg. Eléctrica - 2012 - Salta Ley nº 7469 de Seg. Eléctrica - 2007
: Ordenanza 11.387 / 11.843 - 2010 Municipal
Ley Nacional de Seguridad e Higiene en el trabajo nº 19.587 del año 1972 Se aplica a todos los establecimientos y explotaciones, persigan o no fines de lucro, la índole de la maquinaria, elementos, dispositivos o procedimientos que se utilicen o adopten, y sus medidas de seguridad personal y laboral (EPP, EPC). Decretos reglamentarios 351/79, 911/96, 617/97, 249/07
Seguridad
Evalúa el grado de aceptabilidad del Riesgo. Tiene como objetivo: Preservar la integridad psicofísica de las personas que desarrollan actividades en una empresa y de los bienes de la misma. Higiene
Identifica, evalúa y controla aquellos factores del medio ambiente laboral que pueden afectar la salud de los individuas o de la comunidad. Objetivos de la Segu ridad e higiene del trabajo •
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Preservar la integridad psicofísica y la salud de los trabajadores (incluyendo personal propio, contratado, visitas, proveedores, etc.) Preservar los bienes de la empresa Evitar daños a la comunidad y medio ambiente derivados de la actividad de la empresa
D.R. 351/79 de Seguridad e Higiene en el trabajo. En el art.3. Condiciones de Seguridad de las Instalaciones Eléctricas del Anexo VI, se indica en características constructivas (3.1.): « Se cu m p lim ent ara lo d is p u est o en l a Reglam entación para la ejecuc ión de in s talac io n es elé c tr ic as en in m u eb les , d e la As o c iac ión Elec tr o té c n ic a A rg en tin a»
En el art. 3.1. indica también que « p ara l a i n s talac ión d e l ín eas aé reas y s u b terrán eas , se s eg u ir án las directiv as d e las reglam entacio nes p ar a lín eas elé c tric as aé r eas y exterior es en g eneral de la c itada as o c iac ión »
D.R. 911/96 Industria de la Construcción. Capitulo 6. Normas Generales de Aplicables en Obra Instalaciones Eléctricas ARTICULO 86. — Toda instalación deberá proyectarse como instalación permanente, siguiendo las disposiciones de la ASOCIACION ARGENTINA DE ELECTROTECNICA (AEA), utilizando materiales que se seleccionarán de acuerdo a la tensión, a las condiciones particulares del medio ambiente y que respondan a las normas de validez internacional…
D.R. 617/97 Actividad Agraria Titulo V. Riesgos Electricos, Art. 18: «Las instalaciones eléctricas deben cumplir con la reglamentación de la Asociación Electrotécnica Argentina. Será de aplicación supletoria la normativa establecida por el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD.»
D.R. 249/07 Actividad Minera Capitulo 8. Electricidad – Instalaciones Eléctricas, Art. 99: «Las instalaciones eléctricas deben cumplir con la reglamentación de la ASOCIACION ELECTROTECNICA ARGENTINA y con carácter supletorio, las emitidas por el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD.»
J ERA RQ UÍA L EGA L •
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LA LEY NACIONAL DE HySL SE APLICA EN EL AMBITO LABORAL. LA LEY PROVINCIAL DE SEGURIDAD ELECTRICA SE APLICA EN EL AMBITO PRIVADO PÚBLICO Y VÍA PÚBLICA. LA LEY PROVINCIAL DE PARARRAYOS SE APLICA EN LOS ESPACIOS CERRADOS Y ABIERTOS, PUBLICOS Y PRIVADOS.
LEY PROVINCIAL DE SEGURIDAD ELECTRICA DECRETO REGLAMENTARIO Nº 1022 ERSEP – Autoridad de Aplicación RESOLUCION Nº 26/15, ANEXOS I, II, III, IV y V y RESOLUCION Nº 5/16, ANEXOS I, II, III, IV y V -Instaladores Categoría I: matriculado Colegio de Profesionales, sin límite de potencia -Instaladores Categoría II: matriculado Colegio de Técnicos, hasta 2.000 KVA dependiendo del título -Instaladores Categoría III: Ersep – Registro de Habilitación, hasta 10 KW • • •
LEY PROVINCIAL DE PARARRAYOS •
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REQUIRE PROYECTO, DISEÑO Y REGISTRO CREADO A TAL FIN SOLO PUEDEN REALIZARLO INSTALADORES CATEGORIA I y II INSTALADORES CATEGORIA III «NO PUEDEN REALIZAR DISEÑO PROYECTO Y REGISTRO», PUEDEN EJECUTARLO BAJO LA DIRECCION DE OBRA DE INSTALADOR DE LAS OTRAS CATEGORIAS (protección primaria, secundaria y perimetral)
INTERRELA CION DE L EYES: •
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CUANDO SE TRABAJA EN RELACION DE DEPENDENCIA EL AMBITO LEGAL ES LA LEY NACIONAL Nº 19.587 DE H. y S. L. CUANDO SE TRABAJA EN FORMA INDEPENDIENTE EL AMBITO LEGAL ES LA LEY PROVINCIAL Nº 10.281 DE S. E. SIN PERJUICIO DE QUE SE PUEDAN SUPERPONERSE AMBAS Y DEBEN SER CUMPLIDAS EN ESE ORDEN POR TODAS LAS CATEGORÍAS DE INSTALADORES SEGÚN SU INCUMBENCIA.
SRT, Resoluciones 84 /2012 Protocolo para la Medición de la Iluminación en el Ambiente Laboral. Planilla de mediciones mediante luxómetro calibrado y certificado. Firmado por un especialista y/o técnico en Seg. E Higiene.
SRT, Resolución 3068/14 “Trabajo con tensión en baja tensión” Anexo
Planilla con procedimiento de trabajo seguro supervisado. Confeccionada por IE, IEE, IME.
SRT, Resolución 900/15 “Protocolo de medición de puesta a tierra y continuidad de las masas”. Planilla de mediciones mediante telurímetro calibrado y certificado. Firmado por IE, IEE, IME.
Resolución ENRE 207/95 ARTICULO 1.- Determinar que resultan aplicables a la construcción y mantenimiento de las instalaciones eléctricas en inmuebles, la reglamentación dictada a tales efectos por la Asociación Electrotécnica Argentina, (según su versión aprobada el 30.11.1987) la que como Anexo I integra el presente acto. Resolución ENRE 225/11 REGLAMENTO PARA LA CONEXIÓN DE NUEVOS SUMINISTROS «El presente reglamento establece las condiciones relativas al resguardo de la seguridad pública que deben cumplir los usuarios de electricidad vinculados a las redes de distribución ubicadas en el área de concesión correspondiente a las distribuidoras EDENOR S.A., EDESUR S.A. y EDELAP S.A..» Resolución ENRE 269/12 – Anexo en Xl. “Declaración de Conformidad de Instalaciones Eléctricas” (DCI) para ser presentado ante las distribuidoras.
Reso lu ción 92/98 d e la ex Secretaria d e Ind us tria, Com ercio y Mi nería “Que es necesario garantizar a los consumidores la seguridad en la
utilización del equipamiento eléctrico de baja tensión en condiciones previsibles o normales de uso.” “Que para alcanzar este objetivo de seguridad es practica internacional reconocida hacer referencia a normas técnicas nacionales tales como las elaboradas por el Instituto Argentino de Normalización (IRAM) e internacionales como las del Comité Electrotécnico Internacional (IEC), ya que esta metodología permite la adaptación y actualización al progreso de la técnica.” - Alcance del equipamiento eléctrico de baja tensión: los artefactos, aparatos o materiales eléctricos destinados a una instalación eléctrica o formando parte de ella, que tenga una tensión nominal de hasta MIL (1000) Volt en corriente alterna eficaz o hasta MIL QUINIENTOS (1500) Volt en corriente continua, potencia hasta 5 KVA. (Materiales eléctricos y electr0domésticos). - Debe asegurarse la protección a las personas, animales domésticos y los bienes contra los peligros de naturaleza eléctrica y no eléctrica causados por el equipamiento eléctrico.
Res o lu c ión 508/2015 d e Seg u ri d ad Elé c tr ic a Los productos alcanzados por la nueva resolución deben cumplir los requisitos de seguridad establecidos por la Norma IRAM correspondiente. En caso de inexistencia de Norma IRAM, o de no encontrarse ésta vigente, la Norma IEC aplicable. Las certificaciones de productos deberán ser otorgadas por un organismo de certificación reconocido, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución N ° 404/2015. Los productos certificados deberán exhibir un sello indeleble que permita identificar inequívocamente el tipo de certificación. En los certificados de marca incluirán el logo de la certificadora y en los de tipo y lote el nombre de la misma. Entra en vigencia en julio de 2016.
A.E.A. Asociación Electrotécnica Argentina Fundada en 1913 por el ing. Newbery. ONG sin fines de lucro. Reconocida por ley nacional nº 19.587 A partir del año 1.972. Confecciona reglamentaciones y normas.
A través del Decreto 13573/38, el Estado Nacional reconoce al IRAM como organismo centralizador para mantener la uniformidad de criterios técnicos y científicos en el estudio de normas. En el año 1994, fue ratificado en su función por el Decreto PEN N.º 1474/1994, en el marco del Sistema Nacional de Normas, Calidad y Certificación.
IRAM crea y publica normas de fabricación de productos, ensayos, instalaciones y servicios en distintos tipos de productos en general, una de las áreas es la eléctrica. ONG sin fines de lucro.
IRAM es representante argentino ante las organizaciones regionales de normalización, como la Asociación Mercosur de Normalización (AMN) y la Comisión Panamericana de Normas Técnicas (COPANT), y ante las organizaciones internacionales: International Organization for Standardization (ISO) e International Electrontechnical Comission (IEC), en este caso, en conjunto con la Asociación Electrotécnica Argentina (AEA).
IEEE NFPA NEMA Disposiciones de Bomberos Disposiciones Municipales ET compañía de Energía local
«NINGUN TRABAJO, NI NINGUNA TAREA, ES TAN IMPORTANTE PARA QUE NO SE PUEDA TOMAR EL TIEMPO NECESARIO NI DEJEMOS DE UTILIZAR LOS ELEMENTOS DE PROTECCION OBLIGATORIOS, PARA QUE ASI REALICEMOS UN TRABAJO CON SEGURIDAD, NO SOLO PARA LOS PRIMEROS ACTORES SINO PARA SEGUNDOS Y TERCEROS.»
Los Accidentes pueden ocurrir por: Actos inseguros Condiciones inseguras Ambos Actos Inseguros Mantenimiento de equipos en movimiento o presurizados El no uso de los equipos de protección Personal Juegos/ peleas. Posición insegura Falta de señalizaciones Uso indebido de herramientas Violación de normas o procedimientos Condiciones inseguras Instalaciones inadecuadas Procedimiento inadecuado Señalización deficiente. Falta de espacio Herramientas en mal estado Iluminación inadecuada Ventilación inadecuada
«El fin principal de la seguridad tiende a eliminar las causas de los accidentes y evitar las posibles lesiones producidas por estos.» «No debería existir ningún motivo para exponer a un ser humano ante peligros tan graves que puedan provocarle la muerte.» «El conocimiento es inversamente proporcional al riesgo que se corre.»
Debemos tener en cuenta: Protección contra los choques eléctricos Protección contra sobrecargas y cortocircuitos Protección contra los incendios de origen eléctrico Protección contra sobretensiones •
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Uso obligatorio por ley de: •
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Interruptor automático Interruptor Diferencial Puesta a tierra Pararrayos Cableados en ductos seguros Tomacorrientes, fichas, tableros, etc., seguros
Teniendo en cuenta estos conceptos se logrará brindar protección a: •
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Personas Bienes Animales Medio Ambiente
Instalaciones Peligrosas
Trabajo Inseguro