TITULOS TITULOS DE CREDITO. CREDITO. EXISTENCIA HISTORICA DE LOS TITULOS DE CREDITO 1. COMO SURGE SURGE LA EXISTENC EXISTENCIA IA DE LOS LOS TITULO TITULOS S DE CREDITO? CREDITO? Sur Surge en en la últi última ma eta etaa a !e la E!a E!a! ! Me! Me!ia ia"" #ua #uan! n!$ $ el tr% tr% $ $ !e la' la' mer#a!er(a' mer#a!er(a' 'e inten'i$ a tra)*' !el mar me!iterr%ne$ me!iterr%ne$ " 'e #$rr(a #$rr(a el rie'g$ rie'g$ !e en#$ntrar'e en#$ntrar'e #$n atra#a!$re' atra#a!$re' +ue iratea,an a l$' #$mer#iante' #$mer#iante' - a la' na)e' mer#ante'" mer#ante'" '$,re t$!$ a la regre'ar regre'ar a 'u' #iu!a!e' #$n el r$!u#t$ r$!u#t$ !e la' neg$#ia#i$ne' ee#tua!a'. El tran'$rte !e !iner$ en ee#ti)$ re'ulta,a in'egur$ in'egur$ en e'a' #ir#un'tan#ia'" #ir#un'tan#ia'" 'urgi/ ent$n#e' la ne#e'i!a! !e tran'$rtar el !iner$ rere'ent%n!$l$ rere'ent%n!$l$ en !$#ument$' +ue e+ui)al(an a la m$ne!a" 'in +ue 'e !ier !iera a el 0e#0 0e#0$ $ mater materia iall !e $rt $rtar arl$ l$ en ee# ee#ti ti)$ )$"" a'( l$' ,an+ ,an+ue uerr$' emea emear$ r$n n a u'ar t(tul$ t(tul$'' !e #r*!i #r*!it$ t$ +ue +ue en alguna alguna me! me!i!a i!a re'$ re'$l)( l)(an an el r$,lema - #u,r(an una ne#e'i!a! !e 'eguri!a!. 2. 3UE NOM4RE NOM4RE RECI4EN RECI4EN EL SISTEMA SISTEMA 3UE 3UE DETERMINA DETERMINA LA UNI5ICAC UNI5ICACION ION DE LOS TITULOS DE CREDITO EN L ATINOAMERICA? ATINOAMERICA? Si'tema Latin$. 6. CUAL ES LA NATUR NATURALE7 ALE7A A 8URIDICA 8URIDICA DE LOS LOS TITUL TITULOS DE CREDITO? CREDITO? S$n #$n'i #$n'i!er !era!$ a!$'' #$m$ #$m$ ,iene' ,iene' mue, mue,le' le' $r $r +ue +ue #$ntie #$ntiene ne un neg$ neg$#i$ #i$ 9ur(!i#$ unilateral $ una !e#lara#i/n unilateral !e )$lunta!" -a +ue $,liga al 'u'#rit$r !e'!e el mi'm$ m$ment$ en +ue l$ 'igna #$n 'u &rma - $r 'u )$lunta!. :. CUALE CUALES S SON LAS DENOMI DENOMINA NACIO CIONES NES ;OR LA CUAL CUAL SE CONOCE CONOCEN N LOS TITULOS TITULOS DE CREDITO? Se le #$n$#en #$m$ ;aele' ;aele' #$mer#iale'" #$mer#iale'" In'tru In'trumen ment$' t$' Neg$# Neg$#ia, ia,le' le'"" T(tul$ T(tul$''
. CUAL ES EL SIGNI5ICADO DE CREDITO? Signia a#ree!ur(a a#ree!ur(a !ineraria. !ineraria. . CUAL ES LA DOCTRINA DOCTRINA 3UE DIO ORIGEN ORIGEN AL TERMINO TERMINO TITULO TITULO
in!een!ientemente !el t(tul$. L$' t(tul$' !e #r*!it$ tienen la #ali!a! !e ,iene' mue,le'. 1.CUALES SON LA S TEORIAS 3UE DETRMINAN LA 5ORMACION DE UN TITULO DE CREDITO DE CON5ORMIDAD CON LA DOCTRINA? Te$r(a !e la #rea#i/n - te$r(a !e la emi'i/n. 11. EN 3UE CONSISTE LA TEORIA DE LA CREACION? Determina +ue el titul$ ei'te - $,liga !e'!e el m$ment$ en +ue 'e #rea" #ual +uiera +ue 'ea la #au'a $r la +ue 'e 'u'#ri,e " en e'ta $rma 'e !a la m%ima 'eguri!a! al titul$ garantian!$ 'u #ir#ula#i/n. 12.EN 3UE CONSISTE LA TEORIA DE LA EMISION? Determina una er'$na ue!e 'u'#ri,ir un titul$ "er$ 'i n$ #ir#ul a" 'i n$ 'ale !e 'u' man$' entra al tra$ !e l$' t(tul$'" n$ e'Ji'te la $,liga#i/n #$nten!i!a en el titul$ " ara el emi'$r. 16.MENCIONE LAS CARACTERISTICAS 3UE DOCTRINARIAMENTE SE LES SON ASIGADAS A LOS TITULOS DE CREDITO? 5$rmuli'm$" in#$r$ra#i/n" literali!a!" aut$n$m(a. 1:.DE5INA EN 3UE CONSISTE LA CARACTERISTICA DE 5ORMULISMO? Determina +ue el titul$ !e #re!it$ e' un !$#ument$ 'u9et$ a una $rmula e'e#ial !e re!a##i/n - !e,e !e #$ntener l$' element$' generale' !e t$!$ titul$ - l$' e'e#iale' !e #a!a un$ en arti#ular" la $rma !$#umental - e'#rita e' e'en#ial ara +ue el neg$#i$ 9ur(!i#$ 'ur9a - ei'ta. 1=.DE5INA EN 3UE CONSISTE LA CARACTERISTICA DE INCOR;ORACION? E'ta #ara#ter('ti#a !etermina +ue el !ere#0$ n$ e' alg$ a##e'$ri$ al !$#ument$" el !ere#0$ e'ta !entr$ !el !$#ument$" e'ta in#$r$ra!$ $rma arte !e el !e manera +ue al tran'erir el !$#ument$" 'e tran'&ere tam,i*n el !ere#0$. 1>.DE5INA EN 3UE CONSISTE LA CARACTERISTICA DE LITERALIDAD? C$n'i'te en +ue el t(tul$ !e #r*!it$ #$ntiene un !ere#0$ in#$r$ra!$" er$ l$' al#an#e' !e e'te !ere#0$ 'e rigen $r l$ +ue el !$#ument$ !etermine en #$ntra !e e'ta !etermina#i/n +ue #$ntiene el t(tul$ n$ ue!e $$ner'e rue,a alguna. E'ta #ara#ter('ti#a !etermina +ue re)ale#e la #anti!a! e'#ita en letra'" l$ +ue n$ aare#a e'#rit$ en el r$i$ t(tul$ ni #$m$ !ere#0$ u $,liga#i/n" tiene tra'#en!en#ia 9ur(!i#a. 1.DE5INA EN 3UE CONSISTE LA CARACTERISTICA DE AUTONIMIA? C$n'i'te en +ue el !ere#0$ in#$r$ra!$ e' literal - aut/n$m$" - le e'ta !an!$ a e'e !ere#0$ una ei'ten#ia in!een!iente !e #ual+uier )(n#ul$ 'u,9eti)$ $ rela#i/n #$n la' er'$na' +ue en 'u na#imient$ - tra$ inter)ienen re#i'amente $r 'u in#$r$ra#i/n.
[email protected] CON5ORMIDAD CON LALEGISLACION GUATEMALATECA MERCANTIL CUALES SON LOS RE3UISITOS 3UE DE4E CONTENER LOS TITULOS DE CREDITO" 5UNDAMENTESE? De #$n$rmi!a! #$n el art(#ul$ 6@> !el C.COM !etermina +ue '$l$ r$!u#ir%n l$' ee#t$' re)i't$' en e'te #/!ig$ l$' t(tul$' !e #r*!it$ +ue llenen l$' re+ui'it$' r$i$' !e #a!a titul$ en arti#ular - l$' generale' 'iguiente'K 1N$m,re !el titul$ !e +ue 'e trate 2 e#0a - lugar !e #rea#i/n 6 l$' !ere#0$' +ue el titul$ in#$r$ra : el lugar - la e#0a !e #umlimient$ $ e9er#i#i$ !e tale' !ere#0$' = la &rma !e +uien l$' #rea. 1 DE CON5ORMIDAD CON LA LEGISLACIONMERCANTIL GUATEMALTECA 3UE ELEMENTO ;RE
Es un acto notarial de naturaleza formal que sirve para hacer constar de manera auténtica que el título valor se presentó oportunamente para su aceptación o pago y la negativa por el librado o aceptante según el caso ART.399CC!"
26.C#$%E& &!' %!& $C(!&
)#E *!+ ,-&*!&-C-!' ,E %E. *%E' $ *+!(E&(!/ 0 %a razón puesta por un banco sobre el titulo de credito en la que se haga constar lanegativa de aceptación o de pago 1 %a razono sello emitida por la c2mara de compensación en los casos de los cheques que se cobran por medio de esa dependencia 1"E'C-!'E C#$% E& E% #'C-! (-(#%! ,E C+E,-(! )#E '! &E *+!(E&($ *$+$ %$ E4-5E'C-$ ,E% C#"*%-"-E'(! ,E #'$ !6%-5$C-!'/ %etra de cambio 17 ,E8-'$ )#E E& E% $$%: . 8#',$"E'(E&E ,E C!'8!+"-,$, C!' %$ %E5-&%$C-!' "E+C$'(-% 5#$(E"$%(EC$/ El aval es un medio por el cual se podr2 garantizar en todo o en parte el pago de los títulos de credito que contengan una obligación de pagar dinero: $+( ;; CC!" ,E C!'8!+"-,$, $ %$ %E5-&%$C-!' "E+C$'(-% C!"! ,E6E C!'&($+ E% $$%/ El aval se debe constar en el titulo de credito mismo o e ho?a aparte que se adhiera: se e@presara con la formula por aval y deber2 llevar la firma de quien lo preste 1A)#E !C#++E &- '! &E ,E(E+"-'$ %$ C$'(-,$, *!+ %$ C#$% &E C!'&-5'$ E% $$%/
$rt;1 ccom si no se indica la cantidad enel aval: se entiende que garantiza el importe total del titulo de credito 1B ,E(E+"-'E C!"! &E C%$&-8-C$' %!& (-(#%!& ,E C+E,-(!/ (ítulos nominativos: títulos a la orden: títulos nominados: innominados: singulares y seriales: principales accesorios: abstractos y causales: especulativos y de inversión: públicos y privados: de pago de participación y de representación 19 ,E&$++!%%E E' )#E C!'&-&(E C$,$ E%E"E'(! ,E %$ C%$&-8-C$C-!' ,E %!& (-(#%!& ,E C+E,-(!/ (ítulos nominados se le consideran títulos nominados por que aparecen tipificados dentro de la ley (ítulos innominados son aquellos títulos que son creados por costrumbre (ítulos singularesson aquellos que se van creando de forma aislada sin que sea necesario un numero considerable (ítulos seriales son aquellos que por su naturaleza: se crean masivamente (ítulos principales son aquellos títulos que por si mismos valen y no dependen de otros para su subsistencia (ítulos accesorios son aquellos títulos que est2n ligados a un principal para surtir efectos (ítulos abstractos son aquellos que no obstante tienen un origen una causa y un motivo por la cual se crearon: cuando entran en circulación este origen no los persiguen se desliga del frente al tenedor de buena fe (ítulos causales son aquellos que estar2n ligados a la causa que les dio origen (ítulos especulativos son títulos en los que el propietario puede obtener una ganancia o pérdida con relación al valor que representan: se ubican dentro de esta variedad a las acciones de sociedades (ítulos de inversión son aquellos que producen una renta al adquiriente del título (ítulos públicos son los títulos que emite el poder público tal es el caso de los bonos del estado (ítulos privados son aquellos títulos creados por el particular (ítulos de pago son todos aquellos cuyo beneficio para el tenedor es el pago de un valor dinerario (ítulos de participación y representación son los que permiten intervenir en el funcionamiento de un ente colectivo y los de representación son aquellos en el que el derecho incorporado significa la propiedad sobre un bien no dinerario 3; ,E&$++!%E %$ ,E8-'-C-!' ,E %E(+$ ,E C$"6-!/ Es un titulo de crédito por el cual una persona llamada librador crea una obligación cambiaria que debe pagarse a su vencimiento en la cantidad dineraria que se indique y a la persona que se designe en el titulo o a la que resulte legitimada para cobrarla 30 &ED$%E %$& 8#'C-!'E& )#E +E*+E&E'($ %$ %E(+$ ,E C$"6-! ,E'(+! ,E% C!"E+C-!/ 8acilita los negocios de crédito: sirve para realizar operaciones de descuento: es medio de pago: es medio de garantía 31 ,E8-'$ C#$%E& &!' %!& E%E"E'(!& *E+&!'$%E& )#E -'(E+-E'E' ,E'(+! ,E %$ %E(+$ ,E C$"6-!/ %ibrador: girado: tomador o beneficiario 33 ,E8-'$ E% C!'CE*(! ,E %-6+$,!+/ Es llamado también girador o creador del titulo es la persona que suscribe el titulo o lo crea su firma es fundamental para la e@istencia del titulo 3 ,E8-'$ E% C!'CE*(! ,E 5-+$,!/ Es la persona quien se le ordena el pago de la letra o sea contara quien se se crea la letra 37,E8-'$ E% C!'CE*(! ,E (!"$,!+ ! 6E'E8-C-$+-!/ Es la persona cuyo favor se crea la letra
C#$%E& &!' %!& +E)#-&-(!& )#E ,E6E C!'(E'E+ #' %E(+$ ,E C$"6-!/ 'ombre del titulo de que se trate: fecha y lugar de creación: orden incondicional a pagar: forma de vencimiento: intereses y vencimiento de la letra de cambio: lugar del cumplimiento de la obligación o e?ercicio del derecho incorporado: firma del librador
3> determine cuales son las clases de pago de una letra de cambio/ *ago anticipado: pago por deposito: pago por un tercero 3A E' )#E C!'&-&(E %$ %E(+$ ,E C$"6-! ,!C#"E'($,$/ E@iste cuando en el conte@to del documento se insertan clausulas socumento contra prestación o contra pago: la cual da aviso de que ?unto al titulo se acompaan documentos 3B ,E8-'$ E% C!'CE*(! ,E *$5$+E/ El pagare es un titulo de crédito mediante el cual el su?eto que lo libra promete pagar una cantidad de dinero a beneficiario que se indique sinque pueda su?etarse la obligación a condición alguna $rt 9; ccom 39,E(E+"-'E %!& %E%E"E'(!& *E+&!'$%E& ,E% *$5$+E/ %ibrador y beneficiario ; ,E(E+"-'E %$ ,-8E'+E'C-$ E'(+E E% *$5$+E . %$ %E(+$ ,E C$"6-!/ %a diferencia escencial es que el la letra de cambio se ordena el pago : mientras que en el pagare se pormete el pago : adem2s que los elementos personales cambian 0,E(E+"-'E C#$%E& &!' %!& +E)#-&-(!& )#E ,E6E C!'(E'E+ E% *$5$+E/ 'ombre del titulo: promesa incondicional de pagar una suma determinada: nombre de la persona a quien debe hacerse el pago: suma de dinero que se va a apagar: lugar y fecha del cumplimiento de la obligación: otros derechos que el titulo incorpore: lugar y fecha de la creación: firma del librador 1 E&C+-6$ %$ ,E8-'-C-!' ,E CFE)#E/ $rt 9 ccom: titulo de crédito mediante el cual solo puede ser librado contra un banco a favor de un beneficiario mediante formularios impresos: suministrados o aprobados por el mismo 3"E'C-!'E C#$%E& &!' %!& E%E"E'(!& *E+&!'$%E& ,E% CFE)#E/ %-6+$,!& *ersona que suscribe la declaración y da la orden incondicional de pagar una suma determinada de dineroG %-6+$,! Es el banco a cuyo cargo se da la orden de pagar el chequeG (!"$,!+ ! 6E'E8-C-$+-! Es la persona que tiene el derecho al pago
E' )#E $D! . E' )#E *$-& &E %E5-&%! *!+ *+-"E+$ EH &!6+E %$ "$(E+-$ ,E% CFE)#E/ &e legislo por primera vez en el país de 8rancia en el ao de 0BB7
7C!"! &E ,E'!"-'! %$ %E. -'5%E&$ )#E E' 0BB1 &-&(E"$(-H! %$ E4-&(E'C-$ ,E% CFE)#E C!" -'&(+#"E'(! ,E 'E5!C-$C-!'/ 6ill of E@change act
> E'#"E+E %!& *+-'C-*-!& 6$&-C!& )#E &E *#E,E' E4(+$E+ ,E %$ %E5-&%$C-!' 5#$(E"$%(EC$ E' C#$'($! $% CFE)#E/ &olo puede librarse contra una institución bancaria: solo puede redactar en formularios impresos y suministrados por los bancos: pueden crearse a la order o al portador: para poder librar cheques es necesario la provision de fondos en la persona del banco librado
AE'#"E+E %$& (E!+-$& )#E E4*%-C$ %$ '$(#+$%EH$ I#+-,-C$ ,E% CFE)#E/ (eoría del mandato: teoría de la cesión: teoría del contrato a favor de un tercero: teoría de la estipulación a favor de un tercero
B E&($6%EHC$ %$& 8!+"$%-,$,E& E&($6%EC-,$& E' $+(-C#%! 3B> . 97 ,E% CC!"/ '!"6+E ,E% (-(#%! )#E &E (+$(E: la orden incondicional de pagar una determinada suma de dinero: nombre del banco librador: fecha y lugar de la creación: los derechos que se incorpora: lugar y fecha del cumplimiento: la firma de quien lo crea
9E4*%-)#E E' )#E C!'&-&(E %$ *+!(ECC-' *E'$% ,E% CFE)#E/ %a legislación guatemalteca reconoce la estafa mediante cheque: consistiendo la figura penal en lo siguiente que quien defraudare a otro d2ndole en pago un cheque sin provisión de fondos o disponiendo de ellos: antes de que e@pire el plazo para su presentación: ser2 sancionado con presión de seis meses a cinco aos y multa de cien a cinco mil quetzales -gual sanción se aplicar2 a quien endosare un cheque con conocimiento de la falta de fondos del librador <$rt 0>B del Código *enal
7;E'#"E+E %$& ,!& 8!+"$& E' )#E *#E,E %-6+$+&E #' CFE)#E/ $ la orden y al portador
70E4*%-)#E %$ C!'8#&-!' E'(+E E% %-6+$,!+ . E% (E'E,!+/es cuando el propietario de la cuenta crea cheques a su favor
71 E4*%-)#E %$ C!'8#&-!' E'(+E %-6+$,!+ . %-6+$,! sucede cuando la persona que crea el cheque es la misma que lo paga: se da enlos llamados cheques de ca?a o generencia estos los emiten los bancos
73E4*D%-)#E %$ C!'8#&-!' E'(+E (E'E,!+ . %-6+$,! e@iste cuando una persona crea un cheque a favor del mismo banco en donde tienen sus depósitos a la vista
7 C#$% E& E% (-E"*! ,E *+E&E'($C-!' *$+$ E% *$5! ,E CFE)#E/ $rt 7;1 Ccom: los cheques deber2n presentarse para su pago dentro de los 07 dias calendario de su creación
77C#$% E& E% (E+"-'! ,E *+E&E'($C-!' *$+$ #' CFE)#E )#EF$ &-,! E' E% "-&"! *$-& *E+! ,E6E *$5$+&E E' %#5$+ ,-&(-'(! ,E E"-&-!'/ 0 mes
7>C#$% E& E% *%$H! *$+$ %$ *+E&E'($C-!' ,E #'CFE)#E )#E F$ &-,! E4(E',-,! E' #' *$-& ,E %$(-'!$"E+-C$ *$+$ &E+ C!6+$,! E' !(+! *$-& %$(-'!$"E+-C$'!/ 3 meses
7AC#$% E& E% *%$H! ,E *+E&E'($C-!' ,E #' CFE)#E )#E F$ &-,! E4(E',-,! E' #' *$-& %$(-'!$"E+-C$''! *$+$ &E+ *$5$,! 8#E+$ ,E %$(-'!$"E+-C$/ meses $rt 0;9 de la ley de títulos y valores para latinoamerica
7B E'#"E+E %!& C$&!& E' )#E E% %-6+$,!+ '! E&($ !6%-5$,! $% *$5! ,E% CFE)#E/ Cuando el librador no ha constituido en su pode3r la suficiente provision de fondos quedando la obligación limitada a pagar hasta el importe del saldo disponible 1=cuando el cheque no reuna alguno de los requisitos establecidos en los artículos 3B; y97 del ccom 3= cuando la firma del librador sea falsa: =cuando los datos consignados en el cheque se encuentren alterados:salvo la e@cepción vista: 7= cando el librador haya notificado al librado la perdida o sustracción del talonario de cheques: >= cuando haya orden ?udicial de no hacer efectivo el documento: A= cuando los derechos incorporados en el documento hayan prescrito: B= cuando el librador revoque el pago después del plazo legal de presentación
79E'#"E+E %!& E8EC(!& E' C#$'(! $% +E($+,! ,E %$ *+E&E'($C-!' ,E% CFE)#E/ &e pierde el derecho de accionar de regreso contra los endosantes y avalistas: se presenta la posibilidad de que el cheque sea revocado por la orden del librador: el tenedor pierde el derecho a la reclamación de los daos y per?uicios establecidas en el articulo 7;A: nose incurre en el delito a que se refiere 9>: si no hay fondos para pagarlo
>;E4*%-)#E )#E E& E% CFE)#E C+#H$,!/ El cheque cruzado es aquel cheque que el librador o el tenedor cruza con dos líneas paralelas trazadas en el anverso: solo podr2 ser cobrado por un 6anco $rt 70A ccom
>0)#E E& E% C+#H$"-E'(! E&*EC-$%/ Es aquel en que aparezcan dos líneas se anota el nombre de la institución de crédito a quien debe pagarse y el pagador en esta serie no podr2 borrar e nombre de la institución de crédito en el consignado $rt 70B ccom
>1E4*%-)#E )#E E& E% CFE)#E *$+$ *$+$ $6!'$+ $ C#E'($/ &e caracteriza por que solo puede ser cobrado mediante abono de su importe en una cuenta bancaria del titular del cheque y esto se logra a travez de la inserción de la clausula en la cual se limita la negociabilidad $rt 710 Ccom
>3E4*%-)#E )#E E& E% CFE)#E CE+(-8-C$,!/ Es aquel cheque en la cual el librador puede pedir antes de la emisión de un cheque: que el librador certifique que e@isten fondos disponibles para que los cheques puedan ser pagados $rt 71 Ccom
> E4*%-)#E )#E E& CFE)#E C!' *+!-&-!' 5$+$'(-H$,$/ Consiste en la forma de cheques en donde los bancos podr2n entregar a sus cuenta habientes formularios de cheques con provision grantizada en los que consta la fecha de entrega y de vencimiento de la garantía y la cuantia m2@ima por la cual cada cheque puede ser liberado $rt 73; ccom
>7E4*%-)#E E' )#E C!'&-&(E E% CFE)#E ,E C$I$ ! ,E 5E+E'C-$/unicamente estos cheques los emitir2 los bancos a cargo de sus propias dependencia $rt 733c:com
>>E4*%-)#E )#E E& E% CFE)#E C!' ($%!'/ &on aquellos cheques que llevan adherido un talon separable que deber2 ser firmado por el titular al recibir el cheque y que servir2 de comprobante del pago hecho $+( 71 CC!"
>AE4*%-)#E )#E E& E% CFE)#E ,E -$IE+!/ &on cheques que ser2n e@pedidos por el librador a su propio cargo y ser2n pagados por su establecimiento principal o sucursal que tengan en el país librador
>BE4*%-)#E )#E E& E% CFE)#E C$#$%/ &on cheques que deber2n e@presar el motivo del cheque y del comprobante de pago hecho cuando lleven el endoso del titular original $rt73 ccom
>9 ,E(E+"-'E #'$ ,E8-'-C-!' ,E !6%-5$C-!'E& ,E6E'(#+E&/ &on títulos de crédito que incorporan una parte alícuota de un crédito colectivo constituido a cargo de una sociedad anónima: ser2n
considerados bienes muebles: aun cuando estén garantizadas con derechos reales sobre inmuebles $rt 7 Ccom
A;)#-'E& *#E,E' &E+ %-6+$,!+ ,E !6%-5$C-!'E& &!C-$%E& ! ,E6E'(#+E&/ &olo las pueden ser las sociedades
A0 ,E(E+"-'E C#$%E& &!' %!& +E)#-&-(!& E&CE'C-$%E& )#E ,E6E C!'(E'E+ %$& !6%-5$C-!'E& ,E6E'(#+E&/ $rt 3B> y $rt 7B del código de comercio
A1 "E'C-!'E C#$%E& !&' %$& 3 8!+"$& E' )#E *#E,E' C+E$+&E . C-+C#%$+ %!$& !6%-5$C-!'E& ,E6E'(#+E&/ 0= nominativas: 1=a la orden: 3=al portador
A3E'#"E+E . E4*%-)#E %!& IE+!& )#E -'(E+-E'E' ,E'(+! ,E %$& !6%-5$C-!'E& &!C-$%E& ! ,E6E'(#+E&/ 0= libradorJ librado Es la sociedad anónima que crea las obligaciones sociales o debentures 1= tenedorJobligacionista es la persona que adquiere los títulos: pag2ndole a la sociedad el valor nominal de los mismos
AE4*%-)#E C#$%E& &!' %$& !6%-5$C/-!'E& C!'E+(-6%E& E' $CC-!'E&/ &on todas aquellas acciones que después de haber adquirido lo invertido el tenedor las puede liquidar o puede convertirlas en acciones dentro de la sociedad convirtiendo la inversión en acciones $rt 7A9ccom
A7,E(E"-'E %$ ,E8-'-C-!' ,E $%"$CE' 5E'E+$% ,E ,E*!&-(!/ Es aquella que esta constituida como una sociedad anónima: su ob?eto principal es el deposito : conservación: custodia el mane?o y distribución: la compra y venta por cuenta a?ena de mercaderías o productos de origen nacional o e@tran?ero y la creación de títulos de crédito $rt 7B ccom
A> E4*!'5$ #'$ ,E8-'C-!' ,E CE+(-8-C$,! ,E ,E*!&-(!/ ,e conformidad con el articulo A del decreto 0A>: es un titulo de credito representativo de la propiedad de los productos o mercancías depositadas enun almacen general de depósitos en el que también se contiene el contrato celebrado entre depositante y depositario $rt 7B ccom
AAE'#"E+E (-(#%!& +E*+E&E'($(-!& ,E "E+C$,E+-$/ Certificado de deposito: carte de porte: conocimiento de embarque y factura cambiaria
AB E4*!'5$ #'$ ,E8-'-C-!' ,E 6!'! ,E *+E',$/ Es un titulo que se le tiene como titulo representativo mercaderías pero no representa en si el derecho de dominio sobre la mercadería si no es para concentrar la relación de credito : un obligacion de pagar una cantidad determinada garantizada con un derecho real prendario sobre la mercadería ob?eto del deposito
A9E4*!'5$ #'$ ,E8-'-C-!' ,E C!'!C-"-E'(! ,E E"6$+)#E/ Es el documento que es otorgada por los fletantes marítimos que e@plota la via marítima paqr la trasportación de mercadería $rt 7BB ccom
B; E'#"E+E %!& E%E"E'(!& *E+&!'$%E& )#E -'(E+-E'E' E' E% C!'!C-"-'E(! ,E E"6$+)#E/ *ortadorJflotante: consignatarioJdestinatario: cargador
B0 E4*!'5$ #'$ ,E8-'-C-!' ,E 8$C(#+$ C$"6-$+-$/ Es el titulo de credito que en la compra venta de mercaderías el vendedor podr2 librar y entregar o remitir a comprador y que incorpora un derecho de credito sobre la totalidad o la parte insoluta de la compraventa $rt 790 ccom
B1 E'#"E+E %!& E%E"E'(!& *E+&!'$%E& )#E -'(E+-'E' E' %$ 8$C(#+$ C$"6-$+-$/ %ibradorJ beneficiario y librado aceptante
B3 ,E(E+"-'E %!& +E)#-&-(!& )#E ,E6E C!'(E'E+ %$ 8$C(#+$ C$"6-$+-$/ $rt 3B7 y $rt 79 ccom
B ,E(E+"-'E C#$% E& %$ 8#'C-!' ,E %$ 8$C(#+$ C$"6-$+-$/ ,emostrar la e@istencia del titulo de credito la cual va en un mismo documento y facilita las transacciones mercantiles
B7,E(E+"-'E %$ ,E8-'-C-!' ,E F-*!(EC$/ ,e conformidad con el articulo B11 del cc es un derecho real que grava un bien inmueble para garantizar el cumplimiento de un obligación
B> )#E E& #' $ CE,#%$ F-*!(EC$+-$/ Es un titulo de credito que representa todo o una parte alícuota de un credito real hipotecario
BA )#-E'E& *#E,E' E"-(-+ %$& CE,#%$& F-*!(EC$+-$/ *ueden ser personas en particular o entidades bancarias
BB C#$% E& %E $%!+ '!"-'$% E' %$ C#$% ,E6E' ,E E"-(-+&E %$ CE,#%$&/ "inimo de 0;; quetzales: cualquier múltiplo de cien
B9 C#$%E& &!' %!& +E)#-&-(!& )#E ,E6E C!'(E'E+ #'$ CE,#%$ F-*!(EC$+-$ *$+$ )#E (E'5$ $%-,EH/ $rticulo 3B> del ccom: y articulo B>B del código civil
9; )#E &!' %!& C#*!'E& ,E %$& CE,#%$& F-*!(EC$+-$/ &on títulos en donde van adherido s los intereses que deben ser pagados al tenedor $+( B>9 CC
90 C#$%E& &!' %$& 8!+"$& E' )#E *#E,E' C+E$+&E %$& CE,#%$& F-*!(EC$+-$/ *ueden crearse nominativas y al portador
91 E4*!'5$ #'$ ,E8-'-C-!' ,E $%E/ Es un titulo de credito por el cual una persona que lo firma se reconoce deudora de otra por el valor de bienes entregados o servicios prestados y se obliga a pagarlos $rt >;Accom
93 E%E"E'(!& *E+&!'$%E& ,E% E% $%E/ (omador Kbeneficiario: libradorJlibrado
9 )#E E& E% C!'(+$(! "E+C$'(-% ,E 8-,E-C!"-&!/ Es aquel en donde un a persona llamada fideicomitente transmite a otra llamada fiduciaria con fines específicos en benfecio de un tercero llamado fideicomisario se puede constituir por testamento o contrato art>;9 ccom
97 C#$%E& &!' %!& E%E"E'(!& *E+&!'$%E& ,E% 8-,E-C!"-&!/ 8ideicomitente: fiduciario y fideicomisario
9> E'#"E+E %$& C%$&E& ,E 8-,E-C!"-&! )#E E4-&(E'/ ,e inversión de garantía y de administración
9A )#-E'E& &!' %!& #'-C!& )#E *#E,E' C!'&(-(#-+&E C!"! 8-,#C-$+-!&/ #na insitucion bancaria
9B E'#"E+E %!& ,E+ECF!& )#E C!'8-E+E E% CE+(-8-C$,! 8-,#C-$+-!/ Est2n establecidas en el articulo >00 del código de comercio
99C#$%E& &!' %!& +E)#-&-(!& )#E ,E6E C!'(E'E+ %!& CE+(-8-C$,!& 8-,#C-$+-!&/ $+( 3B7 . >03 ,E CC!"
0;; C#$% E& E% *%$H! *!+ %E C#$% E% CE+(-8-C$,! 8-,#C-$+-! '! *!,+$ E4CE,E+/ 17 aos $rt >0 ccom
0;0 ,E8-'$ )#E E& %$ $CC-!' C$"6-$+-$/ Es un derecho que tiene el su?eto activo de la obligación contenida en un titulo de credito para pretender el pago en la via ?udicial por medio de un preceso e?ecutivo
0;1 C#$',! *#E,E EIE+CE+ %$ $CC-!' C$"6-$+-$/ er art >07 ccom
0;3 E'#"E+E %$& C%$&E& ,E $CC-!' C$"6-$+-$/ ,irecta y de regreso
Acción Cambiaria Directa. &i la acción se e?ercita en contra del deudor principal
obligado En estos casos el principal obligado sería: dependiendo del título de que se trate en una letra de cambio: el libradoJaceptante
Acción cambiaria en la Vía de Regreso. %lamada también Acción de Regreso:
es la que procede en contra del librador: el endosante o el avalista que no lo sea del obligado principal
0; que es la accion causal/ Es un recurso procesal de naturaleza e@tracambiaria que tutela el derecho del portador de la letra a recibir su importe: pero cuyo fundamento y origen no radica en la letra misma: sino en las relaciones o negocios ?urídicos subyacentes: y e?ercitable únicamente contra el su?eto que en ellos haya sido parte con el tenedor
0;7E'#"E+E %$& E4CE*C-!'E& )#E *#E,E' *%$'(E$+&E C!'(+$ %$ $CC-!' C$"6-$+-$/ er el $rt >09 del ccom 0;> C#$',! &E ,$ %$ C$,#C-,$, ,E %$ $CC-!' C$"6-$+-$/ $rticulo >13 ccom por no haber sido presentado el titulo en tiempo para su aceptación o para su pago : por no haberse levantado e protesto en los términos de este código
0;A C#$',! &E ,$ %$ *+E&C+-*C-!' E' %$ $CC-!' C$"6-$+-$/ &e da cuando no se e?ercita el derecho en tiempo establecido causando efectos desfavorables para la parte accionante art >1> al >19 ccom
0;B ,E8-'$ E% C!'CE*(! ,E C$'CE%$C-!' ,E #' (-(#%! ,E C+E,-(!/ Consiste en de?ar sin efecto de?ar sin efecto el derecho que se incorpora en el documento: y el titulo pierde su categoría como tal +E-'-,-C$C-!' : +E*!&-C-!' . C$'CE%$C-!' ,E %! & (+-#%!& ,E C+E,-(! $+(-C#%!& >31 ,E% C!,-5! ,E C!"E+C-! $% >7 ,E% C!,-5! ,E C!"E+C-! 0;9 )#E E& E% E',!&!/ Es una cl2usula accesoria e inseparable del título en la que el acreedor cambiario pone a otro en su lugar: transcribiéndole el título con efectos limitados e ilimitados Es una aclaración puesta en el título por la que el tenedor transmite a otra persona el derecho incorporado en el mismo Endoso significa en el dorso o en la parte de atr2s del documentoG 00; C#$%E& &!' %!& +E)#-&-(!& ,E% E',!&!/ 'ombre del endosatario: : clase de endoso: lugar y fecha la firma del endosante o de la persona que firma a ruego
000 E'#"E+E %$& C%$&E& ,E E',!&!/ 1. Regular, Pleno Completo, Traslativo: Se
transfiere la propiedad del título;
2. Irregular o Limitado: Son los ue presentan un fallo en los efe!tos del endoso. Limitan sus efe!tos " son: #ndoso en Pro!ura!i$n o %poderamiento: solo autori&a al interesado reali&ar a!tos de !onserva!i$n " e'er!i!io del dere!(o en inter)s del endosante. #ndoso en *arantía: !onsiste en dar el título en garantía prendaria de un !r)dito. Se de+e epresar !on las !l-usulas en garantía.
. #spe!iales: #ndoso en /lan!o: firma 0ni!amente el endosante ; #ndoso Posterior al en!imiento; #ndoso posterior al protesto. 324 " 3 del C$digo de Comer!io5
001 ,E #'$ ,E8-'-C-!' ,E $$%/ Es el acto ?urídico unilateral: escrito en el propio título de crédito: en el que una persona
003 "E'C-!'E C#$%E& &!' %$& C$+$C(E+-&(-C$& ,E% $$%/ 1. #s un a!to propio de los
títulos de !r)dito 366 7 368 C.Co.5;
2. #s un a!to es!rito 3615;
. #s un a!to de !onstan!ia en el do!umento o en la (o'a a la ue se ad(iere;
3. #s un a!to in!ondi!ional: se permite ue sea por la totalidad o par!ialmente del importe del título, pero no su'eto a !ondi!iones;
8. #s un a!to a!!esorio: de+e eistir previamente el título ue se garanti&a;
9. #s un a!to informal: si +ien la le" esta+le!e ue el aval de+er- !onstar en el título o en (o'a ad(erida !on epresi$n de la denomina!i$n: aval u otra euivalente; tam+i)n esta+le!e ue !uando no se le puede atri+uir, a la sola firma puesta, otro signifi!ado, se tendr- por aval. %rt. 361 del C. de Co.5.
00 "E'C-!'E C#$%E& &!' %!& E%E"E'(! &*E+&!'$%E& )#E -'(E+-E' ,E'(+! ,E% $$%/
1. 7 AVALISTA: ue es la persona ue es!ri+e la f$rmula del aval o pone su firma en un título de !r)dito en forma epresa o t-!ita. Cuando no se le puede atri+uir otro signifi!ado, garanti&a en todo o en parte el pago de un título ue !ontenga la o+liga!i$n de pagar, %rt. 366 7 361 C.Co.5;
2. 7 AVALADO: #s la persona por la !ual se presta el aval. #n el aval de+e indi!arse el nom+re del signatario por el !ual se presta el mismo, de lo !ontrario se entienden garanti&adas las o+liga!iones ue li+eren al ma "or n0mero de o+ligados %rt. 3635. #l #lemento o+'etivo lo !onstitu"e la suma garanti&ada, la le" permite la garantía total o par!ial del título de !r)dito. %rt. 331 in!. 346 in!. 3; 348 del C. de Co.5