CHARCO SEOANE LAURA CECILIA. VS TORRES RODRIGUEZ GILDARDO. GILDARDO. DIVORCIO INCAUSADO. EXPEDIENTE: 519/13 SECRETARIA: “A” C. JUEZ TRIGESIMO NOVENO NOVENO DE LO FAMILIAR FAMILIAR DEL DISTRITO FEDERAL. P R E S E N T E: GILDA ILDAR RDO TO TORR RRES ES RODR ODRIGUE IGUEZ Z , por por mi prop propiio dere dereccho y señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones, aun las de carácter personal, documentos y valores en que se encuentra ubicado en la call ca lle e 641, 641, NÚMER NÚMERO O 233, 233, SECCI SECCIÓN ÓN IV Y V, DE LA COLO COLONI NIA A SAN SAN JUAN JUAN DE ARAGÓN, C.P. 07920, DELEGACIÓN GUSTAVO A. MADERO, EN MÉXICO DISTRITO FEDERAL, en esta ciudad, y autorizando para oírlas y recibirlas en mi nombre y representación a los Licenciada Arcelia Berenice Bautista Torres quien cuenta con cédula profesional número 2679779, 2679779, en términos del del artículo 112 112 párrafo IV y a los C.C. LAURA LAURA FERREIRO FERREIRO MELO, MELO, Y LUIS DELFINO DELFINO RAYA indistintamente, ante Usted con todo respeto comparezco para exponer; Que por medio del presente escrito y estando en tiempo y forma, con fundamento en lo dispu spuesto por el artículo 260 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, vengo a dar contestación a la solici sol icitud tud de divorc divorcio io incaus incausado ado instau instaurad rado o en mi contra contra,, en los siguie siguiente ntess términos:
CONTESTACION A LOS HECHOS. El hecho I que se contesta es cierto. El hecho II que se contesta es cierto. El hecho III que se contesta es cierto. El hecho IV que se contesta es falso, toda vez que si bien es cierto el susc suscri rito to en algu alguna nass oc ocas asio ione ness ingi ingier ero o bebi bebida dass em embr bria iaga gant ntes es,, es esto to es esporád esporádica icamen mente te y no diaria diariamen mente te como como lo manifi manifiest esta a falsam falsament ente e la parte parte actora, también es falso que el suscrito ejerza violencia en contra de mi esposa y de mis hijos y mucho menos dentro de mi hogar y en presencia de personas ajenas a mi familia, como son las personas que indica la parte actora en este hecho que se contesta, lo que se acreditara en el momento procesal oportuno. También es falso que haya desavenencias conyugales por motivo del del supu supues esto to alco alcoho holi lism smo o que que indi indica ca la ac acto tora ra,, lo cier cierto to es que que dich dichas as desa desave vene nenc nciias co cony nyug ugal ales es so son n por por otro otross moti motivo voss que que má máss adel adelan ante te se indicaran. El hecho V que se contesta es totalmente falso, ya que el suscrito no acostumbro insultar a mi esposa o a mis hijos y mucho menos golpearlos. En razón de que este hecho V que se contesta contempla varias situaciones estas las contesto de la siguiente forma: Es falso que el suscrito ejerza violencia familiar en contra de mi esposa LAURA CECILIA CHARCO SEOANE, y de mis hijos Gildardo y Erik.
En cuanto a la práctica de celotipia es falso, sin embargo es de señala señalarr que en divers diversas as ocasione ocasioness le he cuesti cuestiona onado do a mi esposa esposa divers diversas as conductas que considero inapropiadas y al realizarlo ella se pone nerviosa, violenta y agresiva, sin embargo por no ser materia del juicio es obsoleto abundar en ello. Es falso que se acostumbre esta violencia familiar y más falso aun los dos acontecimientos que menciona la actora en este hecho, ya que el día 13 de octubre del año 2012, fue sábado y mi hijo Gildardo jugador del equipo de liga mayor de pumas tuvo partido en el estadio olímpico de ciudad universitaria dando inicio a las 12:00 horas, estos partidos en general duran apro aprox ximad imadam ame ente nte 3 hora horas, s, y desp despué uéss los juga jugado dore ress en sa sallir tarda ardan n aproxi aproximad madame amente nte 40 minut minutos, os, sie siempr mpre e lo espera esperamos mos y poster posterior iorme mente nte nos vamos a comer en familia incluso acompañados por sus abuelos maternos y una vez concluida la comida me dirijo a trabajar aproximadamente a las 6:00 o 6:30 de la tarde, regresando a mi domicilio conyugal entre las 11:30 y las 00:00 horas, por lo que de ninguna manera ese día y menos a las 16:00 hrs que indica nadie se encontraba en el domicilio conyugal, todos nos encontrábamos en familia comiendo, esto le consta obviamente a mis hijos Gildardo y Erik, e incluso exhibo con el presente escrito de contestación los boleto que de acceso ANEXOS(1 ). al estadio mismos que indican el día y la hora del evento como ANEXOS(1 De lo antes citado se ha dado cuenta mi hijo GILDARDO TORRES CHARCO. CHARCO. Es de señalar es totalmente falso y absurdo que yo agreda a mi espo es posa sa y a mis mis hijo hijoss toda toda vez vez que que mis mis hijo hijoss al se serr juga jugado dore ress de futb futbol ol americano, que son linieros y por el tipo de entrenamiento y acondicionamiento físico que tienen mi hijo Gildardo pesa 110 kg y hace 20 repeticiones de 150 kilogramos en pesas en el gimnasio y mi hijo Erik pesa 100 kg y hace 20 repeticiones de 80 kilogramos en pesas en el gimnasio, y el suscrito pesa 68 kilogramos no hago ejercicios y menos hoy en día ya que tuve una lesión en la pierna pierna y tuve tuve que ser interv interveni enido do quirúr quirúrgic gicame amente nte y me tienen tienen prohib prohibido ido levantar pesas o realizar ejercicios extremos. Por lo tanto resulta ilógico que pueda agredir a mis hijos ya que sería más fácil para ellos someterme en caso de una agresión de mi parte hacia ellos o hacia mi esposa, lo que no es mi costumbre, por lo que resulta falso las aseveraciones que indica la actora. Así mismo el día que indica la actora 20 de febrero del año 2013 a las 14:00 14:00 horas, fue miércoles miércoles aclarando aclarando a su señoría que mi hijo Gildardo Gildardo se va a la Facultad a las 6:00 horas y posteriormente se va al gimnasio en Ciudad Universitaria posteriormente entrena con su equipo y finalmente asiste como entrenador de una categoría infantil, terminando sus actividades y regresando a casa entre 22:00 y 23:00 horas, siendo estas actividades de lunes a viernes. De todo esto es testigo testigo mi hijo GILDARDO TORRES CHARCO. CHARCO. Mi hijo Erik se va a la escuela a las 7:50 horas y cuando sale de la escuela se va a Ciudad Universitaria a entrenar, terminando sus actividades y regresando a casa a las 20:00 horas siendo estas actividades de lunes a viernes. El suscrito me voy a trabajar a las 10:00 horas y regreso entre 22:00 y 23:00 horas, esto es de lunes a viernes y los días sábados trabajo de las 18:00 a las 23:00 horas. Mi espo sposa Laura aura trab trabaj aja a en su nego negoci cio o llegan egando do al mism smo o aproximadamente a la una y media de la tarde, pues es patrona y puede darse sus gustos y regresando al domicilio conyugal entre las 6:00 Y 7:00 P.M. de lunes a viernes, y sale a las 8:00 P. M. hacer ejercicio al CLUB en la calle de Siracusa, volviendo como a las 10:00 P.M. De lo anterior se desprende que el día y hora que indica la actora, asíí como as omo las pers perso onas nas que que rela relaci cion ona a no pudi pudim mos estar star pre prese sent ntes es.. Lo anteriormente señalado le consta plenamente a mis hijos, quienes pueden deponer en relación a las actividades que realizan, los horarios y en específico
las actividades de ese día, por lo que ninguno de los cuatro nos encontrábamos en el domicilio conyugal. De todo lo anterior es testigo mi hijo GILDARDO TORRES CHARCO. Cabe destacar que incluso resulta tan falsa y fantasiosa lo que mi actual esposa manifiesta en su escrito de solicitud de divorcio, que en ese es e tiem tiempo po yo me enco encont ntrab raba a co conv nval alec ecie ient nte e de una una ciru cirugí gía a que que me fue fue practicada un mes antes (doce (doce de enero del año 2013) de mi tibia y peroné del pie izquierdo por un accidente que sufrí en motocicleta siendo necesario la colocación colocación de tornillos tornillos y demás, demás, tal y como se puede desprender desprender de la factura de fecha 17 de enero del presente año, del Hospital Santa Coleta, S.A. de C. V. misma que agrego al presente escrito como ANEXO 2. Cabe mencionar que mis hijos han sido campeones en repetidas ocasiones, son excelentes estudiantes ¿Cómo les podría decir fracasados? El hecho VI que se contesta es falso, toda vez que como ya lo he manifestado mis hijos tienen diversas actividades todo el día y hasta la fecha no han dejado de llevar acabo dichas actividades y el suscrito trabaja todo el día incluso cuando llego a mi domicilio ellos ya se encuentran descansando por lo que es falso que no puedan salir de la casa o dejen sus actividades por miedo a que el suscrito agreda a su madre. De todo esto es testigo mi hijo GILDARDO TORRES CHARCO. El hecho VII que se contesta es de convenirse ya que hasta hoy en día tanto las partes pa rtes en el presente juicio y nuestros hijos vivimos en el domicilio que que indi indica ca la ac acto tora, ra, sin sin em embar bargo go se trat trata a de un domi domici cili lio o prop propie ieda dad d del del suscrito y en el que mis hijos están de acuerdo en seguir habitándolo con su padre, esto de acuerdo a platicas que he sostenido con ellos, en cuanto a la actora y siendo esta la inconforme y la que promueve la presente solicitud de divorcio divorcio incausado incausado se pu durante te el pres presen ente te pue ede retir etira ar del del mis mismo duran procedimiento o de acuerdo a la contrapropuesta de convenio que se anexa al presente escrito. El hecho VII que se contesta es totalmente falso e improcedente, ya que la actora en el presente juicio, es propietaria y patrona de un restaurante de comida para llevar llevar y banquetería, banquetería, llamado “La Tertulia” Tertulia” con domicili domicilio o en la calle Primera Cerrada de Cine Mexicano número 1, en la Colonia Lomas Estrella, en la Delegación Iztapalapa. De lo anterior expuesto son testigos los C.C. JUAN ANTONIO RUÍZ LEYVA Y LA SEÑORA LAURA OCAMPO ARANDA. Además es representante de NATURA, así que es empresaria teniendo teniendo de ambos ambos trabajos ingresos propios, siendo falso que se dedique únicamente al hogar y al cuidado de nuestros hijos. Lo anteriormente lo acredito con escrito original de promociones referentes al servicio de comidas y banquetes, donde incluso tiene la firma de la madre de mis hijos hijos misma que corre corre agregados agregados al presente presente escrito escrito como ANEXO 3, con el alta del del Servici Servicio o de Admini Administraci stración ón Tributaria Tributaria de fecha tres de febrero del año 2009,así como el acuse de Actualización al Registro Federal de Contribuyentes, Contribuyentes, de la misma misma fecha incluso ambos documentos documentos firmados por por la multicitada LAURA CECILIA CHARCO SEOANE , registrada bajo el régimen de pequeño contribuyente mismos que son agregados al presente escrito como ANEXOS 4 y 5 respectivamente, en el que se indica la actividad de alimentos preparados para su consumo, e incluso debido que es propietaria de dicho negocio sus empleados le emiten recibos recibos de pago de salarios salarios semanales por parte de ellos mismos , ( en el que se indica su nombre, el monto del pago, el período que corresponde de pago y nombre nombre firma y huella dactilar del traba abajador que recibe él pago, es decir los empleado ados de dicho establecimiento, tal y como se puede desprender de los los recibos semanales de fechas: 16 de FEBRERO “que contempla del 11-16 de febrero”, (de 02 DE MARZO “que contempla una semana de pago del 25/febrero al 02/marzo del presente año”, y otros del día 16 DE MARZO “que contempla del 11-16 Marzo” de los empleados de nombre JULIETA VAZQUEZ FRAGOSO, LEONARDO RIVERA
Y RAQUEL JIMÉNEZ PÉREZ) respectivamente mismos que corren agregados en autos como ANEXOS 6,7,8,9,10,11 y 12, así como una solicitud de registro o modi modifi fica caci ción ón de regi regist stro ro obli obliga gato tori rio o de co cont ntra rato toss de adhe adhesi sión ón ante ante la Procuraduría Federal del Consumidor, tramite realizado por la actora para el buen funcionamiento del negocio de fecha 8-septiembre del año 2009 el cual exhibo al presente escrito como ANEXO 13. En ese mismo orden de ideas de igual manera la multicitada madre de mis hijos llevo a cabo la reanudación de actividades, ante la Administración Local de Recaudación 14 del Oriente del D.F. donde se indica que con fecha 20 de mayo del año de 1993 quedo procesado en la cuenta única local el trámite de reanudación de actividades, con número de operación 261171, mismo que corre agregado en autos como ANEXO 14, así como FACTURAS expedidas en el mes de junio del año 1994 a nombre de mi aún actual esposa con folios de la 101-1100, misma que agrego al presente escrito como ANEXO 15. Así mismo para acreditar que tiene ingresos propios incluso en ocasiones superiores a los del suscrito exhibo hoja de requisitos mínimos para el otorgamiento de la Tarjeta Platinum Card de American Express, con la cual cuenta la actora en la actualidad, así mismo exhibo estado de cuenta de la tarj tarjet eta a Plat Platin inum um Ca Card rd de Amer Americ ican an Expre Express, ss,co con n núme número ro de cuen cuenta ta 3766 3766-623840-46002 fecha tres de abril del presente año, de donde es titular y el suscrito tiene una adicional, otorgada a la parte actora Laura C. Charco Seoane, misma que corre agregada en autos como ANEXO 16. Aclarando que el suscrito nunca le pide cuentas de sus ingresos pero tengo conocimiento que son excesivamente excesivamente suficientes para sus excesivos gastos personales, y solo para sus gastos ya que nunca durante el tiempo que hemos estado casados ha aportado un solo peso ya sea para gastos de la casa, pago de hipoteca, compra de vehículos, alimentos, ya que responsablemente el suscrito los ha cubierto oportuna y eficientemente. Con lo anteriormente manifestado y con los documentos exhibidos qued queda a plen plenam amen ente te ac acre redi dita tado do que que la ac acto tora ra cuen cuenta ta co con n ingr ingres esos os prop propio ioss excesivamente suficientes. De todo lo antes descrito es testigo el C. RUIZ LEYVA JUAN ANTONIO Y LAURA OCAMPO ARANDA. El hecho VIII en cuanto a la pensión alimenticia que se fije para
mis mis hijo hijos, s, Gild Gildard ardo o siem siempre pre le he cubi cubier erto to sus sus nece necesi sida dade dess y lo se segu guir iré é haciendo. En cuanto a mi menor hijo Erik siempre he cubierto sus necesidades alimentarias y mientras viva con el suscrito si así lo desea seguiré realizándolo dire direct ctam amen ente te y en ca caso so de que que deci decida da vivi vivirr co con n su se seño ñora ra madre adre en la contrapropuesta de convenio se determinara el monto de su pensión ya que en derecho le corresponde. Es totalmente falso falso lo que textualmente textualmente indica indica la parte actora ….” ….” que el suscrito gane como gerente del grupo Gilce, dedicado a la renta de salo salone nes s de fies fiesta tas s y dis discote coteca cas, s, obte obteni nien endo do un ingr ingre eso de $100 $100,0 ,000 00.0 .00 0 peso pesos” s”…… …… ya qu que e el susc suscri rito to es pers person ona a físi física ca con con actividad actividad empresari empresarial al régimen régimen intermedio, intermedio, y no empleado y más falso aún que sea dueño del restaurant “La Tertulia” obteniendo ingresos por $30,000.00 (Treinta mil pesos 00/100 M.N.) mensuales,…..”ya que el mismo no se encuentra encuentra ubicado en el edificio del Grupo Gilce ya que
como he ma como mani nife fest stad ado o co con n ante anteri rior orid idad ad dich dicho o nego negoci cio o de Re Rest stau aura rant nt le pertenece a la actora y yo solo la asesore asesore y la ayude a ponerlo, con la finalidad finalidad que el día que yo muriera tuviera con que vivir y no tuviera que depender de nuestros hijos, además de que ejerciera su carrera profesional de Licenciada en Administración de Empresa egresada de la UVM (UNIVERSIDAD DEL VALLE DE MÉXICO MÉXICO), ), manif manifest estando ando que “Gru “Grupo po Gilce Gilce”” es un nombre nombre come comerci rcial al del del negoci negocio o donde donde yo trabaj trabajo o como como persona persona física física con activida actividad d em empre presar sarial ial Régimen Intermedio.
El hecho IX que se contesta es parcialmente cierto, ya que el suscrito se ha preocupado siempre por el bienestar de mi familia y he trabajado arduamente para cubrir todas sus necesidades y vivir con decoro, es cierto que se adquirió el bien inmueble que refiere la actora, siendo nuestro domicilio conyugal y el cual únicamente lo adquirió el suscrito mediante un crédito hipotecario mismo que a la fecha se está pagando. También es cierto que he adquirido los tres vehículos que menciona la actora, los cuales compre a crédito y actualmente se encuentran liquidados con ingresos propios no así de la actora no obstante que cuenta con ellos y respecto al negocio de banquetes “La Tertulia”, como ya lo he manifestado la actora es la única propietaria de dicho negocio. En cuanto a lo que dice textualmente la multicitada parte actora que cuento cuento …..”con participación como accionista de “El Grupo Gilce” es fals falso o ya que que so soy y em empr pres esar ario io,, me encu encuen entr tro o co como mo pers person ona a físi física ca co con n actividad empresarial Régimen Intermedio, ya que el GRUPO GILCE, no está constituida como Sociedad Mercantil. El hecho X que se contesta es falso toda vez que la relación de gastos que indica la actora en este hecho es excesiva y fuera de contexto y de mis posibilidades económicas, además de que es falso que se realicen estos pagos por las cantidades que indica aunado a que la actora no acredita de ninguna forma dichos gastos y la sola manifestación de los mismos no debe ser toma tomado do en co cons nsid ider erac ació ión n o co como mo prue prueba ba ya que que cuan cuando do se sea a el mome moment nto o procesal oportuno se demostrará la serie de mentiras en las que se conduce la misma. Lo cier cierto to es que que de todo todoss los los gast gastos os que que erog erogo o en prom promed edio io mensual son de ($98.000.00) tomando en cuenta la hipoteca del bien, que es de mi propiedad y que es el domicilio conyugal, y que jamás aporto nada, y que lo que ella gana como empresaria, es exclusivamente para ella. MEDIDAS PROVISIONALES.
En cuanto a las medidas provisionales que manifiesta la actora señalo lo siguiente: Numeral 1.- No es procedente en virtud de la legislación aplicable al caso en concreto. Num Numeral ral 2.- No es proc proced ede ente nte toda toda vez que que el susc suscri rito to es propietario del inmueble que señala para deposito y por derecho me asiste vivir en el mismo y en cuanto a mis hijos, el mayor por decisión propia seguirá habitando en dicho domicilio, ya que así me lo ha manifestado, en cuanto a mi menor hijo Erik, quien también me ha manifestado su deseo de vivir con el suscrito de igual forma seguirá viviendo en el domicilio conyugal. En cuanto a la domicilio conyugal conyugal, siendo improcedente que se actora debe retirarse del domicilio deposite en el domicilio conyugal ya que la misma actora solicito el divorcio y la separación, además de que cuenta con suficientes ingresos para obtener un lugar para vivir. Por lo que en caso de que mi menor hijo decida vivir con su señora madre fuera del domicilio conyugal, dentro la pensión que se otorgue únic únicam amen ente te para para mi me meno norr hijo hijo,, se co cons nsid ider erar ara a dent dentro ro del del mont monto o es este te concepto. De la situación de ser propietario del inmueble esto lo acredito con la COPIA SIMPLE DE LAS ESCRITURAS DEL MISMO, mismo que agrego al presente escrito como ANEXO 17 Numeral 3.- Manifiesto mi inconformidad toda vez que siempre he estado al cuidado cuidado de mis hijos y he tenido tenido la custodia, custodia, por lo que no hay razón para que deje de tener esto deberes y derechos, aunado a que mis hijos me han manifestado en diversas ocasiones y más aun en cuanto se enteraron de la solicitud de divorcio, así como las falacias hechas por su señora madre en la solicitud, sus deseos de continuar viviendo con el suscrito en mi casa por lo que mis hijos deben continuar bajo mi cuidado y mi custodia.
Lo anteriormente propuesto conforme al Titulo Decimo Sexto del Código de Procedimientos Civiles, tomando en cuenta la opinión del menor de edad. Numeral 5.- Manifiesto mi absoluta inconformidad toda vez que dicho inmueble es de mi propiedad, es en el lugar en el que habi abito conjuntamente con mis hijos y la hoy actora, por lo tanto no se me puede prohibir ya que se estaría violentando mis Derechos Humanos consagrados en los los artí artícu culo loss 14 y 16 de la Co Cons nsti titu tuci ción ón Po Polí líti tica ca de los los Esta Estado doss Unid Unidos os Mexicanos. Pero en el presente caso la actora no desea que me acerque luego entonces puede retirarse del domicilio conyugal, lo que no le causaría ningún perjuicio en razón de que mis hijos desean seguir viviendo con el suscrito y la actora tiene grandes posibilidades económicas para independizarse. Por lo anteriormente manifestado solicito a su señoría se tenga por contestada la vista ordenada en auto de fecha 03 de Abril del año 2013, en relación a los incisos 2.- 3.- y 5.-, en tiempo y forma. Numeral 4.- y 7.- Manifiesto que nunca he ejercido violencia familiar en contra de la hoy actora y mucho menos de nuestros hijos, por lo que este aperci apercibim bimien iento to es innece innecesari sario o e improc improcede edente nte.. En cuant cuanto o absten abstenerm erme e de causar perjuicio a los bienes es innecesario toda vez que son bienes propiedad únicamente del suscrito los cuales me he esmerado en pagar para obtenerlos y cuidarlos, por lo que es ilógico que me pidan que no los perjudique y en el caso al ser el único propietario de los mismos el suscrito puede disponer de los mismos en cualquier momento, no aplicando en este caso lo establecido por el artículo 267 fracción VI del Código Civil para el Distrito Federal, toda vez que la actora cuenta con ingres resos propios suficientes y nunca se dedico excl exclus usiv ivam ame ente nte al cuida uidado do de los los hijo hijoss y del del hoga hogar, r, por por lo que que dich dicha a compensación no es procedente. siguiente:
Nume Numeral ral 6.6.- ma mani nifi fies esto to BAJO BAJO PROT PROTES ESTA TA DE DECI DECIR R VERD VERDAD AD,, lo
El suscrito labora como persona física con actividad empresarial Régimen Intermedio con domicilio fiscal en Calzada de la Viga, Número 1245102, 102, Col Coloni onia a Re Refor forma ma Ixtlac Ixtlaccih cihuat uatl, l, Delega Delegació ción n Iztaca Iztacalco lco,, en esta esta ciudad ciudad y operando los Salones de Fiesta del edificio Grupo Gilce Gilce ubicado en Avenida 608 Esquina Avenida 613 613 en la Colonia San Juan de Aragón, Delegación Delegación Gustavo a Madero, obteniendo los siguientes ingresos después de impuestos: Aprox proxiima mada dame ment nte e dedu deduci cie endo ndo gast gastos os e impue puestos stos es de NOVENTA Y OCHO OCHO MIL MIL PESOS PESOS 00/10 00/100 0 M.N. M.N. ) los cuales los $98.000.00 ( NOVENTA gasto en: PAGO DE HIPOTECA 30.000.00 GASTOS DE DE CA CASA Y SERVIDUMBRE 21.500.00 CRÉDITO INVERSIÓN 5.000.00 CRÉDITO FAMILIAR 5.000.00 NEXTEL 1.500.00 CABLEVISIÓN 780.00 LUZ 250.00 GAS 300.00 PAGO DE MANTENIMIENTO CONDOMINIO 1200.00 MESADA DE GIL “HIJO” 3000.00 MESADA DE ERIK “HIJO” 3000.00 PAGO PAGO DE TELCEL TELCEL “MÍO“MÍO-HIJ HIJO-H O-HIJO IJO”” 1500 1500.00 .00 DIVERSIÓN Y COMIDAS DOMINICALES 4500.00 VESTIDO DE MI FAMILIA 6000.00 ALIMENTOS MÍOS ( DE UN MES) 2800.00
SEGURO DE VIDA PREDIO Y AGUA AHORRO
2500.00 1500.00 7000.00 ------------------------97.330.00
En virtud de lo anterior es improcedente lo que solicita la parte actora en razón de que no cuento con ingresos tan elevados y la pensión debe ser determinada solo para los alimentos de mi menor hijo, y en su caso, no así para la actora ya que cuenta con ingresos propios. Por lo anteriormente manifestado solicito a su señoría se tenga por contestada la vista ordenada en auto de fecha 03 de Abril del año 2013, en relación a los incisos 6.-, en tiempo y forma. Numeral 8.- Manifiesto que dichos bienes relacionados por la actora son exclusivamente de mi propiedad, y en razón de que la actora cuenta con ingr ingres esos os prop propio ioss debi debido do a sus sus ac acti tivi vida dade dess co come merc rcia iale less y no se dedi dedico co únicamente al hogar y al cuidado de los hijos, no es procedente y aplicable lo establecido por el artículo 267 fracción VI del Código Civil para el Distrito Federal. Y para acreditar mi dicho, exhibo: a) Escrit Escritura ura pública pública número número 243,21 243,214 4 Libro Libro 6,370 6,370 año 2008 2008 como anexo (17). b) Copia Copia de la la Factura Factura núme número ro (A702 (A7026) 6) que que ampara ampara el vehí vehícul culo o FORD FUSION SELPLUS V6 DEL AÑO 2009 mismo que está a mi nombre, pero el cual tiene en posesión mi aún esposa, he de menc me ncio iona narr que que la fact factur ura a se encu encuen entr tra a en gara garant ntía ía co con n la empresa Cervecería Cuahtemoc Moctezuma S. A. de C. V. por un prés présta tamo mo pers person onal al en febr febrer ero o del del 2012 2012,, mism misma a que que co corr rre e agregada en autos como ANEXO 18 c) Factur Factura a número número (BC 75333) 75333) que ampara ampara el vehíc vehículo ulo camione camioneta ta marca FORD F-150 LINEA PIK-UP, PLACAS DE CIRCULACIÓN 628 YEU COOR GRIS, misma que corre corre agregada como ANEXO 19. d) Factura Factura número (FA0018 (FA00180) 0) vehículo vehículo FORD MUSTANG MUSTANG 2 PUERTAS, PUERTAS, VERS VERSIO ION N GT COUP COUPE E EQUI EQUIPA PADO DO 4.6 4.6 LT LTS, S, MODE MODELO LO 2007 2007 CON CON PLACAS DE CIRCULACIÓN 915 VEC, misma que corre agregada como ANEXO 20 En cuanto a las pruebas ofrecidas por la parte actora, solicito las mismas sean desechadas en virtud de que no se encuentran debidamente ofre ofreccidas idas co conf nfor orm me a lo disp dispue uest sto o por por art artícul ículos os (291 del del Có Códi digo go de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal)
P R U E B A S: I.- La confesional a cargo de la promovente señora LAURA CECILIA CHARCO SEOANE, al tenor de las posiciones que previamente sean calificadas de legales, solicitando sea citada para que comparezca al desahogo de la prueba confesional a su cargo con los apercibimientos de ley. Esta Esta prue prueba ba se ofre ofrece ce co con n la fina finali lida dad d de ac acre redi dita tarr el vínc víncul ulo o matrimonial que nos une así como el hecho de que la actora cuenta con ingresos propios ya que es propietaria y patrona de un restaurante de comida para llevar y banquetería, llamado “La Tertulia”, y que se acredite el hecho de que los bienes son propiedad exclusiva del demandado. Esta prueba se relaciona con los hechos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, de los hechos que se contestan en el presente escrito de contestación a la solicitud de divorcio incausado.
II.- Las testimoniales a cargo del señor RUIZ LEYVA JUAN ANTONIO quien tiene como domicilio en Avenida TLAHUAC No.100 Colonia San Simón Culhuacán C.P. 9800, Colonia Iztapalapa, en México Distrito Federal y la señora LAURA OCAMPO ARANDA, quien tiene como domicilio Avenida 609, número 145, Unidad Aragón Tercera Sección, Delegación Gustavo A. Madero a quienes me comprometo llevar el día y hora que su señoría sirva señalar para tal efecto. Esta prueba se ofrece con la finalidad de acreditar la relación que existe entre las partes así como el hecho de que la actora cuenta con un negocio propio que le reditúa ingresos suficientes Esta prueba prueba se se relaciona relaciona con los los hechos hechos ( VII, VII, VIII, IX IX y X) X) que se se contestan en el presente escrito de contestación a la solicitud de divorcio incausado. II.- La Testimonial a cargo de mi hijo el C. GILDARDO TORRES CHARCO CHARCO quien quien tienen tienen su domici domicilio lio en Calle número número 6, de la calle calle Le Lesbo sbos, s, número número 27, 27, Col Coloni onia a Lomas Lomas Estrel Estrella la primer primera a sec secció ción, n, Código Código Pos Postal tal 0989 09890, 0, Delegación Iztapalapa, en México, Distrito Federal, a quien me comprometo a presentar al día y hora que su Señoría tenga a bien señalar para el desahogo de dicha probanza. Esta prueba se ofrece con la finalidad de acreditar el hecho que es totalmente falso que exista o ejerza violencia en contra de mi esposa y de mis hijos, el hecho de que mi esposa trabaja y tiene ingresos propios, que nunca se dedico exclusivamente al cuidado de los hijos y del hogar. Esta prueba se relaciona con los hechos (III, IV, V, VI, VI, VII, VIII, IX y X) que se contestan en el presente escrito de contestación a la solicitud de divorcio incausado. III.- La document documental al privada privada consistente consistente boleto boleto de futbol futbol de fecha 13-oct-12, con número de folio 33060 a las 12:00 expedido por ticketmaster. Esta prueba la relaciono con el hecho III de mi contestación a la solicitud del divorcio y se ofrece para acreditar la veracidad de mi hecho. IV.- La documental Privada consistente en Copia del alta del Servicio de Admini Administr straci ación ón Tribut Tributari aria, a, regist registrad rada a bajo bajo el régim régimen en de pequeñ pequeño o contribuyente con número 261171 de operación. Esta prueba se ofrece para acreditar la actividad empresarial que realiza realiza la C. LAURA CECILIA CECILIA CHARCO CHARCO SEOANE desde desde 1993, 1993, y la veracidad del mismo. Esta sta prue prueba ba se rel relac aciiona ona con el hec hecho VII VII de mi es escr criito de contestación a la solicitud de divorcio. V.V.- La docu docume ment ntal al Priv Privad ada a co cons nsis iste tent nte e en reci recibo boss de pago pago de salarios por parte de los empleados de la C. LAURA CECILIA CHARCO SEOANE, donde se específica que es bajo ese concepto, la fecha, el lugar, la cantidad etc. Esta prueba se ofrece para acreditar que es dueña del Restaurant “LA “L A TER TERTULI TULIA” A”,, de que que real realiiza ac acti tivi vida dade dess empres presar ariiale ales, y que que no exclusivamente al cuidado de los hijos. Esta Esta prueba prueba se rela relaci cion ona a co con n los los hech hechos os VII contestación a la solicitud de divorcio.
de mi escri escrito to de
VI.- La documental Privada consistente en solicitud de registro o modi modifi fica caci ción ón de regi regist stro ro obli obliga gato tori rio o de co cont ntra rato toss de adhe adhesi sión ón ante ante la Procuraduría Federal del Consumidor.
Esta prueba se ofrece para acreditar la actividad empresarial que desempeña mi aún esposa, y para acreditar la falsedad de los hechos. Esta prueba se relaciona con el hecho VII de mi presente escrito. VII. VII.-- La docu docume ment ntal al Priv Privad ada a co consi nsist sten ente te en hoja hoja de requ requis isit itos os míni mínimo moss para para el otor otorga gami mien ento to de la Ta Tarj rjet eta a Plati Platinu num m Card Card de Amer Americ ican an Express. Esta Esta prue prueba ba se ofre ofrece ce para para ac acre redi dita tarr que que so sola lame ment nte e a quie quien n comprueba ingresos propios se les concede este tipo de tarjeta y si cuenta con ingresos suficientes para satisfacer sus necesidades. Esta prueba se relaciona con los hechos VII Y VIII, de mi escrito de contestación. VIII.- La documental Privada consistente en estado de cuenta de la tarjeta Platinum Card de American Express, número 3766-623840-460 3766-623840-46002 02 donde es titular la C. LAURA CECILIA CHARCO SEOANE misma que corre agregada como ANEXO 16. Esta prueba se ofrece para acreditar la solvencia de la C. LAURA CECILIA CHARCO SEOANE, y que es totalmente independiente económicamente. Esta prueba se rel relac aciiona con los hechos V, VI Y VII de mi contestación de la solicitud de divorcio. IX.- La documental Pública consistente en Escritura pública número 243,214 Libro Libro 6,370 año 2008 que corre agregada en autos como anexo (17). (17). Esta prueba se ofrece para acreditar que soy el único dueño del inmueble. Esta prueba se relaciona relaciona con el hecho VII de mi contestación. e) X.- La La documen documental tal Privad Privada a consisten consistente te en en copia copia simple simple Factura Factura número (A7026) que ampara el vehículo FORD FUSION SELPLUS V6 DEL AÑO 2009 mismo que está a mi nombre, pero el cual tiene en posesión mi aún esposa, he de mencionar que la factura se encuentra en garantía con la empresa Cervecería Cuau Cuauht htém émoc oc Moctez Moctezum uma a S.A S.A por por un présta préstamo mo person personal al en febrero del 2012 misma que corre agregada en autos como ANEXO 18.
Esta prueba se ofrece para acreditar que soy el único dueño del bien mueble. Esta Esta prueb prueba a se relac relacio iona na con el hecho hecho contestación a la solicitud de Divorcio.
IX de mi escri escrito to de
f) XI.XI.- La Docume Documenta ntall Pública Pública consiste consistente nte en Factura Factura número número (BC 75333) que ampara el vehículo camionetas marca FORD F-150 LINEA PIK-UP, PLACAS DE CIRCULACIÓN 628-YEU COOR GRIS, misma que corre agregada como ANEXO 19. Esta prueba se ofrece para acreditar que soy el único dueño del bien mueble. Esta prueba se relaciona con el hecho IX, de mi escrito de contestación a la solicitud de Divorcio.
g) XII. XII.-- La Docu Docume ment ntal al Públ Públic ica a co cons nsis iste tent nte e en Fact Factur ura a núme número ro (FA00180) vehículo FORD MUSTANG 2 PUERTAS, VERSION GT COUP COUPE E EQUI EQUIPA PADO DO 4.6 4.6 LT LTS, S, MODE MODELO LO 2007 2007 CON CON PLAC PLACAS AS DE CIRCULACIÓN 915 VEC, misma que corre agregada como ANEXO 20
Esta prueba se ofrece para acreditar que soy el único dueño del bien mueble. Esta sta pru prueba eba se rela relaci cion ona a con el hech hecho o IX de mi esc scri rito to de contestación a la solicitud de Divorcio. XI.- La documental documental Privada consistente en HOJA DE PROMOCIÓN PROMOCIÓN de “BANQUETES LA TERTULIA”, firmada por la C. LAURA CECILIA CHARCO SEOANE, misma que corre agregada en autos como ANEXO III. Esta prueba se ofrece con la finalidad de acreditar la actividad empr em pres esari arial al de la part parte e ac acto tora ra,, la inde indepe pend nden enci cia a ec econ onóm ómic ica a que que tien tiene e la misma, y que no sólo se ha dedicado al cuidado de los hijos y que realiza actividades empresariales. Esta sta prueba se relac aciiona con el hecho V Y VII de mi contestación de la solicitud de Divorcio. XII.- DOCUMENTAL PRIVADA, consistente en FACTURA A 11186 del HOSPITAL SANTA COLETA S.A. DE C.V. de fecha 12 enero del 2013. Esta prueba se ofrece con la finalidad de acreditar la la falsedad de la parte actora consistentes en la violencia familiar que pretende hacer creer a su Señoría. Esta prueba se relaciona con el hecho V de mi contestación de la solicitud de Divorcio. 302-400
XIII.-DOCUMENTAL PÚBLICA, consistente en block de facturas de la
A nombre de la señora LAURA CECILIA CHARCO SEOANE, todas expedidas en el mes de junio del año de 1994, misma que se agrega en autos como ANEXO 15. Esta prueba se ofrece con la única finalidad de acreditar de la actividad empresarial, que siempre ha desarrollado, y con el único fin de que no sólo se ha dedicado al cuidado de los hijos.
Esta prueba se relaciona con el hecho VII de mi contestación de la solicitud de Divorcio. XIV.- La instrumental de actuaciones en todo lo que favorezca a los intereses del suscrito. Esta prueba se relaciona con todos y cada uno de los hechos que se contestan en el presente escrito de contestación a la solicitud de divorcio incausado. XV.- La presuncional legal y humana en todo lo que favorezca a los intereses del suscrito. Esta prueba se relaciona con todos y cada uno de los hechos que se contestan en el presente escrito de contestación a la solicitud de divorcio incausado.
En razón de lo anterior anexo al presente Contra propuesta de convenio de divorcio incausado de acuerdo a lo establecido por el artículo 267 del Código Civil Reformado para el Distrito Federal. Por lo antes Expuesto: A Usted C. Juez con todo respeto solicito: Primero.- Tenerme por presentado en los términos de este escrito y con la personalidad con la que me ostento teniendo por contestada en tiempo y forma la solicitud de Disolución del Vinculo Matrimonial, así como presentada la contra propuesta conforme a derecho. Segundo.- Tener por autorizados a los profesionistas en derecho para los efectos legales indicados y para los efectos legales a que haya lugar. Tercero.- Tener por presentada la contra propuesta por estar ajustada a derecho. Cuarto.- En su oportunidad tenga a bien dictar auto en el que se desechen todas y cada una de las pruebas ofrecidas por la parte actora en razón de que las mismas no se encuentran ofrecidas conforme a lo establecido en el artículo 291 del Código de Procedimientos Civiles para el D. F. QUINTO.QUINTO.- Tener por por ofrecidas ofrecidas las pruebas pruebas que se relacionan relacionan en el cuerpo de este escrito y ordenar su admisión por estar ofrecidas conforme a derecho. SEXTO. SEXTO.-Pr -Prev evio io los tramit tramites es de ley, ley, dictar dictar res resolu oluci ción ón declar declarand ando o disuelto el vínculo matrimonial. PROTESTO LO NECESARIO México, Distrito Federal a 23 de abril del año 2013 GILDARDO TORRES RODRIGUEZ
CONTRA PROPUESTA DE CONVENIO JUDICIAL QUE PROPONE GILDARDO TORRES RODR RODRIG IGUE UEZ, Z, EN TERM TERMIN INOS OS DE ARTI ARTICU CULO LO 267 267 DEL DEL CODI CODIGO GO CIVI CIVILL PARA PARA EL DISTRITO FEDERAL. CLAUSU CLAU SULA LA PRIM PRIMER ERA. A.-- DEL DEL DOMI DOMICI CILI LIO O PARA PARA GUAR GUARDI DIA A Y CUST CUSTOD ODIA IA..- EL PROPONENTE MANIFIESTA Y PROPONE QUE LA GUARDIA Y CUSTODIA DE MI MENOR HIJO ERIK TORRES CHARCO ESTE A CARGO DEL SUSCRITO GILDARDO TORRES RODRIGUEZ EN EL DOMICILIO DOMICILIO QUE ES DE MI PROPIEDAD Y UBICADO EN CALLE DE LESBOS NUMERO 27 CASA 6 EN LA COLONIA LOMAS ESTRELLA PRIMERA SECCIÓN. C. P. 09890. DELEGACIÓN IZTAPALAPA. ASIMISMO SERÁ EL DOMICILIO DEL SUSCRITO GILDARDO GILDARDO TORRES RODRIGUEZ Y LA DESIGNACIÓN DESIGNACIÓN Y DEL USO DEL DOMICILIO CONYUGAL CONYUGAL Y EL MENAJE. LO ANTERIORMENTE PROPUESTO CONFORME AL TITULO DECIMO SEXTO DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES, TOMANDO EN CUENTA LA OPINIÓN DEL MENOR DE EDAD. CLAUSULA SEGUNDA.- REGIMEN DE VISITAS.- EL SUSCRITO PROPONE QUE LA SEÑORA LAURA CECILIA CHARCO SEOANE PODRA VER A NUESTRO MENOR HIJO ERIK TORRES CHARCO, CHARCO, EL DÍA QUE QUIERA, QUIERA, EL TIEMPO QUE GUSTE, GUSTE, SIEMPRE Y CUANDO SE LE PREGUNTE A NUESTRO HIJO, NO OBSTANTE DE SER MENOR DE
EDAD EDAD,, AL TENER TENER 16 AÑOS AÑOS,, CUEN CUENTA TA CON UNA UNA MADU MADURE REZ Z EMOC EMOCIO IONA NALL SUFICIENTE, PARA SABER LO QUE QUIERE, DE IGUAL MANERA EN EL PERIÓDO DE VACACIONES ESCOLARES. CLAUSULA TERCERA.- ALIMENTOS.- EN CUANTO A LA PENSIÓN ALIMENTICIA A QUE TIENE DERECHO MI MENOR HIJO ERIK TORRES CHARCO, SE DETERMINARA EN LA SIGUIENTE FORMA. A.- EN EL CASO DE QUE MI MENOR HIJO ERIK TORRES CHARCO VIVA CON EL SUSCRITO, SI ASÍ LO DESEA Y SE CONVENGA, SEGUIRÉ COMO HASTA LA FECHA PROPORCIONANDOLE PROPORCIONANDOLE EL PAGO DE TODAS SUS NECESIDADES DIRECTAMENTE. B.- EN CASO DE QUE MI MENOR HIJO ERIK TORRES CHARCO DECIDA O SE CONV CONVEN ENGA GA VIVI VIVIR R CON CON SU SEÑO SEÑORA RA MADR MADRE E SE PROP PROPON ONE E UNA UNA PENS PENSIO ION N MENSUAL MENSUAL POR DICHO CONCEPTO CONCEPTO DE $7.000.00 $7.000.00 (SIETE (SIETE MIL PESOS 00/100 00/100 M. N.). LOS CUALES SERÁN ENTREGADOS A LA SEÑORA LAURA CECILIA CHARCO SEOANE, EN LOS PRIMEROS CINCO DÍAS DE CADA MES Y CONTRA RECIBO QUE EMITA POR DICHO CONCEPTO. CLAUSU CLAU SULA LA CUAR CUARTA TA..- LA SEÑO SEÑORA RA LAUR LAURA A CECI CECILI LIA A CH CHAR ARCO CO SEOA SEOANE NE,, NO RECI RECIBI BIRÁ RÁ PENS PENSIÓ IÓN N ALGU ALGUNA NA DE SU CONY CONYUG UGUE UE POR POR OBTE OBTENE NER R INGR INGRES ESOS OS PROPIOS. 5.5.- LA SEÑO SEÑORA RA LAUR LAURA A CECI CECILI LIA A CH CHAR ARCO CO SEOA SEOANE NE MANI MANIFI FIES ESTA TA QUE QUE NO SE ENCU ENCUEN ENTR TRA A EN ESTA ESTADO DO DE GRAV GRAVID IDEZ EZ,, LO ANTE ANTERI RIOR OR TAL TAL Y COMO COMO LO MANIFIESTA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD EN SU SOLICITUD DE DIVORCIO INCAUSADO. CLAUSULA QUINTA.- EN VIRTUD DE QUE EL MATRIMONIO CELEBRADO ENTRE LAS PARTES SE CELEBRO BAJO EL RÉGIMEN DE SEPARACIÓN DE BIENES Y LA PARTE PARTE ACTOR ACTORA A LAURA LAURA CECILI CECILIA A CHARCO CHARCO SEOANE SEOANE CUENTA CUENTA CON INGRES INGRESOS OS PROPIOS, LOS BIENES ADQUIRIDOS POR EL DEMANDADO SEÑOR GILDARDO TORRES RODRIGUEZ CONSISTENTES EN EL INMUEBLE UBICADO EN Calle número 6, de la calle Lesbos, número 27, Colonia Lomas Estrella primera secció sec ción, n, Código Código Po Postal stal 0989 09890, 0, Delega Delegació ción n Iztapa Iztapalap lapa, a, en México México,, Distri Distrito to Federal, EL VEHICULO FORD FUSION SELPLUS V6 DEL AÑO 2009 mismo que debe debe entreg entregarm arme e la C. LAUR LAURA A CECI CECILI LIA A CH CHAR ARCO CO SEOANE SEOANE,, EL VEHIC VEHICUL ULO O Camioneta Marca FORD F-150 LINEA PIK-UP, PLACAS DE CIRCULACIÓN 628-YEU COOR GRIS, GRIS, y EL VEHÍCULO FORD MUSTANG MUSTANG 2 PUERTAS, PUERTAS, VERSION VERSION GT COUPE EQUIPADO 4.6 LTS, MODELO 2007 CON PLACAS DE CIRCULACIÓN 915 VEC NO SERÁN MATERIA DE COMPENSACIÓN, YA QUE EN EL CASO NO ES APLICABLE A LO ESTABLECIDO POR EL ART 267 FRACCIÓN VI DEL CODIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL. CLAUSU CLAU SULA LA SEXT SEXTA. A.-- DEL DEL MENA MENAJE JE..- EL PROM PROMOV OVEN ENTE TE GILD GILDAR ARDO DO TO TORR RRES ES RODR RODRIG IGUE UEZ Z PROPO OPONE QUE EL MENAJ ENAJE E DE LA CASA CASA QUE QUE SIR SIRVE COMO COMO DOMICILIO DE LAS PARTES PERMANEZCA EN EL MISMO DOMICILIO, ESTO POR JUSTICIA, TODA VEZ QUE ES USO PARA NUESTROS HIJOS Y DEL SUSCRITO Y ADEMÁS PROPIEDAD DE ESTE. EL PROMOV PROMOVENT ENTE E GILDAR GILDARDO DO TORRES TORRES RODRIG RODRIGUEZ UEZ SOLICI SOLICITA TA TENGA TENGA A BIEN BIEN SEÑA SEÑALA LAR R SU SEÑO SEÑORÍ RÍA A FECH FECHA A DÍA DÍA Y HORA HORA PARA PARA LA CELE CELEBR BRAC ACIÓ IÓN N DE LA AUDIENCIA QUE SE ORDENA EL ARTICULO 272 APARTADO B DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.
PROTESTO LO NECESARIO. MÉXICO, DISTRITO FEDERAL A 23 DE ABRIL DEL AÑO 2013
GILDARDO TORRES RODRIGUEZ