CONSTITUCIÓN Y PARTICIPACIÓN CONSTITUCIÓN E INSTRUCCIÓN CÍVICA CONSTITUCIÓN AUTOR: Camilo Andrés Fajardo Gómez
ÍNDICE ÍNDICE
1. Constitución y participación 1.1. Democracia Constitucional 1.2. DemocraciaParticipativa
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DESARROLLO
GLOSARIO
REFERENCIAS
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02 DESARROLLO DE CADA UNA DE LAS UNIDADES TEMÁTICAS
1. Constitución y participación En el capítulo inmediatamente anterior hemos señalado algunas ideas acerca de los orígenes históricos de la democracia, pero sobre todo hemos hecho claridad acerca de los principios inalienables de la democracia misma. Con ello hemos querido hacer un especial énfasis en la idea de que la democracia más que ser un procedimiento meramente instrumental para la resolución de conflictos o la toma de decisiones, entraña en realidad la idea de que los individuos podamos convivir en medio de la diferencia, en completa autonomía. Sin embargo, en aras de completar las nociones que hemos desarrollado en torno a la idea de democracia, conviene que aclaremos conceptualmente las ideas acerca de lo que es una “democracia constitucional”, así como una “democracia participativa”. Sin estos dos últimos conceptos estaría incompleta nuestra aproximación a la democracia, en tanto no describiría los enormes desafíos que representa la Constitución Política de Colombia de 1991 para la actual sociedad.
1.1. Democracia Constitucional En el capítulo anterior procuramos desarrollar algunas ideas acerca de lo que es conceptualmente la democracia. Sin embargo, en aras de explicar el concepto de “democracia constitucional” nos urge también hacer claridad sobre lo que es una “constitución”. En general podemos afirmar que la Constitución como tal es la norma suprema, escrita o no, de un Estado soberano. Resalto de esta definición la idea de que no siempre se trata de una norma escrita en términos formales, como existe en Colombia, pues hay países como el Reino Unido en donde no existe formalmente una constitución. No significa esto que no haya normas escritas en el Reino Unido, sino que no existe algo denominado “constitución británica”. En cambio, los principios bajo los cuales se gobierna en el Reino Unido no están integrados en un solo y único texto, pues lo que sería una constitución británica se encuentra diseminada en diversos documentos, leyes, sentencias judiciales y tratados. Usualmente, las distintas constituciones surgen como grandes pactos sociales realizados por las distintas fuerzas al interior de una sociedad, en aras de pactar las reglas básicas de juego que determinarán el rumbo a seguir. Hay dos grandes antecedentes de este caso en Colombia. El primero de ellos, el de la Constitución de 1886 que surgió como un esfuerzo por reconfigurar la vida de la sociedad a finales del siglo XIX, después de grandes períodos de disputas, conflictos, guerras y competencia entre partidos. Sin embargo, hay analistas que señalan el alcance limitado de dicha constitución en tanto pocos años después de haber sido redactada el país vivió una de las guerras más sangrientas que ha atravesado el país: “la Guerra de los mil días”. En proporción a los conflictos de hoy en día hay quienes señalan que dicho conflicto ha sido en
magnitud el más devastador, en tanto las victimas ocuparon un gran porcentaje de la población del momento y los daños que sufrió el país, incluida la perdida de Panamá, perduraron durante varias décadas, extendiéndose a lo largo de la primera parte del siglo XX. Sin embargo, este no es el lugar para examinar el éxito o el fracaso de la Constitución de 1886. El otro antecedente histórico de un pacto constitucional, como pacto social, es el de la Constitución de 1991. El país a finales del siglo XX, a partir de la década de los 80, experimentó una fuerte convulsión social, criminal y conflictiva, que llevó a que la nación planteara la necesidad de reorganizar la sociedad a partir de una nueva Constitución. No podemos olvidar que a partir de la década de los sesentas aparecieron grandes grupos insurgentes como el Ejército de liberación Nacional (ELN) y las Fuerzas Armadas Revolucionarias (FARC), unidos a otros grupos insurgentes muy significativos como el M-19, el Movimiento Revolucionario Quintín Lame, el EPL, la Coordinadora Guerrillera Simón Bolívar y otros más. El auge de esta fuerte presencia insurgente, unido al fenómeno de la criminalidad organizada en torno al narcotráfico, la presencia de los grandes carteles, el narco terrorismo y demás, hicieron insostenible la vida en el país para finales de la década de los ochentas. Así, si se recuerda bien, la Constitución de 1991 pretendió como nuevo pacto social encarar los problemas que atravesaba el país, reintegrar a la sociedad a diversas fuerzas guerrilleras, dar garantías a los múltiples movimientos sociales y, en síntesis, reconstruir la sociedad a través de un gran pacto que dispusiera de nuevas reglas de juego para la nueva sociedad que se deseaba. No se puede olvidar que como fruto de esta nueva Constitución diversos grupos guerrilleros entregaron las armas y regresaron a la sociedad, específicamente el M-19 y el EPL, así como diversos barones del narcotráfico se sometieron a la justicia. De este modo, una acertada manera de comprender lo que es una constitución es entenderla como un pacto social, un acuerdo de fundación social que establece un nuevo orden estatal, así como unas garantías inalienables para los ciudadanos, un nuevo conjunto de derechos. Otras de las definiciones que usualmente se usa para clarificar lo que es una constitución es referirnos a ella como “norma suprema”, “carta magna” o “ley de leyes”, en cuanto la Constitución es el conjunto de normas predominantes de un Estado. Eso quiere decir que es precisamente en la “Constitución” donde reposa el ordenamiento jurídico definitivo de un Estado, por lo cual ninguna ley, decisión o acto puede ir en contravía d e ella. Esta es la razón por la cual, a partir de la Constitución de 1991 se creó en Colombia una alta magistratura denominada “Corte Constitucional”, que tiene como función primordial la vigilancia de la constitucionalidad del Estado Colombiano; que se respete lo consignado en nuestra constitución en todas las instancias de la vida social. Ahora bien, si las constituciones escritas, la mayoría de ellas, se caracterizan porque están compuestas por dos grandes partes; una primera en donde se da garantía a los derechos fundamentales y una segunda en donde se describe el ordenamiento del Estado y a la vez se divide el poder, cuando señalamos que la constitución es “ley de leyes” estamos afirmando que ninguna decisión estatal, acto jurídico o hecho social puede ir en contravía de los derechos fundamentales que garantiza la constitución misma.
Es precisamente en esa dirección que el concepto de “democracia constitucional” señala no solo la soberanía popular y la importancia del respeto de la decisión de las mayorías, sino a la vez que dicha democracia tiene que ajustarse a los principios consagrados en la constitución. El ejemplo más elocuente de este concepto puede ilustrarse a partir del debate que desde hace varios años se dio en el país, una vez la senadora Gilma Jiménez busco impulsar la cadena perpetua para abusadores de niños y niñas en el país. Sin duda alguna, muchas personas respaldaron dicha iniciativa, pues una causa noble como la defensa de los derechos de los niños como miembros más frágiles de la sociedad es elogiable desde todo punto de vista. Sin embargo, a pesar de que la mayoría de colombianos respaldaban dicha iniciativa y por lo cual se podría pensar que es democrático que se adopte la cadena perpetua para abusadores, dicha decisión es impracticable pues va en contravía de un principio constitucional: que nadie puede ser condenado a cadena perpetua o condenado a pena de muerte. Por esto, si se pretendía impulsar la cadena perpetua no podía ser bajo el trámite ordinario de ley, dada la palpable contradicción en la que se encontraba respecto a la Constitución. Se debía entonces impulsar un referendo que revocara los artículos que en la Constitución prohíben la cadena perpetua. Así las cosas, cuando estamos hablando de una democracia constitucional no estamos solo refiriéndonos al famoso principio de la voluntad de la mayoría, sino a la vez a la importancia del respeto de las normas y principios consagrados en la Constitución como norma de normas. Finalmente, cuando nos referimos a una Constitución también estamos haciendo referencia a la forma como se organiza algo. Es decir, Aristóteles en sus antiguos libros acerca de los animales se refería a la “constitutio” a la hora de hablar de la forma como estaba organizado el cuerpo de cada animal. Luego, cuando hablamos de la “constitución política” estamos haciendo referencia a la forma cómo se organiza el cuerpo político de un Estado o una comunidad política. Por eso, todas las constituciones describen detalladamente cómo se organiza el Estado, discriminan funciones y competencias y a la vez fijan los límites y definen las relaciones entre los poderes del Estado y de estos con sus ciudadanos, estableciendo así las bases para su gobierno y para la organización de las instituciones en que tales poderes se asientan. Por supuesto, hay plena congruencia entre la garantía de derechos que defiende la primera parte de la Constitución y la segunda parte destinada a caracterizar la forma como se organiza el Estado. La mejor garantía de la defensa de los derechos es la división del poder político para que este no incurra en abusos. Esta fórmula ya es bien conocida, pues en los estados democráticos, o mejor aún, en las democracias constitucionales, el poder está distribuido de tal forma que cada instancia está sujeta al control y vigilancia de otras más. Es decir, ni el Presidente de la República, ni sus ministros, ni los senados, ni los jueces, etc., gozan de un poder absoluto. Ellos también están sometidos a otras instancias de control de tal manera que las democracias constitucionales se caracterizan porque no hay una concentración de poder en ningún cargo, ni en ninguna persona, evitando así todo tipo de abusos y a la vez el control entre las distintas instancias es permanente.
1.2. Democracia Participativa Como lo señalamos anteriormente, el Estado Colombiano se ha caracterizado por su talante democrático a diferencia de otros países de la región. Efectivamente, a diferencia de muchos sistemas políticos del cono sur, en Colombia no ha existido un quiebre radical de la democracia como sucedió en las dictaduras que a partir de los setentas asolaron a diversos países del continente. No así, para mediados de la década de los ochenta el diagnostico generalizado era que en Colombia si bien nunca se había dado una suspensión radical de las elecciones y en ese sentido de la competencia electoral, nuestra democracia tenía un déficit enorme de participación ciudadana. Ejemplifiquemos la situación. En 2008, después de la invasión del espacio aéreo de Ecuador que tuvo como propósito la persecución de uno de los líderes de las FARC, en UNASUR se reunieron los presidentes latinoamericanos para analizar la situación. El entonces presidente colombiano legitimó la acción fundado en la idea de que se estaba emprendiendo una guerra contra el terrorismo y en la idea de que en el país vivíamos en condiciones democráticas perfectas que no legitimaban la existencia de ningún grupo armado. En otras palabras, que la democracia colombiana gozaba de perfección y no hay argumento alguno para que exista ningún grupo armado con fines políticos. Se trata de un caso problemático pues efectivamente las autoridades colombianas procurando la seguridad y haciendo cumplir la ley estaban en su derecho de perseguir a quienes quebrantan la ley, los criminales. Sin embargo, es desacertada la idea de que vivimos en un régimen completamente democrático. Si bien las elecciones se desarrollan periódicamente y las instituciones democráticas permanecen, hay amplios sectores de la población que no encuentran lugar a sus demandas en medio de la política y el gobierno. Podríamos afirmar que ha existido una democracia sin participación, lo cual implica una contradicciónpalpable. Nos referimos a que, así los principales partidos políticos se hayan mantenido estables y no haya existido una dictadura de facto como en otros países, en Colombia la hegemonía del bipartidismo, así como la captura del poder político por parte de clases dominantes, le han cerrado históricamente la posibilidad a que los ciudadanos participen de la toma de las decisiones importantes para su vida, así como se ha impedido la aparición de nuevas expresiones políticas por medio de nuevos partidos o movimientos políticos. En síntesis, existía un déficit de participación por parte de la ciudadanía en las decisiones políticas. No se puede olvidar que antes de la Constitución de 1991 solo existían dos partidos hegemónicos, Liberal y Conservador, que impedían la aparición de nuevas expresiones políticas. Así mismo, aparte de las elecciones que se desarrollaban periódicamente, los ciudadanos no tenían mecanismos que les permitieran participar activamente. Incluso, las elecciones se desarrollaban únicamente para la presidencia de la República y el Congreso, pues la elección de las autoridades locales como alcaldes y gobernadores no era directamente democrática; estos eran nombrados por la autoridad jerárquicamente superior.
Factores indicadores de un déficit de participación ciudadana en la democracia: •
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Hegemonía del bipartidismo, así como dificultades jurídicas, políticas y normativas que impiden que aparezcan nuevos partidos o movimientos políticos. No existen instrumentos de facto que le permitan a los ciudadanos participar activamente en los procesos de toma de decisión, aparte de las elecciones periódicas que no han tenido interrupción alguna. Captura del poder político por parte de las históricas élites políticas que han gobernado. Imposibilidad para elegir autoridades a nivel local, los alcaldes y gobernadores no son de elección popular sino de nombramiento por la autoridad jerárquica superior.
Teniendo en cuenta este contexto de déficit democrático, la Constitución Colombiana de 1991 pretendió profundizar en los mecanismos de participación democrática de la ciudadanía a través de la formulación de diversas leyes que tienen como propósito el ampliar las posibilidades que tienen los ciudadanos de informarse sobre la acción y actuación democrática, así como manifestar su opinión y actuar de una manera efectiva, con el propósito de no quedar a merced del gobierno de turno pasivamente. Cuando estamos hablando de la necesidad de enriquecer nuestra democracia con un mayor índice de participación, estamos haciendo referencia a la necesidad de que los ciudadanos realicen la aspiración a ejercitar libre y responsablemente el propio papel cívico con y para los demás. Así, un auténtico gobierno democrático se caracterizará a partir de la atribución que da a sus ciudadanos de poderes y funciones, de tal manera que estos puedan ejercitarlas por su cuenta y a su favor. Esto significa que los ciudadanos auténticamente empoderados en términos de participación tienen la facultad de ser informados, escuchados e implicados en los problemas que les conciernen. Por supuesto, una auténtica participación contrasta con la situación de aquellos países en donde se les niega a los ciudadanos el derecho a intervenir en la vida pública, ya sea porque se considera una amenaza o porque hay un interés del Estado en ello. Ya son bien conocidos los regímenes dictatoriales en los cuales el ciudadano está a merced de las autoridades o aquellos países donde el derecho a participar auténticamente está formalizado, pero en realidad no se lleva a la práctica. Por supuesto, también hay que tener en cuenta los regímenes donde el aparato burocrático es tan grande e impositivo que se niega a los ciudadanos cualquier forma de participación real. Entendemos por participación a la posibilidad de que la ciudadanía se integre en el proceso de toma de decisiones de su gobierno. Así, para que exista una auténtica participación el gobierno debe contar con los mecanismos que lo hagan abierto, receptivo y dispuesto a escuchar lo que los ciudadanos les quieren transmitir para contribuir a mejorar la política y la gestión de los asuntos públicos. En síntesis, la participación auténtica abre la posibilidad para que los
ciudadanos del común se impliquen en los problemas que les afectan, aportando sus puntos de vista, inquietudes y soluciones. Tránsito de la Democracia Representativa a una Democracia Participativa En capítulos anteriores hemos señalado que dada la magnitud de nuestras sociedades resulta imposible que todos participemos directamente en los procesos de toma de decisión. Esto significa que en la actual vida pública resulta muy complicado pensar en una democracia directa, en la cual todos los hombres y mujeres participen de forma directa y sin intermediarios y en cambio, estamos sometidos a una suerte de democracia representativa. Se trata de una democracia en la cual como ciudadanos elegimos quien nos representará o llevará nuestra vocería en los lugares donde se da el proceso de toma de decisión acerca de los asuntos que nos conciernen. Eso es lo que sucede cuando votamos a favor de un Senador o Representante a la Cámara, en esos casos estamos eligiendo quien tendrá nuestra voz en los debates y espacios donde se delibera acerca de los problemas e intereses de nuestra sociedad. Sin embargo, no es difícil adivinar que muchos de estos representantes en realidad solo están interesados en la ciudadanía en períodos electorales y el resto del tiempo están a merced de intereses personales o de sus patrocinadores. Luego, la ciudadanía ha sido abandonada y hay un auténtico quiebre entre los intereses populares y el gobierno democrático. Pero esto no implica necesariamente que debamos volver a una democracia directa, lo cual en términos demográficos resulta imposible. Se abre el camino a una democracia que sin dejar de ser representativa sea participativa a la vez. Con la aportación de hombres y mujeres a los asuntos públicos se hace realidad la democracia participativa. No se puede olvidar que el constituyente primario es el pueblo mismo, es decir, es la gente y específicamente los ciudadanos quienes deciden acerca de la sociedad en la cual quieren vivir. Lo dijimos atrás: el pueblo es soberano. Por eso, la democracia representativa no puede ir en desmedro de la participación popular, de la vinculación de los ciudadanos en la forma como son gobernados. En esa dirección el constituyente de 1991 quiso hacer de la participación el eje fundamental de nuestra democracia basado en estos argumentos: La participación promueve el desarrollo individual y colectivo El propósito de vivir en sociedad no es solo convivir. Se trata de que se dispongan de las herramientas para que cada individuo y el colectivo, viva una vida plena en donde haya lugar a todas las potencialidades. Cuando el gobierno es más sensible a las necesidades, así como a las potencialidades de la población, hay una mayor posibilidad de escalar el desarrollo humano. La participación promueve el pluralismo y las libertades Si se desea hacer una sociedad auténticamente democrática, no solo en términos electorales, debe trabajarse en favor del pluralismo, la tolerancia, la inclusión y la promoción de las
libertades. Así, cuando los ciudadanos tienen herramientas para poder participar, hay espacios para la integración, para las voces diferentes, para el disenso, haciendo realidad el ideal objetivo del pluralismo. La participación promueve la soberanía popular y el respeto de los derechos humanos Fortalecer la democracia, ejercerla a plenitud, implica necesariamente que el pueblo y específicamente los ciudadanos, tengan la potestad de seguir decidiendo su destino y forma de vida. Por otra parte, la participación popular promueve el respeto y desarrollo de los derechos humanos, en la medida en que posibilita la existencia de garantías de exigibilidad de los mismos derechos. La participación hace más efectivo al gobierno mismo El logro de los objetivos que promueve el Estado se hace más eficaz cuando existe un control y fiscalización de carácter ciudadano en el cual todos participamos. No existe mejor control de los asuntos públicos que el que puede hacer la misma ciudadanía cuando actúa decididamente. Nadie puede defender mejor los intereses del pueblo que el pueblo mismo. La participación ahonda en la solidaridad social Uno de los grandes objetivos de la Constitución del 91 es profundizar en la solidaridad como valor social. Por eso, la participación tiene lugar como una herramienta efectiva que consolida la solidaridad social, en la medida que es consciente que, si bien debe existir un respeto a la libertad individual, la vida del hombre es más plena cuando se desarrolla con otros en pro de la conquista de la felicidad a través de una injerencia en los asuntos públicos que nos conciernen a todos. La participación promueve diversas formas de organización social Cuando se profundiza en la participación ciudadana se abren múltiples espacios para que el liderazgo y el protagonismo de los hombres se realice. Así, la participación constituye un cambio necesario para la realización colectiva de la sociedad y el mejoramiento de la calidad de vida, en pro de una sociedad más humana y solidaria donde lo social esté por encima de lo económico y los ciudadanos estén por encima del Estado. La sociedad no estará en función del Estado, sino al contrario, el Estado en pro de los beneficios e intereses sociales. Participación, democracia y orden social ¿Para qué más participación? ¿Para qué la democracia? Lejos de ser ideales normativos que debemos perseguir, la democracia y la participación son auténticos pilares del orden social que
garantizan la posibilidad de que cesen los conflictos o que al menos los conflictos existentes se tramiten de forma pacífica. Pretendemos en este apartado justificar la idea de que una profundización sobre la participación democrática en nuestro país será el camino indicado para cesar la violencia política que ha aquejado a nuestra sociedad. La historia de Colombia ha estado constantemente atravesada por una multiplicidad de problemáticas que han impactado el desarrollo y progreso de la nación: violencia política, grupos insurgentes, narcotráfico, corrupción, insurgencia, bandas criminales, etc. La constante de todos estos procesos es la presencia de la violencia como factor determinante de las relaciones sociales en el país. Efectivamente, desde inicios de nuestra vida republicana, el país ha vivido en un constante conflicto que ha imposibilitado el desarrollo desde múltiples perspectivas. Si durante el siglo XIX Colombia se mantuvo en medio de una constante de guerras y conflictos violentos, el siglo XX no es la excepción. Y si la violencia entre los principales partidos políticos caracterizó la primera mitad del siglo XX, la segunda mitad estará caracterizada por una violencia política que ha enfrentado al Estado con diversos grupos insurgentes. Así las cosas, no es descabellado el diagnostico que refiere que uno de los principales problemas que tenemos que resolver es el de la violencia política. Desde las guerras por la conquista y la colonia, en los orígenes de la historia del país, podría narrarse la historia patria como una sucesión de conflictos. Las guerras de independencia que duraron más de quince años y se extendieron por toda la geografía nacional, dieron paso rápidamente a las nueve guerras civiles que estuvieron en los orígenes de la joven República. La guerra de “Los supremos” que enfrentó a los militares que eran partidarios del General Santander con los partidarios del Libertador Simón Bolívar. La guerra de 1851 que iniciaron los conservadores que se oponían al gobierno liberal de José Hilario López. El conflicto que lideró Tomás Cipriano de Mosquera contra el gobierno conservador de Mariano Ospina Rodríguez. La guerra de 1876-1877 fue de los conservadores contra el gobierno liberal. La guerra civil de 1885 de los liberales contra el régimen conservador de Rafael Núñez. La guerra de 1895 de los liberales contra el gobierno conservador y la guerra de 1899 a 1902 llamada de los Mil Días. Pero además de esta conflictiva vida política del siglo XI X, el mismo siglo conoció el denominado período de “La Violencia” que durante la cuarta y quinta década del siglo asoló al campo colombiano. El final del siglo XX será testigo de la guerra y violencia insurgente, narcoterrorista y paramilitar, que aún perdura en el país. En síntesis, solamente durante breves periodos la sociedad colombiana ha experimentado las ventajas de la paz y la ausencia del conflicto. Sin embargo, conviene hacer esta claridad. Nos hemos referido enfáticamente al concepto de “violencia política” y bajo este concepto no nos estamos refiriendo a cualquier fenómeno de violencia. Si bien existen diversas formas de violencia que hacen presencia en nuestra sociedad, como la violencia intrafamiliar, la violencia cultural, la violencia económica, etc., la violencia política se diferencia de todas las demás en tanto es causada por diferencias ideológicas o por la competencia política entre distintas facciones por el poder político. Así las cosas, no toda violencia es violencia política. Cuando se hace una revisión de la historia del país podemos
evidenciar que la violencia política ha sido una constante. Desde los inicios de la vida republicana con la “Guerra de los supremos”, que supuso una lucha entre los generales y altos mandos militares que comandaron las guerras por la independencia, pasando por la Guerra de los Mil Días, la muerte de Jorge Eliecer Gaitán, el exterminio de la Unión patriótica, etc., podemos suponer que la violencia ha sido en nuestro país un medio a través del cual, las distintas facciones políticas tramitan sus diferencias, buscan imponerse y a la vez la utilizan como instrumento para acceder o conservar el poder político.
incursionaran en la política misma. Así, la Constitución concibió al Estado no solo como “Estado de Derecho”, es decir, un estado en el cual las decisiones de l as autoridades se tienen que basar en la ley y no en la arbitrariedad de éstas, sino que a la vez concibió al Estado colombiano como un estado democrático y participativo. Este cambio de concepción significó un avance cualitativo en tanto se estaba formulando el tránsito de un Estado representativo a un Estado participativo, en el cual los ciudadanos no son solo los destinatarios de las normas, sino a la vez son concebidos como partícipes en la toma de decisiones de las cuestiones que los afectan.
Por supuesto, no estamos desestimando la magnitud de las otras violencias que ocurren en el país. La construcción de una verdadera paz implicará que se desactiven todos los nichos donde la violencia tiene l ugar, sobre todo cuando en la actualidad evidenciamos que gran parte de las víctimas de la violencia son los ciudadanos mismos que se agreden entre sí en lo cotidiano de la vida. Sin embargo, es notable que gran parte de la historia de Colombia ha estado signada por la violencia política entre distintas facciones ideológicas y partidistas: santanderistas contra bolivaristas, liberales contra conservadores, facciones de izquierda contra el Estado, facciones de derecha contra partidos de izquierda, etc. Así, podríamos señalar que el principal reto democrático está en desactivar la violencia como un mecanismo de competencia política, abriendo la participación política a la pluralidad de fuerzas existentes. La participación se constituye entonces en una alternativa de desactivación de la violencia política, posibilitando que todas las facciones ideológicas y partidistas puedan hacer parte del debate público sin que medie entre ellas la violencia como instrumento de competencia.
La Constitución Política de 1991 surgió entonces en un momento en el cual se venían ejerciendo en el país una serie de presiones tendientes a lograr la apertura a mayores espacios democráticos. No solo se desarrollaron reformas tenientes a que nuevos movimientos políticos tuvieran las garantías para ingresar a la arena política y no solo se privilegiara a los partidos tradicionales. El principal cambio apunto a una profundización de la democracia participativa, dando así garantías al ciudadano de que no será excluido del debate, del análisis, ni de la resolución de los factores que inciden en su vida diaria. La participación se concibió entonces como principio fundante del Estado y fin esencial de su actividad, lo cual implica para las distintas autoridades el deber de promoverla. EJEMPLIFICACIÓN DE LA TEMÁTICA
Dictadura chilena: interrumpir las democracias a partir de las armas La Constitución de 1991, desde sus orígenes, se propuso la idea de abrir el sistema político a otras fuerzas que querían participar de la política más allá de los partidos hegemónicos. Desde el periodo presidencial inmediatamente anterior a la nueva constitución, durante la presidencia de Virgilio Barco, se venía negociando la desmovilización de varios grupos guerrilleros, entre ellos el M-19, el Quintín Lame y el EPL, que en el contexto de la negociación exigían al gobierno que los permitieran hacer política sin necesidad de pertenecer a los partidos políticos tradicionales. Pero fue solo hasta 1990, en el contexto de la presidencia de César Gaviria, cuando fueron elegidos los 70 miembros de la asamblea constituyente, que se les dio participación con voz, pero sin voto a 4 representantes del Ejército Popular de Liberación y del Movimiento Armado Quintín Lame. Por supuesto, también fue clave en la formulación de la nueva constitución la participación de los ex militantes del M19 que ya habían hecho la transición a la democracia después de la entrega de armas. Así, la nueva Constitución buscó abrir espacios democráticos para nuevas expresiones políticas. No se trataba solo de abrir espacios para los excombatientes de grupos insurgentes, sino a la vez ampliar las posibilidades para que líderes de distintos movimientos sociales pudieran hacer política y participar con independencia de los partidos políticos tradicionales. En esa dirección, la Constitución de 1991 pretendió abrir los espacios de participación al interior de la sociedad, buscando fomentar la construcción del Estado por parte de la ciudadanía, pero a la vez abriendo la posibilidad a que diversos sectores distintos a los partidos tradicionales
La dictadura chilena de finales del siglo XX es una de las más reconocidas de América Latina y se dio de forma paralela a otros golpes militares en distintos países del cono sur: Argentina, Brasil, Uruguay, Paraguay. Este régimen militar se inició el 11 de septiembre de 1973 con el golpe militar al gobierno del presidente Salvador Allende y se extendió hasta 1990 con la entrega del poder de parte del General Pinochet. El golpe militar significó un sublevamiento de parte de las fuerzas militares al presidente electo democráticamente y una toma del poder por la vía de las armas. La dictadura implicó también una sistemática violación de los derechos humanos de la población, víctimas de represión política y cientos de ejecutados y desaparecidos. Todos aquellos que se opusieron al régimen militar y al declive de la democracia fueron perseguidos por las fuerzas estatales. Se prohibieron los partidos políticos, la libertad de prensa, se prohibió toda ideología de izquierda o comunista, así como se disolvió el Congreso y fue reemplazado por una junta de gobierno. Estado de sitio en Colombia: ¿salvar la democracia violando derechos humanos? El presidente de Colombia Julio César Turbay, 1978-1982, implementó una serie de políticas violatorias de los Derechos Humanos con el afán de combatir a los distintos grupos insurgentes. La medida más reconocida fue el amparo de un estado de sitio que el Gobierno expidió a través del decreto 1923 del 6 de septiembre de 1978, mejor conocido como el “Estatuto de
03 seguridad”. A través de este estatuto se endurecieron las sanciones contra cualquier perturbación del orden público, así como la implementación de la justicia militar en aras de juzgar delitos políticos. En este contexto se dieron toda suerte de abusos de parte de las Fuerzas Militares, que en su afán de derrotar a la insurgencia y de la defensa de la seguridad nacional, violaron muchos derechos ciudadanos. Diversos organismos internacionales, entre ellos Amnistía Internacional, señalaron que el “Estatuto de Seguridad” facilitó y promovió las violaciones de los derechos humanos en el país: detenciones arbitrarias, torturas, violación de la vida privada de los ciudadanos. El movimiento de la séptima papeleta: los ciudadanos transforman la sociedad Colombia a lo largo de la década de los ochenta estaba sumida en el caos: corrupción, guerrilla, narcotráfico, paramilitarismo, delincuencia común. Los grandes carteles de l a droga se imponían en la política, la violencia le había arrebatado la vida a cuatro candidatos presidenciales, el país se encontraba sumido en el terror. Posterior a la muerte del candidato presidencial Luis Carlos Galán, nació un movimiento estudiantil compuesto por estudiantes de universidades públicas y privadas que revolucionó el panorama de la política nacional. A partir de 1989 diversos estudiantes comenzaron a organizarse con el propósito de proponer una nueva constitución política para el país. El movimiento rápidamente comenzó a ser llamado “de la Séptima papeleta” pues sugería que, en las elecciones legislativas de marzo de 1990, donde se elegían seis cargos públicos, los ciudadanos introdujeran una séptima papeleta sugiriendo de manera simbólica que se transformara la Constitución del país. Fue tal la cantidad de votos a favor de la nueva constituyente, más de dos millones de votos, que la Corte Suprema señaló que el pueblo se había manifestado y que era legítimo organizar legalmente un plebiscito en el que se le preguntara a la ciudadanía sobre el tema. Así, el 27 de mayo, día de la elección presidencial, con 89% de votos a favor, se abrió el camino a la redacción de la Constitución de 1991.
GLOSARIO DE TÉRMINOS
Democracia directa: El pueblo gobierna directamente tomando parte de los procesos de toma de decisión sobre las cuestiones que lo involucran, sin ningún tipo de intermediarios.
Democracia participativa: Democracia participativa es una expresión amplia que se suele referir a formas de democracia en las que los ciudadanos tienen una mayor participación en la toma de decisiones políticas que la que les otorga tradicionalmente la democracia representativa. La democracia participativa permite una participación ciudadana mayor que en una democracia representativa pero menor que en la llamada democracia directa.
Democracia representativa: El gobierno representativo es la forma de gobierno en la que el titular del poder político no lo ejerce por sí mismo, sino por medio de representantes. En contextos democráticos el pueblo no gobierna directamente, elige a quien representa sus intereses en instancias de poder.
Constituyente primario : Es la fuente de la autoridad política y legal al interior de una comunidad. En contextos democráticos el constituyente primario es el pueblo.
Soberanía popular: El poder no reside en otra instancia sino en el pueblo mismo, él es quien decide su propio destino.
Democracia constitucional: Más allá del principio democrático de la voluntad de la mayoría, la democracia constitucional defiende los principios consagrados en la carta magna, los principios y valores constitucionales, incluyendo a los derechos fundamentales.
Violencia Política: se trata de la violencia ejercida como instrumento de competencia política entre distintas facciones ideológicas o partidistas que compiten en la arena política. Cuando la violencia se constituye en un mecanismo de acceso al poder político hablamos de violencia política.
Estado de derecho: Se trata de un Estado en el cual las decisiones gubernamentales se encuentran ajustadas a la ley o al derecho. Así, al gobernante de turno no gobierna desde sus caprichos personales, sino ajustado a las leyes existentes. En síntesis, en el “estado de derecho” la ley es soberana.
04 REFERENCIAS
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