CONTABILIDAD
TEMA: SISTEMA TRIBUTARIO
Curso: TRIBUT TRIBUTARIA ARIA PROFESOR: JUAN EDGAR APARICIO ALUMNA: LIDA NORMA CALDERON CHAVEZ
CUSCO - 201
PRESENTACIÓN
Este trabajo de investigación nos ayudara a conocer sobre un tema muy importante aplicado al área de la Contabilidad y en las siguientes líneas, desarrollaremos los principales aspectos sobre el sistema tributario en nuestro país que nos permite ver con más claridad sobre el tratamiento tributario y la política tributaria que es un punto muy importante en le desarrollo del país. Espero que este trabajo este a la altura de las expectativas del docente y personas que lo puedan leer un tema muy importante como es el contrato de trabajo.
INTRODUCCIÓN El presente trabajo monográfico, titulado “!"E#$ "%!&'"$%!(), consiste en anali*ar la funcionalidad del sistema tributario en el +er que de acuerdo a las leyes y conceptos sabemos que es el conjunto ordenado de normas, principios e instituciones que regulan las relaciones procedentes de la aplicación de tributos en el país. e rige bajo el -ecreto egislativo /0 112 3enero de 24456, denominado como la ey #arco del istema "ributario /acional. egn la Constitución de 2447, el Estado es el poder político organi*ado en tres niveles de gobierno8 nacional, regional y local, y cada uno de ellos agrupa diferentes unidades ejecutoras o productoras de bienes y servicios pblicos cuyos costos operativos deben ser financiados con tributos. $sí mismo contiene tambi9n sobre las tasas son contribuciones económicas que :acen los usuarios de un servicio prestado por el estado. a tasa no es un impuesto, sino el pago que una persona reali*a por la utili*ación de un servicio, por tanto, si el servicio no es utili*ado, no existe la obligación de pagar. Es comn confundir tasa con impuesto, lo que no es así. #ientras el impuesto es de obligatorio pago por todos los contribuyentes, la tasa la pagan solo para aquellas personas que :agan uso de un servicio, por tanto, no es obligatorio.
ÍNDICE
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CAPITULO I SISTEMA TRIBUTARIO 1. DEFINICION En primer lugar, el istema "ributario peruano es el conjunto ordenado de normas, principios e instituciones que regulan las relaciones procedentes de la aplicación de tributos en el país. e rige bajo el -ecreto egislativo /0 112 3enero de 24456, denominado como la ey #arco del istema "ributario /acional. egn la Constitución de 2447, el Estado es el poder político organi*ado en tres niveles de gobierno8 nacional, regional y local, y cada uno de ellos agrupa diferentes unidades ejecutoras o productoras de bienes y servicios pblicos cuyos costos operativos deben ser financiados con tributos.
2. ELEMENTOS EN EL SISTEMA TRIBUTARIO PERUANO: El istema "ributario peruano cuenta con 7 elementos principales, que sirven de columna para su funcionamiento eficiente8
Política tri!taria: on aquellos lineamientos que dirigen el sistema tributario. Está diseGada por el #inisterio de Economía y >inan*as 3#E>6. a política tributaria
asegura la sostenibilidad de las finan*as pblicas, eliminando distorsiones y movili*ando nuevos recursos a trav9s de ajustes o reformas tributarias.
Nor"a# tri!taria: a +olítica tributaria se implementa a trav9s de las normas tributarias. Comprende el Código "ributario.
A$"i%i#traci&% tri!taria a constituyen los órganos del Estado encargados de aplicar la política tributaria. $ nivel nacional, es ejercida por la uperintendencia /acional de $dministración "ributaria 3'/$"6, y la uperintendencia /acional de $dministración de $duanas 3'/$-6.
A$"i%i#traci&% tri!taria SUNAT H "ributos administrados por el Fobierno Central8 H !mpuesto a la %enta8 "odas aquellas que provengan de una fuente durable y susceptible de generar ingresos periódicos. H !mpuesto Feneral a las Ientas8 Frava la venta de bienes muebles, importación de bienes, prestación o utili*ación de servicios, los contratos de construcción y la primera venta de inmuebles que realicen los constructores de los mismos. H !mpuesto electivo al Consumo8 "ributo al consume específico. Frava la venta de productos de determinados bienes, importación de los mismos, la venta de los bienes cuando la efecta el importador, y los juegos de a*ar y apuestas.
H !mpuesto Extraordinario de olidaridad8 Frava las remuneraciones que se abonan a los trabajadores mensualmente, y de quienes presten servicios sin relación de dependencia. H -erec:os $rancelarios8 e aplican sobre el valor C!> 3Costo, seguro y flete, en espaGol6 de los bienes importados al +er.
Lo# 'oi(r%o# local(# #!(l(% r(ca!$ar lo# tri!to# $ir(cta"(%t(. H "ributos administrados por el Fobierno ocal8 H !mpuesto +redial8 "ributo de periodicidad anual que grava el valor de los predios urbanos y rsticos 3terrenos, edificaciones e instalaciones fijas y permanentes6. /o aplica para propiedades de 'niversidades, centros educativos y concesiones mineras. H !mpuesto de $lcabala8 Frava la transferencia de inmuebles a título oneroso o gratuito. H !mpuesto al +atrimonio Ie:icular8 Frava la propiedad de ve:ículos 3automóviles, camionetas y station Jagons6 nacionales o importados, con antigKedad no mayor de 7 aGos. on de periodicidad anual. Existen otras instituciones que tambi9n son parte de la $dministración financiera y recaudan los siguientes tributos8 H "ributos administrados por otras instituciones8 H Contribuciones a la eguridad ocial8 H Contribución al ervicio /acional de $diestramiento "9cnico !ndustrial H E/$"!8 Frava el total de las remuneraciones que pagan a sus trabajadores las empresas que desarrollan actividades industriales manufactureras 3Categoría - de la Clasificación !ndustrial !nternacional 'niforme H C!!', de las actividades económicas segn las /aciones 'nidas6. H Contribución al ervicio /acional de Capacitación para la !ndustria de la Construcción H E/C!C(8 Es el aporte al ervicio /acional de Capacitación para la !ndustria de la Construcción 3E/C!C(6 que
reali*an las personas naturales o jurídicas que construyan para sí o terceros dentro de las actividades comprendidas en la Fran -ivisión 5= de la C!!' de las /aciones 'nidas.
Que entiende por tributo? Es una prestación de dinero que el Estado exige en el ejercicio de su poder de imperio sobre la base de la capacidad contributiva en virtud de una ley, y para cubrir los gastos que le demande el cumplimiento de sus fines 326. El Código "ributario establece que el t9rmino "%!&'"( comprende impuestos, contribuciones y tasas 3<6
I")!(#to: Es el tributo cuyo pago no origina por parte del Estado una contraprestación directa en favor del contribuyente. "al es el caso del !mpuesto a la %enta. Co%tri!ci&%: Es el tributo que tiene como :ec:o generador los beneficios derivados de la reali*ación de obras pblicas o de actividades estatales, como lo es el caso de la Contribución al E/C!C(. Ta#a: Es el tributo que se paga como consecuencia de la prestación efectiva de un servicio pblico, individuali*ado en el contribuyente, por parte del Estado. +or ejemplo los derec:os arancelarios de los %egistros +blicos.
a ley establece la vigencia de los tributos cuya administración corresponde al Fobierno Central, los Fobiernos ocales y algunas entidades que los administran para fines específicos.
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*. +UE SON LAS TASAS, as tasas son contribuciones económicas que :acen los usuarios de un servicio prestado por el estado. a tasa no es un impuesto, sino el pago que una persona reali*a por la utili*ación de un servicio, por tanto, si el servicio no es utili*ado, no existe la obligación de pagar. Es comn confundir tasa con impuesto, lo que no es así. #ientras el impuesto es de obligatorio pago por todos los contribuyentes, la tasa la
pagan solo para aquellas personas que :agan uso de un servicio, por tanto, no es obligatorio. (tra característica de la tasa, es que existe una retribución por su pago, es decir, se paga la tasa y a cambio se recibe un servicio, una contraprestación, algo que no sucede en los impuestos o las contribuciones, que además de ser obligatorio pagarlos, no existe ninguna contraprestación especial.
-. +UE SON LOS ARBITRIOS, os arbitrios son las tasas que se paga por la prestación o mantenimiento de un servicio pblico de impie*a +blica, Lreas Ierdes, y eguridad Ciudadana. El costo de las tasas dependerá del servicio pblico involucrado, entre otros criterios que resulten válidos para la distribución8 el uso, tamaGo y ubicación del predio del contribuyente.
CLASES DE ARBITRIOS 2. ervicio de impie*a +blica y %elleno anitario8 Comprende el servicio de recolección domiciliaria de residuos sólidos, barrido de calles, avenidas, pistas y áreas de beneficio pblico. Comprende además el servicio de transporte y disposición final de residuos sólidos. <. ervicio de +arques y áreas Ierdes8 Comprende el servicio de organi*ación, mejora y mantenimiento de las áreas verdes en parques pblicos, pla*as pblicas y áreas verdes en bermas pblicas en el -istrito. 7. ervicio de erena*go8 Comprende el servicio de mantenimiento y mejora del programa de seguridad interna consistente en la vigilancia pblica, protección civil y atención de emergencias, que se brinda de manera real yMo potencial.
. +UE SON LOS DEREC/OS TRIBUTARIOS El -erec:o "ributario 3o -erec:o >iscal6 es el conjunto de normas y principios que regulan la relación jurídico N tributaria que nace entre la administración y el contribuyente, al producirse el :ec:o generador del tributo. El sujeto activo 3la administración6 y el sujeto pasivo 3el contribuyente6 no están vinculados por una relación de poder, sino jurídica y en una situación de igualdad.
0. LOS DEREC/OS DEBERES DEL CONTRIBUENTES EN LA TRIBUTACION Contribuyente es toda persona física o jurídica que reali*a una actividad económica o laboral que genera el pago de un impuesto y que asume una
serie de deberes formales de acuerdo al Código "ributario y a las normas y resoluciones de la autoridad tributaria.
DEREC/OS -e acuerdo con el artículo 4<0 del Código "ributario, los contribuyentes tienen, entre otros, los siguientes derec:os8 a6 er tratados con respeto y consideración por el personal al servicio de la $dministración "ributaria. b6 Exigir la devolución de lo pagado indebidamente o en exceso. c6 ustituir o rectificar sus declaraciones juradas. d6 !nterponer reclamo, apelación, demanda contenciosoNadministrativa y cualquier otro medio impugnatorio. e6 Conocer el estado de tramitación de los procedimientos en que sea parte así como la identidad de las autoridades de la $dministración "ributaria encargadas de 9stos. f6 olicitar la ampliación de lo resuelto por el "ribunal >iscal. g6 olicitar la no aplicación de intereses y sanciones en los casos de duda ra*onable o dualidad de criterio. :6 !nterponer queja por omisión o demora en resolver los procedimientos tributarios o por cualquier otro incumplimiento a las normas establecidas en el Código "ributario.
i6 >ormular consulta a trav9s de las entidades representativas y obtener la debida orientación respecto de sus obligaciones tributarias. j6 a confidencialidad de la información proporcionada a la $dministración "ributaria. O6 olicitar copia de las declaraciones o comunicaciones presentadas a la $dministración "ributaria. l6 /o proporcionar los documentos ya presentados y que se encuentran en poder de la $dministración "ributaria. m6 Contar con asesoramiento particular, cuando se le requiera su comparecencia, así como a que se le :aga entrega de la copia del acta respectiva, luego de finali*ado el acto y a su sola solicitud verbal o escrita. n6 olicitar apla*amiento yMo fraccionamiento de deudas tributarias. o6 olicitar a la $dministración la prescripción de la deuda tributaria. p6 "ener un servicio eficiente de la $dministración y facilidades necesarias para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. %esulta importante mencionar que los contribuyentes tambi9n tienen entre sus derec:os, el r9gimen de incentivos y de gradualidad aplicable a las infracciones tributarias. DEBERES -e acuerdo con el artículo A10 del Código "ributario, son deberes de los contribuyentes, entre otros, los siguientes8 2. !nscribirse en los registros de la $dministración "ributaria. <. $creditar la inscripción cuando la $dministración "ributaria lo requiera. 7. Emitir yMu otorgar, con los requisitos formales legalmente establecidos y en los casos previstos por las normas legales, los comprobantes de pago. 5. levar los libros de contabilidad u otros libros y registros exigidos por las leyes, reglamentos o por %esolución de uperintendencia de la '/$".
=. +ermitir el control por la $dministración "ributaria, así como presentar o ex:ibir, en las oficinas fiscales o ante los funcionarios autori*ados, segn seGale la $dministración, las declaraciones, informes, libros de actas, registros y libros contables y demás documentos relacionados con :ec:os susceptibles de generar obligaciones tributarias, en la forma, pla*os y condiciones que le sean requeridos, así como formular las aclaraciones que le sean solicitadas. D. +roporcionar a la $dministración "ributaria la información que 9sta requiera, o la que ordenen las normas tributarias, sobre las actividades del deudor tributario o de terceros con los que guarden relación, de acuerdo a la forma, pla*os y condiciones establecidas. 1. Conservar los libros y registros, llevados en sistema manual, mecani*ado o electrónico, así como los documentos y antecedentes de las operaciones o situaciones que constituyan :ec:os susceptibles de generar obligaciones tributarias o que est9n relacionados con ellas, mientras el
tributo
no
est9
prescrito.
¿QUÉ ES LO QUE DEBE CONOCER ACERCA DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO? MARIO ALVA MATTEUCCI 1. INTRODUCCIÓN Todo estabe!"#"e$to e$ do$de se %ea"!e$ a!t"&"dades de &e$ta de b"e$es o '%esta!"($ de se%&"!"os) debe !o$ta% !o$ *$a a*to%"+a!"($ e#"t"da 'o% 'a%te de a M*$"!"'a"dad D"st%"ta o ,%o&"$!"a %es'e!t"&a) de a!*e%do !o$ a *b"!a!"($ de #e$!"o$ado estabe!"#"e$to. Cabe "$d"!a% -*e este t"'o de a*to%"+a!"($ es $e!esa%"a a*$ !*a$do e o!a do$de se %ea"!e$ as a!t"&"dades $o te$a "$%eso de '/b"!o.
Las #*$"!"'a"dades e$ e0e%!"!"o de a ,otestad T%"b*ta%"a -*e es oto%a e teto de a%t2!*o 345 de a Co$st"t*!"($ ,o2t"!a de ,e%/) t"e$e$ a 'os"b""dad de !%ea%) #od"6"!a%) s*'%"#"% 7 eo$e%a% de$t%o de s* 0*%"sd"!!"($ tasas 7 !o$t%"b*!"o$es) esta$do a de$o#"$ada "!e$!"a de 6*$!"o$a#"e$to de$t%o de a !ateo%2a tasas. QUÉ DEFINICIONES DEBEMOS CONOCER CON RELACIÓN AL TEMA DE LAS LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO? E teto de a%t2!*o 89 de a Le7 Ma%!o de L"!e$!"a de F*$!"o$a#"e$to !o$s"de%a *$a se%"e de de6"$"!"o$es a'"!abes a te#a #ate%"a de a$:"s"s) as !*aes se #e$!"o$a$ a !o$t"$*a!"($; COM,ATIBILIDAD DE USO.A COMERCIAL.< U$"dad "$#ob""a%"a -*e !*e$ta !o$ b"e$es 7 se%&"!"os !o#*$es 7 a%*'a estabe!"#"e$tos) #(d*os o sta$ds e$ a -*e se desa%%oa$ a!t"&"dades e!o$(#"!as s"#"a%es. No se e$!*e$t%a$ "$!*"dos os !e$t%os !o#e%!"aes. ¿QUIENES SON LOS SUETOS OBLI=ADOS A CONTAR CON UNA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO? E teto de a%t2!*o 49 de a Le7 Ma%!o de L"!e$!"a de F*$!"o$a#"e$to '%e!"sa -*e est:$ ob"adas a obte$e% "!e$!"a de 6*$!"o$a#"e$to as 'e%so$as $at*%aes) 0*%2d"!as o e$tes !oe!t"&os) $a!"o$aes o et%a$0e%os) de de%e!@o '%"&ado o '/b"!o) "$!*7e$do e#'%esas o e$t"dades de Estado) %e"o$aes o #*$"!"'aes) -*e desa%%oe$) !o$ o s"$ 6"$a"dad de *!%o) a!t"&"dades de !o#e%!"o) "$d*st%"aes 7o de se%&"!"os de #a$e%a '%e&"a a a a'e%t*%a) o "$staa!"($ de estabe!"#"e$tos e$ os -*e se desa%%oe$ taes a!t"&"dades. ¿CUL ES LA ENTIDAD COM,ETENTE EN EL TEMA DE LAS LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO? E a%t2!*o 9 de a Le7 Ma%!o de L"!e$!"a de F*$!"o$a#"e$to !o$s"de%a -*e as #*$"!"'a"dades d"st%"taes) as2 !o#o as #*$"!"'a"dades '%o&"$!"aes) !*a$do es !o%%es'o$da !o$6o%#e a e7) so$ as e$!a%adas de e&a*a% as so"!"t*des 7 oto%a% as "!e$!"as de 6*$!"o$a#"e$to1) as2 !o#o de 6"s!a"+a% as #"s#as 7 a'"!a% as sa$!"o$es !o%%es'o$d"e$tes) de a!*e%do !o$ as !o#'ete$!"as '%e&"stas e$ a Le7 N9 8338) Le7 O%:$"!a de M*$"!"'a"dades. . ¿QUÉ ELEMENTO SE DEBEN EVALUAR ,ARA EL OTOR=AMIENTO DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO ,OR ,ARTE DE LA MUNICI,ALIDAD RES,ECTIVA? E$ !o$!o%da$!"a !o$ o seaado 'o% e teto de a%t2!*o G5 de a Le7 Ma%!o de L"!e$!"a de F*$!"o$a#"e$to) a M*$"!"'a"dad !o#o e$t"dad !o#'ete$te 'a%a e6e!tos de oto%a#"e$to de a "!e$!"a de 6*$!"o$a#"e$to e&a*a%: os s"*"e$tes as'e!tos;
CONCLUSIONES
+odemos concluir que el sistema tributario en nuestro país, es el conjunto ordenado de normas, principios e instituciones que regulan las relaciones procedentes de la aplicación de tributos en el país. $sí mismo la administración en nuestro país, a constituyen los órganos del Estado encargados de aplicar la política tributaria. $ nivel nacional, es ejercida por la uperintendencia /acional de $dministración "ributaria 3'/$"6. Con respecto a las tasas en el sistema tributario peruano son contribuciones económicas que :acen los usuarios de un servicio prestado por el estadoP la tasa no es un impuesto, sino el pago que una persona reali*a por la utili*ación de un servicio, por tanto, si el servicio no es utili*ado, no existe la obligación de pagar. >inalmente la referencia de arbitrios en el sistema tributario peruano son los arbitrios son las tasas que se paga por la prestación o mantenimiento de un servicio pblico de impie*a +blica, Lreas Ierdes, y eguridad Ciudadana.
BIBLIO'RAFIA H %(Q$ (R$, %(/$Sistema tributario peruanoS, ima, Cultural Cu*co, <= H IEF$ $'%ECE/CE, #$/'E. S-erec:o "ributario S, "omo ! y !!. exta edición. Editora Corripio, to. -go., %ep. -om., <2 H JJJ.sunat.gob.pe H JJJ.mef.gob.pe