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DIRECCION ~ENER DIRECCION ~ENERAL AL DE LA POLICIA POLICIA
RESOLU LUC CI6N DE LA DIRECCI6N GENERAL DE LA POLI LIciA ciA,, DE 18 DE SEPT SE PTIE IEMBR MBRE E DE 201 2014, 4, PO POR R LA QU QUE E SE ESTABLE ESTABLECE CEN N NO NORM RMAS AS RELATI RELATIVAS VAS A LA FLOTA DE AUTOMOCI6N POLICIAL
En el conte context xto o de la situ situac aci6 i6n n ac actu tual al de ne nece cesi sida dad d de re rest stri ricc cci6 i6n n de dell gas gasto to,, es exigi exigible ble el maxi maximo mo apr aprove ovecha chamie miento nto del presu presupue puesto sto asi asigna gnado do a esta esta Direcci6 Direcci6n n Gene Ge nera rall y una gesti gesti6n 6n ef efic icie ient nte e de sus recurs recursos os.. A este este re resp spec ecto to,, co conv nvie iene ne te tene ner r presen pre sente te que la f10t f10ta a de vehfc vehfculo ulos s del CNP const constitu ituye ye una herramie herramienta nta fun fundam dament ental al para pa ra as aseg egur urar ar la op oper erat ativ ivid idad ad po poli lici cial al pe pere re si sin n ol olv vid idar ar qu que, e, al mis ism mo ti tiem empo po,, tambie tam bien n sup supone one una importan importante te cif cifra ra de gasto publico. publico. Ell llo o de dema mand nda a pe pers rseg egui uirr el ob obje jeti tiv vo de ma mant nten ener er,, e in inc clu luso so mej ejor orar ar,, la las s pres pr esta taci cion ones es y cali calida dad d de 105vehf 105vehfcu culo los s di disp sponi onible bles, s, ha haci cien endol dolo o co comp mpat atib ible le co con n un dime di mens nsio iona nado do aj ajus usta tado do al alas as ne nece cesi sida dade des s re real ales es me medi dian ante te un una a re redu ducc cci6 i6n, n, po por r baja ba jas, s, de aquell aquellos os ve vehf hfcu culo los s qu que e no se encu encuent entre ren n en 6pti 6ptima mas s co cond ndic icio iones nes de uso, uso, 10que su supo pond ndra ra un una a di dism smin inuc uci6 i6n n de la sini sinies estr tral alid idad ad y un ahorro ahorro en adquis adquisic icio ione nes s en pr prop opie ieda dad d 0 "rent "rentin ing" g",, as asff co como mo en 10 105con 5consu sumo mos s de combu combust stib ible le,, re repa para raci cion ones es por siniestr siniestres es 0 averfa averfas, s, y operac operacion iones es de mantenim mantenimien iento. to. Con es Con esta ta fi fina nali lida dad, d, en escr escrit itos os de fech fechas as 6 de ma marz rzo o y 11 de abril abril de 2012 2012 de la Di Dire rec cci ci6n 6n Adj djun untta Ope pera rati tiv va se re reco cord rdab aba a la obli obliga gac ci6 i6n n de ha hace cerr un us uso o racion rac ional al y adecu adecuado ado de 105medi 105medios os de automo automoci6 ci6n n dis disponi ponible bles, s, con el fin de mejora mejorar r su rendimie rendimiento nto y alarg alargar ar su duraci duraci6n 6n en el mejor mejor estado estado de conserv conservaci aci6n. 6n. Por ot Por otra ra pa part rte, e, pa pare rece ce ob obli liga gado do to toma marr co como mo re refe fere renc ncia ia el compr comprom omis iso o Gobi Go bier erno no,, pu pues esto to de manif manifie iest sto o co con n la apro aproba baci ci6n 6n po porr el Consej Consejo o de Mi Mini nist stro ros s Reall Dec Rea Decret reto o 1527/2012, de 8 de no novi viem embr bre, e, so sobr bre e la estr estruc uctu tura ra y func funcio ione nes s Par arqu que e M6 M6v vil de dell Esta tado do,, de im impl plan anta tarr un nuevo nuevo mod odel ele e de pr pres esta tac ci6 i6n n de servic ser vicios ios aut automo omovil vilfst fstico icos s de la Adm Admini inistr straci aci6n 6n cen centra trall y peri perifer ferica ica,, ins inspir pirado ado en prin pr inci cipi pios os de au aust ster erid idad ad,, ef efic icie ienc ncia ia en el uso de 10 105 5 me medi dios os y una pr pres esta taci ci6n 6n servic ser vicio io ada adapta ptado do a la disp disponib onibili ilidad dad de 105recur 105recursos sos..
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En el ambi ambito to de ac acttua uaci ci6n 6n de dell Cu Cuer erpo po Na Nac cio iona nall de Pol olic icffa y de car ara a al des de sar arro roll llo o de dell cor orre resp spon ondi dien ente te pl plan an de ef efic icie ienc ncia ia,, de desd sde e la Sub ubdi dire recc cci6 i6n n de Logf Lo gfst stic ica a se ha tr trab abaj ajado ado en un nue nuevo vo dimens dimensio iona nado do de asig asigna naci ci6n 6n al alas as un unid idad ades es poli po lici cial ales es de sus fl flot otas as de ve vehf hfcu culo los s tu turi rism smo o ra radi diop opat atru rull llas as ti tipo po "K "K"" y ti tipo po "Z "Z", ", y motoci mot ocicle cletas tas,, est establ ableci eciend endose ose rat ratios ios de distrib distribuci uci6n 6n que tien tienen en en cuen cuenta ta la plan plantil tilla la de func funcio iona nari rios os us usua uari rios os po pote tenc ncia iale les, s, se segu gun n la pecu peculi liar arid idad ad de 105 se serv rvic icio ios s qu que e pres pr esttan an,, el nu num mer ero o de po pobl blac aci6 i6n n at aten endi dida da,, la ex exte tens nsi6 i6n n te terr rriito tori rial al de dell am ambi bito to compet com petenc encial ial de cada unidad y otres otres factor factores. es.
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En la actualidad, los vehfculos se han convertido en una herramienta esencial para la realizaci6n del trabajo policial, por 10 que todo el colectivo debe asumir el compromiso de mantener su flota en las mejores condiciones de operatividad. Dicho compromiso, dada su singularidad, debe abarcar aspectos relacionados con el uso y asignaci6n de dichos medios, sus formas de conducci6n, normativa que les afecta y exigencias de mantenimiento, segun las directrices y programas establecidos por las distintas marcas.
Por ello, con la finalidad de minimizar las incidencias que de forma diaria puedan afectar a los vehfculos policiales y posibilitar de esta manera que la f10ta se encuentre en 6ptimas condiciones operativas, precede dictar las siguientes INSTRUCCIONES:
1.
DIMENSIONADO,
DISTRIBUCION Y UTILIZACION DE LOS VEHicULOS
Primero. Con caracter general y periodicidad anual, el dimensionado 6ptimo de la flota se obtendra de los datos numericos del personal policial de cada plantilla, atendiendo a los siguientes criterios: - Vehfculos radio-patrulla tipo "Z". Las unidades a asignar vendran determinadas en funci6n de los datos extrafdos del "Dimensionado de Personal" (DIMPER) adscrito a labores de seguridad ciudadana en cada plantilla. - Vehfculos radio-patrulla tipo "K". Su numero vendra determinado por el dimensionado de personal policial de cada plantilla, desglosado por areas funcionales segun Catalogo de Puestos de Trabajo, asf como por el numero de habitantes de la poblaci6n en la que se presta servicio y la extensi6n territorial de la provincia respectiva (este ultimo criterio sera aplicable solo para el caso de las Comisarfas Provinciales). - Motocicletas. EI numero de unidades vendra determinado por las necesidades operativas de cada plantilla. - Vehfculos de unidades especiales. La f10ta de vehfculos para las unidades especiales se establecera en funci6n de las necesidades planteadas por las propias unidades, segun sus diferentes ambitos de actuaci6n. Segundo. A nivel nacional, la asignaci6n, distribuci6n y control de la f10ta policial sera realizada por el Area de Automoci6n, siguiendo las instrucciones emanad as de los 6rganos de direcci6n del CNP y atendiendo a los criterios antes expuestos. Tercero. En el ambito de Organismos Centrales, siguiendo las directrices emanadas de los titulares de los mismos, las Secretarfas Generales seran las responsables directas de la gesti6n de la flota policial que tengan asignada.
• Cuarto. Con respecto alas flotas asignadas en las localidades donde radiquen las sedes de las Jefaturas Superiores, Comisarfas Provinciales y Comisarfas Locales, correspondera a sus respectivos jefes la responsabilidad de la asignaci6n, utilizaci6n, control y optimizaci6n de la flota asignada en sus respectivas plantillas. Quinto. Los vehfculos policiales son asignados para el desemperio de servicios de caracter oficial y un use especffico acorde con las distintas especialidades existentes en el CNP por 10 que, salvo autorizaci6n expresa del Area de Automoci6n, no se podran utilizar, transformar 0 reacondicionar para uses 0 fines diferentes para los que fueron diseriados.
2. RESPONSABILIDAD LOS VEHicULOS.
EN EL use,
MANTENIMIENTO
Y CONSERVACION
DE
Primero. Los vehfculos del CNP solo podran ser utilizados para la prestaci6n de servicios policiales. Segundo. Los jefes de las distintas unidades velaran por el correcto use de la flota policial adscrita a sus respectivas plantillas, tanto en 10 relativo a su conducci6n como a cualquier otra forma de utilizaci6n 0 mantenimiento. Tercero. Todos 105 miembros del CNP deberan velar por el correcto use de 105 vehfculos evitando las conductas inadecuadas en la conducci6n. Asimismo, supervisaran el estado de conservaci6n general de los vehfculos al inicio y finalizaci6n de 105 servicios cotidianos, dando cuenta de las incidencias observadas al responsable superior de su unidad de destino. Cuarto. Todo usuario de un vehfculo policial debera actuar de acuerdo con las siguientes normas de actuaci6n: A la recogida de un vehfculo policial para el inicio de un servlclo los funcionarios usuarios deberan comprobar su estado de conservaci6n general externo e interno (limpieza, des perfectos presentados, perdidas de Ifquidos, presi6n y aspecto de 105 neumaticos, estado de niveles, repostajes, lucas de aviso de averfas encendidas, etc.) debiendo, en el caso de observarse anomalfas, comunicarlo por escrito a sus jefes inmediatos. Igualmente, se debera comprobar que en el vehfculo se mantiene en perfecto estado el material de dotaci6n policial y auxiliar (prioritario, linternas, extintor, rueda de repuesto 0 kit antipinchazos, triangulos de serializaci6n, chalecos, etc.). - A la finalizaci6n de un servicio con vehfculo, los funcionarios usuarios son 105 responsables del estado general del mismo en el momento de su devoluci6n,
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debiendo presentar las mismas condiciones de operatividad que al momenta de su retirada: adecuada limpieza interior y exterior, localizaci6n de lIaves, documentaci6n del vehfculo, repostaje suficiente, notificaci6n de siniestros 0 averlas, y cualesquiera otras incidencias que pudiera afectar de formar directa al normal funcionamiento 0 imagen del vehfculo policial. -
EI mantenimiento preventivo de los vehfculos (cambios de aceite, filtros, correa de distribuci6n y neumaticos) debera ajustarse al calendario establecido por las respectivas marcas, siendo responsabilidad, segun los casos, de los propios usuarios 0 del personal encargado de Automoci6n de cada plantilla, quienes deberan anotar en el correspondiente Iibro de mantenimiento del vehfculo las operaciones realizadas, con expresi6n de fechas de realizaci6n y kil6metros recorridos.
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En el caso del mantenimiento predictivo (ITV) se seguira el calendario previsto para cada vehfculo, segun el tipo y antiguedad del mismo, debiendose dejar constancia en el libro de mantenimiento de la fecha de su realizaci6n.
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Los suministros de combustible solo podran realizarse en las estaciones de servicio determinadas por el Area de Automoci6n, en virtud de adjudicaci6n de concurso publico 0 de acuerdo marco, procediendo a su abono a traves de la correspondiente tarjeta de repostaje. En el supuesto de que, por cualquier causa, no se hubiera podido realizar el abono mediante el procedimiento establecido, para que un funcionario pueda obtener el reembolso de las cantidades anticipadas, previamente debera justificar a traves del responsable de su unidad las razones objetivas que motivaron esta circunstancia. En todos los casos, en el correspondiente sobre de repostaje se introducira el ticket justificante del suministro realizado y se cumplimentaran los campos que figuran en su anverso. En los casos de siniestro 0 averfa de un vehfculo los usuarios deberan comunicarlo a los Delegados de Automoci6n, a los encargados de mantenimiento 0 a las personas facultadas en cada plantilla, quienes deberan grabar la incidencia comunicada en la aplicaci6n informatica "ASIA" 0 aquella otra que en un futuro pudiera sustituirla, con la obligaci6n de cumplimentar todos los campos requeridos.
- Toda anomalia no declarada que pudiera presentar cualquier vehfculo sera achacable al ultimo funcionario usuario del mismo, siempre y cuando esta no hubiese sido previamente comunicada al superior jerarquico 0 al responsable de automoci6n. -
En los casos de accidente con contrario, obligatoriamente, siguiente procedimiento:
se debera seguir el
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a) Se procedera a tomar nota de los datos siguientes: vehfculo contrario (marca, modele y matrfcula), identidad del propietario y conductor, bienes que hubieran resultado danados (otros vehfculos implicados, senales de trafico, mobiliario urbano, etc.), companfa aseguradora, numero de p61iza y cobertura de segura contratada.
b) Se cumplimentaran dos partes de accidente, el "Amistoso" que sera rellenado junto con el conductor del vehfculo contrario y posteriormente, el "Parte oficial del CNP", para su tramite interne junto con el amistoso. Dichos partes deberan ser entregados al superior jerarquico, Delegado de Automoci6n 0 persona encargada en la plantilla, obligatoriamente en un plazo inferior a siete dfas. Dichos partes seran acompanados con una copia de la nota informativa, dirigida al jefe de la unidad, en la que se explicite de forma pormenorizada la incidencia acontecida, debiendose dejar constancia de los datos de filiaci6n de los heridos (en caso de haberlos), unidad asistencial que interviene y centro hospitalario de traslado de los mismos, asf como de los datos de otros indicativos actuantes con competencias en materia de seguridad vial. -
En los casos de accidente sin contrario tambien sera obligatorio cumplimentar de forma detallada el parte de accidente en el modele oficial del CNP, debiendo seguirse posteriormente el mismo tramite que en el caso anterior.
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Salvo circunstancias excepcionales debidamente justificadas, la colocaci6n de una rueda de repuesto por pinchazo de un neumatico debera ser realizada por el funcionario conductor del vehfculo; estando terminantemente prohibido avisar a una grua para su retirada 0 continuar circulando con la rueda pinchada. Una vez que el vehfculo se encuentre en dependencias policiales se comunicara esta circunstancia al personal de mantenimiento para que proceda de forma inmediata a su total reparaci6n.
Quinto. Asimismo se tendra en cuenta 10 dispuesto en la Instrucci6n Operativa de Prevenci6n de Riesgos 003 de fecha 26/11/2013, publicada en la Orden General 2048 de fecha 17 de febrero de 2014 sobre utilizaci6n de vehfculos de la D.G.P.
Primero. Todo documentaci6n -
vehfculo exigida:
policial
debera
portar
de
forma
obligatoria
la
"Libreta de Documentaci6n y Datos del Vehfculo" (modelo CNP A033), "Ficha Tecnica" y "Permiso de Circulaci6n" y "Recibo de la P6liza del Seguro".
• En 105 casos que proceda, autorizacion para circular con placas de matrfcula reservadas. - Tarjeta para el abono del suministro, y sobre normalizado para la anotacion y conservacion de 105 justificantes de repostajes realizados. - Cuando corresponda, informe de haber pasado favorablemente la "ITV" periodica. Se significa que ningun vehfculo podra circular con la "ITV" caducada, desfavorable 0 negativa.
Segun el tipo de vehfculo policial, sera obligatorio observar las siguientes pautas:
Segundo.
- Cada vez que se utilice un vehfculo camuflado tipo "K" se debera cumplimentar el"Libro de servicios prestados con vehfculos policiales" (segun modele DGP. A 071, 0 documento sobre soporte informatico que en un futuro 10 pudiera sustituir). Cada jefe de unidad velara y sera responsable de que queden registradas, en dicho libro, las anotaciones que indiquen de forma pormenorizada la identidad de 105 conductores usuarios, 105 horarios de utilizacion, recorridos realizados y la naturaleza generica de 105 servicios prestados. - Con relacion al uso de 105 vehfculos uniformados tipo "Z", se debera cumplimentar el Libro de control de vehfculos y material de dotacion" (segun modele DGP. A 079, 0 documento sobre soporte informatico que en un futuro 10 pudiera sustituir). Cada jefe de unidad velara y sera responsable de que queden registradas, en dicho libra, las anotaciones que indiquen de forma pormenorizada la identidad de 105 conductores usuarios, 105 horarios de utilizacion, recorridos realizados y la naturaleza generica de 105 servicios prestados. - Los vehfculos de unidades especiales (UIP, Gufas Caninos, Subsuelo, etc.) estaran sujetos a la supervision de 105 responsables de 105 grupos operativos, bajo las directrices y responsabilidad de 105 jefes de cada unidad. - En todos 105 casos, sera obligatorio tener actualizadas las labores tecnicas de mantenimiento de 105 vehfculos, segun especificaciones de la marca comercial correspondiente. Dichas operaciones deberan quedar anotadas en el "Libro de mantenimiento del vehfculo", el cual debera ser actualizado por el Delegado de Automocion 0 por el personal asignado al mantenimiento de la flota.
• Primero. La conduccion de vehfculos policiales por personal del CNP requerira estar en posesion del correspondiente permiso de conducir corporativo, expedido por el Area de Automocion. EI carecer de dicho permiso 0 no tenerlo en vigor inhabilita para conducir vehfculos policiales, siendo responsabilidad del conductor y del jefe que autorice su use, cualquier incidencia que pudiera acontecer durante la conduccion. Segundo. EI personal ajeno al CNP solo podra conducir vehfculos policiales cuando exista autorizacion expresa y nominal firmada por el Jefe del Area de Automocion, sin que en ningun caso esta pueda superar el plazo maximo de un ario. Tercero. Los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policfa tendran la obligacion de mantener en vigor el permiso/s de conducir de la clase/s exigida/s en las diferentes convocatorias de ingreso, asf como todas las clases de permisos que se hubieran obtenido a traves del Area de Automocion, excepto que por causas psicoffsicas debidamente justificadas los facultativos competentes dictaminen 10 contrario. En este caso, las deficiencias psicoffsicas observadas seran notificadas a la Direccion General de Trafico, para que la misma medida pueda ser aplicada de cara a la vigencia del permiso de conducir ordinario. Cuarto. La conduccion de los vehfculos policiales siempre debera realizarse de forma responsable y eficiente cumpliendo, en todo momento, con 10 dispuesto por la normativa vigente en materia de seguridad vial. Quinto. Los ocupantes de los vehfculos policiales deberan utilizar de forma obligatoria el cinturon de seguridad cuando circulen por vfas interurbanas. Se aconseja su usa en los desplazamientos por zonas urbanas, debiendose respetar, en todo caso, 10 que la normativa especffica sobre la materia determine en cada momento. Sexto. La utilizacion de vehfculos con placas reservadas, sean particulares u oficiales, no exime del cumplimiento de la normativa recogida en la "Ley sobre Trafico, Circulacion de Vehfculos a Motor y Seguridad Vial", por 10 que ante cualquier infraccion tipificada en la misma, es obligado dar respuesta a los requerimientos de informacion formulados por los organismos instructores de los expedientes sancionadores. Por ello, en los casos en los que se requieran datos por parte de la Division Economica y Tecnica como consecuencia de una infraccion cometida, se seguira el procedimiento siguiente: - Cuando la infraccion se haya cometido con un vehfculo particular dotado con placas de matrfcula reservada, se requerira al funcionario titular del mismo, a traves de su unidad de destino, para que realice las gestiones 0 recursos que
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procedan ante el organa instructor del expediente sancionador, advirtiendole que se procedera a notificar al organa requirente la matrlcula real del vehfculo denunciado.
- En 105casas de denuncias por infracciones con vehiculos oficiales, se requerira a la unidad de adscripcion del vehiculo para que, mediante informe del titular de la plantilla (Organismo Central, Jefatura Superior 0 Comisarfa Provincial), se motive ante la Jefatura de Trafico correspondiente 105 casas en que las infracciones hayan side justificadas 0, en caso contrario, se faciliten 105datos del conductor responsable de la infraccion al organa instructor del expediente sancionador. En ambos casas debera remitirse copia de 10actuado a la Division Economica y Tecnica. Septimo. Los vehiculos del CNP unicamente seran utilizados para el desempeno
de servicios de caracter oficial. Tendran esta consideracion 105desplazamientos que se deban realizar por razon de actividades profesionales, sean en labores operativas 0 de gestion, asi como 105demandados por la asistencia a reuniones, eventos institucionales 0 actos protocolarios de representacion.
Las actuaciones a seguir en el caso de 105 vehiculos intervenidos deberan ajustarse a 10 establecido en la Instruccion 1/2011 de la Secretarfa de Estado de Seguridad, en donde se contemplan, segun el destine que proceda dar a 105 bienes intervenidos, tres tipos de situaciones: adjudicacion provisional, enajenacion anticipada 0 destruccion. Primero.
Los vehiculos intervenidos, de conformidad con 105criterios de uso que se determinen en la correspondiente autorizacion judicial, se integraran en la f10ta para su utilizacion por el colectivo policial, en funcion de las necesidades operativas de las diferentes plantillas. Segundo.
No se autorizara ni acometera transformacion alguna en 105vehiculos intervenidos que se encuentren adjudicados con caracter provisional. Solo en 105 casas que procedan, mediante previa justificacion de la necesidad, podran ser dotados del correspondiente equipamiento policial acustico y luminoso. Tercero.
Cuarto. Cualquier dano 0 desperfecto que pudieran sufrir estes vehfculos, por averia 0 accidente, debera ser comunicado oficialmente en 105mismos terminos que 105establecidos para el resto de la f10tade vehiculos ordinaries del parque
policial, acompariado realizaba.
con un informe del jefe respectivo
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sobre la misi6n que
Quinto.- La solicitud de integraci6n de vehfculos intervenidos en la f10ta policial se ha de ajustar, con caracter general, a 105siguientes criterios: Deberan disponer de documentaci6n original (Ficha Tecnica, Tarjeta de ITV, etc.).
Su puesta en funcionamiento, exigira pasar la correspondiente ITV, estar en perfecto estadio mecanico y no suponer gasto econ6mico alguno. No se solicitara la integraci6n en la flota policial de marcas y modelos de elevada cilindrada, excepto que razones operativas justificadas asf 10 aconsejen. En este caso se podran constituir bancos de vehfculos de alta cilindrada de forma Centralizada 0 por Jefaturas Superiores para ser utilizados por las Unidades policiales que 10soliciten. No se solicitara el uso de aquellos vehfculos que por su aspecto lIamen la atenci6n y se consideren de escasa aplicaci6n operativa policial, como es el caso de 105vehfculos deportivos, de dos plazas, descapotables, marcas 0 modelos de escasa implantaci6n en el mercado nacional, etc. -
Tampoco se admitiran accesorios lIamativos, poco comunes 0 que no esten homologados, como por ejemplo ruedas de perfil bajo, lIantas de aleaci6n, alerones, spoilers, etc.
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Asimismo solo se solicitaran cuando se tenga certeza sobre su titularidad y cuando su implicaci6n en 105hechos que se imputan esten suficientemente probados.
La inobservancia de 10 preceptuado por esta Resoluci6n dara lugar a la correspondiente responsabilidad disciplinaria de acuerdo con 10dispuesto en la Ley Organica 4/2010, de 20 de mayo, del Regimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policla.
~* . • Quedan derogadas las disposiciones relativas a esta materia que se encuentren vigentes a la fecha de esta Resolucion. -
Resolucion de la DGP, de 11 de septiembre de 1995, "Sobre asignacion y utilizacion del Parque de Movil Policial" (Orden General nO1007 de fecha 18-81995).
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Circular 1/97 del Area de Automocion, de 30 de abril, relativa alas cuestiones siguientes: vehiculos intervenidos, robo, siniestros vehiculos policiales, matriculas civiles reservadas, libro de servicios de vehiculos policiales.
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Escrito de la Division de Coordinacion Economica y Tecnica, de 24 de mayo de 2000, "Sobre asignacion y utilizacion de vehiculos intervenidos".