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AMPARO 8vo Cuatrimestre
TEMA I INTRODUCCIÓN 1. Diga el concepto de defensa de la Constitución. Es toda toda ley que que perm permitite e salv salvag agua uard rdar ar a la ley fund fundam amen enta tall de los los acto actoss arbitrarios de algún órgano de gobierno, mediante un acto jurídico que restaura el estado de derecho de manera coercitiva. 2. Estale!ca los p"incipales siste#as de defensa de la Constitución. A) egún la naturale!a del del órgano ") egún egún el alcanc alcance e de las decisiones decisiones $. Atend tendie iend ndo o a la natu natu"a "ale le!a !a del del ó"ga ó"gano no co#o co#o se clas clasif ific ican an las las p"otecciones no defensas de la Constitución. # Actos carentes de $ontrol $onstitucional %. &eclar &eclaraci ación ón de que ha lugar lugar o proceder proceder o no ha lugar a procede procederr por resp respon onsa sabi bilid lidad ad pena penall de func funcio iona nari rios os con con inmu inmuni nida dad. d. 'Art. 'Art. %%% $onstitucional). (. enten entencia ciass de la cmara cmara de senadore senadoress por respons responsabi abilid lidad ad penal penal del del presidente de la república. 'Art. %%% $onstitucional). *. +ncompete +ncompetencia ncia de origen. origen. 'Art. % % $onstituc $onstitucional ional)) -. esolu esolucio ciones nes de la cmara cmara de diputa diputados dos y la cmar cmara a de senado senadores res en juicios políticos. 'Art. %// $onstitucional). $onstitucional). 0. &ecisiones &ecisiones del del consejo consejo de la judicatura judicatura federal federal 'Art. %// $onstituci $onstitucional) onal).. . eso esoluc lucion iones dicta ictada dass en los los juic uicios ios de ampa mparo, ro, con controv trove ersia rsiass constitucionales, acción de inconstitucionalidad o en ejecución de las mismas. 'Arts. 1* 2racc. ++ de la 3ey de Amparo y %4 2racc. ++ de la 3ey eglamentaria del Articulo %/0 $onstitucional). 1. Actos de la suprema suprema corte corte de justic justicia ia de la nación. nación. 'Arts. 'Arts. 1* 2racc. 2racc. + de la 3ey de Amparo y %4 2racc. + de la 3ey reglamentaria del Articulo %/0 $onstitucional). 5. Actos del tribuna tribunall electoral electoral 'Art. 'Art. 44 $onsti $onstitucio tucional). nal).
%. En "elación al alcance de sus decisiones co#o se clasifican la defensas Constitucionales. A) 6ías jurisdiccionales ") 6ías 6ías paraju parajuris risdic diccio cional nales es &. '(u) es una *+a ,u"isdiccionalon los instru instrumen mentos tos jurídi jurídicos cos proce procesal sales es destin destinad ados os a restau restaurar rar el orden orden constitucional. . Mencione los % #edios de p"otección o defensa de la Constitución conte#plados en la Ca"ta Magna. +. El juicio de amparo. ++. ++. 3as 3as cont contro rove vers rsia iass cons constititu tuci cion onal ales es.. +++. +++. Acci Accion ones es de de inco incons nstititu tuci cion onal alid idad ad.. +6. +6. 2acu acultad ltad de inv inve estig stiga acio cion.
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/. '(u) es una *+a pa"a,u"isdiccionalon aquellos procedimientos o actuaciones de autoridad, no jurisdiccional, encaminados a velar por el orden constitucional. 0. Dig Diga la lass p"in "inci cip pal alees *+a +ass pa"a, a"a,u u"isd "isdic icci cio onale naless ue ue #a" #a"ca la Constitución %) El autoco autocontr ntrol ol const constitu itucio ciona nall () El control control inductivo inductivo de la constituci constitucionali onalidad dad . 'En 'En u) u) T+tu T+tulo lo de la Cons Consti titu tuci ción ón se encu encuen ent" t"an an las las 3a 3a"a "ant nt+a +ass Indi*idualesEn el titulo primero. 14. De una definición de ga"ant+a indi*idual indi *idual Es el derecho bsico de todo individuo que esta protegido por la constitución. 11. Diga5 'Cu6les son las 3a"ant+as de Igualdad11. on las que establece la constitución en sus artículos del %ro. Al -to. %) 7odos go!a go!aran ran de gara garantí ntías as () Esta Esta prohib prohibida ida la escl esclavi avitud tud *) 7odos tiene tiene derecho derecho a la educac educación ión -) +gualdad +gualdad de de derechos derechos sin distinc distinción ión de se8os. se8os. 12. '(u) es una 3a"ant+a de lie"tadli e"tadEs aquella que da facultad a la persona de elegir lo que considera mejor para si mismo. 1$. '(u) son las 3a"ant+as de 7egu"idadon las que establecen los derechos y principios de protección del gobernado9 y estn contempladas en los artículos %- al %4 de la constitución. 1%. 'Có#o se clasifican seg8n la doct"ina las 3a"ant+as Indi*iduales+. :ara :arant ntía íass de segu seguri rida dad d jurí jurídi dicca ++. :aran rantía tías de igualdad +++. ++. :aran rantía tías de libe ibertad +6. :aran rantía tías de de pr propiedad
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/. '(u) es una *+a pa"a,u"isdiccionalon aquellos procedimientos o actuaciones de autoridad, no jurisdiccional, encaminados a velar por el orden constitucional. 0. Dig Diga la lass p"in "inci cip pal alees *+a +ass pa"a, a"a,u u"isd "isdic icci cio onale naless ue ue #a" #a"ca la Constitución %) El autoco autocontr ntrol ol const constitu itucio ciona nall () El control control inductivo inductivo de la constituci constitucionali onalidad dad . 'En 'En u) u) T+tu T+tulo lo de la Cons Consti titu tuci ción ón se encu encuen ent" t"an an las las 3a 3a"a "ant nt+a +ass Indi*idualesEn el titulo primero. 14. De una definición de ga"ant+a indi*idual indi *idual Es el derecho bsico de todo individuo que esta protegido por la constitución. 11. Diga5 'Cu6les son las 3a"ant+as de Igualdad11. on las que establece la constitución en sus artículos del %ro. Al -to. %) 7odos go!a go!aran ran de gara garantí ntías as () Esta Esta prohib prohibida ida la escl esclavi avitud tud *) 7odos tiene tiene derecho derecho a la educac educación ión -) +gualdad +gualdad de de derechos derechos sin distinc distinción ión de se8os. se8os. 12. '(u) es una 3a"ant+a de lie"tadli e"tadEs aquella que da facultad a la persona de elegir lo que considera mejor para si mismo. 1$. '(u) son las 3a"ant+as de 7egu"idadon las que establecen los derechos y principios de protección del gobernado9 y estn contempladas en los artículos %- al %4 de la constitución. 1%. 'Có#o se clasifican seg8n la doct"ina las 3a"ant+as Indi*iduales+. :ara :arant ntía íass de segu seguri rida dad d jurí jurídi dicca ++. :aran rantía tías de igualdad +++. ++. :aran rantía tías de libe ibertad +6. :aran rantía tías de de pr propiedad
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TEMA II AN9:I7I7 DE: ART;CU:O 14$ DE :A CON7TITUCIÓN 1. Mencione5 '(u) es un T"iunal ICANO7 TITU:O TERCERO CA=ITU:O I? DE: =ODER @UDICIA: @UDICI A: ARTICULO 103. LOS TRIBUNALES DE LA FEDERACION RESOLVERAN RESOLVERAN TODA CONTROVERSIA QUE SE SUSCITE I. POR NORMAS GENERALES, ACTOS U OMISIONES DE LA AUTORIDAD QUE QU E VIOL IOLEN LOS LOS DERE DERECH CHOS OS HUMAN UMANOS OS REC RECON ONO OCIDO CIDOS S Y LAS LAS GARANTIAS OTORGADAS PARA SU PROTECCION ION POR ESTA CONSTITUCION, ASI COMO POR LOS TRATADOS INTERNACIONALES DE LOS QUE EL ESTADO MEXICANO SEA PARTE; II. POR NORMAS GENERALES O ACTOS DE LA AUTORIDAD FEDERAL QUE VULNEREN O RESTRINJAN LA SOBERANIA DE LOS ESTADOS O LA ESFERA DE COMPETENCIA DEL DISTRITO FEDERAL, Y III. POR NORMAS GENERALES O ACTOS DE LAS AUTORIDADES DE LOS ESTA ESTADOS O DEL DEL DISTRI DISTRITO TO FEDERA FEDERAL L QUE INVAD INVADAN AN LA ESFERA ESFERA DE COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD FEDERAL. (REFORMADO EL ARTCULO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL ! DE JUNIO DE "011# "011#
%. '(u) es un T"iunal T"iunal Colegiado de Ci"cuitoon los tribunales federales integrados por * >agistrados. En su trabajo son apoyados por un secretario de acuerdos, secretario proyectista, actuarios, y otros empleados. ?no de los >agistrados funge como presidente y es elegido por los >agistrados del propio tribunal. &ura un a@o en su cargo, sin que pueda reelegirse para el siguiente. El presidente del 7ribunal $olegiado de $ircuito representa al tribunal, distribuye los asuntos entre los >agistrados y dirige los debates que se presentan a la hora de resolver los juicios, adems de que
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firma las resoluciones del tribunal, con el >agistrado ponente y el secretario de acuerdos.
&. '(u) es un T"iunal Unita"io de Ci"cuito3os 7ribunales $olegiados de $ircuito se componen de * magistrados, uno de los cuales es su presidente. Adems cuentan con un secretario de acuerdos y del del núme número ro de secr secret etar ario ios, s, actu actuar ario ioss y empl emplea eado doss que que dete determ rmin ina a el pre presupu supues esto to.. 8ico y cabe!a del e8icanos, mantener el equilibrio entre los diversos poderes y órganos de gobierno, y solucionar, de modo definitivo, asuntos judiciales de gran relevancia social, a travs travs de las resolu resolucio cione ness jurisd jurisdicc iccion ionale aless que que dicta. dicta. inistro inistro e!a electo el * de enero de (/%% para un periodo que abarcar hasta el *% de diciembre de (/%-.
/. '(u) es un @ue! de Dist"ito?n jue! de &istritoC que es la autoridad pública que sirve en un tribunal de justicia y que se encuentra investido de la potestad jurisdiccional. 7ambin ambin se caracteri!a como la persona que resuelve una controversia o que decide el dest destino ino de un impu imputa tado do,, toma tomand ndo o en cuen cuenta ta las las evid eviden enci cias as o prue prueba bass presentadas en un juicio, administrando justicia. 0. '(u) se entiende po" Acto de Auto"idadEs un hecho intencional, voluntario, positivo o negativo, emitido por un órgano del Estado, de hecho 'facto) o de derecho 'iure), con facultades de decisión o de ejecución, o de ambas, que produ!ca afectación en situaciones generales y abstractas 'se denomina ley) o en situaciones particulares y concretas 'se deno denomi mina na acto acto de auto autori rida dad d en sent sentid ido o estr estric icto to), ), cara caract cter eri! i!ad ado o por por ser ser imperativo, unilateral y coercitivo. . Diga5 '(u) es un Acto =ositi*oEsto se traduce en la decisión o ejecución de un hacer, es decir de un actuar por por part parte e de las las auto autori rida dade des, s, volu volunt ntar ario io y efec efectitivo vo,, que que impo impone ne a los los particulares ciertas obligaciones. &ichos actos de carcter positivo son lo que con mayor frecuencia se reclaman medi median ante te el juic juicio io de ampa amparo ro e incl inclus uso o lo que que con con ms ms faci facililida dad d pued puede e repararse por parte de la l a autoridad responsable, cuando da cumplimiento a una
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sentencia protectora de la justicia federal, puyes para ello se requiere que deje sin efecto el acto declarado inconstitucional, con lo que se restablece el estado que guardaban de las cosa antes de la violación.
14. Mencione5 '(u) es un Acto Negati*oon aquellos por los que la autoridades se rehúsan acceder a las pretensiones de los particulares. anifestarse en una conducta que se traduce en no querer o no aceptar lo que solicita o pide el gobernado. $uando se trata de estos actos, se advierte que el articulo 5/ de la 3ey de Amparo es muy e8plicito y terminante en cuanto al objeto de la sentencia en que concede la protección de la justicia federal respecto de esto, pues en este sentido dispone que el efecto sea Dobligar a la autoridad responsable a que obre en el sentido de respetar la garantía de que ser trate y a cumplir, por su parte, lo que la misma garantía e8ija 11. '(u) es la Auto"idad ResponsaleEs la que dicta, promulga, ordena, ejecuta o trata de ejecutar la ley o acto reclamado. 12. A u) se "efie"e la <"acción I del A"t+culo 14$ Constitucional Esta fracción + establece como motivo para acudir a los tribunales de la 2ederación, la violación de garantías individuales, entendiendo stas, como las que otorga la propia $onstitución, según indica el artículo %F, que en la parte a destacar se@alaC DEn los Estados ?nidos >e8icanos todo individuo go!ar de las garantías que otorga esta $onstitución,.. 1$. A u) se "efie"e la <"acción II del A"t+culo 14$ Constitucional 3os tribunales de la 2ederación resolvern toda controversia que se susciteC II. POR NORMAS GENERALES O ACTOS DE LA AUTORIDAD FEDERAL QUE VULNEREN O RESTRINJAN LA SOBERANIA DE LOS ESTADOS O LA ESFERA DE COMPETENCIA DEL DISTRITO FEDERAL, Y %-. A qu qu se refiere la 2racción +++ del Artículo %/* $onstitucional III. POR NORMAS GENERALES O ACTOS DE LAS AUTORIDADES DE LOS ESTA ESTADOS O DEL DEL DISTRI DISTRITO TO FEDERA FEDERAL L QUE INVAD INVADAN AN LA ESFERA ESFERA DE COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD FEDERAL
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TEMA III AN9:I7I7 DE: ART;CU:O 14/ CON7TITUCIONA: 1. '(u) estalece el A"t+culo 14/ de la Ca"ta Magna7odas las controversias de que habla el Artículo %/* se sujetarn a los procedimientos y formas del orden jurídico que determine la ley, de acuerdo a las bases siguientes 2. 'Cu6ntas <"acciones tiene el a"t+culo 14/ de la Ca"ta Magna%1 fracciones y la %5 se deroga $. Diga ue es un ="incipio de Acción. Es un derecho público subjetivo de toda persona física o moral como gobernado, de acudir ante el poder judicial de la 2ederación, al considerar un acto de autoridad o una ley, violatorio de sus garantías individuales por una autoridad del Estado, para que se le restituya el goce de dichas garantías, restableciendo las cosas al estado que guardaban antes de la violación, obligando a la autoridad a respetar la garantía violada. %. Mencione los ="incipios de ="oceso.
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0. '(u) es la definiti*idadEl juicio se promover, una ve! agotados los recursos o medios de defensa que las leyes ordinarias prevn para combatir el acto de autoridad reclamado en la vía constitucional. $on este principio se busca que el acto de autoridad a reclamar en la vía de amparo, tenga el carcter de definitivo. E8cepcionesC art. %/1, fracc. +, cuando al gobernado así le convenga, y en caso de personas ajenas al juicio que no ocupan agotar todos los recursos o si son empla!amientos nulos o incorrectos. . '(u) entiende po" Ag"a*io =e"sonal B Di"ecto3a persona agraviada deber ejercitar la acción de amparo, pero se e8ige que el agravio sea personal, privndole de algún derecho, posesión o propiedad, y BdirectoB, desde el punto de vista del tiempo en que el acto reclamado se reali!a. 3a verificación puede ser pasada 'cuando sus efectos ya concluyeron), presente 'efectos del agravio vigentes al promoverse el amparo) y futura 'cuando los efectos aún no aparecen, pero se presume que sí tendrn lugar)9 14. '(u) significa el ="incipio de no 7i#ultaneidade encuentra consagrado en el artículo 1*, fracción +I, de la 3ey de Amparo y dispone que debe sobreseerse en el juicio de garantía si al mismo tiempo se esta tramitando contra el mismo acto o ley reclamado otro juicio de amparo que se encuentra pendiente de resolución o cualquier otro medio de defensa legal propuesta por el quejoso que pueda tener por efecto modificar revocar o nulificar el acto reclamado. 11. '(u) estalece el ="incipio de :i#itación de ="ueasEste principio debe estarse conjuntamente con el que dispone que el acto reclamado debe ser apreciado tal como haya sido probado ante la autoridad responsable, pues a ello se debe que en el juicio de amparo no puede ofrecerse ni valorarse prueba distintas aquellas que se hayan hecho llegar a dicha autoridad para emitir el acto o resolución que recurre en amparo 12. '(u) significa la :i#itación de Recu"sosEste principio debe estudiarse conjuntamente con el que dispone que el acto reclamado debe ser apreciado tal como haya sido probado ante la autoridad responsable, pues a ello se debe que en el juicio de ampro no puedan ofrecerse ni valorarse prueba distintas a aquellas que se haya hecho llegar a dicha autoridad para emitir el acto o resolución que recurre en amparo. 1$. '(u) es la 7up"e#ac+a ConstitucionalEs un principio teórico del &erecho constitucional que postula, originalmente, ubicar a la $onstitución de un país jerrquicamente por encima de todas las dems normas jurídicas, internas y e8ternas, que puedan llegar a regir sobre ese país. Esto incluiría a los tratados internacionales ratificados por el país y cuyo mbito de aplicación pueda ser tambin sobre las relaciones jurídicas internas. 1%. '(u) significa Di*isión de =ode"es-
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3a separación de poderes o división de poderes 'en latín trias politica) es una ordenación y distribución de las funciones del Estado, en la cual la titularidad de cada una de ellas es confiada a un órgano u organismo público distinto. ;unto a la consagración constitucional de los derechos fundamentales, es uno de los principios que caracteri!an el Estado de &erecho moderno. >odernamente la doctrina denomina a esta teoría, en sentido estricto, separación de funciones o separación de facultades, al considerar al poder como único e indivisible y perteneciente original y esencialmente al titular de la soberanía 'nación o pueblo), resultando imposible concebir que aqul pueda ser dividido para su ejercicio.
1&. Epliu) el ="incipio de 7uplencia de la (ue,a$omo la Hbligación constitucional y legal que tiene el ju!gador de amparo de corregir los errores, deficiencias u omisiones en que incurre el quejoso al elaborar los conceptos de violación de su demanda, o bien al formular agravios relativos a los recursos por l interpuestos. En las hipótesis y en los trminos previsto en la ley de la materia. 1. '(u) significa la Cele"idad&ado que el $ontrol de la constitucionalidad y de la legalidad de los actos de autoridad estatal que se reali!a a travs del juicio de amparo se ejerce por órgano jurisdiccional y por vía de acción , tiene aplicabilidad el artículo %1 constitucional, conforme al cual Dtodo persona tiene derecho a que se administre justicia por tribunales que estarn e8peditos para impartirle en los pla!os y trminos que fijen las leyes, emitiendo su resoluciones de manea pronta, completa e imparcial. 1/. Epliu) la T"a#itación Esc"ita. :E DE AM=ARO5 RE3:AMENTARIA DE :O7 ARTICU:O7 14$ 14/ DE :A CON7TITUCION =O:ITICA DE :O7 E7TADO7 UNIDO7 ME>ICANO7 T;TU:O =RIMERO Reglas 3ene"ales CA=;TU:O I Disposiciones
10. Mencione el ="incipio de Restitución. 3ey de Amparo, Artículo 5/.G 3a sentencia que conceda el amparo tendr por objeto restituir al agraviado en el pleno goce de la garantía individual violada, restableciendo las cosas al estado que guardaban antes de la violación, cuando el acto reclamado sea de carcter positivo9 y cuando sea de carcter negativo, el efecto del amparo ser obligar a la autoridad responsable a que obre en el sentido de respetar la garantía de que se trate y a cumplir, por su parte, lo que la misma garantía e8ija. 1. Epliu) el Est"icto De"eco. El ju!gador del juicio de amparo tiene que limitarse a valorar la constitucional del acto reclamado a la lu! de los conceptos de violación, e8clusivamente si se
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trata de recurso, concretarse a e8aminar la resolución recurrido con base a los agravios.
24. '(u) es la ="osecución OficiosaEs la que determina como se inicia materialmente a juicio de amparo y como termina TEMA I? COM=ETENCIA 1. '(u) es la Co#petencia3ey de amparo articulo *, 3a competencia es la medida de jurisdicción que puede ejercer cada jue! en concreto, y la función jurisdiccional es la actividad a cargo de los jueces cuyo objeto es la solución de conflictos intersubjetivos de intereses, mediante la aplicación del derecho material que pueda corresponderle por su naturale!a. 2. Diga la Co#petencia po" Te""ito"io. $ompetencia en ra!ón del 7erritorioC determinada por el lugar donde ocurra el hecho, acto u omisión que motivare la solicitud de amparo. 3a distribución geogrfica de los distintos órganos jurisdiccionales por el territorio nacional, es decir, una ve! que conocemos que por ejemplo es competente el ju!gado de %J instancia, saber a cual de ellos se deber remitir el asunto.
$. Diga la Co#petencia po" Mate"ia. 3a competencia es el conjunto de normas que determinan la atribución de un asunto concreto a un órgano jurisdiccional tambin concreto, o como el conjunto de procesos en que un ;u!gado o 7ribunal debe ejercer conforme a la ley su jurisdicción. Este factor se determina por la naturale!a de la pretensión procesal y por las disposiciones legales que la regulan, resto es, se toma en cuenta la naturale!a del derecho subjetivo hecho valer con la demanda y que constituyen la pretensión y norma aplicable al caso concreto.
%. Diga la Co#petencia po" 3"ado. &enominado este criterio competencia funcional se relaciona con el nivel o jerarquía de los organismos jurisdiccionales pues e8isten ju!gados de primera instancia o especiali!ados civiles9 alas $iviles o mi8tas de las cortes superiores 'segunda instancia) y las salas civiles de la $orte uprema que con fines e8clusivamente acadmicos llamamos Btercera instanciaB que ejercen su función dentro del marco de las otras competencias.
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3a 3ey Hrgnica del
&. Epliu) la Co#petencia po" At"acción. 2uero de atracciónC cuando por el rango del tribunal, la calidad de justiciable a la índole del asunto, ha de conocer aquel de cuestiones diferentes, aunque cone8as respecto de las que estrictamente le competen. . Diga el
• •
. Diga los t)"#inos de Inte"posición del A#pa"o Indi"ecto. %0 días hbiles 14. 'Cont"a u) Actos p"ocede el A#pa"o Di"ecto3as procedimentales que no sean de imposible reparación y las de fondo o al momento de sentenciar ., 3o que determina la procedencia del amparo directo o uniinstancial es la naturale!a de los actos reclamados, que consiste en sentencias definitivas, laudo o resoluciones se pone fin al juicio. Art. %/1 fracciones 6 y 6+ y el artículo *1 de la 3ey Hrgnica del
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que invada la competencia de la autoridades estatales o distritales, Actas de autoridades estatales o distritales que invadan la esfera federal, esoluciones del titular del >inisterio
12. Mencione el p"ocedi#iento de A#pa"o Indi"ecto desde la de#anda asta la sentencia. &emanda.G 2orma, contenido, documentos que se acompa@an, resoluciones que le puede recaer y desahogo de la prevención, +nformes ;ustificados,
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TEMA ? 7ECTORE7 DE @UICIO DE AM=ARO 1. Diga5 '(u) es el A#pa"o 7oe"an+a+gualmente llamado amparo por invasión de jurisdicciones, se encuentra previsto en las fracciones ++ y +++ del artículo %/* de la $onstitución :eneral, y se refiere al amparo que promueve el gobernado, cuando alguna autoridad federal invade la esfera competencial de alguna autoridad estatal, o viceversa, una autoridad estatal, invade la esfera de actuación de la autoridad federal, en la que el gobernado se ve afectado en alguna de sus garantías. En la 3ey de Amparo esta previsto en la fracción 6+ del artículo %%-, que nos dice que el ;ue! de &istrito conocer de los amparos promovidos con fundamento en las fracciones ++ y +++ del artículo %/* $onstitucional. $abe precisar que este tipo de amparo sólo lo puede promover el gobernado 'persona física o moral), cuando se vea afectado en alguna de sus garantías individuales consagradas en la $onstitución debido a que una autoridad ya sea federal o estatal, ha rebasado los límites de facultades que la misma ley le concede. Así que es equivoca la creencia de que en ste supuesto, tambin podrían promover ste tipo de amparo las autoridades federales o bien los estados, sin embargo, el objeto del amparo est limitado sólo a la protección de las garantías del gobernado
2. '(u) es el A#pa"o Casación
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7ambin recibe la acción automtica y es aquella que obliga a la sociedad a su cumplimiento desde el momento que se promulga, cuando denominamos autoaplicativas algunas leyes nos referimos a las circunstancia de que la ley produce efectos jurídicos frente alguno de sus destinatario por si misma sin requerir un acto de intermedio de aplicación
/. '(u) es una :eB ete"oaplicati*ae caracteri!an por que la obligación a cumplirlas aparecen en el momento de llevarse a cabo el acto que se encuentra regulado en la misma ley. e define como aquella que tiene un carcter de mandamiento inofensivo, que no da@a ni afecta a persona alguna por su sola promulgación, puesto que da preceptos generales, sin designar persona, mientras no se ejecute o aplique debe considerarse como letra muerta y a nadie ofende y causa agravio. 0. '(u) es el A#pa"o aeas Co"pusEl Labeas $orpus es el m8imo recursos anglosajón para la protección a los derechos de las personas contra los actos ilícitos de los individuos en general y de las autoridades en particular. 3a locución latina habeas corpus se traduce como Bmustrame el cuerpoB y se entiende como la escritura o acta que e8pide un jue! a la autoridad o individuo cuestionado para presentar a la persona aprehendida y que se e8plique el fundamento de su secuestro. Este recurso se limita a la garantía de libertad, por lo que su utili!ación se encamina a la materia penal. u fundamento es sencillo, ninguna persona debe estar presa sin fundamento y es necesario que los ciudadanos tengan un procedimiento para que una autoridad diferente a la que ejecuto la aprehensión determine el derecho de este acto. 3as coincidencias del habeas corpus con el amparo se presentan al mencionar que los dos protegen garantías constitucionales, aunque al mismo tiempo se muestra la diferencia ya que el amparo protege todas las garantías individuales consagradas en la carta magna me8icana y el habeas corpus se limita al derecho de libertad o movilidad esto tanto en Estados ?nidos como en $anad respectivamente. $onsiderando la garantía de libertad de transito bajo ciertos rasgos particulares se puede decir que tanto un amparo cono un habeas corpus concedido pueden resultar en la liberación de una persona. $ontinuando con los puntos en común es necesario mencionar que ambos recursos 'sentido lato) tienden a frenar la actividad de una autoridad. Htra semejan!a es la presentada en relación a la persona facultada para promoverlos, en las legislaciones de los tres países se contempla la posibilidad que un representante lo promueva bajo la ratificación del afectado y en los tres casos solo se inicia ante instancia de parte y ante la imposibilidad de utili!ar un medio ordinario.
. 'Cu6l es el o"igen de la Casación3os diccionarios definen la casación como un instrumento político jurídico que tiene una doble finalidadC por un lado, fijar la jurisprudencia, entendiendo por tal la proclamación en abstracto de la doctrina legal, fijando, con ello, la interpretación que ha de darse a los te8tos legales9 y, por otro, enmendar las
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infracciones de ley o de doctrina que los tribunales hayan cometido en la tramitación o resolución de los juicios, en el &erecho omano en las novelas de ;ustiniano.
14. '=o" u) la doct"ina di*ide en *a"ios secto"es al A#pa"o-
TEMA ?I =ARTE7 EN E: @UICIO DE AM=ARO 1. '(u) se entiende po" pa"te en el @uicio
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0. '(u) función tiene el Ministe"io =8lico
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