TRIBUNAL: 2° TRIBUNAL CIVIL DE SANTIAGO PROCEDIMIENTO: EJECUTIVO CARÁTULADO: BANCO CHILE (CITIBANK) CON ALIAGA ROL: C-8723-2003 CUADERNO: PRINCIPAL
EN
LO
PRINCIPAL:
APERCIBIMIENTO
AL
RECEPTOR
JUDICIAL;
PRIMER OTROSÍ: DESIGNACION DE NUEVO RECEPTOR; SEGUNDO OTROSÍ: ACOMPAÑA DOCUMENTO.
S. J. L. EN LO CIVIL DE SANTIAGO (2°)
JAIME CASTILLO SALDÍAS, abogado, por parte del ejecutado don CARLOS ALIAGA NAVARRO, en autos sobre cobro de pagaré, en procedimiento ejecutivo, caratulado “CITIBANK con ALIAGA”, ROL C-8723-2003,
seguido
ante
este
tribunal,
a
US.,
respetuosamente digo:
Que vengo en hacer presente que en virtud de resolución de fecha 4 de Septiembre del 2013, se encargó la diligencia de notificar a Banco de Chile (CITIBANK) el incidente de abandono del procedimiento, al receptor de turno del mes de Septiembre del año 2013, don Nelson Panza Aguilar.
Que hasta la fecha el receptor no ha notificado a la parte
ejecutante,
diligencia
que
se
le
ha
encargado
en
reiteradas oportunidades, una de ellas de forma presencial, constando esta con fecha 23 de Octubre de 2013, y el resto de ellas por vía telefónica, por esta razón mi patrocinado se ha visto
obligado
a
soportar
variadas
situaciones
con
consecuencias negativas como lo es el archivo de la causa, el retardo
excesivo
en
la
tramitación
de
la
causa
y
la
obstrucción a la justicia. Cabe además señalar que en esta causa nuestro patrocinado goza del beneficio de privilegio de pobreza por lo que me veo en la necesidad de recurrir al receptor de turno, lo que no debiera ser en ningún caso un obstáculo para que la diligencia encomendada sea llevada a cabo y por lo mismo, esta parte solicita a U.S. se aperciba a don Nelson Panza Aguilar para que practique la diligencia ordenada en autos.
POR TANTO, En mérito de lo expuesto y conforme a lo dispuesto en los artículos 393 y 532 del Código Orgánico de Tribunales.
RUEGO A US., Se aperciba al Receptor Judicial don NELSON PANZA AGUILAR, para que dentro del plazo que U.S. determine, realice la diligencia decretada en autos, bajo apercibimiento de decretar alguna medida disciplinaria en su contra.
PRIMER OTROSI: Por este acto y de forma subsidiaria a la solicitud
expuesta
en
lo
principal
de
esta
presentación,
ruego a U.S., se designe nuevo receptor para efectos de ser practicada la diligencia pendiente en estos autos, y con ello evitar toda clase de perjuicios que se sigan de su tardanza, a mi representada.
SEGUNDO OTROSÍ: Ruego a U.S. se sirva tener por acompañado documento en donde consta que en el mes de octubre 2013 se encargó
la
consistente
diligencia en
al
notificar
procedimiento, con citación.
receptor el
ya
incidente
individualizado, de
abandono
del