ACTA DE PARALIZACIÓN DE OBRA N° 001 En el distrito de Reque, Provincia de Chiclayo, Región Lambayeque, siendo las 10:00 a.m. del día 25 de Abril del 2012, se reunieron de una parte el Ing. Will Wi llia ian n Pa Past stor or DELG DELGADO ADO MEND MENDOZ OZA, A, Re Repr pres esen enta tant nte e Le Lega gall de la Empr Empres esa a CONSTRUCTORA E INVERSIONES IDM EIRL. Y el Ing. Ángel LIZA CHAFLOQUE, en su condición condición de Inspector Inspector de obra; con la finalidad finalidad de adoptar adoptar medidas medidas concernientes a la paralización de la obra: “CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO Y VEREDAS SECTOR 28 DE JULIO DISTRITO DE REQUE PROVINCIA DE CHICLAYO DEPARTAMENTO LAMBAYEQUE”, Contrato de Ejecución de Obra N° 001-2012GR.LAMB/ORAD. Entre el Gobierno Regional de Lambayeque y la Empresa Constructora e Inversiones IDM EIRL. 1. ASPECTOS
CONSIDERADOS PARALIZACIÓN.
QUE
FUNDAMENTAN
DICHA
En el cuad cuader erno no de obra obra,, se regi regist stra ra las las part partid idas as ejec ejecut utad adas as por por el Contratista que son específicamente parte de las metas de su contrato de obra como es corte corte y excavación excavación de terreno terreno natural natural con máquina máquina para los los trab trabaj ajos os de pavi pavime ment nto, o, alca alcant ntar aril illa lado do,, vere vereda dass y co cone nexi xion ones es domiciliarias de alcantarillado, suministro e instalación de tuberías tanto en red red princ principa ipall así así co como mo co cone nexio xione ness domi domici cilia liara ra de alcan alcanta taril rillad lado, o, actualmente está en condiciones para la colocación de la capa granular (afirmado) y posteriormente colocación de la carpeta asfáltica.
Como es de co Como cono noci cimi mient ento o exis existe te una una Empre Empresa sa Co Cons nsor orci cio o SAN SAN JUAN JUAN-SUPE SUPER R CONC CONCRE RETO TO cuyo cuyo repr repres esen enta tant nte e es el Ing. Ing. Gonz Gonzal ales es Medi Medina na ganadora ganadora de la Buena Pro para realizar trabajos trabajos de alcantarillado alcantarillado y agua potable con sus respectivas conexiones conexi ones domiciliarias, domicili arias, en todo el Distrito de Reque, la cual dentro dentro de su contrato contrato está el suministro suministro e instalación instalación de tubería de agua potable y conexiones domiciliarias en una longitud de 450 450 me metr tros os line lineal ales es a real realiz izar arlo loss dent dentro ro del del área área de trab trabaj ajo o de la Constructora e Inversiones IDM EIRL.
Si la Constructora e Inversiones IDM EIRL. Con el propósito legal de continuar con los trabajos y evitar de esta forma alterar el cronograma de ejecución de obra, crearía un problema social social con la población usuaria al no suministrarle el servicio de agua potable, ya que la empresa SAN JUAN-SUPER CONCRETO tendría que hacer el suministro e instalación con posterioridad y hacer los cortes necesarios para dicho suministro lo que originaría inconvenientes técnicos.
En el Art. 200 del R.S. N° 184-2008-EF. Existe una causal no atribuible al Cont Co ntra ratis tista ta para para para paraliz lizar ar la obra obra,, ya que que exist existe e la impo imposi sibil bilida idad d de continuar continuar con los trabajos trabajos de afirmado, afirmado, perfilado perfilado y compactación compactación de la subrasante y rasante y colocación de carpeta asfáltica por falta de los traba rabajo joss de agua agua pota potabl ble e co con n sus sus resp respec ecttivas ivas conex onexio ion nes cuya uya responsabilidad es la empresa SAN JUAN JUAN - SUPERCONCRETO.
En tal sentido, el representante legal de la empresa Constructora e Inversiones IDM EIRL en coordinación con el Inspector, acordaron paralizar la obra hasta la
culminación de los trabajos de agua potable y conexiones domiciliarias por parte de la empresa SAN JUAN-SUPER CONCRETO. 2. ACUERDOS
PARALIZAR LA OBRA, a partir del día 25 DE Abril del 2012, hasta que se culmine los trabajos de suministro e instalación de tuberías de agua potable y conexiones domiciliarias por parte de la empresa San Juan – Súper Concreto.
El expediente de ampliación de plazo deberá ser presentado al Inspector de obra, incluyendo el cronograma de ejecución de obra actualizado conteniendo el Cronograma valorizado, Cronograma de Barras en Gantt, con fecha máxima a la primera semana de reiniciado la obra.
La presente Acta constituye el antecedente para la formalización legal del acuerdo vía Adenda al Contrato, que regulará la situación contractual del Contrato de Obra.
Luego de revisado y consultado el texto de la presente Acta de Acuerdos, siendo las 12:00 horas del 25 de Abril del 2012, los presente lo firmamos en señal de total aceptación y conformidad con todos y cada uno de los términos.
INSPECTOR DE OBRA
CONTRATISTA