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Solucionario del libro Actividades 1. Completa las siguientes afirmaciones en tu cuaderno con las palabras correctas: •
Cada una de las opciones legales que la….…….establece para cada una de las diferentes……….implica una serie de….….….. y……….…
•
La elección de la forma jurídica, además de ante la Administración, nos identifica ante nuestros………,……….y……...
•
Cada una de las opciones legales que la normativa establece para cada una de las diferentes formas jurídicas implica una serie de ventajas y limitaciones.
•
La elección de la forma jurídica, además de ante la Administración, nos identifica ante nuestros clientes, proveedores y empleados.
2. Relaciona en tu cuaderno cada tipo de forma jurídica con el número de socios que requiere: a) Sociedad laboral b) Sociedad de responsabilidad limitada nueva empresa c) Comunidad de bienes d) Sociedad anónima
1. 2. 3. 4.
Mínimo Mínimo Mínimo Mínimo
1 y máximo 5 2 3 1
a)3; b)1; c)2; d)4 3. Relaciona en tu cuaderno cada tipo de forma jurídica con el capital mínimo exigido por la ley: a) Sociedad anónima b) Cooperativa de trabajo asociado c) Sociedad de responsabilidad limitada
1. No existe mínimo legal 2. Mínimo 3 000 3. Mínimo 60 000
a)3; b)1; c)2 4. Entra en la página web de la Agencia Tributaria (www.aeat.es), investiga y realiza una tabla en tu cuaderno que relacione los distintos regímenes tributarios que se asocian a las diferentes formas jurídicas. IRPF Empresario individual Sociedad civil
Impuesto de Sociedades Sociedad colectiva Sociedad comanditaria
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Comunidad de bienes
Sociedad limitada Sociedad limitada nueva empresa Sociedad limitada de fundación sucesiva Sociedad anónima Sociedades laborales Cooperativas
5. Relaciona correctamente en tu cuaderno correspondiente impuesto de sociedades: a) Cooperativas físicamente protegidas b) Empresas de nueva creación para el primer año en que obtengan beneficios y el siguiente c) Entidades con cifra de negocio < 5 millones de euros
los
sujetos
pasivos
con
el
1. 15% 2. 25% 3. 20%
a)3; b)1; c)2 6. ¿Qué es un trabajador autónomo económicamente dependiente? Es aquel trabajador autónomo, que no obstante su autonomía funcional, desarrolla su actividad con una fuerte y casi exclusiva dependencia económica del empresario o cliente que lo contrata, proviniendo de él, al menos, el 75 % de los ingresos del trabajador. 7. ¿Es lo mismo ser autónomo que ser empresario individual? Razona tu respuesta. Empresario individual es la forma jurídica de una empresa que, como su nombre indica, es gestionada por una sola persona, con su propio NIF. Autónomo, sin embargo, es el régimen de la Seguridad Social al que se suelen inscribir los empresarios, sin importar la forma jurídica que adopten. 8. Haz una lista en tu cuaderno con las ventajas y limitaciones que tiene consolidarse como empresario individual. Ventajas • Rapidez y sencillez en los trámites al inicio de la actividad pues no precisa escritura pública ante notario ni inscripción en el Registro Mercantil; es idónea para empresas pequeñas. • No precisa de capital mínimo. • Simplicidad de las obligaciones formales y fiscales. Ventajas Inconvenientes
Inconvenientes • Responsabilidad ilimitada. Se extiende a todo el patrimonio del promotor. • Puede estar sometido a un tipo impositivo elevado si el volumen de beneficios es importante, dada la progresividad del IRPF. • No puede tener socios.
9. Relaciona las siguientes características con su forma jurídica correspondiente, ya sea trabajador autónomo o emprendedor de responsabilidad limitada:
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a) Debe inscribirse en el Registro Mercantil. b) Tiene la obligación de darse de alta en un régimen especial de la Seguridad Social. a) Emprendedor de responsabilidad limitada. b) Autónomo. 10. ¿Cuáles son las particularidades de la sociedad limitada nueva empresa respecto a la sociedad limitada normal? La SLNE ha sido aprobada por Ley 7/2003, de 1 de abril como expresión simplificada de la Sociedad de Responsabilidad Limitada. Se trata de crear un régimen societario más sencillo que el actual, así como reducir al máximo el tiempo necesario para la constitución de sociedades. El capital social no podrá ser inferior a 3 000 € ni superior a 120 000 €. El número máximo de socios fundadores está limitado a 5, y sólo pueden ser socios las personas físicas. Aspecto importante es la posibilidad de realizar los trámites de constitución y alta de la misma por medios telemáticos y en 48 horas. 11. En una sociedad limitada, ¿con qué responde el empresario en caso de pérdidas? Exclusivamente con el importe de su cuota de participación. 12. Escribe un listado en tu cuaderno con los datos que debe contener la escritura de constitución de una SL. En • • • • • • •
la escritura de constitución deben constar los siguientes datos: La identidad del socio o socios. La voluntad de constituir una SL. Las aportaciones que cada socio realice y la numeración de las participaciones asignadas en pago. Los estatutos de la sociedad. Cómo se va a organizar la administración de la sociedad. La identidad de la persona o personas que se encarguen inicialmente de la administración y de la representación social. Otros pactos que se estimen convenientes, siempre que no sean contrarios a la ley.
13. ¿Qué es la reserva legal y para qué se utiliza? La reserva legal es aquella parte de los beneficios que la sociedad no va a repartir entre los socios de acuerdo a la normativa vigente. Esta reserva legal se utiliza para compensar pérdidas en caso de que la empresa no cuente con otras reservas para dicho fin. 14. Argumenta dos ventajas que tenga constituirse, respectivamente, como sociedad limitada nueva empresa y como sociedad limitada de formación sucesiva.
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La Sociedad limitada Nueva Empresa es un régimen societario más sencillo y el tiempo de constitución es menor. La Sociedad limitada de Formación Sucesiva elimina la obligación de tener un capital social mínimo desde el principio y debe destinar un 20% de los beneficios a Reserva Legal. 15. ¿Cuál es el capital social de las siguientes SA según los siguientes datos? a) 600 acciones con un valor nominal de 120 € cada una. b) 1 300 acciones con un valor nominal de 200 € cada una. c) 3 000 acciones con un valor nominal de 50 € cada una. a) 72 000 € b) 260 000 € c) 150 000 € 16. Explica las características de una sociedad anónima y las diferencias entre esta y la sociedad de responsabilidad limitada. Características de las Sociedades Anónimas: • • • • •
•
Es una sociedad eminentemente capitalista. No importa la identidad de los socios, solo interesa la aportación de capital. El capital está íntegramente representado por acciones. La responsabilidad de los socios está limitada al valor de sus acciones. Se rige democráticamente por mayoría simple de votos. El capital mínimo para su constitución es de 60 000 €. Debe estar íntegramente suscrito en el momento de constituirse la sociedad, es decir, debe haber un compromiso por parte de los socios para cubrir la totalidad del capital, que por lo menos ha de estar desembolsado (pagado) en un 25 %. Aunque es factible que tenga un único socio (unipersonal), lo más habitual es que la sociedad anónima se forme con varios socios.
Las Sociedades de Responsabilidad Limitada: - Son sociedades personalistas. - El capital está dividido en cuotas de participación. - El capital mínimo para su constitución es de 3 000 €. 17. La empresa Hoces SA ha obtenido unos beneficios de 42 000 € en el ejercicio anterior y va a distribuir 33 600 € entre sus socios. La empresa tiene dividido su capital social en 250 acciones y la socia Patricia Rodríguez posee 20. ¿Qué cantidad le corresponderá a Patricia en concepto de dividendos? (33 600 x 20) / 250 = 2 688 € 18. Argumenta si las siguientes afirmaciones son verdaderas o falsas: a) En una SL el capital social inicial debe ser igual o superior a 3000 €.
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b) Para constituir una sociedad no es necesaria la escritura pública. c) Las SLFS pueden llegar a convertirse en SL. d) En las SA interesa más la identidad de los socios que la aportación de capital. e) Las SA se rigen democráticamente, por mayoría simple de votos. f) Uno de los órganos de gobierno de las SA son los procuradores. g) En la SL todos los beneficios del año se reparten entre los socios. a) Verdadero b) Falso c) Verdadero d) Falso e) Verdadero f) Falso g) Falso 19. Haz una tabla en tu cuaderno con los órganos de gobierno de una sociedad anónima y explica cada una de sus funciones. Junta General
Su función es la participación. Es la reunión de todos los socios para deliberar y adoptar acuerdos sociales por mayoría de los votos.
Administradores
Ejercen la doble función de gestión y representación. Cuando la gestión se encomienda a un grupo de personas se constituye un consejo de administración.
Auditores de cuentas
Su función es el control. Se trata de un órgano interno de revisión de la contabilidad. Su nombramiento se hace en la junta general, y no cesarán en su cargo hasta que se celebre la junta en la que se aprueben las cuentas del ejercicio.
20. ¿Cuál es la característica específica que diferencia a las sociedades laborales respecto a las sociedades anónimas o sociedades de responsabilidad limitada, en general? Las sociedades laborales son SA o SL cuyo capital social pertenece mayoritariamente a los trabajadores, que prestan sus servicios en ellas de forma directa y personal a jornada completa y por tiempo indefinido. 21. ¿Cuál es la representación máxima del capital social que pueden tener un socio en las sociedades laborales privadas? Una tercera parte del capital social.
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22. En una cooperativa de trabajo asociado, ¿cómo se distribuyen los excedentes netos? Los excedentes netos del ejercicio económico, una vez deducidos los impuestos, se aplicarán a los siguientes fines: - Al Fondo de Reserva Obligatorio, destinado a la consolidación, desarrollo y garantía de la Cooperativa. -
Al Fondo de Educación y Promoción, destinado a actividades de formación y educación de los socios.
-
El resto de los excedentes se puede aplicar, según lo establezca la Asamblea General, a Retorno Cooperativo (es decir, reparto entre los socios en proporción a su actividad cooperativizada, nunca en proporción a su participación en el capital social), a la participación de los trabajadores asalariados en los beneficios de la Cooperativa (equivalente al 25 % del retorno obtenido por un socio trabajador con actividad similar o igual), a incrementar el Fondo de Reserva Obligatorio, o a la creación de un Fondo de Reserva Voluntario.
23. Completa la siguiente afirmación en tu cuaderno con las palabras adecuadas: Las comunidades de bienes no deben pagar el impuesto…….……, pero sus respectivos comuneros sí que deben pagar el correspondiente impuesto………………………….sobre los beneficios que obtenga la sociedad. Las comunidades de bienes no deben pagar el impuesto sobre sociedades, pero sus respectivos comuneros sí que deben pagar el correspondiente impuesto sobre la renta de las personas físicas sobre los beneficios que obtenga la sociedad. 24. Completa la siguiente tabla en tu cuaderno: Forma jurídica
N.º Mínimo de Socios
Responsabilidad
Entre 1 y 5
Limitada
Capital mínimo
Órganos de constitución
Sociedad anónima
Junta general/ Consejo de Administración 3 000 / 60 000 El titular
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Forma jurídica
N.º Mínimo de Socios
Responsabilidad
Capital mínimo
Órganos de
SLNE
Entre 1 y 5
Limitada
3 000 €
Junta General y Administradores o Consejo de administración
Sociedad anónima
1
Limitada
60 000 €
Junta general/ Consejo de Administración
Sociedad Laboral
3
Limitada
3 000 / 60 000
SLL = SL
Empresario Individual
1
constitución
SAL = SA Ilimitada
No existe mínimo
El titular
25. Busca en tu navegador de Internet alguna página especializada en franquicias; elige tu sector económico y compara datos como: canon de entrada, royalties, población requerida, etc. Después, haz una tabla comparativa y elige la franquicia que, según tu opinión, te ofrezca las mejores condiciones. Actividad Grupal dirigida por el profesor.
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Test 1. La a. b. c.
responsabilidad limitada significa: Que los socios responden solo con su aportación. Que los socios responden con todos sus bienes. Que los límites a la responsabilidad de los socios los marcan los estatutos de la sociedad.
2. De las siguientes formas jurídicas, señala cuál tiene responsabilidad patrimonial ilimitada: a. Empresario individual. b. Sociedad limitada. c. Sociedad anónima. 3. El a. b. c.
número mínimo de socios en una sociedad limitada es de: 1. 2. 3.
4. Para ser empresario individual hay que tener un capital social mínimo de: a. 60 000 €. b. 3 000 €. c. No hay capital social mínimo. 5. El a. b. c.
empresario individual paga: El impuesto de sociedades. Solo el IVA. El Impuesto sobre la renta de las personas físicas.
6. Los órganos de gobierno de una sociedad limitada son: a. Consejo de administración, junta general y comité de recursos. b. Junta general y administradores. c. Junta general, consejo de administración e interventores. 7. La a. b. c.
sociedad limitada nueva empresa: Requiere un capital social mínimo de 3 000 €. Tributa por el impuesto de sociedades. Todas las anteriores son correctas.
8. La reunión de todos los socios de una sociedad anónima para deliberar y tomar acuerdos la conforma: a. Los administradores. b. La junta general. c. El consejo rector. 9. Las sociedades laborales pueden ser: a. Colectivas y limitadas. b. Anónimas y colectivas.
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c. Anónimas y limitadas. 10. a. b. c.
Los miembros de una comunidad de bienes se denominan: Comunitarios. Comuneros. Asociados.
11. a. b. c.
El know how hace referencia a: La publicidad. El servicio. El saber hacer.
12. a. b. c.
El retorno cooperativo es: El reparto entre los socios de los beneficios. Un fondo dedicado a la formación y promoción de los socios. Un fondo de reserva obligatorio.
13. a. b. c.
Respecto a las participaciones de una sociedad limitada: Se pueden transmitir libremente. No se pueden transmitir a nadie. Se pueden transmitir a otros socios.
14. ¿Qué tipo de responsabilidad se tiene cuando se puede exigir la totalidad de la deuda a cualquiera de los socios? a. Mancomunada. b. Solidaria. c. Subsidiaria.
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Comprueba tu aprendizaje Analizar las diferentes formas jurídicas de la empresa. 1. Analiza los diferentes factores o criterios que hay que tener en cuenta para la elección de la forma jurídica. Complejidad de la constitución y gestión, y rapidez y simplicidad de la tramitación: si las preferencias de los promotores apuntan a una tramitación rápida y sin grandes complicaciones burocráticas las posibilidades se reducen a las fórmulas como el empresario individual o comunidad de bienes, o sociedades de Responsabilidad Limitada Nueva Empresa en su versión telemática. Elegir una forma jurídica mercantil (sociedad) puede suponer un exceso de trámites burocráticos, tanto en la constitución como en la gestión posterior de la empresa, pero no es aconsejable tomar la decisión basándose solo en la mayor o menor burocracia. Número de socios. Cuando sea uno solo el que lo va a poner en marcha, lo normal es que elija la forma jurídica de empresario individual, pero podría elegir otra fórmula societaria (por ejemplo, la Sociedad de Responsabilidad Limitada). En el caso de que sean varios los promotores, lo aconsejable es constituir una sociedad. No obstante, la fórmula jurídica que elijamos también está condicionada por el número mínimo de socios que la ley establece para cada sociedad. Necesidades económicas del proyecto. La dimensión económica del proyecto puede hacer necesario cierto nivel de inversión. Determinados tipos de sociedad exigen la disponibilidad de un capital mínimo para poder constituir la empresa, y la carencia de este podría limitar el acceso a unas fórmulas u otras. Igualmente, actividades que requieran de mucha inversión aconsejan adoptar fórmulas mercantiles y abandonar situaciones personalistas. Capital social mínimo necesario según la forma jurídica: a) Empresario individual: no existe mínimo legal. b) Soc. Resp. Limitada: 3 000 €. c) Soc. Resp. Limitada Nueva Empresa: 3 000 € mínimo y 120 000 € máximo. d) Soc. Anónima: 60 000 €. e) Soc. Laboral: la Limitada Laboral 3 000 €. La Anónima Laboral 60 000 €. f) Comunidad de bienes: no existe mínimo legal. g) Soc. Cooperativa: no existe mínimo legal. Responsabilidad patrimonial de los promotores. La responsabilidad que vamos a tener frente a otras personas como Administración, clientes, proveedores, trabajadores y bancos, fundamentalmente es otro factor a tener en cuenta. Existen dos tipos de responsabilidad: Limitada. La responsabilidad se limita al capital, bienes y derechos a nombre de la empresa, y nunca alcanzará a nuestros propios bienes personales. Tienen responsabilidad limitada las sociedades de responsabilidad limitada, las sociedades
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anónimas, las sociedades laborales, las cooperativas y las sociedades comanditarias (para los socios comanditarios). Ilimitada. La responsabilidad abarca, además de a los bienes, derechos y capital de la empresa, a los propios personales de los socios, si con los de la empresa no es suficiente para pagar las deudas contraídas. Tienen este tipo de responsabilidad los empresarios individuales, las sociedades colectivas, las comunidades de bienes y las sociedades comanditarias (para los socios colectivos). Aspectos fiscales. Cada una de las formas jurídicas va a estar sometida a un régimen de tributación diferente, y ello también debe ser considerado a la hora de la elección. Se pueden diferenciar dos grandes grupos: la de aquellas formas jurídicas sujetas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (I.R.P.F.), en sus diferentes modalidades (Estimación Directa o Estimación Objetiva), y las sometidas al Impuesto de Sociedades (I.S.). El Tipo impositivo a aplicar es diferente en ambos casos. Así, en el I.R.P.F., varía dependiendo del rendimiento del negocio, aumentando el tipo impositivo cuanto más se gana, mientras que en el I.S., en principio, el tipo es fijo al 25 %, salvo para algunas situaciones específicas en que se reduce (empresas de reducida dimensión). Otros: libertad de acción del emprendedor, imagen, acceso a ayudas públicas: Libertad de acción del emprendedor: el margen de actuación y la libertad en la toma de decisiones es absoluta en los casos del Empresario individual y las Sociedades unipersonales. En el extremo opuesto estarían las sociedades mercantiles personalistas, en las que no se decide en función del capital social que se tenga, sino que cada persona representa un voto. Imagen: en algunos casos los clientes potenciales exigen que proyectemos una imagen de solidez que determinadas fórmulas personalistas no poseen. Acceso a ayudas públicas: aunque no es un criterio recomendable en sí mismo a la hora de escoger la forma jurídica, sí es una variable a tener en cuenta, por lo que habrá que atender a las circunstancias de cada proyecto y a cada convocatoria específica. 2. Localiza información en Internet sobre el tipo de empresa que más se constituye en nuestro país. Realiza un coloquio para compartir la información con tus compañeros. Respuesta abierta. 3. ¿Cuáles son los factores que un emprendedor tiene que considerar para elegir la forma jurídica de su negocio? •
Complejidad de la constitución y gestión, y rapidez y simplicidad de la tramitación.
•
Número de socios.
•
Necesidades económicas del proyecto.
•
Responsabilidad patrimonial de los promotores.
•
Aspectos fiscales.
•
Otros: libertad de acción del emprendedor, imagen, acceso a ayudas públicas.
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4. ¿Cómo influye el capital social y el número de socios en la elección de la forma jurídica? La dimensión económica del proyecto puede hacer necesario cierto nivel de inversión. Determinados tipos de sociedad exigen la disponibilidad de un capital mínimo para poder constituir la empresa, y la carencia de este podría limitar el acceso a unas fórmulas u otras. Igualmente, actividades que requieran de mucha inversión aconsejan adoptar fórmulas mercantiles y abandonar situaciones personalistas. La ley establece para algunas de las formas jurídicas un capital social mínimo, necesario para poder constituir ese tipo de sociedad. Si no se aporta entre todos los socios ese mínimo, la sociedad no puede constituirse. No obstante, los socios pueden aportar bienes o capital por un valor superior al mínimo marcado por la ley. En otros casos no existe mínimo legal y los socios pueden decidir la aportación que van a realizar. 5. Cita las principales características del empresario individual. Las notas definitorias del empresario desde el punto de vista legal son: •
Que la persona sea mayor de edad y con libre disposición de sus bienes.
•
Que realice una actividad empresarial. Esta actividad debe ser habitual y no ocasional.
•
El ejercicio de la actividad empresarial debe ser en nombre propio.
•
La responsabilidad del empresario individual es ilimitada.
6. ¿Cuáles son las notas características de las sociedades anónimas? describe, además, las funciones de los órganos de gobierno de las sociedades anónimas. •
Es una sociedad eminentemente capitalista.
•
El capital está íntegramente representado por acciones.
•
La responsabilidad de los socios se limita al valor de sus acciones.
•
Se rige democráticamente por mayoría simple de votos.
•
El capital mínimo para su constitución es de 60 000 €. Aunque es factible la sociedad con un solo socio (unipersonal), lo más habitual es que la sociedad anónima se forme con varios socios.
En cuanto a las funciones de los órganos de gobierno de las Sociedades Anónimas: •
Junta general de socios. Su función es la participación. Es la reunión de todos los socios para deliberar y adoptar acuerdos sociales por mayoría de los votos.
•
Administradores. Ejercen la doble función de gestión y representación. Cuando la gestión se encomienda a un grupo de personas se constituye un consejo de administración.
•
Auditores de cuentas. Su función es el control. Se trata de un órgano interno de revisión de la contabilidad. Su nombramiento se hace en la junta general, y no cesarán en su cargo hasta que se celebre la junta en la que se aprueben las cuentas del ejercicio.
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7. ProWeb SA, que elabora páginas web, tiene un capital de 100 000 € dividido en 500 acciones. ¿Cuál es el valor nominal de cada acción? Valor nominal de cada acción = Capital social/número de acciones. Valor nominal de cada acción = 100 000/500 = 200 €. 8. César Portillo, socio de ProWeb SA, tiene 100 acciones. Si en el año 2015 la sociedad ha tenido unos beneficios de 100 000 €, y la junta general decidió repartir en dividendos 75 000 €, ¿qué cantidad le corresponde a César en función de sus acciones? Siguiendo con el supuesto anterior, César tiene 1/5 parte del total de acciones, por lo que le corresponderá 1/5 parte de los dividendos a repartir. Así: 75 000/5 = 15 000 €. 9. Consulta los estatutos de una cooperativa y coméntalos en clase, analizando sus elementos característicos: nombre, órganos de gobierno, aportaciones de los socios, finalidad, etcétera. Respuesta abierta. Actividad para clase guiada por el profesor. 10. Esquematiza cómo se pueden distribuir los excedentes netos en una cooperativa de trabajo asociado. Los excedentes netos del ejercicio económico, una vez deducidos los impuestos, se aplicarán a los siguientes fines: •
Al Fondo de Reserva Obligatorio, destinado a la consolidación, desarrollo y garantía de la Cooperativa.
•
Al Fondo de Educación y Promoción, destinado a actividades de formación y educación de los socios.
•
El resto de los excedentes se puede aplicar, según lo establezca la Asamblea General, a Retorno Cooperativo (es decir, reparto entre los socios en proporción a su actividad cooperativizada, nunca en proporción a su participación en el capital social), a la participación de los trabajadores asalariados en los beneficios de la Cooperativa (equivalente al 25 % del retorno obtenido por un socio trabajador con actividad similar o igual), a incrementar el Fondo de Reserva Obligatorio, o a la creación de un Fondo de Reserva Voluntario.
11. Señala las diferencias fundamentales entre las sociedades laborales y las cooperativas de trabajo asociado. Actividad grupal dirigida por el profesor. Especificar el grado de responsabilidad legal de los propietarios de la empresa en función de la forma jurídica elegida. 12. Analiza cuál es el significado de «responsabilidad» en el ámbito de la empresa. Significa la obligación de responder de las deudas que tengamos por nuestra actividad empresarial.
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13. Reflexiona acerca de los posibles tipos de responsabilidad que puede asumir un emprendedor en función de la forma jurídica que elija. Existen dos tipos de responsabilidad: •
Limitada. La responsabilidad se limita al capital, bienes y derechos a nombre de la empresa, y nunca alcanzará a nuestros propios bienes personales. Tienen responsabilidad limitada las sociedades de responsabilidad limitada, las sociedades anónimas, las sociedades laborales, las cooperativas y las sociedades comanditarias (para los socios comanditarios).
•
Ilimitada. La responsabilidad abarca, además de a los bienes, derechos y capital de la empresa, a los propios personales de los socios, si con los de la empresa no es suficiente para pagar las deudas contraídas. Tienen este tipo de responsabilidad los empresarios individuales, las sociedades colectivas, las comunidades de bienes y las sociedades comanditarias (para los socios colectivos).
14. Pedro Gutiérrez es un empresario individual que ha cerrado su empresa porque sus deudas han alcanzado los 9 000 €. ¿Tiene esto alguna repercusión sobre su patrimonio particular? Sí, ya que al ser empresario individual, la responsabilidad se puede extender a su patrimonio particular. Se trata de responsabilidad ilimitada. 15. Debate en clase la siguiente afirmación: «Las sociedades laborales y las cooperativas de trabajo asociado son una forma de crear empleo». Actividad grupal dirigida por el profesor. Diferenciar el tratamiento fiscal establecido para las diversas formas jurídicas de la empresa. 16. Compara la fiscalidad de las diferentes formas jurídicas. Impuesto sobre la renta de las personas físicas: •
Empresario individual
•
Sociedad civil
•
Comunidad de bienes
Impuesto de sociedades: •
Sociedad colectiva
•
Sociedad comanditaria
•
Sociedad limitada
•
Sociedad limitada nueva empresa
•
Sociedad limitada de formación sucesiva
•
Sociedad anónima
•
Sociedades laborales
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•
Cooperativas
17. Uno de los elementos que debemos considerar a la hora de elegir la forma jurídica es el aspecto fiscal. Busca en la página web de la Agencia Tributaria los porcentajes que tienen que pagar los diferentes tipos de empresas y responde en grupo a estas preguntas: •
Un empresario individual, cuanto más gane, ¿más porcentaje paga a Hacienda?
•
Una sociedad limitada, ¿cuánto más gane, más porcentaje paga a Hacienda?
Actividad grupal dirigida por el profesor. 18. Samuel Sánchez tiene un pequeño taller de reparación de motos como empresario individual. Tiene 20 años y se acaba de independizar, por lo que vive en un apartamento alquilado muy cerca de su taller. Así pues, no tiene más ingresos, de momento, que las reparaciones que ha ido realizando, y que el año pasado le reportaron unos ingresos de 35 000 €. Ha pagado por el IRPF 5 250 € y, como le parece una barbaridad, se pregunta si no le sería más rentable constituirse en sociedad limitada para no pagar más que el impuesto de sociedades. Analízalo con tus compañeros y responde con la mayor fidelidad posible. Actividad grupal dirigida por el profesor. 19. A lo largo de la unidad hemos utilizado las expresiones «estimación directa» y «estimación objetiva». Aunque se trata de conceptos que se desarrollarán en profundidad más adelante, en pequeños grupos, y como avance, busca estos conceptos y coméntalos con tus compañeros. Actividad grupal dirigida por el profesor. 20. Con ayuda de un motor de búsqueda, Google o similar, busca diferentes exenciones, bonificaciones y deducciones a las que pueden acceder las sociedades laborales. Actividad grupal dirigida por el profesor. 21. En una comunidad de bienes, ¿cuál es el régimen tributario de los comuneros? Es la comunidad como tal la que debe darse de alta, y no cada uno de los miembros, en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). No tributan por el Impuesto de Sociedades, al no tener personalidad jurídica, pero sí lo debe hacer cada comunero, en su parte proporcional, por los beneficios que obtenga la Sociedad (rendimiento de actividades empresariales) en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Debe declararse de forma conjunta por toda la comunidad el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
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22. ¿Cuáles son las características principales del régimen tributario de las comunidades de bienes? ¿Son suficientemente atractivas frente a otras formas de empresa? Analizadlo en pequeños grupos para posteriormente debatirlo todo con la ayuda del profesor/ra. Actividad grupal dirigida por el profesor. 23. Elabora un cuadro comparativo de las sociedades laborales y de las cooperativas de trabajo asociado. Número de socios Sociedades laborales: 3 Cooperativa de trabajo asociado: 3 Responsabilidad Sociedades laborales: limitada. Cooperativa de trabajo asociado: limitada salvo disposición contraria de los estatutos. Capital Sociedades laborales: Mínimo. SLL 3 000 €. SAL 60 000 €. Cooperativa de trabajo asociado: no existe mínimo. Órganos directivos Sociedades laborales: la SLL igual que las SL. La SAL Igual que las SA. Cooperativa de trabajo asociado: asamblea general, consejo rector, interventores.
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