NORMA NORMA TÉCNICA TÉCNICA PERUANA
NTP 111.022 111.022 2008
Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias - INDECOPI Calle de La Prosa 138, San Borja (Lima 41) Apartado 145 Lima, Perú
GAS NATURAL SECO. Requisitos y métodos para ventilación de recintos interiores donde se instalan artefactos a gas para uso residencial y comercial NATURAL NATURAL GAS. GAS. Requiremen Requirements ts and methods methods for ventilati ventilation on of inner inner spaces spaces where where there there are gas gas artefacts artefacts for residencials and commercials installations
2008-12-12 2ª Edición
R.0042-2008/INDECOPI-CNB. Publicada el 2009-01-11 Precio basado basado en 27 páginas I.C.S.: 75.180.01 ESTA NORMA ES RECOMENDABLE Descriptores: Gas, gas natural seco, ventilación, aire para combustión, recintos internos, artefactos a gas, uso residencial, uso comercial
ÍNDICE página ÍNDICE
i
PREFACIO
ii
1.
OBJETO
1
2.
REFERENCIAS NORMATIVAS
1
3.
CAMPO DE APLICACIÓN
1
4.
DEFINICIONES
1
5.
ESPECIFICACIONES GENERALES REFERENTE A LA VENTILACIÓN DE RECINTOS INTERIORES
6
6.
MÉTODOS DE VENTILACIÓN DE LOS RECINTOS INTERIORES
7
7.
ANTECEDENTES
25
ANEXO A
26
i
PREFACIO
A.
RESEÑA HISTÓRICA
A.1 La presente Norma Técnica Peruana ha sido elaborada por el Comité Técnico de Normalización de Gas Natural Seco, mediante el sistema 2 u Ordinario, durante los meses de julio de 2007 a enero de 2008, utilizando como antecedentes a los documentos que se mencionan en el capítulo correspondiente. correspondiente. A.2 El Comité Técnico de Normalización de Gas Natural Seco, presentó a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias –CNB-, con fecha 2008-09-26, el PNTP 111.022:2008 , para su revisión y aprobación, siendo sometido a la etapa de Discusión Pública el 2008-10-07. No habiéndose presentado observaciones fue oficializado como Norma Técnica Peruana NTP 111.022:2008 GAS NATURAL SECO. Requisitos y métodos para ventilación de recintos interiores donde se instalan artefactos a gas para uso residencial y comercial, 2ª Edición, el 11 de enero de 2009. A.3 Esta Norma Técnica Peruana reemplaza a la NTP 111.022:2006 111.022:2006 GAS NATURAL SECO. Ventilación y aire para combustión en recintos internos donde se instalan artefactos a gas para uso residencial y comercial. La presente Norma Técnica Peruana ha sido estructurada de acuerdo a las Guías Peruanas GP 001:1995 y GP 002:1995.
B. INSTITUCIONES QUE PARTICIPARON EN LA ELABORACIÓN DE LA NORMA TÉCNICA PERUANA Secretaría
Instituto de Petróleo y Gas (IPEGA) - Universidad Nacional de Ingeniería
Presidente
Wilfredo Salinas Ruiz-Conejo
Secretario
César Luján Ruiz
ENTIDAD
REPRESENTANTE
ROCA.T S.A.C.
Juan Roca T. ii
GAS NATURAL DE LIMA Y CALLAO
Gerardo Medina
OSINERGMIN
Sergio Elera
SACOR S.A.
Ricardo Santillán
CERTIPETRO – FACULTAD DE INGENIERIA DE PETROLEO UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERIA
Amador Paulino
INSTITUTO PERUANO DE INVESTIGACION Y DESARROLLO DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES
Moisés Travi
SGS DEL PERU S.A.C.
Jhonny Olaza
PREMAC S.A.
Alexander Llanos
CENERGIA
Eduardo Cisneros
GAS CONSTRUCTION S.C.R.L.
Guillermo Alza
COMERCIALIZADORA S & E PERU S.A.C.
Carlos Cuervo
NATURAL GAS COMPANY COMPANY S.A.C. (NAGASCO)
Carlos Lepesqueur Lepesqueur
CONSULTOR
Raúl Bringas Napan
CONSULTOR
Máximo Uriburú Sosa
---oooOooo---
iii
NORMA TÉCNICA TÉCNICA PERUANA
NTP 111.0 111.022 22 1 de 27
GAS NATURAL SECO. Requisitos y métodos para ventilación de recintos interiores donde se instalan artefactos a gas para uso residencial y comercial 1.
OBJETO
Esta Norma Técnica Peruana establece los requisitos y los métodos para ventilación de los recintos interiores donde se instalan artefactos a gas para uso residencial y comercial.
2.
REFERENCIAS NORMATIVAS
No hay norma normass específic específicas as que sean sean citadas citadas como como refere referencias ncias normat normativas ivas en en el presente presente texto texto que constituyan requisitos de esta Norma Técnica Peruana.
3.
CAMPO DE APLICACIÓN
Esta Norma Técnica Peruana se aplica en las actividades del sector gasífero y específicamente en interiores de instalaciones residenciales y comerciales que utilizan como combustible el gas natural seco.
4.
DEFINICIONES
Para los propósitos de la presente Norma Técnica Peruana se aplican las siguientes definiciones:
abertura permanente: abertura practicada en una pared, puerta o ventana, 4.1 que dé directamente al exterior, o recinto interior, o espacio no confinado, según método indicado en el capítulo 6.
NORMA TÉCNICA TÉCNICA PERUANA
NTP 111.0 111.022 22 2 de 27
aire circulante: Aire de enfriamiento, calefacción o ventilación, distribuido 4.2 en el espacio habitable de una edificación. aire de combustión: Aire necesario para llevar a cabo la combustión 4.3 completa del gas en el quemador de un artefacto. aire de dilución: Aire que ingresa al corta tiros de un artefacto, 4.4 mezclándose con los productos de la combustión del gas o el necesario para diluir hasta niveles seguros la concentración de los productos de la combustión que no sean evacuados hacia la atmósfera exterior. aire de renovación: Aire necesario para reponer el aire consumido por la 4.5 combustión del gas de un artefacto instalado en el recinto interior. artefacto de gas tipo A: Es el artefacto diseñado para ser usado sin 4.6 conexión a un conducto de evacuación de los productos de la combustión, dejando que éstos se mezclen con el aire del recinto en que está ubicado el artefacto; el aire para la combustión se obtiene desde el recinto interior o espacio interno en que está instalado el artefacto a gas. artefacto de gas tipo B: Es el artefacto diseñado para ser usado con 4.7 conexión a un sistema de conducto de evacuación de los productos de la combustión hacia el exterior del recinto en que está ubicado el artefacto; el aire para la l a combustión se obtiene desde el recinto interior o espacio interno en que está instalado el artefacto a gas. Se distinguen dos clases de artefactos tipo B:
−
Tipo B.1: artefactos para conductos de evacuación por tiro ti ro natural.
Tipo B11BS: artefactos para conductos de evacuación por tiro natural provisto de un dispositivo de control de evacuación de los productos de la combustión.
−
−
Tipo B.2: artefactos para conductos de evacuación por tiro ti ro mecánico.
NORMA TÉCNICA TÉCNICA PERUANA
NTP 111.0 111.022 22 3 de 27
artefacto de gas tipo C: Es el artefacto diseñado para usarse con conexión 4.8 a un sistema de conducto de evacuación de los productos de la combustión hacia el exterior del recinto en que está ubicado el artefacto; el aire para la combustión se obtiene desde el exterior del recinto en que está instalado el artefacto a gas. Los ductos deben ser herméticos con respecto al recinto donde se instalen. corta tiro: Mecanismo instalado en el circuito para la evacuación de los 4.9 productos de la combustión de un artefacto, con el propósito de reducir la influencia del tiro y del tiro revertido (o reflujo) en el sistema de evacuación de los productos de la combustión, sobre el desempeño funcional del quemador y del proceso de combustión de la mezcla gas y aire. espacio confinado: Recinto interior cuyo volumen es menor a 4,8 m 3/kW 4.10 de potencia nominal agregada o conjunta de todos los artefactos a gas instalados. Debe incluirse también los artefactos a gas que no se instalen y que dispondrán de puntos de conexión que serán clausurados temporalmente en el recinto interior. En la obtención de la potencia nominal no se considera los artefactos tipo C. Véase anexo A. Dos locales se consideran como uno solo, a efectos de condiciones de instalación de aparatos de gas y diseño de ventilaciones, si se comunican entre si mediante una o varias aberturas permanentes, cuya cuya superficie libre total sea sea como mínimo 1,5 m 2 . espacio no confinado: Recinto interior cuyo volumen es mayor o igual a 4.11 3 4,8 m /kW de potencia nominal agregada o conjunta de todos los artefactos a gas instalados. Debe incluirse también los artefactos a gas que no se instalen y que dispondrán de puntos de conexión que serán clausurados temporalmente en el recinto interior. En la obtención de la potencia nominal no se considera los artefactos tipo C. Véase anexo A. Dos locales se consideran como uno solo, a efectos de condiciones de instalación de aparatos de gas y diseño de ventilaciones, si se comunican entre si mediante una o varias aberturas permanentes, cuya superficie libre total sea como mínimo mí nimo 1,5 m 2 . infiltración de aire: Proceso natural de renovación del aire circulante 4.12 dentro de un recinto. patio para el ingreso de aire o patio de ventilación: se considera aquel 4.13 que tengan una superficie mínima en planta de 3 m 2 cuando se trate de edificación existente, y de 4 m 2 cuando se trate de nueva edificación, siendo la dimensión del lado menor de la misma como mínimo 1 m .
NORMA TÉCNICA TÉCNICA PERUANA
NTP 111.0 111.022 22 4 de 27
En el caso de contar en su parte superior con un techado, este debe dejar libre una superficie permanente de comunicación comunicación con el exterior de al menos 2 m 2 . Se considera asimismo como patio para el ingreso de aire, aquel cuya sección es inferior a 3 m2 y si dispone en su parte inferior de una abertura para entrada directa de aire del exterior, o bien se aporta aire mediante un conducto que comunique el patio directamente del exterior. Dicha abertura o conducto debe tener una superficie libre mínima de 300 cm 2 . Véase la figura 1.
FIGURA 1 - Diseño referencial de un patio para el ingreso de aire o patio de ventilación
NORMA TÉCNICA TÉCNICA PERUANA
NTP 111.0 111.022 22 5 de 27
regulador de tiro barométrico: Un dispositivo regulador de tiro adosado a 4.14 la chimenea, al conector de venteo, o múltiple de distribución de los gases de chimenea, para proteger al equipo de combustión a través del control de tiro de ésta. Un regulador de tiro barométrico de doble acción es aquel cuyo registro compensado se encuentra libre para moverse en cualquier dirección para proteger al equipo de combustión tanto de tiro excesivo como del reflujo de los gases de chimenea. recinto interior: Espacio de una edificación cuyas características 4.15 constructivas le impiden el acceso temporal o permanente con la atmósfera exterior. Véase definición recinto exterior. Recinto exterior: se considera como recinto exterior (galería, terraza o 4.16 balcón), si dispone de una abertura permanentemente abierta que dé directamente al exterior o a un patio de ventilación, cuya superficie libre sea como mínimo 1,5 m 2, y cuyo borde superior esté situado a una distancia inferior o igual a 0,4 m del techo de dicho recinto. shunt invertido: Es un tipo de conducto de uso común especialmente 4.17 diseñado para proporcionar la entrada de aire necesaria a los locales de cada piso por donde discurre, siendo siendo el conducto principal principal vertical ascendente que se inicia en el piso inferior. La entrada de aire a cada piso se efectúa a través de un conducto auxiliar que se deriva del conducto principal. Véase la figura fi gura 8. ventilación: Acción de ingresar aire circulante hacia un recinto interior, 4.18 para suplir los requerimientos adicionales de aire de combustión, renovación y dilución de los productos de la combustión de los artefactos a gas instalados en el recinto interior, en caso tal que el ingreso de aire natural no sea suficiente para este propósito. El aire abastecido por los sistemas de ventilación debe provenir directamente de la atmosfera exterior o de espacio no confinado, en ambos casos por medio de aberturas permanentes.
NORMA TÉCNICA TÉCNICA PERUANA
5. ESPECIFICACIONES ESPECIFICACIONES GENERALES VENTILACIÓN DE RECINTOS INTERIORES 5.1
NTP 111.0 111.022 22 6 de 27
REFERENTE
A
LA
Localización de los artefactos de gas
Los artefactos de gas instalados en recintos interiores deberán localizarse de tal forma que permita la circulación libre y espontánea del del aire de combustión, combustión, renovación y dilución.
5.2
Características Características de construcción de los artefactos de gas
Los artefactos de gas tipo B instalados en recintos interiores o los sistemas para la evacuación de los productos de combustión a los cuales están asociados, deberán disponer de corta tiro o de reguladores barométricos de tiro, de manera que se prevenga la generación de diferenciales de presión entre estos elementos y las corrientes de suministro de aire de combustión. Este requisito no es aplicable a los artefactos tipo A que no necesitan acoplarse a conductos para la evacuación de los productos de combustión de gas. Las demandas de aire de combustión, renovación y dilución de los productos de la combustión, de los artefactos de gas diseñado para acoplarse a conductos para la evacuación de los productos de combustión de dicho gas hacia la atmósfera exterior por tiro natural, deberán satisfacerse mediante alguno de los métodos de ventilación que se describen en el capítulo 6.
5.3
Requerimientos adicionales de aire
En caso que el ingreso natural de aire no sea suficiente para suplir las demandas de aire de combustión, renovación y dilución de los productos de la combustión de los artefactos de gas instalados en un recinto interior, se deberá ingresar aire adicional hacia el recinto a través de aberturas permanentes, proveniente de la atmósfera exterior o de espacio no confinado. Véase el apartado 6.2.3.
NORMA TÉCNICA TÉCNICA PERUANA
5.3.1
NTP 111.0 111.022 22 7 de 27
Instalaciones residenciales
En las instalaciones residenciales donde los artefactos de gas están instalados en recintos interiores, además de las demandas de aire para combustión, renovación y dilución, deberán tenerse en cuenta los requerimientos de aire circulante de elementos tales como extractores de cocina, ventiladores, secadores de ropa, chimeneas, enfriamiento de equipos o materiales, control de olores, entre otros.
5.3.2
Instalaciones comerciales
En las instalaciones comerciales donde los artefactos de gas instalados en recintos interiores además de las demandas de aire de combustión, renovación y dilución requeridos por los artefactos de gas, deberá garantizarse un adecuado suministro de aire de procesamiento para fines tales como enfriamiento de equipos o materiales, o ambos; calefacción y secado; oxidación; dilución o evacuación de humos, vapores y grasas, gr asas, control de olores. Independientemente de las demandas de aire para los equipos y procesos relacionados con las actividades comerciales que se desarrollen en recintos interiores, se deberá establecer un flujo permanente de aire fresco para el adecuado desempeño y bienestar del personal que labora dentro de este tipo de instalaciones.
6.
MÉTODOS DE VENTILACIÓN DE LOS RECINTOS INTERIORES
Según el tipo de recinto, confinado o no, en la figura 2 se presenta un cuadro resumen orientativo con los métodos de ventilación para recintos cerrados.
6.1
Métodos para la ventilación de espacios no confinados
La instalación de artefactos a gas en recintos no confinados, sólo requiere verificar la condición de no confinamiento del recinto establecida en la l a definición 4.11.
NORMA TÉCNICA TÉCNICA PERUANA
6.2
NTP 111.0 111.022 22 8 de 27
Métodos para la ventilación de espacios confinados
La adecuada ventilación de un recinto confinado puede ser provista utilizando alguno de los métodos descritos a continuación: -
Comunicación con otros recintos dentro de la misma edificación.
-
Comunicación directa con el exterior.
-
Método combinado – combinación de aire para la combustión interior y exterior.
-
Métodos alternativos para la ventilación de espacio confinados por medio mecánico.
6.2.1
Comunicación con otros recintos dentro de la misma edificación
Se trata de proveer el aire necesario a través de aberturas permanentes que comuniquen el espacio confinado con recintos aledaños de manera tal, que el volumen conjunto de todos los espacios comunicados, satisfaga los requerimientos de un espacio no confinado. Este método de ventilación puede ser aplicado comunicando espacios ubicados en el mismo o diferente piso de la edificación, para lo cual se debe tener en cuenta:
6.2.1.1
Comunicación con espacios en el mismo piso
Se debe proveer dos aberturas, una superior y una inferior, cada una con un área libre mínima efectiva (no incluye rejilla) obtenida de multiplicar 22 cm 2 por cada kW de potencia nominal agregada o conjunto de los artefactos a gas instalados en el espacio confinado. Por seguridad el área libre efectiva (no incluye rejilla) de cada abertura no debe ser menor a 645 cm2 .
NORMA TÉCNICA TÉCNICA PERUANA
NTP 111.0 111.022 22 9 de 27
La ubicación de las aberturas (con ambiente contiguo no confinado que no sean dormitorios, baños, o depósitos ) ha de ser como se indica en la figura 3A para residencias y figura 3B para comercios y la mínima dimensión de un lado no no puede ser inferior a 8 cm .
6.2.1.2
Comunicación con espacios en diferente piso
La comunicación debe ser provista a través de una o más aberturas en puertas o pisos/techo cuya área libre mínima efectiva (no incluye rejilla) sea de 44 cm 2/kW de potencia nominal agregada o conjunta de los artefactos a gas instalados en el espacio confinado. Véase la figura 4. En esta forma de comunicación se deberá tener cuidado de no perjudicar la estructura del techo.
6.2.2
Comunicación directa con el exterior
Se trata de proveer el aire necesario a través de aberturas o conductos permanentes que comuniquen el espacio confinado con el exterior de la edificación de manera tal, que se provea del aire para la combustión, renovación y dilución, dil ución, demandado por los artefactos a gas. Este método de ventilación puede ser aplicado utilizando una o dos aberturas permanentes que comuniquen el espacio confinado con el exterior:
6.2.2.1
Comunicación con el exterior a través de dos aberturas
Se utilizan dos aberturas permanentes, una superior y una inferior, cada una con un área libre mínima efectiva (no incluye rejilla) obtenida de multiplicar 6 cm 2 por cada kW de potencia nominal agregada o conjunta de los artefactos a gas instalados en dicho espacio interior. Por seguridad el área libre efectiva (no incluye rejilla) de cada abertura no debe ser menor a menor a 100 cm 2 . Véase la figura 5. Además se debe tener en cuenta que:
NORMA TÉCNICA TÉCNICA PERUANA
NTP 111.0 111.022 22 10 de 27
Cuando la comunicación es directa o se realiza por medio de conductos verticales, cada abertura debe tener un área libre mínima efectiva (no incluye rejilla) obtenida de multiplicar 6 cm 2 por cada kW de potencia nominal agregada o conjunto de los artefactos a gas instalados en el espacio confinado. Por seguridad el área libre efectiva (no incluye rejilla) de cada abertura no debe ser menor a 100 cm 2. Véase figura 6. Cuando la comunicación se realiza a través de conductos horizontales, cada abertura debe tener un área libre mínima efectiva (no incluye rejilla) obtenida de multiplicar 11 cm2 por cada kW de potencia nominal agregada o el conjunto de los artefactos a gas instalados en el espacio confinado. Por seguridad el área libre efectiva (no incluye rejilla) de cada abertura no debe ser menor a 100 cm 2. Véase figura 7. Cuando la comunicación se realiza mediante conductos colectivos distribuidos en varios pisos de la misma edificación, se deben utilizar conductos independientes el primero para la admisión de aire para la combustión, renovación y dilución véase figura 8 A, y el segundo para el desalojo del aire viciado. Se debe cumplir adicionalmente con los requisitos descritos anteriormente para la comunicación a través de conductos horizontales proveyendo dos aberturas permanentes con un área libre igual al área de la sección interior del respectivo conducto colectivo. Véase la figura 8B .
6.2.2.2
Comunicación con el exterior a través de una abertura
Este método puede ser utilizado sólo cuando el artefacto posee una separación de al menos 2,5 cm a sus lados y en su parte posterior; asimismo, de 15 cm del frente del artefacto. Véase figura 9-A y 9-B. La abertura debe comunicar el espacio confinado con la atmósfera exterior a través de un conducto individual, vertical u horizontal y poseer un área libre igual al mayor de los siguientes dos valores: 11 cm2/kW de potencia nominal agregada o conjunto de los artefactos a gas instalados en el espacio confinado.
NORMA TÉCNICA TÉCNICA PERUANA
NTP 111.0 111.022 22 11 de 27
La suma de las áreas de los conectores de todos los artefactos instalados en el espacio confinado. El área mínima efectiva (no incluye rejilla) en cualquier caso debe ser de 100 cm 2 .
6.2.3
Combinación de aire para la combustión interior y exterior
El uso de una combinación de aire para la combustión interior y exterior estará de acuerdo con los apartados 6.2.3.1, 6.2.3.2, 6.2.3.3.
6.2.3.1
Aberturas interiores
Cuando se usen las aberturas que se conectan con recintos interiores deben cumplir con lo descrito en el apartado 6.2.1.
6.2.3.2
Ubicación de la(s) abertura(s) exterior(es)
La(s) abertura(s) exterior(es) debe(n) ser ubicada(s) de acuerdo con lo descrito en el apartado 6.2.2.
6.2.3.3
Tamaño de la(s) abertura(s) exterior(es)
El (los) tamaño(s) de la(s) abertura(s) exterior(es) debe(n) ser calculado(s) de acuerdo con lo descrito a continuación: a) Calcular el factor de espacio interior dividiendo el volumen de todos los recintos interiores que se comunican entre el volumen requerido para que dicho recinto se considere un espacio no confinado (considerando la potencia de los artefactos a instalar). b) Calcular el factor de reducción del área de la(s) abertura(s) o conducto(s) hacia el exterior como resultado de restar la unidad (1) menos el factor de espacio interior hallado en (a).
NORMA TÉCNICA TÉCNICA PERUANA
NTP 111.0 111.022 22 12 de 27
c) La(s) abertura(s) o conducto(s) debe(n) tener un área libre mínima que resulta de multiplicar el factor de reducción hallado en (b) por el área libre mínima obtenida usando el apartado 6.2.2. La mínima dimensión de un lado de las aberturas no será inferior a 8 cm. (3 ( 3 pulgadas).
6.2.4 Métodos alternativos para la ventilación de espacio confinados por medio mecánico Existe la posibilidad de suministrar el aire para combustión a través de medios mecánicos en cuyos casos, este debe provenir del exterior con un flujo mínimo de 0,034 m 3/min por cada kilovatio instalado en el recinto. En este caso cada artefacto debe ser provisto de un sistema de seguridad que impida el funcionamiento del quemador principal del artefacto cuando el sistema de ventilación no funcione adecuadamente. Tales dispositivos de seguridad deberán actuar directamente sobre las líneas de alimentación del gas, y deberán ensayarse de conformidad con los procedimientos establecidos para este tipo de mecanismos por las normas técnicas particulares para cada cada tipo de artefacto. artefacto.
6.2.5
Rejillas y conductos para la ventilación de recintos interiores
6.2.5.1 Las aberturas permanentes deben protegerse en forma adecuada para impedir que materiales extraños, agua o granizo, puedan obstaculizar el flujo de aire hacia los recintos interiores. En general, no deberán obstaculizarse con ningún tipo de material (tales como muebles, adornos, material de construcción, o similares) los conductos de ventilación, manteniéndose siempre libres. 6.2.5.2 Las rejillas utilizadas para proteger las aberturas permanentes deben ser fabricadas en un material que ofrezca una resistencia mecánica adecuada de manera que no se deforme frente a los impactos o golpes. 6.2.5.3 En los cálculos para la determinación de las áreas libres mínimas de las aberturas permanentes se debe tener en cuenta el efecto obstaculizador del flujo de aire de las rejillas, así como su grado de inclinación.
NORMA TÉCNICA TÉCNICA PERUANA
6.2.5.4 asumir que:
NTP 111.0 111.022 22 13 de 27
Si resulta tedioso calcular o se desconoce el área libre de una rejilla se debe
El área libre es solo solo el 75 % del área de la abertura abertura cuando la rejilla es metálica o plástica. -
El área libre es 25 % del área de la abertura cuando la rejilla es de madera.
Si se utilizan mallas para proteger las aberturas, la menor dimensión de los espacios en la misma no debe ser inferior a 6,3 mm (1/4 pulgada), el área libre efectiva será del 90 % del área de la abertura.
NORMA TÉCNICA TÉCNICA PERUANA
NTP 111.0 111.022 22 14 de 27
Recinto no confinado Volumen mayor o igual a 4.8 m 3/kW de potencia total instalada
MÉTODOS PARA LA VENTILACIÓN DE RECINTOS
Recinto confinado Volumen menor o igual a 4.8 m 3/kW de potencia total instalada
Comunicación con otros recintos dentro de la misma edificación
Comunicación directa con el exterior
Comunicación con espacios en el mismo piso Fig. 3 Comunicación con espacios en diferentes pisos Fig. 4
Comunicación con el exterior a través de 2 aberturas Fig. 5-6-7 Comunicación con exterior a través de una abertura Fig. 9
Método Combinado
Métodos Alternativos
FIGURA 2 - Cuadro resumen de métodos de ventilación para recintos residenciales y comerciales
NORMA TÉCNICA TÉCNICA PERUANA
NTP 111.0 111.022 22 15 de 27
Método de ventilación por comunicación con espacios en el mismo piso FIGURA 3-A - RESIDENCIAL
NORMA TÉCNICA TÉCNICA PERUANA
NTP 111.0 111.022 22 16 de 27
Método de ventilación por comunicación con espacios en el mismo piso FIGURA 3-B - COMERCIAL
NORMA TÉCNICA TÉCNICA PERUANA
NTP 111.0 111.022 22 17 de 27
FIGURA 4 - Método M étodo de ventilación por comunicación con espacios en diferente piso
NORMA TÉCNICA TÉCNICA PERUANA
NTP 111.0 111.022 22 18 de 27
Comunicación directa con el exterior a través de dos aberturas permanentes FIGURA 5-A RESIDENCIAL
NORMA TÉCNICA TÉCNICA PERUANA
NTP 111.0 111.022 22 19 de 27
Comunicación directa con el exterior a través de dos aberturas permanentes FIGURA 5-B COMERCIAL
NORMA TÉCNICA TÉCNICA PERUANA
NTP 111.0 111.022 22 20 de 27
FIGURA 6 - Comunicación con el exterior a través de conductos verticales
NORMA TÉCNICA TÉCNICA PERUANA
NTP 111.0 111.022 22 21 de 27
FIGURA 7 - Comunicación con el exterior a través de conductos horizontales
NORMA TÉCNICA TÉCNICA PERUANA
NTP 111.0 111.022 22 22 de 27
Artefactos de gas ubicados en espacios confinados; todo el aire proviene del exterior y la entrada de aire a través de un conducto vertical de ventilación – shunt invertido FIGURA 8-A
NORMA TÉCNICA TÉCNICA PERUANA
NTP 111.0 111.022 22 23 de 27
Artefactos de gas ubicados en espacios confinados; todo el aire proviene del exteriorentrada de aire de un sótano/foso ventilado y salida de aire a un falso techo o ático ventilado FIGURA 8-B
NORMA TÉCNICA TÉCNICA PERUANA
NTP 111.0 111.022 22 24 de 27
FIGURA 9.A – Comunicación directa con el exterior a través de una abertura, conducto individual vertical
FIGURA 9 B – Comunicación directa con el exterior a través t ravés de una abertura, conducto individual horizontal
NORMA TÉCNICA TÉCNICA PERUANA
NTP 111.0 111.022 22 25 de 27
7.
ANTECEDENTES
7.1
NFPA 54:2006
Nacional fuel gas code
7.2
NTC 3631:1996
Ventilación de recintos interiores donde se instalan artefactos que emplean gases combustibles para uso doméstico, comercial e industrial
7.3
NTP 111.011:2004
Gas natural seco. Sistema de tuberías para instalaciones internas residenciales y comerciales
7.4
UNE 60670-6:2005
Instalaciones receptoras de gas suministradas a una presión máxima de operación (MOP) inferior o igual a 5 bar. Parte 6: Requisitos de configuración, ventilación y evacuación de los productos de la combustión en los locales destinación a contener los aparatos a gas
7.5
NTP 111.022:2006
GAS NATURAL SECO. Ventilación y aire para combustión en recintos internos donde se instalan artefactos a gas para uso residencial y comercial
NORMA TÉCNICA TÉCNICA PERUANA
NTP 111.0 111.022 22 26 de 27
ANEXO A (INFORMATIVO)
TABLA PARA LA VERIFICACIÓN DE ESPACIO CONFINADO
NOTA: No aplicable para artefactos tipo C.
NORMA TÉCNICA TÉCNICA PERUANA
NTP 111.0 111.022 22 27 de 27
continuación
TABLA COMPLEMENTARIA
CONSUMOS DE ARTEFACTOS A GAS ARTEFACTO A GAS COCINA DOMÉSTICA Tipo económico Tipo mediano Tipo americano COCINA COMERCIAL Pequeña Mediano Grande HORNO DOMESTICO Tubular HORNO COMERCIAL Tubular pequeño Tubular grande PLANCHA DOMESTICO Circular PLANCHA COMERCIAL Tubular FREIDORA Tubular SECADORA DE ROPA De 14 lbs (un quemador) De 18 lbs (un quemador) CALENTADOR (agua) De paso ODS De paso 10 l/min Sin ODS De paso 13 l/min Sin ODS De tanque 10 galones De tanque 30 galones De tanque 30 galones De tanque 40 galones De tanque 60 galones
Consumo m3/h
Potencia kW
Tipo
0,11 0,15 0,25
1,1 (*) 1,6 (*) 2,6 (*)
A A A
0,42 0,84 1,40
4,3 (*) 8,7 (*) 14,5 (*)
A A A
0,42
4,3 (*)
A
0,42 0,84
4,3 (*) 8,7 (*)
A A
0,15
1,6 (*)
A
0,42
4,3 (*)
A
0,42
4,3 (*)
A
0,62 0,70
6,4 7,2
A A
1,16 1,74 2,42 0,96 0,37 0,77 0,87 0,97
12,0 18,0 25,0 10,0 3,8 8,0 9,0 10,0
A B B B A B B B
(*)Por quemador ODS : Con detector de CO. NOTA : Valores de potencia referenciales. Para mayor exactitud revisar la placa del artefacto a gas natural.