Ordinario Laboral No. 03024-2016-00125, of. 2do. SEÑORA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVICION SOCIAL DEL DEPARTAMENTO DE SACATEPEQUEZ. LEONEL CASTRO ZAMORA, de veinticinco años de edad, soltero, guatemalteco, mecánico, de este domicilio, señálalo lugar para recibir notificaciones y citaciones el primer cantón casa quinientos veinte de Santa María de Jesús. Actuó bajo la asesoría, dirección y procuración del abogado Oscar Salas Mejía quien señala lugar para recibir notificaciones y citaciones la cuarta calle número tres avenida el desengaño. Comparezco con el objeto de presentar excusa médica con base en los siguientes hechos: I.
Fui notificado el día martes 12 de abril de la resolución de fecha 2 de marzo del año dos mil dieciséis dictada por el juzgado al que me dirijo, donde se me convocaba a audiencia el día de hoy a las diez horas de la
II.
mañana para que me presentara con todos mis medios de prueba. En virtud de encontrarme enfermo me fue imposible presentarme a la
III.
audiencia relacionada. Acredito mi enfermedad con el certificado médico extendido por el médico y cirujano Oscar de la Cueva Nueva colegiado numero veinticinco mil, quien me recomendó un reposo de setenta y dos horas hechos que los acredito con los siguientes medios de prueba:
MEDIOS DE PRUEBA: DOCUMENTAL: a. Certificado médico extendido por el médico y cirujano Oscar de la Cueva Nueva colegiado numero veinticinco mil, el cual fue extendido el día 13 de
abril del año dos mil dieciséis, con base al siguiente: FUNDAMENTO DE DERECHO: Artículo 336 del Código de Trabajo el cual reza: “Las partes podrán excusarse únicamente por enfermedad y el juez aceptara la excusa, una sola vez, siempre que haya sido presentada y justificada documentalmente antes de la hora señalada para el inicio de la audiencia. Y para el efecto solicito las siguientes peticiones: 1. Se admita para su trámite el presente memorial y la certificación médica adjunta. 2. Se acepte para su trámite el presente memorial y el documento adjunto. 3. Se tenga por justificad mi incomparecencia a la audiencia relacionada. 4. Se me notifique la resolución que recaiga sobre la audiencia celebrada. Artículo 28 de la Constitución Policita de la República. Articulo 332, 336 del Código de Trabajo. Quince de abril del año dos mil dieciséis. A ruego del presentado quien si sabe firmar pero de momento no puede hacerlo y en su auxilio: